Informe nº 48/09 de Junta Consultiva de Contratación Administrativa, de 1 de Febrero de 2010

Fecha01 Febrero 2010

Informe 48/09 de 1 de febrero de 2010. «Procedimiento negociado. Determinación de los aspectos que serán objeto de negociación y de los criterios de adjudicación que se servirán de base para la adjudicación del contrato. Improcedencia de aplicación cuando no se han fijado».

Clasificación de los informes: 14. Procedimientos de adjudicación. 14.2. Procedimiento negociado.

ANTECEDENTES

El Alcalde del Ayuntamiento de Córdoba se dirige a esta Junta Consultiva de Contratación Administrativa por medio de un escrito con el siguiente texto:

Como órgano consultivo en materia de contratación administrativa y en cumplimiento del articulo 17 del Real Decreto 30/1991 de 18 de enero de Régimen Orgánico Funcional de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa dirijo la siguiente petición de informe cuyos antecedentes son los siguientes:

Por parte del Departamento de Recursos Internos se ha redactado un pliego de cláusulas administrativas particulares relativo a un contrato administrativo de obras. El importe del contrato es de 115.632,82.-€ + IVA 18.501,25.-€ Total: 134,134,07.-€.

Como quiera que se trata de contrato de obras cuyo valor estimado es inferior a 200.000.-€ se propuso para su adjudicación el procedimiento negociado sin publicidad en base al articulo 155 d) y 161.2 de la LCSP.

Redactado el pliego se somete a la Asesoría Jurídica de conformidad con la Dis. Ad. Segunda de la LCSP. El citado informe -de fecha 29 de mayo de 2009concluye a los efectos de esta consulta "que no existen razones justificativas para que el procedimiento no sea el abierto y que no puede sostenerse que estamos en presencia de un contrato que ha de seguirse por procedimiento negociado cuando el pliego no solo no establece los criterios y bases de negociación sino que solo contempla como criterio para efectuar la adjudicación el precio".

La Intervención General Municipal sostiene la tesis de la Asesoría jurídica según informes de fecha 2 de julio y 23 de julio de 2009.

Por otro lado el Jefe del Departamento de Recursos Internos ha redactado 2 informes de fechas 26 de mayo y de 23 de junio 2009 argumentando la viabilidad jurídica de tramitar el citado contrato mediante el procedimiento negociado sin publicidad en contra de las posturas de la Asesoría Jurídica y de la Intervención General Municipal.

A la vista de estos antecedentes y los informes que se acompañan a esta consulta se formulan las siguientes cuestiones:

a) ¿Es suficiente argumentar el criterio del valor...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Procedimientos con negociación
    • España
    • Práctico Contratación del Sector Público Procedimientos de adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas
    • March 3, 2023
    ... ... elegido por el órgano de contratación, tras negociar las condiciones del contrato con no o varios candidatos Contenido 1 Delimitación del procedimiento negociado 2 ... 9 Jurisprudencia y doctrina administrativa citada Delimitación del procedimiento ... Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP/2017) ... Según concluye el me 48/2009, de 1 de febrero de 2010, de la Junta Consultiva de Contratación ... Es el caso estudiado en el Informe nº 2/2016, de 6 de abril, de la Junta Consultiva ... ...

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR