Resolución nº R/0052/10, de July 28, 2010, de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Fecha de Resolución28 de Julio de 2010
Número de ExpedienteR/0052/10
TipoRecurso
ÁmbitoRecursos

RESOLUCIÓN

(Expte. R/0052/10, Crown)

CONSEJO

Don Luis Berenguer Fuster, Presidente

Doña Pilar Sánchez Núñez, Vicepresidenta

Don Julio Costas Comesaña, Consejero

Doña María Jesús González López, Consejera

Doña Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera

En Madrid, a 28 de julio de 2010

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (en adelante, el Consejo), con la composición antedicha, y siendo Ponente la Consejera Dª María Jesús González López, ha dictado la siguiente RESOLUCION en el Expediente R/0052/10, por la que se resuelve el recurso interpuesto con fecha 8 de julio de 2010 por la representación de CROWN EMBALAJES ESPAÑA, S.L. y CROWN EUROPEAN HOLDINGS, S.A.

contra el acuerdo de la Dirección de Investigación de la CNC de 7 de julio de 2010, por el que se deniega la prórroga del plazo solicitada para responder al Pliego de Concreción de Hechos en el expediente S/0128/09, Fabricantes de Envases de Hojalata.

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ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - Con fecha 5 de julio de 2010, la Dirección de Investigación notificó a CROWN

    EMBALAJES ESPAÑA, S.L. y CROWN EUROPEAN HOLDINGS, S.A., el Pliego de Concreción de Hechos (en adelante, PCH), formulado en el S/0128/09, Fabricantes de Envases de Hojalata, indicando en dicha notificación que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50.3 de la LDC y en los artículos 33.1 y 50.5 del RDC, los interesados tenían un plazo de quince días para contestarlo y, en su caso, proponer las pruebas que considerasen pertinentes.

  2. - El 7 de julio de 2010, tuvo entrada en la CNC la solicitud de CROWN EMBALAJES

    ESPAÑA, S.L. y CROWN EUROPEAN HOLDINGS, S.A. de prórroga del plazo para presentar alegaciones al PCH, alegando que la extensión del mismo y el elevado número de datos y documentos a contrastar y analizar hacían inviable que, en el plazo concedido, pudiese preparar adecuadamente su respuesta a los cargos que se le imputaban en el PCH, por lo que solicitaba una extensión del plazo de 15 días adicionales. Dicha solicitud fue denegada por acuerdo de la Dirección de Investigación de 7 de julio.

    3- El 8 de julio de 2010, tuvo entrada en la CNC el recurso interpuesto por CROWN

    EMBALAJES ESPAÑA, S.L. y CROWN EUROPEAN HOLDINGS, S.A., contra la precitada denegación.

  3. - Conforme a lo ordenado en el artículo 24 del RDC, el 16 de julio de 2010, la Dirección de Investigación remitió informe sobre el recurso en cuestión.

  4. - El Consejo deliberó y falló el asunto en su reunión de 28 de julio de 2010.

  5. - Son interesados CROWN EMBALAJES ESPAÑA, S.L. y CROWN EUROPEAN

    HOLDINGS, S.A.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

    PRIMERO.- Objeto del recurso y pretensiones del recurrente Se promueve el presente recurso contra el acuerdo de la Dirección de Investigación de la CNC de 7 de julio de 2010, por el que se deniega la prórroga del plazo solicitada para responder al Pliego de Concreción de Hechos en el expediente S/0128/09, Fabricantes de Envases de Hojalata.

    Sentado lo anterior, analizaremos los argumentos contenidos en el escrito de recurso presentado ante el Consejo, a la vista de los cuales parece que la pretensión anulatoria de la actuación de la Dirección de Investigación se funda en las siguientes alegaciones:

  6. En primer lugar, considera la empresa recurrente que la actuación de la DI dificulta sobremanera el ejercicio de sus derechos de defensa, ocasionándole indefensión y perjuicio irreparable.

  7. En segundo término, manifiesta que la actuación recurrida es nula de pleno derecho por falta de motivación y por vulneración del artículo 49.2 de la LRJAP-PAC.

    SEGUNDO.- Inadmisibilidad del recurso por no ser las dengaciones de plazo actos susceptibles de recurso administrativo La regulación de la ampliación de plazos de los procedimientos administrativos viene contenida, con carácter general, en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC), de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia

    (LDC).

    El citado artículo 49 señala con meridiana nitidez en su apartado tercero que “Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recursos”.

    Por lo tanto, el presente recurso debe ser inadmitido al no ser el acuerdo de la Dirección de Investigación de fecha 7 de julio de 2010 susceptible de recurso alguno en vía administrativa.

    Por último, no puede este Consejo dejar de llamar la atención sobre la argumentación de la recurrente respecto a la inaplicablidad del artículo 49.3 de la LRJAP-PAC, cuando es ella misma la que ha invocado dicho precepto ante la Dirección de Investigación para justificar su solicitud de ampliación de plazo. La simple pretensión de acudir a la supletoriedad de la LRJAP-PAC y aplicar un artículo de dicho texto legal solo en la parte que le beneficia, excluyendo los apartados que no son favorables a sus pretensiones no resulta admisible en Derecho, por lo que no puede acogerse tal argumento.

    Vistos los preceptos citados y los demás de general aplicación, EL CONSEJO

    RESUELVE

    ÚNICO.- Inadmitir el recurso interpuesto por los representantes de CROWN

    EMBALAJES ESPAÑA, S.L. y CROWN EUROPEAN HOLDINGS, S.A., contra el acuerdo de la Dirección de Investigación de 7 de julio de 2010, por el que se deniega la prórroga del plazo solicitada para responder al Pliego de Concreción de Hechos del expediente sancionador S/0128/09, Fabricantes de Envases de Hojalata.

    Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Investigación y notifíquese a los recurrentes.

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