Expediente nº 0041/2017 de Junta Consultiva de Contratación Administrativa, de 2 de Marzo de 2018

Fecha02 Marzo 2018
JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO
MINISTERIO
DE HACIENDA Y
FUNCIÓN PÚBLICA
JOSÉ ABASCAL 4, 1º
28071 MADRID
TEL: 914 430 950
FAX: 915 756 765
Expediente 41/2017. Interpretación del artículo 118.3 de la LCSP.
Clasificación del informe: 14. Procedimiento de adjudicación. 14.3. Contratos
menores.
ANTECEDENTES
El Ayuntamiento de Baeza dirige escrito a esta Junta Consultiva de Contratación
Pública del Estado solicitando que se emita informe en los siguientes términos:
“La nueva ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, en su artículo 118.3 sobre los contratos
menores indica literalmente que “En el expediente se justificará que no se está alterando el
objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación y que el
contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la
cifra que consta en el apartado primero de este artículo. El órgano de contratación comprobará
e! cumplimiento de dicha regla. Quedan excluidos los supuestos encuadrados en el artículo
168. a) 2º”
Se solicita a la Junta Consultiva la emisión de un dictamen sobre cómo debe interpretarse la
expresión siguiente: ”En el expediente se justificará que no se está alterando el objeto del
contrato para evitar fa aplicación de las reglas generales de contratación y que el contratista
no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que
consta en el apartado primero de este artículo”. Sin perjuicio de que la Junta informe lo que
estime pertinente, de le solicita que aclare expresamente si:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR