INFORME nº 1333 de 2019 de Tribunal de Cuentas, 25-07-2019

Fecha25 Julio 2019
EmisorTribunal de Cuentas
TRIBUNAL DE CUENTAS
Nº 1.333
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA, EJERCICIOS 2015 A 2017
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en
los artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de
Cuentas, y a tenor de lo previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y
concordantes de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,
ha aprobado, en su sesión de 25 de julio de 2019, el Informe de fiscalización de la
contratación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, ejercicios
2015 a 2017 y ha acordado su elevación a las Cortes Generales, así como al Gobierno de
la Nación, según lo prevenido en el artículo 28 de la Ley de Funcionamiento.
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN DEL INFORME ..................................................................................................... 5
I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN ......................................................................................... 5
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN ............................ 6
I.3. OBJETIVOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN ........................................................... 7
I.4. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CNMC .............................................................. 8
I.5. TRATAMIENTO DE ALEGACIONES ....................................................................................... 10
II. INFORMACIÓN SOBRE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA Y LA REMISIÓN DE
DOCUMENTACIÓN AL TRIBUNAL DE CUENTAS .......................................................................... 11
II.1. CONTRATACIÓN CELEBRADA POR LA CNMC EN EL PERIODO FISCALIZADO ............... 11
II.2. REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN AL TRIBUNAL DE CUENTAS ........................................ 12
III. ANÁLISIS DE LA CONTRATACIÓN ............................................................................................ 13
III.1. MUESTRA SELECCIONADA ................................................................................................. 13
III.2. ANÁLISIS DE LOS CONTRATOS SOMETIDOS AL TRLCSP ............................................... 14
III.3. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
FORMULADAS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS ...................................................................... 45
IV. CONCLUSIONES ........................................................................................................................ 46
IV.1. EN RELACIÓN CON LA JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN ... 46
IV.2. EN RELACIÓN CON LA JUSTIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN .............. 46
IV.3. EN RELACIÓN CON LAS ACTUACIONES PREPARATORIAS Y LOS PLIEGOS
RECTORES DE LA CONTRATACIÓN .......................................................................................... 46
IV.4. EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE SELECCIÓN .......................................................... 47
IV.5. EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN LICITADOS
MEDIANTE
EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO ............................................................................................. 47
IV.6. EN RELACIÓN CON LA FASE DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS .............................. 48
IV.7. EN RELACIÓN CON LOS CONTRATOS MENORES ........................................................... 48
IV.8. EN RELACIÓN CON LAS INICIATIVAS ADOPTADAS EN OBSERVANCIA DE LAS
PREVISIONES CONTENIDAS EN LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA
IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES .................................................................... 48
IV.9. EN RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES EN MATERIA
DE CONTRATACIÓN FORMULADAS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS ................................... 49
V. RECOMENDACIONES ................................................................................................................. 49
ANEXOS
ALEGACIONES
RELACIÓN DE SIGLAS Y ABREVIATURAS
BOE
Boletín Oficial del Estado
CEMA
Consejo Estatal de Medios Audiovisuales
CMT
Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
CNC
Comisión Nacional de la Competencia
CNE
Comisión Nacional de la Energía
CNJ
Comisión Nacional del Juego
CNMC
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
CNSP
Comisión Nacional del Sector Postal
CREA
Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria
CRF
Comité de Regulación Ferroviaria
IGAE
Intervención General de la Administración del Estado
IGC
Instrucción General relativa a la remisión telemática al Tribunal de
Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las
relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión
IVA
Impuesto sobre el Valor Añadido
LFTCu
LGP
Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado
LOTCu
Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas
PCAP
Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares
PPT
Pliegos de Prescripciones o Condiciones Técnicas
RGLCAP
Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas
Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
Informe contratación CNMC 2015-2017 5
I. INTRODUCCIÓN DEL INFORME
I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
1.1. La fiscalización de la contratación realizada por la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (en lo sucesivo CNMC, la Comisión, la Entidad o la entidad fiscalizada) durante los
ejercicios 2015 a 2017 se incluyó en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para
el año 2018, aprobado por el Pleno el 21 de diciembre de 2017, en virtud de la iniciativa reconocida
al propio Tribunal por el artículo 45 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo (LOTCu).
1.2. La misma se enmarca en el Objetivo Estratégico 1 del Plan Estratégico del Tribunal de
Cuentas 2018-2021 de “Contribuir al buen gobierno y a la mejora de la actividad económico-
financiera del sector público”, en concreto en la medida 1 “Desarrollar fiscalizaciones en las que se
determinen las irregularidades y deficiencias detectadas en la organización, gestión y control de las
entidades públicas fiscalizadas, así como los progresos y buenas prácticas de gestión observadas
de su objetivo específico 1.2 y en la medida 2 “Fiscalizar sistemáticamente contratación y
subvenciones” de su objetivo específico 1.3.
1.3. La oportunidad de llevar a cabo esta fiscalización ha radicado en la importancia de comprobar
la actividad contractual de la CNMC sometida a la legislación reguladora de la contratación del
sector público. Esta actividad genera anualmente un notable volumen de gasto que vertebra de
forma determinante la actuación de las entidades integrantes del sector público. En particular, en el
caso de la entidad fiscalizada las características de los contratos celebrados por la misma,
derivadas del servicio público que presta, y el alcance del importe contratado han constituido
elementos más que suficientes para justificar el examen y análisis de su gestión en materia
contractual correspondiente a los ejercicios 2015 a 2017.
1.4. Además, los artículos 11 de la LOTCu y 39 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento
del Tribunal de Cuentas (LFTCu) establecen que está sujeta a fiscalización la contratación
celebrada por la Administración del Estado y las demás entidades del sector público. Por tanto, la
fiscalización de la contratación pública tiene su razón de ser en el mandato y en la exigencia
material derivada del marco legal regulador de la actuación del Tribunal de Cuentas e implica el
sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad,
eficiencia, transparencia y economía.
1.5. La creación de la CNMC se produjo por la Ley 3/2013, de 4 de junio, al objeto de agrupar las
funciones relativas al correcto funcionamiento de los mercados y sectores supervisados hasta
entonces por la Comisión Nacional de la Energía (CNE), la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones (CMT), la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), el Comité de
Regulación Ferroviaria (CRF), la Comisión Nacional del Sector Postal (CNSP), la Comisión de
Regulación Económica Aeroportuaria (CREA), el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA)
y la Comisión Nacional del Juego (CNJ).
1.6. Así, la citada Ley estableció la integración de los organismos existentes en un único
organismo, la CNMC, que asumió las funciones de supervisión regulatoria sectorial y de defensa de
la competencia hasta el momento encomendadas a los organismos preexistentes encargados de
garantizar, preservar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de
competencia efectiva en los distintos mercados y sectores productivos en beneficio de los
consumidores y usuarios. Dentro del plazo previsto en la disposición adicional primera de la Ley la
constitución de la CNMC tuvo lugar el 25 de septiembre de 2013. La puesta en funcionamiento se
determinó para el 7 de octubre de 2013, mediante la Orden ECC/1796/2013, de 4 de octubre.
1.7. De los organismos que mediante esta Ley se extinguieron, la CMT, la CNC y la CNE han sido
objeto de anteriores fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas, formando parte del objeto de las
mismas, entre otros aspectos, la contratación llevada a cabo por dichas entidades. En particular, la
6 Tribunal de Cuentas
mencionada actividad contractual correspondiente a los ejercicios 2010, 2011 y 2012 fue fiscalizada
a través de los respectivos Informes anuales de la contratación celebrada en estos años por las
Entidades estatales que, de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público, tenían la
consideración de Administraciones Públicas. Por otra parte, la contratación de la Entidad fue objeto
de análisis en el “Informe de fiscalización de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ejercicio 2014, y del proceso de integración en ella de los organismos públicos
declarados a extinguir por la Ley 3/2013, de 4 de junio”, aprobado por el Pleno del Tribunal de
Cuentas en su sesión de 26 de mayo de 2016.
1.8. Considerando la relevancia que desde la óptica fiscalizadora presenta la contratación realizada
por la mencionada Entidad, se consideró oportuno incluir en el Programa Anual del año 2018 la
fiscalización de los contratos celebrados por la misma en los ejercicios 2015 a 2017, decisión que
se refuerza a la vista del contenido específico que los mismos ofrecen en atención al interés público
al que la CNMC sirve.
1.9. El inicio de la presente fiscalización fue acordado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en
fecha de 27 de septiembre de 2018, aprobándose sus Directrices Técnicas en fecha 25 de octubre
del mismo año.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.10. El organismo objeto de fiscalización, la CNMC, se configuraba en su Ley de creación como un
organismo público de los previstos en la disposición adicional décima de la hoy derogada Ley
6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
(LOFAGE). Hoy día se configura como un organismo público de los contemplados en los artículos
84.1, letra b) y 109 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(LRJSP), esto es, como una autoridad administrativa independiente. De esta forma, tal y como se
establece en el artículo 2 de la citada Ley 3/2013, la CNMC se conforma como una entidad de
derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, adscrita al
actualmente denominado Ministerio de Economía y Empresa1, con autonomía orgánica y funcional
y plena independencia del Gobierno, de las Administraciones Públicas y de los agentes del
mercado. Además de por la normativa expuesta, la CNMC se regula por su Estatuto Orgánico
1.11. En materia de contratación dicha Entidad se ha sujetado durante el periodo fiscalizado al hoy
derogado Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), configurándose como integrada en
el sector público y gozando del carácter de poder adjudicador encuadrable en el concepto de
“Administraciones Públicas” contenido en dicho texto legal, sometiéndose, por tanto, íntegramente
al mismo.
1 Ministeri o de Economía y Competitividad y Ministerio de Economía, Industria y Competitividad a lo largo del periodo
fiscalizado.
Informe contratación CNMC 2015-2017 7
1.12. La fiscalización se ha referido a los contratos formalizados por la CNMC durante el periodo
objeto de fiscalización, llevándose a cabo el correspondiente análisis sobre la muestra que ha sido
seleccionada en aplicación de los diversos criterios que más adelante serán expuestos. Asimismo,
y sin perjuicio de resultar excluidos de la aplicación del TRLCSP, estaba prevista la fiscalización de
los contratos patrimoniales de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y demás negocios
jurídicos análogos sobre bienes inmuebles celebrados por la entidad fiscalizada, siempre y cuando
los mismos se hubieran celebrado o ejecutado durante el periodo fiscalizado. No obstante, no
consta la formalización, modificación o ejecución de contrato patrimonial alguno durante dicho
periodo.
1.13. En el ámbito temporal la fiscalización ha tenido por objeto los contratos adjudicados y
formalizados en los ejercicios 2015, 2016 y 2017, se encontrasen o no finalizados.
I.3. OBJETIVOS Y LIMITACIONES DE LA FISCALIZACIÓN
1.14. La fiscalización llevada a cabo ha sido de cumplimiento, sin perjuicio de que de sus
resultados se hayan derivado cuestiones relacionadas con el ámbito operativo o de gestión de la
Entidad, y ha tenido los siguientes objetivos concretos:
1º.Verificar el cumplimiento de la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas la documentación
establecida por las normas legales y por la Instrucción General relativa a la remisión telemática al
Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de
contratos, convenios y encomiendas de gestión, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de
noviembre de 2013.
2º.Analizar los pliegos de cláusulas administrativas particulares (PCAP) de los diferentes tipos de
contratos y los pliegos de prescripciones técnicas (PPT) de los contratos que por la naturaleza,
características y especialidad de las prestaciones incluidas en los mismos pudieran, a priori,
ofrecer mayor relevancia para la fiscalización, verificando su adecuación al TRLCSP y a las
demás disposiciones aplicables, tanto las de naturaleza legal como las normas internas de
contratación.
3º.Analizar la preparación y adjudicación de los contratos y su sometimiento a la legalidad vigente.
Se han analizado en particular: a) la justificación de la necesidad de la contratación; b) la
justificación del procedimiento y criterios de valoración elegidos; c) la aplicación de los mismos; d)
el tratamiento de las bajas anormales; e) las actas de la Mesa de Contratación u órgano
equivalente; y f) los acuerdos de adjudicación.
4º.Comprobar la ejecución de los contratos: extinción de los contratos, actas de recepción y pago.
Se han analizado, además, las demoras en la ejecución y sus consecuencias, y las
modificaciones si las hubiere.
5º.Seguimiento de las recomendaciones en materia de contratación formuladas en el Informe de
fiscalización elaborado por este Departamento y aprobado por el Tribunal de Cuentas en su
sesión de 26 de mayo de 2016. En concreto, su recomendación 7.4 se pronunciaba en los
siguientes términos: “Se recomienda a la CNMC que en la contratación de pequeñas obras
promueva la concurrencia y competencia entre licitadores, así como adoptar, en lo posible, las
prescripciones en el TRLCSP, incluso en aquellos supuestos en que no sean obligatorias dada la
cuantía o la naturaleza del contrato.
1.15. Se han verificado, asimismo, las iniciativas que hayan sido llevadas a cabo en observancia de
las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, y en observancia de la normativa vigente en materia de transparencia, en la
medida, en ambos casos, en que hayan guardado relación con el objeto de las actuaciones
fiscalizadoras.
8 Tribunal de Cuentas
1.16. Los procedimientos de fiscalización que se han utilizado han incluido todas las
comprobaciones sustantivas y de cumplimiento que se han estimado necesarias para verificar las
principales actuaciones relativas a la actividad contractual realizada por la CNMC en los ejercicios
2015 a 2017.
1.17. En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras no se han producido limitaciones que hayan
impedido cumplir los objetivos previstos, habiendo prestado adecuadamente su colaboración los
responsables de la Entidad.
1.18. La presente fiscalización se ha realizado de acuerdo con las Normas de Fiscalización del
Tribunal de Cuentas, aprobadas por su Pleno el 23 de diciembre de 2013.
I.4. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CNMC
1.19. Tal y como se ha indicado en el punto 1.5, la CNMC fue creada por la Ley 3/2013, de 4 de
junio, como se expone en su preámbulo, con el fin de agrupar las funciones relativas al correcto
funcionamiento de los mercados y sectores supervisados por la CNE, la CMT, la CNC, el CRF, la
CNSP, la CREA, el CEMA y la CNJ.
1.20. En este sentido, la Ley 3/2013, en su disposición adicional segunda , determina que la
constitución de la CNMC implica la extinción de la CNC, la CNE, la CMT, la CNSP, el CRF, la CNJ
(sus competencias han sido sustituidas y asumidas por la Dirección General de Ordenación del
Juego del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), la CREA y el CEMA, de manera
que las referencias a estas extinguidas entidades por parte de la legislación vigente se entenderán
realizadas a la CNMC o al Ministerio correspondiente (disposiciones adicionales séptima y octava)
según la función de que se trate. Asimismo, los bienes inmuebles y derechos reales de titularidad
de los organismos reguladores extinguidos innecesarios para el ejercicio de las funciones de la
CNMC se han incorporado al patrimonio de la Administración General del Estado, como también se
ha integrado en la Comisión el personal de los organismos públicos extinguidos.
1.21. De acuerdo con el artículo 1.1 de la Ley 3/2013, tal y como se dijo en el punto 1.10, la CNMC
es un organismo público de los previstos en el apartado 1 de la disposición adicional décima de la
LOFAGE, ley esta última derogada, expresamente, durante el periodo fiscalizado por la LRJSP,
constituido para dar adecuada respuesta a las funciones de supervisión regulatoria sectorial y de
defensa de la competencia. Con la entrada en vigor de la LRJSP se concibe como una autoridad
administrativa independiente, de acuerdo con los artículos 84.1 b) y 109 de aquella. El objeto de
este organismo, como define el artículo 1.2 de la Ley 3/2013, es garantizar, preservar y promover el
correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos los
mercados y sectores productivos, en beneficio de los consumidores y usuarios, ejerciendo sus
funciones (artículo 1.3) en todo el territorio español y en relación con todos los mercados o sectores
económicos.
1.22. La CNMC se configura de este modo, a tenor del artículo 2 de la Ley 3/2013, como un
organismo público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, adscrito al
Ministerio de Economía y Competitividad (denominado así en 2015 y 2016, posteriormente
denominado Ministerio de Economía, Industria y Competitividad en 2017 y Ministerio de Economía
y Empresa en la actualidad), con autonomía orgánica y funcional y plena independencia del
Gobierno, de las Administraciones Públicas y de los agentes del mercado. Asimismo, está sometida
al control parlamentario y judicial, sin perjuicio, como se expondrá posteriormente, de su
sometimiento al control de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y del
Tribunal de Cuentas.
1.23. La Ley 3/2013, en coherencia con su artículo 26, sienta las bases legales del régimen de
funcionamiento de la CNMC, de manera que estas se han desarrollado, en relación con la
estructura y funciones de la Comisión, mediante el Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto, por el
que se aprueba el Estatuto Orgánico de la CNMC.
Informe contratación CNMC 2015-2017 9
1.24. Este Estatuto regula con detalle la estructura de la CNMC en los artículos 6 y siguientes del
Real Decreto 657/2013, ejerciendo sus funciones a través de sus órganos de gobierno, que son el
Consejo, formado por diez miembros, y el Presidente, que lo es también de su Consejo. Los
miembros del Consejo, entre los que están el Presidente y el Vicepresidente, son nombrados por el
Gobierno mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Economía y Competitividad (en 2015
y 2016) o del de Economía, Industria y Competitividad (en 2017), con un mandato de seis años sin
posibilidad de reelección, renovándose parcialmente cada dos años. Su personal está constituido
por personal directivo, que debe ser funcionario de carrera, siendo el resto de personal funcionario
o laboral en consonancia con la relación de puestos de trabajo que apruebe el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.
1.25. La Entidad cuenta con tres sedes, dos en Madrid y otra en Barcelona, siendo esta última
donde se encuentra situada la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual.
1.26. La contratación de la CNMC, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 3/2013 y el artículo
41 del Real Decreto 657/2013, se rige por lo dispuesto en la legislación sobre contratos del sector
público, compuesta por el TRLCSP aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, y su normativa de desarrollo, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el
que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
(RGLCAP) y por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 30/2007, de 3 de octubre, de Contratos del Sector Público. En el periodo fiscalizado se ha
promulgado la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE - ambas de 26 de febrero de 2014 -, ley que deroga el TRLCSP, si bien
su entrada en vigor se produjo fuera del periodo fiscalizado, el 9 de marzo de 2018.
1.27. El Presidente de la CNMC es el órgano de contratación del organismo, que está asistido por
una mesa de contratación configurada como el órgano competente para la valoración de ofertas,
según lo establecido en el artículo 320 del TRLCSP. No obstante, parte de estas competencias han
sido delegadas en el Secretario General del organismo, en virtud de la Resolución de 31 de octubre
de 2013 de la Presidencia de la CNMC. En concreto, se delegan las funciones correspondientes al
órgano de contratación para los contratos con valor estimado no superior a 250 miles de euros.
1.28. En cuanto a su régimen económico-financiero y patrimonial, la CNMC, como prevé el artículo
33 de la Ley 3/2013, dispone de un patrimonio propio, distinto al del Estado, formado por los bienes
y derechos que son de su titularidad, junto a los bienes de dominio público de titularidad estatal que
le hayan sido adscritos de acuerdo con la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas. Su control económico y financiero se efectúa con arreglo a lo dispuesto
en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (LGP) y en la LOTCu.
1.29. El presupuesto, régimen de contabilidad y control económico y financiero están sometidos a
las prescripciones establecidas en el artículo 34 de su Ley creadora y a los artículos 43 a 45 de su
estatuto orgánico, debiendo el Consejo de la CNMC elaborar y aprobar anualmente el anteproyecto
de presupuesto, cuyos créditos tienen carácter limitativo, para su remisión al Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas y posterior tramitación de acuerdo con lo establecido en la
LGP. Corresponde al Presidente de la CNMC aprobar los gastos y ordenar los pagos y efectuar la
rendición de cuentas del organismo de conformidad con lo dispuesto en la LGP. La Entidad
formulará y rendirá sus cuentas de acuerdo con la mencionada LGP y las normas y principios de
contabilidad recogidos en el Plan General de Contabilidad Pública y sus normas de desarrollo,
disponiendo de un sistema de contabilidad analítica que proporcione información de costes sobre
su actividad que sea suficiente para una correcta y eficiente adopción de decisiones. Sin perjuicio
de las competencias que corresponden al Tribunal de Cuentas, la gestión económico-financiera de
la CNMC está sometida al control de la IGAE de acuerdo con lo previsto en la LGP, bajo cuya
dependencia funcional ejercerá el preceptivo control financiero permanente la Intervención
Delegada en la Comisión.
10 Tribunal de Cuentas
1.30. La asistencia jurídica, como determina el artículo 35 de la Ley 3/2013, consistente en el
asesoramiento, representación y defensa en juicio de la CNMC, corresponde al Servicio Jurídico
del Estado, cuyo centro directivo superior es la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio
Jurídico, mediante la formalización del oportuno convenio, al amparo del artículo 14 del
Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de
julio. A este respecto la CNMC formalizó el 6 de junio de 2016 el correspondiente convenio de
asistencia jurídica con la Administración General del Estado (Ministerio de Justicia, Abogacía
General del Estado-Servicio Jurídico del Estado), dando continuidad a los convenios que en su día
ya habían formalizado cuatro de los extintos organismos supervisores (CMT, convenio suscrito el 1
de diciembre de 2004; CNE, formalizado el 1 de junio de 2007; CNC, de fecha 1 de septiembre de
2007; y CNSP, suscrito el 9 de marzo de 2012).
1.31. Además de la legislación anteriormente detallada la CNMC está sometida, según los
correspondientes ámbitos y sectores, a las siguientes disposiciones normativas:
- Reglamento de funcionamiento interno de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, aprobado por el Pleno del Consejo el 4 de octubre de 2013.
- Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
- Ley 1/2002, de 21 de febrero, de coordinación de las competencias del Estado y las Comunidades
Autónomas en materia de defensa de la competencia.
- Real Decreto 2295/2004, de 10 de diciembre, relativo a la aplicación en España de las normas
comunitarias de competencia.
- Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la
Competencia.
- Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
- Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
- Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario.
- Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia.
- Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y
del mercado postal.
- Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
I.5. TRATAMIENTO DE ALEGACIONES
1.32. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la LFTCU el anteproyecto de Informe de
la presente fiscalización se remitió, para la formulación de alegaciones, al representante legal de la
entidad fiscalizada, que lo fue también durante el periodo fiscalizado, a fin de que, en tal condición,
formulara las alegaciones y presentara los documentos y justificantes que estimase en cada caso
pertinentes.
1.33. Una vez recibidas (en plazo prorrogado) las alegaciones se han incorporado en el texto del
Informe los cambios que se han considerado oportunos como consecuencia de su examen, ya sea
para aceptar su contenido o para razonar el motivo por el que no se acepta, pero no han sido
Informe contratación CNMC 2015-2017 11
objeto de contestación las que constituyen meras explicaciones o aclaraciones, ni aquellas en las
que se reitera lo indicado en el Informe. La falta de contestación a las alegaciones no debe
entenderse, por tanto, como una aceptación tácita de su contenido. En cualquier caso, el resultado
de la fiscalización es el expresado en el presente Informe.
II. INFORMACIÓN SOBRE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA Y LA REMISIÓN DE
DOCUMENTACIÓN AL TRIBUNAL DE CUENTAS
II.1. CONTRATACIÓN CELEBRADA POR LA CNMC EN EL PERIODO FISCALIZADO
2.1. La información remitida al Tribunal de Cuentas por la entidad fiscalizada, una vez comprobada
y analizada durante los trabajos de fiscalización, pone de manifiesto que durante el ejercicio 2015
la CNMC formalizó un total de 51 contratos, no menores, sujetos a la legislación de contratos del
sector público, por un importe total de 9.529 miles de euros en términos de presupuesto de
licitación y 8.252 miles de euros en términos de precio de adjudicación. Por su parte, en el ejercicio
2016 se formalizaron 29 contratos, no menores, por una suma total, en términos de presupuesto de
licitación, de 10.316 miles de euros, que suponen una cifra de 7.778 miles de euros en términos de
precio de adjudicación. Por último, en el ejercicio 2017 se formalizaron 39 contratos, no menores,
por una suma total, en términos de presupuesto de licitación, de 8.682 miles de euros y de 7.171
miles de euros en términos de precio de adjudicación.
