Resolución de Agencia Española de Protección de Datos nº 2789/2015 de 11 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2015
EmisorAgencia Española de Protección de Datos
Tipo de procedimientoProcedimientos sancionadores

Procedimiento N° PS/00229/2015

RESOLUCIÓN: R/02789/2015

En el procedimiento sancionador PS/00229/2015, instruido por la Agencia Española de Protección de Datos a la entidad COBRALIA SERVICIOS INTEGRALES DE RECUPERACIÓN S.L., vista la denuncia presentada por Dña. A.A.A., y en base a los siguientes,

ANTECEDENTES

PRIMERO: Con fecha 21/05/2014 tiene entrada en esta Agencia un escrito de Dña. A.A.A. (en lo sucesivo la denunciante) en el que declara:

Con fecha 10 de Julio de 2013, recibí un escrito con fecha 6 de Julio de 2013 de Asnef Equifax en el que me comunicaban la incorporación de mis datos personales a su base de datos, por adeudar a la sociedad MELF ,S.A.R.L, la cantidad de 403.570,13 euros en calidad de avalista, ante la inquietud y el estado de ansiedad que me provocó, decidí acudir a la Comisaria de Policía de Getafe con la comunicación ya que con la sociedad a la que supuestamente adeudaba esa cantidad, no había tenido ningún tipo de relación comercial y nunca he sido avalista de nadie, a través de Internet localicé a MELF,S.A.R.L, comprobé que su domicilio estaba en Luxemburgo y lo primero que pensé es que podría ser algún tipo de fraude o estafa.

En comisaria me aconsejaron que pasara por la entidad bancaria con la que trabajo habitualmente, para que me confirmase si la anotación en Asnef Equifax era correcta, ya que podría ser un error, y antes de firmar la denuncia debía asegurarme, en caso de no serlo, firmaría la denuncia y harían las gestiones pertinentes para localizar a la empresa MELF,S.A.R.L. a través de la Interpol.

A primera hora del día 11 de Julio 2013, me confirmaron en el BBVA que realmente adeudaba según ASNEF esa cantidad a MELF,S.A.R.L y me informaron que está sociedad compró deuda mala al BSCH, en ese momento relacioné la deuda que me reclamaban, con la Sociedad en la que trabajaba Maderas XXXX, S.A., ya que se encontraba en Concurso de Acreedores desde finales del 2011 y de la cual tuve poderes hasta Octubre del año 2008 para librar efectos, pagarés, cheques etc. La revocación de poderes tiene fecha 27-10-2008.

Ese mismo día 11 de Julio de 2013, me puse en contacto con COBRALIA, con el fin de que procediesen a la anulación de la anotación en el ASNEF EQUIFAX, informando igualmente de que me había presentado en Comisaria y estaban pendientes de mi respuesta, si no me facilitaban la anulación ese mismo día, pasaría para firmar la denuncia, ya que no tenía responsabilidad alguna sobre esa deuda. Una hora después de la conversación, 10,52 h según copia del fax que adjunto, me enviaron copia de la baja efectuada por el ASNEF, informé a la dirección de la Empresa Maderas XXXX de lo ocurrido y me confirmaron que varios compañeros, al igual que yo habían recibido en su domicilio las notificaciones de ASNEF, me consta que desde Administración llamaron a COBRALIA por teléfono para solicitar la baja del ASNEF de todos ellos.

Una semana después me informaron de nuevo a través del BBVA que ya no aparecía como deudora.

Cause baja como trabajadora de Maderas XXXX, S.A., el 20-11-2013. El 27 de Enero de 2014 recibí otro escrito de Cobra ha, con fecha 20 de Enero 2014, en el que me reclamaban la deuda en un tono amenazante, indicando que interpondrían una demanda ejecutiva contra mis bienes personales.

Me puse en contacto telefónico con el Director General de Maderas XXXX, S.A., que me confirmó, la recepción de otra carta dirigida a él personalmente y me informó de que el Bufete de Abogados de la Sociedad, estaba preparando un burofax del que adjunto copia, formulando una reclamación por la utilización indebida de los datos personales de accionistas, consejeros y apoderados y la reclamación de la deuda en tono amenazador a los mismos, exigiendo a su vez que acreditasen la cancelación de los datos de su base de datos. (Como respuesta, me consta que existe un Burofax enviado por Cobralia a Maderas XXXX, S.A. en el que confirma dicha cancelación, si fuese necesario podría solicitar una copia)

Igual que la vez anterior, realicé una llamada a Cobralia, para decirles que me parecía totalmente increíble, que volviese a ocurrir, hable con la persona que firmaba el escrito, me pidió disculpas y solicite ejercer mi derecho sobre mis datos personales y que me enviasen una confirmación por escrito de que habían procedido a ello, ese mismo día me hicieron llegar un correo electrónico, donde adjuntaban una carta de fecha 28-1-14,que recibí en mi domicilio por correo ordinario igualmente sin firmar, reclamé el original firmado y me lo enviaron de nuevo con fecha 29 de Enero de 2014, certificado y con acuse de recibo.

