INFORME nº 1238 de 2017 de Tribunal de Cuentas, 30-11-2017

Fecha30 Noviembre 2017
EmisorTribunal de Cuentas
TRIBUNAL DE CUENTAS
Nº 1.238
INFORME ANUAL DE FISCALIZACIÓN DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA
MANCHA, EJERCICIO 2015
EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, en el ejercicio de su función fiscalizadora, establecida
por los artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de su Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de
Cuentas, y a tenor de lo previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de
la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado en su sesión
de 30 de noviembre de 2017 el Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha,
ejercicio 2015, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales y a las Cortes de Castilla-La
Mancha, así como al Gobierno de la citada Comunidad Autónoma, según lo prevenido en el artículo
28 de la Ley de Funcionamiento.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN ................................................................................................................... 11 I.
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR ...................................................... 11
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL .......................................................... 11
I.3. MARCO NORMATIVO ...................................................................................................... 11
I.4. OBJETIVOS Y ALCANCE ................................................................................................. 12
I.5. TRÁMITE DE ALEGACIONES .......................................................................................... 13
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ...................... 14 II.
II.1. ENTIDADES INTEGRANTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ....... 14
II.2. RENDICIÓN DE CUENTAS .............................................................................................. 15
II.2.1. Cuenta General .......................................................................................................... 15
II.2.2. Otras entidades .......................................................................................................... 18
II.3. CONTROL INTERNO ........................................................................................................ 19
II.3.1. El control interno atribuido a la Intervención General de la Comunidad ...................... 19
II.3.2. Sistemas y procedimientos de control interno ............................................................. 23
II.4. CUENTA GENERAL ......................................................................................................... 26
II.4.1. Datos generales ......................................................................................................... 26
II.4.2. Contabilidad presupuestaria de la Administración General ......................................... 27
II.4.3. Situación patrimonial. Balance Administración General .............................................. 33
II.4.4. Resultado económico-patrimonial Administración General ......................................... 39
II.4.5. Memoria Administración General ................................................................................ 39
II.4.6. Cuentas de los OOAA ................................................................................................ 40
II.4.7. Ente Público Instituto de Promoción Exterior .............................................................. 43
II.5. CUENTAS ANUALES DE OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS ............................................. 44
II.5.1. Sector público empresarial de la Comunidad Autónoma ............................................. 44
II.5.2. Fundaciones autonómicas .......................................................................................... 51
II.5.3. Consorcios públicos ................................................................................................... 55
II.6. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA .......................... 56
II.6.1. Marco normativo ......................................................................................................... 56
II.6.2. Cumplimiento de los objetivos .................................................................................... 56
II.6.3. Planes Económicos Financieros ................................................................................. 59
II.7. ANÁLISIS DE LA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ...... 61
II.7.1. Operaciones de crédito y avales ................................................................................. 61
II.7.2. Personal ..................................................................................................................... 64
II.7.3. Transparencia ............................................................................................................ 72
II.7.4. Medidas contra la morosidad en el sector público ...................................................... 72
II.7.5. Igualdad efectiva de mujeres y hombres .................................................................... 78
II.7.6. Subvenciones ............................................................................................................. 80
II.7.7. Gasto sanitario ........................................................................................................... 84
II.8. FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL .................................................... 90
II.8.1. Dotaciones de los Fondos .......................................................................................... 90
II.8.2. Recursos de los Fondos de Compensación Interterritorial .......................................... 91
II.8.3. Proyectos de inversión ................................................................................................ 91
II.8.4. Financiación de los Fondos ........................................................................................ 92
II.9. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES ...................................................................... 93
II.9.1. Informes de Fiscalización anteriores ........................................................................... 93
II.9.2. Resoluciones de la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas ................................................................................................................................... 95
CONCLUSIONES .................................................................................................................. 96 III.
RECOMENDACIONES ........................................................................................................ 103 IV.
ANEXOS
- Ejercicio 2015
ALEGACIONES FORMULADAS
RELACIÓN DE ABREVIATURAS, SÍMBOLOS, SIGLAS Y ACRÓNIMOS
CA/CCAA Comunidad/es Autónoma/s
CLM Castilla-La Mancha
CMT Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U.
CPFF Consejo de Política Fiscal y Financiera
DA Disposición adicional
DF Disposición final
FC Fondo de Compensación
FCI Fondo/s de Compensación Interterritorial
FLA Fondo de Liquidez Autonómico
GEACAM Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.
GICAMAN Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A.
ICAC Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
IGCA Intervención General de la Comunidad Autónoma
IMUJ Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha
IPEX Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha
IRIAF Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de
Castilla-La Mancha
IRPF Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas
ISFOC Instituto de Sistemas Fotovoltaicos de Concentración, S.A.U.
IVICAM Instituto de la Vid y el Vino de Castilla-La Mancha
JCCM Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
LFCI Ley reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial
LFTCu Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas
LO Ley Orgánica
LOEPSF Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
LOTCu Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
LP/LLPP Ley/es de Presupuestos de la Comunidad Autónoma
MINHAP Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
OA/OOAA Organismo autónomo/Organismos autónomos
PEF Plan/es Económico/s Financiero/s
PGC Plan General de Contabilidad
PGCP Plan General de Contabilidad Pública aplicable a la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha
PGE Presupuestos Generales del Estado
PIB Producto Interior Bruto
RCM Radio Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U.
RD Real Decreto
RD-L Real Decreto-Ley
RTVCLM Radio-Televisión de Castilla-La Mancha
SESCAM Servicio de Salud de Castilla-La Mancha
SODICAMAN Sociedad para el Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, S.A.
TRLH Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha
RELACIÓN DE CUADROS
Cuadro Nº 1. ENTIDADES INTEGRANTES SECTOR PÚBLICO CLM ....................................... 14
Cuadro Nº 2. GASTO CONTABILIZADO ENTIDADES SECTOR PÚBLICO CLM ...................... 15
Cuadro Nº 3. INFRACCIONES DEL ORDENAMIENTO JURIDICO DETECTADAS ................... 20
Cuadro Nº 4. PLANES DE CONTROL SOBRE EJERCICIO 2015 .............................................. 21
Cuadro Nº 5. PLANES DE CONTROL FONDOS COMUNITARIOS ........................................... 22
Cuadro Nº 6. EVOLUCIÓN GASTO NO FINANCIERO 2013-2015 ............................................. 26
Cuadro Nº 7. MODIFICACIONES DE CRÉDITOS ...................................................................... 27
Cuadro Nº 8. FUENTES DE FINANCIACIÓN DE LAS MODIFICACIONES DE CRÉDITO ......... 28
Cuadro Nº 9. LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS. CLASIFICACIÓN ECONÓMICA .. 29
Cuadro Nº 10. LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS. CLASIFICACIÓN ECONÓMICA .......... 31
Cuadro Nº 11. LIQUIDACIÓN DEFINITIVA RECURSOS AÑO 2015 ............................................ 33
Cuadro Nº 12. CUENTAS DE TESORERÍA (SALDO A 31 DE DICIEMBRE DE 2014) ................. 36
Cuadro Nº 13. FONDOS PROPIOS (VARIACIÓN 2013-2015) ..................................................... 37
Cuadro Nº 14. ACREEDORES PRESUPUESTARIOS NO FINANCIEROS .................................. 38
Cuadro Nº 15. MAGNITUDES CONSOLIDADAS SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO .......... 39
Cuadro Nº 16. MAGNITUDES AGREGADAS ORGANISMOS AUTÓNOMOS .............................. 40
Cuadro Nº 17. ACREEDORES POR OPERACIONES PENDIENTES DE APLICAR A
PRESUPUESTO (VARIACIÓN 2014-2015) .......................................................... 42
Cuadro Nº 18. MAGNITUDES AGREGADAS IPEX ...................................................................... 43
Cuadro Nº 19. MAGNITUDES AGREGADAS SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL ..................... 45
Cuadro Nº 20. APORTACIONES DE LA JUNTA Y SUS OO.AA AL SECTOR PÚBLICO
EMPRESARIAL .................................................................................................... 46
Cuadro Nº 21. INFORMES DE AUDITORÍA EMPRESAS ............................................................. 47
Cuadro Nº 22. ENDEUDAMIENTO FINANCIERO SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL .............. 51
Cuadro Nº 23. MAGNITUDES AGREGADAS SECTOR PÚBLICO FUNDACIONAL ..................... 52
Cuadro Nº 24. APORTACIONES DE LA JUNTA Y SUS OOAA AL SECTOR PÚBLICO
FUNDACIONAL .................................................................................................... 53
Cuadro Nº 25. INFORMES DE AUDITORÍA FUNDACIONES ....................................................... 54
Cuadro Nº 26. ENDEUDAMIENTO CON ENTIDADES DE CRÉDITO .......................................... 55
Cuadro Nº 27. GASTOS NO PREVISTOS .................................................................................... 58
Cuadro Nº 28. EVOLUCIÓN DEL DÉFICIT 2013-2015 ................................................................. 58
Cuadro Nº 29. EVOLUCIÓN DE LA DEUDA VIVA 2011-2015 ...................................................... 59
Cuadro Nº 30. RESUMEN DE MEDIDAS INCLUIDAS EN EL PEF 2014-2015 DE CLM .............. 60
Cuadro Nº 31. AUTORIZACIONES ENDEUDAMIENTO 2015 ...................................................... 62
Cuadro Nº 32. SITUACIÓN AVALES A 31 DE DICIEMBRE 2015................................................. 63
Cuadro Nº 33. GASTOS DE PERSONAL CLM (EVOLUCIÓN 2014-2015) ................................... 64
Cuadro Nº 34. EFECTIVOS CLM (EVOLUCIÓN 2014-2015) ........................................................ 64
Cuadro Nº 35. EFECTIVOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA CA Y OOAA (EVOLUCIÓN
2014-2015) ............................................................................................................ 66
Cuadro Nº 36. GASTOS DE PERSONAL (OOAA E IPEX)............................................................ 67
Cuadro Nº 37. GASTOS DE PERSONAL Y EFECTIVOS EMPRESAS PÚBLICAS ...................... 68
Cuadro Nº 38. INDEMNIZACIONES AL PERSONAL .................................................................... 69
Cuadro Nº 39. GASTOS DE PERSONAL Y EFECTIVOS. SECTOR PÚBLICO FUNDACIONAL ............. 71
Cuadro Nº 40. COMPARATIVA PMP (EN DÍAS) CLM-CONJUNTO DE CCAA ............................. 73
Cuadro Nº 41. PMP SECTOR EMPRESARIAL ............................................................................. 74
Cuadro Nº 42. PMP SECTOR FUNDACIONAL ............................................................................. 74
Cuadro Nº 43. EVOLUCIÓN DE ENTES DE CLM PLAN AJUSTE ................................................ 77
Cuadro Nº 44. EFECTOS POR BAJAS NETAS EFECTIVAS ENERO DE 2016 ........................... 78
Cuadro Nº 45. EFECTIVOS DE CLM. DISTRIBUCIÓN ENTRE HOMBRES Y MUJERES ............ 79
Cuadro Nº 46. DISTRIBUCIÓN ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN LA ADMÓN. AUTONÓMICA,
PARLAMENTO AUTONÓMICO Y S. REGIONALES .................................................... 79
Cuadro Nº 47. TRANSFERENCIAS Y SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR LA JCCM ............ 81
Cuadro Nº 48. SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR LA JCCM Y SUS OOAA .......................... 82
Cuadro Nº 49. OBLIGACIONES POR CAPÍTULOS SESCAM 2013-2015 .................................... 85
Cuadro Nº 50. PERSONAL TEMPORAL (SESCAM) .................................................................... 86
Cuadro Nº 51. PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS POR PRINCIPIO ACTIVO (PA) .............. 88
Cuadro Nº 52. LISTAS DE ESPERA EN EL PERIODO 2013-2015 ............................................... 89
Cuadro Nº 53. RECURSOS OBTENIDOS DE LOS FCI ................................................................ 91
Cuadro Nº 54. FCI (ALTERACIÓN DE LOS PROYECTOS VINCULADOS) .................................. 92
Cuadro Nº 55. FCI (FINANCIACIÓN OBTENIDA EN 2015) .......................................................... 93
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 11
INTRODUCCIÓN I.
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO FISCALIZADOR
De conformidad con lo preceptuado en los artículos 136 y 153 de la Constitución Española,
corresponde al Tribunal de Cuentas el control económico y presupuestario de las Comunidades
Autónomas (CCAA).
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 en relación con el 4, y de forma
específica en el artículo 13.2 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas
(LOTCu), se procede, en el ejercicio de las competencias de este Tribunal, a emitir el presente
Informe sobre los resultados del control económico-presupuestario de la actividad desarrollada por
la CA de Castilla-La Mancha (CLM) durante el ejercicio 2015.
La presente actuación se incluye en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para
el año 2017, aprobado por su Pleno el 22 de diciembre de 2016, dentro del apartado de las
fiscalizaciones derivadas de un mandato legal.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL
El ámbito subjetivo de la fiscalización está compuesto por las entidades que forman el sector
público autonómico, conforme al Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha (TRLH), además de
aquellas encuadradas en el sector público en que la Comunidad Autónoma (CA), directa o
indirectamente, ostentara una participación superior al del resto de Administraciones participantes
(según se detalla en el apartado II.1 y con excepción de la Universidad1 y sus entidades
dependientes). El ámbito objetivo de la fiscalización está formado por las cuentas rendidas por el
conjunto de entidades anteriores, incluyendo, además, las operaciones, actos o hechos que
conforman la actividad económico-presupuestaria de la CA. No obstante, cabe señalar que, en el
referido Programa de fiscalizaciones, también se incluyó la realización de la “fiscalización de la
contratación de las CCAA y Ciudades Autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicios
2014 y 2015”, por lo que dicha materia no es objeto de tratamiento específico en el presente
Informe.
El ámbito temporal se refiere al ejercicio 2015, sin perjuicio de las operaciones o hechos de
ejercicios anteriores o posteriores que se analicen por su relación con el ejercicio fiscalizado.
Todos los anexos a este Informe se han elaborado con los datos tal y como vienen reflejados en la
contabilidad o confeccionados por el Tribunal con los datos contables aportados por aquella, de los
que son trascripción. Los estados que se incluyen en el texto del Informe son, salvo que se indique
lo contrario, el resultado del análisis de la fiscalización, coincidente o no con aquellos datos
contables.
I.3. MARCO NORMATIVO
a) Legislación autonómica
La normativa emanada de la CA aplicable a su actividad económico-financiera durante el ejercicio
fiscalizado está constituida, fundamentalmente, por las siguientes disposiciones:
1 En el Programa de Fiscalizaciones para 2017 figura la fiscalización específica de la Universidad de CLM, ejercicio 2015.
No obstante, en el presente Informe se hacen referencias puntuales a esta Entidad, en esencia, al analizar datos
generales del sector público autonómico.
12 Tribunal de Cuentas
Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se
aprueba el Plan de Contabilidad Pública aplicable a la Junta de Comunidades de CLM (PGCP) y se
determina la estructura y contenido de la Cuenta General.
TRLH.
Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de
Garantías de Servicios Sociales.
Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha (JCCM) para 2015.
Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
de la JCCM.
b) Legislación estatal
Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas
(LOFCA).
Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial
(LFCI).
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
Real Decreto (RD) 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de
Contabilidad (PGC).
Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las CCAA
de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas
tributarias.
Ley 25/2010, de 16 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la CA de CLM y
de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera (LOEPSF).
Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año
2015.
I.4. OBJETIVOS Y ALCANCE
La presente fiscalización se realiza de conformidad con las Directrices Técnicas aprobadas por el
Pleno del Tribunal de Cuentas el 24 de noviembre de 2016 e, igualmente, de acuerdo con las
Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de
2013.
La fiscalización se ha realizado en el marco de los objetivos determinados en las Directrices
Técnicas ya citadas, de conformidad con el artículo 9 de la LOTCu. Dichos objetivos se concretan
en los siguientes:
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 13
Verificar si la Cuenta General de la CA y las cuentas anuales individuales de las entidades
públicas autonómicas se han rendido respetando las normas que les son de aplicación respecto a
plazo, estructura y contenido.
Determinar si las cuentas anuales rendidas se presentan de acuerdo con los principios y
normas definidos en los planes de contabilidad y en la normativa económico-financiera que rige la
gestión de los presupuestos, poniendo de manifiesto las observaciones y salvedades que se
estimen significativas.
Analizar los sistemas de control interno establecidos, en especial, en la Administración
General.
Comprobar si se han seguido los procedimientos establecidos para la determinación y
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto, de
acuerdo con lo dispuesto en la normativa que regula esta materia, así como verificar la
implantación de las medidas correctoras propuestas en los diferentes Planes Económico
Financieros (PEF) y Planes de Reequilibrio presentados, en su caso.
Evaluar la sujeción a los principios de legalidad, eficiencia y economía en la gestión de los
recursos públicos, principalmente en la Administración General, mediante el análisis, entre otras, de
las áreas de personal, endeudamiento y avales.
Analizar la aplicación de los recursos provenientes de las dotaciones de los Fondos de
Compensación Interterritorial (FCI) [Fondo de Compensación (FC) y Fondo Complementario].
Realizar el seguimiento de las recomendaciones formuladas en informes de ejercicios
anteriores elaborados por el Tribunal.
Además, se ha verificado el cumplimiento de la normativa para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, así como la relativa a la transparencia en la actividad pública, en aquello en que lo
dispuesto en dicha normativa pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.
De la exposición de los objetivos anteriores se deduce el carácter integral de la presente
fiscalización (de regularidad y operativa).
En general, no se han planteado limitaciones al alcance que impidieran la verificación de los
objetivos planteados en la presente fiscalización.
I.5. TRÁMITE DE ALEGACIONES
Los resultados de las actuaciones practicadas se pusieron de manifiesto tanto al actual Presidente
de la CA como a la Presidenta durante el ejercicio fiscalizado, para que se formulasen las
alegaciones y se presentasen cuantos documentos y justificantes se estimasen pertinentes, de
conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del
Tribunal de Cuentas (LFTCu).
Solicitada prórroga por el actual Presidente, sus alegaciones se recibieron dentro del plazo
concedido. También se recibieron alegaciones por parte de la anterior Presidenta. En virtud de lo
dispuesto en el mencionado artículo 44, se incorporan a este Informe.
A la vista de las alegaciones, se han efectuado las oportunas modificaciones en el texto y, en los
casos en que se ha visto necesario plantear algunas consideraciones respecto al contenido de las
mismas, aquellas se reflejan mediante notas a pie de página. No se formulan observaciones
respecto a las alegaciones que constituyen meras explicaciones en relación con los hechos
recogidos en el Informe y que, por tanto, no implican oposición al contenido del mismo. En
cualquier caso, el resultado definitivo de la fiscalización es el expresado en el presente Informe.
14 Tribunal de Cuentas
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA II.
Los anexos I.1-1, I.1-2 y I.1-3 recogen las cifras agregadas correspondientes a la liquidación de los
presupuestos de gastos e ingresos y saldos presupuestarios de las Administraciones públicas.
Asimismo, los anexos I.1-4 y I.1-5 reflejan la situación económico-financiera y los resultados
económico-patrimoniales de las Administraciones públicas.
II.1. ENTIDADES INTEGRANTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
El artículo 4 del TRLH determina que el sector público de la CA se compone de los órganos de la
JCCM regulados en su Estatuto de Autonomía y los vinculados o dependientes de estos, la
Administración de la Junta de Comunidades, sus organismos autónomos (OOAA) y entidades
públicas dependientes, las empresas y fundaciones públicas regionales y, finalmente, los
consorcios participados mayoritariamente por la Junta.
A la fecha de las presentes actuaciones, no se han adoptado medidas para que el citado Texto
haga referencia a la inclusión de la Universidad de CLM como parte del mismo, ello pese a lo
dispuesto en los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica (LO) 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades y, en especial, en la más reciente Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público2, donde se recoge expresamente a las universidades públicas de las
CCAA como parte del sector público institucional3.
Además de las entidades recogidas en el artículo 4 antes mencionado, a los efectos de esta
fiscalización se ha tenido en cuenta que la CA participa en el capital de sociedades públicas o en la
dotación de fundaciones pertenecientes al sector público, en cuantía igual o superior a la del resto
de Administraciones participantes. No se toman en consideración aquellas entidades que estén
incursas en el supuesto previsto en el párrafo tercero y siguientes de la Disposición adicional (DA)
novena de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP).
En el siguiente cuadro se ofrece información agregada sobre el número de entes referidos en los
tres párrafos anteriores (a 31 de diciembre de 2015):
CUADRO Nº 1. ENTIDADES INTEGRANTES SECTOR PÚBLICO CLM4
Entidad Número
Administración General Junta 1
OOAA y Entes con cuentas rendidas según contabilidad pública 6
Empresas y Entes con cuentas rendidas según contabilidad privada 12
Fundaciones 13
Universidad 1
Consorcios 2
2 Ley con entrada en vigor el 2 de octubre de 2016.
3 La CA ha indicado que está previsto llevar a cabo la correspondiente adaptación del artículo 4 del TRLH, concerniente
al sector público regional, para incluir dentro de su ámbito de aplicación a las universidades públicas dependientes de la
JCCM. A tal fin, se pretende introducir en la LP para 2018 una disposición final modificativa del mencionado TRLH.
4 En el anexo I.0 se ofrece una relación nominativa de estas entidades.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 15
En el siguiente cuadro se refleja el gasto de las entidades anteriores, de acuerdo con las cuentas
rendidas en la fiscalización. Para la Junta y los entes que han presentado las cuentas bajo el PGCP
se reflejan los datos agregados parcialmente consolidados que aparecen en la memoria de la
Cuenta General. Para el resto, se recoge el gasto agregado, de modo que el sumatorio del gasto
presentado no responde al efectivamente realizado, en la medida que no se han eliminado las
transferencias internas por las aportaciones efectuadas por la Junta (o por otros entes integrantes
del sector público regional) a los sujetos que operan bajo el régimen de contabilidad privada:
CUADRO Nº 2. GASTO CONTABILIZADO ENTIDADES SECTOR PÚBLICO CLM
(miles de euros)
Entidad Importe
Sector administrativo 7.802.749
Empresas y resto de entes públicos 212.104
Fundaciones 43.728
Universidad 206.552
Consorcios 0
Total 8.265.133
En los anexos I.1-1 y I.1-2 a este Informe se recoge un resumen de la liquidación de los
presupuestos de gastos y de ingresos del ejercicio 2015, de la Administración General de la CA, de
los OOAA y de otros Entes sujetos al régimen de contabilidad pública. El anexo I.1-3 recoge el
resultado y el saldo presupuestario de todas estas entidades correspondiente al ejercicio 2015, y en
los anexos I.1-4 y I.1-5 se refleja un resumen del balance y cuenta del resultado económico-
patrimonial.
En los anexos I.2-1 y I.2-2 del Informe se recoge un resumen de las cuentas anuales del ejercicio
2015 (balance y cuenta de pérdidas y ganancias) de las empresas públicas autonómicas, de las
fundaciones y de los consorcios públicos que rindieron sus cuentas conforme al PGC. En los
anexos I.3-1 y I.3-2 se recoge un resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2015 (balance y
cuenta de resultados) de las fundaciones públicas autonómicas que rinden las mismas conforme a
la adaptación del PGC a entidades sin fines lucrativos.
II.2. RENDICIÓN DE CUENTAS
II.2.1. Cuenta General
El artículo 113.1 del TRLH establece que la Cuenta General de la JCCM se formará anualmente
con la Cuenta de la Administración de la Junta, la Cuenta de sus OOAA y, en su caso, las cuentas
de las entidades del artículo 4 de esta Ley incluidas en el régimen de contabilidad pública. La
Orden de 15 de diciembre de 1997, en el ejercicio de la habilitación conferida por el artículo 113.2
del TRLH, dispone que la Cuenta General de la JCCM está integrada por la Cuenta General de la
Administración de la Junta así como por todas las Cuentas Generales de las entidades que
integran el sector público regional y estén sometidas al régimen de contabilidad pública.
La Cuenta General de 2015 fue remitida al Tribunal de Cuentas el 27 de octubre de 2016, dentro
del plazo previsto en el artículo 114 del TRLH (antes del día 31 de octubre del año siguiente al que
se refiera).
Desde el 1 de enero de 2014, debido a la modificación introducida por la Ley de CLM 9/2013, de 12
diciembre, se ha retrasado el plazo de rendición desde el 30 de junio hasta el 31 de octubre, en
16 Tribunal de Cuentas
ambos casos, del año siguiente al que se refiera la Cuenta. Dicha modificación legislativa va en
línea opuesta al contenido de las Resoluciones aprobadas por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con los diferentes informes anuales de las
CCAA, en las que se insta, a todas las CCAA, a “efectuar las modificaciones normativas oportunas
a efectos de adelantar el plazo de rendición de las cuentas a 30 de junio del ejercicio siguiente a
que se refieran” 5.
Las cuentas de los Consorcios Parque Arqueológico de Carranque y Parque Arqueológico de
Alarcos no se incluyen en la Cuenta General, dado que se rinden indebidamente conforme al PGC
y no conforme al PGCP, pese a lo dispuesto en los estatutos de los consorcios (si bien se trata de
entidades en proceso de disolución, de escasa relevancia económica), además de fuera del plazo
legalmente establecido.
Las cuentas de determinadas entidades de derecho público [Grupo Ente Público Radio-Televisión
de Castilla-La Mancha (RTVCLM) e Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha)], empresas
públicas [(Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A. (GICAMAN), Grupo Instituto de
Finanzas de CLM, S.A.U.6, Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A. (GEACAM) y Sociedad
para el Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, S.A. (SODICAMAN)] y fundaciones públicas
(Parque Científico y Tecnológico de CLM, Cultura y Deporte de CLM7, Sociosanitaria de CLM,
Jurado Arbitral Laboral de CLM, Patronato de la Semana de Música Religiosa de Cuenca, Centro
Tecnológico del Metal de CLM, Promoción de CLM, El Greco 2014 y Hospital Nacional de
Parapléjicos para la Investigación y la Integración), elaboradas bajo el régimen de contabilidad
privada, se rinden formando parte de la Cuenta General de 2015, aun cuando el artículo 113.1 del
TRLH solo prevé la inclusión de las cuentas confeccionadas mediante contabilidad pública.
No obstante lo anterior, el artículo 106.4 del TRLH establece que las entidades públicas que forman
parte del sector público regional deben formar y rendir sus cuentas de acuerdo con los principios y
normas de contabilidad recogidos en el PGCP, salvo que su actividad principal consista en la
producción de bienes y servicios destinados a la venta en el mercado y que al menos el 50% de
sus ingresos proceda de esta fuente, circunstancias que no concurren en el Grupo Ente Público
RTVCLM, pese a lo cual ha presentado cuentas conforme al PGC. En las mismas circunstancias se
encuentra la Entidad de Derecho Público Infraestructuras del Agua de CLM, pues, a la vista de la
Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua de la CA de CLM y el artículo 3
de sus Estatutos, se aprecia que más de la mitad de sus ingresos son públicos. Ello supondría la
inclusión de las cuentas de ambas entidades en la Cuenta General (como efectivamente se ha
hecho) pero bajo las prescripciones de la contabilidad pública.
Así mismo, la DA quinta de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma (LP) para 2015
establece la obligatoriedad para las entidades, empresas públicas y fundaciones que integran el
sector público regional y para los consorcios participados mayoritariamente por la Administración
de la JCCM, de someterse a la auditoría anual de las cuentas. No han cumplido con dicha
disposición los consorcios, empresas y fundaciones que se encontraban en proceso de extinción.
La Cuenta General y las cuentas individuales en ella incluidas se presentan, con carácter general,
de acuerdo con la estructura definida en los planes y normas contables, sin perjuicio de las
observaciones expuestas a lo largo del presente subapartado (y, en particular, en el párrafo
anterior) y contienen todos los estados previstos en el artículo 113.2 del TRLH y en la Orden de 15
de diciembre de 1997, de la Consejería de Economía y Hacienda.
5 Para el caso concreto de CLM, las Resoluciones de 12 de junio de 2017, aprobadas por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con los Informes Anuales de esta CA de los ejercicios 2013 y 2014.
6 Las cuentas de las dos sociedades que forman el grupo se aprobaron fuera de plazo previsto en la normativa aplicable.
7 Con fecha 30 de marzo de 2016 se inscribió en el Registro de Fundaciones la modificación estatutaria donde se recoge,
entre otras cuestiones, el cambio de denominación de esta Fundación, pasando a Impulsa CLM.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 17
La citada Orden indica que los entes integrantes del sector público regional llevarán su contabilidad
conforme al Plan General de Contabilidad Pública aprobado mediante Orden del Ministerio de
Economía y Hacienda, de 6 de mayo de 1994, estableciendo reglas particulares en lo referente a la
elaboración de las cuentas anuales, particularidades que se concretan en la omisión de algunos
apartados constitutivos de la memoria respecto a la prevista en la Orden estatal que, por tanto, no
han sido confeccionados e incorporados, pese a que deberían contener información considerada
de relevancia, como, por ejemplo:
En la parte relativa a la información de la ejecución del gasto público: remanentes de crédito,
ejecución de los proyectos de inversión, transferencias y subvenciones, convenios y personal.
En cuanto a la información sobre la ejecución del ingreso público: proceso de gestión de los
ingresos, transferencias y subvenciones recibidas, tasas, precios públicos y precios privados y
derechos presupuestarios pendientes de cobro según su exigibilidad.
Inmovilizado inmaterial, material, o inversiones gestionadas para otros entes públicos.
Además, no se considera apropiada la mención genérica que se realiza indicando que la no
presentación de estados financieros en la memoria de las cuentas es debida a la inexistencia de
datos u operaciones, sin que se haga necesario detallar cuáles son estos estados.
Como se ha puesto de manifiesto, la contabilidad de la Administración regional y organismos
administrativos se adapta, con las particularidades señaladas, al Plan contable estatal de 6 de
mayo de 1994, que fue derogado por la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, que aprueba el
nuevo Plan, configurado como el marco contable para todas las Administraciones públicas, sin que
hasta el momento se haya producido la adaptación al mismo por CLM8.
La normativa autonómica no contiene previsión similar a la de la Orden HAP/801/2014, de 9 de
mayo, por la que se regula el procedimiento de rendición de cuentas anuales en los casos de
modificaciones estructurales entre entidades del sector público que supongan la extinción de
entidades públicas sin que exista un proceso de liquidación conforme al artículo 138.6 de la LGP,
donde se indica que “es fundamental que los organismos o entidades que se extinguen sin que
exista un proceso de liquidación, elaboren y rindan información correspondiente a la gestión
realizada, al objeto de que se pueda realizar el control sobre la utilización de los recursos públicos,
así como medir el grado de realización de las actuaciones previstas”.
Finalmente, cabe señalar que la Intervención General de la Administración del Estado elaboró unas
Normas sobre Consolidación de Cuentas en el Sector Público, que se aprobaron por la Orden
HAP/1489/2013, de 18 de julio, constitutivas del marco contable para todas las Administraciones
Públicas y de aplicación obligatoria en el sector público estatal a partir del 1 de enero de 2014. Así,
la Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General
del Estado, establece un nuevo estado de cuenta única consolidada, ya aplicable a la
correspondiente al año 2014, sin que la CA disponga de una norma de contenido similar.
8 La Orden PRA/360/2017, de 21 de abril, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para
Asuntos Económicos de 2 de marzo de 2017, sobre condiciones adicionales a cumplir por las Comunidades Autónomas
adheridas al Fondo de Financiación a CCAA, compartimento Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) 2017, establece que
las CCAA que no hubieren adaptado su Plan General de Contabilidad Pública al Plan aprobado, con el carácter de marco
para todas las Administraciones Públicas, por la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, deberán adoptar un acuerdo en el
que se comprometan a llevar a cabo la referida adaptación en el plazo máximo de seis meses a contar desde el 2 de
marzo de 2017. CLM en acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de septiembre de 2017 ha encomendado dicha
adaptación a la Consejería de Hacienda con el fin de que la aprobación del nuevo plan se produzca con anterioridad al 31
de diciembre de 2018.
18 Tribunal de Cuentas
II.2.2. Otras entidades
Respecto a las cuentas anuales que no forman parte de la Cuenta General pero pertenecen al
sector público regional según el TRLH, el artículo 107 de este Texto establece que los
cuentadantes que en él se enuncian deben remitir a la Intervención General de la CA (IGCA) sus
cuentas anuales, elaboradas de conformidad con la legislación específica, dentro de los siete
meses siguientes a la terminación del ejercicio económico y que esta las enviará al órgano de
control externo en el plazo de un mes desde que las recibiera. Adicionalmente, deben remitirse las
cuentas de aquellas entidades públicas en las que, aun no concurriendo los requisitos establecidos
en el artículo 4 del TRLH, la JCCM posee una participación superior en el capital social, dotación
fundacional o fondo equivalente al del resto de Administraciones y que tienen la obligación de
rendir cuentas en virtud del artículo 34 de la LFTCu. Unas y otras han sido rendidas, con las
excepciones y deficiencias que se exponen a continuación.
Las cuentas anuales individuales de estas entidades se rinden, con carácter general, con la
estructura y contenido previsto en los planes de contabilidad.
Las cuentas anuales de 2015 de la Fundación Centro Tecnológico Europeo del Asfalto no han sido
formuladas, al no encontrase designados los miembros del Patronato correspondientes a la JCCM.
El 11 de mayo de 2016, la Consejería de Educación informó de que se estaban realizando
actuaciones encaminadas a la retirada por parte de la JCCM del Patronato de dicha Fundación,
hecho que se ha producido por Resolución de la Viceconsejería de Administración Local y
Coordinación Administrativa, de 9 de febrero de 2017 por la que se inscribe en el Registro de
Fundaciones de CLM el cese, por renuncia, de la JCCM, como miembro del Patronato de citada
Fundación.
No obstante lo anterior, el TRLH define las fundaciones públicas regionales en términos similares a
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 50/20029, de fundaciones, para el caso estatal, es decir,
como aquellas en las que concurran algunas de las siguientes circunstancias:
a) Que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración
de la JCCM, sus OOAA o demás entidades integrantes del Sector público regional.
b) Que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un
cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración de la JCCM,
sus OOAA o demás entidades integrantes del Sector público regional.
A la vista de ello, especialmente de lo dispuesto en la letra a) anterior, parece más oportuno optar,
en casos como el de la Fundación Centro Tecnológico Europeo del Asfalto, por las vías de
extinción (con o sin liquidación) de estas entidades que prevé la propia Ley 50/2002, para asegurar
la eliminación del vínculo de la Administración pública con la fundación.
Por otro lado, durante el transcurso de la fiscalización se han rendido las cuentas de las
fundaciones CLM Tierra de Viñedos y Centro de Innovación de Infraestructuras Inteligentes, por lo
tanto fuera del plazo previsto en el TRLH.
El artículo 106 del TRLH, dedicado al régimen de contabilidad de las entidades integrantes del
sector público regional, no contiene una referencia expresa a las fundaciones, sin que la CA
disponga de legislación específica al respecto. El RD 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se
aprueban las normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de
plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos, establece, en su artículo 3, la aplicación
obligatoria de las normas que en él se contienen para todas las fundaciones de competencia estatal
y asociaciones declaradas de utilidad pública y en particular, a las fundaciones estatales que
9 El artículo 44 fue derogado por la Disposición derogatoria única de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, con efecto 2 octubre 2016.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 19
integran el sector público fundacional. En sendas resoluciones de 26 de marzo de 2013 del Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, se aprueban el Plan de Contabilidad de las entidades sin
fines lucrativos y el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos. En
el ejercicio fiscalizado, el sector público autonómico fundacional ha rendido sus cuentas bajo el
marco del citado RD.
II.3. CONTROL INTERNO
II.3.1. El control interno atribuido a la Intervención General de la Comunidad
Según el artículo 92 del TRLH, el control interno de la gestión económico-financiera de la JCCM se
realiza por la IGCA sobre el conjunto de la actividad financiera y sobre los actos con contenido
económico que la integran, con la finalidad de procurar el mejor cumplimiento de los principios de
legalidad, economía, eficiencia y eficacia. Este control se ejerce mediante la función interventora y
el control financiero.
Junto con el TRLH, la Circular 1/2007, de 19 de junio, de Control Financiero, elaborada por la
IGCA, establece el marco normativo en esta materia. La Ley de CLM 9/2013, de 12 diciembre,
modificó el TRLH, elevando a rango legal actuaciones de control ya previstas a través de la citada
Circular de la IGCA, con el objeto de intensificar el control del gasto público, tanto en la fase previa
a su realización como en la fase posterior. Desde la perspectiva posterior a la ejecución del gasto,
las modificaciones se centraron en desarrollar el control financiero de la gestión económica y
financiera del sector público de la JCCM y en la incorporación de la obligación de que se realicen
anualmente actuaciones de control en las entidades no sometidas normativamente a auditoría de
cuentas.
A) FUNCIÓN INTERVENTORA
Tal como prevé el artículo 99 del TRLH, si la Intervención, al realizar la fiscalización o intervención,
se manifiesta en desacuerdo con el contenido de los actos examinados o con el procedimiento
seguido para su adopción, debe formular sus reparos por escrito, con cita de los preceptos legales
en los que sustente su criterio. Respecto a los reparos procedentes de la propia Intervención
General, o confirmados por esta, compete al Consejo de Gobierno adoptar la resolución definitiva,
sin que durante 2015 se produjeran reparos que tuviera que resolver dicho Consejo.
20 Tribunal de Cuentas
Sí se produjeron actos de convalidación por el Consejo de Gobierno, conforme al artículo 100 del
TRLH, por omisión del trámite de fiscalización previa, por valor de 281.550 miles de euros (frente a
los 4.563 miles de 2014). En el siguiente cuadro se muestran las infracciones del ordenamiento
jurídico detectadas, adicionales en su caso a la propia ausencia de fiscalización previa:
CUADRO Nº 3. INFRACCIONES DEL ORDENAMIENTO JURIDICO DETECTADAS
(miles de euros)
Infracción Importe Número
Expedientes
Actuaciones al margen de acuerdos marco 73 4
Ausencia de crédito 5.713 2
Prescindir del procedimiento establecido para la ejecución del
gasto objeto del expediente 1.620 6
Falta de autorización del gasto 7.875 1
Fraccionamiento 75 1
Ausencia de modificación de contrato 923 2
Omisión de fiscal ización 265.271 14
Total general 281.550 30
Del análisis de los expedientes cabe señalar que:
En 2014 no se produjo la fiscalización previa de los compromisos de gasto de carácter
plurianual surgidos por las operaciones de endeudamiento por 264.544 miles de euros formalizadas
en base al Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 13 de noviembre de dicho año, tras la
autorización otorgada por el Consejo de Ministros el día 7 del mismo mes. Estas operaciones no
tenían repercusión sobre el gasto de 2014 ni de 2015.
La convalidación de 5.612 miles de euros ha ido acompañada de la aprobación del convenio
de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y la Fundación Parque
Científico y Tecnológico de Albacete, por el que se regularizan las aportaciones económicas
correspondientes a los ejercicios 2009, 2010 y primer semestre del 2011, derivadas de los
proyectos del programa de investigación y desarrollo aeronáutico en CLM. La IGCA manifestó en
su informe, de 28 de enero de 2015, un “reiterado y flagrante incumplimiento de la normativa
presupuestaria en la tramitación de las ayudas” que dicho convenio propuesto y aprobado en
convalidación, persigue regularizar.
En la convalidación de 101 miles de euros, se autoriza el reconocimiento de obligaciones y la
tramitación de los pagos correspondientes como consecuencia del suministro de módulos
prefabricados destinados a centros públicos docentes durante el período comprendido entre el 1 de
julio de 2014 a 30 de abril de 2015. La prestación de tales servicios no fue acompañada de la
correspondiente tramitación del expediente de contratación y de la oportuna retención de crédito,
manteniéndose el arrendamiento de las aulas con el mismo adjudicatario tras la finalización del
contrato (1 de julio de 2014).
En los dos casos anteriores (cuya suma asciende a 5.713 miles de euros), no existía crédito
en el ejercicio en el que se generaron las correspondientes obligaciones, lo que supone un hecho
tipificado como infracción en el artículo 116.c) del TRLH.
En algunos expedientes se pone de manifiesto la existencia de convalidaciones en ejercicios
anteriores en relación con los mismos asuntos, sin que conste la exigencia de responsabilidades
tras la reiteración en las conductas. En particular, en la convalidación de 857 miles de euros por la
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 21
adquisición de licencias de software por parte del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha
(SESCAM), se aprecia el carácter reiterativo de este modo de proceder, pues el gasto convalidado
por este mismo concepto en 2013 y 2014 se situó en los 900 miles de euros por ejercicio.
B) CONTROL FINANCIERO Y AUDITORÍA PÚBLICA
Con efectos de 1 de enero de 2014, el artículo 104.3 del TRLH otorga a la IGCA la posibilidad de
formular informes de actuación derivados de las recomendaciones y de las propuestas para los
órganos gestores contenidas en los informes de control financiero, ante determinadas
circunstancias.
En relación con las cuentas de 2013, se produjo la emisión de una propuesta de actuación en el
informe definitivo de control financiero de la Fundación CLM, Tierra de Viñedos, sobre 1.715 miles
euros de derechos pendientes de cobro de esta entidad como consecuencia de contribuciones al
fondo de promoción vitivinícola en las campañas 2003/2004 a 2006/2007. El 12 de abril de 2016 se
aprobó, por el Interventor General de la JCCM, el informe definitivo de actuación sobre el citado
saldo deudor, dándose traslado a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
de la JCCM. En el mismo, se reitera la necesidad de emprender las acciones adecuadas que
permitan su recuperación o, en caso de imposibilidad, analizar la posible existencia de
responsabilidades y proceder conforme a derecho. Mediante escrito de 16 de mayo de 2017 la
IGCA concluye que “la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha llevado a
cabo los distintos puntos recogidos en la propuesta de actuación, en relación a los impagos de las
Aportaciones Obligatorias al Fondo de Promoción Vitivinícola, justificando suficientemente las
conclusiones obtenidas”. La citada Consejería señaló que entre 2007 y 2016 se realizaron
determinadas actuaciones para el cobro, entendiendo que de ello se desprende la ausencia de
responsabilidad por la prescripción de los derechos.
La Circular 1/2007 establece la obligación de elaborar un plan anual de control financiero. En
concreto, el grado de realización de las actuaciones previstas en los planes aprobados, que inciden
esencialmente sobre la actividad económico-financiera del ejercicio 2015, se refleja en el cuadro
siguiente:
CUADRO Nº 4. PLANES DE CONTROL SOBRE EJERCICIO 2015
Planes de Control Financiero 2015 Resolución Actuaciones
Programadas Terminadas
Plan de Control Financiero y
Auditoría de Empresas y
Entes Públicos 24/02/2016 (*) 37 30
Plan de Control Financiero del SESCAM para 2015 09/02/2015 16 16
Total 53 46
(*) Por Resolución de la IGCA, de 14 de marzo de 2016, se incluye el control financiero y auditoría de cuentas del
Consorcio Centro Nacional del Hidrógeno y Pilas de Combustible.