2.2. Por lo que respecta a los tipos de contrato en el ejercicio 2015 se celebraron 36 contratos de
servicios por importe total de 7.075 miles de euros, 4 contratos de suministro por un monto de 833
miles de euros y 11 contratos que la entidad fiscalizada denomina privados por importe de 344
miles de euros, cifras todas ellas en términos de precio de adjudicación. En el ejercicio 2016 se
formalizó un contrato de obras por importe de 110 miles de euros, 24 contratos de servicios por un
total de 7.469 miles de euros, 2 contratos de suministro por importe de 156 miles de euros y 2
contratos que la entidad fiscalizada incluye bajo la rúbrica de “otros” -si bien se trata de contratos
de servicios- por importe de 43 miles de euros, importes todos en términos de precio de
adjudicación. En el ejercicio 2017 se formalizaron 2 contratos de obras por un importe global de
137 miles de euros, 29 contratos de servicios por un total de 5.997 miles de euros, 5 contratos de
suministro por importe de 861 miles de euros y 3 contratos que la entidad fiscalizada denomina
privados por importe de 176 miles de euros, todos ellos en términos de precio de adjudicación.
2.3. Los anexos I, II y III contienen la información relativa a los contratos formalizados durante los
ejercicios 2015, 2016 y 2017, respectivamente, desglosada por tipo de contrato y por procedimiento
de selección del contratista. En los tres anexos se ha eliminado en la columna de contratos
formalizados la información relativa a contratos realizados mediante el procedimiento de
contratación centralizada, los cuales fueron incluidos indebidamente por la entidad fiscalizada en
las correspondientes relaciones certificadas remitidas al Tribunal de Cuentas al tratarse de
contratos adjudicados, en algunos supuestos, según el procedimiento previsto en el artículo
206.3.a) del TRLCSP, o, en la mayoría de los casos, mediante el procedimiento especial de
adopción de tipo previsto en el artículo 206.3.b) de dicho texto legal. Las relaciones de contratos
recogidas en los mencionados anexos se presentan con el orden y terminología en cuanto a la
identificación del procedimiento de selección utilizado por la entidad fiscalizada en las
correspondientes relaciones certificadas anuales de contratos remitidas a este Tribunal de Cuentas.
2.4. Durante los trabajos de fiscalización se recabó información relativa a los contratos menores
celebrados por la Entidad durante el periodo fiscalizado. De acuerdo con la información facilitada
por esta, durante el ejercicio 2015 se celebraron 142 contratos menores por un importe total, en
términos de precio de adjudicación, de 1.498 miles de euros, de los cuales 8 fueron contratos de
obras por importe de 266 miles de euros, 94 de servicios por importe de 927 miles de euros y 40 de
suministro por importe de 305 miles de euros. Durante el año 2016 se celebraron 102 contratos
menores por un importe total de 999 miles de euros en términos de precio de adjudicación, de los
que 4 fueron de obras por importe acumulado de 126 miles de euros, 64 de servicios por un
12 Tribunal de Cuentas
importe acumulado de 568 miles de euros y 34 de suministro por importe acumulado de 305 miles
de euros. Durante el año 2017 se celebraron 120 contratos menores por un importe total de 1.511
miles de euros en términos de precio de adjudicación, de los que 3 fueron de obras por importe
acumulado de 113 miles de euros, 82 de servicios por importe de 1.047 miles de euros y 35 de
suministro por importe de 351 miles de euros. Los anexos IV, V y VI reflejan, respectivamente, la
contratación menor celebrada por la CNMC durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017, teniendo en
cuenta que la información facilitada en cuanto a importe incluye el IVA.
II.2. REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN AL TRIBUNAL DE CUENTAS
2.5. Para facilitar a las entidades el cumplimiento de lo establecido en los artículos 40.2 de la
LFTCu y 29 del TRLCSP el Tribunal de Cuentas dictó una Instrucción general relativa a la remisión
al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de
contratos y convenios celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico (IGC),
aprobada por su Pleno en sesión de 28 de noviembre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial del
Estado del 17 de diciembre, que en su momento sustituyó a la de 26 de marzo de 2009 y que
presentaba la entonces novedad de permitir la rendición de la información exigible a las entidades
del sector público en materia de contratación mediante la utilización de medios telemáticos. En
virtud de la mencionada Instrucción se ha venido requiriendo de todos los órganos de contratación,
con independencia del régimen jurídico al que estén sometidos, la remisión de una relación
certificada de todos los contratos celebrados en el ejercicio anterior, excluidos los contratos
menores. Por otro lado, en concordancia con lo establecido en el artículo 29 del hoy derogado
TRLCSP, para las entidades que hubieran de aplicar los procedimientos contemplados en dicho
texto legal se relacionaban los contratos, según tipo y cuantía, de los que, dentro de los plazos
legalmente fijados, habría de enviarse al Tribunal de Cuentas un extracto de su respectivo
expediente.
2.6. Con motivo de la derogación del citado TRLCSP a cargo de la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, ambas de 26 de
febrero de 2014, cuya entrada en vigor tuvo lugar el 9 de marzo de 2018, la citada IGC fue
sustituida por la Instrucción aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas en fecha 28 de junio de
2018, publicada un mes después en el BOE. No obstante, a los efectos de la fiscalización a que el
presente Informe se refiere resultan de aplicación a la totalidad del periodo fiscalizado tanto el
TRLCSP como la Instrucción general de 28 de noviembre de 2013.
2.7. La Instrucción aplicable a los contratos objeto de este Informe diferencia, según lo indicado en
el punto 2.5., una doble remisión: una con periodicidad anual, una vez concluido el ejercicio, que se
materializa en el envío al Tribunal de una relación de los contratos celebrados en el ejercicio
anterior, y otra a lo largo del año, dentro de los tres meses siguientes a la formalización del
contrato, que se concreta en la remisión del extracto de los expedientes formalizados en el
ejercicio. Dicha doble obligación de remisión afecta tanto a los órganos de contratación de los
entes, organismos y entidades que tienen la consideración de Administración Pública de acuerdo
con lo dispuesto en el TRLCSP como a los organismos y entidades del sector público estatal que
no tienen tal consideración, si bien el extracto se ha de formar, en cada caso, en los términos y con
los documentos que se concretan en la Instrucción.
2.8. La CNMC remitió al Tribunal de Cuentas dentro del plazo reglamentariamente establecido al
efecto las respectivas relaciones certificadas de los contratos correspondientes a los ejercicios
2015, 2016 y 2017, las cuales se recogen en los anexos I, II y III del presente Informe. La relación
correspondiente al ejercicio 2015 estaba integrada por 64 contratos, por un importe total de 9.450
miles de euros en términos de precio de adjudicación; la relación correspondiente al ejercicio 2016
incluía 36 contratos por importe global de 9.055 miles de euros y, por último, la relación
correspondiente al ejercicio 2017 la integraban 45 contratos por importe total de 7.797 miles de
euros. No obstante, estas relaciones incluían indebidamente, por el motivo anteriormente indicado,
los contratos realizados mediante el procedimiento de contratación centralizada, y además la
Informe contratación CNMC 2015-2017 13
relativa al ejercicio 2017 incluía, por error, un expediente que estaba duplicado por recogerse
también en la relación de 2016, por lo que las cifras correctas a considerar son las expuestas en el
punto 2.1.
2.9. Respecto a los contratos para los que, por su tipo y cuantía, resulta obligatoria la remisión al
Tribunal de Cuentas de un extracto de su expediente de contratación, se desprende, de la
información remitida a este Tribunal por la CNMC, que en el ejercicio 2015 se formalizaron ocho
contratos, siete de ellos de servicios y uno de suministro, por un importe acumulado de 5.765 miles
de euros en términos de precio de adjudicación. Información análoga respecto del ejercicio 2016
pone de manifiesto que se formalizaron seis contratos de remisión obligatoria por un importe total
de 6.338 miles de euros, todos de ellos de servicios. En el ejercicio 2017 fueron ocho los contratos
formalizados, todos de servicios, por un importe total de 5.034 miles de euros. Todos los extractos
de expediente de contratación de los mencionados contratos fueron objeto de remisión en
cumplimiento de lo establecido en el citado artículo 29 del TRLCSP y en la IGC. Consta asimismo
el envío de la información relativa a las incidencias producidas en los mencionados contratos de
remisión obligatoria del expediente de contratación.
III. ANÁLISIS DE LA CONTRATACIÓN
III.1. MUESTRA SELECCIONADA
3.1. Para el análisis del ejercicio 2015 se ha seleccionado una muestra de 31 de los contratos
formalizados por la CNMC en dicho periodo, por un importe global de 6.415 miles de euros en
términos de precio de adjudicación, habiendo sido en su virtud fiscalizados el 61% de la totalidad
de los contratos y el 78% del importe total contratado. El Anexo VII identifica los contratos
formalizados en 2015 que han sido incluidos en la muestra.
3.2. Para el análisis del ejercicio 2016 se ha seleccionado una muestra de 27 contratos
formalizados en dicho periodo, por un importe global de 7.661 miles de euros en términos de precio
de adjudicación, habiendo sido en su virtud fiscalizados el 93% de la totalidad de los contratos
formalizados por un importe equivalente al 98% del importe total contratado. El Anexo VIII identifica
los contratos formalizados en 2016 que han sido incluidos en la muestra.
3.3. Para el análisis del ejercicio 2017 se ha seleccionado una muestra de 30 contratos
formalizados en dicho periodo, por un importe global de 6.019 miles de euros en términos de precio
de adjudicación, habiendo sido en su virtud fiscalizados el 77% de la totalidad de los contratos
formalizados por un importe equivalente al 84% del importe total contratado. El Anexo IX identifica
los contratos formalizados en 2017 que han sido incluidos en la muestra.
3.4. En cuanto a procedimientos de selección de contratistas hay que señalar que de los 88
expedientes integrantes de la muestra de los tres ejercicios 35 han sido tramitados a través del
procedimiento abierto, lo que representa el 40% del total de la muestra; 39 expedientes han sido
tramitados a través del procedimiento negociado sin publicidad, lo que representa el 44% del total
de los contratos fiscalizados, y 14 han sido tramitados a través del procedimiento de adjudicación
directa, lo que representa el 16% del total de la muestra.
3.5. En lo que se refiere a contratos menores se han examinado 41 contratos formalizados en 2015
por un importe global de 770 miles de euros, lo que supone el 29% del número total y el 51% de la
cuantía acumulada. De los contratos menores formalizados en 2016 se han fiscalizado 26, por un
importe total de 405 miles de euros, lo que supone el 25% del total de contratos y el 41% de la
cuantía total. Por último, de los contratos menores formalizados en 2017 se han fiscalizado 36, por
un importe total de 520 miles de euros, lo que supone el 30% del total de contratos y el 34% de la
cuantía total. Los anexos X, XI y XII reflejan, respectivamente, la muestra seleccionada de los
contratos menores celebrados durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017.
14 Tribunal de Cuentas
III.2. ANÁLISIS DE LOS CONTRATOS SOMETIDOS AL TRLCSP
3.6. En relación con el aseguramiento de la transparencia y el acceso público a la información de
su actividad contractual, durante los trabajos de fiscalización se ha podido verificar que la CNMC ha
venido cumpliendo fielmente con las obligaciones que vienen establecidas en los artículos 53 y 334
del TRLCSP.
3.7. Han sido objeto de análisis las diferentes fases a través de las que se articulan los expedientes
de los contratos integrantes de las respectivas muestras de los años 2015, 2016 y 2017,
poniéndose especial énfasis en algunas de las mismas. En lo que se refiere al proceso de licitación
y de selección de los contratistas se ha incidido especialmente en aspectos tales como la
justificación de la necesidad, la justificación del presupuesto de licitación, el examen de los criterios
de valoración de las ofertas establecidos en los correspondientes pliegos, la actuación de los
órganos de selección y de contratación -tanto en lo que se refiere a la observancia de las
formalidades legal y reglamentariamente establecidas como en lo referente a la aplicación de los
criterios de valoración y su motivación-, y, finalmente, los trámites de formalización de los contratos.
En lo referente a las fases de ejecución y extinción el examen se ha desplegado fundamentalmente
en relación con las actuaciones de recepción y control de las prestaciones recibidas. Finalmente, se
ha realizado una comprobación de la contratación menor celebrada por la Entidad en el periodo
fiscalizado. Los trabajos de fiscalización han evidenciado determinados supuestos en los que se ha
incurrido en infracción legal, así como otros en los que, sin llegar a constituirla, se han apreciado
carencias en materia de motivación. Asimismo, y en aplicación de la previsión contenida en las
Directrices Técnicas de la presente fiscalización y de acuerdo con lo señalado en el punto 1.14 de
este Informe, se han identificado supuestos que sin ser calificables como incumplimientos sí
presentan relevancia fiscalizadora al tratarse de cuestiones relacionadas con el ámbito operativo o
de gestión de la Entidad. Tales resultados relacionados con dicho ámbito vienen expuestos en los
puntos 3.10, 3.11, 3.12, 3.30, 3.31, 3.32, 3.34 y 3.51.
III.2.1. Incidencias en relación con la justificación de la necesidad de la contratación
3.8. El examen de los expedientes de contratación integrantes de la muestra pone de manifiesto
que en todos ellos figura la incorporación de un documento denominado “memoria justificativa”, por
medio del cual se pretende atender a las exigencias establecidas en el artículo 22 del TRLCSP en
lo que a la necesidad de la contratación se refiere, sin perjuicio de que el mencionado documento
se refiera, asimismo, a aspectos del contrato tales como el establecimiento de los criterios de
valoración de las ofertas, los requisitos de solvencia exigibles a los licitadores e incluso el régimen
de penalizaciones, por citar solo algunos. Estas últimas inclusiones dan lugar a que dicho
documento se extienda innecesariamente a cuestiones que le son ajenas al corresponder el
tratamiento de las mismas a la fase de adjudicación del contrato, cuando en realidad debería
limitarse a explicar la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante
el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, al formar
parte el mismo de un trámite integrado en la fase preparatoria del expediente.
3.9. Asimismo, en algunos de los expedientes examinados, y cumpliendo funciones
complementarias a las desempeñadas por la citada “memoria justificativa”, figura un documento
denominado “certificado relativo a la falta de medios personales” con el que se pretende justificar la
decisión del órgano de contratación de tener que acudir a la externalización de las prestaciones
objeto del contrato del que se trate. Dicho documento presenta un formato normalizado en el que
mediante la marcación con una “x” se declara que dichas prestaciones deben ser realizadas con
medios ajenos, bien por no estar relacionadas con el ejercicio de las competencias de la CNMC,
bien por no disponer esta de medios personales propios para llevarlas a cabo, o bien, finalmente,
por el alto grado de especialización técnica que requiere su ejecución. No obstante, en relación con
esta cuestión de la justificación de la contratación de recursos externos se han identificado algunas
deficiencias a las que seguidamente se va a hacer referencia expresa.
Informe contratación CNMC 2015-2017 15
3.10. En el ejercicio 2015 se formalizó el contrato 1400470, de servicios auxiliares para la CNMC,
entre los cuales se encontraban los propios de los respectivos perfiles profesionales de
recepcionista, telefonista, ordenanza y peón, con un plazo de ejecución de un año, prorrogable por
otro adicional, y un valor estimado de 300 miles de euros. Por su parte, en el ejercicio 2017 se
formalizó el contrato 160151, también de servicios auxiliares, que incluía prestaciones análogas a
las que fueron objeto del entonces extinguido contrato 1400470, además de incluir servicios propios
del perfil profesional de conductor de vehículos. Este último contrato tenía una duración de 24
meses, prorrogable por otros 12, con un valor estimado de 960 miles de euros. No consta en
ninguno de los dos expedientes mencionados justificación alguna de carecer la CNMC de medios
propios para la ejecución de las prestaciones contratadas, estando ausente en ambos casos
documentación acreditativa de la falta de tales recursos. Tal carencia resulta muy significativa en
dichos expedientes al referirse los mismos a servicios básicos en una entidad de las características
de la fiscalizada, servicios susceptibles de ser considerados además como de demanda
permanente y que requieren un nivel de cualificación medio, tratándose de perfiles susceptibles de
ser obtenidos por medio de procesos de selección, formación y entrenamiento carentes del
suficiente nivel de complejidad que pudiera impedir u obstaculizar su posible internalización.
Tampoco consta en los respectivos expedientes de contratación estudios de costes que
permitiesen una comparación entre los asociados a una posible dotación y mantenimiento de
recursos internos para la prestación de los servicios requeridos y los derivados de la recurrente
externalización de los mismos.2
3.11. En el ejercicio 2015 se formalizó el contrato 1500205, relativo al servicio de custodia, gestión
y archivo externo de los documentos de la CNMC, que fue sucedido, una vez extinguido, por el
contrato 170213 formalizado en el ejercicio 2017. En ambos expedientes la externalización se
justificaba en que tales tareas no formaban parte de las competencias atribuidas a dicha Entidad. El
hecho de que tales actuaciones de custodia y archivo pudieran no participar del contenido técnico
que poseen las funciones específicas atribuidas al regulador fiscalizado no impide, por sí mismo,
que tratándose aquellas de servicios auxiliares consustanciales a cualquier organización hubiera
debido analizarse la posibilidad de su prestación mediante la utilización de recursos internos,
considerando, además, que las mismas se tratan de prestaciones de demanda continuada y
permanente, susceptibles a mayor abundamiento de ser realizadas por personal funcionario o
laboral con cualificación y formación adecuadas. No consta, al igual que en el supuesto
mencionado en el punto precedente, la existencia de estudios comparativos de costes entre la
prestación de tales servicios de forma interna y la utilización de recursos externos para su
satisfacción.3
3.12. En el ejercicio 2017 se formalizó el contrato 160191 cuyo objeto venía constituido por la
prestación de los servicios de seguimiento de prensa, radio, TV e Internet para la elaboración de un
resumen diario que pudiera ser consultado por el personal de las distintas direcciones de la CNMC,
el cual fue suscrito por un plazo de 12 meses por un valor estimado de 20 miles de euros. En el
expediente de contratación se justifica la externalización del servicio con base en el alto grado de
especialización técnica que requiere su ejecución, lo que en consideración de este Tribunal de
Cuentas no correlaciona con el contenido del PPT de dicho contrato. No consta en el expediente de
contratación estudio comparativo de costes entre los que implica la externalización del servicio y los
asociados a un proceso de formación de personal propio de la CNMC para realizar las funciones
que conlleva el mismo, sin que tampoco se valore la utilización de herramientas informáticas
internas y la suficiencia de las mismas para el tratamiento de las bases de datos cuya consulta
constituye parte esencial del contrato. En definitiva, no consta justificación suficiente de la
2 En su escrito de alegaciones la entidad fiscalizada justifica la externalización de los servicios auxiliares en la
circunstancia de la desaparición en la Administración pública de categorías profesionales tales como limpiadores,
conductores o vigilantes, alegación que para este Tribunal de Cuentas no explica suficientemente la decisión de acudir a
dicha externalización para obtener servicios como los que respectivamente realizan recepcionistas, ordenanzas o
telefonistas, cuya prestación mediante recursos internos resulta actualmente generalizada en la Administración del
Estado.
3 La CNMC justifica la externalización de estos servicios en las limitaciones que afectan al capítulo I de los presupuestos
de la Entidad.
16 Tribunal de Cuentas
necesidad de acudir a medios externos para obtener los resultados perseguidos por medio del
analizado contrato4.
3.13. Durante el periodo objeto de fiscalización consta la contratación sucesiva y continuada de
servicios diversos de acceso a bases de datos de especialización técnica, todas ellas con
contenidos relacionados con las funciones atribuidas a la entidad fiscalizada, así como de
suscripción a publicaciones varias de perfil análogo. La contratación de dichos servicios supuso un
desembolso para la CNMC de 319 miles de euros en el ejercicio 2015, de 160 miles de euros en
2016 y de 162 miles de euros en 2017. En los respectivos expedientes de contratación la
necesidad de cada una de tales suscripciones se justificaba con base en la trascendencia que para
el ejercicio de las competencias propias de la Entidad presentaba tener la posibilidad de acceder a
las correspondientes bases de datos, asociando la información, cuya disposición se pretendía, con
unidades concretas integradas en la organización de la CNMC. Sin embargo, en ningún caso se ha
venido identificando el cometido concreto para cuya realización se requería el acceso a la
correspondiente base de datos, esto es, la identificación de los productos de la Entidad para cuya
elaboración se demandaban los inputs que los mencionados contratos proporcionarían, y la
correlación entre ambas magnitudes. Asimismo, no consta en ninguno de los correspondientes
expedientes de contratación análisis alguno relativo al uso efectivo que se había venido haciendo
de las herramientas contratadas, tal y como podría ser una relación del número de accesos
realizados a cada una de las bases de datos, la duración de los mismos, el contenido de la
información extraída y, en fin, la identificación cuantitativa y cualitativa de los usuarios del servicio,
todo ello con el propósito de analizar su rentabilidad en consideración al elevado coste que en
algunos supuestos llevaba consigo el mantenimiento de tales suscripciones5.
3.14. En relación con los mencionados contratos se han identificado algunos supuestos de
solapamiento entre las prestaciones proporcionadas por distintas suscripciones a bases de datos
que estuvieron, todas ellas, vigentes a lo largo del ejercicio 2016. Así, analizada la información que
se desprende de los correspondientes expedientes de contratación, se observa la existencia de
evidentes coincidencias entre la información proporcionada por la suscripción a los bloques de
datos ofrecidos por una prestigiosa base de datos especializada en cotizaciones de combustibles
de diverso tipo objeto del contrato 1500428, por un precio de 19 miles de euros, y la ofrecida por la
base de datos de precios de mercados y cotizaciones internacionales de crudo y derivados
publicados por otra conocida marca especialista en la materia, objeto del contrato 160208, por un
precio de 44 miles de euros6. Asimismo, se observa un solapamiento entre la información ofrecida
por esta última base de datos y la proporcionada por la suscripción a los datos facilitados a través
de su plataforma por otro conocido proveedor internacional de datos , objeto del contrato 1500383,
formalizado por un precio de 50 miles de euros, habiendo estado los dos contratos
simultáneamente vigentes entre el 18 de julio y el 22 de noviembre ambos de 2016, estando en los
dos casos relacionada la información ofrecida con la evolución de los precios de los productos
petrolíferos. A su vez se produce un solapamiento parcial entre las prestaciones proporcionadas
por el contrato 1500428, antes citado, y las que ofrece la suscripción a otro conocido servicio de
información en materia de precios del petróleo y derivados, contrato número 1500419, por importe
de 40 miles de euros, simultáneamente vigentes entre el 18 de julio y el 31 de diciembre, ambos de
2016, estando referida al mercado de productos petrolíferos la información proporcionada
respectivamente por las dos suscripciones.
4 Se tiene por reproducido lo que se expone en la precedente nota a pie de página.
5 En relación con algunos de los supuestos a que s e refiere este punto, la entidad fiscalizada aporta en s u escrito de
alegaciones una extensa justificación de la finalidad a la que ha venido sirviendo la suscripción del acceso a las
correspondientes bases de datos objeto del contrato. La motivación aportada ahora no figuraba en las corres pondientes
memorias justificativas de la necesidad del respectivo contrato en ninguno de los supuestos fiscalizados.
6 En su escrito de alegaciones la CNMC justifica esa doble contratación por la mayor representatividad que cada una de
las fuentes mencionadas ofrece en relación con las cotizaciones internacionales de los distintos productos energéticos a
que las mismas se refieren. Tal motivación no figuraba en las correspondientes memorias justificativas de la necesidad de
la contratación que obra en los respectivos expedientes.
Informe contratación CNMC 2015-2017 17
III.2.2. Incidencias en relación con la justificación del presupuesto de licitación
3.15. En el análisis de los expedientes de contratación incluidos en la muestra se ha observado que
en la mayor parte de los casos no consta justificación suficiente del importe en que se cuantifica el
presupuesto de licitación ni de la composición cualitativa del mismo. El artículo 87.1 del TRLCSP
exige que los órganos de contratación cuiden de que el precio del contrato sea adecuado, para lo
que habrá de realizarse una correcta estimación de su importe. En esta línea el artículo 68 del
RGLCAP exige que el PPT lleve a cabo una labor de descomposición del presupuesto en unidades
y se determine el número de ellas objeto de la prestación. En casi todos los expedientes analizados
el respectivo presupuesto de licitación se inserta directamente bien en la memoria técnica, bien en
el PPT, sin hacer referencia alguna a estudios de mercado o a los precios correspondientes a
contratos celebrados con anterioridad con objeto idéntico o similar, o sin hacer alusión a análisis de
costes de los factores de producción, sean humanos o materiales, que vayan a ser requeridos para
la ejecución del correspondiente contrato. A título meramente ejemplificativo se va a hacer
referencia, seguidamente, a una serie de supuestos concretos.