Me equivoque pensando que con esta última carta se habría solucionado el problema.

Transcurridos tres meses, el 7 de Mayo de 2014, vuelvo a recibir otro escrito con fecha 29-4-14 en el que me informan de la situación en la que se halla actualmente el procedimiento judicial, ofreciéndome incluso un descuento y me invitan a informarme telefónicamente para aprovecharme de esta promoción. Realmente inaudito, he llamado para comunicarles la recepción de la carta y me dicen que el escrito se ha realizado desde otro departamento y por supuesto debido a otro error.

Aporta copia de la siguiente documentación:

Escrito de fecha 6/7/2013 por el que se informa a la denunciante de su inclusión en el fichero ASNEF, en calidad de avalista, a instancias de MELF SARL por una deuda de 403.570,13 €.

Correo electrónico remitido en fecha 11/7/2013 remitido desde la cuenta B.B.B. (....(@).....) destinada a la denunciante según el cual le envía el justificante de baja en ASNEF.

Impresión fechada el 11/7/2013 de una página web según la cual la deuda antes mencionada ha sido dada de baja del fichero ASNEF.

Escrito de fecha 20/1/2014 por el que la empresa de recobros COBRALIA reclama a la denunciante una deuda en nombre de MEFL SA.R.L. adquirida al Banco Santander Central Hispano amenazando con comenzar la vía judicial. No se especifica el importe.

Escrito de fecha 28/1/2014 dirigido por MADERAS XXXX, S.A. a COBRALIA por la que informa a la empresa destinataria que la deuda por importes incorrectos de 403.570,13 € y 754.432,82, vendida por BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO a MEFL, S.A.R.L. y que COBRALIA reclama a los socios de la entidad, fue objeto de un incidente concursal siendo los importes finalmente reconocidos 136.847,34 € y 146.630,78 €, y que los importes originales han sido sometidos a una quita y espera según un convenio pactado y aprobado por sentencia de 17/1/2013. Informa además que la deudora de dichos créditos es única y exclusivamente MADERAS XXXX, S.A., por lo que no son deudores, ni tienen responsabilidad personal alguna sobre dichos créditos, sus accionistas, sus consejeros o sus apoderados. Aportan a la entidad copia de la sentencia aludida.

Auto del Juzgado de lo Mercantil N° 1 de Madrid respecto del Incidente Concursal 101/2011 por el que la Magistrada homologa la transacción judicial acordada entre las partes, declarando finalizado el proceso. Escrito de fecha 28/1/2014 remitido por COBRALIA a la denunciante por el que le informa:

Por parte de la empresa, se ha realizado la oportuna revisión de los procedimientos establecidos de cara a detectar las causas del error cometido y tomar las acciones correctivas y preventivas que sean necesarias, habiéndose concluido que todo se debe a un error técnico involuntario en nuestros procesos de carga de ficheros y habiéndose depurado los fallos existentes en el mismo. Así mismo, y siguiendo con nuestra política en cuanto al cumplimiento con la legislación vigente, hemos procedido a la eliminación de cuantos datos tenemos sobre usted en nuestro programa de gestión.

Escrito de fecha 29/1/2014 remitido por COBRALIA a la denunciante con idéntico contenido del escrito de fecha 29/1/2014.

Escrito de fecha 29/4/2014 remitido por COBRALIA a la denunciante mediante el cual expresa:

Cobralia les informa que su operación pendiente con MELF SARL está en curso a través del procedimiento judicial de Autos n° ***/2011 seguidos ante el JUZGADO DE LO MERCANTIL N° 11 DE MADRID el cual se halla actualmente en FASE DE CONVENIO CONCURSO (CARTERAS). A propósito de la apertura de esta nueva fase MELF SARL le manifiesta su interés en cancelar su deuda de forma extrajudicial.

Poniéndose en contacto directamente con el servicio que gestiona su cuenta MELF SARL le ofrece mí descuento en los intereses y costas judiciales, incluso una reducción en el principal pendiente en función de su historial y solvencia personal y familiar.

SEGUNDO: A la vista de los hechos denunciados, en fase de actuaciones previas, por los Servicios de Inspección de esta Agencia se solicita información a las entidades COBRALIA SERVICIOS INTEGRALES DE RECUPERACIÓN, y EQUIFAX IBERICA, S.L. (en lo sucesivo COBRALIA), teniendo conocimiento de los siguientes extremos conforme al informe de actuaciones de inspección E/04725/2014 que se transcribe:

"ACTUACIONES PREVIAS

Con fecha 9/9/2014 se solicita a EQUIFAX IBERICA, SL información relativa a A.A.A. y de la respuesta recibida se desprende lo siguiente:

Respecto del fichero ASNEF: No consta...

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