Por Resolución de la IGCA, de 20 de diciembre de 2016, se suprimen los controles financieros de la gestión económica
de 2015 de la Fundación para la Promoción de CLM y GEACAM, y el análisis de las cuentas anuales de 2015 de las
fundaciones Centro Tecnológico Europeo de Asfalto y El Greco 2014. Así mismo se excluye el análisis financiero y
evaluación de riesgos de las cuentas anuales de Socialmancha, S.L.
Por Resolución de la IGCA, de 26 de abril de 2017, se excluye el análisis financiero y evaluación de riesgos de las
cuentas anuales de 2015 de la Fundación Centro Tecnológico Europeo del Asfalto en Castilla La Mancha y de la
Fundación El Greco 2014.
22 Tribunal de Cuentas
Adicionalmente, se aprobaron los siguientes planes de control relacionados con los fondos
comunitarios:
CUADRO Nº 5. PLANES DE CONTROL FONDOS COMUNITARIOS
Plan de Control Financiero Fecha de aprobación
Plan de Control Financiero 2014/2015 de las Operaciones Financiadas
por el FEAGA 12/05/2014
Plan de Control de las Auditorias de Operaciones y de los Sistemas de
Gestión y Control del PO FSE correspondientes al período de auditoría
2014/2015
11/02/2015
Plan de Control de las Auditorias de Operaciones y de los Sistemas de
Gestión y Control del PO del Sector Pesquero de CLM correspondiente
al período de auditoria 2014/2015
21/02/2015
Plan de Control de las Auditorias de Operaciones y de los Sistemas de
Gestión y Control del PO FEDER de CLM correspondiente al período
de auditoria 2014/2015
23/02/2015
Plan de Control de las Auditorias de Operaciones y de los Sistemas de
Gestión y Control del PO FSE Adaptabilidad y Empleo
correspondientes al período de auditoría 2014/2015
23/02/2015
Plan de Control Financiero 2015/2016 de las Operaciones Financiadas
por el FEAGA 28/05/2015
Plan de Control Financiero y Procedimientos de Gestión de las
Operaciones Financiadas por los Fondos FEAGA y FEADER
correspondientes al ejercicio 2015
14/12/2015
Plan de Control de las Auditorias de Operaciones y de los Sistemas de
Gestión y Control del PO FEDER de CLM correspondiente al período
de auditoria 2015/2016
23/02/2016
Plan de Control de las Auditorias de Operaciones y de los Sistemas de
Gestión y Control del PO FSE correspondientes al período de auditoría
2015/2016
07/03/2016
Plan de Control de las Auditorias de Operaciones y de los Sistemas de
Gestión y Control del PO del Sector Pesquero de CLM correspondiente
al período de auditoria 2015/2016
19/04/2016
Plan de Control de las Auditorias de Operaciones y de los Sistemas de
Gestión y Control del PO FSE Adaptabilidad y Empleo
correspondientes al período de auditoría 2015/2016
10/08/2016
En cumplimiento del artículo 104.4 del TRLH, la IGCA ha presentado el 26 de junio de 2017 al
Consejo de Gobierno el informe-resumen de los resultados más significativos de las actuaciones de
control financiero desarrolladas durante el ejercicio 2015.
Por otra parte, en relación con el seguimiento del grado de cumplimiento de conclusiones y
recomendaciones procedentes de los informes emitidos, el TRLH no incluye una previsión similar a
la de los artículos 161 y 166 de la LGP, donde, por un lado, se obliga a los órganos gestores a
elaborar un plan de acción con las medidas concretas a adoptar tras los informes de control
financiero permanente, plan que debe ser objeto de valoración de su adecuación para solventar las
deficiencias señaladas y, por otro, se recoge que en el informe anual resumen de las auditorías de
cuentas anuales realizadas, se dará información sobre las medidas adoptadas por los órganos
gestores para solventar las salvedades puestas de manifiesto en ejercicios anteriores.
Igualmente, según la Circular 1/2007, debe contarse con un sistema de gestión que permita el
seguimiento de los informes de los que se deriven reintegros por parte de los perceptores de
subvenciones, el cual ha de integrarse en la Base de Datos Regional de Subvenciones, sin que
tampoco se haya comunicado su instauración.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 23
II.3.2. Sistemas y procedimientos de control interno
A) PRESUPUESTACIÓN Y ESTABLECIMIENTO DE OBJETIVOS E INDICADORES
Las variaciones del presupuesto de 2015 incrementaron el inicial de la Administración General de la
Junta en un 3% (frente al 5,8% de 2014), lo que supone un desarrollo de la ejecución
presupuestaria más ajustado a la previsión inicial.
No obstante lo anterior, el artículo 53.1 del TRLH establece escasas restricciones a la realización
de transferencias de crédito, pudiendo estas efectuarse entre distintas secciones del presupuesto,
desde créditos para operaciones financieras al resto de los créditos, o desde créditos para
operaciones de capital a créditos para operaciones corrientes, lo que debilita el valor del
presupuesto inicialmente aprobado como instrumento de planificación de la actividad.
Adicionalmente para el ejercicio fiscalizado, la LP deja sin efecto la práctica totalidad de las
limitaciones contenidas en el precitado artículo del TRLH. Esta circunstancia es especialmente
significativa en el ejercicio 2015, donde el importe de las transferencias ha ascendido a 880.996
miles de euros, con un incremento del 65% respecto de 2014.
Finalmente, según el artículo 41 del TRLH, al anteproyecto de LP se acompañarán los objetivos,
actividades e indicadores de cada uno de los programas de gasto. Referente a la ejecución del
Presupuesto del ejercicio 2015, consta un informe de seguimiento de los objetivos existentes en
relación con los programas presupuestarios previstos en la LP. Este informe muestra las
actuaciones desarrolladas para el cumplimiento de objetivos y su grado de realización. No
obstante, dicho informe se limita a aportar los datos cuantitativos sin acompañarlos de la necesaria
información cualitativa que permitiría su correcta comprensión.
B) FONDOS LÍQUIDOS
Según el artículo 83 del TRLH, es función encomendada a la Tesorería distribuir en el tiempo y en
el territorio las disponibilidades dinerarias para la puntual satisfacción de las obligaciones. Para ello,
tal como recoge el artículo 62.3 del TRLH, la Consejería de Economía y Hacienda puede elaborar y
someter a la aprobación del Consejo de Gobierno un plan de disposición de fondos, sin que dicho
plan (o documento equivalente) se haya aprobado, de acuerdo con el procedimiento establecido,
durante el ejercicio fiscalizado. Esta cuestión cobra especial relevancia a la vista de la modificación
operada por la LO 4/2012, de 28 de septiembre, en la LOEPSF, por la que se añade una nueva DA
a esta última, donde se establece que todas las Administraciones públicas deben disponer de
planes de tesorería que pongan de manifiesto su capacidad para atender el pago de los
vencimientos de las deudas financieras.
C) PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN FINANCIERA Y CONTROLES DE EFICACIA
El artículo 59 del TRLH establece que los órganos competentes de gestión de la CA deben
establecer los sistemas de control que estimen adecuados para la supervisión de las diferentes
actuaciones financieras que correspondan a sus unidades. Como ya se indicó en informes de
fiscalización anteriores, las Consejerías no contaban, con carácter general, con dichos sistemas,
sin que se haya informado sobre la introducción de los mismos.
Por otro lado, a fecha 1 de julio de 2017, el control de eficacia que establece el artículo 6 de la Ley
4/2015, de 26 de marzo, por la que se crea el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo
Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (IRIAF), no había sido implantado.
D) PATRIMONIO DE LA COMUNIDAD E INVENTARIOS
El artículo 32.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
Públicas, obliga a inventariar los bienes y derechos que integran el patrimonio, haciendo constar,
con el suficiente detalle, las menciones necesarias para su identificación, situación jurídica y el
destino o uso de los mismos.
24 Tribunal de Cuentas
El valor de los activos que componen el inventario de la JCCM, a 31 de diciembre de 2015,
ascendía a 1.421.881 miles de euros.
La Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la CA, prevé en su artículo 9 que el
inventario general de bienes y derechos comprende todos aquellos de dominio público y privado a
los que se refieren los artículos 3 y 4 de esta Ley, excepto aquellos bienes muebles cuyo valor
unitario sea inferior a 600 euros. Se encuentra, por tanto, tácitamente derogada la redacción del
artículo 10 del Decreto 104/1986, de 23 de septiembre, de aprobación del Reglamento para la
aplicación de la Ley anterior, donde se establece la excepción para aquellos “bienes y derechos
cuyo valor unitario sea inferior a 25.000 pesetas”.
Así mismo, esta Ley establece que la contabilidad patrimonial debe ser la que permita seguir, en
todo momento, la gestión de los bienes y derechos que integran el inventario y la obligación de
actualizarlo anualmente.
Del análisis de los datos que recoge el citado inventario, se deduce que:
Existen diferencias entre los saldos registrados en las correspondientes rúbricas de inventario
y los saldos contables de las cuentas de inmovilizado. Además, se encuentran registrados
elementos del inmovilizado sin valoración, sin que aparezcan otros que sí están contabilizados,
existiendo, además, una falta de coincidencia entre las altas y bajas contabilizadas durante el
ejercicio y los expedientes de variación del inventario tramitados en el mismo período.
No existe vinculación entre la aplicación de inventario y la contabilidad en lo referente a
bienes muebles (excepto elementos de transporte), derechos e inmuebles que no estén afectos al
dominio público.
E) PATRIMONIO PÚBLICO DE SUELO
El artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, prevé que la Junta
de Comunidades debe constituir su respectivo patrimonio público de suelo, debiendo consignar en
los presupuestos anuales una cantidad equivalente, como mínimo, al cinco por cien del
presupuesto de inversiones, para las actuaciones relativas al mismo, sin que se haya acreditado
este extremo para el ejercicio fiscalizado. No obstante, dado que las políticas de gasto público
deben encuadrarse en un marco de planificación plurianual y de programación y presupuestación,
atendiendo a la situación económica, a los objetivos de política económica y al cumplimiento de los
principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (tal como establece el artículo 7
de la LOEPSF), dicha prescripción legal es susceptible de revisión.
Respecto a la gestión anual de su explotación, la cual debe acompañarse a la liquidación de las
cuentas correspondientes a la ejecución de los presupuestos anuales, no se aprecia la inclusión de
esta información en la Cuenta General.
F) CONVENIOS
La DA Tercera del TRLH señala que el Gobierno regional, trimestralmente, debe remitir a la
Comisión de Presupuestos de las Cortes regionales, a través del Presidente de la misma, relación
individualizada de los convenios que suscriba el Ejecutivo castellano-manchego con corporaciones,
entidades, organizaciones no gubernamentales y particulares y las subvenciones y ayudas que
conceda a las mismas, sin que se haya acreditado haber dado cumplimiento a este precepto.
G) REGISTRO DE FACTURAS Y ACREEDORES
La Resolución de 22 de noviembre de 2010, de la IGCA, estableció la obligatoriedad de la
facturación electrónica en contratos de la Administración de la JCCM, debiendo hacerse así
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 25
constar, por los órganos de contratación de la Administración de la JCCM y sus organismos
públicos dependientes, en los correspondientes pliegos de cláusulas administrativas particulares de
los contratos administrativos típicos de obras, concesión de obras públicas, gestión de servicios
públicos, suministro, servicios y de colaboración entre el sector público y el sector privado, así
como de los contratos privados. Como se puso de manifiesto en el Informe de fiscalización del
ejercicio precedente, pese a esta disposición, en 2014, tuvieron entrada en papel un total de 4.088
facturas derivadas de las anteriores relaciones contractuales, ascendiendo el importe facturado a
87.531 miles de euros.
Esta Resolución ha quedado derogada por la Orden de 4 de febrero de 2015, por la que se crea el
punto general de entrada de facturas electrónicas de la JCCM, aunque la obligación que establecía
la primera de facturar electrónicamente por parte de los adjudicatarios, previa inclusión de tal
obligación en los correspondientes pliegos de cláusulas administrativas, se reproduce en el artículo
5.2 de la nueva Orden, sin que los mecanismos de control interno de la CA hubieran detectado el
incumplimiento de este precepto. Si bien la citada Orden solo es de aplicación a la Administración
de la JCCM, han solicitado voluntariamente su adhesión al punto de entrada el Ente Público
Infraestructuras del Agua, GICAMAN y GEACAM.
En 2015 tuvieron entrada en papel 42.094 facturas (frente a las 343.082 de 2014) con un importe
facturado de 606.354 miles de euros (en torno al doble en 2014), lo que pone de manifiesto el
creciente peso de la facturación electrónica.
Respecto a los informes previstos en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura
electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, cabe señalar que:
No se ha acreditado la elaboración formal por el órgano competente en materia de
contabilidad, tal y como establece el artículo 10.2, de los informes trimestrales con la relación de las
facturas que hayan permanecido más de tres meses desde que fueron anotadas sin efectuarse el
reconocimiento de la obligación por los órganos competentes, para su posterior remisión al órgano
de control interno. Tampoco hay constancia de la elaboración por parte del órgano de control
interno del informe anual de evaluación del cumplimiento de la normativa en materia de morosidad
que establece el artículo 12.2.
El informe de auditoría de sistemas previsto en el artículo 12.3, no se llevó a cabo durante el
ejercicio 2015, informándose de la previsión de que dicha auditoría de sistemas se formalice
teniendo como referencia al respecto el contenido del documento elaborado a mediados de 2016
por la IGAE.
Según los datos aportados por la CA, en 2015 se produjeron 28.741 rechazos de facturas que
habían sido objeto de inscripción en el Registro de Facturas, por no ser correctas. Los motivos de
rechazo continúan sin estar tipificados o estandarizados10. No obstante, de conformidad con lo
establecido en el artículo 8 de la Ley 25/20013, los únicos motivos por los que se prevé la no
anotación en el citado registro y la devolución de la factura por los órganos y unidades al registro
administrativo de procedencia son la existencia de datos incorrectos u omitidos que impidan su
tramitación, o bien que correspondan a otras Administraciones Públicas.
H) RELACIONES PRESUPUESTARIAS CON LA UNIVERSIDAD DE CLM
La CA no disponía de procedimientos establecidos a fin de que el presupuesto de la Universidad,
elaborado y aprobado con respeto a la autonomía universitaria en su vertiente financiera prevista
10 De acuerdo con la Orden PRA/360/2017, de 21 de abril, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos de 2 de marzo de 2017, sobre condiciones adicionales a cumplir por las CCAA
adheridas al Fondo de Financiación a CCAA, compartimento FLA 2017, antes de la finalización del segundo trimestre del
año 2017, las CCAA adoptarán los códigos de error para los puntos de entrada de facturas electrónicas y de los registros
contables de facturas según el documento de códigos acordado en el Foro de Factura Electrónica que preside el
Ministerio de Hacienda y Función Pública.
26 Tribunal de Cuentas
en la Ley, se incorporase en el procedimiento general establecido en la normativa autonómica para
el sector público, de manera que la ley habilitante de los créditos en la CA contuviera también los
aprobados por la Universidad.
Además, tampoco consta el dictado, por parte de la CA, de normas y procedimientos para el
desarrollo y ejecución del presupuesto de la Universidad, así como para el control de las
inversiones, gastos e ingresos de esta, en previsión de lo dispuesto en el artículo 82 de la LO
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en particular en aquellas especialidades
reconocidas a esta Entidad que se aparten del resto de su sector público.
II.4. CUENTA GENERAL
II.4.1. Datos generales
A) ADMINISTRACIÓN GENERAL
En el siguiente cuadro se presenta la evolución de los gastos no financieros (obligaciones
reconocidas netas) en el periodo 2013-2015 para la Administración General de la JCCM:
CUADRO Nº 6. EVOLUCIÓN GASTO NO FINANCIERO 2013-2015
(miles de euros)
Año
2013
2014
Gasto no financiero (millones de euros)
6.213.467
6.180.285
Variación respecto del ejercicio anterior (%)
(10)
(0,5)
Como se aprecia en el cuadro, el gasto no financiero del ejercicio 2015 se ha incrementado un 4%
respecto del año anterior.
B) ORGANISMOS Y ENTES
Se analizan las cuentas de los organismos y entes no integrados, a efectos presupuestarios, en la
Administración General de la Junta. Unos y otros, conforme a lo dispuesto por el TRLH, incluyen
sus cuentas en la Cuenta General.
Los OOAA y entidades de derecho público se rigen por lo dispuesto en sus respectivas leyes de
creación y, en el ámbito económico-financiero, se encuentran sometidos al régimen de contabilidad
pública y a lo dispuesto en el TRLH, según el cual el control interno le corresponde a la IGCA.
La LP para 2015 establece los siguientes OOAA y entidades integrantes del sector público regional:
OOAA:
Instituto de la Vid y el Vino (IVICAM)
SESCAM
Instituto de la Mujer (IMUJ)
Agencia del Agua
Ente Público:
Instituto de Promoción Exterior (IPEX)
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 27
II.4.2. Contabilidad presupuestaria de la Administración General
Los créditos iniciales aprobados en la LP ascendieron a 8.104.425 miles de euros (anexos II.1.3 y
II.1.4), a financiar con los derechos económicos a liquidar (6.149.731 miles de euros). El importe de
las operaciones de endeudamiento aprobadas fue de 1.954.694 miles de euros (anexo II.1.5). Los
créditos iniciales aprobados resultaron superiores en 3% a los del ejercicio inmediatamente
anterior.
En el ejercicio, los créditos definitivos se elevaron a 8.349.003 miles de euros (similares a los de
2014), con un incremento respecto de los iniciales de 244.578 miles de euros (3%). No todas las
modificaciones presupuestarias han contado con financiación específica. Las modificaciones de las
previsiones de ingresos ascendieron a 142.616 miles de euros (un 2% sobre las iniciales),
existiendo un desequilibrio entre los créditos definitivos del presupuesto de gastos y las previsiones
finales del presupuesto de ingresos por importe de 101.962 miles de euros, como se detalla con
posterioridad.
En este sentido, cabe recordar que el artículo 11 de la LOEPSF señala que la ejecución de los
presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de las Administraciones
Públicas quedan sometidas al principio de estabilidad presupuestaria.
A) MODIFICACIONES DE CRÉDITO
Los anexos II.1-1 y II.1-2 resumen, atendiendo a su clasificación económica y orgánica,
respectivamente, las modificaciones presupuestarias aprobadas durante el ejercicio 2015.
El resumen de las modificaciones realizadas se recoge a continuación:
CUADRO Nº 7. MODIFICACIONES DE CRÉDITOS
(miles de euros)
Tipo 2015
Número Importe
Ampliaciones de crédito 4 103.262
Incorporaciones de remanentes de crédito 68 114.984
Créditos generados por ingresos 64 26.332
Transferencias de crédito 286 ± 880.996
Total 422 244.578
En el ejercicio 2015, las modificaciones cuantitativas de crédito (ampliaciones, incorporaciones y
generaciones) ascienden a 244.578 miles de euros. Esta cifra supone una disminución del 46%
respecto de las llevadas a cabo en el ejercicio 2014. En 2015, estas representan el 3% de los
créditos iniciales del presupuesto de gastos.
Sin embargo, cabe destacar el importe de las transferencias de créditos realizadas, las cuales, sin
afectar al importe total del presupuesto, suponen una redistribución de los citados créditos. Frente a
los 534.461 miles de euros de 2014, en 2015 ascendieron a 880.996 miles de euros.
En el ejercicio 2015, al igual que en los dos anteriores, no hubo créditos extraordinarios ni
suplementos de crédito.
28 Tribunal de Cuentas
En la regulación de los créditos ampliables que realiza el artículo 52 del TRLH no se incluye una
disposición similar a la contenida en el artículo 54 de la LGP, donde se prevé que las ampliaciones
de crédito que afecten a operaciones del presupuesto del Estado se financiarán con cargo al Fondo
de Contingencia o con baja en otros créditos del presupuesto no financiero. El citado artículo del
TRLH no prevé la necesidad de que estas modificaciones presupuestarias cuenten con
financiación. No obstante lo anterior, la LP para 2015, en su artículo 9, dedicado a los principios
generales de las modificaciones de los créditos, prohíbe las modificaciones de crédito que
supongan aumento en las necesidades totales de financiación, salvo aquellas de carácter no
discrecional y no previstas en el presupuesto inicialmente aprobado que se realicen con cargo al
Fondo de Contingencia. Como se pone de manifiesto en el subepígrafe siguiente, no se ha dado
cumplimiento al citado precepto.
En 2015, el Fondo, dotado con 2.049 miles de euros, no fue utilizado.
Por lo que se refiere a los expedientes de ampliaciones de crédito destaca el número 151862, de
un importe de 76.691 miles de euros, originado por la asunción, por parte de la JCCM, de la deuda
con los proveedores de las entidades Infraestructuras del Agua de CLM y del Ente RTVCLM y sus
sociedades dependientes que se acogieron a la financiación de los fondos estatales de liquidez.
B) FINANCIACIÓN DE LAS MODIFICACIONES
El siguiente estado resume las fuentes de financiación de las modificaciones de crédito realizadas:
CUADRO Nº 8. FUENTES DE FINANCIACIÓN DE LAS MODIFICACIONES DE CRÉDITO
(miles de euros)
Tipo de modificación /
Fuente de Financiación Créditos
extraordinarios Ampliaciones
crédito
Incorporaciones
de remanentes de
crédito
Generaciones
de crédito Total
Remanente de tesorería 0 0 114.984 14.754 129.738
Aportaciones pú blicas o
privadas 0 0 0 11.578 11.578
Endeudamiento o sin
fuente específica 0 103.262 0 0 103.262
Total 0 103.262 114.984 26.332 244.578
Del importe total de las modificaciones netas, el 42% se correspondía con ampliaciones de crédito
que incumplirían el artículo 9.4 de la LP para 2015, antes citado, al suponer un aumento en las
necesidades totales de financiación.
El estado del remanente de tesorería al cierre de 2014 muestra que el remanente afectado
ascendía a 140.511 miles de euros, financiándose 114.984 miles de euros con este recurso. Por su
parte, el remanente de tesorería no afectado de 2014 fue negativo en 615.338 miles de euros, por
lo que no pudo financiar ninguna modificación.
Desde un punto de vista financiero, el desequilibrio provocado por los aumentos de créditos sin
financiación, conduce, en general, a la generación de déficits presupuestarios, si bien dependiendo,
en último término, del grado de ejecución de los presupuestos de ingresos y gastos.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 29
C) EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
La liquidación del presupuesto de gastos, según la clasificación económica, se presentó a nivel de
artículo, según se dispone en el PGCP, si bien dicha desagregación es inferior a la del presupuesto
aprobado (a nivel de subconcepto) prevista en el Plan General de Contabilidad Pública, por lo que
de dicho estado no se puede deducir el cumplimiento de la vinculación de los créditos.
Los anexos II.1-3 y II.1-4 reflejan la liquidación del presupuesto de gastos atendiendo a su
clasificación económica y orgánica, por capítulos y secciones, respectivamente.
La ejecución por capítulos ha sido la siguiente:
CUADRO Nº 9. LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS. CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
(miles de euros)
Capítulos
Créditos
finales
(A)
Obligaciones
reconocidas
(B)
Incremento
obligaciones
ejercicio
anterior
(%)
Desviación
(A) – (B)
Ejecución
(%) Pagos
Grado de
cumplimiento
(%)
1. Gastos de personal 1.572.542
1.567.898
6 4.644
100
1.567.795
100
2. Gastos corrientes en
bienes y servicios 455.219
405.281
12 49.938
89
338.109
83
3. Gastos financieros 269.882
240.556
(50) 29.326
89
239.714
100
4. Transferencias corrientes 4.088.502
3.926.222
(1) 162.280
96
3.691.115
94
5. Fondo de contingencia y
otros imprevistos 2.049
0 0 2.049
0 0 0
6. Inversiones reales 121.146
87.141
2 34.005
72
66.899
77
7. Transferencias de capital 579.036
455.214
65 123.822
79
370.180
81
8. Activos financieros 2.441
1.555
(1) 886
64
1.555
100
9. Pasivos financieros 1.258.186
1.029.581
(24) 228.605
82
1.029.581
100
Total 8.349.003
7.713.448
(4) 635.555
92
7.304.948
95
Las obligaciones reconocidas en 2015 fueron un 4% (295.885 miles de euros) inferiores a las del
ejercicio anterior. El aumento más significativo de las obligaciones reconocidas se produce en el
capítulo 7, mientras que las disminuciones se refieren a los capítulos 3 y 9.
Dentro del capítulo 7 el incremento se ha producido principalmente en las transferencias y
subvenciones a empresas públicas y otros entes públicos (101.962 miles de euros). El capítulo 4
representa el 51% del importe total de las obligaciones y, si bien su variación con respecto al
ejercicio anterior no es significativa, sin embargo sí lo es el reparto interno por artículos,
descendiendo las transferencias y subvenciones a empresas privadas y a familias e instituciones
sin ánimo de lucro en 272.114 miles de euros, mientras que aumentan en 190.946 miles de euros y
en 32.376 miles de euros las destinadas, respectivamente, a OOAA de la Junta y las destinadas a
empresas públicas y otros entes públicos.
Respecto a los citados descensos en los capítulos 3 y 9, se deben a las operaciones de
refinanciación producidas en el ejercicio que han supuesto un aplazamiento de los vencimientos de
amortización y del pago de intereses de la deuda pendiente de la Comunidad.
La sección que experimenta un mayor incremento de las obligaciones reconocidas es Sanidad y
Asuntos Sociales con un 7%, mientras que el descenso más significativo se produce en la Deuda
30 Tribunal de Cuentas
Pública (un 31%). Continúan siendo las secciones Sanidad y Asuntos Sociales (3.234.772 miles de
euros) y Educación, Cultura y Deportes (1.525.389 miles de euros) las que presentan los mayores
importes de obligaciones reconocidas, al igual que en el ejercicio anterior, seguidas de Deuda
Pública (1.259.988 miles de euros) y Agricultura (1.007.900 miles de euros).
El grado de ejecución del presupuesto ha sido del 92%. La menor ejecución corresponde a la
sección Empleo y Economía (55%), mientras en el extremo contrario se sitúan Sanidad y Asuntos
Sociales y Educación, Cultura y Deportes (99%).
El porcentaje de obligaciones reconocidas que han dado lugar a pagos en 2015 se sitúa en el 95%,
siendo los capítulos 6 (inversiones reales) y 2 (gastos corrientes en bienes y servicios) los que
alcanzan un menor grado de cumplimiento (77% y 83%, respectivamente). La sección que presenta
un menor grado de cumplimiento (73%) es Fomento.
De los 29 expedientes llevados a la convalidación del Consejo de Gobierno, en función de lo
previsto en el artículo 100 del TRLH, por omisión de la fiscalización previa (analizados en el
subepígrafe II.3.1.A), en al menos doce, el gasto, que ascendía a 14.432 miles de euros, tuvo su
origen en ejercicios anteriores a 2015, por lo que, al imputarlo al citado ejercicio, se incumplió el
artículo 49 del TRLH, donde se establece que con cargo a los créditos del estado de gastos de
cada presupuesto solo pueden contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras,
servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio
ejercicio presupuestario. No obstante lo anterior, el citado artículo permite la imputación al ejercicio
de las obligaciones derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicios
anteriores, siendo el importe que no se encontraba en esta situación, aplicado al presupuesto de
gastos de 2015, de 5.713 miles de euros.
De los 14.432 miles de euros, el 55% procedía de obligaciones generadas en 2014.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 31
D) EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS
1. Análisis global
El anexo II.1-5 recoge la liquidación del presupuesto de ingresos según su clasificación económica
por capítulos. La ejecución por capítulos ha sido la siguiente:
CUADRO Nº 10. LIQUIDACIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS. CLASIFICACIÓN ECONÓMICA
(miles de euros)
Capítulos Previsiones
finales
(A)
Derechos
reconocidos
(B)
Incremento
derechos
ejercicio
anterior
(%)
Desviación
(B) – (A)
Ejecución
(%) Cobros Grado de
cumplimiento
(%)
1. Impuestos directos 1.174.419
1.153.523
7
(20.896) 98
1.133.008
98
2. Impuestos
indirectos 2.268.613
2.280.883
(1)
12.270
101
2.256.121
99
3. Tasas, precios
públicos y otros
ingresos 177.901
174.705
(2) (3.196) 98
150.917
86
4. Transferencias
corrientes 2.088.498
1.821.879
(2) (266.619) 87
1.814.684
100
5. Ingresos
patrimoniales 8.561
10.781
23
2.220
126
7.761
72
6. Enajenación de
inversiones reales 31.060
9.503
(43) (21.557) 31
7.304
77
7. Transferencias de
capital 410.654
270.231
(19) (140.423) 66
270.231
100
8. Activos financieros
132.641
1.836
(23) (130.805) 1
1.753
95
9. Pasivos
financieros 1.954.694
1.851.666
(36) (103.028) 95
1.712.672
92
Total 8.247.041
7.575.007
(13) (672.034) 92
7.354.451
97
Los derechos reconocidos netos se elevaron a 7.575.007 miles de euros, 672.034 miles de euros
por debajo de las previsiones finales. La mayor participación en los derechos reconocidos del
ejercicio correspondió a los capítulos 2, “impuestos indirectos”, (30%) y 9, “pasivos financieros”
(24%).
En el análisis de los derechos reconocidos destaca lo siguiente:
Los derechos reconocidos totales del ejercicio descienden un 13% respecto del ejercicio
anterior (1.129.296 miles de euros).
Siguiendo la comparativa con el ejercicio 2014, el descenso mayor en términos absolutos se
produjo en los pasivos financieros (1.058.504 miles de euros).
El grado de ejecución en 2015 fue de un 92%. La recaudación neta en este ejercicio ha sido
inferior a la del 2014 en 1.248.730 miles de euros (un 15%) y se obtuvo un grado de cumplimiento
del 97%.
32 Tribunal de Cuentas
2. Estructura de financiación
El marco legal que fija las líneas generales del sistema de financiación autonómica y sus principios
rectores se encuentra en los artículos 156 a 158 de la Constitución Española y en su desarrollo
mediante la LOFCA, completado con la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el
sistema de financiación de las CCAA de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
El alcance y condiciones de la cesión de tributos del Estado a la CA de CLM queda fijado en la Ley
25/2010, de 16 de julio. Dentro de las competencias normativas de la CA en esta materia, se
promulgó la ley autonómica 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de CLM, que
deroga expresamente a la anterior Ley 9/2008.
El sistema de financiación, que toma como año base el 2007, se basa fundamentalmente en los
tributos cedidos, total o parcialmente, por el Estado (que constituyen la denominada “capacidad
tributaria“), el Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales y el Fondo de Suficiencia
Global, este último mecanismo de cierre, cubriendo la diferencia entre las necesidades globales de
financiación de cada Comunidad y la suma de su capacidad tributaria y la transferencia del Fondo
de Garantía.
Por otra parte, para aproximar a las CCAA en términos de financiación por habitante y de favorecer
la igualdad y equilibrio económico territorial, la Ley 22/2009 creó los fondos de convergencia
autonómicos, dotados con recursos adicionales del Estado (Fondo de Competitividad y Fondo de
Cooperación).
Para la materialización de las transferencias de estos recursos por la Administración estatal a las
Administraciones autonómicas, el sistema se basa en la instrumentación de entregas a cuenta de
los recursos tributarios, de acuerdo con las cuantías estimadas, según los datos disponibles en el
momento de elaborar los PGE, estableciendo que, para cada ejercicio económico, se formalizará
una liquidación anual definitiva en un solo acto por la totalidad de los recursos del sistema, una vez
conocidos los datos anuales reales.
En 2015 se redujeron los recursos obtenidos por la CA en un 13%, con relación al ejercicio anterior
debido principalmente al descenso del endeudamiento (1.058.503 miles de euros menos que en
2014) y de los fondos procedentes de la Unión Europea (301.511 miles de euros menos),
manteniéndose como principal recurso el procedente del Sistema que establece la Ley 22/2009
(60% del total de los derechos reconocidos) a través de los diferentes impuestos que lo conforman.
Como ya se puso de manifiesto en el Informe de fiscalización referido al ejercicio 2012, las
liquidaciones definitivas de los ejercicios 2008 y 2009 (efectuadas en los ejercicios 2010 y 2011),
ambas negativas para la CA, por importes de 265.153 miles de euros y 1.033.695 miles de euros
respectivamente, no se registraron en contabilidad financiera, pese a constituir un pasivo exigible
que iría cancelándose mediante el procedimiento previsto por la DA cuarta de la Ley 22/2009, sin
que en los ejercicios posteriores se haya corregido dicha situación. Esta Disposición preveía la
práctica por parte de las CA de las devoluciones resultantes de las liquidaciones negativas de
ambos ejercicios (2008 y 2009) mediante retenciones practicadas por el Estado sobre las entregas
a cuenta o liquidaciones, por un importe tal que permitiera cancelar la deuda en un máximo de
hasta 120 mensualidades, a partir del 1 de enero de 2011 y de 2012, respectivamente, plazo que
fue ampliado (nuevamente) a 204, a partir del 1 de enero de 2015, en virtud de la Disposición final
(DF) primera del Real Decreto-Ley (RD-L) 12/2014, de 12 de septiembre.
La liquidación definitiva de los recursos del sistema del ejercicio 2015 ha sido realizada por el
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas11 (MINHAP) en julio de 2017 con un resultado
positivo de 238.461 miles de euros para la CA, con el siguiente detalle:
11 Tras el RD 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos m inisteriales, Ministerio de
Hacienda y Función Pública.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 33
CUADRO Nº 11. LIQUIDACIÓN DEFINITIVA RECURSOS AÑO 2015
(miles de euros)
1. Rendimiento definitivo tarifa autonómica del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas
(IRPF)
(24.666)
2. Impuesto sobre el Valor Añadido (11.448)
3. Impuestos Especiales 175
4. Fondo de Garantía 82.279
5. Fondo de Suficiencia Global 190
6. Liquidación de recursos del sistema de financiación 2014 (1+2+3+4+5) 46.530
7. Fondo de Cooperación 191.931
8.
Liquidación de recursos del sistema de financiación y Fondos de Convergencia
Autonómica 2014 238.461
E) RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO
El resultado presupuestario (capítulos 1 a 8) reflejó un saldo negativo de 960.526 miles de euros,
tal como se recoge en el anexo II.1-6. Este, al igual que en el ejercicio anterior, tiene su origen en el
resultado negativo de las operaciones no financieras (960.807 miles de euros), mientras que las
operaciones con activos financieros arrojan un superávit de 281 miles de euros. La variación neta
de pasivos financieros fue de 822.085 miles de euros, de lo que resultó un saldo presupuestario
negativo de 138.441 miles. Con los ajustes por créditos financiados con remanente de tesorería y
las desviaciones de financiación positivas se obtiene un déficit de financiación del ejercicio de
164.698 miles de euros.
Estas magnitudes se ven afectadas por el menor endeudamiento realizado durante 2015 frente al
ejercicio anterior.
La correcta imputación temporal de los gastos señalados en el subepígrafe II.4.2.C hubiera
afectado al resultado presupuestario.
II.4.3. Situación patrimonial. Balance Administración General
En el anexo II.2-0.1 se reflejan las magnitudes del balance, de acuerdo con los datos de la Cuenta
General.
El activo ascendía a 2.473.557 miles de euros, los fondos propios eran negativos por 12.553.230
miles y el pasivo exigible totalizaba 15.026.616 miles, con una división de deudas a largo y a corto
plazo de 12.229.069 miles y 2.797.547 miles, respectivamente. En el pasivo del balance figura
como apartado B) la rúbrica “Ingresos a distribuir en varios ejercicios” (171 miles de euros), no
contemplada en el PGCP.
A) INMOVILIZADO
Del análisis de los registros contables correspondientes al inmovilizado se deducen las siguientes
observaciones:
Como se señaló en el apartado de control interno, numerosos valores contables no son
reflejo de los importes por los que aparecen en el inventario. Esta ausencia de relación entre los
34 Tribunal de Cuentas
sistemas se centra en todos aquellos bienes y derechos que no son inmuebles afectos al dominio
público o elementos de transporte. En concreto, la diferencia entre el precio de adquisición de las
instalaciones técnicas, la maquinaria, el utillaje, el mobiliario y los equipos para procesos de
información recogido en la contabilidad y su reflejo en el inventario ascendía, al cierre del ejercicio
fiscalizado, a 447.648 miles de euros.
Toda adquisición de bienes imputada en los correspondientes subconceptos del presupuesto
de gastos se registra como incremento del inmovilizado material, con independencia del valor
unitario de los elementos, cuando, en coherencia con el procedimiento establecido en el inventario,
las adquisiciones de aquellos cuyo valor unitario sea inferior a 600 euros deberían registrarse como
gasto.
Fruto de la falta de conexión entre los sistemas, no se registran contablemente las bajas de
bienes muebles (salvo elementos de transporte) producidas en el inventario. Tampoco se dispone
de información sobre su posible deterioro.
Al no registrarse de forma individualizada el alta contable de determinados elementos, las
amortizaciones se realizan mediante estimaciones que suponen incurrir en el riesgo de continuar
amortizando elementos completamente amortizados o dados de baja en el inventario.
En cuanto a las “Inversiones gestionadas para otros entes”, no existe dentro del sistema de
información TAREA12, un subsistema de seguimiento. En su lugar, la IGCA solicita de las
Consejerías la cumplimentación de anexos informativos sobre las inversiones que estaban en
ejecución, se han ejecutado y se han entregado. En las Consejerías tampoco existen sistemas
normalizados de seguimiento, por lo que existe el riesgo de que los anexos no contengan
información actualizada de todas las inversiones correspondientes.
En relación con el inmovilizado financiero, durante el ejercicio no se realizaron inversiones, siendo
el importe de las mismas de 167.915 miles de euros a 31 de diciembre de 2015.
En el ejercicio fiscalizado se mantenían contabilizadas participaciones en el capital de las
sociedades Instituto Don Quijote de Promoción Turística, Cultural y Artesana de CLM y New-
Techno, por importe de 46.080 miles de euros y 361 miles, respectivamente, ambas totalmente
provisionadas. Pese a ello, la primera sociedad se encuentra extinguida desde el 28 de enero de
2015, habiéndose dado de baja en los registros patrimoniales de la CA, en los que, por otro lado,
figuraba por un valor distinto que en la contabilidad (2.180 miles de euros).
Por lo que se refiere a la segunda sociedad, se encontraba sin actividad y con cancelación
provisional en el Registro Mercantil, estando su posible baja en análisis por parte de los servicios
de patrimonio de la CA.
B) DEUDORES
En el anexo II.2-1 se refleja la evolución de los deudores presupuestarios de 2015, tanto del
ejercicio corriente como de ejercicios cerrados.
A 31 de diciembre de 2015, los deudores presupuestarios totalizaban 409.617 miles de euros, de
los que 189.061 miles de euros correspondían a deudores procedentes de ejercicios anteriores.
Los del ejercicio corriente (220.556 miles de euros) representaban el 3% del total de derechos
reconocidos en dicho año (en 2014 era el 1%).
12 La aplicación del PGCP tiene como soporte el Sistema de Información Económico -Financiero TAREA (Tratamiento
Automatizado de Recursos Económicos y Administrativos), cuyo objeto consiste en registrar todas las operaciones de
naturaleza presupuestaria, económica, financiera y patrimonial que se produzcan en su ámbito; reflejar los resultados del
ejercicio de la actividad y facilitar la información tanto agregada como de detalle, que se precise para la toma de
decisiones.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 35
Las disminuciones en el saldo inicial de 2015 de los derechos reconocidos en el ejercicio 2014 y
anteriores ascendieron a 33.342 miles de euros, importe que forma parte del epígrafe gastos y
pérdidas de otros ejercicios de la cuenta del resultado económico-patrimonial. Entre ellas, destacan
las siguientes:
Anulaciones de liquidaciones por 16.236 miles de euros, de los que el 85% corresponden a
los capítulos 1 y 2, concentrándose el 34% en anulaciones del Impuesto de Sucesiones y
Donaciones y un 30% en el de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos
Documentados.
Rectificaciones por importe de 1.324 miles de euros, de los que 504 miles de euros son
derivadas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (capítulo 2), 191 miles del
Impuesto de Sucesiones y Donaciones (capítulo 1) y 222 miles de multas y sanciones (capítulo 3).
Bajas por insolvencias y otras causas que suponen un importe de 15.782 miles de euros, en
donde destacan 1.052 miles derivados de los 432 expedientes de prescripción del derecho de la
Administración para exigir el pago de deudas que se tramitaron durante el ejercicio 2015 y 12.514
miles de euros con motivo de insolvencias declaradas en el procedimiento de recaudación en vía
ejecutiva, cuya gestión está encomendada, en el caso de los ingresos de derecho público, a la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, en virtud del convenio suscrito el 15 de septiembre de
2006 entre la citada Agencia y CLM.
Al inicio del ejercicio existían deudores presupuestarios pendientes de cobro procedentes de
ejercicios anteriores con antigüedad superior a cuatro ejercicios (plazo de prescripción al que
remite el artículo 29 del TRLH) por importe de 57.068 miles de euros. Al cierre del ejercicio 2015, el
importe total de los deudores presupuestarios susceptibles de haber prescrito ascendía a 62.322
miles de euros (el 24% procedía de la venta de viviendas públicas). En particular, se observa la
existencia de derechos pendientes con antigüedad superior a diez años por importe de 6.652 miles
de euros (2% del total).
Por lo que se refiere a las citadas viviendas, al cierre de 2015, la deuda total como consecuencia
de recibos impagados en concepto de ventas, alquileres o préstamos hipotecarios relacionados con
la vivienda de promoción pública ascendía a 20.269 miles de euros13.
Por otra parte, la Junta seguía sin utilizar las cuentas previstas por el PGCP para registrar en
balance el importe de las deudas aplazadas y fraccionadas pendientes de vencimiento, lo que
incide sobre el total de deudores reflejados en balance. Tampoco se separan contablemente los
saldos deudores de presupuestos cerrados, quedando las operaciones sobre estos registradas en
la cuenta destinada a deudores de presupuesto corriente.
Finalmente, cabe señalar que la recaudación de derechos de ejercicios cerrados ascendió a 54.056
miles de euros, es decir, un 22% del saldo inicial una vez modificado (frente al 45% de 2014).
13 El Decreto 31/2013, de 6 de junio, introdujo medidas tales como el aplazamiento temporal de rentas de viviendas de
promoción directa de la JCCM en alquiler o la exención de la devolución de ayudas a viviendas protegidas en refuerzo de
la protección de los deudores hipotecarios.
36 Tribunal de Cuentas
C) TESORERÍA
El saldo contable del epígrafe “tesorería” que figura en el balance de situación a 31 de diciembre de
2015 está formado por las siguientes cuentas:
CUADRO Nº 12. CUENTAS DE TESORERÍA (SALDO A 31 DE DICIEMBRE DE 2014)
(miles de euros)
Nº Cuenta Denominación Saldo
571 Bancos. Cuentas operativas 191.929
573 Bancos. Cuentas restringidas de recaudación 20.659
575 Bancos. Cuentas restringidas de pagos 901
Total 213.489
El saldo de tesorería ha aumentado un 28% desde el ejercicio anterior. El saldo de las cuentas
operativas y restringidas de recaudación se ha incrementado en un 29% y 27% respectivamente,
mientras que el de las restringidas de pagos descendió un 30%.
El importe de tesorería representa un 26% del activo a corto plazo que figura en balance, frente al
23% del ejercicio anterior. El capital circulante presenta un importe negativo, por 1.981.910 miles
de euros (deteriorándose respecto de 2014, cuando su importe negativo era de 1.400.150 miles),
por lo que la disponibilidad de la tesorería es coyuntural, condicionada al pago de deudas e
imposibilitando su inversión temporal. El capital circulante negativo representa un desequilibrio
financiero que muestra el riesgo a la hora de atender los pagos a corto plazo de la CA.
El anexo II.2.3 refleja el desarrollo de la tesorería de la CA derivado de la Cuenta rendida para el
ejercicio 2015.
De las comprobaciones realizadas se deducen las siguientes observaciones:
El importe total del saldo de Tesorería que figura en la Cuenta General no incluía un saldo de
7 miles de euros correspondiente a una cuenta restringida de recaudación.
En relación con el régimen de disposición de fondos, se ha constatado que 17 cuentas
bancarias tenían firmas autorizadas de carácter indistinto, una tenía un único autorizado y en otra
más se señalaba firma especial, incumpliéndose lo dispuesto en el artículo 86.2 del TRLH, donde
se exige al menos dos firmas conjuntas. En otras cuatro cuentas no es posible determinar el tipo de
disposición autorizada dada la documentación facilitada, mientras que en otras dos no se ha
remitido el certificado bancario.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 37
D) FONDOS PROPIOS
Los fondos propios presentaban, a 31 de diciembre de 2015, un saldo deudor de 12.553.230 miles
de euros, frente a los 11.633.881 miles del año 2014 y los 10.623.203 miles del año 2013. Los
resultados negativos de los ejercicios 2013 a 2015 suman 3.722.535 miles de euros, lo que
representa el 30% del mencionado saldo deudor. Su detalle se recoge en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 13. FONDOS PROPIOS (VARIACIÓN 2013-2015)
(miles de euros)
Partidas de Balance 2013 2014 2015 Variación
13/14 (%)
Variación
14/15 (%)
FONDOS PROPIOS (10.623.203) (11.633.881) (12.553.230) 10 8
I. Patrimonio (8.648.069) (10.659.217) (11.780.493) 23 11
Patrimonio
(6.607.360)
(8.582.495)
(9.552.716)
30
11
Patrimonio recibido en cesión
123.239
128.166
131.012
4
2
Patrimonio entregado en adscripción
(14.808)
(14.808)
(118.701)
N/A (*)
702
Patrimonio entregado en cesión
(24.396)
(29.816)
(30.338)
22
2
Patrimonio entregado al uso general
(2.124.744)
(2.160.264)
(2.209.750)
2
2
IV. Resultados del ejercicio (1.975.134) (974.664) (772.737) (51) (21)
(*) N/A: No aplicable
Excluido del cálculo el importe del patrimonio entregado al uso general, dado su volumen y el
importante impacto sobre los fondos propios que genera su propia mecánica de contabilización,
estos seguirían siendo negativos por importe de 10.343.480 miles de euros.
Estas cifras son consecuencia del alto nivel de endeudamiento de la Junta en relación con el valor
contabilizado de sus bienes y derechos patrimoniales, si bien la representatividad de la cifra de
fondos propios como magnitud obtenida por diferencia entre el activo y el pasivo exigible, se
encuentra afectada, fundamentalmente, por las incidencias en el registro del inmovilizado que han
sido expuestas en el subepígrafe II.4.3.A.
E) ACREEDORES
En el anexo II.2-4 se refleja la evolución durante el ejercicio fiscalizado de los acreedores
presupuestarios no financieros, cuyo saldo al cierre del mismo ascendía a 450.902 miles de euros,
de los que 408.500 miles de euros procedían de la ejecución del presupuesto corriente y el resto de
ejercicios cerrados.
38 Tribunal de Cuentas
En el siguiente estado se refleja la evolución en 2015 de los acreedores presupuestarios
incluyendo, además, los reflejados en la cuenta 409:
CUADRO Nº 14. ACREEDORES PRESUPUESTARIOS NO FINANCIEROS
(miles de euros)
Acreedores no financieros
presupuesto de gasto Saldo a
31/12/2014 Saldo a
31/12/2015 Variación
absoluta Variación
(%)
400 AOR Ejercicio corriente 601.966 450.902 (151.064) (25)
- De presupuesto corriente 410.235 408.500 (1.735) 0
- De presupuestos cerrados 191.731 42.402 (149.329) (78)
408 Acreedores por devolución de ingresos 2.296 1.481 (815) (35)
409
Acreedores por operaciones
pendientes de aplicar a presupuestos
8.327 8.400 73 1
Total 612.589 460.783 (151.806) (25)
Al igual que en ejercicios precedentes, los acreedores presupuestarios procedentes de ejercicios
cerrados no se contabilizaban en la cuenta habilitada al efecto por el PGCP (401), registrándose
indistintamente, de forma indebida, con los del ejercicio corriente en la cuenta 400.
En 2015 se mantiene la tendencia iniciada en 2012 de reducción de los acreedores no financieros,
motivada en gran parte por la adhesión de la CA a los mecanismos extraordinarios de financiación
que han supuesto la transformación de la deuda con proveedores en deuda financiera.
A 1 de enero de 2015, un total de 3.126 facturas de la Administración General de la JCCM
permanecían pendientes de imputación al presupuesto, siendo las más antiguas de 2004, mientras
que al cierre del ejercicio fiscalizado permanecían pendientes de aplicar a presupuesto un total de
1.013 facturas, entre ellas 876 (con un importe total de 7.865 miles de euros) procedían del propio
ejercicio. Durante 2015 se contabilizaron obligaciones pendientes de imputar al presupuesto
correspondientes a ejercicios anteriores al fiscalizado por 22 miles de euros, las cuales debían
haberse registrado en dicha cuenta en el ejercicio de procedencia. En particular tres facturas (por 6
miles de euros) tenían su origen en 2003. Además, en al menos 55 facturas, había transcurrido
más de un año desde la fecha del documento hasta la de entrada en registro.
De los 29 expedientes llevados a la convalidación del Consejo de Gobierno, en función de lo
previsto en el artículo 100 del TRLH, por omisión de la fiscalización previa, se deduce que gastos
con origen en ejercicios anteriores a 2015 por importe de 13.742 miles de euros no estaban
recogidos en la cuenta de acreedores pendientes de aplicar a presupuestos. Respecto a este
importe, el artículo 4.3 de la Orden de 27/01/2015, de la Consejería de Hacienda, sobre normas de
ejecución de los Presupuestos Generales de la JCCM para 2015, requería como respecto a la
disposición homónima de 2014, en relación con las obligaciones derivadas de compromisos de
gasto debidamente adquiridos en ejercicios anteriores respecto de las que se solicitase
autorización para su imputación a las dotaciones presupuestarias del ejercicio corriente y que no se
encontraran registradas a 31 de diciembre de 2014 en la cuenta 409, la emisión de informe
favorable de la Intervención General con carácter previo a su autorización, previsión esta que no ha
sido cumplida en tales términos, al responder a la misma exclusivamente con un visado o sellado
de las facturas.
Por otro lado, en el estado de deuda incluido en la Cuenta General del ejercicio 2015 no se recoge
como endeudamiento un total de 58.154 miles de euros, correspondientes a diversos préstamos
concedidos por varios Ministerios a la JCCM, al no formar parte del concepto de endeudamiento
elaborado según el Protocolo de Déficit Excesivo (PDE).
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 39
II.4.4. Resultado económico-patrimonial Administración General
La Administración General de la JCCM presenta un desahorro para 2015 de 772.737 miles de
euros. En 2014, el desahorro ascendió hasta los 974.664 miles de euros. Dentro de los gastos
destaca el importe de las transferencias y subvenciones (4.386.562 miles de euros), que supone el
67% del total. En los ingresos, los de gestión ordinaria representan el 61% del total.
II.4.5. Memoria Administración General
A) ASPECTOS GENERALES
De acuerdo con el PGCP la memoria debe contener un estado operativo, donde se muestre la
comparación entre los gastos e ingresos presupuestarios, entendidos estos como obligaciones y
derechos reconocidos durante el ejercicio, tomados ambos por sus importes netos. En este
apartado se incluyen exclusivamente dos tablas, una en la que se reflejan las obligaciones
reconocidas (gastos) a nivel de grupo de función, y otra en la que se muestran los derechos
reconocidos (ingresos) a nivel de capítulo (según clasificación económica), sin realizarse ningún
análisis comparativo adicional, pese a que lo que se pretende con la memoria es ampliar la
información ya incluida en los otros estados financieros.
B) CUENTAS CONSOLIDADAS DEL SECTOR ADMINISTRATIVO
La memoria de la Cuenta de la Junta ofrece información sobre las cifras agregadas parcialmente
consolidadas14 de las entidades que formulan sus cuentas conforme al PGCP:
CUADRO Nº 15. MAGNITUDES CONSOLIDADAS SECTOR PÚBLICO ADMINISTRATIVO
(miles de euros)
Magnitudes sector público administrativo (parcialmente consolidado) Importe ejercicio 2015
Créditos/Previsiones iniciales 8.205.787
Modificaciones presupuestarias 287.884
Créditos definitivos (*) 8.493.671
Obligaciones Reconocidas Netas (ORN) 7.802.749
Derechos Reconocidos Netos (DRN) 7.671.382
Variación de Pasivos Financieros 822.085
Resultado presupuestario (953.452)
Saldo presupuestario (131.367)
Remanente de Tesorería (849.117)
(*) Las previsiones definitivas de ingresos ascienden a 8.368.039 miles de euros, en tanto que el resto de
modificaciones presupuestarias se han tramitado sin asignar la correspondiente financiación.
14 Para la elaboración de los distintos estados consolidados parcialmente, se han llevado a cabo las siguientes
operaciones de eliminación: créditos y débitos recíprocos, bienes entregados y recibidos en adscripción, gastos e
ingresos por operaciones internas, gastos presupuestarios e ingresos presupuestarios recíprocos y, finalmente, cobros y
pagos recíprocos .
40 Tribunal de Cuentas
C) ESTADO DEL REMANENTE DE TESORERÍA
El anexo II.2-8 recoge el estado del remanente de tesorería según figura en la memoria rendida. El
remanente, al cierre del ejercicio 2015, presentaba signo negativo, con una cuantía de 583.258
miles de euros, frente a los 474.827 miles de euros, también negativos, de 2014. El remanente
afectado ascendió a 155.994 miles de euros.
El signo del remanente de tesorería no afectado implica que los recursos líquidos y los derechos de
cobro liquidables a corto plazo no son suficientes para hacer frente a las deudas a corto plazo.
La incorrecta imputación temporal de las obligaciones mencionada en el subepígrafe II.4.2.C
variaría el importe de esta magnitud, aunque ello no presenta especial relevancia dado el saldo de
dicho remanente.
Los cobros realizados pendientes de aplicación definitiva, que disminuyen el remanente, han
aumentado considerablemente, desde los 5.351 miles de euros en 2014 a los 124.643 miles en
2015. De ello se deriva que, en caso de haberse realizado una adecuada imputación
presupuestaria de los mismos, el remanente de ambos ejercicios hubiera sido similar.
II.4.6. Cuentas de los OOAA
A) DATOS GENERALES
De acuerdo con las cuentas rendidas por estos organismos en el ejercicio 2015, los anexos I.1-1,
I.1-2 y I.1-3 recogen los datos relativos a la contabilidad presupuestaria y los anexos I.1-4 y I.1-5
presentan el resumen de sus balances y cuentas de resultado económico-patrimonial.
La situación económica y financiero-patrimonial de los OOAA de la CA presentaba, al cierre del
ejercicio 2015, las magnitudes agregadas que se recogen a continuación:
CUADRO 16. MAGNITUDES AGREGADAS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
(miles de euros)
Concepto / Descripción 2015
BALANCE
- Activo total 1.053.146
. Inmovilizado 803.454
. Circulante 249.692
- Fondos propios 520.359
- Pasivo exigible (a corto plazo) 532.787
CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL
- Resultados ordinarios 49.584
- Resultados extraordinarios 5.446
- Resultado total (Desahorro) 55.030
En relación con el Servicio Público de Empleo de CLM, que se encontraba extinguido desde el 2 de
enero de 2012, durante el ejercicio fiscalizado se han efectuado los asientos contables tendentes a
la determinación del patrimonio neto, la liquidación de derechos y obligaciones pendientes de
ejercicios anteriores y al traspaso de los saldos resultantes a la Administración General de la
JCCM, cumpliendo con lo dispuesto en el Decreto 313/2011.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 41
Adicionalmente, la Ley 4/2015, de 26 de marzo, crea el Organismo Autónomo (OA) IRIAF, con
personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión
adscrito a la Consejería competente en materia de producción agroalimentaria y forestal y extingue
el IVICAM, cuyo patrimonio debía integrarse en el IRIAF, estando pendiente de finalización este
proceso al cierre del ejercicio.
B) CONTABILIDAD PRESUPUESTARIA
El 98% de la totalidad de los presupuestos de los OOAA corresponde al SESCAM, en lo referente a
previsiones y créditos iniciales, y el 98% y 97% en lo que se refiere a los derechos y las
obligaciones reconocidos, respectivamente.
Por otro lado, el conjunto de los organismos ejecutan sus presupuestos de ingresos al 99% y los de
gastos al 98%. En cuanto a los cobros y pagos procedentes del presupuesto corriente, se ha
alcanzado un grado de cumplimiento conjunto del 92% en cuanto a recaudación y del 94% en
cuanto a pagos.
En términos de derechos reconocidos, casi el 99% de los ingresos de los OOAA en el ejercicio
2015 proceden de transferencias y subvenciones recibidas y, de estas, el 98% (2.645.838 miles de
euros), son concedidas por la JCCM, suponiendo la principal fuente de financiación de los mismos,
con el SESCAM como principal destinatario.
El resultado y saldo presupuestario acumulado que presentan los OOAA es positivo, por importe de
7.580 miles de euros. De manera individualizada, destacan el SESCAM con un resultado positivo
de 22.405 miles de euros, mientras que el del IVICAM es negativo por 15.589 miles de euros.
El presupuesto definitivo del SESCAM no está equilibrado debido a modificaciones por 23.225
miles de euros en el presupuesto de gastos, sin aumento equivalente en el presupuesto de
ingresos, no existiendo por tanto financiación por este importe.
Por otro lado, respecto de las transferencias recibidas de la JCCM, existe una diferencia neta de
515 miles de euros entre el total de los derechos reconocidos por los OOAA por este concepto y las
obligaciones que se reconocieron por aquella, siendo mayores los primeros debido a que, por un
lado, la JCCM no registró una transferencia a uno de ellos por importe de 8 miles de euros en el
artículo 41 (transferencias corrientes a OOAA) sino en el 47 (transferencias corrientes a empresas
privadas) y, por otro, el SESCAM reconoció derechos por un importe total de 1.201 miles de euros,
mientras que 507 miles se habían contabilizado por la JCCM en ejercicios anteriores, quedando
para el ejercicio fiscalizado 694 miles.
C) BALANCES, CUENTAS DE RESULTADOS ECONÓMICO-PATRIMONIALES Y MEMORIAS
En los balances de los OOAA, al igual que en el de la propia Junta, tanto en deudores como en
acreedores presupuestarios, no se hace distinción entre los procedentes del propio ejercicio y los
de ejercicios cerrados, contabilizándose indistintamente en las cuentas de ejercicio corriente.
Tampoco aparece en los balances la cuenta de “resultados del ejercicio anterior”, ya que estos se
van incorporando a la cifra de “patrimonio”, que sufre una continua variación todos los ejercicios.
En cuanto a las cuentas de resultado económico-patrimonial (anexo I.1-5), el organismo que
obtiene mayor ahorro en 2015 es el SESCAM, en particular por 59.760 miles de euros. El resultado
acumulado es un ahorro de 55.030 miles de euros.
La Agencia del Agua y el SESCAM presentan remanentes de tesorería negativos, siendo
destacable el del último con un importe de 267.327 miles de euros.
Atendiendo a la composición del balance de situación de los OOAA (anexo I.1-4) y relacionando el
activo circulante con el pasivo circulante, se observa que en el IVICAM, la Agencia del Agua y en el
SESCAM el segundo sobrepasa al primero (en un 13%, 98% y 44%, respectivamente), lo que
42 Tribunal de Cuentas
implica que las deudas a corto plazo superan a la tesorería y otros activos a corto plazo para hacer
frente a las mismas.
Así mismo, comparando los fondos propios con el pasivo exigible de cada organismo se obtiene
una autonomía financiera cercana al cero en el IVICAM, en la Agencia del Agua y en el IMUJ, del
0,80 en el IRIAF y del 1,07 en el SESCAM.
Por lo que se refiere a la tesorería de los OOAA, en el SESCAM ocho de sus cuentas tienen firma
indistinta o unipersonal, mientras que en el IVICAM y en el IRIAF consta una indistinta, ello en
contra de lo que establece el artículo 86.2 TRLH.
En relación con el inmovilizado, el inventario no recoge la totalidad de los inmovilizados adquiridos
y pudiera contener elementos que debieran ser dados de baja. Por otra parte, múltiples rúbricas de
inventario no reflejan los valores contables. En particular, la diferencia entre el precio de adquisición
contabilizado para el inmovilizado no financiero del SESCAM y su valor en inventario asciende a
469.204 miles de euros. Todo ello pone en duda que el inventario de los OOAA sea soporte
adecuado de la contabilidad y que ofrezca la imagen fiel de la realidad patrimonial.
La evolución de la cifra de acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto
(cuenta 409) registrada en la contabilidad de estas entidades, se expone a continuación:
CUADRO Nº 17. ACREEDORES POR OPERACIONES PENDIENTES DE APLICAR A
PRESUPUESTO (VARIACIÓN 2014-2015)
(miles de euros)
Entidades 31/12/2014 31/12/2015 Variación 14/15
IRIAF
0
9
9
SESCAM
67.599
42.824
(24.775)
IMUJ
8
7
(1)
Agencia del Agua
9
0
(9)
Total 67.616 42.840 (24.776)
En el caso del SESCAM del saldo final de la cuenta 409 en 2015, 41.038 miles de euros
correspondían al capítulo 4 (96%), 1.488 miles de euros al capítulo 2 (3,47%), 277 miles de euros
al capítulo 6 (0,65%) y el resto al capítulo 1.
El artículo 49 del TRLH establece que con cargo a los créditos del estado de gastos de cada
presupuesto solo pueden contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y
demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio
presupuestario. El saldo de esta cuenta, a 31 de diciembre de 2015, asciende a 42.824 miles de
euros, de los cuales 191 miles de euros correspondían a gastos de ejercicios anteriores al
fiscalizado, siendo el resto (42.633 miles de euros) relativos a gastos generados en el propio
ejercicio 2015, en un 96% (41.038 miles de euros) por transferencias corrientes.
No obstante lo anterior, el citado artículo 49 permite la imputación al ejercicio corriente de los
compromisos de gasto debidamente adquiridos en ejercicios anteriores. En este sentido, en el
SESCAM, el importe de las obligaciones derivadas de compromisos de gasto debidamente
adquiridos en ejercicios anteriores aplicadas al presupuesto de gastos del ejercicio 2015 ascendió a
65.266 miles de euros, es decir, el 2,7% del crédito inicial del presupuesto de gastos para dicho
ejercicio. Por tanto, estos gastos no fueron imputados al ejercicio presupuestario en el que
temporalmente se realizaron.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 43
Por otro lado, 1.502 miles de euros fueron imputados al presupuesto previa autorización del
Consejo de Gobierno, al no existir crédito disponible en el ejercicio de procedencia. De ellos, 868
miles de euros no estaban contabilizados en la cuenta 409 al cierre de 2014.
De lo anterior se deduce que el resultado presupuestario del ejercicio y el remanente de tesorería,
de haberse producido una correcta imputación temporal de las obligaciones, habrían aumentado en
torno a los 24.000 miles de euros.
Finalmente, señalar que el análisis del SESCAM se completa en el epígrafe II.7.7.
II.4.7. Ente Público Instituto de Promoción Exterior
El IPEX forma parte del sector público administrativo de la CA. En los anexos I.1-1, I.1-2, I.1-3, I.1-4
y I.1-5 se incluye el resumen de su ejecución presupuestaria y del balance y cuenta del resultado
económico-patrimonial.
El presupuesto del IPEX asciende a 3.726 miles de euros, siendo el grado de ejecución del
presupuesto de gastos de un 76% y un 77% el de ingresos. En cuanto a cobros y pagos del
ejercicio, los derechos han alcanzado un grado de cumplimiento del 83%, frente al 73% de las
obligaciones.
Casi el 100% de los derechos reconocidos por el IPEX, en 2015, corresponde a transferencias
corrientes de la Junta, por un total de 2.855 miles de euros.
La situación económica y financiero-patrimonial del IPEX presentaba, al cierre del ejercicio 2015,
las magnitudes agregadas que se recogen a continuación:
CUADRO Nº 18. MAGNITUDES AGREGADAS IPEX
(miles de euros)
Concepto / Descripción 2015
BALANCE
- Activo total 1.159
. Inmovilizado 146
. Circulante 1.013
- Fondos propios 373
- Pasivo exigible (a corto plazo) 786
CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL
- Resultados ordinarios (27)
- Resultados extraordinarios 1
- Resultado total (Desahorro) (26)
El resultado presupuestario ha pasado de ser negativo por 50 miles de euros en 2014 a ser positivo
en 36 miles.
Durante el ejercicio no han existido créditos financiados con remanente de tesorería ni
desviaciones positivas de financiación, por lo que el superávit de financiación del ejercicio es igual
al resultado presupuestario.
44 Tribunal de Cuentas
Su resultado económico-patrimonial sigue siendo negativo en 2015, aunque ha mejorado respecto
al ejercicio anterior, pasando de 275 miles de euros a 26 miles. Por su parte, el remanente de
tesorería que presenta el IPEX es positivo en 228 miles de euros.
Analizadas las obligaciones reconocidas en el capítulo 2, en concreto en materia de gastos por
indemnizaciones por razón de servicio (concepto 230, por 98 miles de euros), así como los
generados por reuniones, conferencias y cursos (subconcepto 22606, por 33 miles de euros), se ha
constatado lo siguiente:
Todos los gastos de viajes del Director se imputan al subconcepto 226.06 (reuniones,
conferencias y cursos) cuando el subconcepto adecuado, en algunos casos, sería el 226.01
(atenciones protocolarias y representativas), el cual no aparece dotado en el presupuesto del IPEX.
Los gastos del personal laboral al que se le ha ordenado una comisión de servicio en
representación del Director del IPEX, si bien son indemnizados por la cuantía exacta del gasto
realizado, no cuentan con la autorización expresa y motivada del Director, ni con el visado de
conformidad posterior a su realización, por lo que no se estaría cumpliendo el procedimiento interno
aprobado. Además, la totalidad de dichos gastos, al igual que otros de distinta naturaleza en los
que ha incurrido este personal durante los viajes (tales como compra de menaje, limpieza), son
imputados al concepto 230 indebidamente, correspondiendo, en general, al 226.
El procedimiento de gestión de estos gastos presenta debilidades de control interno, tales como la
falta, con carácter general, de la firma del responsable del departamento de administración en las
liquidaciones, así como los datos de la hora de inicio y fin del servicio, lo que dificulta la
comprobación del correcto resarcimiento de los gastos; las liquidaciones se abonan en nómina lo
que dificulta su seguimiento de cara a un control posterior; se han observado liquidaciones en las
que el certificado de haberse llevado a cabo las actividades es de fecha anterior a la de realización
de los gastos.
II.5. CUENTAS ANUALES DE OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS
II.5.1. Sector público empresarial de la Comunidad Autónoma
A) ANÁLISIS GENERAL
Según el artículo 4 del TRLH, se consideran empresas públicas regionales las sociedades
mercantiles en cuyo capital social la JCCM tenga una participación directa o indirecta superior al
cincuenta por ciento. Para la determinación de este porcentaje se tendrán en cuenta las
participaciones de todas las entidades integrantes del sector público regional a las que se refiere
este artículo.
Adicionalmente, la CA participa en otras sociedades públicas en las que, sin cumplir el requisito
previsto en el artículo anterior, dispone de un porcentaje en el capital superior al del resto de
Administraciones.
Por otro lado, el artículo 106.4 del TRLH establece que los entes de derecho público (excluidos
OOAA) con actividad principal consistente en la producción de bienes y servicios destinados a la
venta en el mercado, cuando al menos el 50% de sus ingresos proceda de estas ventas, han de
llevar sus cuentas conforme al PGC. En este sentido, tanto el Ente Público Infraestructuras del
Agua de CLM como el Ente Público RTVCLM, que formulan sus cuentas conforme al PGC,
debieron formular sus cuentas según el PGCP, como se indicó en el epígrafe II.2.1.
No se ha emprendido ningún proceso de reestructuración del sector empresarial en el ejercicio
2015.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 45
A diferencia de lo previsto en la LGP, el TRLH no contaba con un precepto que obligara a las
empresas públicas autonómicas a la elaboración de un informe, a presentar junto con las cuentas
anuales, relativo al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero asumidas
como consecuencia de su pertenencia al sector público, en el cual se ofreciera información
detallada, entre otros extremos, de subvenciones, personal o contratación.
Los datos agregados de los balances y cuentas de pérdidas y ganancias del ejercicio 2015 se
recogen, respectivamente, en los anexos I.2-1 y I.2-2 (confeccionados con datos agregados, no
consolidados).
Los grupos Ente Público RTVCLM e Instituto de Finanzas de CLM han rendido las cuentas anuales
de 2015 de forma consolidada.
La situación económica y financiera del sector empresarial de CLM, al cierre del ejercicio
fiscalizado, presentaba las siguientes magnitudes agregadas:
CUADRO 19. MAGNITUDES AGREGADAS SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL
(miles de euros)
Concepto / Descripción 2015
BALANCE
- Activo total 1.155.431
. No corriente 794.048
. Corriente 361.383
- Patrimonio neto 734.210
- Pasivo no corriente 216.105
- Pasivo corriente 205.116
CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL
- Resultados de explotación 11.283
- Resultados financieros (5.755)
- Resultados antes de Impuestos 5.528
- Impuestos sobre beneficios (77)*
- Resultado del ejercicio 5.605
(*) El impuesto sobre beneficios agregado presenta un saldo acreedor de 77 miles de euros.
La cifra agregada de los activos totales ascendía a 1.155.431 miles de euros a fin del ejercicio
2015, lo que supone una disminución del 25% con respecto a la registrada el ejercicio precedente,
debida principalmente a la cesión gratuita a la JCCM del terreno y la construcción en curso del
Hospital de Toledo por parte de GICAMAN, dándose de baja por su valor neto contable por importe
de 103.909 miles de euros. Esta operación se analiza con detalle en el presente epígrafe.
El patrimonio neto global a fin de 2015 se ha incrementado en un 6,35%. Los resultados agregados
han sido positivos por importe de 5.605 miles de euros frente a las pérdidas por importe de 25.892
miles del ejercicio anterior. No obstante lo anterior, a nivel individual, GEACAM, a pesar de haber
recibido unas subvenciones registradas en la cuenta de pérdidas y ganancias de 51.287 miles de
euros (el 46% del total de las subvenciones registradas), obtuvo pérdidas por 1.840 miles de euros,
mientras que en la Televisión Autonómica de CLM, S.A.U. (CMT) estas ascendieron a 7.609 miles y
en el Instituto de Finanzas de CLM a 1.697 miles.
46 Tribunal de Cuentas
Además, presentaban un fondo de maniobra negativo las dos sociedades del Ente Público
RTVCLM, (CMT) por 8.912 miles de euros y Radio Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U.
(RCM) por 389 miles e Instituto de Sistemas Fotovoltaicos de Concentración, S.A.U. (ISFOC) por
7.044 miles.
B) SOCIEDADES INCURSAS EN CAUSA DE DISOLUCIÓN
El ISFOC generó, en 2015, unas pérdidas de 459 miles de euros, pese a las subvenciones
registradas en la cuenta de pérdidas y ganancias de 740 miles de euros. A 31 de diciembre del
citado ejercicio, la sociedad presentaba un patrimonio neto negativo de 10.991 miles de euros
como consecuencia de las pérdidas incurridas en ejercicios anteriores. De acuerdo con el artículo
363 de la Ley de Sociedades de Capital, la sociedad se encontraba en causa de disolución, debido
a que las pérdidas redujeron el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social.
No obstante, a 31 de diciembre de 2016, el socio único de esta Entidad (Instituto de Finanzas de
CLM) aprobó una aportación de 20.900 miles de euros para restablecer su equilibrio patrimonial.
C) FINANCIACIÓN CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA JUNTA Y SUS OOAA
Con cargo al presupuesto de 2015 de la Junta y sus OOAA se han reconocido obligaciones con
destino al sector público empresarial por un total de 269.200 miles de euros, según el siguiente
desglose:
CUADRO Nº 20. APORTACIONES DE LA JUNTA Y SUS OO.AA AL SECTOR PÚBLICO
EMPRESARIAL
(miles de euros)
Denominación Total 2015 Total 2014
Infraestructur as del Agua 98.782 44.392
Grupo Ente Público RTVCLM 37.753 36.754
GEACAM 52.613 51.076
GICAMAN 72.072 29.488
ISFOC 30 0
CMT 7.637 0
RCM 313 0
Total 269.200 161.710
Las aportaciones de la Junta y sus OO.AA al sector público empresarial se han incrementado en un
66% respecto a las del año anterior.
Los incrementos más significativos con respecto al ejercicio anterior se han producido en
Infraestructuras del Agua (123%) y en GICAMAN (144%). Ambas entidades han recibido,
respectivamente, el 37 y el 27% del total de las aportaciones.
Adicionalmente, en el caso de Grupo Ente Público RTVCLM, además de la aportación anual por
importe de 36.753 miles de euros, recibida de la JCCM para acometer tanto los gastos de
explotación como de inversión, y una subvención nominativa adicional por importe de un millón de
euros como consecuencia de la indebida presupuestación para el ejercicio de los gastos de
personal, con fecha 29 de diciembre de 2015, el Consejo de Gobierno de la JCCM autorizó un
gasto por importe de 11.493 miles de euros para la regularización de la situación contable y
presupuestaria derivada de la cancelación por la CA de CLM de deudas del Ente Público RTVCLM
y sus sociedades dependientes, mediante los mecanismos extraordinarios de financiación de pago
a proveedores, teniendo como contrapartida la asunción por la JCCM de dichas deudas.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 47
D) PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES
Socialmancha
En 2012 se dictó un auto de declaración voluntaria de concurso de acreedores de Socialmancha,
abriéndose la fase de liquidación el 15 de abril de 2013.
En el último informe trimestral elaborado por la Administración Concursal, fechado el 31 de marzo
del 2016, se solicitó remisión del auto del Juzgado por el que se procede a declarar concluido el
concurso. Dicha resolución se produjo el 6 de julio de 2016, publicándose la extinción de la
sociedad en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el 28 de noviembre de 2016.
Instituto D. Quijote de Promoción Turística, Cultural y Artesana de CLM
La extinción de la sociedad se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil con fecha 28 de
enero de 2015. Según la escritura que eleva a público el acuerdo de liquidación, el haber a repartir
al socio único asciende a 679 miles de euros.
FUHNPAIIN Empleo, S.L. y FUHNPAIIN Viajes, S.L.
La Comisión Ejecutiva del Patronato de la Fundación Hospital Nacional de Parapléjicos para la
Investigación y la Integración, socio único de las sociedades referidas, acuerda en enero de 2013
proceder a su liquidación.
El 9 de diciembre de 2014 se escritura la disolución y liquidación de FUHNPAIIN Viajes con un
resultado de liquidación de cero euros, tras el desarrollo de un procedimiento concursal. No se ha
informado de la cancelación de la inscripción de esta sociedad en el Registro Mercantil, habiéndose
constatado por el contrario la reapertura de la hoja registral el 17 de septiembre de 2015.
Por su parte, FUHNPAIIN Empleo concluyó la fase común del concurso y procedió a la apertura de
la fase de liquidación el 20 de julio de 2015, aprobándose en diciembre del mismo año el plan de
liquidación. La Administración Concursal de la sociedad viene elaborando informes trimestrales del
estado de las operaciones de liquidación conforme a lo establecido en el artículo 152.1 de la Ley
Concursal, siendo el último remitido a este Tribunal el fechado el 1 de septiembre de 2016.
E) DEFICIENCIAS CONTABLES E INFORMES DE AUDITORÍA
La realización de informes de auditoría sobre las cuentas anuales de las diversas sociedades, junto
con la opinión manifestada en su caso, se refleja en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 21. INFORMES DE AUDITORÍA EMPRESAS
Cuentas Número
Auditadas 9
Con opinión favorable 8
Con opinión favorable con salvedades 1 (Infraestructuras del Agua de CLM)
No auditadas 4 (Instituto Don Quijote, FUHNPAIIN Empleo y
FUHNPAIIN Viajes , Socialmancha)
Por lo que se refiere a las incorrecciones contables detectadas en el informe de auditoría con
opinión favorable con salvedades, cabe señalar que Infraestructuras del Agua de CLM ha
registrado como inmovilizado material los derechos de cesión de uso otorgados por la Consejería
48 Tribunal de Cuentas
de Obras Públicas de la JCCM (actual Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda), de las
redes de abastecimiento de agua de Picadas, Girasol y Bornova por importe de 16.645 miles de
euros. Estos derechos de cesión no se encuentran formalizados en ningún acta de cesión, sino
amparados por la Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua de la CA de
CLM, por lo que no se dispone de un inventario detallado de los activos objeto de la cesión, del
valor de los mismos, su situación y plazo de cesión. En estas circunstancias, no se puede opinar
sobre la corrección de los importes registrados en los epígrafes “inmovilizado material" y
"subvenciones, donaciones y legados".
De las comprobaciones realizadas durante la fiscalización se realizan las observaciones sobre las
cuentas que aparecen a continuación, las cuales no alteran la opinión manifestada en los citados
informes de auditoría.
GICAMAN
GICAMAN tiene contabilizado un edificio en el apartado inversiones inmobiliarias del balance
(2.673 miles de euros), sin discriminar la parte del mismo utilizada como sede de la sociedad, que
debía recogerse dentro del inmovilizado material (construcciones).
Entre las bajas del inmovilizado material en 2015 se recoge la derivada de la transmisión al
SESCAM de los denominados “equipos médicos de alta tecnología”, por valor de transmisión de
4.010 miles de euros, mediante Acuerdo de 29 de diciembre de 2015. Dichos equipos formaban
parte del activo de la empresa pública EINSA (absorbida por GICAMAN), la cual había formalizado
entre 2005 y 2008 determinados contratos de arrendamiento operativo con el SESCAM, en virtud
de los cuales estos equipos se le cedían durante toda su vida útil, circunstancia que debió originar
un tratamiento de la operación de forma similar a un arrendamiento financiero y no operativo.
GICAMAN tenía registrada la construcción del Hospital de Toledo (103.909.495 euros) como
inversión inmobiliaria, sin que la memoria aportase información suficiente para acreditar que este
inmueble (aún sin estar en condiciones de funcionamiento) estuviera destinado a la obtención de
rentas derivadas de su alquiler, por lo que, dada la actividad de la empresa, hubiera debido
registrarse en las existencias15.
En el ejercicio 2015 se produjo la baja en cuentas de la infraestructura anterior, como consecuencia
del convenio de ejecución del acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de agosto de 2014, entre
GICAMAN, el SESCAM y la Consejería de Hacienda, donde se establecía que para dar
cumplimiento al citado encargo, GICAMAN cedería de forma gratuita la propiedad del inmueble de
uso sanitario-hospitalario a la JCCM. Los efectos de la cesión quedarían sometidos al cumplimiento
de una condición suspensiva, consistente en que la citada cesión tendría plenos efectos en el
momento en que se produjera la adjudicación y formalización del
contrato administrativo previsto, señalando que la propia firma del
convenio habilitaba al SESCAM para tramitar y licitar un contrato de concesión de obra pública
sobre el Hospital.
15 En el Informe se pone de manifiesto la ausencia de información en la memoria de la Sociedad para poder acreditar la
correcta clasificación de esta infraestructura. En las alegaciones remitidas se indica, por un lado, que esta clasificación de
la infraestructura era originaria de la sociedad absorbida por GICAMAN de la que procedía el bien, lo cual no es soporte
suficiente para su corrección. Por otro lado, que tras modificación estatutaria, GICAMAN tenía por objeto la promoción,
construcción y/o explotación de bienes inmuebles destinados a satisfacer las necesidades de infraestructuras sanitarias,
así como el desarrollo de servicios complementarios de las mismas. Precisamente, de todo ello no se deduce que fuera a
ser la obtención de rentas derivadas del alquiler el principal uso otorgado al Hospital en curso (el cual, finalmente, se
acaba transmitiendo), sin que en la memoria se ofreciese información adicional para contrastar su correcta
contabilización, que, en su caso, podría tener un mejor encaje en el inmovilizado material antes que en las inversiones
inmobiliarias, tal como se deriva de lo dispuesto en el PGC, en la Resolución de 1 de marzo de 2013, del ICAC, por la
que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias y en lo
establecido en el Boletín Oficial del ICAC número 74, de junio de 2008.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 49
Sin embargo, de acuerdo con lo señalado en el Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas (ICAC) 99 del año 2014, la baja debía haberse registrado en 2014, dado que,
conforme a lo expuesto en el mismo, con carácter general, se entiende que un bien debe ser dado
de baja en una sociedad, cuando se produzca la transmisión de los riesgos y ventajas significativos
asociados al mismo, sin perjuicio de que no se encuentre perfeccionada la transmisión jurídica,
debiendo acudirse al fondo económico para otorgar el adecuado tratamiento contable a la
operación. Con el acuerdo, GICAMAN se desprendió o se vio privada, a raíz del acuerdo, de la
posibilidad de uso o aprovechamiento de la infraestructura a lo largo de su vida económica, así
como de la facultad de disposición, no existiendo tampoco una proyección económica futura en
relación con el bien (máxime cuando la transmisión se establecía sin contraprestación).
En relación con la condición suspensiva de la transmisión, la licitación del contrato se produjo el 6
de agosto de 2014, la propuesta de adjudicación el 15 de enero de 2015 y la adjudicación antes del
fin del citado mes, por lo que podía considerarse razonable, al cierre de 2014, que la transmisión
acabase perfeccionándose16.
Adicionalmente, en la mencionada operación se utilizó una cuenta de reservas voluntarias por
35.220 miles de euros, en lugar de una propia de resultados derivados de operaciones del ejercicio,
sin que la memoria ofrezca explicación de ello17.
GICAMAN contabiliza como arrendamiento operativo las operaciones de renting de dos vehículos.
No obstante, de conformidad con la norma 8ª de registro y valoración del PGC se asimilan (y deben
contabilizarse como tales) a las operaciones de arrendamiento financiero, salvo prueba en
contrario, aquellos casos en los que, al comienzo del arrendamiento, el valor actual de los pagos
mínimos acordados por el arrendamiento suponga la práctica totalidad del valor razonable del
activo arrendado, hecho que se produce con los citados vehículos18.
Como consecuencia de créditos concedidos a varios Ayuntamientos por un importe total dispuesto
de 15.550 miles de euros, la empresa mantenía pendiente de devolución 14.214 miles de euros al
cierre de 2015, pese a que en los convenios formalizados (entre 2008 y 2011) se fijaba un período
generalmente de 18 meses para disponer del préstamo, momento a partir del cual se iniciaría la
devolución. La sociedad no ha procedido al deterioro de los mismos, basándose en que la JCCM
garantizó la recuperabilidad de los créditos concedidos, en documento de 22 de mayo de 2012,
firmado por la Consejería de Fomento. No obstante, deberían haberse efectuado las correcciones
valorativas necesarias como consecuencia del deterioro del valor de los créditos ocasionado por el
retraso en los flujos de efectivo estimados futuros, según establece el PGC. La JCCM no había
aportado cantidad alguna en base a su compromiso.
16 Según repetida doctrina del ICAC y tal como se expone en el Informe, con carácter general se entiende que un bien
debe ser dado de baja cuando se produzca la transmisión de los riesgos y ventajas significativos asociados al mismo, sin
perjuicio de que no se encuentre perfeccionada la transmisión jurídica, debiendo acudirse al fondo económico para
otorgar el adecuado tratamiento contable a la operación. En este sentido, el mencionado Instituto vincula la calificación de
activo a dos requisitos: la idea de control, inherente al uso o aprovechamiento del elemento a lo largo de su vida
económica, así como a la facultad de disposición y la idea de recuperación, consustancial con la nota de proyección
económica futura. Ambas características integran el núcleo de los riesgos y ventajas del elemento patrimonial, de tal
manera que, cuando la empresa se desprende o se ve privada de alguno de los citados atributos, puede concluirse que
procede la baja del activo. Pese a lo señalado en las alegaciones, en el caso en cuestión no puede afirmarse que se
cumplieran las dos condiciones predicables para mantener la infraestructura como uno de los activos de GESVICAM. En
todo caso, la memoria integrante de las cuentas anuales es el documento indicado para ampliar y completar las cifras
recogidas en otros estados, con la descripción oportuna de las operaciones, sin que se hiciera uso de ella en este
sentido.
17 Ni en la memoria integrante de las cuentas anuales ni en las alegaciones se aclara el porqué del uso de la cuenta
“prima de emisión” en lugar de una propia de los resultados del ejercicio en que se produjo la salida del bien del
patrimonio de la sociedad.
18 Como se cita en el texto, la norma de registro y valoración 8ª del PGC prevé supuestos en que un arrendamiento ha de
considerarse financiero aunque no incluya la opción de compra, y ello salvo prueba en contra, la cual ni aparece
especificada en las cuentas anuales de 2015 de GICAMAN, ni ha sido aportada junto con las alegaciones.