3.16. En el ejercicio 2015 se formalizó el contrato 1400444, cuyo objeto venía constituido por el
servicio de seguimiento y control de la difusión de servicios de comunicación audiovisual. El
presupuesto de licitación fue fijado en la cifra de 1.250 miles de euros, siendo el valor estimado el
doble de dicha cantidad al estar prevista la prórroga del mismo por un periodo igual al inicial (el
cual, a su vez, era de 24 meses). A pesar de tratarse, por un lado, de un contrato cuyo coste básico
basculaba sobre el concepto horas/hombre, aplicadas las mismas al análisis de determinados
datos objetivos concernientes a los servicios de comunicación audiovisual, tal y como se desprende
de su PPT, y a pesar, por otro, de la cuantía del mismo, que podría calificarse como relevante si se
toma en consideración el precio medio de licitación de los contratos formalizados en dicho ejercicio
por la CNMC, siendo de hecho este contrato el de mayor valor estimado de los formalizados en
2015, resulta destacable la ausencia de un estudio de costes que pudiera justificar el precio por el
que el mismo se licita. A mayor abundamiento, la memoria justificativa afirma en su punto 3 que el
presupuesto de licitación es inferior en un 26% al del contrato que, con el mismo objeto, estuvo
previamente en vigor, disminución debida, según se afirma, al comparativamente inferior número
de horas de emisión de los canales considerados. En su virtud, debería haberse considerado la
posible persistencia de esa variabilidad a la baja para analizar la conveniencia de contratar por un
plazo menor al contractualmente previsto (dos años prorrogables por otros dos) y poder así
beneficiarse de la expectativa de una rebaja en los precios a la vista de la evolución del mercado7.
3.17. En el mes de diciembre de 2015 se formalizó el contrato 1500299, del servicio de asistencia
técnica para la administración de una determinada base de datos, por un precio de 55 miles de
euros y por un plazo de nueve meses, y en el mes de marzo de 2017 se suscribió el contrato
160089 cuyo objeto se configuraba como análogo al primeramente citado, por un precio de 223
miles de euros y por un plazo de dos años. La evidente desproporción de precios existente entre el
primero y el segundo (6 miles de euros al mes de promedio para el primero y 9 miles de euros al
mes para el segundo) no se explicaba por la inclusión de determinadas prestaciones adicionales en
el contrato 160089, lo que constituía de hecho la única diferencia entre los respectivos PPT, puesto
que dichas prestaciones se habían presupuestado en 90 miles de euros. En definitiva, cuando se
licita este último contrato en abril de 2016, por un precio de licitación de 8,3 miles de euros al mes
de promedio (una vez excluidas las mencionadas prestaciones adicionales), se encontraba en vigor
el citado contrato 1500299, con un precio de adjudicación de 6,1 miles de euros por mes de
promedio, ambos con prestaciones análogas, sin que la diferencia entre ambos precios, que se
cuantifica en un 36%, se haya justificado en forma alguna en los diferentes documentos que
integran el expediente de contratación8.
7 En su escrito de alegaciones la CNMC invoca que para la fijación del precio se utilizaron los mismos criterios que aplicó
en su día la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información promotora de los contra tos
predecesores. No obstante, los aludidos criterios no se recogieron en la documentación de preparación del contrato, sin
que tampoco sean ahora expuestos.
8 En su escrito de alegaciones la Entidad expone que el precio de adjudicación del contrato 160089 quedó finalmente
18 Tribunal de Cuentas
3.18. El 30 de enero de 2015 la CNMC formalizó el contrato 1400081, del servicio de
mantenimiento integral de las instalaciones de sus diferentes sedes, por un plazo de un año y por
un precio de adjudicación de 257 miles de euros. Dicho contrato fue prorrogado por un año y por el
mismo precio. En septiembre de 2016, estando por tanto todavía en vigor dicho contrato, se licitó el
expediente de contratación 160161, de idéntico objeto al primeramente citado, con un plazo de
ejecución de dos años y un presupuesto de licitación de 800 miles de euros. Tal y como puede
apreciarse, la diferencia de precio entre uno y otro contrato fue de un 56% superior el segundo. Es
cierto que el licitado en 2016 incluía una serie de prestaciones no comprendidas en el formalizado
en el ejercicio 2015 (tales como mantenimiento de líneas de vida, desratización, jardinería,
mantenimiento de sistemas de seguridad y de la instalación fotovoltaica), pero la sensible diferencia
entre el coste del contrato vigente, por una parte, y el que en 2016 se licita, por otra, hubiera hecho
exigible una justificación del presupuesto de licitación de este último, orientada fundamentalmente a
valorar las prestaciones adicionales con la finalidad de poder acreditar que las mismas absorbían
suficientemente la diferencia de precios entre ambos contratos. Contrariamente, no consta en el
expediente de contratación motivación ni explicación alguna al respecto.
3.19. Como ya se vio en el punto 3.12, el 27 de mayo de 2017 se formalizó el contrato 160191,
relativo al servicio de resumen de prensa, por un plazo de un año y un precio de 12.900 euros, IVA
excluido. La selección del contratista se llevó a cabo mediante procedimiento negociado sin
publicidad. Debe hacerse notar que el empresario adjudicatario del contrato había venido prestando
el mismo servicio a la CNMC por medio de tres sucesivos contratos menores, el primero entre el 27
de enero y el 26 de septiembre, ambos de 2016, el segundo desde la extinción del anterior hasta el
26 de enero de 2017, y el tercero desde el día siguiente a esta última fecha citada hasta la
formalización del contrato 160191, antes mencionado, habiendo prestado el servicio contratado en
los tres casos citados a razón de 984 euros al mes, IVA excluido. Sin embargo, en el contrato
negociado, suscrito como ya se dijo por un año, se adjudicó el mismo sobre la base de 1.075 euros
al mes, esto es, un precio superior en un 9% al de los contratos menores, sin que conste en los
antecedentes del expediente justificación alguna para este incremento de precio, y sin que conste
que en fase de negociación del contrato se hiciera consideración de tipo alguno en relación con
dicha circunstancia.
3.20. El expediente de contratación 170123 constituye un ejemplo muy significativo del déficit que
con carácter general presenta la actuación de la entidad fiscalizada en el cumplimiento de la
obligación legal de estimar y justificar suficientemente los respectivos presupuestos de licitación, tal
y como viene exigido por los citados artículos 87.1 del TRLCSP y 68 del RGLCAP. El citado
contrato tenía por objeto dotar a la CNMC de un paquete de licencias y de un soporte premier para
las licencias de servidores y equipos de usuario y servicios asociados. Las prestaciones principales
contenidas en el PPT consistían, por un lado, en el suministro y actualización de licencias de
productos instalados en servidores y equipos de usuario, y, por otro, en los servicios de soporte
preventivo, correctivo, perfectivo y asistencia del software de las tecnologías de las licencias
indicadas. El propio PPT identificaba el tipo de licencias requeridas y el número de cada una de
ellas. Además, y en relación con los antedichos servicios de soporte, se identificaban cada uno de
los perfiles demandados para la prestación del mismo, así como las horas de dedicación anual de
cada uno de ellos. En definitiva, se encontraban perfectamente definidos todos los componentes
del coste del contrato, además de las unidades requeridas en cada caso, lo que hubiera permitido
la elaboración de un presupuesto sobre la base de precios unitarios justificativo de la inversión a
realizar, máxime teniendo en cuenta el importe de adjudicación del contrato que se elevó a la suma
de 1.827 miles de euros, en particular, el de mayor quantum del ejercicio 2017, que en términos
fijado en e l equivalente a 6,3 miles de euros al mes, esto es, un 3,25% superior al d el anterior contrato. No obstante, la
incidencia que en este punto se expone viene referida al hecho de que pese a que el contrato entonces en vigor
presentaba un precio de 6,1 miles de euros al mes, el que iba a sucederle salió a licitación, tan solo cinco meses después
de la formalización de aquel, por un precio equivalente a 8,3 miles de euros al mes, esto es, un 36% superior, sin que
conste justificación alguna al respecto.
Informe contratación CNMC 2015-2017 19
comparativos supuso el 23% de la cifra total de los contratos incluidos en la certificación anual
correspondiente a dicho periodo9.
3.21. Tal y como se hizo mención en el punto 3.13, durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017 la
entidad fiscalizada celebró sucesivamente con una compañía perteneciente al sector de la
información, mediante adjudicación directa, un contrato de suscripción anual relativo a "servicios de
provisión de publicaciones e información sobre regulación y mercados de comunicaciones y media
en el ámbito europeo e internacional". El precio de adjudicación fue de 60 miles de euros el primer
año, 73 miles de euros el segundo y 85 miles de euros en 2017, lo que supuso un incremento del
precio de un 21% entre 2015 y 2016 y de un 16% entre los años segundo y tercero. En las
respectivas memorias de los correspondientes expedientes de contratación, números 1500106,
1500439 y 170009, no consta justificación alguna de las referidas diferencias de precios entre unos
años y otros, ni se concreta si las prestaciones contratadas pudieran haber sido distintas y, en su
caso, cuáles eran las mismas. Si bien en las alegaciones presentadas al respecto por la Entidad la
diferencia del precio pagado en los sucesivos años queda justificada por el hecho de haberse
añadido nuevos módulos de información en los ejercicios 2016 y 2017, las correspondientes
memorias justificativas de cada contratación elaboradas por el Servicio proponente no motivaron en
su momento en forma alguna la necesidad de dicha sucesiva adición de nuevos módulos, ni
justificaron tampoco que los que se iban añadiendo guardasen la debida proporción con el
correlativo incremento del precio.
3.22. Asimismo, durante los tres ejercicios objeto de fiscalización la Entidad celebró una serie de
contratos cuyo objeto resultaba ser análogo año tras año. Así, y en primer lugar, formalizó con
frecuencia anual un contrato que tenía por objeto la revisión de la contabilidad de costes de una
determinada empresa española líder en el sector de las comunicaciones correspondiente,
sucesivamente, a los años 2014, 2015 y 2016 (respectivamente contratos 1500169, 160108 y
170110). En segundo lugar formalizó, asimismo con frecuencia anual, otro contrato con análogo
objeto al antes citado, si bien referido a otra empresa, asimismo española, de reconocida
implantación en el mencionado sector, y sucesivamente correspondiente a los ejercicios
2014/2015, 2015/2016 y 2016/2017 (contratos respectivos 1500170, 160112 y 170111).
Finalmente, formalizó también con frecuencia anual un tercer contrato cuyo objeto, al igual que los
antes citados, venía constituido por la revisión de la contabilidad de costes de una tercera mercantil
española asimismo relevante en el sector de las comunicaciones, el cual se extendía
adicionalmente al examen y comprobación de ciertos aspectos específicos del cálculo del coste
neto del servicio universal, correspondiente sucesivamente a los años 2014, 2015 y 2016 (contratos
respectivos 1500168, 160113 y 170112).
3.23. De dichos contratos, los formalizados en 2015 (1500169, 1500170 y 1500168) fueron
licitados, respectivamente, con unos presupuestos de 95 miles de euros los dos primeros y 162,5
miles de euros el tercero de ellos, siendo adjudicados a unos precios respectivos de 85 miles de
euros el primero y el segundo y 148 miles de euros el tercero, con bajas que, como se ve, oscilaron
entre el 8% y el 10%. Pese a dicha baja, cuando dichos tres contratos se licitaron en el ejercicio
2016 se volvió a llevar a cabo con los mismos presupuestos de licitación que se fijaron en el año
precedente, sin que obre en los respectivos expedientes de contratación justificación alguna de la
sensible distancia entre el presupuesto de licitación de cada uno y sus respectivos precios de
mercado. En este ejercicio últimamente citado dichos contratos se adjudicaron finalmente por unos
precios respectivos de 75 miles de euros el primero de los tres, 80 miles de euros el segundo y 137
miles de euros el tercero, con bajas que, como se ve, oscilaron entre el 15% y el 21%. La licitación
de los tres contratos que se llevó a cabo en 2017 se realizó, no obstante, con base al mismo
presupuesto que en 2015 y que en 2016, sin justificar en forma alguna el por qué se hacía a
precios notoriamente inferiores a los de mercado, circunstancia que se confirmó con el hecho de
que en dicho tercer año los respectivos precios de adjudicación fueron de 72 miles de euros para
9 En su escrito de alegaciones la CNMC expone que para el cálculo del precio base de licitación se utilizaron las tablas de
precios estimativas recibidas del fabricante y contrastadas con terceros que disponían de servicios similares, las cuales
se reproducen en dicho escrito. No obstante, en el expediente de contratación puesto a disposición del equipo encargado
de la fiscalización no figuraba la información que la Entidad refiere ahora en sus alegaciones.
20 Tribunal de Cuentas
los contratos primero y segundo y de 110 miles de euros para el tercero de los mismos, siendo en
este caso las bajas del 24% para aquellos dos y del 32% para el tercero.
3.24. Los hechos expuestos ponen de manifiesto, por un lado, deficiencias en la fijación de los
presupuestos de licitación de los contratos, lo que se evidencia por el continuo recorrido a la baja
del precio de adjudicación de los mismos, y, por otro, una evidente falta de análisis de los datos
que proporciona el mercado para la determinación del precio de los servicios, lo que podría dar
lugar a acabar por remunerar las prestaciones recibidas a precios notoriamente superiores al valor
de los factores productivos que las mismas incorporan. Estas prácticas, además de ser
potencialmente perjudiciales para la entidad fiscalizada, pueden comprometer el cumplimiento de la
finalidad de la eficiente utilización de los fondos destinados a la contratación de obras, suministros
y servicios proclamada en el artículo 1 del TRLCSP, además de poder mejorar la posición
competidora de los adjudicatarios de los años precedentes, conocedores de los costes reales de
los servicios licitados, y en condiciones, por tanto, de definir con mejor precisión la baja de la que el
precio es susceptible10. Podría resultar significativa al efecto la circunstancia de que los nueve
contratos referidos se repartieron entre solamente dos empresarios, cinco de ellos para un
determinado licitador (dos contratos adjudicados en 2015, uno en 2016 y dos en 2017) y los cuatro
restantes para otro.
III.2.3. Incidencias en relación con las actuaciones preparatorias y los pliegos rectores de la
contratación
3.25. En el expediente de contratación 1500162, cuyo objeto venía constituido por servicios de
consultoría estratégica para el estudio del impacto de la migración de la plataforma que soporta los
procesos de liquidación en la Dirección de Energía de la CNMC, su PCAP se refería al precio como
criterio de adjudicación único, incluyendo al respecto una previsión relativa a los parámetros
objetivos que permitieran identificar una oferta como incursa en valores anormales o
desproporcionados que ofrecía el siguiente tenor: A estos efectos, se considerarán valores
anormales o desproporcionados los que superen en más de 25 puntos porcentuales la media
aritmética de las ofertas presentadas. Cuando concurran 4 o más licitadores, se excluirá para el
cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada.
3.26. En relación con dicha cuestión debe tenerse en cuenta que el artículo 152.1 del TRLCSP
establece que Cuando el único criterio valorable de forma objetiva a considerar para la
adjudicación del contrato sea el de su precio, el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas
podrá apreciarse de acuerdo con los parámetros objetivos que se establezcan reglamentariamente,
por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado”, previsión de la que se
infiere que en tal supuesto deben necesariamente aplicarse los criterios establecidos en el artículo
85 del RGLCAP. Este precepto contempla una serie de parámetros objetivos que varían en función
del número de ofertas recibidas, de forma que a mayor número de las mismas menor es su
diferencial respecto de la media aritmética para poder apreciar el carácter anormal de una
determinada oferta. A título de ejemplo se cita el punto 4, de acuerdo al cual se identifica como baja
desproporcionada aquella en que concurriendo cuatro o más licitadores resulta inferior en más de
10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
3.27. Resulta evidente que la previsión contenida al respecto en el referido pliego del contrato
1500162 no se atiene a los criterios establecidos en el citado artículo 85 del RGLCAP,
10 Si bien la Entidad manifiesta en su escrito de alegaciones no compartir dicho aserto a la vista de la circunstancia de
que el precio de adjudicación de cada contrato goza en todo caso de publicidad, este Tribunal de Cu entas se ratifica en la
afirmación de que al ser solamente el adjudicatario del contrato quien conoce los c ostes reales o efectivos, sean directos
o indirectos, de la ejecución del servicio, se encuentra el mismo en óptimas condiciones de saber, con mayor
conocimiento de causa, la diferencia real existente entre el p recio de licitación y el coste de la prestación, lo que le
permite gestionar con mayor acierto el margen de baja del que es susceptible dicho precio de licitación. En todo caso, no
consta justificación alguna de la decisión del órgano de contratación de licitar los citados contratos a precios que la
experiencia venía demostrando que eran notoriamente superiores a los precios de mercado.
Informe contratación CNMC 2015-2017 21
estableciendo por contra unos criterios menos exigentes para la apreciación del carácter de
anormal o desproporcionado de una determinada oferta.
3.28. Similar incumplimiento de la legalidad aplicable a la materia expuesta tiene lugar en los
respectivos PCAP del contrato 1500287, relativo al servicio de protección personal y conducción de
seguridad para un alto cargo de la CNMC, y del contrato 1500171, del servicio de limpieza de las
sedes de la entidad fiscalizada, en los que pese a adjudicarse exclusivamente ambos de acuerdo al
criterio de precio se contiene en los dos la siguiente previsión: “A efectos de considerar los posibles
valores desproporcionados o anormales se considerarán aquellas ofertas económicas que sean
inferiores a más de 25 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas que
sean admitidas, atendiendo a los Precios Globales de Referencia calculados. Cuando concurran 4
o más licitadores, se excluirá para el cómputo de dicha media el Precio Global de Referencia de
cuantía más elevada”. Como se ha visto en los puntos precedentes, el contenido de tal cláusula
resulta contrario a lo establecido en el artículo 85 del RGLCAP en relación con el artículo 152.1 del
TRLCSP11.
3.29. En relación con el contrato 1400367, relativo al servicio de investigación del mercado de
consumidores de los sectores supervisados en el ámbito residencial, se establece un régimen de
imposición de penalidades al contratista que debe ser objeto de las consideraciones que
seguidamente se exponen. Por una parte, la cláusula 19.5 del PCAP establece que El
incumplimiento de los plazos previstos por parte del contratista dará lugar a la aplicación de una
penalidad diaria de 0,50 euros por cada 1.000 euros del precio de adjudicación del contrato”,
previsión contraria a lo establecido en el artículo 212 del TRLCSP. Efectivamente, el punto 4 de
este precepto establece: “Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido
en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente
por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de
0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. El órgano de contratación podrá acordar la
inclusión en el pliego de cláusulas administrativas particulares de unas penalidades distintas a las
enumeradas en el párrafo anterior cuando, atendiendo a las especiales características del contrato,
se considere necesario para su correcta ejecución y así se justifique en el expediente”. No consta
en el expediente de contratación objeto de análisis justificación de las mencionadas especialidades
que hagan necesaria la imposición de penalidades por demora en el cumplimiento de los plazos de
ejecución más gravosas que las establecidas por la Ley.
3.30. Por otra parte, en el mismo PCAP que acaba de referirse se prevé, en la cláusula ya citada,
que si alguna de las muestras (entiéndase en términos estadísticos) es inferior a lo establecido en
la sección 2.1 del PPT se aplicará en el importe facturable por cada oleada una penalización
proporcional al porcentaje de muestra no alcanzado, considerándose que el adjudicatario incurre en
incumplimiento del contrato si el porcentaje de muestra no alcanzado es superior al 15 por ciento.
En relación con tal previsión debe traerse a colación que la citada sección del PPT se pronuncia en
los siguientes términos: “Para obtener información vía encuesta de los universos de hogares e
individuos, en cada una de las oleadas, el adjudicatario tendrá que contar con una muestra de, al
menos, 3.000 hogares y de los individuos de 10 o más años que los compongan, (6.500
aproximadamente y como mínimo)”. Este Tribunal entiende que el tamaño de la muestra
establecido en el PPT tiene carácter de requisito técnico mínimo, por lo que su posible
inobservancia debería haber sido considerado no un supuesto susceptible de imposición de
penalidades, sino un supuesto calificable como incumplimiento de las condiciones mínimas del
contrato. Resulta incuestionable que el tamaño mínimo de la muestra fijado en el PPT condiciona la
representatividad de la misma y, por tanto, la fiabilidad de los resultados obtenidos por medio de su
análisis. En su virtud, la inobservancia de la especificación técnica relativa al tamaño mínimo de la
muestra podría dar lugar a que los resultados extraídos no resultasen extrapolables con el mismo
nivel de confianza al universo objeto de estudio.
11 Si bien la Entidad expone en su escrito de alegaciones que el supuesto especial contemplado en el artículo 85.5 del
RGLCAP da cobertura a las mencionadas previsiones de los pliegos, este Tribunal de Cuentas considera que el
contenido de las citadas cláusulas de los respectivos PCAP, objeto de crítica, no se corresponde en caso alguno con la
posible aplicación de la excepción contemplada en el citado precepto.
22 Tribunal de Cuentas
3.31. Por otra parte, la previsión del PCAP relativa a que la disminución del tamaño de la muestra
por el contratista con ocasión de la ejecución del contrato llevase consigo, en concepto de
penalización, una disminución proporcional de la correspondiente factura facilitaría una posible
modificación unilateral del contrato por parte de aquél, en la medida en que se le proporcionaría un
instrumento que le permitiría reducir las prestaciones de obligado cumplimiento a cambio de una
mera reducción proporcional del precio cobrado por los servicios prestados.
3.32. Análogas consideraciones pueden realizarse en relación con el mismo contrato en lo que se
refiere a la tasa de rotación máxima prevista en el PPT, el cual establece que el estudio será por
tanto longitudinal pero además tendrá que ser de tipo panel, es decir la muestra tendque ser
estable en el tiempo. En este sentido el licitador garantizará una rotación máxima semestral del
panel del 12,5%”. Este Tribunal entiende que al tener el carácter de máximo el porcentaje de
rotación semestral una rotación superior supondría el incumplimiento del pliego en una cuestión tan
sustancial como es la propia fiabilidad de los resultados obtenidos. Frente al posible incumplimiento
de esta especificación técnica el PCAP preveía una penalización consistente en el mero descuento
proporcional en el importe de la correspondiente factura, en lugar de imponer la resolución del
contrato que es lo que realmente correspondería al tratarse de un incumplimiento de las
condiciones mínimas exigidas por el PPT. A título de ejemplo se indica en dicho pliego Si la tasa
de rotación semestral efectiva de los hogares en la muestra es superior al 12,5 por ciento e inferior
o igual al 17,5 por ciento aplicará una penalización del 2 por ciento del importe facturable por la
oleada”, lo que además de abrir una vía para la modificación unilateral de facto del contrato por
parte del contratista evidencia una considerable desproporción a favor del mismo, puesto que un
incremento de la rotación del 40% (cinco puntos porcentuales sobre doce y medio) tan solo
supondría un descuento del 2% en factura.
3.33. Por otra parte, y continuando con las incidencias detectadas en este mismo contrato en
relación con sus pliegos, su PCAP incluye dentro de los criterios de valoración sometidos a la
aplicación de juicios de valor dos elementos componentes de la oferta que, realmente, son
susceptibles de la aplicación de fórmulas. Efectivamente, la denominada en el pliego “Mejora d.1:
incremento del tamaño de la muestra” resultaba susceptible de valoración objetiva, y, de hecho, el
informe de valoración asigna los puntos en proporción a dicho incremento, dado que un incremento
de 1.000 es valorado con 5 puntos, uno de 500 mereció la atribución de 2 puntos y el incremento
de 200 fue valorado con 1 punto. Lo mismo cabría decir en relación con la denominada en el PCAP
“Mejora d.2: Recogida de información representativa de consumos de telefonía móvil y banda
ancha móvil (3 puntos)”, que resulta objetivable en la medida en que si el licitador la ofreciese se
haría acreedor a dichos tres puntos, siendo la puntuación de cero en caso de no realizar tal
ofrecimiento.
3.34. Retomando las incidencias identificadas en relación con las previsiones contenidas en los
pliegos en materia de penalidades, en el contrato 160112, ya mencionado en el punto 3.22, cuyo
objeto venia constituido, como ya se vio, por un servicio de revisión de la contabilidad de una
empresa española del sector de las comunicaciones, y cuya finalidad consistía en la verificación de
la correcta adaptación del sistema de contabilidad de costes regulatorio del ejercicio que se
extendía entre el 1 de abril de 2015 y el 31 de marzo de 2016 de dicha compañía a la actualización
de los principios, criterios y condiciones aprobados y otras resoluciones posteriores, prestando
especial atención a la verificación de los criterios de asignación y valoración utilizados, así como a
la racionabilidad global de la estructura vigente, las penalidades previstas en el PCAP para el
supuesto de cumplimiento defectuoso de la prestación presentaban el siguiente tenor literal: “Darán
lugar a la aplicación de una penalización igual al 1 por mil del precio de adjudicación, los errores
cometidos en la ejecución de cualesquiera de las prestaciones detalladas en el Pliego de
prescripciones técnicas, (…)”. Este Tribunal entiende que la trascendencia que tales errores
pudieran tener sobre la fiabilidad de las labores de verificación objeto del contrato, dada la
interrelación de la información contable, lo que podría incluso dar lugar a que un error singular
llegase a contaminar en cadena el resto de los resultados, justificaría el establecimiento de un
sistema de penalidades especial que ofreciera una respuesta proporcional a la relevancia que los
errores cometidos pudieran presentar en cada caso. Ello sin perjuicio de la cuestionable levedad al
Informe contratación CNMC 2015-2017 23
respecto de las previsiones del PCAP al imponer una penalización de tan solo un 1 por mil del
precio como respuesta a la existencia de dichos errores.
