Resolución nº C/0246/10, de October 6, 2010, de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Fecha06 Octubre 2010

COMISIÓN NACIONAL

DE LA COMPETENCIA

RESOLUCIÓN (Expte. C-0246/10, DIMA/SIGLO XXI GUADALAJARA)

CONSEJO

D. Luis Berenguer Fuster, Presidente

Dª Pilar Sánchez Núñez, Vicepresidenta

D. Julio Costas Comesaña, Consejero

Dª Mª Jesús González López, Consejera

Dª Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera

En Madrid, a 6 de octubre de 2010.

Visto el expediente tramitado de acuerdo a la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, relativo a la adquisición por parte de DIMA Distribución Integral S.L. (DIMA) del control exclusivo de Distribución de Publicaciones Siglo XXI Guadalajara S.L. (SIGLO XXI GUADALAJARA). (Expte. C/0246/10) y estando de acuerdo con el informe y la propuesta remitidos por la Dirección de Investigación, el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha resuelto, en aplicación del artículo 58.4.d) de la mencionada Ley, archivar las actuaciones por desistimiento del solicitante.

Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, en el caso de que DIMA y SIGLO XXI

GUADALARA cierren un nuevo acuerdo que pueda dar lugar a una operación de concentración económica notificable conforme a los criterios de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la misma pone fin a la vía administrativa y que se puede interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación.

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