50 Tribunal de Cuentas
Además se recogen en el epígrafe “deudores comerciales y otras cuentas a cobrar” del balance por
3.472 miles de euros correspondientes al importe pendiente de cobro de arrendamientos de
viviendas, existiendo un deterioro total del saldo a cierre del ejercicio. Adicionalmente, durante el
ejercicio 2014 se registraron pérdidas por créditos incobrables por importe de 869 miles de euros.
Según información de la sociedad, hasta 2016 no se ha acordado y desarrollado el procedimiento
para reducir y minorar el estado de deudas, iniciando entonces las actuaciones en relación con los
saldos impagados e incobrables.
La ejecución de las autovías del Júcar (Tramo I y II) y Autovía IV Centenario (Tramo I) fue
encomendada por la JCCM a una empresa regional absorbida posteriormente por GICAMAN.
Dichas encomiendas quedaron sin efecto por el convenio de 27 de septiembre de 2013 entre la
citada Junta y GICAMAN, lo que conllevó la paralización de las obras. Tras la resolución de los
contratos derivada de la extinción de las encomiendas, los adjudicatarios formularon, en 2015,
diversas demandas ante los tribunales de justicia. Finalmente, en noviembre del citado año se
suscribieron los oportunos acuerdos extrajudiciales con GICAMAN, por 14.726 miles de euros, para
dar fin a las controversias abiertas, de los que deriva la aplicación de 9.462 miles recogidos en la
provisión para riesgos y gastos. Según el convenio con la sociedad absorbida por GICAMAN, el
abono de las indemnizaciones que, en su caso, se pudieran derivar de este mandato
correspondería a la JCCM.
Finalmente en el pasivo del balance se recogen deudas a corto plazo con entidades de crédito
(34.992 miles de euros) las cuales se encuentran garantizadas con existencias comerciales, si bien
dicha clasificación no se corresponde con los vencimientos a corto plazo de tales pasivos
financieros, que ascenderían a 4.182 miles de euros, siendo el resto no corriente. Según la norma
sexta de elaboración de las cuentas anuales del PGC, los pasivos se pueden clasificar como
corrientes cuando se espere liquidarlos en el ciclo normal de la explotación de la sociedad, sin que
la memoria de GICAMAN explique suficientemente esta circunstancia19.
Grupo Ente Público RTVCLM
Al cierre del ejercicio 2015, en el activo no corriente de CMT y de RCM aparecían 10.411 miles de
euros en la primera y 682 miles en la segunda, derivados de devoluciones pendientes de IVA. Sin
embargo, las actas fiscales derivadas de actuaciones de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, en relación con el citado impuesto en los ejercicios 2012 a 2014, denegaban el derecho
a la devolución de tales cantidades. Las correspondientes actas fueron impugnadas en vía
económico-administrativa.
Según lo dispuesto en el Boletín Oficial del ICAC número 48 del año 2001, con carácter general, las
contingencias fiscales, se deriven o no de un acta de inspección, deberán ocasionar en el ejercicio
en que se prevean, la correspondiente dotación a la provisión para riesgos y gastos por el importe
estimado de la deuda tributaria.
No obstante lo anterior, las dos sociedades, a la vista de los estudios e informes recibidos, donde
se estimaba una alta probabilidad de resolución del asunto a favor de sus intereses, decidieron no
reconocer tal provisión.
Los informes de auditoría de cuentas de las sociedades reflejan una opinión favorable sin
salvedades. No obstante lo anterior, dada la incertidumbre derivada de este hecho, y el efecto
económico muy significativo que llevaría aparejada la confirmación de las actuaciones fiscales
(denegación de la devolución) en el caso de CMT, que colocaría a esta sociedad en situación de
disolución según lo dispuesto en el artículo 363 del TRLSC, dicho informe debería recoger, al
19 Pese a lo señalado en las alegaciones, no se considera que la información sobre esta vinculación existente en la
memoria sea suficiente, máxime cuando se ha producido un cambio de criterio respecto del ejercicio precedente y que la
norma de registro y valoración 22ª del PGC indica que, “siempre que se produzcan cambios de criterio contable o
subsanación de errores relativos a ejercicios anteriores se deberá incorporar la correspondiente información en la
memoria de las cuentas anuales”.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 51
menos, un párrafo de énfasis poniendo de manifiesto la relevancia de esta incertidumbre sobre la
situación financiera de la empresa20.
F) ENDEUDAMIENTO SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL
El saldo vivo del endeudamiento mantenido por el sector público empresarial con entidades de
crédito, al cierre del ejercicio fiscalizado, alcanzaba los 69.676 miles de euros. En el estado
siguiente se exponen las empresas más relevantes a estos efectos:
CUADRO 22. ENDEUDAMIENTO FINANCIERO SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL
(miles de euros)
Denominación
Endeudamiento con entidades de
crédito a 31-12-2015 Endeudamiento con entidades de
crédito a 31-12-2014
L/P C/P Total L/P C/P Total
GICAMAN 33.130 34.992 68.122 169.583 91.835 261.418
Infraestructur as del Agua 0 1.554 1.554 1.544 2.011 3.555
Total 33.130 36.546 69.676 171.127 93.846 264.973
A nivel agregado la reducción del endeudamiento empresarial alcanzó el 73,7%, debido
fundamentalmente a su disminución en GICAMAN como consecuencia, principalmente, de la baja
de los pasivos financieros con entidades de crédito, por importe de 183.750 miles de euros. El
origen de ello se encuentra en la cesión a la JCCM de la infraestructura del Hospital General de
Toledo.
II.5.2. Fundaciones autonómicas
A) ANÁLISIS GENERAL
El TRLH define las fundaciones públicas autonómicas en términos similares a lo dispuesto en el
artículo 44 de la Ley 50/200221, de fundaciones, para el caso estatal. Además, la CA participa en
fundaciones cuya dotación es mayoritariamente pública, si bien ninguna Administración aportó más
del 50% de la misma, siendo la participación de la CA mayor o igual a la del resto, o bien cuyo
patronato está mayoritariamente nombrado por Administraciones públicas, disponiendo la CA de un
número mayor o igual al del resto de Administraciones individualmente consideradas.
Durante el ejercicio 2015 se ha producido una operación de reestructuración del sector público
fundacional, dado que, con fecha 24 de noviembre de 2015, el Patronato de la Fundación El Greco
2014 aprobó la fusión de esta con la Real Fundación Toledo (no perteneciente al sector público). El
balance de fusión se presentó a 31 de octubre de 2015, produciéndose la consiguiente transmisión
en bloque de todo el patrimonio de la primera a la segunda, que adquiere por sucesión universal los
20 En las alegaciones se indica que en base a determinada documentación conocida por el auditor externo se consideró
oportuno emitir opinión favorable sin salvedades. El Informe no cuestiona necesariamente esta opinión, pero sí la falta de
reflejo de la potencial incidencia que tendría una resolución del asunto en contra de los intereses de la Sociedad, cuyo
desenlace, por otro lado, no podía ser considerado en 2015 tan franco a favor de esta, pues no ha concluido a 1 de
octubre de 2017. Así, la Norma Internacional de Auditoría NIA-ES 706 (adaptada para su aplicación en España mediante
Resolución del ICAC de 15 de octubre de 2013) indica que el párrafo de énfasis es aquel incluido en el informe de
auditoría que se refiere a una cuestión presentada o revelada de forma adecuada en los estados financieros, pero que es
de tal importancia que resulta fundamental para que los usuarios comprendan los estados financieros, hecho difícilmente
cuestionable en este caso.
21 Ver nota 8
52 Tribunal de Cuentas
bienes, derechos y obligaciones de la absorbida. Con fecha 24 de mayo de 2016 se elevan a
públicos los acuerdos de fusión. No obstante no es hasta el ejercicio 2017 cuando, con fecha 10 de
enero, se adopta un acuerdo del Consejo de Gobierno de CLM autorizándose la tramitación del
procedimiento para dicha fusión por absorción y el 13 de febrero cuando el Protectorado de
Fundaciones de CLM muestra su conformidad con el acuerdo de fusión y establece la obligación
para el patronato resultante de la fusión de comunicar al citado Protectorado la inscripción de
aquella en el Registro Único de Fundaciones de competencia estatal.
A fecha 9 de enero de 2017, la IGAE tenía pendiente de clasificación, a efectos de contabilidad
nacional, a la Real Fundación Toledo.
A diferencia de lo previsto en la LGP, el TRLH no contaba con un precepto que obligara a la
elaboración de un informe, a presentar junto con las cuentas anuales, relativo al cumplimiento de
las obligaciones de carácter económico-financiero asumidas como consecuencia de su pertenencia
al sector público, en el cual se ofreciera información detallada, entre otros extremos, de
subvenciones, personal o contratación.
El artículo 1.2 de la LP para 2015, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 35.3 del
TRLH, indica que la misma integra los presupuestos de explotación y capital de la totalidad de las
fundaciones consideradas dentro del sector público regional, sin que figuren (aparte de las que se
encuentran en situación de liquidación) los de las fundaciones CLM Tierra de Viñedos y Centro de
Innovación de Infraestructuras Inteligentes.
Los anexos 1.3-1 y 1.3-2 recogen la situación económico-financiera y los resultados de estas
entidades públicas.
La situación económica y financiera de las fundaciones, al cierre del ejercicio fiscalizado, presenta
las magnitudes agregadas que se recogen a continuación:
CUADRO Nº 23. MAGNITUDES AGREGADAS SECTOR PÚBLICO FUNDACIONAL
(miles de euros)
Concepto / Descripción 2015
BALANCE
- Activo total 77.504
. No corriente 60.465
. Corriente 17.039
- Patrimonio neto 52.000
- Pasivo no corriente 12.213
- Pasivo corriente 13.291
CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL
- Resultados de explotación 560
- Resultados financieros (164)
- Resultado/Excedente del ejercicio 396
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 53
B) FINANCIACIÓN CON CARGO A LOS PRESUPUESTOS DE LA JUNTA Y SUS OOAA
A continuación se presenta el desglose de las aportaciones realizadas por la Junta y sus OOAA a
las fundaciones públicas autonómicas:
CUADRO Nº 24. APORTACIONES DE LA JUNTA Y SUS OOAA AL SECTOR PÚBLICO
FUNDACIONAL
(miles de euros)
Fundaciones Obligaciones reconocidas netas
Total 2015
Fundación Cultura y Deporte de CLM 2.688
Fundación El Greco 2014 300
Fundación del Hospital Nacional de
Parapléjicos para la Investigación y la
Integración 1.335
Fundación Jurado Arbitral Laboral de CLM 450
Fundación Parque Científico y Tecnológico de CLM 8.136
Fundación Patronato Semana de Música Religiosa de Cuenca 90
Fundación para la Promoción de CLM 9.795
Fundación Sociosanitaria de CLM 16.588
Total 39.382
En el ejercicio fiscalizado, las fundaciones Sociosanitaria de CLM, para la Promoción de CLM y
Parque Científico y Tecnológico de CLM concentran el 88% de las aportaciones a este subsector, a
pesar de las cuales presentaron pérdidas al cierre del ejercicio, que en el caso de la Fundación
Sociosanitaria fueron un 151% superiores a las de 2014 y en el de Parque Científico y Tecnológico
un 174%. Esta última, además, contaba con un fondo de maniobra negativo de 1.565 miles de
euros.
Al cierre del ejercicio fiscalizado, presentaban patrimonios netos negativos, Hospital Nacional de
Parapléjicos para la Investigación y la Integración (2.464 miles de euros) y Patronato Semana de
Música Religiosa (555 miles), esta última además con un fondo de maniobra negativo.
C) LIQUIDACIÓN DE FUNDACIONES
Con fecha 16 de mayo de 2016, se ha otorgado escritura de liquidación, extinción y cancelación de
los asientos registrales de la Fundación Ínsula Barataria para el Fomento de la Sociedad de la
Información y el Conocimiento en CLM. El haber sobrante de la liquidación fue de 148 miles de
euros, transferidos a la JCCM el 16 de mayo del citado año.
Por escritura de 17 de abril de 2015 se elevaron a públicos determinados acuerdos adoptados por
el Patronato de la Fundación Centro Tecnológico Europeo del Asfalto (nombramiento de cargos del
Patronato, acuerdo de extinción y designación de liquidadores). Los hechos más relevantes
acaecidos en el proceso de extinción fueron expuestos en el epígrafe II.2.2.
En 2012, el Patronato de la Fundación General de Medio Ambiente de CLM-Centro de
Investigación sobre el Fuego inició el proceso de extinción de la misma, el cual no fue aceptado por
el Protectorado de Fundaciones de CLM. Con posterioridad, el 17 de junio de 2015, se escrituró la
elevación a público de los acuerdos del Patronato de extinción y liquidación por imposibilidad de
realizar su fin fundacional y el 24 de junio del citado año se procedió a su inscripción en el Registro
de Fundaciones de CLM. En base a los acuerdos tomados, el apoderado-liquidador ha procedido a
54 Tribunal de Cuentas
liquidar el activo y pasivo, habiendo resultado un patrimonio neto de 342 miles de euros (de los que
119 miles de euros eran derechos de cobro ante la Junta). Previamente, mediante modificación
estatutaria de 21 de agosto de 2014, los bienes y derechos resultantes de la liquidación se
destinaban a la Administración de la JCCM.
D) DEFICIENCIAS CONTABLES E INFORMES DE AUDITORÍA
La realización de informes de auditoría sobre las cuentas anuales de las diversas fundaciones,
junto con la opinión manifestada en su caso, se refleja en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 25. INFORMES DE AUDITORÍA FUNDACIONES
Cuentas Número
Auditadas 11
Con opinión favorable 10
Con opinión favorable con salvedades 1 (Fundación Cultura y Deporte de CLM)
No auditadas 3 (Fundación Centro Tecnológico Europeo del Asfalto
en CLM, Fundación General de Medio Ambiente de
CLM-Centro de Investigación sobre el Fuego,
Fundación Ínsul a Barataria para el F
omento de la
Sociedad de la Información y el Conocimiento en CLM)
Según recoge el informe de control financiero sobre el ejercicio 2015 de la Fundación
Sociosanitaria de CLM, se ha registrado una pérdida por importe de 354 miles de euros por el
deterioro del crédito a cobrar que mantenía con el SESCAM, procedente de un convenio de
colaboración formalizado en 2012, no habiendo constancia de que la Fundación haya iniciado
ningún tipo de acción para el cobro del importe o para la cancelación o anulación del convenio.
De las comprobaciones realizadas durante la fiscalización se realizan las siguientes observaciones
sobre las cuentas, que no alteran la opinión manifestada en los citados informes de auditoría:
Las fundaciones Cultura y Deporte de CLM (que desde finales de 2013 trasladó su domicilio a
la Consejería de Educación), Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la
Integración (que realiza su actividad en instalaciones propiedad del Hospital Nacional de
Parapléjicos) y Jurado Arbitral Laboral de CLM (que desarrolla su actividad en despachos cedidos
por la JCCM en cada una de las provincias), continúan sin registrar contablemente el valor
razonable de la cesión de uso de las instalaciones en las que desarrollan sus actividades.
Por su parte, la Fundación Centro Tecnológico del Metal, que tiene contabilizado un
inmovilizado intangible por importe de 1.498 miles de euros correspondientes a un derecho de
superficie sobre un terreno cedido, no amortiza el citado derecho de acuerdo con la norma de
registro y valoración 20ª de la Resolución de 26 de marzo de 2013, del ICAC, por la que se
aprueba el Plan de Contabilidad de las Entidades sin Fines Lucrativos.
La Fundación Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración no
recogió en las cuentas de 2014 una donación por importe de 1.004 miles de euros, derivada de la
adenda de 31 de diciembre del citado año al convenio suscrito entre el SESCAM y una fundación
privada, cuya finalidad era la cancelación de las deudas contraídas por la compra de un equipo de
resonancia magnética, situación que se mantiene al cierre de 2015.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 55
E) ENDEUDAMIENTO SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL Y FUNDACIONAL
El saldo vivo del endeudamiento con entidades de crédito que presentaban las fundaciones
públicas autonómicas a 31 de diciembre de 2015 ascendió a 1.572 miles de euros, con el siguiente
desglose para las dos principales entidades:
CUADRO Nº 26. ENDEUDAMIENTO CON ENTIDADES DE CRÉDITO
(miles de euros)
Endeudamiento con entidades de crédito
Denominación A 31 de diciembre 2015
Largo plazo Corto plazo Total
Fundación Parque Científico y Tecnológico CLM 0 812 812
Fundación Sociosanitaria de CLM 679 81 760
Total 679 893 1.572
El endeudamiento financiero en 2015 se ha reducido un 46% con respecto al de 2014.
II.5.3. Consorcios públicos
A partir del 1 de enero de 2013, el artículo 4.1.d) del TRLH incluyó expresamente a los consorcios
participados mayoritariamente por la JCCM, a los que se refiere el artículo 6 de la misma norma,
como entidades pertenecientes al sector público regional. Este último artículo prevé la posibilidad
de participar en consorcios con otras Administraciones públicas y con entidades privadas para fines
de interés público o utilidad social, debiendo regularse el régimen económico de aplicación en las
bases de su constitución, en todo caso acordes con el citado TRLH cuando la participación de la
Administración regional en su financiación fuese superior al 50% o cuando, sin serlo, fuese
mayoritaria. Las circunstancias descritas concurrían en los consorcios Parque Arqueológico de
Carranque y Parque Arqueológico de Alarcos.
No obstante, los consejos de administración de los dos consorcios aprobaron el 5 de febrero y el 9
de abril de 2015 su disolución, con cesión global de activos y pasivos a la JCCM al asumir esta la
gestión de los parques, en virtud de los Decretos 95/2012 y 96/2012, ambos de 12 de julio, lo que
supuso de facto el cese de actividad de ambos.
Las cuentas anuales de 2015 de ambos consorcios fueron rendidas fuera del plazo legalmente
establecido, constando en ambos casos del balance y la cuenta de pérdidas y ganancias (anexos
I.2-1 y I.2.2), sin incluir la memoria, formulándose conforme al PGC y no conforme al PGCP, como
estipulan sus estatutos y sin auditar, en contra de lo establecido por la DA quinta de la LP para
2015.
A 31 de diciembre de 2015, en el caso del Consorcio del Parque arqueológico de Carranque los
saldos acreedores ascenderían a 266 miles de euros y en el de Alarcos a 136 miles de euros.
Finalmente, según consta en informe emitido por la Consejería de Cultura el 17 de enero de 2017,
los citados procesos de disolución, aún inconclusos, permanecían sin avance.
56 Tribunal de Cuentas
II.6. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA
II.6.1. Marco normativo
En el ejercicio fiscalizado, el marco normativo aplicable a la estabilidad presupuestaria estaba
configurado por la LOEPSF.
Mediante la Ley 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial, se modifica la
LOEPSF, ampliando la definición del principio de sostenibilidad financiera al extenderlo al control
de la deuda comercial. Se establece así la obligación de hacer público el periodo medio de pago a
proveedores. En el ejercicio 2014 se aprobó el RD 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla
la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones
Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de
financiación, previstos en la LOEPSF.
Por último, la LO 6/2015, de 12 de junio, de modificación de la LO 8/1980, de 22 de septiembre, de
financiación de las CCAA y de la LOEPSF, en su segundo artículo, modifica nuevamente esta
última para adaptar la DA primera a la nueva configuración de los mecanismos adicionales de
financiación de las CCAA, establecida por RD-L 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de
sostenibilidad financiera de las CCAA y entidades locales y otras de carácter económico más
amplia y ambiciosa, así como se recoge también entre las medidas automáticas de prevención y de
corrección, la reducción del riesgo y coste asumido en la concesión de avales, reavales y cualquier
otra clase de garantías para afianzar operaciones de crédito de personas físicas y jurídicas,
públicas o privadas
Por su parte, la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera de la JCCM, entró en vigor el 1 de enero de 2013.
II.6.2. Cumplimiento de los objetivos
A) ÁMBITO SUBJETIVO
El Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) de 10 de abril de 2003, en relación
con el suministro de información de las CCAA al Ministerio de Hacienda y al propio Consejo, exige
la debida información a efectos de clasificar las entidades autonómicas de acuerdo con las normas
del Sistema Europeo de Cuentas y la existencia de un inventario de entidades integrantes de cada
una de las CCAA.
La Ley de CLM 11/2012 establece en su artículo 2 el ámbito de aplicación de la misma,
enumeración que supuso, entre otras, la modificación del artículo 4 del TRLH que determina qué
órganos y entidades componen el sector público de la CA.
B) OBJETIVOS PARA EL EJERCICIO FISCALIZADO
Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de septiembre de 2014, se establecen los Objetivos de
Estabilidad Presupuestaria y de Deuda Pública para cada una de las CCAA de régimen común
para el período 2015-2017. Este Acuerdo deriva del de 27 de junio de 2014, sometido a la
aprobación de las Cortes Generales (el 8 de julio por el Congreso de los Diputados y el día
siguiente por el Senado). Los objetivos para CLM fueron un déficit del 0,7% del Producto Interior
Bruto (PIB) y un endeudamiento del 32,4%.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 12 de la LOEPSF, la variación del gasto computable de
las Administraciones públicas no ha de superar la tasa de referencia de crecimiento del PIB de
medio plazo de la economía española. La citada tasa, calculada para 2015 por el Ministerio de
Economía y Competitividad de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea, se
fijó en el 1,3%.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 57
Finalmente, cabe destacar que por Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de enero de 2017, se
estima el recurso contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de septiembre de 2014, por el
que se establecen los Objetivos de Estabilidad Presupuestaria y de Deuda Pública para cada una
de las CCAA en régimen común para el año 2014, quedando este anulado y sin efecto. Dicha
Sentencia indica que el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 27 de junio de 2014, por el que
se aprobaron los Objetivos de Estabilidad Presupuestaria y Deuda Pública para el año 2014 para el
conjunto del sector público y para cada uno de los grupos de agentes comprendidos en el artículo
2.1 de la LOEPSF, del que deriva el Acuerdo de septiembre antes citado, no fue sometido a
aprobación de las Cortes Generales, tal como prevé el artículo 15.6 de la citada Ley.
C) CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS
La LOEPSF contempla, en su artículo 17, los informes sobre el cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto que el MINHAP debe elevar al
Gobierno, antes del 15 de abril y del 15 de octubre de cada año.
En el informe (de 14 de octubre 2016) emitido por el MINHAP, sobre el grado de cumplimiento del
objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto del ejercicio 2015, se cifra el
déficit alcanzado por la CA en 597 millones de euros, lo que supone el 1,59% del PIB y por lo tanto
un incumplimiento del objetivo de un 0,9%.
Por otro lado, la CA emitió fuera de plazo el informe sobre el grado de cumplimiento del objetivo de
déficit y estabilidad presupuestaria para el ejercicio 2015 que establece el artículo 13 de la Ley
autonómica de estabilidad. En este informe se describen las operaciones y medidas excepcionales
que supusieron gastos no previstos y extraordinarios (en su mayor parte derivados de sentencias
judiciales) por importe de 197 millones de euros:
El abono por parte de la Empresa Pública GICAMAN de los gastos derivados de distintas
sentencias judiciales y de varios acuerdos extrajudiciales como consecuencia de las paralizaciones
de obras, rescisiones de contratos y pago de intereses de demora referentes a operaciones
realizadas en los ejercicios 2011 a 2014 lo que ha supuesto un mayor gasto de 30 millones de
euros22.
Expedientes de gastos por importe de 33,5 millones de euros tramitados por la Consejería de
Fomento para hacer frente a las diferentes sentencias judiciales motivadas por las paralizaciones
de obras, rescisiones de contratos, expropiaciones y pago de intereses de demora, referentes a
operaciones realizadas en los ejercicios 2011 a 2014.
Un gasto de 34,6 millones de euros consecuencia de la obligación de readmisión de los
interinos cesados de forma irregular por la JCCM en 2012, tras la Sentencia de 22 de octubre de
2015 del Juzgado Contencioso Administrativo 2 de Toledo.
Un gasto de 39,6 millones de euros consecuencia de la implantación del plan de atención a
los pacientes de la hepatitis C durante el ejercicio 2015, en función de la normativa estatal de
obligado cumplimiento por las CCAA.
Un gasto de 58,8 millones de euros derivado de la devolución de aproximadamente el 50%
de la paga extra suprimida en el año 2012.
22 Parte de los mismos son expuestos en el epígrafe II.5.1.
58 Tribunal de Cuentas
No obstante, las circunstancias que finalmente, y de conformidad con la información que consta en
la Cuenta General, han supuesto gastos no previstos y extraordinarios han ascendido a 203
millones de euros, y se desglosan en:
CUADRO Nº 27. GASTOS NO PREVISTOS
(millones de euros)
Descripción circunstancias puntuales Importe
Hepatitis C 40
Recuperación paga extra 65
Sentencias, avales y otros gastos 98
Total 203
La evolución del déficit de la CA en los últimos años ha sido la siguiente:
CUADRO Nº 28. EVOLUCIÓN DEL DÉFICIT 2013-201523
Año Objetivo
(% del PIB)
Déficit alcanzado
(% del PIB)
2013
2014
1,3
1
2,09
1,8
2015 0,7 1,59
La CA tampoco cumplió con la regla de gasto, al ser la tasa de variación de un 7,7% respecto del
gasto realizado en el ejercicio 2014, superando el 1,3% de variación fijado como objetivo para
2015. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal achacó el exceso producido a
operaciones no recurrentes de la CA (sentencias judiciales).
Según cómputo del Banco de España y de acuerdo con la metodología SEC2010, la deuda de la
CA ascendía, al cierre de 2015, a un saldo de 13.426 millones de euros, lo que representaba el
35,8% del PIB regional. Ello supone el cumplimiento del objetivo de deuda, teniendo en cuenta
aquella no computable a la hora de verificar dicho objetivo, por las excepciones permitidas en
Acuerdo del Consejo de Ministros, y que elevaban dicha magnitud de referencia al 36,2%.
23 Los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el ejercicio 2016, fueron fijados inicialmente por
Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de julio de 2015. Posteriormente, el Consejo de Ministros y previos los informes
preceptivos, fijó, el 2 de diciembre de 2016, el objetivo de déficit para el conjunto de las CCAA en el 0,7% del PIB
regional. Pese a que en el informe de abril de 2017 emitido por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, sobre el
grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto del ejercicio 2016 se
indicaba que la CA de CLM habría cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, finalmente el déficit registrado en el
ejercicio 2016 ascendió a 313 millones de euros, lo que supone el 0,82% del PIB regional, y por lo tanto el incumplimiento
del mencionado objetivo.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 59
De acuerdo con los datos del citado Banco de España, la deuda viva de CLM ha evolucionado de la
siguiente forma:
CUADRO Nº 29. EVOLUCIÓN DE LA DEUDA VIVA 2011-2015
(millones de euros)
Año Total Deuda Viva
2011 6.965
2012 10.190
2013 11.343
2014 12.858
2015 13.426
Respecto a los fondos creados por la normativa autonómica de estabilidad, el Fondo de Reserva
para Deuda, cuya finalidad es disminuir el endeudamiento neto de la CA no fue dotado en el
ejercicio 2015. Por su parte, el Fondo de Contingencia, destinado a necesidades que pudieran
surgir en el ejercicio corriente y fueran inaplazables, de carácter discrecional y no previstas en el
presupuesto inicialmente aprobado, fue dotado con 2.000 miles de euros. En 2015 no se
financiaron necesidades con cargo al mismo, de lo que se deriva el carácter testimonial de ambos
fondos hasta el momento.
Adicionalmente, según prevé el artículo 4 de la LOEPSF, para encontrarse en una situación de
sostenibilidad financiera, el periodo medio de pago a los proveedores no ha de superar el plazo
máximo previsto en la normativa sobre morosidad. Según dispone el artículo 13.6 de la citada LO,
las Administraciones Públicas deben publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer
de un plan de tesorería, aspectos analizados en el epígrafe II.7.4 del presente Informe.
II.6.3. Planes Económicos Financieros
El incumplimiento del objetivo de déficit de la CA para 2013 supuso la presentación del PEF 2014-
2015. El CPFF, en su reunión de 23 de diciembre de 2014, declaró idóneas las medidas incluidas
en dicho Plan. No obstante, previamente la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en
su informe sobre las líneas fundamentales de Presupuestos para 2015 de CLM, publicado el 16 de
diciembre de 2014, realizaba ya un análisis de la posible desviación en el objetivo de estabilidad
presupuestaria en la ejecución de 2014. Posteriormente, en su informe de cumplimiento esperado
de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto 2015 de las AAPP,
de 15 de julio de 2015, se mantenía la apreciación de riesgo de incumplimiento del objetivo de
estabilidad presupuestaria en 2015, aunque puntualizando que la evolución estimada de los
recursos del sistema de financiación permitiría cubrir el esfuerzo de consolidación fiscal que se
debía realizar para el cumplimiento del objetivo de estabilidad de 2016 en un contexto de
contención del gasto.
El 3 de diciembre de 2015 se pone de manifiesto el retraso en la tramitación de los PEF de las
CCAA que incumplieron el objetivo de 2014. En particular, sobre el PEF de CLM, la citada Agencia
considera que dadas las fechas “los PEF por incumplimiento de los objetivos de 2014 ya no son
relevantes para la corrección de la desviación en 2015, ejercicio prácticamente cerrado”.
En relación con las cifras previstas de ahorro de gastos y de incremento de ingresos, el informe de
seguimiento del PEF 2014-2015, correspondiente al cierre de 2015, elaborado por el MINHAP
señala que:
60 Tribunal de Cuentas
Con carácter agregado, el impacto de las medidas adoptadas asciende a 223 millones de
euros, habiéndose producido desviaciones significativas respecto a las previsiones contenidas en el
PEF aprobado, tanto en los gastos como en los ingresos.
El importe previsto en relación con las medidas de ingresos para el ejercicio 2015 suponía
una reducción global de los mismos de 8.785 miles de euros. Sin embargo, se acabaron
reconociendo más derechos por 4.947 miles de euros, derivados de los efectos en 2015 del
Impuesto sobre Depósitos en Entidades de Crédito.
El importe de las medidas de ahorro de gastos previstas para 2015 ascendía a un total de
1.579 miles de euros. Sin embargo, el importe de las ejecutadas ascendió a un total de 218.263
miles de euros, sin que este ahorro derivara de las previstas en el PEF, sino, principalmente, de los
menores intereses a satisfacer tras la entrada en vigor del RD-L 17/2014 que, junto con el efecto de
la optimización en la gestión de cartera de deuda pública, han supuesto un menor gasto de 273.399
miles de euros. Además, la medida de no reposición de efectivos ha generado un ahorro de 3.455
miles de euros. Por el contrario, la devolución de la paga extra de 2012 ha tenido un impacto
negativo de 58.591 miles de euros.
CUADRO Nº 30. RESUMEN DE MEDIDAS INCLUIDAS EN EL PEF 2014-2015 DE CLM
(miles de euros)
Ingresos /Gastos
PEF aprobado
23-12-2014
Seguimiento PEF
IV trimestre 2015
Previsión a
31/12/2015
Ejecución a 31/12/2015
Total Ingresos
(8.785)
4.947
Total Gastos
1.579
218.263
Total Medidas
(7.206)
223.210
De acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley autonómica 1/2012, de 21 de diciembre, la
Consejería de Hacienda determinó en 2015 la necesidad de efectuar una retención de créditos por
valor de 37.000 miles de euros en el capítulo 3 del presupuesto de gastos, para asegurar el
cumplimiento del objetivo de estabilidad, aunque finalmente se produjo la anulación parcial de dicha
retención por importe de 14.915 miles de euros. En el PEF 2014-2015 no se previó la adopción de
acuerdos de no disponibilidad.
El incumplimiento de los objetivos de déficit y de la regla de gasto para 2015 hizo necesaria la
presentación del PEF 2015-2016 (que no ha llegado a aprobarse), hecho que fue comunicado a la
CA en virtud de carta de 21 de abril de 2016 del MINHAP. Así mismo, se comunicó la obligación de
incorporar las actuaciones derivadas del artículo 25.1 de la LOEPSF en relación con la obligación
de la CA de aprobar en el plazo establecido la no disponibilidad de créditos y efectuar la
correspondiente retención de créditos que garantice el cumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria establecido. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal indicó que los
PEF por incumplimiento de los objetivos de 2014 ya no eran relevantes para la corrección de la
desviación en 2015, ejercicio prácticamente cerrado cuando estos fueron presentados.
Finalmente debe mencionarse que la adhesión de la CA al compartimento FLA establecido por el
RD-L 17/2014, exigía la presentación o actualización de un plan de ajuste, de manera coordinada
con los PEF, con el compromiso de adoptar medidas suficientes para garantizar el cumplimiento de
los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera para 2016. Dicha información
se analiza en el epígrafe II.7.4 de este Informe.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 61
II.7. ANÁLISIS DE LA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Se analizan en este apartado diversas cuestiones de la actividad económico-financiera, tanto de la
Administración General como de los demás entes de la Comunidad.
II.7.1. Operaciones de crédito y avales
A) OPERACIONES DE CRÉDITO Y ENDEUDAMIENTO
Las operaciones de crédito (concertaciones o disposiciones) efectuadas por la CA deben
adecuarse al marco normativo del TRLH y las correspondientes Leyes de Presupuestos de la
Comunidad Autónoma (LLPP), así como a la LOFCA y a la legislación vigente en materia de
sostenibilidad financiera. Además, hay que considerar los Acuerdos del CPFF que, durante el
periodo fiscalizado, pudieran afectar al endeudamiento de la Comunidad.
El artículo 51.1 de la LP para 2015 autorizó al Consejo de Gobierno para acordar la emisión de
Deuda Pública y la concertación de operaciones de crédito a largo plazo, tanto interior como
exterior, con la limitación de que el saldo vivo de la deuda a 31 de diciembre de 2015 no superase
en más de 699.820 miles de euros el correspondiente al cierre del año anterior. El mismo artículo
establecía la revisión automática del límite en determinados casos, principalmente por los importes
que pudieran ser aprobados por la Administración General del Estado bajo la cobertura de
cualquier mecanismo de financiación promovido por el Estado.
Por otro lado, la LO 6/2015 modifica (entre otras) a la LOFCA, introduciendo el principio de
prudencia financiera, lo que supone que las operaciones financieras de las CCAA se formalicen
cumpliendo unas condiciones razonables de coste y riesgo.
El apartado 3 del artículo 14 de la LOFCA indica que las operaciones de crédito precisan
autorización del Estado cuando se constate el incumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria. No obstante, el artículo 20 de la LOEPSF señala que si la CA hubiera presentado
un PEF y sus medidas declaradas idóneas (como es el caso de CLM), no precisan de autorización
las operaciones de crédito a corto plazo que no sean consideradas financiación exterior.
En relación con los mecanismos adicionales de financiación instrumentados por el Estado en favor
de las CCAA y Entidades Locales, la LOEPSF prevé que las operaciones de endeudamiento que
realice el Estado con el fin de desarrollar dichos mecanismos se computen en las CCAA en la
cuantía equivalente a las cantidades percibidas.
62 Tribunal de Cuentas
Las autorizaciones concedidas por el Estado a la CA durante 2015 se detallan a continuación:
CUADRO Nº 31. AUTORIZACIONES ENDEUDAMIENTO 2015
(millones de euros)
Finalidad
Acuerdo Consejo
de Ministros/
Comisión Delegada
del Gobierno para
Asuntos
Económicos
Importe
Formalización de operaciones de endeudamiento a l/p
para amortizar
anticipadamente préstamos existentes (no supone aumento de
endeudamiento a fin de ejercicio)
02/10/2015 50
Formalización de operaciones de endeudamiento a c/p
para cubrir
necesidades transitorias de tesorería 27/11/2015 100
Financiación FLA 1.306,2
FLA Social 22,9
Total 1.479,1
Las operaciones de endeudamiento de la CA se realizaron dentro de los límites anteriormente
señalados.
Por otra parte, el artículo 52 de la LP para 2015 facultaba al titular de la Consejería con
competencias en materia de Hacienda para concertar operaciones de crédito por plazo igual o
inferior a un año, destinadas a cubrir necesidades transitorias de tesorería. Durante el ejercicio
fiscalizado se realizaron cinco operaciones, todas ellas conforme a lo dispuesto en el artículo
anterior.
El porcentaje que el importe total de las anualidades de amortización (por capital e intereses)
representa sobre los ingresos corrientes del ejercicio en 2015, ascendía al 21,5%, por lo tanto
inferior al límite del 25% establecido en los artículos 14.2.b) de la LOFCA y 87.1.b) del TRLH.
B) ENDEUDAMIENTO SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL Y FUNDACIONAL
El artículo 52 de la LP establece para las operaciones de endeudamiento de las entidades que,
conforme a la normativa aplicable en materia de estabilidad presupuestaria, tengan la
consideración de sector público y su endeudamiento consolide con el de la CA, la autorización
previa de la Consejería de Hacienda.
No se detectó ninguna fundación ni empresa que realizara operaciones necesitadas de
autorización.
C) AVALES
La introducción del anteriormente citado principio de prudencia financiera afecta también al
otorgamiento de garantías públicas, pasivos contingentes y otras medidas de apoyo
extrapresupuestario a operaciones de crédito otorgadas por las CCAA, en cuanto pueden
comprometer la sostenibilidad financiera de estas. Así, el apartado 6 del artículo 14 de la LOFCA
(introducido por la LO 6/2015) establece la necesidad de que las CCAA reduzcan el riesgo y coste
derivado de la concesión de avales u otro tipo de garantías que afiancen las operaciones de
crédito.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 63
La prestación de avales por parte de la CA se regula, con carácter general, en el artículo 90 del
TRLH donde, en su párrafo tercero se establece la posibilidad de inspección por parte de la
Consejería de Hacienda de las operaciones o inversiones financiadas con créditos avalados por la
JCCM para comprobar su aplicación y rentabilidad, con el posterior traslado de los resultados a las
Cortes Generales, sin que se hayan realizado actuaciones de este tipo.
Por su parte, el artículo 55 de la LP para 2015 estableció que el Consejo de Gobierno podría
autorizar la concesión de avales a las entidades y empresas que forman parte del sector público
regional hasta un importe máximo (referido al principal de las operaciones) de 200.000 miles de
euros, extendiéndose las garantías del mismo a sus correspondientes cargas financieras.
Partiendo de la información recogida en la Cuenta General, se elabora el anexo I.4, que recoge la
evolución en el ejercicio 2015 de los avales y otras garantías otorgadas por la Administración
General de la Junta.
El saldo de avales y otras garantías a 1 de enero de 2015 que figura en la Cuenta General
(248.842 miles de euros) es incorrecto, ya que por una parte recoge un aval de 123 miles de euros
de Instituto Don Quijote de Promoción Turística y Empresarial, que fue cancelado en diciembre de
2014, y por otra no ha disminuido el saldo inicial de uno de los avales de GICAMAN en 2.694 miles
de euros correspondientes a un vencimiento que había sido satisfecho por la empresa en 2014. Por
lo tanto, el saldo correcto a 1 de enero de 2015 asciende a 246.025 miles de euros y, al cierre de
dicho año, a 64.479 miles de euros.
Durante el ejercicio 2015, se han concedido dos avales a sendas entidades del sector público
regional por importe total nominal de 10.041 miles de euros, siendo en ambos casos para
garantizar deudas frente a la Administración Tributaria. Así mismo se registraron cancelaciones por
191.587 miles de euros que afectaban a siete garantías, de los cuales 183.750 miles han supuesto
la cancelación total del aval constituido a favor de GICAMAN, al subrogarse la JCCM en la posición
de prestatario.
En la citada Cuenta figura el importe de los avales en vigor a 31 de diciembre y no a 1 de enero,
además de no indicarse cuáles de los avales cancelados derivaron en responsabilidad, pese a lo
dispuesto en el PGCP.
El riesgo vivo a fin del ejercicio 2015 se refleja en el estado siguiente:
CUADRO Nº 32. SITUACIÓN AVALES A 31 DE DICIEMBRE 2015
(miles de euros)
Avalados Saldo final
s/ Cuenta General Riesgo vivo
Infraestructuras del Agua de CLM 1.544 1.544
Ente Público RTVCLM 2.500 1.279
GICAMAN (*) 45.789 56.090
Ente Público RTVCLM 3.393 3.393
Ente Público RTVCLM 1.212 1.212
Ente Público RTVCLM 616 616
GEACAM 9.425 9.425
Total 64.479 73.559
(*) El riesgo vivo ha ascendido por el acaecimiento de otras contingencias
64 Tribunal de Cuentas
Según información facilitada por la CA, a 31 de diciembre no se había registrado ninguna ejecución
de los avales otorgados por la Junta y, por tanto, no hay registrado coste alguno por este concepto.
II.7.2. Personal
A) EVOLUCIÓN GENERAL
En los siguientes cuadros se ofrece la evolución de los gastos de personal recogidos en las
cuentas de resultados de la Administración General de la Junta, los organismos públicos, las
empresas, las fundaciones y la Universidad (entidades a las que se hace referencia en el
subapartado II.1), así como del número de efectivos:
CUADRO Nº 33. GASTOS DE PERSONAL CLM (EVOLUCIÓN 2014-2015)
(miles de euros)
Entidad 2014 2015
Junta 1.483.211 1.567.898
Organismos y Entes con contabilidad pública 1.270.288 1.306.003
Empresas y Entes con contabilidad privada 63.255 67.788
Fundaciones 10.871 10.888
Universidad 132.038 142.670
Total 2.959.663 3.095.247
CUADRO Nº 34. EFECTIVOS CLM (EVOLUCIÓN 2014-2015)
(número de efectivos)
Entidad 2014 2015
Junta 42.532 43.356
Organismos y Entes con contabilidad pública 27.842 28.386
Empresas y Entes con contabilidad privada 2.142 2.096
Fundaciones 352 348
Universidad 3.274 3.400
Total 76.142 77.586
Continuando la tendencia del ejercicio precedente, en 2015 se vuelve a producir un incremento
global interanual de los gastos de personal del sector público de CLM, pasando de un 0,2%
(variación 2013-2014) a un 4,5%. Todos los sectores reflejados en el cuadro anterior han sufrido
incrementos.
Del mismo modo, y en relación con el número de efectivos, el aumento global interanual ha sido de
un 1,9%, destacando el relativo al sector universitario (3,8%).
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 65
Mediante la Ley 7/2015, de 2 de diciembre24, se produjo la revocación de medidas recogidas en la
Ley 1/2012 de 21 de febrero de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantía
de Servicios Sociales, en materia de jornada de trabajo, al adoptar la jornada semanal de 35 horas
(frente a las 37,5 existentes) y prolongar la permanencia en el servicio activo hasta los 70 años de
edad a aquellos funcionarios que, alcanzando la edad de jubilación forzosa, lo solicitasen.