3.35. Asimismo, en relación con el régimen de penalidades, en el expediente de contratación
1500298, del servicio de mantenimiento de equipos de comunicaciones de videoconferencia en el
entorno tecnológico de la CNMC, sus respectivos PPT y PCAP incurren en contradicción a la hora
de regular las que fueran susceptibles de imposición al contratista incumplidor. Así, el pliego
primeramente citado establece en su artículo 3.4 un régimen de penalizaciones por demoras en la
prestación de los servicios o por incumplimientos de los mismos que, según los casos, puede
oscilar entre el 0,25% y el 9% de la facturación mensual. Sin embargo, el PCAP establece, por su
parte, en su cláusula 20.4 un régimen de penalizaciones en línea con las previsiones del artículo
212 del TRLCSP (esto es, 0,20 euros diarios por cada mil euros del precio del contrato), que, según
los casos, podría llegar a resultar más leve o más gravoso que el previsto en el PPT, dando en todo
caso lugar a un escenario de falta de seguridad jurídica derivado de la colisión existente entre
ambos pliegos en el extremo analizado.
3.36. Finalizando con las cuestiones que suscitan los pliegos examinados en relación con el
régimen de penalidades previsto en los mismos, en los expedientes de contratación 1500279,
sobre la realización de un estudio de consultoría para la determinación de los costes de
comercialización incurridos en el suministro de GLP (gas licuado del petróleo) y su fórmula de
revisión anual, y 1500291, de servicios de ingeniería/consultoría para determinación de valores
unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento (O&M) del sector gasista, sus
respectivos PCAP recogían la siguiente previsión en materia de penalizaciones: “Cuando la calidad
del trabajo realizado no sea satisfactoria se deducirá el 10% de las cantidades que, en concepto del
pago total o parcial, deben abonarse al contratista”. En relación con la misma cabe decir que la
medición de la calidad del trabajo tendría que haberse referido necesariamente a índices o criterios
objetivos, los cuales no se preveían en los pliegos de la contratación, por lo que la inclusión de
dicha cláusula, con la redacción que presentaba la misma, producía inseguridad jurídica. Asimismo,
el PCAP del expediente 1500279 preveía una penalización del 10% para el caso de que el equipo
de trabajo del contratista no dispusiese de los conocimientos requeridos. En relación con ello debe
considerarse que tanto el PCAP como el PPT contenían mecanismos específicos para solventar tal
situación, tales como las funciones de seguimiento y control previstas en este así como la facultad
de resolución del contrato por incumplimiento establecida en aquel, sin que en consecuencia
procediese la inclusión de tal penalidad en los términos propuestos.
3.37. En relación con posibles incidencias en materia de criterios de valoración, en el expediente de
contratación 1400417, referente al servicio de asistencia técnica relativo al proyecto de difusión de
precios y condiciones de acceso a instalaciones logísticas de hidrocarburos líquidos -artículo 41
Ley de Hidrocarburos- su PCAP incluía dentro de los mencionados criterios el ofrecimiento por
parte del licitador de dos posibles mejoras. La primera venía referida a “Mejoras en los procesos de
introducción de datos y sus modificaciones masivas, así como en la optimización de los tiempos de
registro de la información contractual en la base de datos”, la cual, al limitarse el PPT a enunciar los
trabajos objeto de realización sin ofrecer, simultáneamente, pautas metodológicas mínimas que
permitiesen identificar los elementos de la oferta del licitador que podrían mejorar las
especificaciones técnicas del pliego, propiciaba con ello un excesivo margen de discrecionalidad al
órgano de valoración. De hecho, el informe de valoración incurrió en insuficiencia de motivación a
la hora de la asignación de los correspondientes puntos, puesto que siendo en este aspecto
equiparablemente vagas e inconcretas las ofertas de los dos licitadores concurrentes, al que resultó
adjudicatario se le otorgaron 5 puntos, en tanto que al competidor se le valoró con cero puntos.
3.38. La otra de las citadas mejoras consistía en ofrecer Flexibilidad de la jornada laboral del
equipo de trabajo y su adaptación al ritmo de recepción en la CNMC de los documentos
contractuales enviados por las compañías logísticas”, la cual, a juicio de este Tribunal, no
correlaciona con un posible mayor valor de la oferta, dado que lo concerniente a la jornada laboral
de las personas adscritas a la ejecución del contrato formaría parte, en todo caso, de la
organización de los medios humanos empleados por el contratista para el cumplimiento del
24 Tribunal de Cuentas
contrato, quien en cualquier caso estaría en virtud del mismo obligado a ofrecer el resultado
solicitado en el tiempo comprometido, al precio pactado y en las condiciones de ejecución fijadas
por el responsable del contrato. En definitiva, la CNMC habría de disponer de los medios adscritos
al contrato en los términos exigidos por el PPT con independencia de las condiciones laborales que
el contratista pudiera tener establecidas para el personal a su servicio. En su virtud la comentada
mejora carecería de significado, pues solo tendría relevancia en el supuesto en que la entidad
fiscalizada persiguiera con el contrato no la prestación de un servicio en sí mismo sino una cesión
temporal de trabajadores, lo que no consta en los antecedentes del expediente de contratación que
fuera así.
3.39. En el expediente 1500318, relativo al servicio de traducción para la CNMC, cuyo objeto venía
constituido por la contratación de un servicio de traducción al inglés, al francés, al alemán y a las
lenguas cooficiales del territorio español, su PCAP incluía dentro de los criterios de valoración
sujetos a la aplicación de juicios de valor la realización de dos traducciones inversas del idioma
inglés sobre un texto propuesto en el mismo pliego, las cuales habrían de presentarse como parte
integrante de las respectivas ofertas presentadas por los licitadores. Resulta cuestionable, en
primer lugar, que la valoración de estas versase tan solo sobre una de las lenguas cuya traducción
se incluía en el contrato, y, en segundo lugar, que la misma se hiciese sobre la base de un texto
inserto en el pliego, lo que obviamente no permitiría comprobar la cualificación de los medios
humanos que fueran a adscribirse a la ejecución del contrato. Por otra parte, el PPT exigía que la
contratista contase con personal suficientemente cualificado para la prestación de los servicios
demandados, si bien el PCAP no incluía dentro de los criterios de valoración ninguno que
permitiese verificar la capacitación del equipo humano incluido en la oferta. Resulta asimismo
destacable que en el expediente de contratación se afirmase como justificación de la
externalización del servicio la falta de medios propios, cuando la valoración de las traducciones se
llevó finalmente a cabo por el Departamento de promoción de la competencia de la Entidad
utilizando medios internos, sin que, simultáneamente, conste haber acudido a asesoramiento
externo de expertos, ni la cualificación específica de quienes estuvieron encargados de tal
valoración. Finalmente, debe hacerse notar que el informe de valoración procedió a la asignación
de puntos a las traducciones presentadas por los licitadores sin incluir motivación alguna de la
puntuación dada, además de no constar en el mismo que se aplicasen las pautas de valoración
establecidas en la cláusula 13 del PCAP, entre las que se contemplaba la terminología específica
jurídica o técnica utilizada, la ausencia de errores ortográficos, estilísticos o de puntuación y la
homogeneidad de estilo, por citar solo algunas.
3.40. En el expediente de contratación 1500123, relativo al servicio de cubicación de los
almacenamientos de carbón en las centrales térmicas que consumen carbón autóctono y que se
encuentran sometidas al procedimiento de resolución de restricciones por garantía de suministro en
2014, entiende este Tribunal de Cuentas que se producía una falta de coherencia interna entre sus
respectivos PPT y PCAP. Así, si bien por una parte aquel preveía en sus especificaciones técnicas
que las cubicaciones pudieran hacerse bien por medios fotogramétricos o bien mediante
levantamientos topográficos, sin justificar la preferencia de una técnica sobre la otra ni atribuir
supremacía a las realizadas aplicando alguna de las dos alternativas, el PCAP, por su parte,
valoraba con 15 puntos la metodología fotogramétrica y con 5 las cubicaciones realizadas mediante
levantamientos topográficos, pero sin aportar justificación o motivación alguna del mayor valor de
aquella técnica sobre esta última.
3.41. Por otra parte, y continuando con el análisis del mismo contrato, su PCAP introducía como
criterio de valoración, identificado con la letra b, la “Organización y Planificación de los trabajos a
desarrollar”, en donde exigía indicar la organización prevista para el desarrollo de las tareas de
cubicación, así como la planificación de actividades a realizar en cada etapa, al tiempo que
introducía un adicional criterio de valoración, identificado con la letra c, que venía enunciado como
Coordinación de las tareas de cubicación con la planificación de inspecciones de la CNMC, en las
centrales térmicas”, el cual venía parcialmente referido al calendario temporal de cubicaciones
propuesto por las empresas, tal y como se ponía de manifiesto en el informe de valoración. Este
Informe contratación CNMC 2015-2017 25
Tribunal entiende que entre ambos criterios se producía un evidente solapamiento pues en los dos
se valoraba la planificación temporal de la realización de las prestaciones comprometidas.
3.42. En el contrato 160106, relativo al suministro e instalación de una enfriadora en el edificio de la
CNMC en la sede de la calle de Alcalá, nº 47, el PCAP establecía como criterio de valoración único
el precio, lo que resultaba cuestionable en un contrato de dicha clase en el que las respectivas
ofertas presentadas por los licitadores podían ofrecer mayor valor en base a criterios tales como la
reducción del plazo de entrega y montaje, la posible extensión temporal de la garantía (establecida
por el PPT en un plazo mínimo de dos años), el ofrecimiento de mejoras técnicas o la prestación
gratuita de un servicio de mantenimiento post venta, criterios todos ellos contemplados en el
artículo 150 del TRLCSP, además de ser objetivables en aras de una adjudicación tan ágil como la
que se somete al criterio de precio.
3.43. En el contrato 160090, relativo al alquiler de espacios, medios técnicos y servicio de catering
a los asistentes a determinadas reuniones, los criterios de valoración de ofertas sujetos a la
aplicación de un juicio de valor contenidos en el correspondiente PCAP eran todos ellos
susceptibles de la aplicación de fórmulas u objetivables. Efectivamente, se contemplan bajo la
consideración de criterios subjetivos los siguientes: Se valorará con un máximo de 10 puntos la
puesta a disposición de salas de reuniones adicionales de al menos 40 personas, 5 puntos por sala
adicional sin coste adicional; se otorgarán 5 puntos por proporcionar cartelería del evento,
incluyendo cartel indicativo en registro y en salas principales, y con logo y nombre del evento, así
como cartelería en las salas de reuniones sin coste adicional; se otorgará 5 puntos por sistemas de
dimerización de la luz en las salas sin coste adicional”, los cuales carecen de ese carácter. De
hecho, el informe de valoración de las ofertas presentadas a la licitación aplicó dichos criterios
como si fueran de naturaleza objetiva, asignando el máximo de puntos a los licitadores que ofrecían
los mencionados elementos y, contrariamente, puntuando con cero puntos a los que no realizaban
tales ofrecimientos.
3.44. En el expediente de contratación 160112, mencionado en el punto 3.22, su PCAP incluía
dentro de los criterios de valoración sujetos a la aplicación de un juicio de valor, entre otros, los
siguientes: “1. Metodología del trabajo. Máximo 15 puntos; 2. Alcance del proyecto (de 0 a 10
puntos): 2.1. Descripción de los trabajos propuestos para ejecutar el contrato en los términos
señalados en el Pliego de prescripciones técnicas (0 a 7 puntos); 2.2. Ampliación del contenido
básico: Tareas adicionales a las contempladas en los apartados de la cláusula 4 del Pliego de
Prescripciones Técnicas, sin coste adicional para la CNMC (0 a 3 puntos)”. Por su parte, el citado
PPT realizaba en su apartado 2 una descripción detallada de las actividades que debían llevarse a
cabo en ejecución del contrato. Este Tribunal de Cuentas considera que el carácter genérico del
mencionado subcriterio de valoración 2.1 -referido tan solo a una mera descripción de los trabajos-
puesto en relación con la circunstancia de que los trabajos a realizar por el contratista ya se
encontraban debidamente detallados en el PPT, daba lugar a que no quedasen debidamente
configuradas las pautas que permitiesen graduar, en este apartado, el mayor o menor valor de las
ofertas presentadas por los licitadores, lo que pudiera haber dado lugar a la existencia de un
excesivo margen de discrecionalidad, contrario a los principios de igualdad y transparencia en la
adjudicación del contrato. Se habría ajustado más a las previsiones del artículo 150 del TRLCSP-
que identifica posibles criterios de valoración de las ofertas- la atribución de los 10 puntos en juego
al subcriterio 2.2, en la medida en que el mismo se refería a la ampliación del contenido básico y,
por tanto, al ofrecimiento de actuaciones que pudiesen exceder las que constituían el cumplimiento
mínimo del PPT, elemento este que nunca debe ser objeto de valoración sino de rigurosa
exigencia.
3.45. Por otra parte, el citado PCAP incluía entre sus criterios de valoración los siguientes: “d)
Criterio 4: Formulación procedimental. Máximo 9 puntos. Formulación procedimental de los
procesos de revisión de cuentas atendiendo a las particularidades del sector de las
telecomunicaciones; e) Criterio 5: Fases procedimentales. Máximo 5 puntos. Descripción de las
fases de ejecución, con indicación de tareas y asignación de plazos de ejecución. Cronograma-
Resumen”. Este Tribunal aprecia un solapamiento parcial entre ambos criterios puesto que ambos
26 Tribunal de Cuentas
versan sobre el procedimiento de revisión y sus fases, además de no quedar debidamente
justificado el mayor valor que a la oferta podría aportar el cronograma dado que los pliegos
establecían un plazo de ejecución de obligado cumplimiento, sin que por otra parte aquellos
considerasen su posible reducción como una mejora.
3.46. La falta de claridad que el PCAP presentaba en cuanto al contenido del mencionado criterio
de valoración 4 se proyectó en el correspondiente informe técnico de valoración, en el cual se
afirmaba: “4. La formulación procedimental de . es correcta, planteando una visión completa de
los estándares y principios contables a emplear durante la ejecución del contrato, detallando las
tareas de revisión incluidas en cada una de las cuatro fases del proceso de revisión del SCC2 así
como en el proceso de revisión del MICC. Por su parte,….. presenta una formulación procedimental
en 9 fases pero que, sin embargo, no logra enlazar con su propuesta de metodología de trabajo
(Técnicas y herramientas a utilizar) ni con su alcance del proyecto. La confusión que plantea la
aplicación de este criterio se evidencia con el hecho de que el detalle de las tareas incluidas en
cada una de las cuatro fases del proceso de revisión ya había sido objeto de valoración en
aplicación tanto del criterio 1 (Metodología) como del subcriterio 2.1 (Descripción de los trabajos
propuestos), sin perjuicio de que la motivación que se ofrece por el valorador no justifique
suficientemente que a la oferta del primer licitador citado se le asignasen 8 puntos, en tanto que se
valorase con 2 puntos al citado en segundo lugar.
3.47. Por otro lado, y en aplicación del criterio de valoración 5, el citado informe afirmaba: “ 5. La
propuesta de... incluye una descripción muy completa de las fases procedimentales, así como un
cronograma dividido por fases. Por su parte,….no presenta un cronograma resumen, que era lo
requerido en este punto. En su lugar, la compañía aporta un calendario tentativo con los
procedimientos detallados a realizar en cada una de las fases y propone el 31 de marzo de 2017 a
modo de fecha tentativa, como la propia compañía cita en su oferta, para finalización de su trabajo”.
Esto es, se vuelve a valorar la descripción de las fases procedimentales (ya valorada en el criterio
1, en el subcriterio 2.1 y en el criterio 4), además de contraponer con connotaciones negativas, y
sin justificación suficiente, las expresiones “cronograma resumen” y “calendario tentativo”, dando
lugar a una diferencia de 2,5 puntos entre la primera propuesta citada y la segunda carente de
suficiente motivación, cuando, a mayor abundamiento, el plazo de ejecución era obligatorio y
común para ambas, además de no contemplarse en el PPT entregas parciales, ni valorarse en el
pliego la reducción de dicho plazo. En definitiva, la falta de claridad y de explicitud en la definición
de los diferentes criterios de valoración previstos en el PCAP y en la explicación de sus respectivos
contenidos propició la confusión entre los mismos, dando lugar con ello a que el informe de
valoración contuviera, como se ha visto, notorias insuficiencias en el nivel de motivación deseable y
exigible.
3.48. Las mismas consideraciones que acaban de ser expuestas en relación con los criterios de
valoración incluidos en el contrato 160112 resultan extensibles al expediente de contratación
160113, también mencionado en el punto 3.22, cuyo PCAP incorporaba idénticos criterios a los del
primeramente citado. Así, la insuficiente definición que en algunos extremos presentaban dichos
criterios podría constituir el motivo por el que el autor del informe de valoración no llegó a
diferenciar claramente entre el “Subcriterio 2.1: Descripción de los trabajos propuestos”, y el
“Criterio 4 Formulación procedimental”, lo que se evidencia en algunos párrafos del informe. Así, en
aplicación del Subcriterio 2.1 se afirmaba: “La descripción de los trabajos propuestos para ejecutar
el contrato de la oferta presentada por . define las tareas específicas que serán abarcadas en
cada una de las fases en las que la empresa ha estructurado el proyecto en el apartado de
metodología, por lo que . logra una gran consistencia en su propuesta”, en tanto que en
aplicación del criterio 4 se decía: “La compañía ... incluye una descripción clara de las tareas
incluidas en el proceso de revisión de cuentas, además de la definición de los procedimientos de
revisión que forman parte de cada una de las actividades de su metodología, lo que añade una
gran consistencia a su propuesta”. La comparación de ambos párrafos pone de manifiesto que en
los dos casos la valoración se centra en el mismo elemento de la oferta, es decir, en la descripción
y en la definición de las tareas específicas.
Informe contratación CNMC 2015-2017 27
3.49. En el expediente de contratación 1500273, del servicio de revisión y verificación del modelo
de contabilidad analítica de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA correspondiente al
ejercicio 2014, su PCAP incluía dentro de los criterios de valoración el siguiente: Criterio 1:
ALCANCE DEL PROYECTO. Se evaluará la concreción en la descripción de los trabajos
propuestos y su adecuación al pliego técnico. Se evaluará asimismo la ampliación sobre el
contenido básico previsto en el pliego técnico, sin coste adicional para la CNMC, especialmente en
relación con los aspectos de especial énfasis, teniendo en cuenta la utilidad para las labores de
supervisión regulatoria que tiene encomendadas la unidad peticionaria”. La primera parte de dicho
criterio, relativa a la adecuación de los trabajos al PPT, no debería formar parte del mismo puesto
que la observancia del pliego no es susceptible de valoración al constituir su contenido las
obligaciones de inexcusable cumplimiento para el contratista en ejecución del contrato.
3.50. En el expediente 160151, ya mencionado en el punto 3.10, su PCAP incluía dentro de los
criterios de valoración de las ofertas el siguiente: “b) Cobertura de bajas y ausencias y tramitación
de solicitudes de servicio extraordinarias. Máximo: 6 puntos. En este apartado se valorarán los
siguientes subcriterios: 2.1 Mecanismos y tiempos de respuesta de sustitución de personal para
cobertura de bajas y ausencias. Máximo: 3 puntos (…)”. No obstante, el PPT contenía entre sus
especificaciones la que seguidamente se transcribe: “La empresa adjudicataria se debe
comprometer a mantener permanentemente el número de trabajadores estipulado en contrato,
debiendo cubrir de forma inmediata las ausencias que puedan producirse como consecuencia de
enfermedad, vacaciones, permisos del personal o cualquier otra causa que las motive, sin que ello
pueda suponer en ningún caso menoscabo en el régimen de jornada y horarios”. Tomando en
consideración que el contratista resultaba obligado a la sustitución inmediata de cualquier ausencia
que pudiera producirse entre el personal adscrito a la ejecución del contrato, las previsiones del
licitador en relación con tales sustituciones no deberían en caso alguno haber sido objeto de
valoración, puesto que el mantenimiento permanente del personal ofrecido constituía una
obligación del contratista de acuerdo al pliego. La inclusión del mencionado criterio de valoración
facilitó que los licitadores desatendieran la mencionada previsión del PPT, lo que se puso de
manifiesto mediante el hecho de que ninguna de las ofertas presentadas asumía el compromiso de
sustitución inmediata exigido por el pliego, dado que proponían, en la mayor parte de los casos,
tiempos de sustitución de aproximadamente una hora.
3.51. En el expediente de contratación 160154, del servicio de clases presenciales de inglés para el
personal de la CNMC, su PPT hacia bascular el cumplimiento del contrato sobre tres pilares
fundamentales que venían constituidos por la metodología de trabajo y el contenido de los cursos,
por el material didáctico y, finalmente, por el profesorado para el que se fijaban determinadas
exigencias de carácter mínimo. Sin embargo, en los criterios de valoración previstos en el PCAP, si
bien se valoraban la metodología y el material didáctico, no se preveía que la mejora por parte de
los licitadores de las referidas exigencias mínimas pudiese incrementar el valor de la oferta.
Además de no ser plenamente concordante con las exigencias del PPT, tal falta de previsión dio
lugar a que en las ofertas de los licitadores no se hiciese mención alguna al profesorado propuesto
ni al cumplimiento de las exigencias contenidas en relación con el mismo en el artículo 7.3 del PPT,
con lo que, aparte de no poder valorarse las ofertas en este apartado, tampoco pudo verificarse si
las mismas cumplían a este respecto las exigencias mínimas del PPT, lo que en la práctica impidió
un control previo sobre la adaptación de la oferta al pliego.
3.52. En el expediente de contratación 160361, relativo al suministro, instalación y mantenimiento
del centro de proceso de datos de la CNMC en la sede de la calle Alcalá, nº 47 de Madrid, su
PCAP establecía que el plazo de ejecución del suministro, instalación y traslado del Centro de
Proceso de Datos (CPD) sería de 5 meses a contar desde la fecha que se especificase en el
contrato como de inicio de los trabajos, y que el plazo de duración del contrato para los servicios de
mantenimiento sería de 36 meses a contar desde la fecha de recepción parcial del suministro,
instalación y traslado del CPD. No obstante, el PPT en su artículo 4.7 contenía la siguiente
previsión: “La garantía del equipamiento instalado se extenderá desde la entrega de los servicios y
suministros hasta cuatro años después de la adjudicación (…). Junto con la garantía de las
instalaciones se incluirá un servicio preventivo, correctivo y reactivo de mantenimiento integral y
28 Tribunal de Cuentas
soporte de las mismas. El servicio de mantenimiento afectará a todas las instalaciones,
equipamiento y software incluidos en el proyecto del nuevo CPD de la sede de la CNMC en Madrid
(…)”.
3.53. El presupuesto de licitación de dicho contrato ponía de manifiesto que formaba parte del
mismo, con cargo al concepto “Mantenimiento: 213 Maquinaria, instalaciones y utillaje”, una partida
de 51 miles de euros para los citados trabajos de mantenimiento, previsión que resultaba
innecesaria a la vista de las exigencias del artículo 4.7 del PPT antes citado. La expuesta
circunstancia pone de manifiesto una relevante falta de concordancia entre ambos pliegos que llevó
a incurrir a la Entidad en un gasto en prestaciones de mantenimiento que hubiera resultado
evitable12. Abundando en la expuesta descoordinación entre el PPT y el PCAP, la cláusula 22 de
este último establecía un plazo de garantía de doce meses, el cual finalmente se hizo constar en el
contrato en contraposición con los cuatro años de garantía exigibles de acuerdo al PPT.
3.54. En el expediente de contratación 160375, de asistencia técnica en relación con la difusión de
precios y condiciones de acceso a instalaciones logísticas de hidrocarburos líquidos, su PPT
identificaba el equipo de trabajo que debía ser adscrito a la ejecución del contrato, tanto en lo que
se refiere a las responsabilidades de cada integrante del mismo como en lo que concernía a su
cualificación. Asimismo, dicho pliego preveía que los licitadores eran libres de proponer en su oferta
un equipo de trabajo con unas características que superasen en calidad las mínimas establecidas.
Sin embargo, el PCAP no incluyó dentro de los criterios de valoración alguno que otorgase mayor
valor a las ofertas que mejorasen los referidos niveles mínimos exigidos por el PPT, lo que
inequívocamente constituye una incoherencia entre ambos pliegos.
