Resolución nº C-0149/09, de April 24, 2009, de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Fecha de Resolución24 de Abril de 2009
Número de ExpedienteC-0149/09
TipoAdquisición control exclusivo
ÁmbitoConcentraciones

Empresa

BANKINTER, S.A.

LINEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS

Sector

K.651: Seguros (NACE 2009).

Calificación

8.1.b Ley 15/2007: Umbral volumen de negocios

Estado: Finalizado. Autorizado en 1ª fase

COMISIÓN NACIONAL

DE LA COMPETENCIA

RESOLUCIÓN (Expte. C-0149/09, BANKINTER/LÍNEA DIRECTA)

CONSEJO

D. Luis Berenguer Fuster, Presidente

D. Fernando Torremocha García-Sáenz, Vicepresidente

D. Emilio Conde Fernández-Oliva, Consejero

D. Miguel Cuerdo Mir, Consejero

Dª Pilar Sánchez Núñez, Consejera

D. Julio Costas, Comesaña, Consejero

Dª Mª Jesús González López, Consejera

Dª Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera

En Madrid, a 6 de mayo de 2009.

Visto el expediente tramitado de acuerdo a la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, relativo a la concentración económica consistente en el paso del control conjunto de LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA S.A. DE

SEGUROS Y REASEGUROS por parte de BANKINTER S.A. y DIRECT LINE

GROUP LIMITED al control exclusivo de la misma por parte de BANKINTER

(Expte. C/0149/09) y estando de acuerdo con el informe y la propuesta remitidos por la Dirección de Investigación, el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha resuelto, en aplicación del artículo 57.2.a) de la mencionada Ley, autorizar la citada operación de concentración en primera fase.

Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la misma pone fin a la vía administrativa y que se puede interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación.

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

INFORME Y PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

EXPEDIENTE C/0149/09 BANKINTER/LÍNEA DIRECTA

  1. ANTECEDENTES

    Con fecha 24 de abril de 2009 ha tenido entrada en la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) notificación relativa al paso del control conjunto de LÍNEA

    DIRECTA ASEGURADORA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (LINEA DIRECTA) por parte de BANKINTER S.A. (BANKINTER) y DIRECT LINE GROUP LIMITED al control exclusivo de la misma por parte de BANKINTER, a través de un contrato de toma de participaciones suscrito el 30 de abril de 2009 por el que BANKINTER

    adquiere el 50% del capital social de LÍNEA DIRECTA, propiedad de DIRECT LINE

    GROUP LIMITED, pasando a ostentar el 100% del capital social y los derechos de voto de LDA.

    La fecha límite para acordar iniciar la segunda fase del procedimiento es el 25 de mayo de 2009, inclusive. Transcurrida dicha fecha, la operación notificada se considerará tácitamente autorizada.

  2. APLICABILIDAD DE LA LEY 15/2007 DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.

    La operación notificada es una concentración económica en el sentido del artículo 7.1

    1. de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

    La operación no es de dimensión comunitaria, ya que no alcanza los umbrales establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 1 del Reglamento (CE) nº 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas, puesto que cada partícipe obtiene al menos dos tercios del volumen de ventas comunitario en un solo Estado miembro, España.

    La operación notificada cumple los requisitos previstos por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, para su notificación obligatoria, al superarse el umbral establecido en el artículo 8.1 b) del mismo. Asimismo, cumple los requisitos previstos en el artículo 56.1.c) de la Ley 15/2007 para su tramitación por procedimiento abreviado.

  3. EMPRESAS PARTÍCIPES

    BANKINTER es un grupo de nacionalidad española, activo en toda clase de actividades, operaciones, actos, contratos y servicios propios de una entidad de crédito y del negocio bancario y financiero. Su capital social está distribuido entre varias personas físicas y jurídicas, ninguna de las cuáles ejerce ni individualmente, ni conjuntamente, el control de la sociedad.

    LÍNEA DIRECTA es una sociedad de nacionalidad española que comenzó a operar en España en octubre de 1995 y que tiene como objeto social la realización de las operaciones de seguros y reaseguros en los ramos de automóvil y hogar.

    DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

  4. VALORACIÓN

    Esta Dirección de Investigación considera que la presente concentración no supone una amenaza para la competencia efectiva en los mercados, ya que BANKINTER

    adquiere el control exclusivo sobre LÍNEA DIRECTA, sociedad sobre la que ya tenía previamente el control conjunto y, por lo tanto, la estructura de los diferentes mercados afectados por la operación no varía como consecuencia de la misma.

  5. PROPUESTA

    En atención a todo lo anterior y en virtud del artículo 57.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, se propone autorizar la concentración, en aplicación del artículo 57.2.a) de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

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