En lo referente a las gratificaciones extraordinarias que pudieran abonarse, la Orden de la
Consejería de Hacienda, de 27 de enero de 2015, sobre normas de ejecución de los Presupuestos
Generales de la JCCM para 2015, regula el caso de aquellos puestos para los que no exista
regulación específica al respecto (calificados de excepcionales) y exige para su abono previa
autorización de la Dirección General de Presupuestos. Durante 2015, se reconocieron obligaciones
por gratificaciones por 4.060 miles de euros (un 19% más que en 2014), de las cuales un 57% se
concentraron en la Consejería de Agricultura, mientras que en el caso de la Consejería de
Educación, Cultura y Deportes, el crédito inicial para este concepto se vio incrementado en un 88%.
De las comprobaciones efectuadas se ha constatado que:
En 182 miles de euros, a pesar de existir regulación específica en el Anexo IX de la Orden
sobre Normas de Ejecución de los Presupuestos Generales de CLM para 2015 para el abono de
gratificaciones extraordinarias, no se asignó cantidad inicial alguna, sino posteriormente a través de
modificaciones presupuestarias.
En 10 miles de euros, reconocidos y abonados en base a una orden dictada durante el
ejercicio, no aportándose el informe previo favorable de la Dirección General de Presupuestos ni la
memoria económica emitida por la Consejería de Educación, tal y como establece el artículo 18.2
de la citada Orden.
En 408 miles de euros reconocidos y abonados de manera excepcional al no existir
regulación específica al respecto en el mencionado Anexo IX, si bien figuran los correspondientes
informes favorables de la Dirección General de Presupuestos (en uno se deja constancia de que la
Consejería de Educación no habría solicitado el informe con carácter previo), no se ha seguido el
procedimiento que establece el artículo 19 de la citada Orden (informe-propuesta, justificativo, al
menos de la necesidad y conveniencia de la realización de los trabajos o actuaciones objeto de
gratificación), sino otro diferente, a la vista de los informes de autorización aportados, emitidos
durante el ejercicio 2015.
24 Posteriormente se presentó el recurso de inconstitucionalidad nº 2165-2016, contra el artículo 1 de esta Ley, por la que
se modifican la Ley 1/2012 y la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la JCCM para 2015, en
materia de prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal funcionario y estatutario de la administración
de la JCCM. Por Sentencia nº 158/2016, de 22 de septiembre, el Tribunal Constitucional resolvió el recurso, fallando en
contra de la CA y declarando la nulidad de la reducción unilateral de la jornada.
66 Tribunal de Cuentas
Acciones particulares de control de los gastos de personal
Entre las acciones particulares de control tomadas por la CA en materia de gastos de personal, los
informes ejecutados dentro del plan de control financiero y auditorías de la IGCA para 2015 de
empresas y entes públicos, establecen, dentro de los objetivos de control, la verificación de que en
2015 no se contrató nuevo personal, conforme a la previsión establecida en la LP para 2015 e,
igualmente, que no se excedió el presupuesto de gastos de personal, conforme a la DA novena de
la mencionada Ley.
B) ADMINISTRACIÓN GENERAL Y ORGANISMOS ADMINISTRATIVOS
Por lo que se refiere a los efectivos de la Administración General de la CA y de los organismos con
contabilidad pública, su número ha evolucionado de la forma expuesta en el cuadro siguiente, de
donde se deduce que se han incrementado en cerca del 2% respecto del año anterior:
CUADRO Nº 35. EFECTIVOS. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA CA Y OOAA (EVOLUCIÓN
2014-2015)
(número de efectivos a 31 de diciembre)
Entidad 2014 2015
1. Personal docente no universitario de la JCCM 30.085 31.084
2. Resto personal JCCM y organismos 12.599 12.420
3. SESCAM (*) 27.690 28.238
Total 70.374 71.742
(*) Solo incluye personal estatutario
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de abril de 2015 se modifica la Oferta de Empleo
Público de la JCCM para 2014 y se aprueba la correspondiente a 2015, resultando un total de 330
plazas de nuevo ingreso y promoción interna para el personal funcionario docente no universitario,
sector exento, junto con otros, de la prohibición de incorporación de nuevo personal prevista en el
artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre de PGE para 2015. Según la habilitación del
Acuerdo citado, en el resto de sectores prioritarios la Administración General en 2015 no
incorporaría personal procedente de ambas Ofertas de Empleo Público, acumulándose la tasa de
reposición del personal funcionario a las resultantes de los citados cuerpos de personal docente no
universitario.
En el SESCAM no se realizaron convocatorias públicas de empleo en el ejercicio 2015. No
obstante lo anterior, en el sector sanitario se firmaron 50.344 contratos al amparo del artículo 38 de
la LP para 2015, para cubrir necesidades urgentes e inaplazables. La gestión de personal en el
SESCAM es objeto de análisis detallado en el epígrafe II.7.7 del presente Informe.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 67
El detalle de los gastos de personal de los organismos se recoge en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 36. GASTOS DE PERSONAL (OOAA E IPEX)
(miles de euros)
Denominación IVICAM SESCAM IMUJ A. AGUA IPEX
Sueldos y salarios 1.052 1.040.642 2.191 1.400 494
Cuotas, prestaciones y cargas
sociales a cargo del empleador 285 258.877 552 360 150
Total 1.337 1.299.
519
2.743 1.760 644
Con carácter global, se ha producido un incremento de los gastos de personal de los OOAA,
motivado en gran parte por la devolución parcial de la paga extra del año 2012. No obstante lo
anterior, además en el caso del extinto IVICAM el incremento se produjo como consecuencia de la
contratación de personal laboral temporal para la ejecución de un proyecto, en contra de las
restricciones dispuestas en el artículo 38 de la LP y en la Agencia del Agua e IMUJ debido a la
ejecución de condenas por sentencia judicial firme en materia de personal.
IPEX
La actual estructura funcional del Instituto y la composición de la estructura de personal se
encuentran sin aprobar por parte del Consejo de Administración, órgano competente según dispone
su normativa, y se basa en una resolución de abril de 2008 del Director, la cual, a su vez, se
basaba en un acuerdo adoptado el 9 de marzo de 2006 por el antiguo Consejo de Dirección, donde
se aprobó una previsión de personal para el período 2006-2010.
Por otro lado, las retribuciones del Director del IPEX, incorporado al mismo en septiembre de 2015,
no habían sido autorizadas por la Consejería competente en materia de Hacienda ni fue emitido,
con carácter previo, informe por la Dirección General competente en materia de presupuestos, por
lo que no se estaría dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 29.3 de la LP para 201525.
25 El artículo 29.3 señala la procedencia de informe y autorización para “las retribuciones de los preside ntes, directores
generales, gerentes y otros cargos directivos análogos de las empresas, fundaciones y demás entidades del sector
público regional, tanto si han accedido al cargo por nombramiento como si lo han hecho a través de un contrato laboral o
mercantil”, sin excluir el caso al que se hace referencia en las alegaciones, esto es, cuando las retribuciones de la
persona nombrada no sufran modificación alguna durante el ejercicio fiscalizado.
68 Tribunal de Cuentas
C) EMPRESAS
Los gastos de personal y número de efectivos de las empresas y entes empresariales, según los
datos de las memorias de estas entidades, presentan la siguiente evolución durante los ejercicios
2014 y 2015:
CUADRO Nº 37. GASTOS DE PERSONAL Y EFECTIVOS EMPRESAS PÚBLICAS
(miles de euros y número medio de efectivos)
Denominación Gastos personal Nº de empleados
2014 2015 2014 2015
Ente Público RTVCLM 4.784 5.315 104 103
CMT 12.606 14.097 309 307
RCM 2.259 2.616 53 47
FUHNPAIIN Empleo 38 0 0 0
GEACAM (*) 40.317 42.330 1.595 1.559
GICAMAN 1.325 1.411 32 32
Infraestructuras del Agua de CLM 637 684 18 18
Instituto de Finanzas de CLM 497 474 11 10
ISFOC 559 624 16 16
SODICAMAN 233 237 4 4
Total 63.255 67.788 2.142 2.096
(*) Las cifras al término de 2014 y 2015 ascenderían a 274 y 390 efectivos, respectivamente, ya que el número medio
de empleados es muy superior en el caso de esta empresa.
Los gastos de personal de las entidades han aumentado globalmente un 7,1% respecto del
ejercicio anterior. En particular, superaron la cuantía prevista para dichos gastos en los respectivos
presupuestos aprobados en la LP para 2015, y por lo tanto incumplieron lo dispuesto en la DA
novena de dicha Ley, donde se prevé que los gastos de personal han de limitarse a la cuantía
prevista en su presupuesto aprobado, las siguientes entidades: el Ente Público RTVCLM (con una
desviación de un 9%), RCM (38%), CMT (18%) y el ISFOC (3%). También se produjeron
desviaciones, aunque en menor medida, en GEACAM (0,5%).
En el caso del ISFOC, el citado exceso (18 miles de euros) es debido principalmente al gasto
correspondiente a la devolución parcial de la paga extra del año 2012, no habiéndose procedido
durante el año 2015 a la contratación de personal.
En el caso de Infraestructuras del Agua, si bien el gasto de personal se mantuvo por debajo de la
cuantía presupuestada para este concepto, en el informe de control financiero realizado por la
IGCA en junio de 2017 se pone de manifiesto que se abonaron erróneamente en los meses de
marzo y octubre de 2015 y mayo de 2016 la parte de la paga extraordinaria no recibida en 2012,
calculándose los importes sin aplicar la reducción del 5% prevista en la Ley 9/2010, de modificación
de la Ley 5/2009, de 17 de diciembre, de PG de CLM para el año 2010, por lo que correspondería
la deducción de las cantidades percibidas en exceso o su reintegro tal y como se recomienda en el
citado informe. En relación con ello, la Entidad ha indicado que en las nóminas de marzo de 2017
se procedió al reintegro mediante compensación de las cantidades correspondientes. Junto a lo
anterior, el informe también recoge que esta Entidad ha aprobado incrementos retributivos en
diciembre de 2015 y en marzo de 2016 para todos sus trabajadores por encima del límite fijado en
la LP (excluido el personal con contrato de alta dirección), no habiendo solicitado y obtenido el
informe previo y preceptivo sobre modificaciones que tengan repercusión en el gasto público en
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 69
relación con la plantilla de personal a la dirección general competente en materia de presupuestos
fijado en el artículo 33 de la LP para 2015 y el 41 de la LP para 201626.
Por otra parte, en el sector empresarial, las indemnizaciones al personal en el ejercicio 2015,
registradas de forma individualizada en las cuentas anuales del sector público analizado en este
apartado, son las siguientes:
CUADRO Nº 38. INDEMNIZACIONES AL PERSONAL
(miles de euros)
Denominación 2015
Ente Público RTVCLM
197
CMT
517
RCM
131
GEACAM
2
Total
847
A continuación se analizan con mayor detalle la gestión de personal del Grupo Ente Público
RTVCLM y GEACAM.
Grupo Ente Público RTVCLM
El gasto de personal en el ejercicio 2015 del Ente y de sus dos sociedades ha sido superior al
presupuesto aprobado para esta partida de gasto, siendo este incremento de un 9% en el Ente
Público RTVCLM, de un 18% en la CMT y de un 38% en la RCM, incumpliéndose por lo tanto con
la limitación cuantitativa sobre gastos de personal establecida en la DA 9ª.2 de la LP para 2015.
Si bien cada una de las tres entidades ha aludido en las respectivas memorias de sus cuentas
anuales a las provisiones por litigios, así como a una presupuestación global deficiente, como
causas parciales de estas desviaciones, el coste salarial viene superando cada año las previsiones
presupuestadas.
El artículo 6.f) de la Ley 3/2000, de 26 de mayo de creación del Ente Público RTVCLM, atribuye al
Consejo de Administración la aprobación, con carácter definitivo, de las plantillas del EP y sus
sociedades y el régimen retributivo de su personal. Las plantillas aprobadas, en julio de 2010,
recogen un total de 359 efectivos, pero la plantilla real viene superando a la aprobada. En el caso
de CMT, a lo largo de 2015 tuvieron lugar un total de 102 contratos temporales, sin que conste la
26 El Director Gerente de Infraestructuras del Agua indica en las alegaciones que las adecuaciones/actualizaciones
retributivas de diciembre de 2015 (consistente en un complemento de productividad para todo el personal de la entidad
equivalente al 50% de la nómina bruta del mes de diciembre) y marzo de 2016 (acomodación de las retribuciones de todo
el personal a las percibidas por otros organismos, entidades o empresas públicas análogos) están justificadas, siendo de
acuerdo a derecho y, que dada la naturaleza de las mismas, es innecesario solicitar el informe de la dirección general
competente. Sin entrar a valorar la calificación de los incrementos acordados como adecuaciones/actualizaciones
retributivas, ni el carácter justificado de las mismas en comparación con las retribuciones de otros entes de la CA, lo que
se pone de manifiesto en este caso es la necesidad de solicitar el informe a que se refieren los artículos 33 de la LP para
2015 y 41 de la LP para 2016. Respecto a ello, tal como recoge el informe de control financiero, cabe señalar que el
artículo 33 de la LP para 2015 somete a informe previo favorable de la dirección general competente en materia de
presupuestos “la determinación o modificación de las condiciones de trabajo, así como las modificaciones de la plantilla
presupuestaria y, en general, todas aquellas que tengan repercusión en el gasto público en relación con la plantilla del
personal”, sin establecer excepciones al tipo de actuación que tenga repercusión en dicho gasto público de personal. Por
su parte, el artículo 41 de la LP para 2016 requiere igualmente dicho informe previo favorable cuando se pretenda
”formalizar un acuerdo, convenio, pacto o instrumento similar cuyo contenido implique obligaciones económicas que
conlleven, directa o indirectamente, un incremento del gasto público en materia de costes de personal”, siendo evidente
que en este caso se produjo dicho incremento, con independencia de que no se superara el límite de gastos de personal
establecido para dicha entidad, lo cual resulta lógico, pues de lo contrario se carecería además de consignación
presupuestaria.
70 Tribunal de Cuentas
solicitud, con carácter previo, del informe al que alude el artículo 38 de la LP para 2015, a emitir por
la Dirección General de Presupuestos.
Por otro lado, desde el dictado de la Ley 3/2000, el régimen retributivo del Grupo no ha sido
aprobado en los términos en ella previstos.
Las retribuciones del personal directivo de libre designación, tanto el existente a 1 de enero de
2015 como el nombrado con posterioridad durante el ejercicio, carecen de autorización de la
Consejería de Economía y Hacienda conforme disponen los artículos 8 del TRLH y 29 de la LP
para 2015, salvo en el caso de la Directora del Ente Público RTVCLM27.
La contratación de servicios a través de la suscripción reiterada de contratos mercantiles al menos
desde 2007 ha generado un importante número de reclamaciones judiciales solicitando el
reconocimiento del carácter laboral y no mercantil del objeto de los mismos. En particular, el
despido de trece trabajadores en septiembre de 2015, reconocido como improcedente mediante
actos de conciliación, ha supuesto para CMT el pago de indemnizaciones por importe de 140 miles
de euros, así como el pago con carácter retroactivo, con el tope de cuatro años, de las cotizaciones
a la Seguridad Social por 296 miles.
El cese entre agosto y septiembre de 2015 de 17 trabajadores dio lugar a reclamaciones judiciales
que han concluido con el reconocimiento por parte del Ente Público RTVCLM del despido como
improcedente mediante actos de conciliación, salvo en uno de los casos que se reconoció por
sentencia, habiéndose pagado finalmente en 2016 indemnizaciones por importe de 284 miles de
euros.
El Tercer Convenio Colectivo de RTVCM, que continúa vigente al cierre de esta fiscalización,
regula las relaciones laborales entre el Grupo y su personal, salvo las exclusiones que en él se
enumeran y que tienen en común el carácter temporal de la prestación laboral o de servicios. En
relación con el mismo debe destacarse lo siguiente:
El “complemento de edición, presentación y coordinación de equipos”, regulado en el artículo
46.2, figuraba en nómina con el nombre de “complemento de puesto”, sin estar cuantificado en
dicha norma ni haberse pactado o regulado los porcentajes que se vienen aplicando.
El funcionamiento de las bolsas de trabajo previstas en el artículo 36.1 del citado Convenio
Colectivo para cubrir las necesidades temporales del Grupo no ha sido objeto de regulación hasta
junio de 2016.
El artículo 45.3 regula el incremento del salario base mediante la aplicación de la desviación
del IPC real producido en el año anterior. Paralelamente, las sucesivas LLPP para los ejercicios
2014 y 2015 prohibieron expresamente tales incrementos. En el ejercicio fiscalizado, el índice
negativo de dicho indicador ha hecho que no se produzca ninguna variación. Sin embargo, en 2014
su incremento fue del 0,3%.
En materia de gastos de locomoción, el artículo 53 establece las cantidades a abonar por
kilometraje en función de la casuística establecida, siendo la retribución, en todos los casos,
superior al importe considerado exento en la normativa reguladora del IRPF. Sin embargo, el abono
se hace considerando las cantidades en su totalidad exentas de gravamen, pese a que, en 2015, el
Grupo debería haber practicado retenciones sobre una base aproximada de 7 miles de euros.
27 En las alegaciones se reitera el argumento expuesto para el caso del Director del IPEX, por lo que se remite a lo dicho
en la nota 25.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 71
GEACAM
GEACAM experimenta un incremento tanto de sus gastos de personal como de sus efectivos
durante el ejercicio 2015. En el caso de estos últimos, la ejecución de las diferentes encomiendas
de gestión genera la necesidad de celebrar contrataciones indefinidas de carácter discontinuo,
además de acudir a otras formas temporales de contratación de refuerzo.
De los expedientes objeto de revisión se ha constatado que:
Se ha procedido el 1 de enero de 2015 a la transformación de 16 contratos de trabajadores
temporales en fijos discontinuos, basándose, según sus informes jurídicos, en la no incursión en
supuestos de fraude de ley, sin haberse solicitado la autorización de la Dirección General de
Presupuestos que establece el artículo 38 de la LP para 2015, ni el informe, también preceptivo en
los casos de modificación de plantilla o de las condiciones de trabajo, regulado en el artículo 33 de
la citada Ley. No obstante, este cambio de modalidad contractual no ha sido plasmado en nuevos
contratos.
Al menos trece contratos de personal laboral temporal rubricados a lo largo del ejercicio no
contaban con la autorización de la Dirección General de Presupuestos prevista en el citado artículo
38 y uno la recibió a posteriori.
D) FUNDACIONES
Los gastos de personal y número de efectivos de las fundaciones a las que se hace referencia en el
epígrafe II.5.2 presentan la siguiente evolución durante los ejercicios 2014 y 2015:
CUADRO Nº 39. GASTOS DE PERSONAL Y EFECTIVOS. SECTOR PÚBLICO FUNDACIONAL
(miles de euros y número de efectivos)
Denominación Gastos personal Efectivos
2014 2015 2014 2015
Fundación Centro de Innovación de Infraestructuras Inteligentes (*) 801 857 16 17
Fundación Cultura y Deporte de CLM 529 458 22 17
Fundación del Hospital Nacional de Parapléjicos para la
Investigación y la Integración (*) 1.084 1.079 38 45
Fundación Parque Científico y Tecnológico de CLM (*) 1.398 1.325 34 31
Fundación Sociosanitaria de CLM 6.010 6.457 219 222
Resto de fundaciones 1.049 712 23 16
Total 10.871 10.888 352 348
(*) Las cifras de número de empleados hacen referencia a la media de efectivos.
Los gastos de personal de las fundaciones han aumentado ligeramente con respecto del ejercicio
anterior. Cabe señalar que la Fundación Jurado Arbitral Laboral CLM ha ejecutado unos gastos de
personal superiores a los aprobados para el ejercicio, incumpliendo la limitación cuantitativa
dispuesta en la DA novena de la LP para 2015. Así mismo, incrementaron sus costes de personal
las fundaciones Centro de Innovación de infraestructuras Inteligentes y Tierra de Viñedos, si bien
estas fundaciones no cuentan con presupuesto de explotación y capital aprobado en la LP para
2015.
72 Tribunal de Cuentas
II.7.3. Transparencia
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno supuso un importante avance en materia de publicidad activa (difusión de información sin
necesidad de una solicitud concreta de los administrados) y pasiva (derecho de acceso a la
información pública), reforzando las obligaciones que ya existían para determinados sujetos en el
ordenamiento jurídico.
Si bien las disposiciones en materia de buen gobierno son de aplicación con carácter general
desde el momento de la entrada en vigor de la Ley, las CCAA disponían de un plazo máximo de
dos años para adaptarse al resto de las obligaciones que contiene la norma. CLM ha llevado a
cabo durante este período diversas actuaciones al respecto, culminando con la aprobación de la
Ley 4/2016, de 15 de diciembre de Transparencia y Buen Gobierno de CLM.
Así mismo, con fecha 30 de diciembre de 2015, se formalizó un convenio con el Consejo de
Transparencia y Buen Gobierno por el que, conforme a la DA 4ª de la Ley 19/2013, se atribuía a
este el ejercicio de la competencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo
24 de la citada Ley, respecto de las resoluciones dictadas por la Administración de la CA y su
sector público. Con fecha 21 de junio de 2016 se constituyó la comisión de seguimiento prevista en
la cláusula séptima del citado convenio.
En 2015, se habrían presentado cuatro reclamaciones ante el citado Consejo, las cuales fueron
inadmitidas.
Finalmente, cabe señalar que, a 15 de julio de 2017, la página web de transparencia y buen
gobierno del SESCAM no contenía la información económica y presupuestaria preceptuada por la
Ley 19/2013. El IPEX tampoco incluía, en su página web, información sobre las subvenciones
concedidas en régimen de concurrencia, cuyo importe ascendía a 1.018 miles de euros.
II.7.4. Medidas contra la morosidad en el sector público
La reducción de la morosidad constituye un elemento fundamental a efectos del cumplimento de los
objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Administraciones públicas.
De acuerdo con el artículo 4 de la LOEPSF, se entiende por sostenibilidad financiera la capacidad
para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit, deuda
pública y morosidad de deuda comercial.
Se entiende que existe sostenibilidad de la deuda comercial, cuando el periodo medio de pago a
los proveedores no supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad.
A) OBLIGACIONES RECOGIDAS EN LA LOEPSF
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.6 de la LOEPSF, todos los entes integrados a efectos
de contabilidad nacional en el sector Administraciones públicas deben publicar su periodo medio de
pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluya, al menos, información relativa
a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo
que fija la normativa sobre morosidad. Cuando el período medio de pago, de acuerdo con los datos
publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración ha
de incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada
publicación, como parte de dicho plan, medidas relacionadas con:
El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder
reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad.
El compromiso de adoptar medidas cuantificadas de reducción de gastos, incremento de
ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 73
necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo
que fija la normativa sobre morosidad.
En este sentido, el RD 635/2014, de 25 de julio, desarrolla la metodología de cálculo del periodo
medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y las condiciones y el
procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación, previstos en la LOEPSF.
El período medio de pago definido en esta norma mide el retraso en el pago de la deuda comercial
en términos económicos, como indicador distinto respecto del periodo legal de pago establecido en
la legislación de contratos y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen
medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
En el cuadro siguiente se muestra el periodo medio de pago mensual del conjunto de entidades
pertenecientes al sector público de CLM, en términos del SEC 2010, y el medio de las CCAA:
CUADRO Nº 40. COMPARATIVA PMP (EN DÍAS) CLM-CONJUNTO DE CCAA
Año 2015 CLM (*) Total CCAA Diferencia
Enero
36,80
50,55
(13,75)
Febrero
39,39
55,31
(15,92)
Marzo
43,39
59,73
(16,34)
Abril
29,41
52,83
(23,42)
Mayo
27,39
45,20
(17,81)
Junio
16,41
40,96
(24,55)
Julio
15,76
44,95
(29,19)
Agosto
24,25
48,71
(24,46)
Septiembre
27,60
55,48
(27,88)
Octubre
31,62
58,06
(26,44)
Noviembre
34,65
61,62
(26,97)
Diciembre
27,39
51,12
(25,43)
(*) Las Fundaciones Patronato de la Semana de Música Religiosa de Cuenca, Hospital Nacional de Parapléjicos y
Cultura y Deporte de CLM, no remitieron los datos correspondientes durante el ejercicio.
A lo largo del ejercicio se observa que el periodo de pago a los proveedores de la CA superó en
varias ocasiones los 30 días durante dos meses consecutivos, no habiendo constancia de que por
parte del MINHAP se hubiese formulado una comunicación de alerta como medida automática de
prevención tal y como establece el artículo 18.4 de la LOEPSF. Tampoco ha quedado constancia
de la toma de medidas sobre la tesorería por parte de la CA, la cual, como ya se indicó, no contaba
con un plan de tesorería aprobado por el Consejo de Gobierno, tal como establece el artículo 62.3
del TRHL, ello sin perjuicio de la información sobre esta materia remitida al MINHAP en virtud de lo
dispuesto en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones
de suministro de información previstas en la LOEPSF.
El importe total de la deuda comercial a diciembre de 2015 era de 216.094 miles de euros. En el
ejercicio se pagaron obligaciones por importe de 1.951.769 miles de euros, de los que 1.084.803
miles correspondieron a obligaciones que, encontrándose pendientes de pago, habían superado en
más de 30 días el plazo máximo de la normativa de morosidad durante dos meses consecutivos.
Los retrasos en el pago de las deudas comerciales ha supuesto que en el ejercicio fiscalizado, en el
caso del SESCAM, las obligaciones reconocidas por intereses de demora ascendieran a 16.017
miles de euros.
La LO 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público establecía,
en su DA tercera, que en las entidades de las Administraciones Públicas no sujetas a auditoría de
cuentas se debían efectuar anualmente los trabajos de control precisos para, mediante técnicas de
74 Tribunal de Cuentas
auditoria, verificar la existencia de obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios
recibidos para los que no se ha producido su imputación presupuestaria, sin que la CA haya
acreditado su realización28.
Sector público empresarial
Todas las entidades que han rendido cuentas en 2015 incluyen la información correspondiente
respecto a su periodo medio de pago a proveedores, indicando que esta se presenta según la DA
tercera “deber de información” de la Ley 15/2010 de 5 de julio en su redacción dada por la Ley
31/2014, de 3 de diciembre, y la Resolución, de 29 de enero de 2016, del ICAC. Sin embargo, en
relación con esta última, cabe señalar que el artículo 2 de la misma establece su aplicación
obligatoria a todas las sociedades mercantiles españolas, salvo para las sociedades mercantiles
encuadradas en el artículo 2.1 de la LOEPSF.
Atendiendo a la información de sus cuentas anuales, en el siguiente cuadro se muestran las
empresas con un período de pago a proveedores más elevado:
CUADRO 41. PMP SECTOR EMPRESARIAL
Denominación PMP durante el ejercicio
(días)
Ente Público RTVCLM 85,41
CMT 85,41
RCM 85,41
GEACAM 74,32
Sector público fundacional
Atendiendo a la información de sus cuentas anuales, en el siguiente cuadro se muestran aquellas
con un período de pago a proveedores más elevado:
CUADRO Nº 42. PMP SECTOR FUNDACIONAL
Denominación PMP durante el ejercicio
(días)
Fundación Cultura y Deporte de CLM 30,74
Fundación del Hospital Nacional de Parapléjicos 78
Fundación para la Promoción de CLM 38,5
28 Pese a lo señalado en las alegaciones, el artículo 102 del TRLH indica que están sometidas a la auditoría anual de sus
cuentas las entidades y empresas públicas, así como las fundaciones y consorcios que integran el sector público
regional, sin hacer mención ni a la Administración General ni a los organismos autónomos. En el mismo sentido se
expresa la DA quinta de la Ley de Presupuestos de CLM para 2015. Por tanto, las comprobaciones recogidas en la DA 3ª
de la LO 9/2013 procederían para la Administración General y los organismos, que no fueron objeto de auditoría anual de
sus cuentas.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 75
B) MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA LIQUIDEZ
Mediante el RD-L 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las
CCAA y entidades locales y otras de carácter económico, con entrada en vigor el 31 de diciembre
de 2014, se crea el Fondo de Financiación a CCAA, estructurado en cuatro compartimentos con
características y condiciones propias: Facilidad Financiera, FLA, Fondo Social y Fondo en
liquidación para la Financiación de los Pagos a los Proveedores de CCAA.
En 2015, el Fondo de Financiación se ha instrumentado mediante los Acuerdos de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 19 de febrero, 23 de julio y 20 de noviembre,
todos ellos del citado año. Según datos del informe sobre los mecanismos de financiación de
CCAA, balance 2012-2015, la asignación de recursos para CLM en el ejercicio fiscalizado ascendió
a un total de 1.329.112 miles de euros, con el detalle que figura a continuación y cuya obtención
requirió entre otros requisitos, la previa adhesión al punto general de entrada de facturas
electrónicas de la AGE acordada por el Consejo de Gobierno de CLM el 11 de septiembre de 2014.
FLA
La adhesión de CLM al compartimento FLA 2015 y el compromiso de cumplir lo dispuesto en la
normativa de aplicación, se produjo por acuerdo de Consejo de Gobierno de 11 de marzo de 2015.
El citado RD-L establecía en su DA sexta que el plazo de solicitud de adhesión para el año 2015 a
cualquiera de los compartimentos del Fondo de Financiación debería de ser presentada antes del
20 de enero de 2015, presentándose dicha solicitud por CLM el día anterior.
De los fondos recibidos del FLA en 2015, 798.282 miles de euros se destinaron a la cancelación de
deudas con proveedores, 473.059 miles a amortizaciones de deuda y 34.867 miles a intereses
asociados a los vencimientos de deuda, no destinándose por tanto ningún importe a la devolución
de las liquidaciones negativas 2008-2009. El total recibido por la CA a través del FLA 2015
ascendió a 1.306.208 miles de euros.
Compartimento Fondo Social.
La adhesión a este Fondo podía ser solicitada por aquellas CCAA que tuvieran obligaciones
pendientes de pago con las Entidades Locales, que fueran vencidas, líquidas y exigibles a 31 de
diciembre de 2014, derivadas de convenios suscritos en materia de gasto social y otras
transferencias en materia de gasto social. CLM se acogió a este compartimiento, recibiendo 22.904
miles de euros. Según el año de contabilización, la mayor parte de las operaciones se refieren al
ejercicio 2014 (18.380,71 miles de euros), y según la finalidad del gasto, el 91,16% (20.880,12
miles de euros) de los pagos fueron destinados a atender servicios sociales.
El Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que aprueba la adhesión al compartimento citado y se
asumen los compromisos recogidos en el RD-L 17/2014 fue de fecha 5 de febrero de 2015.
Compartimento Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a los Proveedores de
CCAA
Como ya se puso de manifiesto en Informes anteriores sobre la CA, del análisis de la evolución de
las cuentas contables que recogieron los movimientos de los fondos recibidos durante la vigencia
de este mecanismo, se apreció la existencia de errores por pagos duplicados, así como
actuaciones pendientes en relación con el seguimiento de la correcta imputación presupuestaria de
los mismos. Así, las siguientes cuentas utilizadas para reflejar los movimientos generados por los
pagos e ingresos derivados del mecanismo, presentaban aún saldos al cierre del ejercicio 2015:
La cuenta deudora “deudores por pagos duplicados mecanismos pago a proveedores” de la
Junta presentaba un saldo de 959 miles de euros, frente a los 1.348 miles de euros del cierre
anterior, habiéndose contabilizado en el ejercicio un importe de 12 miles de euros de nuevos pagos
76 Tribunal de Cuentas
duplicados detectados. En el SESCAM, el saldo de la misma cuenta, al cierre del ejercicio
fiscalizado, era de 601 miles de euros.
La cuenta acreedora “Pagos pendientes de aplicación-ICO Proveedores” mantenía saldos al
cierre del ejercicio, en la Junta (940 miles de euros), en el SESCAM (343 miles de euros) y en el
IMUJ (16 miles de euros). En consecuencia, la imputación presupuestaria de estos importes no se
había producido aún al cierre de 2015, si bien del proceso de depuración emprendido se deduce la
reducción de los saldos pendientes de la JCCM, en relación con el cierre de 2014, ya que dicha
cantidad ascendía a 962 miles de euros. En el caso del IMUJ no se habría producido variación en
los últimos ejercicios y en el SESCAM el saldo final se habría incrementado en 3 miles de euros.
Además, en 2015 la JCCM ha procedido a la regularización contable de las deudas de empresas y
fundaciones del sector público regional asumidas e incluidas en el mecanismo de pago a
proveedores y FLA, mediante la anulación de otras obligaciones pendientes de pago (por
subvenciones nominativas u otras actuaciones) por importe de 45.638 miles de euros, al practicar
las compensaciones de los créditos derivados de dicha asunción. El retraso en llevar a cabo estas
operaciones supuso ofrecer una imagen de mayor endeudamiento en la Administración General
que el realmente existente.
La deuda total viva a 31 de diciembre de 2015 con motivo de la adhesión a los mecanismos
extraordinarios de liquidez ascendía a 8.531.011 miles de euros según los datos de Banco de
España. Sin embargo, la contabilidad de la JCCM registra 8.667.755 miles de euros, debiéndose la
diferencia tanto a devoluciones o correcciones realizadas como a la inclusión de 138.704 miles de
euros correspondientes al FLA 2015 que habrían sido recibidos en 2016.
Otras medidas de liquidez
El 31 de julio de 2014 la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos aprobó la
ampliación en un año del período de carencia de la amortización del principal de los préstamos
formalizados por las CCAA con cargo al FLA del año 2012, cuyo período de amortización se
iniciaba en 2015. Adicionalmente, la DA séptima del RD-L 17/2014 dispuso que, durante el ejercicio
fiscalizado, no se abonarían vencimientos de principal de operaciones formalizadas en años
anteriores con cargo al extinto Fondo de Financiación a Proveedores. En 2015, los aplazamientos
realizados a CLM ascendieron a cerca de 496 millones de euros.
Planes de ajuste
En relación con la condicionalidad para el acceso a los mecanismos extraordinarios de financiación,
de conformidad con la normativa anterior, en vigor hasta el 31 de diciembre de 2014 (RD-L
21/2012), si la CA ya tuviera aprobado un plan de ajuste como consecuencia del acceso a otros
mecanismos adicionales establecidos por el Estado, debía acordarse con el MINHAP las
modificaciones necesarias para el cumplimiento de los nuevos compromisos adquiridos.
Por su parte, el RD-L 17/2014 solo mantiene la obligación de la aprobación de un plan de ajuste
para el compartimiento FLA, indicando la no necesidad para el compartimento Facilidad Financiera
y sin establecer disposición alguna en el caso del Fondo Social.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 77
Del análisis del plan vigente en el ejercicio 2015, elaborado por la CA para la percepción de fondos
del compartimento FLA, donde esta se compromete a adoptar medidas suficientes para garantizar
el cumplimiento de los objetivos derivados de la LOEPSF para 2015, se deduce que:
En relación con las medidas que permitiesen garantizar el cumplimiento del objetivo de
estabilidad presupuestaria, cabe remitirse a lo señalado en el epígrafe II.6.3 de este Informe.
La necesidad de acuerdos de no disponibilidad no figura hasta el plan de ajuste presentado
para garantizar el cumplimiento de los objetivos de 2016. Sin embargo, en 2015 fue necesario
adoptar este tipo de acuerdos, dada la evolución de los gastos e ingresos presupuestarios.
De la parte dedicada a las reformas estructurales relativas al crecimiento económico y
creación de empleo, se incluyen medidas desglosadas por consejerías pero no un calendario de
implantación debidamente detallado. Así mismo el plan tampoco informa de los indicadores que
permitirían medir su grado de realización.
Se incluye información sobre las medidas previstas o adoptadas para reducir el periodo
medio de pago a proveedores, incluyendo la descripción de la medida y la cuantificación de su
efecto.
En lo relativo a las medidas para fomentar la reestructuración administrativa, el plan
presentado contiene el compromiso de la reducción en el número de entes según los planes de
reordenación y otras medidas adicionales adoptadas por las CCAA en el marco del Acuerdo de 17
de enero de 2012 del CPFF. La evolución del número29 de entes incluida en el plan de ajuste para
evaluar la condicionalidad fiscal de los mecanismos de apoyo a la liquidez (elaborado por la propia
CA), ha sido la siguiente:
CUADRO Nº 43. EVOLUCIÓN DE ENTES DE CLM PLAN AJUSTE
(número)
OOAA y otros entes
públicos Consorcios Fundaciones y
otras instituciones
sin ánimo de lucro
Sociedades
Mercantiles Total Entes
01.07.2010 16 14
28 24 82
01.01.2014 9 6
17 14 46
01.01.2015 9
6
16 10 41
01.01.2016 9 3
13 9 34
No obstante la información anterior del plan de ajuste, según el Informe del MINHAP sobre los
procesos de reordenación, relativo a la situación vigente a 1 de enero de 2016, la reducción neta
efectiva (incluidos los procesos en curso) a dicha fecha, ascendería a un total de 52 entes30, frente
al compromiso inicial (actualizado a 1 de enero de 2012) de la CA, de reducción de 44 entes, por lo
que el porcentaje ejecutado sobre el compromiso inicial alcanzaba el 118%. De los citados 52
entes, 4 se encontraban a 1 de enero de 2016 en estadios muy próximos a la extinción.
29 Este número es independiente del ámbito subjetivo de la fiscalización y del expresado en el subapartado II.1 de este
Informe.
30 Esta cifra, como se puede apreciar, difiere de la incluida en el plan de ajuste para evaluar la condicionalidad fiscal de
los mecanismos de apoyo a la liquidez elaborado por la propia CA.
78 Tribunal de Cuentas
La importancia relativa de la reducción comprometida del sector público instrumental de la CA
sobre la situación a enero de 2016 era del 63%, siendo los efectos del proceso de reordenación
ejecutado a dicha fecha (incluyendo procesos en curso), según datos del MINHAP, los que se
reproducen en el cuadro siguiente:
CUADRO Nº 44. EFECTOS POR BAJAS NETAS EFECTIVAS ENERO DE 2016
(miles de euros)
Coste reordenación 4.249
Ingresos de la reordenación 875
Reducción neta de personal (nº) 261 efectivos
Coste anual personal suprimido 7.612
Ahorro en 2014 respecto de 2013 (datos reales) (207)
Ahorro en 2015 respecto de 2014 (datos avance) 90
Ahorro real para período 2011-2015 por bajas netas efectivas 36.424
Adicionalmente al plan llevado a cabo, al igual que en el Informe de fiscalización del ejercicio 2014,
se plantea la relación coste/eficacia que reporta a la CA la existencia de determinadas entidades,
para las que no se ha acreditado la realización de estudios al efecto por parte de CLM. Así, el Ente
Infraestructuras del Agua y el OA Agencia del Agua tienen en común, respectivamente, la función
de ejecución y gestión de infraestructuras hidráulicas y la función de financiación de tales
infraestructuras, inicialmente encomendada al Ente, pero que perdió su eficacia en virtud del
convenio entre la Consejería de Hacienda y la Agencia citada, de fecha 27 de septiembre de 2013.
Por otro lado, Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración y la
Fundación Sociosanitaria de CLM se dedican a actividades de investigación, por lo que la
integración de una dentro de la otra reduciría costes generales.
Finalmente, no consta que haya sido emitido por la IGCA (y remitido al MINHAP como parte
integrante de la información mensual sobre el seguimiento de la ejecución y grado de implantación
de las medidas del plan de ajuste), el informe al que hace referencia el artículo 10.2 de la Orden
HAP/2105/2012, y que debe ser tenido en cuenta por este al elaborar los informes de seguimiento.
II.7.5. Igualdad efectiva de mujeres y hombres
A) MARCO GENERAL
La legislación particular de la CA y los órganos encargados específicamente de la aplicación de las
políticas de igualdad durante el ejercicio fiscalizado, se recogen a continuación:
Ley 5/2001, de 17 de mayo, de prevención de malos tratos y de protección a las mujeres
maltratadas de CLM.
Decreto 38/2002, de 12 de marzo, de las Consejerías de Bienestar Social e Industria y
Trabajo, para la aplicación de la Ley 5/2001, de 17 de mayo, de prevención de malos tratos y de
protección a las mujeres maltratadas.
Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de creación del IMUJ de CLM.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 79
Decreto 252/2003, de 29 de julio (modificado en octubre de 2015), por el que se establecen la
organización y funciones del IMUJ de CLM.
Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de CLM.
Decreto 14/2012, de 26 de enero, por el que se modifica el Decreto 279/2011, de 22 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los
órganos integrados en la Presidencia de la JCCM.
El IMUJ de CLM, de acuerdo con la Ley 22/2002, es el órgano encargado específicamente de la
aplicación de las políticas de igualdad, sin perjuicio de las actuaciones de carácter transversal que
se desarrollan por el resto de unidades de la Administración regional. Durante el ejercicio
fiscalizado disponía de un presupuesto definitivo de 14.866 miles de euros, del cual derivaron unas
obligaciones finalmente reconocidas por importe de 14.338 miles.
B) CIFRAS SOBRE IGUALDAD
Se recoge a continuación la distribución de los efectivos de la CA entre mujeres y hombres al cierre
del ejercicio fiscalizado, según datos del Registro Central de Personal del MINHAP a 1 de enero de
2016:
CUADRO Nº 45. EFECTIVOS DE CLM. DISTRIBUCIÓN ENTRE HOMBRES Y MUJERES
(en porcentaje)
Consejerías y sus OOAA Docencia
no Universitaria
Instituciones
Sanitarias Total
Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer
48 52 36 64 29 71 35 65
El siguiente estado refleja la distribución por sexo de los altos cargos de la CA, la composición del
Parlamento autonómico y de los consejos de administración del IPEX y de las empresas públicas:
CUADRO Nº 46. DISTRIBUCIÓN ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN LA ADMÓN. AUTONÓMICA,
PARLAMENTO AUTONÓMICO Y S. REGIONALES
(en porcentaje)
Administración y puesto Mujeres Hombres
Administración Autonómica Consejeras/os 57 43
Viceconsejerías, Direcciones y Secretarías Generales 37 63
Parlamento Autonómico Diputadas/os 45 55
Sociedades regionales Miembros Consejos Administración (*) 40 60
(*) Los datos corresponden a las empresas GEACAM y GICAMAN
De los datos expuestos en el cuadro anterior, se aprecia la composición equilibrada, conforme se
define en la DA primera de la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
80 Tribunal de Cuentas
hombres (las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean menos del 40% en el conjunto de
que se trate) en los consejeros de la Administración Autonómica, y miembros del Parlamento y de
los consejos de administración de las sociedades regionales.
C) ACTUACIONES
El artículo 12 de la Ley de CLM 12/2010 establece que el Plan Estratégico para la Igualdad de
Oportunidades, aprobado por el Consejo de Gobierno, es el instrumento del que se valdrán las
Administraciones Públicas para alcanzar el objetivo de igualdad efectiva de mujeres y hombres y la
eliminación de la discriminación por razón de sexo, desarrollando las acciones y medidas previstas
en esta Ley.