3.55. En el expediente de contratación 1500140, cuyo objeto venía constituido por el servicio de
desarrollo de aplicaciones, control de proyectos, aseguramiento de la calidad y seguridad de los
sistemas de información de la CNMC, su PCAP optaba por dividir la licitación en cinco lotes. En
relación con esta decisión, y de conformidad con el artículo 86.3 del TRLCSP, resultaba exigible
haberse justificado, bien en el expediente o bien en los pliegos, la circunstancia de que el objeto del
contrato admitía fraccionamiento, así como que los lotes configurados eran susceptibles de
utilización o de aprovechamiento separado, además de constituir los mismos una unidad funcional,
o bien, alternativamente, que la configuración de los lotes venía exigida por la naturaleza del objeto.
Al respecto de dichas exigencias debe hacerse constar que el PCAP afirmaba que las prestaciones
incluidas en el objeto del contrato, cuyas características se describían en el PPT, constituían una
unidad funcional, pero que no obstante se había considerado necesario dividir el contrato en cinco
lotes dado que las mismas eran susceptibles de aprovechamiento separado. Es decir, en
contravención de las exigencias del citado artículo 86.3 del TRLCSP no se justificó que cada lote
constituyese en sí mismo una unidad funcional, sin que se justificase tampoco que la división en
lotes viniese exigida por la naturaleza del contrato.
3.56. Finalmente, en el expediente de contratación 160066, de ejecución de las obras para la
reorganización de los espacios A0d.01 y A0d02 del edificio de la CNMC en Madrid, su proyecto no
incluía el estudio de seguridad y salud o, en su caso, el estudio básico, infringiéndose así las
previsiones contenidas al respecto en los artículos 4, 5 y 6 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de
octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de
construcción.
III.2.4. Incidencias en relación con el proceso de selección
3.57. En el expediente de contratación 1400081, ya mencionado en el punto 3.18, el informe de
valoración de los componentes de la oferta sujetos a la elaboración de un juicio de valor no se
sujetó estrictamente a los criterios de valoración y al respectivo contenido de los mismos
12 La CNMC manifiesta en su escrito de alegaciones que la garantía a que se refería el PPT solo incluía la mera
sustitución de piezas, afirmación que no se corresponde con la realidad puesto que, tal y como puede comprobarse con
la mera lectura del artículo 4.7 de dicho pliego, el mismo ofrecía dentro del contenido de la garantía un servicio
preventivo, correctivo y reactivo de mantenimiento integral y soporte de las instalaciones.
Informe contratación CNMC 2015-2017 29
establecido en el PCAP. Este instituía dos criterios básicos, el primero lo denominaba “Metodología
y organización del trabajo y Plan de actuación”, al que atribuía quince puntos, y el segundo lo
denominaba “Plan de seguimiento”, al que atribuía otros quince. A su vez, cada uno de dichos
criterios se dividía en dos subcriterios cuyo contenido se describía en el citado pliego. Así, y en
relación con el primero de los cuatro subcriterios denominado “Calidad y fiabilidad de la
metodología y organización del trabajo(valorable con ocho puntos), el informe de valoración optó
por subdividirlo, a su vez, en cinco apartados, algunos de los cuales no correlacionaban con la
definición que el PPT realizaba de la mencionada metodología de trabajo. Así, y de acuerdo con el
artículo 6.3 del PPT, la metodología vendría referida a una planificación anual de los trabajos de
mantenimiento del edificio de la CNMC, detallando los procedimientos de ejecución de los trabajos
de mantenimiento preventivo según el contenido y periodicidad previstos en el Pliego, y
estableciendo las fechas de actuación, las operaciones a realizar, las comprobaciones de
funcionamiento y las mediciones.
3.58. Sin embargo, en el informe de valoración tan solo se atribuyeron dos de los ocho puntos
posibles a la metodología, asignándose por otro lado dos puntos a los medios humanos, dos a los
medios materiales, uno a la gestión energética y uno a la prevención de riesgos laborales, cuando
ninguno de estos cuatro últimos factores citados fue expresamente incluido por el PCAP dentro de
los criterios de valoración, circunstancia esta que podría explicar que la casi totalidad de las ofertas
presentadas no contuviese propuestas concretas ni en materia de gestión energética, ni en relación
con actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales que no fueran las ya exigidas en el
PPT. De hecho, y por una parte, la gestión energética constituía una prestación obligatoria de
acuerdo al PPT (artículo 3.2 del mismo) ejecutable en los términos contemplados en el mismo, y,
por otra, la prevención de riesgos laborales resultaba asimismo de obligada observancia de
acuerdo al artículo 7 del PPT. Además, y pese al inicialmente previsto por el valorador desglose de
los citados ocho puntos susceptibles de asignación, el informe procedió finalmente a otorgar en
aplicación de este subcriterio una puntuación global a cada oferta sin prestar atención a tal
desglose, en clara contradicción con sus propias pautas de valoración. Contradicción, la misma,
que resulta aún más notoria en el supuesto de la valoración dada a la empresa que resultó
finalmente adjudicataria del contrato, dado que, pese a que no se mencionaba en el informe que
hubiera hecho propuestas concretas en materia de gestión energética y de prevención de riesgos
laborales, su oferta fue valorada, no obstante, con 7,5 de los 8 puntos posibles.
3.59. Por otra parte, en uno de los subcriterios que contenía el mencionado criterio básico “Plan de
Seguimiento” el PCAP exigía la valoración de la calidad y el alcance del tratamiento informático del
seguimiento de la ejecución del servicio, refiriéndose tanto a partes de trabajo, con referencia a
actualizaciones realizadas y pendientes, como a control de stocks de material y repuestos, a
gestión de datos y a la elaboración de informes. Sin embargo, el informe de valoración omitió juicio
alguno en relación con el citado control de stocks y repuestos. Finalmente, el segundo de los
subcriterios del citado “Plan de Seguimiento venía referido a la aplicación de metodologías que
permitiesen garantizar la capacidad de respuesta en la subsanación de emergencias y averías y,
en su caso, mejora de los plazos consignados en la cláusula 6.3 del PPT. Sin embargo, el informe,
además de no valorar dichas metodologías, procedió a valorar el servicio 24 h, el cual constituía
una exigencia establecida en la cláusula 6.4 del PPT y, por tanto, no valorable, así como las
sustituciones del personal asignado al contrato en caso de ausencias cuya gestión obligatoria
formaba parte del cumplimiento del contrato, no siendo consecuentemente objeto de valoración.
3.60. En el expediente de contratación 1500251, relativo a la realización de una auditoría de los
sistemas de medición del plazo de entrega de los productos incluidos en el servicio público
universal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, año 2015, se ha observado que el
informe de valoración de los criterios sujetos a la aplicación de un juicio de valor no se atuvo a los
subcriterios establecidos en el PCAP, sino que, por el contrario, llevó a cabo una valoración
genérica de las ofertas sin proceder en momento alguno a valorar separadamente aquellos. Por
otra parte, la puntuación dada a dos de los criterios carecía por completo de motivación.
Efectivamente, la puntuación asignada al identificado como 3, “Organización del trabajo y
cronograma”, y al numerado como 4, “Presentación de informes, en los que el PCAP preveía que
30 Tribunal de Cuentas
se valorase el planteamiento, la claridad y la concreción de los modelos de informe propuestos, no
cuenta con justificación alguna en el informe de valoración. A la vista de los razonamientos
incluidos en el mismo puede afirmarse que la diferencia de puntuación obtenida por cada una de
las dos licitadoras careció de motivación suficiente, existiendo indicios de arbitrariedad. Esta
circunstancia presenta mayor relevancia si se tiene en cuenta que la diferente puntuación asignada
a cada una de las mismas, en concreto cinco puntos, resultó decisiva en la adjudicación del
contrato a la empresa que presentó un precio superior, puesto que esta obtuvo finalmente 90,25
puntos frente a los 89 logrados por la competidora, que presentó la oferta más barata.
3.61. En el expediente de contratación 160089, relativo al servicio de asistencia técnica para la
administración de un determinado sistema de gestión de bases de datos, ya mencionado en el
punto 3.17, se ha observado la existencia de ciertas insuficiencias en el informe de valoración de
los criterios sujetos a la aplicación de un juicio de valor. Así, el PCAP incluía los siguientes criterios
de valoración: Criterio 3: Servicios proactivos adicionales. -Máximo 16 puntos. - Subcriterio 3.1:
Auditorías de seguridad. Máximo 8 puntos Se valorará la realización de auditorías de seguridad
adicionales del entorno durante la ejecución del servicio. Se tendrá en cuenta su completitud,
calidad de los trabajos propuestos y aplicación de las medidas a ejecutar como resultado de las
consultorías. - Subcriterio 3.2: Consultorías de rendimiento. Máximo 8 puntos. Se valorará la
realización de consultorías de rendimiento adicionales del entorno durante la ejecución del
servicio. Se tendrá en cuenta su completitud, calidad de los trabajos propuestos y aplicación de las
medidas a ejecutar como resultado de las consultorías”.
3.62. El citado informe (en su página 8) asignó a una de las licitadoras que finalmente no resultó
adjudicataria del contrato- seis puntos para el expuesto Criterio 3 con base en una motivación que
no correlaciona con el contenido de la oferta de dicha empresa. Efectivamente, la puesta en
comparación de las páginas 17 a la 19 de esta no se corresponde con la justificación de la
puntuación asignada por el autor del informe. Además, la valoración mencionaba como causa del
menor valor de la oferta la inexistencia de compromiso expreso de esfuerzo fuera del servicio
regular para la realización de las auditorías, circunstancia esta que no estaba contemplada como
valorable ni en el PCAP ni en el PPT. Por otra parte, la motivación de la valoración (doce puntos)
otorgada en dicho criterio a la oferta presentada por la empresa que resultó adjudicataria del
contrato (página 13 del informe) no justifica la diferencia de puntos existente entre ambas
licitadoras. A mayor abundamiento, en el informe se contiene un notorio error de hecho en la
valoración de la oferta últimamente citada. Efectivamente, en el mismo se afirmaba textualmente
que aquella propone una auditoría de seguridad de 5 jornadas no facturables, al margen del
servicio regular”, cuando, en realidad, dicha oferta no mencionaba ni que tal auditoría excediese del
servicio regular ni que la misma no fuera a ser facturable. Análoga consideración cabe hacer en
relación con las consultorías de rendimiento.
3.63. Finalmente, la puesta en comparación de los respectivos equipos de trabajo propuestos por
las dos citadas licitadoras no justifica la diferente valoración asignada a cada una de ellas, en
particular cinco puntos a la primera y seis a la segunda. En definitiva, esta última obtuvo en los
criterios subjetivos una diferencia positiva de siete puntos sobre la competidora que este Tribunal
de Cuentas entiende que carece de motivación suficiente.
3.64. En relación con el contrato 1500232, relativo al servicio de gestión y mantenimiento para la
biblioteca digital de la CNMC, se ha observado una falta de correlación parcial entre la oferta
presentada por la empresa que resultó adjudicataria y la valoración otorgada a la misma por el
informe técnico relativo a los criterios de valoración sujetos a un juicio de valor. Así, uno de estos
se refería a la organización de los trabajos, valorándose aspectos como la metodología, referida
especialmente a la idoneidad de las soluciones propuestas, a las tareas de evaluación y reuniones
al respecto, a las tareas de seguimiento y a los correspondientes informes periódicos del mismo,
así como, finalmente, la frecuencia y el detalle de las llamadas “hojas de control de actividades”.
Examinada la oferta de la empresa que resultó adjudicataria, se observa que la parte de la misma
referida a dicha organización de los trabajos no se refería a ninguno de los aspectos enunciados,
con la sola excepción de una mera referencia a las mencionadas “hojas de control de actividades”,
Informe contratación CNMC 2015-2017 31
las cuales se citaban para afirmar que se cumplimentarían, pero sin hacer en momento alguno
referencia a su detalle, cuestión que el licitador posponía a la fase de ejecución del contrato. Pese
a dicha falta de correlación entre la oferta y las exigencias del PCAP el informe de valoración le
asignó nueve de los doce puntos posibles.
3.65. En el expediente de contratación 1500346, cuyo objeto venía constituido por el servicio de
asistencia técnica en relación con las bases de las circulares 4/2008 y 5/2008 y la Resolución de la
Dirección General de Política Energética y Minas de 15 de diciembre de 2008, el PPT exigía, en
cuanto al equipo de personas a adscribir a la ejecución del contrato, un Jefe de proyecto, al que le
asignaba un rol determinado, y un equipo técnico, al que se le asignaban otras funciones diferentes
a las de aquel, fijando unas determinadas horas mensuales de dedicación al proyecto que se
concretaban en 14 horas de trabajo para el Jefe del proyecto y 146 horas para el resto del equipo
encargado de los servicios. Además, exigía que la licitadora incluyese en la oferta el CV del Jefe
del proyecto así como el del resto del equipo, especificando respecto de los integrantes de este su
titulación y la referencia a sus conocimientos o experiencia como usuarios de una determinada
herramienta de gestión de bases de datos. La oferta presentada por la empresa que resultó
adjudicataria del contrato especificaba que el equipo humano adscrito a su ejecución estaría
integrado por una sola persona que asumiría todas las funciones, esto es, tanto las
correspondientes al Jefe del proyecto como las asignadas al resto del equipo. No consta en los
correspondientes informes de valoración de las ofertas pronunciamiento expreso alguno acerca de
si los expresados términos de la oferta cumplían o no las exigencias del PPT, ni motivación alguna
acerca de la suficiencia de la adscripción de una sola persona para la ejecución de la totalidad de
las expresadas funciones, lo que en opinión de este Tribunal de Cuentas hubiera resultado exigible,
máxime cuando la oferta de la empresa competidora sí ofrecía un equipo compuesto por varias
personas. Además, en el CV aportado por la adjudicataria correspondiente a quien figuraba
propuesto para la realización de todas las prestaciones del contrato no constaba experiencia
alguna como usuario de la aludida herramienta de gestión de bases de datos, lo que contravenía lo
exigido por el PPT.
3.66. En el expediente de contratación 1500373, relativo al servicio de asistencia técnica y
administrativa para la gestión de las bases de datos relativas al mercado de electricidad, su PCAP
incluía dentro de los criterios de valoración sujetos a la aplicación de un juicio de valor el
ofrecimiento por los licitadores de dos posibles tipos de mejoras, consistente una de ellas en la
propuesta de metodologías adicionales en el tratamiento y análisis de la información”, valorable
con hasta 3 puntos, y la segunda en una “propuesta de mejora técnica de los sistemas de
información actualmente implicados en la gestión de las bases de datos afectadas y elaboración de
nuevas consultas sobre las bases de datos”, valorable con hasta cuatro puntos. En el
correspondiente informe de valoración el autor del mismo se limitó a describir las propuestas que la
empresa que resultó adjudicataria del contrato presentaba como mejoras, pero sin razonar ni
motivar en qué aspecto concreto dichas propuestas mejoraban la oferta, y sin explicar qué valor
añadido tenían respecto del cumplimiento de las especificaciones técnicas contenidas en el PPT.
Además, en relación con la segunda de las posibles mejoras valorables, la adjudicataria se limitó a
ofrecer una colaboración con la CNMC en la elaboración de un análisis a alto nivel de los
procedimientos de trabajo actual, ofrecimiento que, además de inconcreto -pues se refería a una
mera colaboración sin concretar su alcance-, no correlacionaba con el contenido especificado en el
PCAP para dicha mejora, pese a lo cual la iniciativa del licitador fue valorada en el citado informe
con el máximo de puntos posibles.
3.67. En el expediente de contratación 160160, relativo al servicio de asistencia técnica para la
elaboración de un informe de verificación del efectivo consentimiento de los consumidores en los
cambios de comercializador de los sectores de electricidad y gas natural en el periodo julio 2015 a
junio 2016, su PCAP incluía dentro de los criterios de valoración sujetos a la aplicación de un juicio
de valor el que seguidamente se transcribe: Mejoras de los trabajos sobre el contenido básico
previsto en el pliego técnico, sin coste adicional para la CNMC. Se trata de mejoras que
razonablemente puedan reducir el tiempo del proceso de verificación del consentimiento. La CNMC
valorará que esta razonabilidad se encuentre justificada”, valorable con hasta veinte puntos. Esto
32 Tribunal de Cuentas
es, el mayor valor de la oferta radicaría, en su caso, en la aportación de métodos de trabajo,
sistemas o herramientas por encima de lo que resultase obligatorio de acuerdo con el PPT, cuya
aplicación permitiese reducir los plazos de ejecución de los trabajos comprometidos por el
contratista. Sin embargo, en el informe de valoración de las ofertas el técnico autor del mismo se
limitó a valorar en aplicación de dicho criterio el cronograma de actuaciones y la previsión de plazos
de ejecución de cada una de las fases en que el PPT dividía el proceso, los cuales, al estar
establecidos en el artículo 7.2 de dicho pliego, nunca habrían de haber sido objeto de valoración
sino de mera exigencia de su cumplimiento.
3.68. Por otra parte, y en relación con la oferta presentada por la empresa que finalmente resultó
adjudicataria del contrato, el informe le asignaba el máximo de veinte puntos con base en el
razonamiento de que la licitadora afirmaba disponer de personal formado para reforzar el equipo de
verificadores en las fases de verificación de los datos remitidos por los comercializadores, pudiendo
reducirse así al mínimo la duración de estas fases; además, justificaba la reducción de tiempo en
que conocía la metodología, lo que permitiría minimizar los contactos aclaratorios con la CNMC,
afirmando, finalmente, disponer de las herramientas adecuadas para almacenar la información y
efectuar los informes que precisaba la entidad contratante, pero sin identificarlas ni describirlas. No
obstante, ninguno de estos tres razonamientos estaba acreditado en la oferta, por lo que este
Tribunal considera que el contenido de la misma no correlacionaba totalmente con la descripción
que el PCAP realizaba del contenido de la posible mejora objeto de valoración, puesto que lo que
se buscaba era la reducción de tiempo. En virtud de lo expuesto carecía de justificación la
asignación de la indicada puntuación.
3.69. En el contrato 1500123, ya mencionado en el punto 3.40, se ha observado que la capacidad
de la empresa adjudicataria se acreditó mediante su escritura de constitución de 2 de abril de 1985,
en la que figura con un capital social de 250 miles de pesetas, sin que conste que dicha sociedad
llevase a cabo el legalmente exigible proceso de adaptación al régimen que para las sociedades
anónimas estableció el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, que exigía, entre
otros requerimientos, tener suscrito un capital social mínimo de 10 millones de pesetas.
3.70. En el mes de junio de 2015 la Entidad formalizó el contrato 1400470, cuyo objeto venía
constituido por la prestación de servicios auxiliares de telefonista/recepcionista, ordenanza y peón
en la sede corporativa de la CNMC en Barcelona. De acuerdo con la ley y con el propio PCAP,
cuando el licitador se tratase de una persona jurídica debería justificar que las prestaciones del
contrato estaban comprendidas dentro de sus fines, objeto o ámbito de actividad. Consta en el
expediente de contratación que la entidad adjudicataria del contrato presentaba como objeto social
el que seguidamente se transcribe: Realizar un trabajo productivo, participando regularmente en
las operaciones del mercado, y teniendo como finalidad el asegurar un empleo remunerado y la
prestación de servicios, de ajuste personal y social que requieran los trabajadores minusválidos; a
la vez que sea un medio de integración de los mismos al régimen de trabajo normal; constituyendo,
a este fin, un Centro Especial de Trabajo C.E.T.. De acuerdo con ello, no formaba parte del objeto
social de la adjudicataria la prestación de la clase de servicios auxiliares demandada por la CNMC,
sino la realización de las actividades necesarias para la integración de personas minusválidas en el
mercado de trabajo. Tanto del contenido del PCAP como del correspondiente al PPT se desprende
que lo que la entidad fiscalizada pretendía era contratar una empresa entre cuyos servicios se
encontrasen las prestaciones propias de los perfiles expuestos, y no una entidad que realizase
labor de intermediación en la búsqueda de empleo a personas con discapacidad, en virtud de lo
cual cabe afirmar que la adjudicataria carecía de las condiciones necesarias para obtener el
contrato.
3.71. En el contrato 1500183, relativo al servicio de dirección de seguridad integral de las sedes de
la CNMC, su PCAP establecía que la solvencia técnica de los licitadores se acreditaría por medio
de una “Relación de los principales contratos efectuados por la empresa durante los tres últimos
años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de ofertas, indicando su
importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, salvo que la empresa haya iniciado
su actividad dentro de dicho periodo de tres años, en cuyo caso la relación incluirá los contratos
Informe contratación CNMC 2015-2017 33
que haya realizado. Como mínimo, uno de estos contratos deberá ser de cuantía igual o superior al
presupuesto de licitación, acreditándose esta circunstancia mediante los correspondientes
certificados de buena ejecución.” La empresa que finalmente resultó adjudicataria del contrato
presentó documentación diversa relativa a su capacidad y solvencia en la que, en su página 131, y
en relación con la acreditación de esta última condición decía textualmente: “Declara bajo su
responsabilidad: Que …. tiene actualmente contratos relativos al servicio de Dirección de
Seguridad con los siguientes clientes: hotel Auditórium; Canal de Isabel ll; TELEFÓNICA; Central
Nuclear de TRILLO y ALCAMPO”. Dado que la acreditación de la solvencia técnica no se realizó en
los términos exigidos por el PCAP la adjudicataria debería haber sido requerida para subsanar y,
en su caso, no haberse formalizado con ella el correspondiente contrato.
3.72. 13
3.73. En el expediente de contratación 1500287, cuyo objeto venía constituido por el servicio de
protección personal y conducción de seguridad para un alto cargo de la CNMC, se ha observado
que en la documentación entregada por el adjudicatario del contrato para la formalización del
mismo no figuraba la correspondiente a su capacidad y representación, ni tampoco la acreditativa
de su solvencia económica, financiera y técnica, sin que tampoco constasen los certificados de
encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social14.
3.74. En el expediente de contratación 160159, relativo a la contratación externa de la elaboración
del desarrollo de un modelo de programación de la generación hidroeléctrica, su PPT establecía
como prestaciones esenciales del modelo la determinación de los valores del agua de un sistema
hidroeléctrico, y cuál debía ser la programación de la generación de un sistema hidroeléctrico que
optimizase la gestión del agua. Su PCAP regulaba la solvencia técnica en los siguientes términos:
“La solvencia técnica o profesional se exige por referencia a la experiencia en la ejecución de
contratos del mismo tipo o naturaleza que el que corresponde al objeto del contrato durante los 5
últimos años. Solvencia mínima requerida: El importe anual acumulado en el año de mayor
ejecución de los 5 últimos debe ser igual o superior al 70% del valor estimado del contrato”. Siendo
el valor estimado de 49 miles de euros el referido importe acumulado estaría fijado en 34 miles de
euros. La documentación presentada por el adjudicatario del contrato, en cuya hoja numerada
como 40 figura la relación de contratos celebrados en los cinco años previos a la licitación, no
acreditaba que el mismo estuviese en poder de la solvencia profesional exigida por el PCAP,
puesto que los trabajos declarados no correlacionaban con el objeto del contrato. Se aprecia, por
tanto, falta de solvencia técnica de la contratista.
3.75. Finalmente, y en lo que respecta al referido contrato, su PCAP exigía en la cláusula 10.1.2
que la solvencia técnica se acreditase por medio de “la presentación de una relación de los
principales servicios o trabajos realizados en el ámbito de las actividades objeto del contrato
ejecutados o en ejecución en los cinco últimos años, y que incluyese objeto, importe, fechas de
ejecución y destinatario, público o privado, exigiéndose que el número mínimo de servicios o
trabajos debería ser de al menos dos en el citado periodo, siendo su importe mayor o igual a un
tercio del valor estimado del contrato”. Examinada la documentación presentada por la empresa
adjudicataria con ocasión de la formalización del contrato, no figuraba en la misma acreditación de
estar en posesión de la solvencia técnica exigida por el pliego.
3.76. En relación con el expediente de contratación 160066, de obras para la reorganización de los
espacios A0d.01 y A0d.02 del edificio de la CNMC en Madrid, ya mencionado en el punto 3.56, el
PCAP establecía que “El porcentaje máximo que el contratista está autorizado a subcontratar será
60% del importe de adjudicación, sin que a estos efectos se tengan en cuenta los subcontratos con
empresas vinculadas al contratista principal”. No obstante, en la documentación presentada por la
13 Punto suprimido tras el análisis de las alegaciones.
14 En el trámite de alegaciones la entidad fiscalizada ha aportado documentación justificativa de los indicados extremos
que no se encontraba en e l expediente de contratación pues to a disposición del equipo encargado de la fiscalización
durante la realización de los trabajos de campo.
