Resolución de 24 de junio de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, sección catorce, de 22 de junio de 2009, que ha devenido firme.

Fecha de Resolución24 de Junio de 2010
Publicado enBOE, 10 de Agosto de 2010

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, sección catorce, de 22 de junio de 2009, que ha devenido firme.

En el recurso de apelación número 687/2008, seguido ante la Audiencia Provincial de Barcelona, sección catorce, interpuesto por don José Manuel García García, Registrador de la Propiedad de Sant Cugat del Vallés, contra la Sentencia de fecha 16 de enero de 2008, dictada en autos de juicio verbal n.º 1079/04 del Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Barcelona que desestimó la demanda formulada por el citado Registrador, confirmando la Resolución de 28 de octubre de 2004, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sin hacer expreso pronunciamiento en costas procesales.

FALLAMOS

Estimamos el recurso de apelación revocando la sentencia de primera instancia declarando no ajustada a Derecho la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 28 de octubre de 2004, resultando procedente la denegación de la inscripción. No se hace pronunciamiento de las costas de ninguna de las dos instancias, correspondiendo a cada parte sufragar las causadas a su instancia y las comunes por mitad. Así lo pronunciamos y firmamos, don Francisco Javier Pereda Gámez, doña Marta Font Marquina y doña Aurora Figueras Izquierdo (Ponente), Magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona, sección catorce.

Madrid, 24 de junio de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.

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