La CA cuenta con un Plan Estratégico para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres,
con vigencia para el periodo 2011-2016, aprobado en marzo de 2011. En dicho documento se
recoge la evaluación del mismo, contemplando tanto los objetivos como el momento de realizarla,
distinguiendo entre el seguimiento del plan y su evaluación.
El seguimiento se viene realizando anualmente, recogiéndose una evaluación intermedia que
abarcó el periodo de 2011-2013 (realizada en el primer semestre del 2014) y una evaluación final.
Tanto para el seguimiento anual como para la evaluación se constituyó una comisión
interconsejerías.
II.7.6. Subvenciones
A) ASPECTOS GENERALES
La normativa básica por la que se rigen las ayudas y subvenciones públicas concedidas por CLM
es la siguiente:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo ámbito de aplicación
subjetivo incluye a todas las Administraciones públicas, constituyendo legislación básica los
preceptos señalados en su DF primera.
TRLH.
RD 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de
Subvenciones.
Decreto 21/2008, de 5 de febrero, que aprueba el Reglamento de desarrollo del TRLH en
materia de subvenciones.
Decreto 89/2003, de 27 de mayo, sobre presentación de solicitudes de subvenciones, ayudas
públicas o prestaciones de servicios sujetos a convocatorias públicas (derogado parcialmente por el
Como ya se indicó en el apartado II.2.1, el contenido de la Cuenta General presenta omisiones de
algunos apartados de la memoria, que deberían contener información considerada de relevancia,
como es el caso de la referente a la ejecución de transferencias y subvenciones. En particular, de
la información de la citada Cuenta no resulta posible clasificar las subvenciones según los
diferentes procedimientos de concesión establecidos en el artículo 75 del TRLH y desarrollados en
los artículos 34 y siguientes del Decreto 21/2008.
El título tercero del TRLH, dedicado a las subvenciones, no contiene ningún precepto similar al
previsto para la Administración estatal por la DA primera de la LGS, en la cual se establece que la
Intervención General de la Administración del Estado remitirá al Tribunal de Cuentas, de forma
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 81
anual, un informe sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados
del ejercicio del control financiero.
La Administración General de la Junta ha reconocido obligaciones en 2015 por transferencias y
subvenciones concedidas, tanto corrientes como de capital, por importe de 4.381.436 miles de
euros, un 3% más que en el ejercicio anterior, lo que supone un 57% del total de obligaciones
reconocidas con cargo al presupuesto de 2015. De dicho importe, 3.203.672 miles corresponden a
transferencias y 1.177.764 miles a subvenciones.
La distribución por capítulos de las obligaciones reconocidas por transferencias y subvenciones
concedidas por la JCCM en 2015 figura en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 47. TRANSFERENCIAS Y SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR LA JCCM
(miles de euros)
Subvenciones y
Transferencias concedidas
por la Junta de Castilla La
Mancha
Artículo
Importe
obligaciones
reconocidas en
2014
Importe
obligaciones
reconocidas en 2015
Variación
Importe Variación
2015 (%)
A OOAA de la Junta de CLM 41 + 71 2.431.667 2.645.323 213.656 9
A Empresas Públicas y
Otros EEPP de CLM 42 + 72 252.646 386.985 134.339 53
A la Admón.
del Estado,
OOAA,EEPP y Otros 43 + 73 3.214 13.575 10.361 322
A CCAA 45 + 75 2.381 0 (2.381) (100)
A Corporaciones Locales 46 + 76 92.803 111.781 18.978 20
A Empresas Privadas 47 + 77 1.018.891 781.130 (237.761) (23)
A Familias e Instituciones
sin fines de lucro 48 + 78 447.190 442.642 (4.548) (1)
Total 4.248.792 4.381.436 132.644 3
El 90% fueron transferencias y subvenciones corrientes y el resto, 10%, de capital.
El 59% de las obligaciones reconocidas corresponde a la transferencia de la JCCM al SESCAM,
mientras que las registradas en el marco de la Política Agraria Común ascendieron a 601.861 miles
de euros (14%).
En relación con el ejercicio anterior, las obligaciones reconocidas con motivo de transferencias y
subvenciones concedidas a la administración del Estado, OOAA, empresas públicas y otros entes
públicos estatales aumentaron en un 322% como consecuencia de la devolución de ingresos
finalistas no justificados que permitieron, a su vez, incrementar los créditos iniciales. Por el
contrario, las concedidas a empresas privadas han disminuido en un 23%.
82 Tribunal de Cuentas
Conforme a los diferentes procedimientos de concesión establecidos en el artículo 75 del TRLH y
desarrollados en los artículos 34 y siguientes del Decreto 21/2008, las subvenciones concedidas en
2015 por la JCCM y sus OOAA se muestran en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 48. SUBVENCIONES CONCEDIDAS POR LA JCCM Y SUS OOAA
Procedimiento de concesión Importe concedido
(miles de euros) (%)
a) Concurrencia competititva 1.052.318 89
b) Directas 125.446 11
b.1) subvenciones nominativas en LP para 2015 768
b.2) impuestas por norma de rango legal 515
b.3) excepcionales 124.163
Total 1.177.764 100
Dentro de las subvenciones concedidas en 2015 en régimen de concurrencia competitiva por la
JCCM (1.040.283 miles de euros), la Consejería de Agricultura ha gestionado el 77%, destinándose
en su mayoría a empresas dentro del marco de la Política Agraria Común.
Respecto a las subvenciones directas, un importe de 768 miles de euros venían recogidas de forma
nominativa en la LP, debiéndose a obligaciones impuestas a la Administración por una norma de
rango legal 515 miles de euros, las cuales siguen el procedimiento de concesión que resulta
aplicable de acuerdo con su propia normativa. Finalmente, se consignaron subvenciones con
carácter excepcional por un importe de 124.163 miles de euros.
B) ANÁLISIS PARTICULAR
El IPEX ha concedido en 2015 subvenciones en régimen de concurrencia por importe de 1.018
miles de euros y 90 miles en concepto de subvenciones directas previstas nominativamente en los
Presupuestos Generales de la JCCM. Solamente estas últimas constaban entre la información
ofrecida por el Portal de Transparencia del Instituto.
Las subvenciones directas concedidas se instrumentalizan en tres convenios de colaboración
firmados con la Confederación Regional de Empresarios de CLM, el Consejo Regional de Cámaras
Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de CLM y con las Cooperativas Agroalimentarias CLM.
Estas tres instituciones, que reciben de forma recurrente estas ayudas, forman parte de los órganos
rectores del IPEX.
Revisados los tres convenios se ha constatado lo siguiente:
En la documentación que debe integrar la cuenta justificativa de los tres convenios no se
incluye la relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia, exigida como consecuencia de su
carácter incompatible. La ausencia de controles en el cumplimento de este requisito ha supuesto la
imputación de un mismo gasto (por 6.627 euros) a la financiación del IPEX y al Fondo Social
Europeo. No obstante, se tramitó el oportuno expediente de reintegro sobre esta cantidad,
comunicándose a la IGCA, órgano que había advertido la incorrección, en el ejercicio de su
actividad de control.
Además se procede en los tres casos, en contra de lo que establece el artículo 77.4 del TRLH
y el 11 y siguientes del Decreto 21/2008 por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del
TRLH en materia de subvenciones, al pago de las subvenciones sin haberse comprobado si los
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 83
beneficiarios se encontraban al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la
Administración de la JCCM o si eran deudores por resolución de procedencia de reintegro.
Los tres convenios contemplan la designación de una Comisión Mixta paritaria como órgano
de control y gestión, no constando que la misma se haya reunido durante la ejecución de aquellos.
Las cuentas justificativas de dos de los convenios incluyen, entre otras, facturas exentas de
IVA por encontrarse dentro del supuesto que establece el artículo 20.1.9º. de la Ley 30/1992, hecho
que debería quedar acreditado con el correspondiente reconocimiento a estos centros educativos.
C) ANÁLISIS DE LA PLANIFICACION Y GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES
El artículo 71 del TRLH establece la necesidad, para los órganos de la Administración regional o
cualesquiera entidades que propongan el establecimiento de subvenciones, de contar, con carácter
previo, con un plan estratégico de subvenciones, donde se recojan los objetivos y efectos que
pretendan con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus
fuentes de financiación.
Así mismo, a los efectos de la publicidad de las ayudas, la CA es responsable de suministrar la
información a la Base de Datos Regional de Subvenciones de forma exacta, completa, en plazo y
respetando el modo de envío establecido con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la
normativa sobre transparencia en materia de publicidad de la información relativa a los actos de
gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria.
En relación al análisis de la ejecución de los planes estratégicos de subvenciones y el contenido de
la información recogida en la Base de Datos Regional de Subvenciones, se han detectado las
siguientes debilidades:
Con carácter general las memorias de seguimiento de objetivos aportadas son heterogéneas,
ya que la información que contienen varía de una consejería a otra. Así en algunas de ellas no
consta el grado de realización de actividades y objetivos y la justificación de la continuidad de las
actuaciones no figura en la mayoría.
Se ha constatado que las Fundaciones el Greco 2014 y Tierra de Viñedos no comunicaron a
la Base de Datos Regional de Subvenciones las entregas dinerarias sin contraprestación
concedidas por importe de 321 miles y 30 miles de euros respectivamente. Por otra parte, existe un
desfase de 400 miles de euros y 126 miles entre la información comunicada por las fundaciones
Sociosanitaria y Cultura y Deporte de CLM y la resultante de sus respectivas actividades.
La información que consta en la Base de Datos Regional de Subvenciones en materia de
prohibiciones para tener la condición de beneficiario o entidad colaboradora, es muy limitada, pues
solo constaban cuatro registros en la citada Base.
Las resoluciones de reintegro acaecidas durante 2015 no constaban en la Base de Datos
Regional de Subvenciones, al ser las diferentes consejerías las gestoras de esta información, sin
que existiera una regulación y un control para el trasvase de aquella a la citada base de datos. De
la información remitida por las consejerías, se ha constatado que, con carácter general, el
reconocimiento de los derechos a cobrar derivados del reintegro de subvenciones no se produce de
conformidad con el Documento 2, apartado 2.B.10 de los principios contables blicos, lo que
incide en el total de deudores reflejados en balance.
84 Tribunal de Cuentas
II.7.7. Gasto sanitario
A) EL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO EN CLM
El Sistema Nacional de Salud está integrado por el conjunto de los Servicios de Salud de la
Administración del Estado y de las CCAA. En CLM, en desarrollo de lo establecido por su Estatuto
de Autonomía en materia de sanidad e higiene, la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación
Sanitaria de CLM creó el SESCAM, como OA adscrito a la Consejería de Sanidad, siendo desde
enero 2002 la entidad encargada del sistema de prestaciones sanitarias públicas en la CA.
Entre las funciones de este OA se encuentran la ejecución y gestión de las prestaciones sanitarias
que le sean asignadas; la gestión, conservación y mantenimiento de los centros, servicios y
establecimientos sanitarios; la óptima distribución de los medios económicos afectos a la
financiación de los servicios y prestaciones sanitarias asistenciales; la mejora continua de la calidad
y modernización de los servicios; el estímulo a la formación continuada, la docencia y la
investigación científica; la gestión de las prestaciones farmacéuticas y complementarias que le
correspondan; y la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que le sean
asignados para el desarrollo de sus funciones.
Por lo que respecta a su organización, en el ejercicio fiscalizado se aprueba el Decreto 166/2015,
de 14 de julio, que regula la estructura orgánica y funciones del SESCAM, adaptándose a la
estructura de la Administración regional que establece el Decreto 46/2015, de 5 de julio. En el
ejercicio fiscalizado el SESCAM se estructuraba en los órganos centrales (Consejo de
Administración, Presidencia del Consejo, Dirección-Gerencia y órganos directivos dependientes de
esta) y periféricos (Gerencias de Atención Integrada, de Atención Primaria, de Atención
Especializada, de Ámbito Regional). La estructura periférica a 31 de diciembre de 2015 constaba
de 20 hospitales y 204 zonas básicas de salud (idéntica al ejercicio precedente), sin embargo el
número total de tarjetas individuales sanitarias expedidas era de 1.940.066 (44.465 menos que en
2014), estando prevista, además, la posibilidad de conciertos para la prestación de servicios
sanitarios con medios ajenos.
Según prevé el artículo 83 de la Ley 8/2000, el SESCAM está sujeto a la función interventora de
acuerdo con lo dispuesto en el TRLH. No obstante, el Consejo de Gobierno, con fecha 28 de
octubre de 2008, y en función de la habilitación conferida por ese mismo artículo, acordó someter a
control financiero permanente, como único sistema de control, a determinados órganos periféricos
del SESCAM.
B) EL GASTO SANITARIO DEL SERVICIO DE SALUD
El crédito definitivo aprobado en 2015 para la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales fue de
3.271.630 miles de euros, habiéndose reconocido unas obligaciones por importe de 3.234.772
miles, de las cuales 2.595.154 miles correspondían a transferencias y subvenciones a OOAA, con
el SESCAM como principal destinatario. El 99% de los derechos reconocidos por este Organismo
proceden de los capítulos 4 y 7 (transferencias corrientes y de capital).
El crédito final en el mismo ejercicio para el SESCAM, como sección presupuestaria independiente,
ascendió a 2.718.892 miles de euros, el cual reconoció obligaciones por importe de 2.666.490
miles. Además, durante 2015, se generaron obligaciones pendientes de imputar al presupuesto,
que quedaron contabilizadas en la cuenta 409, por un importe de 42.824 miles de euros, siendo el
primer ejercicio en el que la suma de las obligaciones reconocidas y las pendientes de imputar no
excede a los créditos disponibles del Organismo.
Se ha detectado la anulación de compromisos de gasto relacionados con el suministro de bienes,
por importe de 4.307 miles de euros, sin que se haya aportado la correspondiente documentación
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 85
que acredite la razón de ello, de lo que se deriva el riesgo de generar obligaciones que no se
pueden imputar al presupuesto por no existir crédito en el momento de recibir los bienes31.
La evolución de las obligaciones reconocidas con cargo al presupuesto del SESCAM, por capítulos,
es la que se muestra en el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 49. OBLIGACIONES POR CAPÍTULOS SESCAM 2013-2015
(miles de euros)
Capítulos 2013 2014 2015
1. Gastos de personal 1.257.264 1.264.199 1.299.519
2. Gastos corrientes en bienes y servicios 667.606 668.817 803.053
3. Gastos financieros 4.416 5.667 16.091
4. Transferencias corrientes 502.429 497.760 500.126
6. Inversiones reales 16.750 17.878 47.008
7. Transferencias de capital 2.673 560 240
8. Activos financieros 521 537 453
9. Pasivos financieros 0 0 0
Total 2.451.659 2.455.418 2.666.490
En 2015 el capítulo con más peso relativo sobre el total de obligaciones reconocidas es el de
gastos de personal, representando el 49%. A continuación se encuentran el capítulo de gastos
corrientes en bienes y servicios (30%) y el capítulo de transferencias corrientes (19%).
En el capítulo 3 se incluyen 15.545 miles de euros de intereses de demora a favor de proveedores
del Organismo derivados del reconocimiento realizado mediante sentencias judiciales.
Desde el punto de vista económico-financiero, no se encuentra estimado el importe para hacer
frente a responsabilidades probables o ciertas, procedentes, entre otros casos, de litigios en curso,
a través de la correspondiente provisión contable.
Como consecuencia de las reclamaciones de pacientes cuya tramitación llegó a su fin en 2015 con
la declaración de responsabilidad patrimonial, el Organismo ha reconocido obligaciones por un
importe de 307 miles de euros.
C) GESTIÓN DE PERSONAL DEL SESCAM
La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de
salud, dispone que la planificación de los recursos humanos en los servicios de salud se
instrumentarán principalmente a través de los Planes de Ordenación de los Recursos Humanos,
regulados en su artículo 13. En este sentido, mediante sendos Acuerdos del Consejo de Gobierno
de 21 de marzo de 2013 y de 16 de enero de 2014 , se aprueban, respectivamente, el Plan de
Ordenación de Recursos Humanos, en el ámbito de la movilidad del personal del SESCAM y el
31 En las alegaciones se señala que para evitar este tipo de situaciones, el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre, incluye
un procedimiento de formulación de contratos-programa limitativos, lo que será objeto de análisis en la fiscalización del
correspondiente ejercicio.
86 Tribunal de Cuentas
Plan de Ordenación de Recursos Humanos, en el que se determinan las medidas a adoptar
respecto al personal destinado en las Gerencias de Atención Primaria y Atención especializada de
Albacete por la implantación de la nueva Gerencia de Atención Integrada. Por Sentencias del
Tribunal Superior de Justicia de CLM números 8 y 115 de 2016, se procede a anular ambos
acuerdos.
Por su parte, la plantilla orgánica informada era de 24.656 efectivos y el número total de efectivos
que se encontraban cubriendo un puesto de plantilla ascendía a 22.798 al cierre de 2015, por lo
tanto existían 1.858 vacantes.
El artículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud, establece las clases de personal estatutario temporal. Además, el SESCAM
contaba con otro personal de carácter temporal no estatutario. El número de personas que fueron
objeto de contratos temporales durante 2015 se refleja a continuación:
CUADRO Nº 50. PERSONAL TEMPORAL (SESCAM)
Estatutarios temporales
Eventuales 4.812
Sustitución 962
Interinos 18
No estatutarios
Laboral 1.280
Propietario 102
Otros 6
Total Temporal 7.180
Del cuadro anterior se deduce que 4.812 trabajadores tenían carácter de eventual, habiéndose
constatado entre ellos diversos casos donde se produce la situación descrita en el artículo 9.3 de la
Ley 55/2003 y que hace necesario el estudio de la creación de una plaza estructural en la
plantilla32.
El artículo 38 de la LP para 2015 establecía que la contratación de nuevo personal temporal
(estatutario o laboral) se encontraba restringida exclusivamente a casos excepcionales en los que
se pretendiera cubrir necesidades urgentes e inaplazables, exigiéndose por la Orden 27 de enero
sobre normas de ejecución de los PG de la JCCM para 2015, informe previo preceptivo y
vinculante. Sin embargo, el artículo 22.4 de la Ley 1/2012 de 21 de febrero, de Medidas
Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, excepcionaba de
autorización previa a aquellas contrataciones para suplir períodos vacacionales y aquellas de
carácter urgente. Según información aportada por la CA, se llevaron a cabo un total de 50.344
contratos para cubrir este tipo de necesidades.
Por otro lado, en aquellos casos en los que atendiendo al motivo del alta no se desprenden razones
de urgencia o vacaciones, y por lo tanto se requiere informe previo preceptivo y vinculante de la
Consejería de Hacienda, se observa que la mayor parte de dichos informes favorables para la
cobertura de puestos en el ejercicio 2015, están fechados en 2016.
32 Debe indicarse que este artículo se ve afectado por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el
asunto C-16/15, de 14 de septiembre de 2016, que resuelve que la utilización de nombramientos de duración
determinada sucesivos para atender necesidades permanentes en el sector de los servicios de salud es contraria al
derecho de la Unión, lo que obligará a arbitrar soluciones para estas situaciones de temporalidad, no solo en el ámbito del
SESCAM, sino para el resto de la Admin istración Autonómica.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 87
Por lo tanto, la recurrencia a contrataciones de personal laboral o estatutario temporal, este último
con carácter de eventual, para atender necesidades coyunturales, junto con el exceso de efectivos
reales frente a la plantilla orgánica, si bien no supone un incumplimiento normativo, sí son
indicadores de necesidades permanentes que aconsejaan revisar el adecuado tamaño de las
plantillas.
Por otra parte, a 31 de diciembre de 2015 un total de 648 efectivos (544 en 2014) se encontraba
ocupando plaza en virtud de nombramiento bajo la modalidad de “promoción interna temporal”, de
los que 28 formaban parte del personal temporal. El 56% del personal realizando estas funciones
era no sanitario.
Durante el tiempo en que se realicen las funciones en promoción interna temporal, el personal
percibe las retribuciones correspondientes a las funciones efectivamente desempeñadas,
manteniéndose en servicio activo en su categoría de origen, de acuerdo con el pacto firmado entre
el SESCAM y las organizaciones sindicales, con entrada en vigor en 2009. Se aprecia el riesgo de
que los nombramientos amparados en dicha figura supongan una consolidación de hecho de
situaciones temporales del personal, pues la permanencia de al menos 87 personas en dicha
promoción superaba los dos años.
Por otro lado, en relación con la cuantía individual del complemento de productividad o concepto
equivalente, el artículo 32.4 de la LP para 2015 deroga la referencia realizada en este aspecto al
artículo 13 de la Ley de CLM 1/2012 por lo que la percepción de este complemento retributivo deja
de estar ligada al cumplimiento de objetivos de contenido económico. La nueva regulación señala
que la determinación individual de la cuantía de este complemento se efectuará dentro de las
dotaciones presupuestarias previamente acordadas y de conformidad con la normativa vigente. La
Resolución del Director Gerente del SESCAM de 26 de enero de 2015, sobre el complemento de
productividad del personal directivo de las gerencias del SESCAM, estableció una productividad
mensual y una anual, vinculando su percepción al cumplimiento de los objetivos e indicadores en
ella fijados, en el caso de la primera, y a la evaluación de los objetivos del contrato de gestión, en el
caso de la segunda. En 2015 se reconocieron obligaciones en concepto de incentivos al
rendimiento por importe de 135.815 miles de euros.
Finalmente, el coste soportado en el ejercicio en concepto de indemnizaciones abonadas como
consecuencia de sentencias condenatorias con motivo de litigios con trabajadores, o en su caso,
readmisión de estos ha sido de 297 miles de euros.
D) SOSTENIBILIDAD DEL GASTO FARMACEUTICO
La LO 6/2015, de 12 de junio, de modificación de la LO 8/1980 y de la LOEPSF, en su DF primera
modifica la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad introduciendo la transparencia y
sostenibilidad del gasto sanitario. Para ello se determina la obligación de remisión periódica de
información al MINHAP relativa al gasto farmacéutico hospitalario, gasto en productos
farmacéuticos y sanitarios (con y sin recetas médicas u orden de dispensación) y el gasto en
inversiones reales en el ámbito sanitario, así como las medidas (y grado de avance) para mejorar la
eficiencia y sostenibilidad del sistema sanitario.
Por su parte, el artículo 113 de la citada Ley crea un instrumento de apoyo a la sostenibilidad del
gasto farmacéutico y sanitario, de adhesión voluntaria, que permitiría a las CCAA adheridas
beneficiarse de los protocolos33 que se establecen en la materia. Posteriormente, por Acuerdo de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 31 de marzo de 2016, sobre
condiciones adicionales a cumplir por las CCAA adheridas al Fondo de Financiación a CCAA,
compartimento FLA 2016, se indica que aquellas que incumplieran el objetivo de déficit de 2015,
33 Protocolo de colaboración entre la AGE y Farmaindustria el 4 de noviembre de 2015, el cual tiene como principal
novedad la vinculación del gasto farmacéutico público con el PIB, para limitar el gasto, sin limitar la prestación.
88 Tribunal de Cuentas
situación en que se encontraba CLM, debían adherirse al citado instrumento de apoyo para poder
disponer de los fondos asignados para el segundo trimestre del citado 2016.
Una vez producida la adhesión al instrumento, la variación interanual a ejercicio cerrado del gasto
farmacéutico, tanto hospitalario como en productos farmacéuticos y sanitarios por recetas médicas
u orden de dispensación, y el gasto farmacéutico, tanto hospitalario como en productos
farmacéuticos y sanitarios sin recetas médicas u orden de dispensación no puede ser superior a la
tasa de referencia de crecimiento del PIB de medio plazo de la economía española previsto en el
artículo 12.3 de la LOEPSF.
E) ANÁLISIS DE DIVERSOS ASPECTOS DE LA GESTIÓN SANITARIA
1. Prescripción de medicamentos
En 2015 se ha producido un incremento del gasto correspondiente a la facturación de la prestación
farmacéutica ambulatoria por las oficinas de farmacia (455.169 miles de euros), como
consecuencia del aumento del número de recetas prescritas (hasta alcanzar los 42.353.576), según
datos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
La evolución de los datos de prescripción por principio activo, tendencia que se mantiene como
objetivo institucional, se muestra en el cuadro que figura a continuación:
CUADRO Nº 51. PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS POR PRINCIPIO ACTIVO (PA)
(miles de euros y número)
Prescripción por PA
2014
2015
Importe medicamentos facturados
518.208
518.249
Recetas de medicamentos facturadas
41.046
41.570
Recetas por PA
16.522
17.114
% Recetas por PA
40
41
Importe Recetas por PA
104.835
106.491
% Importe Recetas por PA
20
20
Por subgrupo terapéutico, los antidiabéticos orales (excluidas insulinas) suponen un incremento
presupuestario en el ejercicio de algo más de 4 millones de euros, seguidos de los antitrombóticos
(cerca de 3 millones de euros). Por el contrario, los antidepresivos y los antiinflamatorios han
descendido en algo más de 5 millones.
En 2015, el SESCAM reconoció obligaciones por importe de 478.847 miles de euros derivadas del
gasto de facturas de recetas médicas, presentadas mensualmente por los respectivos Colegios
Provinciales Farmacéuticos, habiendo sido abonadas en el ejercicio el 100%.
2. Farmacia hospitalaria
El gasto en farmacia hospitalaria se ha incrementado desde los 206.749 miles de euros de 2014 a
los 253.285 miles de 2015. El notable incremento de este gasto se debe, en parte, a la
dispensación de la terapia de la hepatitis C, cuyo coste supera los 40 millones de euros y que ha
supuesto un incremento de gasto del 644% con respecto a 2014. Durante 2015, la implantación del
plan de atención a los pacientes de esta enfermedad, en función de la normativa estatal de
obligado cumplimiento para las CCAA, ha sido una de las circunstancias que, de conformidad con
la información que consta en la Cuenta General, ha supuesto gastos no previstos y extraordinarios,
afectando al objetivo de estabilidad presupuestaria.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 89
3. Listas de espera
En el cuadro siguiente se aprecia la evolución de la lista de espera en la CLM:
CUADRO Nº 52. LISTAS DE ESPERA EN EL PERIODO 2013-2015
(número de personas)
LISTA ESPERA QUIRÚRGICA
AÑO
2013
2014
2015
TOTAL
42.710
35.125
40.184
LISTA ESPERA CONSULTAS
AÑO
2013
2014
2015
TOTAL
91.092
71.640
73.198
Según la CA, las medidas tomadas para fomentar la reducción de las listas de espera son, en
esencia, la implementación de planes de actividad quirúrgica en horario diferente al habitual y el
concierto con entidades sanitarias privadas tanto de la región como de la limítrofe Comunidad de
Madrid. Pese a ello, en 2015 se produce un incremento de dichas listas, destacando el 14% en la
quirúrgica.
4. Procedimientos de compras centralizadas
El SESCAM se adhirió a una serie de acuerdos marco del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria
(Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad), sobre contratación de determinados
productos farmacéuticos entre 2014 y 2016, no constando estimaciones de ahorro respecto al
período anterior.
Salvo los suministros correspondientes a los citados acuerdos marcos y los del contrato de
fraccionamiento de excedentes de plasma, el resto de adquisiciones de 2015 se realizaron por
procedimientos gestionados por los centros.
En 2014 se inició el expediente del acuerdo marco SESCAM 6101TO14SUM00013-AM, para la
selección de proveedores y medicamentos para este Organismo, que no se haría efectivo hasta
2016, con la correspondiente formalización del contrato.
5. Atención sanitaria con medios ajenos
El artículo 25 del presupuesto de gastos (“asistencia sanitaria con medios ajenos”) recoge el crédito
disponible para los procedimientos de hospitalización, quirúrgicos y diagnósticos, el transporte
sanitario y otras prestaciones de asistencia sanitaria.
Durante 2015, en dicho artículo se reconocieron obligaciones por importe de 156.385 miles de
euros (un 17,13% más que en 2014).
El artículo 54 de la Ley 8/2000 determina que el sistema sanitario de CLM puede establecer
conciertos o convenios singulares de vinculación para la prestación de servicios sanitarios a través
de medios ajenos al mismo, teniendo siempre en cuenta el principio de complementariedad,
estando la competencia delegada en el SESCAM.
Los procedimientos administrativos a seguir en orden a la contratación, gestión y seguimiento de la
prestación de las asistencias sanitarias con medios ajenos se basan, por tanto, en la legislación de
contratos del sector público o bien en la figura del convenio singular de vinculación. Esta última
figura, excluida del ámbito de aplicación del TRLCSP, presenta un carácter excepcional frente a la
90 Tribunal de Cuentas
concertación, tal como se recoge en la Orden de 22 de junio de 2010, de la Consejería de Salud y
Bienestar de CLM.
Según indican los artículos 66 y 67 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, los
hospitales generales del sector privado que lo soliciten se vincularán al Sistema Nacional de Salud
cuando las necesidades asistenciales lo justifiquen. Esta vinculación a la red pública se realizará
mediante convenios singulares.
Como ya se puso de manifiesto en fiscalizaciones de ejercicios anteriores, se ha apreciado el
empleo de esta figura para la concertación de prestaciones particulares, por tanto con una finalidad
similar a la de los conciertos de asistencia sanitaria, pero sin garantizarse por esta vía los principios
básicos de promoción de la concurrencia, de publicidad y de libertad de acceso a las licitaciones,
exigidos por la normativa reguladora de la contratación pública. También consta la existencia de
convenios singulares suscritos con centros sanitarios privados ubicados en el territorio de otras
CCAA limítrofes a CLM, hecho establecido como una excepción cuando las posibilidades
diagnósticas y terapéuticas existentes en la CA lo aconsejen”, conforme dispone el artículo 9 de la
Orden de 22 de junio de 2010 de la Consejería de Salud y Bienestar Social.
Además, el Plan de Control Financiero del SESCAM para el ejercicio 2015 introdujo dentro de sus
objetivos un análisis de los gastos imputados al artículo 25 del presupuesto de dicho OA,
señalándose en el informe emitido algunas deficiencias tales como la realización de algunos
procedimientos no incluidos en los acuerdos de ejecución y contratos, la falta de fijación de
presupuesto máximo en algunos casos cuando no es posible definir el número total de entregas o
prestaciones, la superación del plazo de vigencia de algunos contratos o acuerdos, carencias en el
proceso de facturación electrónica o errores en la imputación del gasto.
II.8. FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL
La gestión de los FCI se encuentra regulada en la LFCI, que permite destinar los recursos previstos
en el artículo 158.2 de la Constitución Española a dos fondos, el FC y el Fondo Complementario,
con el fin de que este último pueda financiar no solo gastos de inversión, sino también los gastos
corrientes asociados a dicha inversión.
II.8.1. Dotaciones de los Fondos
El importe total de las dotaciones del ejercicio 2015 para la CA en concepto de FCI, consignado en
la sección 33 de los PGE, fue de 37.067 miles de euros, de los que 27.801 miles de euros
correspondían al FC y 9.266 miles de euros al Fondo Complementario (el 33,3% del primero, según
establece el artículo 6.1 de la LFCI).
Las dotaciones aprobadas en la Ley de PGE no corresponden a proyectos concretos sino a líneas
generales de actuación en diferentes sectores. Del mismo modo en la información suministrada en
los anexos de este Informe solamente figuran los importes agregados a nivel de línea de actuación,
no constando el detalle por cada uno de los proyectos en los que aquellas a su vez se desglosan.
Los anexos III.1 y III.3 reflejan la liquidación de las aplicaciones del presupuesto de gastos que
registraron las obligaciones reconocidas y pagos por el FC y el Fondo Complementario,
respectivamente.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 91
El impacto que las medidas de contención del déficit público han tendido en los últimos años en la
inversión pública puede contemplarse a través de la comparación de las dotaciones de los fondos
entre 2010 y 2015, dada la relación directa entre gastos de inversión y dotaciones del FC, tal como
muestra el siguiente cuadro:
CUADRO Nº 53. RECURSOS OBTENIDOS DE LOS FCI
Año Importe de las dotaciones
(en miles de euros)
Variación interanual
(en %)
2010 107.661 (5,5)
2011 69.200 (35,7)
2012 54.672 (21,0)
2013 46.202 (15,5)
2014 37.716 (18,4)
2015 37.067 (1,7)
La importancia de estos recursos como instrumento de solidaridad regional ha ido menguando, con
un descenso superior al 65% desde 2010 hasta 2015, pasando a representar en el ejercicio
fiscalizado el 0,4% del presupuesto inicial de la CA.
II.8.2. Recursos de los Fondos de Compensación Interterritorial
Los derechos reconocidos financiadores de los proyectos vinculados al FC ascendieron a 27.801
miles de euros de los que a 31 de diciembre estaban pendientes de cobro 5.109 miles de euros
(anexo III.2) y los derechos reconocidos para los proyectos vinculados al Fondo Complementario
alcanzaron un importe de 9.266 miles de euros de los que estaban pendientes de cobro 730 miles
(anexo III.4).
Los proyectos en los que se concretan las líneas de actuación son financiados por FCI en
exclusividad o bien por dichos fondos junto con otros propios. Anualmente las obligaciones
reconocidas vienen siendo iguales o superiores a los ingresos recibidos.
II.8.3. Proyectos de inversión
A) PROYECTOS FINANCIADOS
Parte de la gestión de los proyectos financiados con las dotaciones de crédito de los FCI del
ejercicio 2015 se ha encomendado al SESCAM (7.945 miles de euros del FC y 1.573 miles del
Fondo Complementario), aunque el mayor importe de los fondos ha sido gestionado por la
Consejería de Fomento (30.243 miles) destinándose a infraestructuras en carreteras.
Las dotaciones aprobadas en la Ley de PGE se distribuyeron en tres grandes actuaciones:
infraestructuras en carreteras, infraestructuras y equipamientos en centros educativos e
infraestructuras y equipamiento sanitario.
Por otra parte, el artículo 7.3 de la LFCI establece la posibilidad de que, cuando por motivos
imprevistos, no logre ejecutarse algún proyecto de inversión de los inicialmente acordados, pueda,
a propuesta de la CA, sustituirse por otros. Con esta base, se efectuaron diversas modificaciones,
sin conllevar variación en el importe total de las dotaciones, sino una redistribución de las mismas.
En el caso del FC se añadieron recursos a la línea de infraestructuras de carreteras (3.850 miles de
92 Tribunal de Cuentas
euros del FC y 450 miles del Fondo Complementario), detrayéndose de las infraestructuras y
equipamiento de centros educativos (3.000 miles) y de las infraestructuras y equipamiento sanitario
(850 miles de euros del FC y 450 miles del Fondo Complementario), no constando en la
documentación aportada las circunstancias que suscitaron tales cambios.
CUADRO Nº 54. FCI (ALTERACIÓN DE LOS PROYECTOS VINCULADOS)
(miles de euros)
Alteración de los proyectos
vinculados
Ejercicio 2015
FC Fondo Complementario
Dotación Dotación
- Incluidos 0 N/A (*) 0 N/A (*)
- Modificados 3
2
Aumentados 1 3.850 1 450
Disminuidos 2 (3.850) 1 (450)
- Suprimidos 0 N/A (*) 0 N/A (*)
(*) N/A: No aplicable
B) GRADO DE EJECUCIÓN Y AVANCE DE LOS PROYECTOS
Cada uno de los proyectos aprobados cuenta con la consideración de líneas de actuación, pero no
con una definición detallada de las actuaciones que los componen. A su vez, a cada proyecto se le
asignan las aplicaciones presupuestarias correspondientes a cada uno de los fondos para la
imputación de gastos. Por lo tanto el grado de ejecución de los proyectos considerado por la CA no
es el avance real de los mismos que, dada su falta de concreción, no es posible determinar, sino el
que se ha obtenido por la relación entre obligaciones reconocidas en las aplicaciones
presupuestarias que recogen los gastos imputados a los citados proyectos y las dotaciones
asignadas a los mismos, las cuales, según la información facilitada, ascienden al 100%.
II.8.4. Financiación de los Fondos
Globalmente, las solicitudes de recursos por FC y Fondo Complementario realizadas en 2015
supusieron 37.067 miles de euros, cifra coincidente con los derechos reconocidos en el ejercicio.
Los importes solicitados se habían recaudado a 31 de diciembre de 2015, a excepción de 5.839
miles de euros correspondientes a actuaciones encomendadas al SESCAM, contabilizados en
enero de 2016.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 93
El resumen de la financiación obtenida por CLM, durante el ejercicio fiscalizado, por recursos de los
FCI, se refleja en el estado siguiente, detallando para cada dotación y tipo de fondo los importes
solicitados y pendientes de solicitar:
CUADRO 55. FCI (FINANCIACIÓN OBTENIDA EN 2015)
(miles de euros)
FCI origen Dotación Solicitado Pendiente de
solicitar a
31/12/2015
2014. FC 27.801 27.288 0
2014. Fondo Complementario 9.266 9.266 0
Los derechos reconocidos por los recursos de los Fondos, procedentes del Estado, ascendieron,
como ya se ha señalado, a 37.067 miles de euros, mientras las obligaciones pagadas por la CA en
partidas de su presupuesto vinculadas a la ejecución de proyectos con dichos Fondos fueron de
39.693 miles de euros.
II.9. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES
II.9.1. Informes de Fiscalización anteriores
El Informe anual de fiscalización de CLM, ejercicio 2014, fue aprobado por el Pleno del Tribunal de
Cuentas el 22 de diciembre de 2016, por lo tanto una vez cumplido el plazo para elaborar y remitir
la Cuenta General de CLM relativa al ejercicio 2015. Se analizan a continuación, por tanto, las
recomendaciones incluidas en el Informe inmediatamente anterior (relativo al ejercicio 2013),
aprobado por el Pleno el 31 de marzo de 2016, el cual recogía recomendaciones prácticamente
idénticas a las formuladas en el de 2014.
1. Tal como vienen reiterando las resoluciones aprobadas por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, se deberían efectuar las modificaciones normativas
oportunas a efectos de adelantar el plazo de rendición de las cuentas a 31 de julio (o incluso 30 de
junio) del ejercicio siguiente a que se refieran, a fin de facilitar el acercamiento en el tiempo del
control a efectuar por este Tribunal. Las modificaciones normativas realizadas en los últimos años
retrasaron el plazo de rendición desde el 30 de junio hasta el 31 de octubre, sin que esta situación
haya revertido.
2. La Cuenta General debería integrar las cuentas de todos los entes del sector público regional,
no solo de los sujetos a contabilidad pública. No se han producido modificaciones legales en la
configuración de la Cuenta General, la cual, según el TRLH, recoge exclusivamente entes sujetos a
contabilidad pública. No obstante, la IGCA, al formar dicha Cuenta, ha incluido también
determinadas entidades sujetas a contabilidad privada.
3. Debería procederse a la adaptación del PGCP al aprobado por la Orden EHA/1037/2010, de
13 de abril, que se ha configurado como el marco contable para todas las administraciones
públicas. Ello podría solventar la carencia de información necesaria para conocer la situación
financiera de la Administración autonómica apreciada en las memorias integrantes de las cuentas
anuales. La CA sigue aplicando la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de
Economía y Hacienda por la que se aprueba el PGCP y se determina la estructura y contenido de
la Cuenta General, con base en el Plan aprobado mediante Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda, de 6 de mayo de 1994. A mayor abundamiento, la Orden PRA/360/2017, de 21 de abril,
por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos
94 Tribunal de Cuentas
de 2 de marzo de 2017, sobre condiciones adicionales a cumplir por las CCAA adheridas al Fondo
de Financiación a CCAA, compartimento FLA 2017, establece que las CCAA que no hubieren
adaptado su Plan al aprobado, con el carácter de marco para todas las Administraciones Públicas,
por la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, deberán adoptar un acuerdo en el que se
comprometan a llevar a cabo la referida adaptación en el plazo máximo de seis meses a contar
desde el 2 de marzo de 2017. En acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de septiembre de 2017 se
ha encomendado dicha adaptación a la Consejería de Hacienda con el fin de que la aprobación del
nuevo plan se produzca con anterioridad al 31 de diciembre de 2018.
4. Debería valorarse el dictado de una norma similar a la contenida en la Orden HAP/801/2014,
de 9 de mayo, por la que se regula el procedimiento de rendición de cuentas anuales en los casos
de modificaciones estructurales entre entidades del sector público que supongan la extinción de
entidades públicas sin que exista un proceso de liquidación. No se ha dictado ninguna norma en
este sentido.
5. Conforme al marco contenido en los artículos 62.3 y 83 del TRLH, la CA puede elaborar y
someter a la aprobación del Consejo de Gobierno un plan de disposición de fondos, como
instrumento de planificación de las disponibilidades líquidas. Como se expone en diversos
apartados del Informe, dicho plan (o documento equivalente) no se ha aprobado de acuerdo con el
procedimiento establecido, durante el ejercicio fiscalizado, ello pese a las nuevas obligaciones
surgidas de la LOEPSF en relación al control de la morosidad.
6. Debería potenciarse la conexión automática entre el inventario y el sistema de información
contable. No se ha acreditado la realización de nuevas interacciones entre ambos sistemas que, en
el ejercicio fiscalizado, aún no se extendían a la totalidad de bienes inventariables.
7. Se debería dictar la norma oportuna que regulase la elaboración de un informe por las
fundaciones, empresas y consorcios, a presentar junto con sus cuentas anuales, relativo al
cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero asumidas como consecuencia
de su pertenencia al sector público, de contenido similar al previsto en la LGP. No se producido el
dictado de norma alguna en este sentido. No obstante lo anterior, y tras los cambios normativos
del 2 de octubre de 2017 las CCAA deberán haber adaptado su legislación a fin de regular un
mecanismo de supervisión continua de las entidades dependientes de las diferentes
administraciones Públicas que permita comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su
creación y su sostenibilidad financiera, marco en el que tendría cabida, entre otras medidas, esta
recomendación.
8. Habría de valorarse la conveniencia de aprobar una norma con los criterios particulares,
dentro de los generales de la normativa del FLA, para la selección (y priorización) de los pagos a
incluir en este mecanismo. El dictado de una nueva regulación general sobre este fondo, a través
del RD-L 17/2014, así como los diversos acuerdos de la Comisión Delegada del Gobierno para
Asuntos Económicos, sobre condiciones adicionales a cumplir por las CCAA, reducen la relevancia
de esta recomendación.
9. Debería modificarse el TRLH para incluir, tal como hace la LGS para el Estado, la obligación
de remitir al Tribunal de Cuentas, de forma anual, un informe sobre el seguimiento de los
expedientes de reintegro y sancionadores derivados del ejercicio del control financiero. Tampoco se
ha producido el dictado de norma alguna en este sentido.
10. En relación con la contratación pública, los órganos de contratación deberían observar una
mayor precisión y concreción a la hora de justificar la necesidad para el servicio público de los
contratos adjudicados, y establecer criterios de adjudicación objetivos y precisos. Asimismo,
deberían evitarse demoras injustificadas en la ejecución de los contratos. Esta recomendación es
objeto de seguimiento en la fiscalización específica sobre esta materia incluida en el Programa de
fiscalizaciones para 2017.