34 Tribunal de Cuentas
empresa adjudicataria para la formalización del contrato se localizaba copia de sus cuentas
anuales correspondientes a los años 2012, 2013, 2014 y 2015 depositadas en el Registro
Mercantil, en todas las cuales figuraba que la entidad carecía de personal, además de presentar
certificado de la Tesorería de la Seguridad Social en el que se indicaba que la sociedad tenía
dados de baja todos los códigos de cuenta de cotización. No consta que por parte de la CNMC se
pidieran aclaraciones acerca de la expresada circunstancia de la falta de personal de la
adjudicataria, incompatible en un contrato de obras con una subcontratación máxima del 60%, ni
que por la misma se llevaran a cabo controles específicos tendentes a comprobar el cumplimiento
del indicado límite, en virtud de todo lo cual puede afirmarse que existen suficientes indicios de que
la adjudicataria pudo llegar a subcontratar la totalidad del contrato.
3.77. En el expediente 160130, relativo a la contratación de los servicios de vigilancia y seguridad
de las sedes de la CNMC, su PCAP incluía dentro de los criterios de valoración sujetos a la
aplicación de un juicio de valor el que seguidamente se transcribe: Plan de vigilancia integral y
seguridad para los edificios objeto del contrato Elaboración de una Memoria descriptiva de la
ejecución del contrato en la que hagan constar; Plan de vigilancia integral del edificio, referente a la
organización y prestación del servicio, valorándose la adaptación al Centro según sus necesidades,
situación y características, así como definición de protocolos de actuación con detalle de las
operaciones a realizar, secuencia, tiempos de respuesta y recursos disponibles, central receptora
de alarmas, medios a disposición”, valorable con hasta diez puntos. A su vez, el artículo 4 del PPT
exigía que las respectivas ofertas debían de incluir necesariamente, como contenido mínimo, un
Plan de vigilancia integral del edificio, referente a la organización y prestación del servicio,
valorándose la adaptación al Centro según sus necesidades, situación y características.
3.78. El correspondiente informe de valoración contenía, entre otras, las siguientes indicaciones en
relación con la oferta de la empresa que, finalmente, resultó adjudicataria del contrato: “a)
Seguridad: No aporta plan integral de seguridad ni análisis de riesgo; indica que en el plazo de 20
días realizará un plan de trabajo específico para cada servicio, b) Memoria descriptiva.
Organización y prestación del servicio: No se menciona, c) Memoria descriptiva. Horarios, puestos
y funciones: se reproducen las funciones genéricas del pliego y entre ellas menciona el puesto de
centralita. No se indican funciones de cada puesto; d) Dotación RRHH: No indica; e) Adaptación al
Centro: necesidades, situación y características: la documentación es básicamente genérica, no
está elaborada específicamente pensando en la CNMC salvo en diferenciar ambas sedes; f)
Definición de protocolos de actuación con detalle de las operaciones a realizar, secuencia de las
mismas: no se mencionan; g) Medios a disposición: se mencionan pero no se cuantifica”. La oferta
fue valorada con 1,9 puntos de los 10 posibles.
3.79. De acuerdo con lo expuesto, este Tribunal de Cuentas considera que la referida oferta, lejos
de ser valorada obteniendo una puntuación que cabe pensar que hubiera determinado su exclusión
de haberse previsto en el PCAP un umbral mínimo, debió ser objeto de no admisión por incurrir en
incumplimiento del PPT. Efectivamente, este exigía la presentación por los licitadores de un Plan
de vigilancia del edificio y una memoria descriptiva de la organización y prestación del servicio,
documentos, ambos, que el licitador adjudicatario no presentó.
3.80. En el expediente de contratación 170003, cuyo objeto venia constituido por la actualización de
las licencias de un determinado software de control de presencia y visitas, consta que su
adjudicación se llevó a cabo mediante procedimiento negociado al amparo de lo previsto en el
apartado d) del artículo 170 del TRLCSP, con base en la existencia de derechos de exclusividad a
favor del adjudicatario. Así, se afirma en el expediente que este empresario era el fabricante de
unos equipos y una aplicación informática concretos que tenía instalados la CNMC, por lo que solo
aquel podía realizar las modificaciones y actualizaciones necesarias para llevar a cabo el
mantenimiento de su aplicativo, así como la integración con los equipos de recogida de marcaje, no
delegando ninguna de estas cuestiones a terceros ni distribuidores. Sin embargo, en la
documentación que obra en el expediente no queda en forma alguna justificado que tal
circunstancia concurriese en el contratista. Efectivamente, analizada la que este presentó con
Informe contratación CNMC 2015-2017 35
ocasión de la formalización del contrato, nada se contiene en la misma que pudiera acreditar la
existencia de esos invocados derechos de exclusividad15.
3.81. En el expediente de contratación 170213, cuyo objeto venia constituido por el servicio de
custodia, gestión y archivo externo de los documentos de la sede de Madrid de la CNMC,
mencionado ya en el punto 3.11, la cláusula 7 del PPT exigía textualmente que “La empresa
adjudicataria deberá disponer de instalaciones propias, debidamente autorizadas y equipadas para
desarrollar la actividad objeto de este contrato. Deberán cumplir las normas generales de
edificación para almacenamiento de papel y cartón. En concreto, dispondrá de: Instalaciones en un
edificio tipo C con Riesgo Alto Tipo 8 que según la clasificación RSCIEI-04 Sector, está clasificado
dentro del baremo como riesgo máximo; Sistema de prevención y extinción de incendios específico
para custodia de documentación, que no dañe la misma en caso de requerirse su uso; Cámaras de
video vigilancia; Circuito cerrado de televisión (CCTV) conectado a una central de alarmas 24
horas, 365 días al año y a los cuerpos de seguridad del Estado; Servicio de vigilancia personal;
Puertas resistentes al fuego; Control de humedad; Pararrayos y carencia de arquetas en el interior
de la nave; y Control de acceso a las áreas.” Examinada la documentación obrante en el
expediente cabe afirmar que ni en la correspondiente a la que formaba parte de la oferta del
adjudicatario, ni en la presentada con ocasión de la formalización del contrato, quedaba acreditado
en forma alguna el cumplimiento de las mencionadas exigencias del PPT, no existiendo ni siquiera
una mera declaración al respecto realizada por el licitador que, finalmente, resultó adjudicatario del
contrato.
III.2.5. Incidencias en relación con los expedientes de contratación licitados mediante el
procedimiento negociado
3.82. El análisis de los contratos incluidos en la muestra pone de manifiesto que en la totalidad de
los supuestos en los que la entidad fiscalizada ha acudido al procedimiento negociado para la
selección de los contratistas los respectivos pliegos identificaban una serie de criterios de
valoración, tanto subjetivamente valorables como susceptibles de la aplicación de fórmulas, así
como la ponderación asignada a los mismos, pero no en los términos y con la finalidad prevista en
el artículo 178.2 del TRLCSP de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar, sino con
el efecto de adjudicar el contrato como si de un procedimiento abierto se tratase. En lo que a la
negociación se refiere, los correspondientes pliegos administrativos tan solo preveían la existencia
de un trámite de presentación por parte de los licitadores de una segunda oferta económica, sin
que en ningún caso se previera la existencia de una negociación sobre los aspectos técnicos de las
respectivas ofertas. Por tanto, en ningún expediente de los contratos analizados adjudicados
mediante el procedimiento negociado consta que se haya dado pleno cumplimiento a las
previsiones contenidas en el artículo 176 del TRLCSP ni a negociar los términos de la contratación
tal y como exige el artículo 178 del citado texto legal, sino que el correspondiente órgano de
selección procedió en cada caso a realizar la adjudicación aplicando los criterios de valoración
establecidos en los pliegos y solicitando ulteriormente a los concurrentes la presentación de una
segunda oferta económica, desviándose así de lo que constituye la esencia del procedimiento
negociado.
3.83. No obstante realizarse la adjudicación del contrato de forma prácticamente análoga a la de
los procedimientos abiertos, no consta que la entidad fiscalizada prestara plena observancia a las
prevenciones que la legislación contempla para los mismos, omitiendo las cautelas legalmente
previstas para procurar la imparcialidad en la selección del contratista. Esto es, si bien la CNMC sí
aplicó la técnica de la valoración sucesiva de los elementos de la oferta valorables subjetivamente,
por un lado, y de los elementos susceptibles de la aplicación de fórmulas, por el otro, no existe por
el contrario constancia documental de que la valoración de aquellos fuera llevada a cabo sin el
15 Si bien la CNMC aporta con su escrito de alegaciones un c ertificado de exclusividad que, tal y como la propia Entidad
admite, no se encontraba incorporado al expediente de contratación, lo cierto es que dicho certificado es anterior a las
respectivas fechas de licitación y adjudicación del contrato, sin que haya quedado acreditada por medio alguno la
vigencia de tales derechos en dichas fechas.
36 Tribunal de Cuentas
conocimiento por parte del órgano técnico de los componentes objetivamente valorables de las
respectivas ofertas. Es cierto que la exigencia de la apertura pública de los correspondientes
sobres solo resulta legalmente exigible en los procedimientos abiertos, tal y como viene establecido
en el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, pero el no sometimiento a dicha exigencia no obsta a
que en el expediente de contratación se deje constancia formal del momento en que se procede a
la apertura de los correspondientes sobres, a fin de que exista un principio de acreditación de que
el conocimiento por parte del órgano encargado de la valoración del precio ofrecido por los
licitadores tiene lugar una vez efectuada la valoración de los elementos de la oferta sujetos a la
aplicación de un juicio de valor.
3.84. En relación con lo expuesto debe tenerse en cuenta que la utilización del procedimiento
negociado en los supuestos tasados en que el TRLCSP lo permite no constituye un mandato
imperativo para el órgano de contratación, sino tan solo una mera facultad del mismo. El hecho de
que el contrato licitado se sitúe por debajo de los límites cuantitativos en los que la ley permite
prescindir del procedimiento abierto, el cual constituye norma general, no obliga al órgano de
contratación a acudir al procedimiento negociado, sino que tan solo le concede la posibilidad de
optar por el mismo. Ahora bien, si aquel opta por dicho procedimiento debe necesariamente aplicar
las normas que el TRLCSP establece para el mismo, es decir, los ya citados artículos 176 -en lo
que se refiere a la determinación en los pliegos de los elementos negociables, que deben referirse
tanto a aspectos económicos como a elementos de carácter técnico- y 178 -en lo que concierne a
llevar a cabo con los candidatos una negociación real y efectiva-. El análisis de los expedientes de
contratación examinados pone de manifiesto que en ningún caso hubo negociación sobre las
especificaciones técnicas de las respectivas ofertas puestas en relación con las previsiones del
PPT, y que en lo que a las condiciones económicas se refiere no hubo tampoco una negociación
propiamente dicha sino tan solo la presentación de una segunda y, en todo caso, última, oferta
económica.
3.85. El día 21 de junio de 2016 se inició la tramitación del expediente 160130, para la contratación
del servicio de vigilancia y seguridad de las sedes de la CNMC, mediante procedimiento abierto.
Las actuaciones quedaron suspendidas tras advertirse en la fase de valoración de las ofertas
técnicas -sobre 2- presentadas por los licitadores que estas contenían, en el caso de cuatro de las
cinco empresas concurrentes, elementos de la oferta que al ser objeto de la aplicación de fórmulas
deberían haber formado parte del sobre 3, error que pudo obedecer a una redacción confusa de la
prescripción cuarta del PPT. Para garantizar la continuidad de un servicio que se consideraba
esencial para el normal funcionamiento de la CNMC se determinó como necesario realizar la
contratación de este servicio mediante un procedimiento negociado sin publicidad, de manera
extraordinaria, que permitiese cubrir las correspondientes necesidades durante el periodo
transitorio al que daba lugar la tramitación del mencionado procedimiento abierto de licitación. La
situación expuesta desembocó en la celebración consecutiva de siete contratos, de duración
mensual cada uno de ellos, que se celebraron entre febrero y agosto de 2017, ambos meses
incluidos, en concreto los numerados como 160396, 160415, 170106, 170120, 170136, 170163 y
170204, todos ellos adjudicados mediante el mencionado procedimiento negociado. Con motivo de
la tramitación del primero de los contratos citados se decidió solicitar oferta a cinco empresarios del
sector en cumplimiento de la normativa establecida en el TRLCSP para la tramitación de dicha
clase de procedimientos. No obstante, tan solo una de las empresas invitadas atendió la petición y
presentó oferta, resultando finalmente adjudicataria del contrato.
3.86. En la tramitación del expediente correspondiente al mes siguiente, una vez expirado el
primero de los citados contratos, y pese a que ninguna de las otras cuatro empresas había
presentado oferta para este primero, la CNMC les cursó de nuevo invitación para participar en el
segundo expediente (160415), sin que tampoco en esta ocasión presentaran plica alguna, lo que
dio lugar a adjudicar nuevamente el contrato al empresario que había ejecutado el anterior contrato,
único que presentó oferta.
3.87. Análoga situación se produjo en la licitación de los cinco contratos siguientes, puesto que la
Entidad siguió cursando invitaciones a las mismas cinco empresas, siendo la petición solamente
Informe contratación CNMC 2015-2017 37
atendida en cada caso por una de ellas que, finalmente, resultó ser la adjudicataria de los siete
sucesivos contratos. Este Tribunal de Cuentas entiende que la previsión legal de que en la
tramitación de un procedimiento negociado se solicite oferta al menos a tres empresas no se trata
de un requisito meramente formal que se satisfaga dejando constancia de haberse cursado las
correspondientes peticiones, sino que se trata de un requerimiento de trascendencia material que
trata de compensar la restricción de la competencia que se deriva de la falta de publicidad, así
como permitir que se apliquen al contrato las reglas del mercado en beneficio de todas las partes
interesadas. Por tanto, la selección de las empresas invitadas al procedimiento negociado debe
obedecer a criterios que conduzcan, en la medida de lo posible, a obtener el mayor número de
ofertas, permitiendo así seleccionar la económicamente más ventajosa a través de la negociación
propia de este procedimiento. Carece de sentido invitar de forma reiterada a empresas que ya han
tenido la ocasión de poner de manifiesto repetidamente su desinterés por el contrato. La decisión
de la entidad fiscalizada de no diversificar el elenco de empresas invitadas produjo la
desnaturalización del procedimiento, dando lugar a que, de hecho, los contratos mensuales fueran
objeto de sucesivas prórrogas en contra de la normativa del TRLCSP aplicable a la prolongación
temporal de la relación contractual.
3.88. En el ejercicio 2016 la CNMC licitó el contrato 160236, cuyo objeto venía constituido por
servicios de asistencia técnica para la medición de determinados indicadores de la calidad del
servicio postal universal correspondientes al ejercicio 2016, y en el ejercicio 2017 incoó el
expediente de contratación 170238 con análogo objeto, una vez expirado el del ejercicio
precedente. En el primeramente citado su PCAP determinaba la división del contrato en dos lotes
con el propósito, según afirmaba, de facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a la
contratación pública. Sin embargo, y en palmaria contradicción con dicha declaración, tramitándose
el expediente mediante procedimiento negociado el órgano de contratación procedió a invitar a
presentar ofertas a tres firmas de auditoría líderes del mercado, ninguna de la cuales sería
encuadrable en el mencionado colectivo de empresas de reducido tamaño. Por su parte, en el
segundo de los contratos citados su PCAP optaba asimismo por la división en lotes, justificando
dicha decisión en el favorecimiento de la libre concurrencia y con la finalidad de diversificar la
contratación pública de la CNMC, afirmaciones estas que entran en colisión con la circunstancia de
que el contrato se licitara mediante procedimiento negociado sin publicidad, el cual, como es bien
sabido, no resulta ser el más idóneo para optimizar los niveles de concurrencia y de diversificación
de ofertas.
III.2.6. Incidencias en relación con la fase de ejecución de los contratos
3.89. En un significativo número de los contratos incluidos en la muestra sus respectivos PPT
establecían la exigencia de la confección y entrega por parte de los correspondientes contratistas
de una serie de documentos o informes en los que se concretaría la realización de los trabajos
comprometidos en el contrato, esto es, los denominados entregables. Se ha constatado que en
los expedientes de contratación no se viene dejando constancia de la fecha de entrega de los
mismos, lo que dificulta, o incluso impide, comprobar si la ejecución de las prestaciones
contratadas se ha llevado a cabo dentro de los plazos establecidos en los respectivos pliegos y
ofertas. En particular, en los contratos cuyo objeto viene constituido por la revisión de
contabilidades, referidos en el punto 3.22, se prevé que el cómputo del plazo de ejecución fijado en
las condiciones de contratación comience en la fecha de entrega al contratista de la documentación
objeto de dicha revisión. Sin embargo, no consta en los correspondientes expedientes la fecha de
entrega de la misma, lo que, tal y como se dijo antes, impide el control del cumplimiento de los
plazos pactados.
3.90. En el contrato 1400084, cuyo objeto venía constituido por la contratación de servicios
auxiliares para la sede de Madrid de la CNMC, tanto su PPT como su PCAP preveían la prestación
de servicios de conductores por parte de un equipo integrado por cuatro personas. El contrato fue
adjudicado el 28 de abril de 2015 por un precio de 84.800 euros. No obstante, en la misma fecha
de su formalización se llevó a cabo una modificación del mismo que tenía por objeto reducir de
cuatro a tres los conductores requeridos y disminuir el precio de adjudicación en un 25%, quedando
38 Tribunal de Cuentas
fijado en 63.600 euros. Simultáneamente se modificó el PPT para adaptarlo a esta nueva situación.
En relación con dicho acuerdo de modificación del contrato debe observarse que la misma
resultaba contraria a la legislación de contratos del sector público, dado que ni estaba prevista en el
PCAP ni la misma resultaba encuadrable en los supuestos previstos en el artículo 107 del
TRLCSP, además de infringir la prohibición de modificar los PPT una vez la licitación se encuentra
en curso. Tal modificación hubiera requerido desistir del expediente de contratación y volver a
licitarlo bajo las nuevas condiciones.
3.91. En el contrato 1400417, relativo al servicio de asistencia técnica en relación con el proyecto
de difusión de precios y condiciones de acceso a instalaciones logísticas de hidrocarburos líquidos,
en el cual formaba parte esencial de la oferta el equipo de personas propuesto por el licitador para
su adscripción a la ejecución del contrato, debido a la cualificación y a la experiencia acreditada de
los integrantes de aquel exigida por el PPT, consta la sustitución, durante la mayor parte de la
ejecución de los trabajos, de uno de los técnicos componentes de dicho equipo, en concreto
durante 13 de los 24 meses de duración del mismo, sin que en el expediente quede acreditado que
la persona sustituta estuviese en posesión de las cualidades demandadas por el pliego y ofrecidas
por el licitador.
3.92. El contrato con número de expediente 1500171, relativo al servicio de limpieza de las sedes
de la entidad fiscalizada, fue formalizado con la empresa adjudicataria el 16 de septiembre de
2015, siendo finalmente resuelto por mutuo acuerdo el 27 de julio de 2016. Consta en el expediente
de contratación la existencia de incumplimientos diversos por parte de la contratista, así como la
incoación de dos expedientes de penalidades, uno en abril de 2016 y otro en mayo de ese mismo
año. Asimismo, consta en aquel una iniciativa del órgano de contratación, de fecha 4 de abril de
2016, para proceder a la resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista, con
incautación de la fianza. No obstante, no consta en el expediente haberse adoptado resolución
definitiva alguna de imposición de penalidades, ni existe documentación que justifique las razones
por las que, finalmente, no se llevó a cabo la resolución del contrato por incumplimiento del
mismo16.
3.93. Por el contrario, tal y como se ha mencionado en el punto precedente, consta en el
expediente un acuerdo de extinción del contrato por mutuo acuerdo, con devolución de la fianza al
contratista. Existe asimismo acta de conformidad de 10 de octubre de 2016 en la que se hace
constar que el contrato se ha ejecutado de conformidad con lo previsto en el PPT, aprobándose en
la misma fecha la liquidación del mismo, sin la exigencia de responsabilidad alguna. Este Tribunal
de Cuentas entiende que, dada la acreditación de sucesivos incumplimientos contractuales por
parte de la empresa adjudicataria del contrato, no resultaba en caso alguno procedente la
resolución del mismo por mutuo acuerdo sin exigencia de responsabilidades, sino la extinción por
incumplimiento culpable, con incautación de la fianza, así como la incoación de expediente de
exigencia de daños y perjuicios y, en su caso, de posible inhabilitación de la contratista al amparo
de las previsiones contenidas en los artículos 60 y siguientes del TRLCSP.
3.94. El expediente de contratación 1500123, ya mencionado en el punto 3.40, fue objeto de
formalización el 11 de junio de 2015, estando pactado un plazo de ejecución de seis meses
contados desde la firma del contrato. No obstante, consta que la liquidación y recepción del mismo
no tuvo lugar hasta el 10 de mayo de 2016, lo que genera indicios de un posible incumplimiento de
las condiciones de ejecución del contrato sin que, simultáneamente, obre en el expediente
justificación alguna al respecto.
3.95. El expediente de contratación 160066, de obras para la reorganización de los espacios
A0d.01 y A0d.02 del edificio de la CNMC en Madrid, fue formalizado el 28 de junio de 2016,
pactándose un plazo de ejecución de las obras de dos meses contados desde el día siguiente a la
firma del acta de comprobación de replanteo. Consta que este tuvo lugar el 6 de julio de 2016, si
bien la recepción de los trabajos tuvo lugar el 22 de diciembre de dicho año, sobradamente
16 La CNMC expone en su escrito de alegaciones que no adoptó la decisión de resolver el contrato en consideración al
carácter de esenciales que tenían los servicios objeto del mismo.
Informe contratación CNMC 2015-2017 39
excedido el plazo previsto en los pliegos, sin que conste en los antecedentes justificación alguna
para dicha demora, ni la exigencia de penalidades o de responsabilidades o las razones para su no
imposición.
3.96. El expediente de contratación 160106, cuyo objeto venía constituido por el suministro e
instalación de una enfriadora en el edificio de la CNMC de Madrid, fue formalizado el 4 de julio de
2016, pactándose un plazo de ejecución de dos meses contados desde el día siguiente a la firma
del contrato. No obstante, la recepción consta haber tenido lugar el 13 de diciembre de dicho año,
esto es, cuatro meses después del plazo pactado, sin que conste en los antecedentes justificación
alguna para dicha demora ni la imposición de penalidades o la exigencia de responsabilidades.
3.97. Análoga incidencia se ha observado en el expediente 1500316, relativo a la realización de un
estudio para la elaboración de una metodología para la determinación de la demanda de los
servicios de transporte ferroviario en España, formalizado el 13 de abril de 2016 con un plazo de
ejecución de seis meses desde la firma del contrato, del que no consta la recepción de los servicios
hasta el 21 de junio de 2017, esto es, más de nueve meses después de la fecha comprometida, sin
que conste en los antecedentes justificación alguna para dicha demora, ni la exigencia de
penalidades o de responsabilidades o las razones para su no imposición.
3.98. En el contrato 1500298, relativo al servicio de mantenimiento de equipos de comunicaciones
de videoconferencia en el entorno tecnológico de la CNMC, en el que se incluía la realización de
una serie de actualizaciones y mejoras en las funcionalidades previstas de las infraestructuras de
videoconferencias, se observa un incumplimiento del plazo de ejecución pactado. Efectivamente, el
contrato se formalizó el 17 de marzo de 2016 por un plazo de un año, habiendo tenido lugar la
recepción del mismo el 12 de febrero de 2018. No consta en los antecedentes justificación alguna
para dicha demora, ni la imposición de las penalidades previstas o, en su caso, las razones que
aconsejaron su no aplicación.
3.99. En el expediente de contratación 160361, relativo al suministro, instalación y mantenimiento
de un nuevo centro de proceso de datos en la sede de la CNMC en Madrid, el contrato fue
formalizado el 1 de septiembre de 2017, estando pactado un plazo de ejecución de cinco meses.
Consta en los antecedentes que los trabajos finalizaron el 21 de marzo de 2018, esto es, más de
un mes y medio después del mencionado plazo. Pese a que el PCAP establecía en su cláusula
21.2 un régimen especial de penalidades por demora, que podían llegar hasta 2.000 euros por día
de retraso, no consta la imposición de las mismas ni los motivos que movieron al órgano de
contratación a no exigirlas.
