Dictamen de Consejo de Estado (España) nº 1320/1995 de 13 de Julio de 1995

Fecha de Resolución13 de Julio de 1995
EmisorConsejo de Estado (España)
ProcedenciaComunidad de Madrid
Número de Resolución1320/1995
Tipo de ResoluciónDictamen

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día 13 de julio de 1995, emitió, por mayoría, el siguiente dictamen:

"En virtud de oficio de V.E. de 28 de abril de 1995 (con registro de entrada del día 29 de mayo siguiente), el Consejo de Estado ha estudiado el expediente de deslinde entre los términos municipales de Alcalá de Henares y Los Santos de la Humosa.

Resulta de antecedentes:

Primero.- A raíz de un replanteo de la línea límite llevado a cabo por el Instituto Geográfico Nacional como consecuencia de un convenio de cooperación suscrito entre la Comunidad Autónoma de Madrid y el citado Instituto, el Alcalde del Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa se dirige al Ingeniero Jefe del Servicio de Deslindes y Grandes Escalas, el 22 de marzo de 1993.

En su escrito expone "que por personal de ese organismo se ha procedido al replanteo de la línea de deslinde de este término con el de Alcalá de Henares, conforme a las actas existentes aprobadas en 1869".

"Que la realidad física de la línea no se corresponde con lo que figura en las actas de referencia."

Finaliza dicho escrito en solicitud de que se incoe expediente de deslinde entre los términos de Alcalá de Henares y el de Los Santos de la Humosa "al no poder replantearse la línea conforme a las actas aprobadas en 1869".

Segundo.- El 14 de junio de 1993, se levanta acta de deslinde entre los términos de Alcalá de Henares y de Los Santos de la Humosa.

La comisión representativa del Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa manifestó que "está totalmente de acuerdo con la línea límite existente en la actualidad, según la planimetría del propio Instituto Geográfico que ha servido de base para elaborar el catastro de rústica de ambos términos, y el acta de reorganización de la propiedad (concentración parcelaria) llevada a cabo recientemente en el municipio".

Por su parte, la comisión representativa de Alcalá de Henares manifiesta su disconformidad en un tramo. Este es el siguiente: "a continuación del mojón de los tres términos (Anchuelo, Los Santos de la Humosa y Alcalá de Henares), junto al río Henares y al final del camino del abrevadero", por considerar que existe un espacio "antiguo abrevadero" que es de su jurisdicción, y que en la actualidad está considerado como de la de Los Santos de la Humosa. Adjunta un plano del Instituto Geográfico Nacional escala 1:5000, de 1975.

Tercero.- Habida cuenta de la disconformidad existente entre ambos Ayuntamientos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Corporaciones Locales, ambas Corporaciones levantaron acta por separado. La del Ayuntamiento Los de Santos de la Humosa lleva fecha de 14 de junio de 1993, mientras que la correspondiente al Ayuntamiento de Alcalá de Henares es de 14 de enero de 1994.

Cuarto.- El 2 de diciembre de 1994 emite informe-propuesta el Jefe del Servicio de Deslindes y Grandes Escalas de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.

Expresa que el acta de 28 de octubre de 1869, en la que se describe la línea límite...

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