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 95
II.9.2. Resoluciones de la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de
Cuentas
Con fecha de 28 de abril de 2015 la citada Comisión Mixta emitió Resolución en relación con el
Informe anual de fiscalización de CLM, ejercicio 2012. En la misma, se insta la CA a realizar una
serie de acciones, las cuales están contenidas en las recomendaciones formuladas en el Informe
de fiscalización del ejercicio 2013, por lo que su seguimiento queda reflejado en el epígrafe
anterior.
Posteriormente, el día 12 de junio de 2017 se emitieron las resoluciones relativas a los Informes de
fiscalización de los ejercicios 2013 y 2014, asumiendo el contenido de los mismos, si bien, de
manera adicional, en la Resolución relativa a 2014 se instaba a la CA a:
Actualizar el TRLH de la Comunidad para recoger expresamente a la Universidad como parte
integrante del sector público autonómico, de forma que se incorpore el presupuesto de la
Universidad en la LP de la CA. Como se indica en el subapartado II.1 anterior, la CA prevé llevar a
cabo la correspondiente adaptación del artículo 4 del TRLH, concerniente al sector público regional,
para incluir dentro de su ámbito de aplicación a las universidades públicas dependientes de la
JCCM. A tal fin, se pretende introducir en la LP para 2018 una DF modificativa del mencionado
Texto Refundido.
Regular las transferencias de crédito adecuadamente para evitar que se desvirtúe el principio
de especialidad cualitativa de los créditos eliminando el valor del Presupuesto como instrumento de
planificación de la actividad económico-financiera de la Comunidad. En el subepígrafe II.3.2.A de
este Informe se pone de manifiesto que el artículo 53.1 del TRLH establece escasas restricciones a
la realización de transferencias de crédito, pudiendo estas efectuarse entre distintas secciones del
presupuesto, desde créditos para operaciones financieras al resto de los créditos, o desde créditos
para operaciones de capital a créditos para operaciones corrientes, lo que debilita el valor del
presupuesto inicialmente aprobado como instrumento de planificación de la actividad.
Adicionalmente para el ejercicio 2015, la LP deja sin efecto la práctica totalidad de las limitaciones
contenidas en el precitado artículo.
Corregir la gestión de tesorería, que al menos fue deficiente en el ejercicio analizado por el
Tribunal de Cuentas, existiendo diferencias de conciliación bancaria en más de 789 miles de euros
-saldo bancario inferior y 21 cuentas bancarias con firmas autorizadas de carácter indistinto-
posibilidad expresamente prohibida en la legislación específica. Como se indica en el subepígrafe
II.4.3.A del presente Informe, en relación con el régimen de disposición de fondos se ha constatado
que 17 cuentas bancarias tenían firmas autorizadas de carácter indistinto, una tenía un único
autorizado y en otra más se señalaba firma especial, incumpliéndose lo dispuesto en el artículo
86.2 del TRLH, donde se exige al menos dos firmas conjuntas. En otras cuatro cuentas no fue
posible determinar el tipo de disposición autorizada dada la documentación facilitada, mientras que
en otras dos no se remitió el certificado bancario.
96 Tribunal de Cuentas
CONCLUSIONES III.
III.1. RENDICIÓN DE CUENTAS
1. La Cuenta General de la Comunidad Autónoma (CA) de Castilla-La Mancha (CLM) del
ejercicio 2015 y las cuentas anuales individuales integradas en la misma se han rendido
respetando las normas que les son de aplicación respecto a plazo, estructura y contenido, salvo
por:
Las cuentas de los Consorcios Parque Arqueológico de Carranque y Parque Arqueológico de
Alarcos no se incluyen en la Cuenta General, si bien se trata de entidades de escasa relevancia
económica.
Las cuentas del Grupo Ente Público Radio-Televisión de Castilla-La Mancha (RTVCLM) y de
Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, integradas en la Cuenta General, deberían
haberse presentado de acuerdo con los principios y normas de contabilidad pública, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 106.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La
Mancha (TRLH).
Si bien la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la Consejería de Economía y Hacienda por
la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública aplicable a la Junta de Comunidades de
CLM (PGCP) y se determina la estructura y contenido de la Cuenta General, toma como base el
Plan General de Contabilidad Pública aprobado mediante Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda, de 6 de mayo de 1994, omite algunos apartados de la memoria de la citada Orden
estatal, con la correspondiente pérdida de información.
La contabilidad de la Administración regional y organismos administrativos se adapta, con las
particularidades señaladas, a la Orden de 6 de mayo de 1994, derogada por la Orden
EHA/1037/2010, de 13 de abril, que aprueba el nuevo Plan General de Contabilidad Pública,
configurado como el marco contable para todas las Administraciones Públicas, sin que hasta el
momento se haya producido la adaptación al mismo por CLM.
La normativa autonómica no contiene previsión similar a la de la Orden HAP/801/2014, de 9
de mayo, por la que se regula el procedimiento de rendición de cuentas anuales en los casos de
modificaciones estructurales entre entidades del sector público que supongan la extinción de
entidades públicas sin que exista un proceso de liquidación (epígrafe II.2.1).
2. Las demás cuentas de las entidades que pertenecen al sector público regional o están
mayoritariamente participadas por la Comunidad se han rendido respetando las normas que les son
de aplicación respecto a plazo, estructura y contenido, con las excepciones siguientes:
Las cuentas anuales de la Fundación Centro Tecnológico Europeo del Asfalto no fueron
formuladas, al no tener Patronato válidamente constituido. En 2017 se produjo la renuncia de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (JCCM) como miembro de dicho órgano.
Las cuentas de las fundaciones CLM Tierra de Viñedos y Centro de Innovación de
Infraestructuras Inteligentes se han rendido fuera del plazo previsto en el TRLH (epígrafe II.2.2).
III.2. CONTROL INTERNO
Por lo que se refiere al adecuado funcionamiento de los mecanismos de control interno y sistemas
de planificación de gastos e ingresos con que contaba la Comunidad durante el ejercicio
fiscalizado, cabe realizar las siguientes observaciones:
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 97
3. Se produjeron actos de convalidación por el Consejo de Gobierno, conforme al artículo 100
del TRLH, por omisión del trámite de fiscalización previa en actos de contenido económico, por
valor de 281.550 miles de euros. En particular, en dos expedientes, no existía crédito en el ejercicio
en que se generaron las obligaciones, lo que constituye una infracción de las previstas en el
artículo 116 del TRLH. Asimismo, en repetidas ocasiones, se han producido convalidaciones en
ejercicios anteriores en relación con asuntos idénticos o similares (subepígrafe II.3.1.A).
4. De las 53 actuaciones previstas en los planes de control financiero aprobados que incidieron
esencialmente sobre la actividad económico-financiera de dicho año, consta la finalización de 46.
El TRLH no incluye una previsión similar a la de los artículos 161 y 166 de la Ley 47/2003, General
Presupuestaria (LGP), sobre los planes de acción a elaborar por los órganos afectados por los
controles y su seguimiento.
Tampoco se dispone de un sistema de gestión que permita el seguimiento de los informes de los
que se deriven reintegros por parte de los perceptores de subvenciones, integrado en la Base de
Datos Regional de Subvenciones (subepígrafe II.3.1.B).
5. El TRLH establece escasas restricciones a la realización de transferencias de crédito, lo que
debilita el valor del presupuesto inicialmente aprobado como instrumento de planificación de la
actividad. Adicionalmente para el ejercicio fiscalizado, la Ley de Presupuestos de la Comunidad
Autónoma (LP) deja sin efecto la práctica totalidad de las limitaciones contenidas en el precitado
artículo.
La información de seguimiento de los objetivos existentes en relación con los programas
presupuestarios previstos en la LP se limita a aportar los datos cuantitativos, sin acompañarlos de
la necesaria información cualitativa que permitiría su correcta comprensión (subepígrafe II.3.2.A).
6. En el ejercicio fiscalizado no se contaba con un plan de disposición de fondos o de tesorería
aprobado. Si bien este documento no era de elaboración obligatoria según el TRLH, cobra especial
relevancia a la vista de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), donde se indica que todas las Administraciones Públicas
deben disponer de planes de tesorería que pongan de manifiesto su capacidad para atender los
pagos de las deudas financieras (subepígrafe II.3.2.B).
7. No se ha informado sobre la introducción de nuevos sistemas de control para la supervisión
de las diferentes actuaciones financieras de la Comunidad, en virtud del artículo 59 del TRLH, por
lo que perviven las carencias advertidas en los Informes de Fiscalización precedentes (subepígrafe
II.3.2.C).
8. En el ejercicio fiscalizado no existía aún vinculación entre la aplicación de inventario y la
contabilidad para la totalidad de bienes, produciéndose además diferencias entre los registros de
las rúbricas de inventario y los saldos contables de las cuentas de inmovilizado (subepígrafe
II.3.2.D).
9. La información sobre la gestión de la explotación del Patrimonio público del suelo de la
Comunidad no se incluye en la Cuenta General, pese a lo dispuesto en el Decreto Legislativo
1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del
Territorio y de la Actividad Urbanística (subepígrafe II.3.2.E).
10. No se ha acreditado la remisión a las Cortes regionales de los convenios y subvenciones a
los que se refiere la Disposición adicional (DA) tercera del TRLH (subepígrafe II.3.2.F).
11. No se dio cumplimiento a lo recogido en los artículos 10.2 y 12.2 de la Ley 25/2013, sobre
elaboración de informes sobre plazos de pago y morosidad (subepígrafe II.3.2.G).
98 Tribunal de Cuentas
12. La Comunidad no disponía de normas aprobadas a fin de que el presupuesto de la
Universidad se incorporase en el procedimiento general establecido en la normativa autonómica
para el sector público, de manera que la ley habilitante de los créditos contuviera también los
aprobados por la Universidad. Tampoco consta el dictado de normas para el desarrollo y ejecución
del presupuesto de dicha Universidad, así como para el control de las inversiones, gastos e
ingresos, en previsión de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica (LO) 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades (subepígrafe II.3.2.H).
III.3. CUENTA GENERAL
13. Del análisis realizado se desprende que, con carácter general, las cuentas de la
Administración General de la Junta y de los entes sujetos a contabilidad pública se presentaron de
acuerdo con los principios y normas contables definidos en los planes de contabilidad, así como la
gestión presupuestaria se desarrolló según las normas que la rigen, si bien han de realizarse las
salvedades y observaciones que se recogen a continuación (subapartado II.4).
14. Si bien el artículo 52 del TRLH no incluye una disposición similar a la contenida en el artículo
54 de la LGP, sobre la financiación de las ampliaciones de crédito, el artículo 9.4 de la LP para
2015 prohíbe las modificaciones de crédito que supongan aumento en las necesidades totales de
financiación, salvo aquellas de carácter no discrecional y no previstas en el presupuesto
inicialmente aprobado, con cargo al Fondo de Contingencia. No obstante lo anterior, se tramitaron
ampliaciones por 103.262 miles de euros incumpliendo el citado artículo. En este sentido, el
desequilibrio provocado por los aumentos de créditos sin financiación, puede derivar en la
generación de déficits presupuestarios, dependiendo del grado de ejecución de los presupuestos
de ingresos y gastos (a financiar finalmente con incremento del endeudamiento) (subepígrafes
II.4.2.A y B).
15. La liquidación del presupuesto de gastos se presentó según la desagregación dispuesta en la
Orden de 15 de diciembre de 1997, por lo que de dicho estado no se puede deducir el
cumplimiento de la vinculación de los créditos (subepígrafe II.4.2.C).
16. Se incumplió el principio de especialidad temporal de los créditos recogido en el artículo 49
del TRLH en lo relativo a gastos por 14.432 miles de euros con origen en ejercicios anteriores a
2015 que fueron imputados a este (subepígrafe II.4.2.C).
17. Las liquidaciones definitivas de los ejercicios 2008 y 2009, ambas negativas para la CA, no se
registraron en contabilidad financiera, pese a constituir un pasivo exigible que iría cancelándose
mediante el procedimiento previsto en la Ley 22/2009, sin que en los ejercicios posteriores se haya
corregido dicha situación (subepígrafe II.4.2.D).
18. Numerosos valores contables del inmovilizado no son reflejo de los importes por los que
aparecen en el inventario. Esta falta de conexión entre los sistemas se centra en todos aquellos
bienes y derechos que no son inmuebles afectos al dominio público o elementos de transporte
(subepígrafe II.4.3.A).
19. Al cierre del ejercicio 2015, el importe de los deudores presupuestarios susceptibles de haber
prescrito ascendía a 62.322 miles de euros.
La Junta no utiliza las cuentas previstas en el PGCP para registrar en balance el importe de las
deudas aplazadas y fraccionadas pendientes de vencimiento, lo que incide sobre el total de
deudores reflejados en balance. Tampoco se separaban contablemente los saldos deudores de
presupuestos cerrados y corriente (subepígrafe II.4.3.B).
20. En 19 cuentas bancarias se incumplía lo dispuesto en el artículo 86.2 del TRLH, donde se
exigen al menos dos firmas conjuntas (subepígrafe II.4.3.C).
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 99
21. La representatividad de la cifra de fondos propios como magnitud obtenida por diferencia
entre el activo y el pasivo exigible, se encuentra afectada, fundamentalmente, por las incidencias
en el registro del inmovilizado (subepígrafe II.4.3.D).
22. Al igual que en ejercicios precedentes, la Junta no contabilizaba de forma separada los
acreedores presupuestarios procedentes de ejercicios cerrados y los del ejercicio corriente.
Gastos por 13.742 miles de euros derivados de adquisiciones, obras, servicios y demás
prestaciones realizadas con anterioridad al año 2015 no estaban contabilizados en la cuenta de
acreedores pendientes de aplicar a presupuesto al cierre de 2014, sin que la Intervención General
de la Comunidad Autónoma emitiera el informe favorable a que se refiere la Orden de 27 de enero
de 2015 en el momento de su contabilización, limitándose a su visado (subepígrafe II.4.3.E).
23. La memoria no contiene el estado operativo previsto en la Orden de 15 de diciembre de 1997
donde se informe suficientemente de la comparación entre los gastos e ingresos presupuestarios
(subepígrafe II.4.5.A).
24. El remanente de tesorería presenta un saldo negativo, al igual que en el ejercicio precedente.
Además, los cobros realizados pendientes de aplicación definitiva, que disminuyen dicho
remanente, han aumentado considerablemente (subepígrafe II.4.5.C).
25. El presupuesto de gastos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)
experimentó un incremento de 23.225 miles de euros, sin contar con financiación paralela.
En los balances de los organismos autónomos (OOAA), tanto en deudores como en acreedores
presupuestarios, no se hace distinción entre los procedentes del propio ejercicio y los de ejercicios
cerrados. Tampoco aparece en los balances la cuenta de “resultados del ejercicio anterior”,
cargándose las pérdidas directamente contra la cuenta de “patrimonio”.
Los balances del Instituto de la Vid y el Vino de Castilla-La Mancha (IVICAM), la Agencia del Agua
y en el SESCAM muestran que las deudas a corto plazo superan a la tesorería y otros activos a
corto plazo para hacer frente a las mismas.
Diversas cuentas bancarias del SESCAM, IVICAM e Instituto Regional de Investigación y
Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha no respetaban lo establecido en el
artículo 86.2 del TRLH. Además, la rúbrica de inmovilizado de los Organismos presentaba
deficiencias similares a las señaladas para la Administración General.
Gastos devengados en ejercicios anteriores por importe de 66.768 miles de euros fueron imputados
al presupuesto del SESCAM de 2015, mientras otros por 42.633 miles de euros correspondientes a
dicho ejercicio quedaron recogidos entre los acreedores pendientes de aplicar a presupuesto,
incumpliendo el principio de especialidad temporal recogido en el artículo 49 del TRLH, actuación
que repercute, a su vez, en el resultado presupuestario y en el remanente de tesorería
(subepígrafes II.4.6.B y II.4.6.C).
26. Se ha advertido una inadecuada imputación general de los gastos generados en
desplazamientos del personal del Instituto de Promoción Exterior (IPEX) al concepto 230, al
corresponder algunos de ellos al 226. Además el procedimiento de gestión de estos gastos
presenta debilidades de control interno (epígrafe II.4.7).
III.4. CUENTAS ANUALES DE OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS
27. Del análisis realizado sobre las cuentas individuales de empresas, fundaciones y consorcios
de la Comunidad y de los informes de auditoría emitidos sobre ellas se desprende que, con
carácter general, se presentaron de acuerdo con los principios y normas contables definidos en los
100 Tribunal de Cuentas
planes de contabilidad, si bien se formulan determinadas observaciones ante las incorrecciones
advertidas, que se recogen a continuación (subapartado II.5).
28. A diferencia de lo previsto en la LGP, el TRLH no contaba con un precepto que obligara ni a
las empresas ni a las fundaciones públicas autonómicas a la elaboración de un informe, a presentar
junto con las cuentas anuales, relativo al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-
financiero asumidas como consecuencia de su pertenencia al sector público (subepígrafes II.5.1.A
y II.5.2.A).
29. Las cuentas anuales de la Sociedad Mercantil Gestión de Infraestructuras de Castilla-La
Mancha, S.A. presentaban diversas incorrecciones en la aplicación de criterios contables y
ausencia de información relevante, destacando lo relativo al registro y transmisión del Hospital de
Toledo y la ausencia de deterioro de los créditos concedidos a varios Ayuntamientos.
La situación patrimonial y financiera de Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U. se
veía afectada por una incertidumbre relevante, derivada de los litigios por devoluciones del
Impuesto sobre el Valor Añadido, lo que debió recogerse, al menos, con un párrafo de énfasis en el
informe de auditoría sobre sus cuentas anuales de 2015. Por otra parte, la auditoría de las cuentas
de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha reflejaba una opinión favorable con salvedades
(subepígrafe II.5.1.E).
30. La LP para 2015, pese a lo dispuesto en su artículo 1.2, no incluyó los presupuestos de
explotación y capital de dos fundaciones del sector público regional (subepígrafe II.5.2.A).
31. Al cierre del ejercicio fiscalizado, presentaban patrimonios netos negativos las fundaciones
Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración y Patronato Semana de
Música Religiosa (subepígrafe II.5.2.B).
32. La auditoría de las cuentas anuales de la Fundación Cultura y Deporte de CLM reflejaba una
opinión favorable con salvedades. Además, las cuentas de las fundaciones Hospital Nacional de
Parapléjicos para la Investigación y la Integración, Jurado Arbitral Laboral de CLM y Sociosanitaria
Centro Tecnológico del Metal presentaban determinadas incorrecciones en la aplicación de criterios
contables (subepígrafe II.5.2.D).
33. Las cuentas anuales de los consorcios Parque Arqueológico de Carranque y Parque
Arqueológico de Alarcos, ambos en proceso de disolución, no incluían la memoria, formulándose
las cuentas conforme al Plan General de Contabilidad y no conforme al PGCP, como estipulan sus
estatutos. En enero de 2017, los citados procesos de disolución permanecían abiertos y sin avance
desde el ejercicio fiscalizado (epígrafe II.5.3).
III.5. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
De la comprobación sobre el seguimiento de los procedimientos establecidos para la determinación
y cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto, cabe
destacar que:
34. En el informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de octubre de 2016
sobre el grado de cumplimiento de los objetivos del ejercicio 2015, se indica el incumplimiento del
objetivo de déficit y la regla de gasto, por lo que, en virtud de la LOEPSF, se hizo necesario
elaborar un Plan Económico Financiero (PEF). A diferencia de lo anterior, la Comunidad cumplió
con el objetivo de deuda para 2015, situándose esta, al cierre del mencionado ejercicio en 13.426
millones de euros (subepígrafe II.6.2.C).
35. En el ejercicio 2015, se consiguió un incremento de ingresos y un ahorro de gastos por
importe conjunto de 223 millones de euros que, en su mayor parte, no derivan de las medidas
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 101
previstas para 2015 en el PEF 2014-2015 (elaborado tras el incumplimiento del objetivo de déficit
de la CA para 2013) (epígrafe II.6.3).
III.6. ANÁLISIS DE LA GESTIÓN
Al evaluar la sujeción a los principios de legalidad, eficiencia y economía de la gestión de los
recursos públicos, se han apreciado los siguientes incumplimientos y deficiencias:
36. En la información sobre los avales que aparece en la Cuenta General no figura ni el importe
en vigor a 1 de enero ni los avales que derivaron en responsabilidad, a pesar de lo dispuesto en la
Orden de 15 de diciembre de 1997. Además, el saldo correcto de avales y otras garantías a 1 de
enero de 2015 es inferior en 2.817 miles de euros al que figura en la Cuenta General (subepígrafe
II.7.1.C).
37. Obligaciones reconocidas por 408 miles de euros por gratificaciones extraordinarias se
tramitaron por un procedimiento distinto al previsto en el artículo 19 de la Orden de 27 de enero de
2015, de la Consejería de Hacienda (subepígrafe II.7.2.A).
38. Con carácter global, se ha producido un incremento de los gastos de personal de los OOAA.
Además, las estructuras funcional y de personal del IPEX se encuentran sin aprobar por el órgano
competente y las retribuciones de su Director, nombrado en septiembre de 2015, no habían sido
autorizadas según lo establecido en el artículo 29.3 de la LP para 2015 (subepígrafe II.7.2.B).
39. La Entidad Infraestructuras del Agua, según el informe de control financiero, ha aprobado
incrementos retributivos en diciembre de 2015 y en marzo de 2016 para todos sus trabajadores por
encima del límite fijado en la LP (excluido el personal con contrato de alta dirección), no habiendo
solicitado y obtenido el informe previo y preceptivo sobre modificaciones que tengan repercusión en
el gasto público en relación con la plantilla de personal a la dirección general competente en
materia de presupuestos, fijado en el artículo 33 de la LP para 2015 y el 41 de la LP para 2016
(subepígrafe II.7.2.C).
40. Las entidades del Grupo Ente Público RTVCLM incumplieron la limitación fijada en la DA
novena de la LP para 2015, donde se prevé que los gastos de personal de los sujetos clasificados
en el sector Administraciones públicas cuya normativa específica no confiriera carácter limitativo a
sus presupuestos de gastos se limitarían a la cuantía prevista en su presupuesto aprobado.
Las plantillas aprobadas para el Grupo Ente Público RTVCLM vienen siendo superadas por la
plantilla real. Además, desde el dictado de la Ley 3/2000, el régimen retributivo del Grupo no ha
sido aprobado en los términos en ella previstos. Tampoco consta la solicitud, con carácter previo,
del informe al que alude el artículo 38 de la LP para las 102 contrataciones temporales realizadas
en 2015, ni se ha acreditado, respecto al personal directivo existente a 1 de enero de 2015 o
contratado durante el mismo, la autorización por la Consejería competente de sus retribuciones,
incumpliéndose lo establecido por el artículo 8 del TRLH.
Como consecuencia del despido en septiembre de 2015, reconocido como improcedente en actos
de conciliación posteriores, de trece trabajadores con contrato mercantil, el Grupo pagó
indemnizaciones por importe de 140 miles de euros y cotizaciones a la Seguridad Social por 296
miles al reconocerse el carácter laboral y no mercantil de los mismos. Del mismo modo el despido
de 17 trabajadores entre agosto y septiembre de 2015 dio lugar a reclamaciones judiciales que han
concluido con el reconocimiento del despido como improcedente mediante actos de conciliación,
habiéndose abonado finalmente por parte del Ente Público indemnizaciones de 284 miles de euros.
El sistema de retribuciones amparado en el convenio colectivo vigente en el ejercicio fiscalizado
presentaba diversa problemática, en especial relacionada con el incremento del salario base
mediante la aplicación de la desviación del IPC que no resultaba acorde con las Leyes de
Presupuestos dictadas posteriormente.
102 Tribunal de Cuentas
El Grupo debió practicar en 2015 retenciones sobre una base aproximada de 7 miles de euros de
gastos de locomoción no declarados exentos de gravamen por la normativa reguladora del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sin que ello se llevara a efecto.
Finalmente, en diversos casos, la Sociedad Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A. no
solicitó para la contratación de personal temporal la autorización de la Dirección General de
Presupuestos, ni el informe preceptivo en los casos de modificación de plantilla o de las
condiciones de trabajo (subepígrafe II.7.2.C).
41. La Fundación Jurado Arbitral ha superado la cuantía de gastos de personal prevista en su
presupuesto, por lo que incumple lo dispuesto en la DA novena de la LP para 2015 (subepígrafe
II.7.2.D).
42. El Portal de Transparencia del IPEX no reflejaba las subvenciones concedidas en régimen de
concurrencia y la página web de transparencia y buen gobierno del SESCAM, a 15 de julio de
2017, no contenía la información económica y presupuestaria preceptuada por la Ley de
transparencia (epígrafe II.7.3).
43. El período medio de pago de la CA, calculado conforme al Real Decreto 635/2014, superó en
los meses de enero, febrero, marzo octubre y noviembre el periodo de 30 días legalmente
establecido. Al no disponerse de un plan de disposición de tesorería aprobado, no quedan
acreditadas las medidas tomadas para su reducción, en relación con lo dispuesto en el artículo 13.6
de la LOEPSF, a la vista de los excesos señalados (subepígrafe II.7.4.A).
44. En el ejercicio fiscalizado quedaban aún saldos pendientes de depurar asociados a las
cuentas contables que recogieron los movimientos de los fondos aportados por el mecanismo de
pago a proveedores (errores por pagos duplicados y correcta imputación presupuestaria de los
mismos), si bien, con carácter general, habían reducido su importe respecto de 2014.
El plan de ajuste vigente en 2015, presentado como consecuencia del acceso a los mecanismos
extraordinarios de financiación, no incluía un calendario de implantación debidamente detallado de
las reformas estructurales relativas al crecimiento económico y la creación de empleo, ni de los
indicadores para medir su efectividad (subepígrafe II.7.4.B).
45. El TRLH no contiene ningún precepto similar al previsto para la Administración estatal por la
DA primera de la Ley General de Subvenciones, sobre la remisión al Tribunal de Cuentas, de forma
anual, de un informe sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores
derivados del ejercicio del control financiero (subepígrafe II.7.6.A).
46. Se apreciaron debilidades en el procedimiento de gestión y control de las subvenciones
directas previstas nominativamente en los Presupuestos Generales de la JCCM a cargo del IPEX,
donde los beneficiarios, además, son tres instituciones, integrantes de sus órganos rectores
(subepígrafe II.7.6.B).
47. Las memorias de seguimiento del grado de cumplimiento de los objetivos fijados en los
planes estratégicos de subvenciones son heterogéneas, ya que la información que contienen varía
de una consejería a otra y la justificación de la continuidad de las actuaciones no figura en la
mayoría. Asimismo, la información que consta en la Base de Datos Regional de Subvenciones
tanto sobre procedimientos de reintegro, como sobre prohibiciones para ser beneficiario de
subvenciones, es muy limitada, no ajustándose a las previsiones reglamentarias. Adicionalmente, el
reconocimiento de los derechos a cobrar derivados del reintegro de subvenciones no se produce de
conformidad con los principios contables públicos, lo que incide sobre el total de deudores
reflejados en balance (subepígrafe II.7.6.C).
48. El SESCAM no contaba con la correspondiente provisión para responsabilidades, por lo que
no se encuentra estimado contablemente el importe para hacer frente a responsabilidades
Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015 103
probables o ciertas. Además, de la anulación de determinados compromisos de gasto se ha
apreciado el riesgo de generar obligaciones que no se pueden imputar al presupuesto por no existir
crédito en el momento de recibir los bienes (subepígrafe II.7.7.B).
49. Al cierre de 2015 el SESCAM contaba con contratos eventuales en los que, a la vista del
período acumulado y de conformidad con el artículo 9 de la Ley 55/2003, del Estatuto del Personal
Estatutario de los Servicios de Salud, se hacía necesario proceder al estudio de las causas, para
valorar la procedencia de la creación de plazas estructurales en la plantilla. A lo anterior ha de
añadirse la existencia de 1.858 plazas no ocupadas de la plantilla.
Además, la persistencia de al menos 87 trabajadores en la promoción interna temporal por plazo
superior a dos años conlleva el riesgo de la consolidación de hecho de una situación que es de
carácter temporal (subepígrafe II.7.7.C).
50. Las medidas de contención del gasto farmacéutico adoptadas en los últimos años no han
evitado que, en 2015, se produjese un incremento del gasto facturado por las oficinas de farmacia y
del relativo a farmacia hospitalaria. Igualmente, el número de pacientes en lista de espera
quirúrgica aumenta en un 14% respecto de 2014, aún a pesar de las medidas implantadas para su
reducción.
La utilización de los convenios singulares de vinculación por el SESCAM, en determinados casos,
supone el concierto de prestaciones sanitarias particulares, para cuya licitación debería
garantizarse la aplicación, exigida por la normativa reguladora de la contratación pública, de los
principios básicos de promoción de la concurrencia, de publicidad y de libertad de acceso.
Adicionalmente, el informe de la Intervención General sobre los gastos imputados al artículo 25 del
presupuesto de gastos del SESCAM señalaba algunas deficiencias (subepígrafe II.7.7.E).
III.7. FONDO DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL
51. El grado de ejecución de los proyectos vinculados a los Fondos de Compensación
Interterritorial considerado por la CA no responde a su avance físico, dado que la falta de
concreción de los mismos, al estar definidos en líneas generales de actuación, impide determinar
dicho avance. Además, se efectuó una redistribución de las dotaciones entre los diferentes
proyectos incluidos en esta financiación, no constando en la documentación aportada las
circunstancias que suscitaron tales cambios (subapartado II.8).
III.8. SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES
52. En relación con las recomendaciones formuladas en el Informe Anual de Fiscalización del
ejercicio 2013, reiteradas a su vez en el correspondiente al ejercicio 2014, se pone de manifiesto
que no se han apreciado avances en su implantación, por lo que se recogen nuevamente en el
presente Informe (epígrafe II.9.1).
RECOMENDACIONES IV.
1. Tal como señalan diversas Resoluciones aprobadas por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas (entre otras de 8 de abril de 2014, de 28 de abril de 2015 y
de 12 de junio de 2017), se deberían efectuar las modificaciones normativas oportunas a efectos de
adelantar el plazo de rendición de las cuentas a 30 de junio del ejercicio siguiente a que se refieran,
a fin de facilitar el acercamiento en el tiempo del control a efectuar por este Tribunal.
2. La Cuenta General debería integrar las cuentas de todos los entes del sector público regional,
no solo de los sujetos a contabilidad pública, ofreciendo una visión consolidada de la actividad
económico-financiera de los entes de la Comunidad. Para ello deben tomarse en consideración
normas contables tales como el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por la Orden
104 Tribunal de Cuentas
EHA/1037/2010, de 13 de abril, y la Orden HAP/1489/2013, de 18 de julio, por la que se aprueban
las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público.
Además, debería valorarse el dictado de una norma similar a la contenida en la Orden
HAP/801/2014, de 9 de mayo, por la que se regula el procedimiento de rendición de cuentas
anuales en los casos de modificaciones estructurales entre entidades del sector público que
supongan la extinción de entidades públicas sin que exista un proceso de liquidación.
3. Conforme al marco contenido en los artículos 62.3 y 83 del Texto Refundido de la Ley de
Hacienda, sería recomendable elaborar un plan de disposición de fondos, como instrumento de
planificación y gestión de las disponibilidades líquidas tendente a promover la sostenibilidad
financiera.
4. Debería potenciarse la conexión automática entre el inventario y el sistema de información
contable.
5. Se debería dictar la norma oportuna que regulase la elaboración de un informe por las
fundaciones, empresas y consorcios, a presentar junto con sus cuentas anuales, relativo al
cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero asumidas como consecuencia
de su pertenencia al sector público, de contenido similar al previsto en la Ley General
Presupuestaria.
6. Debería modificarse el Texto Refundido de la Ley de Hacienda para incluir, tal como hace la
Ley General de Subvenciones para el Estado, la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas, de
forma anual, un informe sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores
derivados del ejercicio del control financiero.
7. Dada la redacción del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y la
Ley 50/2002, de fundaciones, la ruptura del vínculo entre la Administración pública y una fundación
debería llevarse a cabo mediante las vías de extinción (con o sin liquidación) de esta última
previstas en la propia Ley, en lugar de la utilización del mecanismo de renuncia a la posición de
miembro del Patronato.
8. Debería modificarse el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad en materia
de modificaciones de créditos incluyendo como requisito exigible para proceder a las ampliaciones
de créditos, que estas se realicen con la oportuna financiación, con el fin de evitar desequilibrios
que conducen a la generación de déficits presupuestarios.
Madrid, 30 de noviembre de 2017
EL PRESIDENTE
Ramón Álvarez de Miranda García
ANEXOS
RELACIÓN DE ANEXOS
I. CUENTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
I.0 ENTIDADES INTEGRANTES SECTOR PÚBLICO CLM ........................................ 107
I.1-1 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Liquidación de los presupuestos de gastos ....... 108
I.1-2 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Liquidación de los presupuestos de ingresos .... 109
I.1-3 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Saldos presupuestarios .................................. 110
I.1-4 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Balances ......................................................... 111
I.1-5 ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Cuentas del resultado económico-patrimonial ... 112
I.2-1 EMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS. Balances ............................................... 113
I.2-2 EMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS. Cuentas de pérdidas y ganancias .......... 114
I.3-1 FUNDACIONES PÚBLICAS. Balances .................................................................. 116
I.3-2 FUNDACIONES PÚBLICAS. Cuentas de resultados .............................................. 117
I-4 Situación de avales ................................................................................................ 119
II. ADMINISTRACIÓN GENERAL
II.1-1 Modificaciones de créditos presupuestarios. Clasificación económica.................... 120
II.1-2 Modificaciones de créditos presupuestarios. Clasificación orgánica ....................... 121
II.1-3 Liquidación del presupuesto de gastos. Clasificación económica ........................... 122
II.1-4 Liquidación del presupuesto de gastos. Clasificación orgánica .............................. 123
II.1-5 Liquidación del presupuesto de ingresos ................................................................ 124
II.1-6 Resultado y saldo presupuestario del ejercicio ....................................................... 125
II.2-0.1 Balance .................................................................................................................. 126
II.2-0.2 Cuenta del resultado económico-patrimonial .......................................................... 127
II.2-1 Deudores presupuestarios ...................................................................................... 128
II.2-2 Deudores extrapresupuestarios .............................................................................. 129
II.2-3 Tesorería ................................................................................................................ 130
II.2-4 Acreedores no financieros. Presupuestarios........................................................... 131
II.2-5 Acreedores no financieros. Extrapresupuestarios ................................................... 132
II.2-6 Pasivos financieros: empréstitos ............................................................................ 136
II.2-7 Pasivos financieros: préstamos .............................................................................. 137
II.2-8 Remanente de Tesorería ........................................................................................ 139
III. FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL
III.1 Liquidación de los créditos del Fondo de Compensación ....................................... 140
III.2 Liquidación de los recursos del Fondo de Compensación ...................................... 141
III.3 Liquidación de los créditos del Fondo Complementario .......................................... 142
III.4 Liquidación de los recursos del Fondo Complementario ......................................... 143
Anexo I.0
ENTIDADES INTEGRANTES SECTOR PÚBLICO CLM
Entidad Denominación
A.G. C.Autónoma
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Organismo Autónomo
Agencia del Agua
Organismo Autónomo
Instituto de la Mujer (IMUJ)
Organismo Autónomo
Instituto de la Vid y el Vino de Castilla-La Mancha (IVICAM)
Organismo Autónomo
Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)
Organismo Autónomo
Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La
Mancha (IRIAF)
Ente Público
Instituto de Promoción Exterior (IPEX)
Ente Público
Infraestructura del Agua de Castilla-La Mancha
Ente Público
Radio-Televisión de Castilla-La Mancha (RTVCLM)
Sociedad Mercantil
Radio Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U. (RCM)
Sociedad Mercantil
Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha, S.A.U. (CMT)
Sociedad Mercantil
Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A. (GICAMAN)
Sociedad Mercantil
Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A.U.
Sociedad Mercantil
Instituto de Sistemas Fotovoltaicos de Concentración, S.A.U. (ISFOC)
Sociedad Mercantil
Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A. (GEACAM)
Sociedad Mercantil
Sociedad para el Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, S.A. (SODICAMAN)
Sociedad Mercantil
Socialmancha S.L., en liquidación
Sociedad Mercantil
FUHNPAIIN Empleo, S.L., en liquidación
Sociedad Mercantil
FUHNPAIIN Viajes , S.L., en liquidación
Fundación
Castilla-La Mancha, Tierra de Viñedos
Fundación
Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración
Fundación
Patronato de la Semana de Música Religiosa de Cuenca
Fundación
El Greco 2014
Fundación
Centro de Innovación de Infraestructuras Inteligentes
Fundación
Centro Tecnológico Europeo del Asfalto
Fundación
Centro Tecnológico del Metal de Castilla-La Mancha
Fundación
Para la Promoción de Castilla-La Mancha
Fundación
Insula Barataria para el Fomento de la Sociedad de la Información y el Conocimiento en
Castilla-La Mancha
Fundación
Cultura y Deporte de Castilla-La Mancha
Fundación
Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha
Fundación
Sociosanitaria de Castilla-La Mancha
Fundación
Jurado Arbitral Laboral de Castilla-La Mancha
Consorcio
Parque Arqueológico de Alarcos
Consorcio
Parque Arqueológico de Carranque
Universidad
Universidad de Castilla-La Mancha
(*) Durante el ejercicio se han extinguido el Organismo Autónomo Servicio Público de Empleo de Castilla
-
La Mancha
(SEPE), la Sociedad Mercantil Instituto D. Quijote de Promoción Turística, Cultural y Artesana, S.A., en liquidación y la
Fundación General de Medio Ambiente de Castilla
-La Mancha-Centro de Investigación sobre el Fuego.