3.100. También se ha observado un supuesto de incumplimiento del contrato en el numerado como
1500279, relativo a la elaboración de un estudio de consultoría para la determinación de los costes
de comercialización incurridos en el suministro de GLP y su fórmula de revisión anual, el cual fue
formalizado el 4 de abril de 2016 pactándose un plazo de ejecución de quince meses desde la firma
del contrato. Consta en el expediente de contratación que los trabajos fueron finalizados el 11 de
diciembre de 2017, esto es, con más de cinco meses de retraso respecto de la fecha
comprometida, siendo el acta de recepción del día 12 de los citados mes y año. En relación con
este documento y su contenido debe hacerse notar que los informes en los que se concretaban las
prestaciones objeto del contrato, y que en definitiva contenían el resultado de la asesoría
encargada, tienen fecha de 27 de diciembre de 2017, día en el que, asimismo, consta su entrega
en el Registro General de la CNMC, lo que entra en contradicción con la declaración de
conformidad de lo ejecutado suscrita quince días antes. Por otra parte, y en relación con el
incumplimiento del plazo pactado, resulta significativo que el PCAP había previsto penalidades
especiales para el supuesto de incumplimiento del plazo de ejecución, estableciendo en su cláusula
19.6 que “Además de los supuestos generales contemplados en el artículo 212 del TRLCSP,
podrán dar lugar a la aplicación de penalidades: Incumplimiento de plazos estipulados al final del
proyecto 1% por semana de retraso, a partir del primer mes”. No consta en los antecedentes
justificación alguna de las razones que pudieron dar lugar a la demora de más de cinco meses, ni
motivación de la decisión de no proceder a la imposición de tales penalidades.
40 Tribunal de Cuentas
3.101. En relación con este expediente debe hacerse notar que el artículo 4.5 del PPT, al referirse
al contenido de los informes finales a ser elaborados por el contratista, establecía para los mismos
un mínimo, identificando los puntos que aquellos debían contener de acuerdo a lo establecido en el
epígrafe “Descripción del servicioincluido en dicho pliego. Examinados los respectivos contenidos
de los citados informes se ha podido constatar que los mismos no respetan el citado mínimo
exigible, puesto que no figuran en ellos los siguientes puntos: a) Evolución previsible del sector
GLP en España: b) Análisis detallado de la situación económico-financiera de las empresas que
realizan el suministro y distribución de GLP; c) Análisis de suficiencia del término C y determinación
del valor óptimo para los distintos escenarios contemplados; y d) Conclusiones y recomendaciones
derivadas de los análisis realizados”. No consta en el expediente de contratación justificación
alguna a la ausencia de tales puntos en los Informes Finales, ni reclamación alguna al respecto por
parte de la CNMC.
3.102. Asimismo, puede predicarse un supuesto de incumplimiento del plazo pactado en el
expediente 160160, ya mencionado en el punto 3.67. El mismo fue formalizado el 15 febrero de
2017, estableciéndose un plazo de ejecución de cinco meses. Consta en el expediente que la fecha
de elaboración del informe final comprometido al efecto es de 10 de octubre de dicho año, con un
retraso por tanto de casi tres meses respecto de la fecha comprometida. No figura en el expediente
que se hayan exigido penalidades, ni las razones por las que se decidió no imponerlas. Además,
resulta significativa esta demora en la medida en que el plazo previsto en el PCAP era de siete
meses si bien, como mejora puntuable con hasta el 20% de los puntos, la empresa adjudicataria
ofreció rebajar a cinco meses dicho plazo. Por otra parte, el PPT exigía a la contratista la entrega
de tres informes, en concreto uno correspondiente a la denominada Fase 1, otro de carácter
provisional correspondiente a la Fase 2 y adicional, y un tercero considerado como informe final de
las Fases 1, 2 y adicional. No obstante, solo consta en los antecedentes correspondientes a la
ejecución del contrato la entrega del tercero de dichos informes.
3.103. En relación con este mismo contrato se ha observado un posible incumplimiento del PPT en
lo que concierne al tamaño de la muestra exigido por este para la fiabilidad de los resultados del
estudio objeto de contratación. Así, el punto 6 de dicho pliego establece literalmente: “De este
modo para la realización de los estudios estadísticos con el grado de precisión y confianza
descritos anteriormente, se precisaría del muestreo de unos 3.400 CUPS (códigos unificados de los
puntos de suministro)”. Examinado el informe elaborado por la contratista, en el que se contienen
los datos objeto de estudio y análisis, el mismo incluye la siguiente indicación en relación con la
muestra: “El análisis de las dieciséis empresas comercializadoras seleccionadas se acometerá
mediante la evaluación del siguiente número de CUPS: -Análisis de cuatro empresas del Bloque A
(dos de cada sector, 350 CUPS / empresa):1.400 CUPS; Análisis de seis empresas del Bloque B
(tres de cada sector, CUPS 125 / empresa): 750 CUPS; -Análisis de seis empresas del Bloque C
(tres de cada sector, 25 CUPS /empresa): 150 CUPS”. De dicha información se desprende que la
muestra prevista por la contratista tendría un tamaño de 2.300 CUPS, si bien, finalmente, se
examinaron 2.312 CUPS, tal y como se desprende de la información contenida en la página 6 del
informe. En definitiva, la contratista redujo el tamaño de la muestra exigido por el PPT en un 32%,
al examinar los indicados 2.312 CUPS en lugar de los 3.400 fijados por aquel. A mayor
abundamiento, la oferta de la adjudicataria contemplaba una muestra total de 3.400 CUPS,
distribuidos entre 700 para la Fase 1 y 2.700 para Fase 2 y adicional. No consta en el expediente
de contratación justificación en relación con el citado incumplimiento del PPT, ni reclamación
alguna por parte de la CNMC al respecto.
3.104. En el expediente de contratación 160130, cuyo objeto venía constituido por los servicios de
vigilancia y seguridad en las sedes de la CNMC en Madrid y Barcelona, se produjo la formalización
del contrato en fecha 10 de agosto de 2017, siendo el plazo de ejecución pactado de un año.
Consta en los antecedentes que el 20 de febrero de 2018 se dictó diligencia de embargo por la
Tesorería General de la Seguridad Social contra la empresa contratista por la existencia de
descubiertos diversos en el pago de cuotas, constando asimismo que fue declarada en concurso de
acreedores con fecha 12 de marzo de 2018, lo que fue objeto de publicación en el BOE el día 20 de
los citados mes y año. No obstante, la entidad fiscalizada mantuvo vigente la relación contractual,
Informe contratación CNMC 2015-2017 41
produciéndose finalmente la extinción del contrato por el transcurso del plazo pactado. Este
Tribunal de Cuentas entiende que lo procedente hubiera sido la resolución anticipada del contrato
por incapacidad sobrevenida de la contratista. Efectivamente, por una parte la mencionada
diligencia de embargo ponía de manifiesto que aquella no se encontraba al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, y por otra, constituye causa de
incapacidad para contratar con la Administración encontrarse en la situación de concurso de
acreedores (artículos 60.1 en relación con el artículo 61.1, ambos del TRLCSP). A mayor
abundamiento, la cláusula 38 del PCAP establecía como causa de resolución del contrato la
pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración17.
3.105. Sin perjuicio de lo expuesto, y en relación con el mismo contrato, debe observarse que el
PCAP incluía dentro de sus criterios de valoración susceptibles de la aplicación de fórmulas una
mejora consistente en la aportación por parte del licitador de hasta 300 horas de formación para la
prestación del servicio. Consta en el expediente de contratación que la adjudicataria ofreció dicho
máximo en su oferta, obteniendo en consecuencia la totalidad de los puntos previstos al efecto en
el citado pliego. No obstante, no figura en la documentación examinada acreditación alguna de
haberse ejecutado total o parcialmente dicha mejora.
3.106. En el expediente 160236, relativo al servicio de asistencia técnica para la medición de
determinados indicadores de la calidad del servicio postal universal correspondientes al ejercicio
2016, su PPT preveía para el lote 2 la entrega por parte del adjudicatario de un informe final con un
determinado contenido desglosado en cinco apartados. Examinado el entregable realizado por el
contratista se ha podido comprobar que en el mismo no figura uno de los citados apartados, en
concreto el correspondiente a las “Conclusiones e interpretación de los resultados obtenidos”.
Efectivamente, no constan en el citado informe conclusiones propiamente dichas distintas de la
mera mención a los datos obtenidos, ni mucho menos interpretación alguna de los resultados del
estudio llevado a cabo. En el ejercicio 2017 se formalizó el contrato 170238, con objeto análogo al
primeramente citado si bien referido al año 2017, cuyo lote 2 fue adjudicado al mismo empresario
que ejecutó el correspondiente al contrato 160236. Al igual que en este, el informe final entregado
por el contratista carecía del mismo apartado antes mencionado, pese a venir exigido por el PPT.
En relación con el mencionado incumplimiento parcial no consta reparo alguno planteado por la
CNMC en ninguno de los dos citados contratos18.
III.2.7. Incidencias en relación con los contratos menores
3.107. En el contrato 1500212, relativo a servicios de maquetación, consta en el expediente de
contratación haberse solicitado tres presupuestos, recibiéndose ofertas por importes respectivos de
3.050, 4.700 euros y 4.650 euros. El órgano de contratación adjudicó el contrato a la oferta citada
en último lugar, presentada por un empresario individual, pese a no ser la de menor precio, sin que
conste motivación o justificación alguna de ser la misma la económicamente más ventajosa para la
Administración contratante.
3.108. En el contrato 1500276, de obras de instalación de suelo técnico, no consta en el expediente
de contratación el presupuesto de las obras que viene exigido por el artículo 111.2 del TRLCSP,
17 La CNMC expone en su escrito de alegaciones que no adoptó la decisión de resolver el contrato en consideración al
carácter de esenciales que tenían los servicios objeto del mismo.
18 Si bien en el trámite de alegaciones la CNMC estima que el contratista cumplió debidamente su obligación contractual
de exponer las conclusiones exigidas por los pliegos y de interpretar los resultados, lo cierto es que aquel se limitó a
exponer en su Informe datos relativos al tiempo de espera y de atención de los usuarios del servicio sin interpretar la
significación de los mismos en lo que a la medición de la calidad del servicio se refiere, lo que no satisfacía los objetivos
del contrato expuestos en la memoria del mismo en concordancia con las exigencias de los artículos 46 y 47 del
Reglamento de Servicios Postales, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, en donde se demandaba
tanto la realización de un estudio sobre el tiempo medio de atención al usuario en las gestiones de depósito o recogida de
correspondencia o de petición de información sobre las características de los servicios incluidos en el ámbito del servicio
postal universal desglose de actividades que no contempló el contratista en su Informe-, como la evaluación de
parámetros de calidad tales como la limpieza de las instalaciones, la luminosidad, información sobre servicios, tarifas y
procedimientos de quejas y reclamaciones y el trato dispensado.
42 Tribunal de Cuentas
puesto que aun constando la expresión del precio máximo del contrato este no tiene como respaldo
el presupuesto que de acuerdo a la ley debería haberse elaborado19.
3.109. En el contrato 1500238, de obras de reestructuración de la accesibilidad interior, se
establecía que el plazo de ejecución sería de un mes y medio contado a partir del acta de
replanteo. No consta en el expediente haberse levantado tal acta, lo que, además de constituir un
incumplimiento de las condiciones previstas para la ejecución del contrato, impide constatar si el
mismo fue cumplido por el contratista en los términos temporales acordados.
3.110. En el contrato 1500359, de obras de adecuación de los espacios del sótano, la memoria
establecía que el plazo de ejecución sería de dos meses contados a partir de la firma del contrato.
No consta en el expediente haberse suscrito por las partes el correspondiente documento, lo que
da lugar a la imposibilidad de controlar eficazmente el cumplimiento del término de ejecución
exigible. No obstante, de los antecedentes examinados durante los trabajos de fiscalización se
desprende que la oferta del adjudicatario fue objeto de aceptación por la Entidad el 13 de
noviembre de 2015, siendo el acta de recepción de los trabajos de fecha 26 de abril de 2016,
circunstancia que permite afirmar que existen razonables indicios de que el plazo de ejecución fue
incumplido, sin que, por otra parte, conste haberse exigido responsabilidades al contratista por
dicho incumplimiento. Además, en el documento de aceptación de la oferta por parte de la CNMC
se dice textualmente: “aceptamos su oferta de fecha 30 de octubre de 2015 para la contratación de
Trabajos de adecuación básica de los espacios del sótano del edificio de la CNMC en Alcalá, 47
Madrid, (expediente nº 1500359), por un importe de 36.778,90 euros (I.V.A. no incluido)”. Sin
embargo, el importe de la factura abonada se elevó a la cifra de 40.398,56 euros (IVA excluido), sin
que figure justificación al efecto, y sin que obre en el expediente certificación de obra con su
correspondiente medición que pudiera dar cobertura a un exceso de precio en la liquidación del
contrato al amparo de lo establecido en el artículo 234.3, párrafo final, del TRLCSP.
3.111. En fecha 28 de julio de 2015 la entidad fiscalizada celebró el contrato menor número
1500257, cuyo objeto venía constituido por la prestación de un servicio de vigilante con
especialización de escolta conductor para la sede de la CNMC. La necesidad de servirse de la
mencionada figura se justificaba mediante la circunstancia de encontrarse en proceso de licitación,
en procedimiento abierto, la contratación de dicho servicio. La duración de aquel contrato quedó
establecida en tres meses, y se fijó un precio de 5.578,56 euros mensuales (IVA excluido),
totalizándose 16.735,68 euros para la duración completa del contrato. Para la selección del
adjudicatario se invitó a presentar oferta solamente a una empresa, la cual era a su vez la que en
ese momento estaba prestando dicho servicio. Dando por supuesto, como no podría ser de otra
manera, que dicho contrato se extinguiría a la fecha de celebración del contrato menor y que no
admitía prórroga, pues en caso contrario hubiera sido innecesario realizar dicha contratación
menor, se concluye que por medio de tal contratación menor se produjo, de facto, la prórroga del
mismo, contraviniéndose así lo previsto al efecto en su PCAP, dado que el mismo no preveía dicha
prolongación del contrato. Además, en fecha 28 de octubre de 2015, que era la de extinción del
citado contrato menor 1500257, y al no estar aún resuelto el mencionado procedimiento abierto de
licitación, se celebró nuevo contrato, también menor, con número 1500366, con el mismo
contratista y con idéntico objeto a aquel, por precio esta vez de 11.157,12 euros y una duración de
dos meses. Tales hechos permiten identificar indicios de que para la cobertura interina de dicho
servicio se produjo un fraccionamiento de la contratación por medio de los mencionados
expedientes 1500257 y 1500366 al efecto de poder soslayar los límites cuantitativos de los
contratos menores previstos en la ley, sin perjuicio, además, de que mediante la celebración del
citado en último lugar se infringió la prohibición de prorrogar los contratos menores establecida en
19 La entidad fiscalizada entiende que la exigencia de tal requisito se cumple con la incorporación al expediente de la
oferta de los licitadores, opinión que no puede ser compartida por este Tribunal de Cuentas puesto que el p resupuesto
del contrato debe ser elaborado por el órgano de contratación con la finalidad, por una parte, de identificar y describir
suficientemente la extensión de los trabajos que se demandan, y, por otra, de justificar debidamente la consideración del
contrato como menor.
Informe contratación CNMC 2015-2017 43
3.112. Incidencia análoga a la expuesta en el punto anterior se ha identificado en relación con los
contratos menores números 160287, 170025, 170146 y 170185. El primero de ellos se celebró el
28 de octubre de 2016, por un periodo de tres meses y por importe de 17.687 euros, IVA excluido,
para atender determinados servicios auxiliares de la CNMC (ordenanzas, telefonistas, mozos y
conductores, entre otros), viniendo justificada tal contratación por la circunstancia de encontrarse
en licitación, mediante procedimiento abierto, la contratación de dicho servicio. Debe destacarse
que dicho contrato se pactó con una duración de tres meses, pese a que la citada licitación abierta
fue anunciada en la plataforma de contratación en fecha de 24 de octubre de 2016, publicándose
en el BOE el 22 de noviembre de dicho año, de lo que se infería la imposibilidad material de que el
citado contrato licitado en procedimiento abierto pudiera llegar a formalizarse antes del 27 de enero
de 2017, fecha de expiración del contrato menor. Dicha circunstancia constituye indicio suficiente
de que la duración del mismo se determinó en atención a que su precio entrase dentro del límite
cuantitativo previsto por la ley para los contratos menores.
3.113. Tal planteamiento puede confirmarse a la vista de que al expirar el citado contrato 160287
se celebró de inmediato el 170025, con una duración también de tres meses y por un importe de
16.785 euros (IVA excluido), y a la vista, asimismo, de que al expirar este último el 27 de abril de
2017 se celebrase seguidamente un tercer contrato menor, el 170146, para un plazo algo inferior a
un mes y por un importe de 5.216 euros (IVA excluido), el cual fue finalmente seguido por un cuarto
contrato menor, el número 170185, vigente entre el 22 de mayo y el 21 de julio, ambos de 2017,
por un precio de 11.790 euros (IVA excluido). Todos ellos se celebraron con el mismo contratista.
3.114. Al tener todos los contratos el mismo objeto y conllevar idénticas prestaciones, siendo
además todos ellos celebrados en fechas consecutivas con el mismo empresario, se puede afirmar
que existen suficientes indicios de haberse producido un indebido fraccionamiento en la
contratación de los expedientes 160287, 170025, 170146 y 170185, para eludir, así, el límite
cuantitativo legalmente establecido para los contratos menores, sin perjuicio, además, de que
mediante la celebración de los tres últimos citados contratos se infringió sucesivamente la
prohibición de prórroga que, para los mismos, venía establecida en el artículo 23.3 del TRLCSP.
3.115. Las mismas consideraciones que se han realizado en el punto anterior resultan extensibles a
la celebración de seis contratos menores sucesivos cuyo objeto venía constituido por el
mantenimiento integral de los equipos e instalaciones de la sede de la CNMC en Madrid. Dicha
contratación sucesiva se conecta con la extinción del anterior contrato de mantenimiento (número
1400081), al cumplirse su plazo y no ser posible su prórroga, y con la consiguiente apertura del
nuevo expediente de licitación mediante procedimiento abierto (número 160161). El primero de los
citados contratos menores, el 170005, se celebró el 1 de febrero de 2017, con una duración de un
mes y por un importe de 17.157 euros (IVA excluido), suscribiéndose el mismo con la empresa
contratista titular del contrato recién extinguido. Concurren indicios de que tal duración se
determinó en atención al límite cuantitativo legal previsto para los contratos menores, puesto que
principiándose el expediente de contratación menor el 12 de enero de dicho año, y encontrándose
en ese momento el procedimiento abierto en fase de recepción de ofertas, resultaba descartable
que en poco más de un mes estuviera el resultante de este adjudicado y formalizado. Circunstancia
esta que, por otra parte, se reconoce en la propia memoria del citado contrato menor 170005,
donde se afirma que “respetando todos los plazos legalmente establecidos, está previsto que la
adjudicación de este último expediente (entiéndase el licitado en abierto, numero 160161) pueda
realizarse durante los meses de abril/mayo de 2017”. Por tanto, la entidad fiscalizada ya era
consciente de la insuficiencia del mencionado contrato menor para gestionar adecuadamente la
situación a la que daba lugar la antedicha extinción del contrato 1400081.
3.116. Efectivamente, a la extinción del 170005 siguió la sucesiva celebración de los contratos
menores 170006, 170007, 170150, 170186 y, finalmente, 170228, todos ellos con idéntico objeto,
todos de un mes de duración, todos suscritos con el mismo contratista y todos por respectivos
importes similares al primero. Por medio de esta cadena de contratos menores se infringió la
imposibilidad legal de prorrogar el contrato de mantenimiento número 1400081, que se había
extinguido, puesto que, de facto, continuó durante seis meses más prestando sus servicios el
44 Tribunal de Cuentas
mismo contratista que los había venido prestando. Además, resulta identificable un fraccionamiento
de la contratación para adaptarse a la cuantía legal de los contratos menores, así como la
infracción de la normativa que prohíbe la prórroga de esta clase de contratos. Si bien es cierto que
el servicio objeto de contratación resultaba básico para la entidad fiscalizada, no pudiendo estar
desatendido, también es cierto que la inadecuación de la programación prevista para la cobertura
de las correspondientes necesidades, estableciendo calendarios de contratación que no las
atendían en el plazo requerido, no podía en caso alguno ser soslayado acudiendo al
incumplimiento de la legalidad que resulta aplicable a la contratación en el sector público.
3.117. Las mismas consideraciones son extensibles a la contratación de los servicios de
mantenimiento de la sede de la CNMC en Barcelona. Así, una vez extinguido el contrato en vigor, y
no siendo legalmente posible su prórroga, dicha Entidad celebró tres sucesivos contratos menores,
números 170008, 170151 y 170187, respectivamente, con idéntico objeto, con el mismo contratista
del contrato extinguido y por periodos que abarcaron en conjunto desde el 1 de febrero hasta el 30
de junio, ambos de 2017.
3.118. La infracción del artículo 23.1 del TRLCSP, que prohíbe la prórroga de los contratos
menores, se ha apreciado asimismo en relación con la celebración de los contratos menores
1500156 y 1500224, cuyo objeto venía constituido por el servicio de mensajería para la sede de
Madrid. El primero de ellos, de dos meses de duración, se celebró simultáneamente con dos
contratistas a quienes se encargaba, alternativamente, la prestación de dichos servicios, teniendo
el mismo un importe total de 9.971 euros (IVA excluido). Extinguido el mismo el 31 de mayo de
2015 se celebró inmediatamente el segundo el 1 de junio de dicho año, con los mismos
empresarios, con idéntico objeto al precedente y por importe total de 12.848 euros (IVA excluido).
Como puede comprobarse, además de resultar evidente que se produjo, de facto, una prórroga del
primero, la suma de ambos, 22.819 euros (IVA excluido), superó los límites del contrato menor, lo
que arroja indicios suficientes de que la entidad fiscalizada acudió a la técnica del fraccionamiento
indebido. Las mismas conclusiones resultan predicables de los contratos menores 170218 y
170346, relativos asimismo al servicio de mensajería para la sede de Madrid, en los que por medio
de la contratación sucesiva con los mismos contratistas se alcanzó una facturación global de
32.660 euros (IVA excluido), infringiéndose, así, la normativa aplicable a dicha clase de contratos.
3.119. En fecha 15 de julio de 2016 se celebró el contrato menor 160194, cuyo objeto venía
constituido por la contratación de servicios extraordinarios de escoltas-conductores. En dicha fecha
se encontraba en vigor el contrato 1500287 con idéntico objeto, encontrándose entre sus
prestaciones análogos servicios extraordinarios de conductores. El mencionado contrato menor se
suscribió con el mismo contratista de este último y a los mismos precios pactados en este, pero sin
que en el mismo se hubiera agotado el presupuesto previsto para dichos servicios extraordinarios,
tal y como se desprende de la liquidación de este obrante en su expediente de contratación. En
definitiva, por medio de dicho contrato menor, que en el momento de su celebración se presentaba
como innecesario, se extendió en una cifra de 7.831 euros (IVA excluido) la posibilidad de contratar
escoltas-conductores, importe que excedía del 10% del precio de adjudicación del citado contrato
1500287, que estaba fijado en 62.983 euros (IVA excluido), lo que de hecho implicó una
modificación del mismo no permitida por el artículo 107 del TRLCSP.
3.120. Durante el ejercicio 2017 se celebraron dos contratos menores para la adquisición de sillas,
teniendo lugar el primero (número 170248) el 28 de julio para la compra de 20 unidades a un precio
de 9.179 euros, IVA excluido, y el segundo (número 170343) en fecha 28 de noviembre,
adquiriéndose 30 de aquellas a un precio de 13.770 euros, IVA excluido. Las dos compras se
hicieron al mismo empresario. No consta en el expediente de contratación del último contrato
mencionado justificación alguna que pudiese acreditar que tal doble contratación no suponía en la
práctica un fraccionamiento indebido, pese a los indicios de existencia del mismo que proporcionan
tanto la identidad del objeto como la del contratista, además de ser el importe conjunto de 22.949
euros, IVA excluido, y por tanto superior al límite legal de los contratos menores.
Informe contratación CNMC 2015-2017 45
3.121. En fecha 18 de octubre de 2017 se celebró el contrato menor 170312, cuyo objeto venía
constituido por la prestación de servicios para la subsanación de las anomalías detectadas en la
Inspección Técnica de Aparatos Elevadores realizada por Organismo de Control Acreditado (OCA)
realizada en los ascensores de las sedes de la CNMC en Madrid. Dicho contrato, por un importe de
10.576 euros (IVA excluido), fue adjudicado a la empresa entonces titular del contrato del
mantenimiento integral de las instalaciones de la Entidad. El PPT de este último (contrato número
160161) establecía en su apartado “4.6.- APARATOS ELEVADORES”, página 40, lo que
seguidamente se transcribe: “Los gastos derivados de las inspecciones periódicas obligatorias
realizadas por entidades de Inspección y Control colaboradoras de la Administración correrán a
cargo de la CNMC. La Entidad adjudicataria deberá corregir a su cargo las deficiencias que se
determinen en las Actas de Inspección correspondientes, antes de la finalización del plazo
concedido por éstas y notificarles la corrección de dichas deficiencias en la forma establecida
reglamentariamente hasta obtener el acta sin defectos, cuyo original se remitirá a la CNMC”. De
acuerdo con ello, las reparaciones objeto del contrato menor 170312 estaban incluidas en las
obligaciones de la contratista del mantenimiento integral, adjudicataria a su vez de este, de lo que
se deduce que dicha contratación no resultaba necesaria, ni en su virtud resultaba debido el
importe pagado en ejecución de la misma.
