Resolución nº C/0478/12, de January 4, 2013, de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Fecha de Resolución 4 de Enero de 2013
Número de ExpedienteC/0478/12
TipoAdquisición de activos
ÁmbitoConcentraciones

C/ Barquillo 5 28004 Madrid

RESOLUCIÓN (Expte. C-0478/12 DEOLEO /HOJIBLANCA)

CONSEJO

D. Joaquín García Bernaldo de Quirós, Presidente

Dª Pilar Sánchez Núñez, Vicepresidenta,

D. Julio Costas Comesaña, Consejero

Dª Mª Jesús González López, Consejera

Dª Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera

D. Luis Díez Martín, Consejero

En Madrid, a 19 de diciembre de 2012.

Visto el expediente tramitado de acuerdo a la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, relativo a la operación de concentración consistente en la adquisición de control exclusivo por parte de DEOLEO S.A de la actividad de envasado y distribución del aceite de oliva virgen extra bajo la marca “Hojiblanca”

de la sociedad HOJIBLANCA SCA. (Expte. C-0478/12), y estando de acuerdo con el informe y la propuesta remitidos por la Dirección de Investigación, el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha resuelto, en aplicación del art. 57.2.a) de la mencionada Ley, iniciar la segunda fase del procedimiento por considerar que la concentración puede obstaculizar el mantenimiento de la competencia efectiva en el mercado nacional.

Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la misma pone fin a la vía administrativa y que se puede interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación.

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