Anexo I.1-1
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS / Liquidación de los presupuestos de gastos
(miles de euros)
Subsectores Créditos
iniciales Modificaciones
netas Créditos
finales Obligaciones
reconocidas
ADMINISTRACIÓN GENERAL 8.104.425 244.578
8.349.003
7.713.448
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
- Agencia de Agua de CLM 38.708 0
38.708
37.066
- IMUJ 14.715 151
14.866
14.338
- IVICAM 5.584 15.537
21.121
17.025
- IRIAF 0 226 226
149
- SESCAM 2.344.367 374.525
2.718.892
2.666.490
ENTES PÚBLICOS
- IPEX 3.726 0 3.726
2.823
TOTAL 10.511.525 635.017
11.146.542
10.451.339
Anexo I.1-2
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS / Liquidación de los presupuestos de ingresos
(miles de euros)
Subsectores Previsiones
iniciales Modificaciones
netas Previsiones
finales Derechos
reconocidos
ADMINISTRACIÓN GENERAL 8.104.425 142.616 8.247.041 7.575.007
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
- Agencia de Agua de CLM 38.708 0 38.708 37.282
- IMUJ 14.715 151 14.866 14.798
- IVICAM 5.584 15.537 21.121 1.436
- IRIAF 0 226 226 237
- SESCAM 2.344.367 351.300 2.695.667 2.688.895
ENTES PÚBLICOS
- IPEX 3.726 0 3.726 2.859
TOTAL 10.511.525 509.830 11.021.355 10.320.514
Anexo I.1-3
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS / Saldos presupuestarios
(miles de euros)
Subsectores Resultado
presupuestario
Variación neta
pasivos
financieros
Saldo
presupuestario
ADMINISTRACIÓN GENERAL (960.526) 822.085 (138.441)
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
- Agencia de Agua de CLM 216 0 216
- IMUJ 460 0 460
- IVICAM (15.589) 0 (15.589)
- IRIAF 88 0 88
- SESCAM 22.405 0 22.405
ENTES PÚBLICOS
- IPEX 36 0 36
TOTAL (952.910) 822.085 (130.825)
Anexo I.1-4
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS / Balances
(miles de euros)
Subsectores
Activo
Pasivo
Inmovilizado Gastos a
distribuir Circulante
Fondos
propios Ingresos a distribuir
en varios ejercicios
Acreedores
A largo plazo
A corto plazo
ADMINISTRACIÓN GENERAL 1.646.958 10.962
815.637
(12.553.230) 171
12.229.069
2.797.547
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
- Agencia de Agua de CLM 549 0
30.492
(146) 0
0
31.187
-
IMUJ
607
0
2.381
618
0
0
2.370
- IVICAM 18.322 0
2.029
4.149 0
0
16.202
-
IRIAF
0
0
175
79
0
0
96
- SESCAM 783.976 0
214.615
515.659 0
0
482.932
ENTES PÚBLICOS
-
IPEX
146
0
1.013
373
0
0
786
TOTAL 2.450.558 10.962
1.066.342
(12.032.498) 171
12.229.069
3.331.120
Anexo I.1-5
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS / Cuentas del resultado económico-patrimonial
(miles de euros)
Subsectores
Gastos Ingresos
AHORRO
(DESAHORRO)
De
Funcionamiento
Transferencias y
Subvenciones Extraordinarios Ordinarios Transferencias y
Subvenciones Extraordinarios
ADMINISTRACIÓN GENERAL 2.150.765 4.386.562 42.102 3.624.398
2.092.109 90.185 (772.737)
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
- Agencia de Agua de CLM 2.495 36.860 13.454
95
37.182 13.464 (2.068)
- IMUJ 3.222 11.038 51
448
14.342 62 541
- IVICAM 4.712 0 0
194
1.236 0 (3.282)
- IRIAF 158 0 0
61
176 0 79
- SESCAM 2.133.142 500.924 9.186
32.279
2.656.122 14.611 59.760
ENTES PÚBLICOS
- IPEX 1.813 1.073 0
4
2.855 1 (26)
TOTAL 4.296.307 4.936.457 64.793 3.657.479
4.804.022 118.323 (717.733)
Anexo I.2-1
EMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS / Balances
(miles de euros)
Denominación
Activo
Patrimonio
neto
Pasivo
No
corriente Corriente No
corriente Corriente
ENTES Y EMPRESAS PÚBLICOS 794.048
361.383
734.210
216.105
205.116
Grupo Ente Público RTVCLM
* ENTE PÚBLICO RTVCLM
22.837
9.913
27.506
3.736
1.508
* CMT
13.084
5.173
2.726
1.446
14.085
* RCM
757
1.314
237
131
1.703
FUHNPAIIN Empleo, en liquidac ión N/A N/A N/A N/A
N/A
FUHNPAIIN Viajes, en liquidación N/A N/A N/A N/A
N/A
GEACAM
2.887
9.373
6.084
3
6.173
GICAMAN
131.392
150.193
69.876
112.320
99.389
INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CLM
526.035
94.558
578.169
5.953
36.471
Grupo Instituto de Finanzas de CASTILLA-LA
MANCHA
* INSTITUTO DE FINANZAS DE CLM
77.596
70.323
32.791
81.250
33.878
* ISFOC
7.319
1.342
(10.991)
11.266
8.386
SOCIALMANCHA, en liquidación N/A N/A N/A N/A
N/A
SODICAMAN
12.141
19.194
27.812
0
3.523
CONSORCIOS PÚBLICOS
10
140
(252)
0
402
CONSORCIO PARQUE ARQUEOLÓGICO DE
ALARCOS
2
312
178
0
136
CONSORCIO PARQUE ARQUEOLÓGICO DE
CARRANQUE
8
(172)
(430)
0
266
TOTAL 794.058
361.523
733.958
216.105
205.518
N/A: (No aplicable)
Anexo I.2-2 1/2
EMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS / Cuentas de pérdidas y ganancias
(miles de euros)
Denominación
Resultados de explotación
Resultados
financieros
Resultados
antes de
impuestos
Impuestos
s/ Bº
Resultados
operaciones
continuadas
Resultados
operaciones
interrumpidas
Resultado del
ejercicio
Subvenciones Otras
rúbricas
ENTES Y EMPRESAS PÚBLICAS
112.426
(101.143)
(5.755)
5.528
(77)
5.605
0
5.605
Grupo Ente Público RTVCLM
* ENTE PÚBLICO RTVCLM
858
(1.130)
(53)
(325)
0
(325)
0
(325)
* CMT
500
(7.692)
(417)
(7.609)
0
(7.609)
0
(7.609)
* RCM
25
(338)
0
(313)
0
(313)
0
(313)
FUHNPAIIN Empleo, en liquida ción
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
FUHNPAIIN Viajes, en liquidación
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
GEACAM
51.287
(53.105)
(22)
(1.840)
0
(1.840)
0
(1.840)
GICAMAN
24.961
(5.915)
(5.015)
14.031
0
14.031
0
14.031
INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CLM
32.252
(27.254)
(557)
4.441
14
4.427
0
4.427
Grupo Instituto de Finanzas de CASTILLA-LA
MANCHA
* INSTITUTO DE FINANZAS DE CLM
1.803
(5.098)
1.507
(1.788)
(91)
(1.697)
0
(1.697)
* ISFOC
740
(548)
(651)
(459)
0
(459)
0
(459)
N/A: (No aplicable)
Anexo I.2-2 2/2
EMPRESAS Y ENTIDADES PÚBLICAS / Cuentas de pérdidas y ganancias
(miles de euros)
Denominación
Resultados de explotación Resultados
financieros
Resultados
antes de
impuestos
Impuestos
s/ Bº
Resultados
operaciones
continuadas
Resultados
operaciones
interrumpidas
Resultado del
ejercicio
Subvenciones Otras
rúbricas
SOCIALMANCHA, en liquidación
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
SODICAMAN
0
(63)
(547)
(610)
0
(610)
0
(610)
CONSORCIOS PÚBLICOS
0
0 0 0 0 0 0
0
CONSORCIO PARQUE ARQUEOLÓGICO DE
ALARCOS
0
0 0 0 0 0 0
0
CONSORCIO PARQUE ARQUEOLÓGICO DE
CARRANQUE
0
0 0 0 0 0 0
0
TOTAL
112.426
(101.143)
(5.755)
5.528
(77)
5.605
0
5.605
N/A: (No aplicable)
Anexo I.3-1
FUNDACIONES PÚBLICAS / Balances
(miles de euros)
Denominación
Activo
Patrimonio
neto
Pasivo
No
corriente Corriente No
corriente Corriente
FUNDACIONES
- FUNDACIÓN CLM, TIERRA DE VIÑEDOS
183
1.632
1.359
445
11
-
FUNDACIÓN CENTRO TECNOLÓGICO EUROPEO DEL ASFALTO
N/D
N/D
N/D
N/D
N/D
-
FUNDACIÓN CENTRO TECNOLÓGICO DEL METAL DE CLM
1.498
1
1.499
0
0
-
FUNDACIÓN CULTURA Y DEPORTE DE CLM
423
1.648
961
0
1.110
-
FUNDACIÓN EL GRECO 2014 (*)
N/D
N/D
N/D
N/D
N/D
-
FUNDACIÓN DEL HOSPITAL NACIONAL DE PARAPLÉJICOS PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA INTEGRACIÓN
223
2.931
(2.464)
3.218
2.400
-
FUNDACIÓN ÍNSULA BARATARIA PARA EL FOMENTO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y EL
CONOCIMIENTO EN CLM
N/D N/D N/D N/D N/D
- FUNDACIÓN JURADO ARBITRAL LABORAL DE CLM
4
220
195
0
29
-
FUNDACIÓN PATRONATO SEMANA DE MÚSICA RELIGIOSA DE CUENCA
1
17
(555)
0
573
-
FUNDACIÓN PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE CLM
47.411
1.943
39.106
7.634
2.614
-
FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CLM
10.296
5.730
10.643
916
4.467
- FUNDACIÓN CENTRO DE INNOVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS I NTELIGENTES
426
1.141
1.161
0
406
-
FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE CLM
0
1.776
95
0
1.681
TOTAL
60.465
17.039
52.000
12.213
13.291
N/D: (No disponible)
(*) La Fundación El Greco 2014 presentó un balance de fusión a 31 de octubre de 2015
Anexo I.3-2 1/2
FUNDACIONES PÚBLICAS / Cuentas de resultados
(miles de euros)
Denominación
Excedente del ejercicio
Variac. de PN
por ingresos y
gastos
imputados
directamente
al PN
Ajustes y
variaciones
Rdo Total,
Variac del
PN en el
ejercicio
Excedente de la actividad Excedente
de las
operaciones
financieras
Excedente
antes de
impuestos
Impuestos
s/ Bº
Variac. de PN
reconocida en
el excedente
del ejercicio
Subvenciones Otras
rúbricas
FUNDACIONES
-
FUNDACIÓN CLM, TIERRA DE VIÑEDOS
0
(279)
4
(275) 0 (275) 0 0 (275)
-
FUNDACIÓN CENTRO TECNOLÓGICO
EUROPEO DEL ASFALTO
N/D N/D N/D N/D N/D N/D N/D N/D N/D
-
FUNDACIÓN CENTRO TECNOLÓGICO DEL
METAL DE CLM
0
(6)
0
(6) 0 (6) 0 0 (6)
-
FUNDACIÓN CULTURA Y DEPORTE DE CLM
5.559
(5.559)
0
0
0
0
16
0
16
-
FUNDACIÓN EL GRECO 2014 (*)
N/D
N/D
N/D
N/D
N/D
N/D
N/D
N/D
N/D
-
FUNDACIÓN DEL HOSPITAL NACIONAL DE
PARAPLÉJICOS PARA LA INVESTIGACIÓN Y
LA INTEGRACIÓN
2.116
(1.862)
(87)
167
0 167 (20) 0 147
-
FUNDACIÓN ÍNSULA BARATARIA PARA EL
FOMENTO DE LA SOCIEDAD DE LA
INFORMACIÓN Y EL CONOCIMIENTO EN CLM
N/D N/D N/D N/D N/D N/D N/D N/D N/D
-
FUNDACIÓN JURADO ARBITRAL LABORAL DE
CLM
450
(426)
0
24
0 24 0 0 24
-
FUNDACIÓN PATRONATO SEMANA DE
MÚSICA RELIGIOSA DE CUENCA
378
358
(4)
732
0 732 0 0 732
-
FUNDACIÓN PARQUE CIENTÍFICO Y
TECNOLÓGICO DE CLM
3.561
(3.454)
(68)
39
0 39 (1.490) (114) (1.565)
N/D: (No
disponible)
(*) La Fundación El Greco 2014 presentó un balance de fusión a 31 de octubre de 2015
Anexo I.3-2 2/2
FUNDACIONES PÚBLICAS / Cuentas de resultados
(miles de euros)
Denominación
Excedente del ejercicio
Variac. de PN
por ingresos y
gastos
imputados
directamente
al PN
Ajustes y
variaciones
Rdo. Total,
Variac. del
PN en el
ejercicio
Excedente de la actividad Excedente
de las
operaciones
financieras
Excedente
antes de
impuestos
Impuestos
s/ Bº
Variac. de PN
reconocida en
el excedente
del ejercicio
Subvenciones Otras
rúbricas
- FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CLM
17.241
(17.301)
(16)
(76) 0 (76) (146) (1.524) (1.746)
-
FUNDACIÓN CENTRO DE INNOVACIÓN DE
INFRAESTRUCTURAS INTELIGENTES
671
(647)
7
31
0 31 0 0 31
-
FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE CLM
10.187
(10.427)
0
(240) 0 (240) 40 (131) (331)
TOTAL 40.163
(39.603) (164) 396
0 396 (1.600) (1.769) (2.973)
Anexo I-4
SITUACIÓN DE AVALES
(miles de euros)
Avalado
Existencias
iniciales
Operaciones del ejercicio Existencias
finales
Importe
Avales
constituidos Avales
cancelados Importe
1. Concedidos por la Administración General
- Infraestructuras del Agua de CLM 1 3.520
0
1.976
1 1.544
- Servicios Hospitalarios Generales 3 138.750
0
138.750
0 0
- GICAMAN-Servicios Hospitalarios Generales 1 45.000
0
45.000
0 0
- RTVCLM 2 5.893
0
0
2 5.893
- Ente RTVCLM 2 1.212
616
0
3 1.828
- GICAMAN 1 51.176
0
5.387
1
45.789
- Fundación Hospital Nacional de Parapléjicos 1 474
0
474
0 0
- GEACAM 0 0
9.425
0
1 9.425
TOTAL 11 246.025
10.041
191.587
8
64.479
Anexo II.1-1
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Modificaciones de créditos presupuestarios / Clasificación económica
(miles de euros)
Capítulos
Créditos
extraordinarios
y suplementos
de crédito
Ampliaciones
de crédito
Transferencias de
crédito Créditos
generados
por
ingresos
Incorporaciones
remanentes de
crédito
Otras modificaciones Total
modificaciones
Positivas Negativas Positivas Negativas
1. Gastos de personal 0 0 106.645
24.966
4.491
86
0 0
86.256
2.
Gastos corrientes en bienes y
servicios
0 26.571 11.377
35.074
2.060
6.333
0 0
11.267
3.
Gastos financieros
0
0
7.129
165.000
0
0
0
0
(157.871)
4. Transferencias corrientes 0 11.493 388.071
299.640
7.015
90.281
0 0
197.220
5.
Fondo de contingencia y otros
imprevistos
0 0 253.282
253.233
0
0
0 0
49
TOTAL OPERACIONES CORRIENTES
0
38.064
766.504
777.913
13.566
96.700
0
0
136.921
6.
Inversiones reales
0
0
22.332
27.014
2.994
7.802
0
0
6.114
7. Transferencias de capital 0 65.198 92.107
75.686
9.772
10.482
0 0
101.873
TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL
0
65.198
114.439
102.700
12.766
18.284
0
0
107.987
8.
Activos financieros
0
0
53
383
0
0
0
0
(330)
9. Pasivos financieros 0 0 0
0
0
0
0 0
0
TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS
0
0
53
383
0
0
0
0
(330)
TOTAL
0
103.262
880.996
880.996
26.332
114.984
0
0
244.578
Anexo II.1-2
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Modificaciones de créditos presupuestarios / Clasificación orgánica
(miles de euros)
Secciones
Créditos
extraordinarios
y suplementos
de crédito
Ampliaciones
de crédito
Transferencias de
crédito
(importes netos)
Créditos
generados
por
ingresos
Incorporaciones
remanentes de
crédito
Otras modificaciones Total
modificaciones
Positivas Negativas Positivas Negativas
02 Cortes de CLM 0 0
0
0
0
0 0 0 0
03 Sindicatura de Cuentas de CLM 0 0
0
0
0
0 0 0 0
04 Consejo Consultivo de CLM 0 0
12
0
0
0 0 0 12
06 Deuda Pública 0 0
0
165.000
0
0 0 0 (165.000)
07 Créditos centralizados 0 0
0
0
0
0 0 0 0
11 Presidencia de La Junta 0 0
11.339
7.676
395
42 0 0 4.100
15 Hacienda 0 76.691
257.118
255.093
0
0 0 0 78.716
17 Fomento 0 26.571
54.621
29.389
690
6.681 0 0 59.174
18 Educación, Cultura Y Deportes 0 0
78.570
33.203
5.589
5.851 0 0 56.807
19
Empleo y Economía
0
0
21.081
36.550
3.712
80.542
0
0
68.785
21 Agricultura 0 0
85.836
315.425
14.684
20.691 0 0 (194.214)
27
Sanidad y Asuntos Sociales
0
0
372.419
38.660
1.262
1.177
0
0
336.198
TOTAL 0 103.262
880.996
880.996
26.332
114.984 0 0 244.578
Anexo II.1-3
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Liquidación del presupuesto de gastos / Clasificación
económica
(miles de euros)
Capítulos Créditos
iniciales Modificaciones
netas Créditos
finales Obligaciones
reconocidas Remanentes
de crédito
1. Gastos de personal 1.486.286
86.256 1.572.542
1.567.898 4.644
2. Gastos corrientes en bienes y
servicios 443.951
11.268 455.219
405.281 49.938
3. Gastos financieros 427.753
(157.871) 269.882
240.556 29.326
4. Transferencias corrientes 3.891.282
197.220 4.088.502
3.926.222 162.280
5. Fondo de contingencia y otros
imprevistos 2.000
49 2.049
0 2.049
TOTAL OPERACIONES
CORRIENTES 6.251.272
136.922 6.388.194
6.139.957 248.237
6. Inversiones reales 115.033
6.113 121.146
87.141 34.005
7. Transferencias de capital 477.163
101.873 579.036
455.214 123.822
TOTAL OPERACIONES DE
CAPITAL 592.196
107.986 700.182
542.355 157.827
8. Activos financieros 2.771
(330) 2.441
1.555 886
9. Pasivos financieros 1.258.186
0 1.258.186
1.029.581 228.605
TOTAL OPERACIONES
FINANCIERAS 1.260.957
(330) 1.260.627
1.031.136 229.491
TOTAL 8.104.425
244.578 8.349.003
7.713.448 635.555
Anexo II.1-4
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Liquidación del presupuesto de gastos / Clasificación orgánica
(miles de euros)
Secciones Créditos
iniciales Modificaciones
netas Créditos
finales Obligaciones
reconocidas Remanentes
de crédito
02 Cortes de Castilla-La Mancha 8.638 0 8.638 8.638 0
03 Sindicatura de Cuentas 0 0 0 0 0
04 Consejo Consultivo 1.441 12 1.453 1.347 106
06 Deuda Pública 1.682.394 (165.000) 1.517.394 1.259.988 257.406
07 Créditos centralizados 2.000 0 2.000 0 2.000
11 Presidencia de la Junta 110.152 4.099 114.251 110.757 3.494
15 Hacienda 44.439 78.717 123.156 121.036 2.120
17 Fomento 305.870 59.174 365.044 313.913 51.131
18 Educación, Cultura y Deportes 1.491.041 56.807 1.547.848 1.525.389 22.459
19 Empleo y Economía 165.011 68.786 233.797 129.708 104.089
21 Agricultura 1.358.007 (194.215) 1.163.792 1.007.900 155.892
27 Sanidad y Asuntos Sociales 2.935.432 336.198 3.271.630 3.234.772 36.858
TOTAL 8.104.425 244.578 8.349.003 7.713.448 635.555
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Liquidación del presupuesto de ingresos
(miles de euros)
Capítulos Previsiones
iniciales Modificaciones
netas Previsiones
finales Derechos
reconocidos
1. Impuestos direct os 1.174.419 0 1.174.419 1.153.523
2. Impuestos indirectos 2.268.613 0 2.268.613 2.280.883
3. Tasas, precios públicos y otros ingresos 177.008 893 177.901 174.705
4. Transferencias corrientes 2.095.148 (6.650) 2.088.498 1.821.879
5. Ingresos patrimoniales 8.561 0 8.561 10.781
TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 5.723.749 (5.757) 5.717.992 5.441.771
6. Enajenación de inversiones reales 31.060 0 31.060 9.503
7. Transferencias de capital 392.019 18.635 410.654 270.231
TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 423.079 18.635 441.714 279.734
8. Activos financieros 2.903 129.738 132.641 1.836
9. Pasivos financieros 1.954.694 0 1.954.694 1.851.666
TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 1.957.597 129.738 2.087.335 1.853.502
TOTAL 8.104.425 142.616 8.247.041 7.575.007
Anexo II.1-6
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Resultado y saldo presupuestario del ejercicio
(miles de euros)
Conceptos Derechos
reconocidos netos Obligaciones
reconocidas netas Importes
1. (+) Operaciones no financieras 5.721.505 6.682.312 (960.807)
2. (+) Operaciones con activos financieros 1.836 1.555 281
I.
RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (1+2)
5.723.341
6.683.867
(960.526)
II. VARIACIÓN NETA DE PASIVOS FINANCIEROS 1.851.666 1.029.581 822.085
III.
SALDO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO (I+II)
7.575.007
7.713.448
(138.441)
3. (+) Créditos gastados financiados con remanente de tesorería 73.899
4. (-) Desviaciones de financiación positivas por recursos del ejercicio en gastos con financiación afectada
100.156
5. (+) Desviaciones de financiación negativas en gastos con financiación afectada 0
IV.
SUPERÁVIT O DÉFICIT DE FINANCIACIÓN DEL EJERCICIO (III+3-4+5)
7.575.007
7.713.448
(164.698)
Anexo II.2-0.1
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Balance
(miles de euros)
Activo Ej. corriente Ej. anterior Pasivo Ej. corriente Ej. anterior
A) INMOVILIZADO 1.646.958
1.607.983
A) FONDOS PROPIOS (12.553.230) (11.633.881)
I.
Inversiones destinadas al uso
general
192.262
190.538
I. Patrimonio (11.780.493) (10.659.217)
II. Inmovilizaciones inmateriales 1.869
2.850
II. Reservas 0
0
III. Inmovilizaciones materiales 1.319.225
1.353.272
III. Resultados de ejercicios anteriores 0
0
IV. Inversiones gestionadas 25.558
22.763
IV. Resultados del ejercicio (772.737) (974.664)
V.
Inversiones financieras
permanentes
108.044
38.560
B) INGRESOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS 171
256
B)
GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS
EJERCICIOS
10.962
12.185
C) ACREEDORES A LARGO PLAZO 12.229.069
11.853.643
C) ACTIVO CIRCULANTE 815.637
737.651
I. Emisiones de obligaciones y otros valores negociables 1.289.702
1.489.702
I.
Existencias
0
0
II.
Otras deudas a largo plazo
10.939.367
10.363.941
II.
Deudores
599.459
567.931
Desembolsos pendientes sobre acciones no exigidos
III.
Inversiones financieras
temporales
2.689
2.793
D) ACREEDORES A CORTO PLAZO 2.797.547
2.137.801
IV.
Tesorería
213.489
166.927
I.
Emisiones de obligaciones y otros valores negociables
233.625
75.315
V.
Ajustes por periodificación
0
0
II.
Deudas con entidades de crédito
1.136.775
825.052
III.
Acreedores
1.427.147
1.237.434
IV.
Ajustes por periodificación
0
0
E)
PROVISIONES PARA RIESGOS Y GASTOS A CORTO
PLAZO
0
0
TOTAL ACTIVO
2.473.557
2.357.819
TOTAL PASIVO
2.473.557
2.357.819
Anexo II.2-0.2
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Cuenta del resultado económico-patrimonial
(miles de euros)
Debe Ej. corriente Ej. anterior Haber Ej. corriente Ej. anterior
A) GASTOS 6.579.429
6.839.963
B) INGRESOS
5.806.692
5.865.299
1.
Gastos de funcionamiento de los servicios y
prestaciones sociales
2.150.765
2.395.440
1.
Ingresos de gestión ordinaria
3.555.128
3.504.345
2.
Transferencias y subvenciones
4.386.562
4.321.459
2.
Otros ingresos de gestión ordinaria
69.270
83.250
3.
Pérdidas y gastos extraordinarios
42.102
123.064
3.
Transferencias y subvenciones
2.092.109
2.198.610
a) Pérdidas procedentes del inmovilizado
38
454
4.
Ganancias e ingresos extraordinarios
90.185
79.094
b) Pérdidas por operaciones de endeudamiento
0
0
a) Beneficios procedentes del inmovilizado
232
1.501
c) Gastos extraordinarios
1
1
b) Beneficios por operaciones de endeudamiento
0
0
d) Gastos y pérdidas de otros ejercicios
42.063
122.609
c) Ingresos extraordinarios
35.191
508
d) Ingresos y beneficios de otros ejercicios
54.762
77.085
AHORRO DESAHORRO
772.737
974.664
Anexo II.2-1
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Deudores presupuestarios
(miles de euros)
Años Saldo inicial Modificaciones Saldo neto Cobros Saldo final
Aumentos Disminuciones
1980 5
0 0 5 0 5
1986
1
0
0
1
0
1
1987 1
0 0 1 0 1
1988 21
0 0 21 0 21
1989 4
0 0 4 0 4
1990 63
0 0 63 0 63
1991 44
0 0 44 0 44
1992 42
0 0 42 0 42
1993 57
0 0 57 0 57
1994 133
0 0 133 0 133
1995 20
0 0 20 0 20
1996 242
0 0 242 1 241
1997 251
0 0 251 6 245
1998
1.491
0
14
1.477
34
1.443
1999 457
0 114 343 9 334
2000 484
0 18 466 10 456
2001 697
0 129 568 22 546
2002 988
0 236 752 13 739
2003 1.553
0 752 801 15 786
2004 952
0 240 712 15 697
2005
874
0
79
795
21
774
2006 7.411
0 52 7.359 42 7.317
2007
3.027
0
126
2.901
180
2.721
2008 6.770
0 527 6.243 217 6.026
2009 15.466
0 3.925 11.541 832 10.709
2010
16.014
0
1.616
14.398
1.144
13.254
2011 23.396
0 6.346 17.050 1.407 15.643
2012 25.011
0 3.424 21.587 1.700 19.887
2013 69.862
0 5.653 64.209 3.834 60.375
2014 101.122
0 10.091 91.031 44.554 46.477
2015 0
7.575.007 0 7.575.007 7.354.451 220.556
TOTAL 276.459
7.575.007 33.342 7.818.124 7.408.507 409.617
Anexo II.2-2
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Deudores extrapresupuestarios
(miles de euros)
Concepto Saldo
inicial Modificaciones Cargos Total Abonos Saldo
final
Deudores por IVA 34 0 38
72 34
38
Deud. Pagos duplic. 3 0 1
4 1
3
Movimientos internos de tesorería 269.253 0 475.705
744.958 501.133
243.825
Movimientos internos de tesorería EEPP 95.904 0 9.945
105.849 103.990
1.859
Deud. Pagos duplicados mecanismo pago
proveedores
1.347 0 12
1.359 400
959
Seg. Social, deudora 609 0 6.037
6.646 985
5.661
G. Convenio de S. Soc. 0 0 239.614
239.614 239.614
0
IVA soportado 0 0 98
98 98
0
Pagos pendientes de aplicación 36 0 0
36 0
36
Pagos pendientes de aplicación: costes convenio 0 0 1.560
1.560 1.560
0
Pagos pendientes de aplicación: coste fabr. Ef. T 0 0 155
155 155
0
Pagos pendientes de aplicación: ICO proveedores 961 0 0
961 21
940
Provisiones de fondos pendientes de justificar 146 0 186
332 146
186
Libramientos para provisiones de Fondos
pendientes de pago
921 0 1.690
2.611 921
1.690
Depósitos Constituidos a Corto Plazo 0 0 60
60 30
30
Depósitos constituidos tasac. Pericial contrad. AB 87 0 20
107 19
88
Depósitos constituidos tasac. Pericial contrad. CR 21 0 12
33 17
16
Depósitos constituidos tasac. Pericial contrad. CU 36 0 21
57 16
41
Depósitos constituidos tasac. Pericial contrad. GU 0 0 0
0 0
0
Depósitos constituidos tasac. Pericial contrad. TO 158 0 52
210 49
161
TOTAL 369.516 0 735.206
1.104.722 849.189
255.533
Anexo II.2-3
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Tesorería
(miles de euros)
Concepto Importes
1. COBROS 22.879.231
Presupuesto corriente 7.355.932
Presupuestos cerrados 54.056
Operaciones no presupuestarias 15.469.243
2. PAGOS 22.832.669
Presupuesto corriente 7.304.521
Presupuestos cerrados 515.819
Operaciones no presupuestarias 15.012.329
I. Flujo neto de tesorería del ejercicio (1-2) 46.562
3. Saldo inicial de tesorería 166.927
II. SALDO FINAL DE TESORERÍA (I+3) 213.489
Anexo II.2-4
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Acreedores no financieros / Presupuestarios
(miles de euros)
Años Saldo inicial Modificaciones Saldo neto Pagos Saldo final
Aumentos Disminuciones
2014 y anteriores 601.966 0 46.041 555.925 513.523 42.402
2015 0 7.713.448 0 7.713.448 7.304.948 408.500
TOTAL 601.966 7.713.448 46.041 8.269.373 7.818.471 450.902
Anexo II.2-5 - 1/4
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Acreedores no financieros / Extrapresupuestarios
(miles de euros)
Concepto Saldo inicial Modificaciones Abonos Total Cargos Saldo final
ACREEDORES NO PRESUPUESTARIOS
13.700
0
3.006.381
3.020.081
2.985.325
34.756
O. A. NO P.: RET. JUDICIALES
0
0
6.366
6.366
6.366
0
O. A. NO P.: CUOTAS VOLUNTARIAS
2
0
22
24
22
2
O. A. NO P. : PTES. SUBVENCIONES
235
0
229
464
216
248
O.A. NO P. : PTES. HERBACEOS
0
0
0
0
0
0
O. A. NO P.: CUOTAS VOLUNTARIAS - EDUCACIÓN
0
0
1
1
1
0
O. A. NO P.: RET. JUDICIALES Y ADVAS. NÓMINA EDUCAC.
0
0
387
387
387
0
O. A. NO P.: RETENC. ANTICIPO NOMINA LABORAL. C. PL
0
0
75
75
75
0
O. A. NO P.: RETENC. ANTICIPO NOMINA FUNC. C. PL
0
0
246
246
246
0
O.A. NO P. : LEY MODULACION AGRICULTURA
3
0
0
3
0
3
MOVIMIENTOS INTERNOS DE TESORERÍA
10.678
0
17.422
28.100
28.100
0
PARTICIPACION DE EE.LL. EN LOS TRIBUTOS DEL ESTADO
57.707
0
768.955
826.662
769.671
56.991
MOVIMIENTOS INTERNOS DE TESORERÍA GRECO OO AA
23
0
1.329
1.352
1.236
116
ENTES PÚBL. INGRESOS PTES. LIQ. AGUAS CLM
6.766
0
11.385
18.151
14.099
4.052
HACIENDA PÚBLICA ACREEDOR POR IVA
136
0
813
949
429
520
H.P. I.R.P.F. NOMINA
9.215
0
69.092
78.307
69.553
8.754
H.P. I.R.P.F. S. PERIF.
3
0
13
16
14
2
H.P. I.R.P.F.: PROF.
146
0
915
1.061
903
158
H.P. :RET. REND. ARREND.
36
0
89
125
100
25
H.P. I.R.P.F. NO RESID.
0
0
0
0
0
0
RET. IRPF CURSOS.
34
0
323
357
235
122
RET. IRPF PRENIOS
0
0
0
0
0
0
RET. IRPF OTRO PERS.
1
0
7
8
7
1
RET. IRPF DERECHOS DE IMAGEN
0
0
3
3
3
0
RET. IRPF AGRICOLA Y GANADERA ENGORDE. 0 0 0 0 0 0
Anexo II.2-5 - 2/4
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Acreedores no financieros / Extrapresupuestarios
(miles de euros)
Concepto Saldo inicial Modificaciones Abonos Total Cargos Saldo final
RET. IRPF AGRICOLA Y GANADERA RESTO
0
0
1
1
1
0
H.P. I.R.P.F. NÓMINA -EDUCACIÓN
23.331
0
170.684
194.015
170.697
23.318
H.P. I.R.P.F. NÓMINA - C.E.S.
0
0
0
0
0
0
H.P. I.R.P.F. PROFESIONALES - RC. CES
2
0
0
2
0
2
RET. IRPF AYUDAS Y BECAS EDUCACIÓN
0
0
0
0
0
0
H.P. IRPF. AAEE. ESTIMACIÓN OBJETIVA
0
0
0
0
0
0
CUOTAS DHOS PASIVOS
83
0
570
653
574
79
CUOTAS DHOS PASIVOS - EDUCACIÓN
3.865
0
26.846
30.711
26.997
3.714
SEG. SOC, ACREEDORA
0
0
139.570
139.570
139.570
0
SEG. SOCIAL. CENTROS
0
0
32.412
32.412
32.412
0
SEGURIDAD SOCIAL - CUOTA TRANSITORIA
5.801
0
239.683
245.484
239.614
5.870
SEG. SOC, EDUCACIÓN
0
0
62.040
62.040
62.040
0
SEG. SOC, C.E.S.
18
0
0
18
0
18
MUFACE, F. GENERAL
36
0
249
285
250
35
MUFACE, EDUCACIÓN
1.712
0
11.968
13.680
12.010
1.670
ISFAS ACREEDORA
0
0
1
1
1
0
IVA REPERCUTIDO
0
0
911
911
911
0
C.P.A.: ING. PTES. APLIC. RET. NOMINAS LAB. L. PL.
0
0
497
497
497
0
C.P.A. : ING. PTES. APLIC. RET. NOM. FUNC. L. PL.
0
0
567
567
567
0
Anexo II.2-5 - 3/4
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Acreedores no financieros / Extrapresupuestarios
(miles de euros)
Concepto Saldo inicial Modificaciones Abonos Total Cargos Saldo final
C.P.A. : ING. PTES. APLIC. TASAS DIRECCIÓN DE OBRAS
0
0
979
979
979
0
C.P.A.: RECAUDACION EJECUTIVA CONVENIO A.E.A.T.
214
0
25.203
25.417
25.241
176
C.P.A.: INGRESOS POR PENALIDADES Y SANCIONES
0
0
0
0
0
0
C.P.A. : DE VARIOS
5.096
0
9.224.555
9.229.651
9.105.211
124.440
C.P.A.; DELEG. PROV. CONTRAIDO POR RECAUDADO
16.281
0
20.633
36.914
16.281
20.633
C.P.A.: DELEG PROV. CONTRAIDO PREVIO
41
0
26
67
41
26
C.P.A.: RETENCION RESIDENCIAS
0
0
33.302
33.302
33.302
0
C.P.A.: COMPENSACION ORG. PAG. MED AGRO
0
0
5
5
5
0
C.P.A. COMPENSACIÓN DE DEUDAS
2.185
0
30.135
32.320
29.733
2.587
C.P.A. : ANTICIPOS REINTEGRABLES - EDUCACIÓN
0
0
223
223
223
0
I.P.A. CONVENIO GRECO
69
0
448.125
448.194
448.123
71
C.P.A.: COMPENSACION ORG. PAG. REGULADOR MED AGRO
36
0
4.496
4.532
4.520
12
C.P.A: ING. PTES. APLIC. REINT. PLAN CONCERTADO
0
0
112
112
112
0
C.P.A: REINTEGRO SERVICIO AYUDA A DOMICILIO
0
0
494
494
494
0
C.P.A: REINTEGRO P.R.A.S.
0
0
176
176
176
0
C.P.A: REINTEGRO P.R.I.S.
0
0
3
3
3
0
C.P.A.: HABILITADOS
0
0
0
0
0
0
C.P.A.: DEPOSITOS TASACION PERICIAL CONTR.
161
0
100
261
98
163
C.P.A.:DESCUENTOS EN FACTURAS
0
0
0
0
0
0
RETENCIONES REGULARIZACIÓN FACTURAS ABONO
0
0
18
18
0
18
O.P.P.A.: INGRESOS PENDIENTES DE APLICACION
0
0
13
13
13
0
O.P.P.A.: INGRESOS DIARIOS PTES DE APLICACION
8.921
0
24.042
32.963
26.971
5.992
O.P.P.A.: ANTICIPO ING. DE SISTEMA FINANCION CCAA
405.564
0
229.150
634.714
20.679
614.035
Anexo II.2-5 - 4/4
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Acreedores no financieros / Extrapresupuestarios
(miles de euros)
Concepto Saldo inicial Modificaciones Abonos Total Cargos Saldo final
FIANZAS RECIBIDAS A C/P
22.478
0
3.489
25.967
3.124
22.843
GARANTIAS ESPECIALES 631 0 2.374 3.005 52 2.953
FIANZAS Y ARRENDAMIENTOS C.INICIAL DE: T.02-00102/G 5.043 0 0 5.043 455 4.588
DEPOSITOS RECIBIDOS A C/P
21.279
0
2.349
23.628
2.113
21.515
TOTAL 621.532 0 14.620.054 15.241.586 14.281.078 960.508
Anexo II.2-6
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Pasivos financieros: empréstitos
(miles de euros)
Año de
emisión Denominación
Tipos de Interés
(%)
Suscripciones
(totales)
Pendiente de
amortización
al 1 de enero
Suscripciones Amortizaciones
Diferencias
de cambio
Pendiente de
amortización al 31
de diciembre
N/D
Deuda Pública, Emisión 0001350117-5
2.38.05.12.23
N/D N/D
100.000
0 0
0 100.000
N/D
Deuda Pública, Emisión 0001350125-5
3.88.31.01.36
N/D N/D
200.000
0 0
0 200.000
N/D
Deuda Pública ES0001350133 4.63 30-11-
22
N/D N/D
150.000
0 0
0 150.000
N/D
Deuda Pública G0259585. 18-03-20
N/D
N/D
400.000
0
0
0
400.000
N/D
Deuda Pública ES0001350141 5-07-25
N/D
N/D
25.000
0
0
0
25.000
N/D
Deuda Pública ES0001350174 9-09-30
N/D
N/D
140.000
0
0
0
140.000
N/D
Deuda Pública ES0001350182 24-09-17
N/D
N/D
50.000
0
0
0
50.000
N/D
Deuda Pública ES0001350208 15-01-21
N/D
N/D
60.000
0
0
0
60.000
N/D
Deuda Pública ES0001350216 30-01-21
N/D
N/D
15.000
0
0
0
15.000
2011
Deuda Pública Emisión 2011, Caja Madrid
N/D
N/D
27.000
0
0
0
27.000
2011
Deuda Pública Emisión 2011, Deutsche
Bank 25 mill
N/D N/D
25.000
0 0
0 25.000
2011
Deuda Pública Emisión 2011, Deutsche
Bank 17,7 mill
N/D N/D
17.702
0 0
0 17.702
2011
Deuda Pública Emisión 2012, Caja Rural
CLM 40 mill
N/D N/D
40.000
0
40.000
0 0
2014
Deuda Pública, Emisión 2014. BBVA 40 mill
N/D
N/D
80.000
0
0
0
80.000
2006
Deuda Pública 2006. CA48204TAB58
28.11.16
N/D N/D
200.000
0 0
0 200.000
TOTAL
N/D
N/D
1.529.702
0
40.000
0
1.489.702
N/D: (No disponible)
Anexo II.2-7 1/2
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Pasivos financieros: préstamos
(miles de euros)
Prestamista
Préstamos
dispuestos Pendiente de
amortización al
1 de enero Disposiciones Amortizaciones Diferencias
de cambio
Pendiente de
amortización al
31 de diciembre
Total
CAJA DE CASTILLA LA MANCHA
10
N/D
127.623
0
54.998
0
72.625
CAJA DE AHORROS DE GUADALAJARA
2
N/D
11.667
0
11.667
0
0
GLOBALCAJA
4
N/D
118.000
0
0
0
118.000
CAJASOL
1
N/D
15.760
0
1.970
0
13.790
UNICAJA
2
N/D
21.731
0
3.269
0
18.462
CAIXA
7
N/D
158.053
0
33.750
0
124.303
BBVA
10
N/D
436.772
133.750
93.612
0
476.910
SANTANDER
12
N/D
788.593
350.000
323.504
0
815.089
BANESTO
1
N/D
50.000
0
50.000
0
0
DEXIA
3
N/D
100.000
0
8.333
0
91.667
BANKINTER
5
N/D
19.093
0
6.765
0
12.328
CAJA RURAL DE CLM
2
N/D
48.095
0
16.905
0
31.190
POPULAR
2
N/D
78.500
0
0
0
78.500
BANCO DE CLM
4
N/D
82.531
50.000
1.500
0
131.031
NOVAGALICIA
1
N/D
150
0
100
0
50
SABADELL
1
N/D
5.000
0
0
0
5.000
FFPP (2012)
1
N/D
2.732.018
0
14
0
2.732.004
FLA 2012
1
N/D
1.037.144
0
0
0
1.037.144
ICO
3
N/D
356.333
0
192.697
0
163.636
FFPP 2013
4
N/D
1.103.233
0
0
0
1.103.233
FLA 2013
1
N/D
859.904
0
0
0
859.904
N/D: (No disponible)
Anexo II.2-7 2/2
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Pasivos financieros: préstamos
(miles de euros)
Prestamista
Préstamos
dispuestos
Pendiente de
amortización al
1 de enero Disposiciones Amortizaciones Diferencias
de cambio
Pendiente de
amortización al
31 de diciembre
Total
FLA 2014
1
N/D
1.608.258
0
0
0
1.608.258
FLA 2015
1
N/D
0
1.306.208
0
0
1.306.208
FLA SOCIAL 2015
1
N/D
0
22.904
0
0
22.904
BANCO EUROPEO DE INVERSIONES (EXTERIOR)
29
N/D
998.343
50.000
100.149
0
948.194
BANCO EUROPEO DE DESARROLLO (EXTERIOR)
2
N/D
16.250
0
2.500
0
13.750
DEPFA BANK (EXTERIOR)
1
N/D
20.000
0
20.000
0
0
BARCLAYS BANK (EXTERIOR)
1
N/D
15.000
0
0
0
15.000
WESTLB (EXTERIOR)
1
N/D
75.000
0
0
0
75.000
HSBC (EXTERIOR) 2 N/D
80.000
0
0
0 80.000
BANKIA
1
N/D
1.472
0
0
0
1.472
DEXIA SABADELL 2 N/D
16.177
0
3.537
0 12.640
SANTANDER C/P CRÉDITO (2014)
1
N/D
15.000
0
15.000
0
0
BANCO DE CLM C/P (2014)
1
N/D
55.000
0
55.000
0
0
SABADELL C/P (2014) 1 N/D 9.000
0
9.000
0 0
CAIXABANK C/P (2014)
1
N/D
7.000
0
7.000
0
0
BBVA CRÉDITO C/P (2015)
N/D
0
25.000
0
0
25.000
TOTAL 123 N/D
11.066.700
1.937.862
1.011.270
0 11.993.292
N/D: (No disponible)
Anexo II.2-8
ADMINISTRACIÓN GENERAL / Remanente de Tesorería
(miles de euros)
Conceptos Importes
1. Derechos pendientes de cobro 472.300
(+)
del Presupuesto corriente 220.556
(+)
de Presupuestos cerrados 189.061
(+)
de operaciones no presupuestarias 252.681
(-)
de dudoso cobro 65.355
(-)
cobros realizados pendientes de aplicación definitiva 124.643
2. Obligaciones pendientes de pago 1.269.047
(+)
del Presupuesto corriente 418.380
(+)
de Presupuestos cerrados 42.402
(+)
de operaciones no presupuestarias 809.240
(-)
pagos realizados pendientes de aplicación definitiva 975
3. Fondos líquidos
213.489
I.
Remanente de Tesorería afectado
155.994
II.
Remanente de Tesorería no afectado
(739.252)
III. Remanente de Tesorería (1-2+3)=(I+II) (583.258)
Anexo III.1
FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL / Liquidación de los créditos del Fondo de Compensación
(miles de euros)
Líneas de actuación / Proyectos Créditos
iniciales
Modificaciones Créditos
finales Obligaciones
reconocidas Remanentes
de crédito Pagos Pendiente
de pago
Incorporaciones Otros
aumentos Bajas
Infraestructuras en carreteras 19.749
0 5.512 6.306 18.955
16.788 2.167 15.646
1.142
Infraestructuras y equipamiento en Centros Educativos 9.149
0 3.418 4.429 8.138
6.516 1.622 5.192
1.324
Infraestructuras y equipamiento sanitario 7.945
0 12.427 6.357 14.015
9.171 4.844 8.971
200
TOTAL 36.843
0 21.357 17.092 41.108
32.475 8.633 29.809
2.666
Anexo III.2
FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL / Liquidación de los recursos del Fondo de Compensación
(miles de euros)
Líneas de actuación / Proyectos Previsiones finales Derechos reconocidos Ingresos Pendientes de ingreso
Infraestructuras en carreteras 15.449 15.449 15.449 0
Infraestructuras y equipamientos de centros educativos 5.257 5.257 5.257 0
Infraestructuras y equipamiento sanitario 7.095 7.095 1.986 5.109
TOTAL 27.801 27.801 22.692 5.109
Anexo III.3
FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL / Liquidación de los créditos del Fondo Complementario
(miles de euros)
Líneas de actuación / Proyectos Créditos
iniciales
Modificaciones Créditos
finales
Obligaciones
reconocidas Remanentes
de crédito Pagos Pendiente
de pago
Incorporaciones Otros
aumentos Bajas
Infraestructuras en carreteras
10.494
0 8.318
7.224
11.588
8.326 3.262 7.841
485
Infraestructuras y equipamientos de centros educativos 450
0 459
442
467
409 58 385
24
Infraestructuras y equipamiento sanitario 1.573
0 2.179
1.743
2.009
1.669 340 1.658
11
TOTAL
12.517
0 10.956
9.409
14.064
10.404 3.660 9.884
520
Anexo III.4
FONDOS DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL / Liquidación de los recursos del Fondo Complementario
(miles de euros)
Líneas de actuación / Proyectos Previsiones finales Derechos reconocidos Ingresos Pendiente de ingreso
Infraestructuras en carreteras 7.778 7.778 7.778 0
Infraestructuras y equipamientos de centros educativos 365 365 365 0
Infraestructuras y equipamiento sanitario 1.123 1.123 393 730
TOTAL 9.266 9.266 8.536 730
ALEGACIONES FORMULADAS
RELACIÓN DE ALEGACIONES
ALEGACIONES FORMULADAS POR EL EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
ALEGACIONES FORMULADAS POR LA EXCMA. SRA. PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA EN EL EJERCICIO FISCALIZADO (2015)
ALEGACIONES FORMULADAS POR EL EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
ALEGACIONES FORMULADAS POR LA EXCMA. SRA. PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA EN EL EJERCICIO FISCALIZADO (2015)

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