III.2.8. Iniciativas adoptadas en observancia de las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
3.122. No consta en ninguno de los contratos que componen la muestra que la entidad fiscalizada
haya hecho uso de la posibilidad, prevista en el artículo 33 de la citada Ley Orgánica, de establecer
condiciones especiales con el fin de promover la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado
de trabajo.
III.3. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
FORMULADAS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS
3.123. El Informe de fiscalización de la CNMC aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 26
de mayo de 2016 incluyó la siguiente recomendación: “Se recomienda a la CNMC que en la
contratación de pequeñas obras promueva la concurrencia y competencia entre licitadores, así
como adoptar, en lo posible, las prescripciones recogidas en el TRLCSP, incluso en aquellos
supuestos en que no sean obligatorias dada la cuantía o la naturaleza del contrato”.
3.124. A lo largo del periodo fiscalizado la Entidad licitó y adjudicó los tres contratos de obras, no
menores, que, seguidamente, se identifican: 1º Reorganización de los espacios A0d.01 y A0d.02
del edificio de la CNMC, en Madrid, contrato número 160066; 2º Reorganización del acceso al
registro de la CNMC (Madrid), contrato número 160377; y 3º Remodelación integral de las cocinas,
offices, y espacios análogos situados en los edificios de la CNMC (Madrid), contrato número
160378. Todos ellos fueron tramitados mediante procedimiento negociado sin publicidad al amparo
de lo previsto en el artículo 171.d) del TRLCSP en razón de la cuantía, al ser sus correspondientes
valores estimados de 153, 75 y 147 miles de euros, respectivamente.
3.125. Examinados los antecedentes que obran en los correspondientes expedientes de
contratación, consta que en el contrato 160066 el órgano encargado de la selección del contratista
solicitó oferta a siete empresarios, en el 160377 se realizó tal solicitud a ocho de los mismos y,
finalmente, en el 160378 se invitó a remitir oferta a nueve empresas especializadas. Considerando
que, de acuerdo al artículo 178.1 del TRLCSP, en los procedimientos negociados sin publicidad
resulta suficiente pedir ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas, la ampliación del número
de las mismas llevada a cabo por la CNMC supone, en este punto concreto, el cumplimiento de la
recomendación formulada en su día por este Tribunal de Cuentas. No obstante, habiéndose
adjudicado los tres citados contratos mediante el criterio de precio, no fueron determinados en sus
respectivos PCAP los posibles aspectos técnicos susceptibles de negociación, sin que, por otra
parte, se produjera una negociación efectiva en relación con el precio, limitándose la misma a la
46 Tribunal de Cuentas
presentación por parte de las licitadoras de una segunda oferta económica, lo que supone la
aplicación solamente parcial de las previsiones contenidas en los artículos 176 y 178.4 del
3.126. Asimismo, durante el periodo objeto de fiscalización la Entidad celebró quince contratos
menores de obras (ocho en 2015, cuatro en 2016 y tres en 2017), constando en sus respectivos
expedientes de contratación que en diez de los mismos se solicitó oferta a tres o más empresas,
según los casos. Solamente en dos de ellos (los identificados como 160271 y 160280) se invitó a
participar a un solo empresario, si bien, en ambos supuestos, sus respectivas memorias justificaron
tal decisión en condicionamientos técnicos debidamente expuestos. En su virtud, puede afirmarse
que también en la contratación menor ha sido observada la citada recomendación del Tribunal de
Cuentas.
IV. CONCLUSIONES
IV.1. EN RELACIÓN CON LA JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN
4.1. Se han identificado varios supuestos en los que no se encuentra suficientemente justificada la
decisión de la entidad fiscalizada de externalizar los servicios objeto de contratación, no constando
al efecto estudios comparativos de los costes que implicaría la internalización de los mismos
(puntos 3.9 al 3.12).
4.2. Durante el periodo fiscalizado la Entidad llevó a cabo la contratación sucesiva y continuada de
servicios diversos de acceso a bases de datos de especialización técnica, todas ellas con
contenidos relacionados con las funciones atribuidas a la entidad fiscalizada, así como de
suscripción a varias publicaciones de perfil análogo, sin que conste en los respectivos expedientes
justificación suficiente de la necesidad de dichos servicios, identificándose en varios supuestos un
solapamiento entre las prestaciones ofrecidas por los correspondientes contratos (puntos 3.13 y
3.14).
IV.2. EN RELACIÓN CON LA JUSTIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
4.3. En la mayor parte de los expedientes de contratación examinados, no consta justificación
suficiente del importe en que se cuantifica el presupuesto de licitación ni de la composición
cualitativa del mismo, infringiéndose lo establecido en el artículo 87.1 del TRLCSP y en el artículo
68 del RGLCAP, habiéndose identificado varios supuestos de contratos de celebración periódica en
los que no está suficientemente justificada la variación de precios de un periodo respecto del
anterior (puntos 3.16 al 3.21).
4.4. Se han identificado varios supuestos en los que los respectivos presupuestos de licitación se
distancian notoriamente de los precios de mercado, sin que conste justificación al efecto (puntos
3.22 al 3.24).
IV.3. EN RELACIÓN CON LAS ACTUACIONES PREPARATORIAS Y LOS PLIEGOS
RECTORES DE LA CONTRATACIÓN
4.5. Se han identificado diversos supuestos en los que sus respectivos pliegos establecían
parámetros para la identificación de ofertas con valores anormales o desproporcionados contrarios
a los establecidos al efecto por el RGLCAP (puntos 3.25 al 3.28).
4.6. El examen de los expedientes de contratación incluidos en la muestra permite identificar
diversos supuestos en los que el régimen de imposición de penalidades establecido en sus
respectivos pliegos resulta a veces contrario a lo prescrito por la ley, en otras ocasiones
inadecuado para los incumplimientos a los que responde o, en fin, contrario al principio de
seguridad jurídica (puntos 3.29 al 3.32 y 3.34 al 3.36).
Informe contratación CNMC 2015-2017 47
4.7. El examen de los expedientes de contratación incluidos en la muestra permite identificar las
siguientes deficiencias o irregularidades en materia de criterios de valoración de ofertas: a) criterios
cuya definición y contenido resultan incompletos; b) criterios de valoración que se solapan unos con
otros; c) falta de concordancia entre los criterios establecidos en el PCAP y las exigencias del PPT;
d) criterios de valoración considerados como sujetos a la aplicación de un juicio de valor cuando
resultaban susceptibles de la aplicación de fórmulas; y e) inclusión en los criterios de valoración de
componentes de la oferta que se refieren a exigencias establecidas en el PPT y, por tanto, no
susceptibles de valoración (puntos 3.33 y 3.37 al 3.54).
4.8. En uno de los expedientes examinados se ha apreciado que la división en lotes resulser
contraria a la ley (punto 3.55).
4.9. En un expediente relativo a un contrato de obras se ha observado la ausencia en el
correspondiente proyecto del estudio de seguridad y salud (punto 3.56).
IV.4. EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE SELECCIÓN
4.10. Se han identificado diversos supuestos en los que los informes de valoración de las ofertas
correspondientes a criterios sujetos a la aplicación de un juicio de valor carecían de la suficiente
justificación, produciéndose en algunos casos falta de la debida correlación entre la valoración
dada a unas ofertas y a otras, e incluso falta de correlación entre el contenido del correspondiente
informe y la oferta objeto de valoración (puntos 3.57 al 3.68).
4.11. En algunos supuestos se ha observado falta de capacidad del adjudicatario del contrato
(puntos 3.69 y 3.70).
4.12. Se han identificado diversos supuestos en los que no consta que los respectivos
adjudicatarios hayan acreditado suficientemente estar en posesión de la solvencia económica,
financiera o técnica exigida por el PCAP (puntos 3.71 y 3.73. al 3.75).
4.13. Se ha identificado un supuesto en el que concurrían indicios suficientes de que el
adjudicatario infringía los límites previstos en el PCAP para la subcontratación del servicio, pese a
lo cual se le adjudicó el contrato sin adoptar cautela alguna (punto 3.76).
4.14. En un supuesto la oferta del adjudicatario debió ser excluida por incumplimiento del PPT
(puntos 3.77 al 3.79).
4.15. Se ha identificado un supuesto en el que se adjudicó un contrato con base en derechos de
exclusividad del adjudicatario que no resultan debidamente acreditados en el expediente de
contratación (punto 3.80).
4.16. Se ha identificado un caso en el que no ha quedado debidamente justificado que el
adjudicatario del contrato acreditase suficientemente cumplir las exigencias establecidas en el PPT
(punto 3.81).
IV.5. EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN LICITADOS MEDIANTE EL
PROCEDIMIENTO NEGOCIADO
4.17. El examen de los expedientes de contratación incluidos en la muestra permite apreciar que,
con carácter general, la Entidad no ha prestado plena observancia a las exigencias establecidas en
los artículos 176 y 178 del TRLCSP para la adjudicación de contratos mediante el procedimiento
negociado, dándose un supuesto en que la solicitud de ofertas a los posibles licitadores contradice
los propios términos establecidos en el expediente de contratación (puntos 3.82 al 3.88).
48 Tribunal de Cuentas
IV.6. EN RELACIÓN CON LA FASE DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS
4.18. Con carácter general, la Entidad no deja constancia en los correspondientes expedientes de
contratación de la fecha en que tiene lugar la entrega por parte de los contratistas de los informes,
o documentos análogos, en los que se materializan los trabajos realizados exigidos por el PPT, lo
que dificulta el control del cumplimiento de los plazos de ejecución (punto 3.89).
4.19. Se ha identificado un supuesto en el que el contrato fue modificado sin el cumplimiento de las
condiciones que establece la ley, y otro en el que se modificó el personal adscrito a la ejecución del
contrato sin observar las exigencias previstas en el PPT (puntos 3.90 y 3.91).
4.20. Un determinado contrato fue objeto de resolución por mutuo acuerdo cuando lo que
procedente hubiera sido la resolución del mismo por incumplimiento culpable del contratista (puntos
3.92 y 3.93).
4.21. Se han identificado varios supuestos en los que se aprecia el incumplimiento por parte del
contratista del plazo de ejecución comprometido en el contrato, sin que conste en los antecedentes
justificación alguna de la demora, ni la exigencia de penalidades o de responsabilidades o las
razones para su no imposición (puntos 3.94 al 3.100 y 3.102).
4.22. En diversos expedientes de contratación examinados se ha observado que el cumplimiento
de los respectivos contratos por parte de los contratistas no se atuvo plenamente a las exigencias
establecidas en el PPT, sin que conste paralelamente reparo alguno por parte de la Entidad (puntos
3.101, 3.103, 3.105 y 3.106).
4.23. En un contrato consta que el contratista incurrió en causa sobrevenida de pérdida de
capacidad sin que por parte de la entidad fiscalizada se acordara la resolución del mismo (punto
3.104).
IV.7. EN RELACIÓN CON LOS CONTRATOS MENORES
4.24. En uno de los expediente de contratación examinados no hay suficiente motivación de la
adjudicación acordada (punto 3.107), y en otros tres se identifica la ausencia de determinada
documentación relevante para la adjudicación del contrato y el control de su ejecución (puntos
3.108 al 3.110).
4.25. Se han identificado varios supuestos en los que se aprecia haberse producido
fraccionamiento de contratos con la finalidad de no superar los límites cuantitativos establecidos en
el TRLCSP para la celebración de contratos menores, así como diversos casos en los que, por
medio del encadenamiento de dicha clase de contratos, se produjo de facto la prórroga de los
mismos, infringiéndose así la prohibición prevista por la ley (puntos 3.111 al 3.120).
4.26. Se ha identificado un supuesto en el que se celebró un contrato menor para la cobertura de
una prestación que ya estaba incluida en otro contrato entonces vigente (punto 3.121).
IV.8. EN RELACIÓN CON LAS INICIATIVAS ADOPTADAS EN OBSERVANCIA DE LAS
PREVISIONES CONTENIDAS EN LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA
IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES
4.27. No consta en ninguno de los contratos que componen la muestra que la entidad fiscalizada
haya hecho uso de la posibilidad, prevista en el artículo 33 de la citada Ley Orgánica, de establecer
condiciones especiales con el fin de promover la igualdad entre mujeres y hombre en el mercado
de trabajo (punto 3.122).
Informe contratación CNMC 2015-2017 49
IV.9. EN RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES EN MATERIA DE
CONTRATACIÓN FORMULADAS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS
4.28. Se ha observado un cumplimiento satisfactorio de la recomendación recogida en el Informe
de fiscalización aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión de 26 de mayo de
2016 (puntos 3.123 al 3.126).
V. RECOMENDACIONES
5.1. La entidad fiscalizada debería considerar la posibilidad de internalizar determinados servicios
llevando a cabo, por una parte, un estudio de cuáles podrían ser prestados mediante la utilización
de recursos humanos internos debidamente formados y entrenados y, por otra, un análisis
comparativo de costes entre la externalización e internalización de los mismos.
5.2. La CNMC debería simplificar los criterios de valoración de las ofertas sujetos a la elaboración
de un juicio de valor, evitando una innecesaria prolijidad de los mismos, definiendo claramente el
contenido de cada uno de ellos e incluso explicitando en términos comparativos los diferentes
elementos de las ofertas que se valoran con unos y con otros, evitando asimismo solapamiento,
aunque fuese solamente parcial, entre los distintos criterios, y, en todo caso, no incluyendo en los
mismos cuestiones que se refieran al cumplimiento de las exigencias recogidas en el pliego de
prescripciones técnicas.
5.3. La Entidad debería poner en marcha actuaciones que garantizasen que los informes técnicos
de valoración de las ofertas, en la parte de los mismos sujeta a la elaboración de un juicio de valor,
evitasen solapamientos entre los diferentes criterios establecidos en el pliego de cláusulas
administrativas particulares, centrándose, más que en la descripción del contenido de las
correspondientes ofertas, en la identificación de los elementos de estas que justifican el mayor
valor de unas sobre otras, sin que en caso alguno sea objeto de valoración el cumplimiento de lo
que constituyen meras exigencias del pliego de prescripciones técnicas.
5.4. La entidad fiscalizada debería llevar a cabo la negociación de la adjudicación de los contratos
no limitándose a la mera solicitud de una mejora del precio por parte de los licitadores, sino
extendiendo la misma a aspectos técnicos y económicos de índole diversa, promoviendo en todo
caso una efectiva negociación de las condiciones contractuales.
5.5. La CNMC debería programar eficazmente las necesidades a ser cubiertas mediante la
contratación de obras, suministros y servicios, y establecer un calendario de las correspondientes
licitaciones que evitase tener que acudir frecuentemente a la contratación menor, además de no
tener que incurrir en fraccionamiento indebido de los contratos, o en la infracción de la normativa
que prohíbe la prórroga de los contratos menores.
Madrid, 25 de julio de 2019
LA PRESIDENTA
María José de la Fuente y de la Calle
ANEXOS
RELACIÓN DE ANEXOS
ANEXO I: CONTRATOS FORMALIZADOS 2015
ANEXO II: CONTRATOS FORMALIZADOS 2016
ANEXO III: CONTRATOS FORMALIZADOS 2017
ANEXO IV: CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
ANEXO V: CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2016
ANEXO VI: CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
ANEXO VII: CONTRATOS FISCALIZADOS 2015
ANEXO VIII: CONTRATOS FISCALIZADOS 2016
ANEXO IX: CONTRATOS FISCALIZADOS 2017
ANEXO X: CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2015
ANEXO XI: CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2016
ANEXO XII: CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2017
ANEXO I
ANEXO I-1/6
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2015
REFERENCIA
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1400081
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE
LAS INSTALACIONES DE LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
257.507,40
30/01/2015
1400367
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE INVESTIGACIÓN DE MERCADO A
CONSUMIDORES DE LOS SECTORES
SUPERVISADOS EN EL ÁMBITO RESIDENCIA
770.000,00
30/04/2015
1400253
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL Y FIJA Y
SERVICIO DE DATOS EN EL ÁMBITO DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
743.801,65
30/04/2015
1400379
Abierto criterios múltiples
CLASES PRESENCIALES DE INGLES PARA EL
PERSONAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
203.000,00
18/05/2015
1400470
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
150.000,00
05/06/2015
1400260
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO DE SISTEMAS
PARA EL ENTORNO TECNOLÓGICO CON
DESTINO A LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
700.008,00
01/07/2015
1500171
Abierto criterio precio
SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
1.337.999,94
16/09/2015
1500193
Procedimiento negociado
sin publicidad
SUMINISTRO DE FRÍO Y CALOR -CALEFACCIÓN
CLIMATIZACIÓN Y ACS- PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN BARCELONA
540.000,00
01/08/2015
1400444
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA
DIFUSIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL.
1.212.500,00
03/09/2015
ANEXO I-2/6
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1400084
Servicios
Abierto criterio precio
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE
MADRID DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
92.019,83
28/04/2015
1400141
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE DEFINICIÓN DE LA ESTRATEGIA
DIGITAL EN INTERNET DE LA CNMC
95.034,20
03/02/2015
1400381
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS DE MENSAJERÍA LOCAL, NACIONAL
E INTERNACIONAL DE LA COMISIÓN NACIONAL
DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
90.000,00
20/07/2015
1400391
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS POSTALES PARA LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
142.356,06
16/01/2015
1400401
Suministro
Abierto criterios múltiples
SUMINISTRO DE MATERIAL DE OFICINA PARA
LA CNMC
100.000,00
29/05/2015
1400403
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA EN RELACIÓN CON LA
RESOLUCIÓN DE LA DGPEYM DE 29 DE MAYO
DE 2007
41.652,46
06/03/2015
1400409
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO PARA
EL ANÁLISIS DOCUMENTAL DEL SISTEMA DE
CERTIFICACIÓN DE BIOCARBURANTES -
SICBIOS -
58.500,00
18/02/2015
1400417
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA EN RELACIÓN CON EL
PROYECTO DE DIFUSIÓN DE PRECIOS Y
CONDICIONES DE ACCESO A INSTALACIONES
LOGÍSTICAS DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS -
60.000,00
19/02/2015
1400421
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA Y DE APOYO A LAS
LABORES DE CONTROL Y MONITORIZACIÓN DE
LOS SERVICIOS DE ACCESIBILIDAD EN
TELEVISIÓN
59.688,61
02/03/2015
1500106
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A CULLEN INTERNACIONAL
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DE
MEDIA DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Y
POSTAL
60.000,00
25/02/2015
ANEXO I-3/6
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1400422
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SOPORTE DE LAS LICENCIAS ORACLE®
DESTINADAS A SOPORTAR LOS SISTEMAS DE
INFORMACIÓN DE LA CNMC
96.263,75
01/04/2015
1500125
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS
BLOOMBERG
22.727,27
25/02/2015
1500137
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN 12 MESES A LAS BASES DE
DATOS TELIGEN OECD FIXED BROADBARD
PRICE BENCHMARKING Y OECD MOBILE
VOICE BENCHAMARKING
19.000,00
18/03/2015
1500227
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA PLATAFORMA DE DATOS
DE EIKON FOR COMMODITIES MONITOR HT
22.706,30
29/05/2015
1500236
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS DE
PRECIOS DE MERCADOS Y COTIZACIONES
INTERNACIONALES PUBLICADOS POR PLATTS
41.746,16
29/06/2015
1500319
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LOS INFORMES PERIÓDICOS
POWER IN EUROPE Y ENERGY ECONOMIST
14.249,11
07/09/2015
1500383
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A DATOS FACILITADOS POR EL
PROVEEDOR SUNGARD A TRAVÉS DE SU
PLATAFORMA MARKET MAP ENERGY
50.053,36
29/10/2015
1500399
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIONES A REVISTAS A TRAVÉS DE LA
EMPRESA EBSCO
24.408,00
11/11/2015
1500413
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS
BLOOMBERG
23.975,25
23/11/2015
1500419
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN AL SERVICIO DE INFORMACIÓN
DOWNSTREAM MONITORING SERVICE-
EUROPE (DMS- EUROPE)
40.365,37
25/11/2015
1500024
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
CATALOGACIÓN AUTOMATIZADA DE FONDOS
DOCUMENTALES PARA LA CNMC
59.950,00
10/06/2015
ANEXO I-4/6
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500066
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
CONTRATACIÓN DE 8 CUENTAS CORRIENTES
EN RÉGIMEN DE DEPÓSITO PARA LA
GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE LOS
PROCESOS DE LIQUIDACIÓN EN LA
DIRECCIÓN DE ENERGÍA DE LA CNMC
0,00
08/04/2015
1500068
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA
TÉCNICA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL
MODELO ASCENDENTE DE COSTES
INCREMENTALES A LARGO PLAZO (BOTTOM-
UP LRIC) PARA REDES MÓVILES
60.000,00
10/06/2015
1500088
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES PARA LA
CNMC
0,00
(precios unitarios)
15/12/2015
1500108
Suministros
Procedimiento negociado
sin publicidad
ADQUISICIÓN DE 5 LICENCIAS CELLEBRITE
UFED 4PC PARA LA CNMC
73.292,50
25/06/2015
1500123
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
CUBICACIÓN DE LOS ALMACENAMIENTOS DE
CARBÓN EN LAS CENTRALES TÉRMICAS QUE
CONSUMEN CARBÓN AUTÓCTONO Y SE
ENCONTRABAN SOMETIDAS AL
PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE
RESTRICCIONES POR GARANTÍA DE
SUMINISTRO EN 2014.
21.987,00
11/06/2015
1500143
Privados
Procedimiento negociado
sin publicidad
SEGURO MULTIRRIESGO PARA LA SEDE DE
LA CNMC EN BARCELONA
24.781,18
08/06/2015
1500158
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS
LAN ROUTERS WIFI TELEFONÍA DE LAS
SEDES DE LA CNMC
58.665,27
11/11/2015
1500162
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
CONSULTORÍA ESTRATÉGICA PARA EL
ESTUDIO DEL IMPACTO DE LA MIGRACIÓN DE
LA PLATAFORMA QUE SOPORTA LOS
PROCESOS DE LIQUIDACIÓN EN LA
DIRECCIÓN DE ENERGÍA DE LA CNMC
56.500,00
15/09/2015
ANEXO I-5/6
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500168
Servicios
Abierto criterios
múltiples
REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE COSTES
DE TELEFÓNICA DE ESPAÑA, SAU DEL
EJERCICIO 2014 ASÍ COMO CIERTOS
ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL CÁLCULO DEL
COSTE NETO DEL SERVICIO UNIVERSAL
148.500,00
03/09/2015
1500169
Servicios
Abierto criterios
múltiples
REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE COSTES
DE TELEFÓNICA MÓVILES DE ESPAÑA, SAU
EN EL EJERCICIO 2014
85.000,00
07/09/2015
1500170
Servicios
Abierto criterios
múltiples
REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE COSTES
DE VODAFONE ESPAÑA EN EL EJERCICIO
2014/2015
85.000,00
07/09/2015
1500176
Suministro
Abierto criterio precio
SUMINISTRO DE GAS NATURAL PARA LA
SEDE DE LA CNMC
120.000,00
02/10/2015
1500183
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
SERVICIO DE DIRECCIÓN DE SEGURIDAD
INTEGRAL DE LAS SEDES DE LA CNMC
54.518,75
01/09/2015
1500205
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
SERVICIO DE CUSTODIA, DEPÓSITO Y
ARCHIVO EXTERNO DE LOS DOCUMENTOS
DE LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
39.000,05
16/08/2015
1500232
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
GESTIÓN Y MANTENIMIENTO PARA LA
BIBLIOTECA DIGITAL DE LA CNMC
59.000,00
09/10/2015
1500239
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
SERVICIO DE TRATAMIENTO Y EDICIÓN DE
DATOS ENTREGADOS POR LAS EMPRESAS
DISTRIBUIDORAS DE ELECTRICIDAD CON
OCASIÓN DEL REAL DECRETO 1048/2013 EN
EL AÑO
34.830,00
27/07/2015
1500251
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
AUDITORÍA DE LOS SISTEMAS DE MEDICIÓN
DEL PLAZO DE ENTREGA DE LOS
PRODUCTOS INCLUIDOS EN EL SPU DE LA
SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y
TELÉGRAFOS SA AÑO 2015
23.500,00
09/10/2015
ANEXO I-6/6
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500270
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATACIÓN DE 3 CUENTAS CORRIENTES
EN RÉGIMEN DE DEPÓSITO PARA LA GESTIÓN
ECONÓMICO-FINANCIERA DE LOS PROCESOS
DE LIQUIDACIÓN EN LA DIRECCIÓN DE ENERGÍA
DE LA CNMC
0,00
07/10/2015
1500287
Servicios
Abierto criterio precio
SERVICIO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y
CONDUCCIