Dictamen de Consejo de Estado (España) nº 89/1992 de 26 de Marzo de 1992

Fecha26 Marzo 1992

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día de la fecha, emitió, por mayoría, el siguiente dictamen:

En cumplimiento de Orden de V.E. de 9 de enero de 1992, el Consejo de Estado ha examinado el expediente instruido para sustanciar el recurso de alzada interpuesto por ...... , de nacionalidad zaireña, contra resolución del Ministerio del Interior de 11 de diciembre de 1989, por la que se le denegó el asilo político que había solicitado.

De antecedentes resulta:

Primero.- Por escrito presentado el 17 de diciembre de 1987 en la Jefatura Superior de Policía de Barcelona, ...... solicitó le fuera concedido asilo político. Alegaba como fundamento de su petición haber sufrido persecución en su país de origen por ser predicador de los Testigos de Jehová.

Segundo.- El Representante en España del ACNUR no llegó a emitir el informe que oportunamente se le había recabado. La Embajada española en Zaire manifiesta que no dispone de antecedentes sobre ...... . Los servicios policiales informan que el peticionario fue detenido y puesto a disposición judicial como presunto responsable de un delito contra la propiedad.

Tercero.- Con fecha 27 de febrero de 1989 se comunicó al interesado el otorgamiento de vista y audiencia en el expediente. No consta que llegara éste a presentar alegaciones ni documentación complementaria.

Cuarto.- La Comisión Interministerial de Asilo y Refugio formuló propuesta de resolución en el curso de la sesión celebrada el 30 de octubre de 1989. Estima la Comisión que del expediente instruido no se desprenden indicios suficientes para estimar que actualmente sufra el interesado persecución personal y concreta por alguno de los motivos previstos en el artículo 3º, apartados 1 y 2, de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, ya que el solicitante no aporta elementos probatorios suficientes que adveren sus alegaciones, apareciendo, por el contrario, en el expediente, ciertos datos circunstanciales que vienen a desvirtuar sus manifestaciones, tales como no constar su pertenencia a Testigos de Jehová y la conducta antisocial del solicitante, que hubo de ser detenido y puesto a disposición de la autoridad judicial por acciones presuntamente delictivas.

Quinto.- Conforme a las apreciaciones y razonamientos ofrecidos en la propuesta de resolución que formulara la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, por Orden del Ministerio del Interior de 11 de diciembre de 1989 se denegó a ...... el asilo solicitado. Esta...

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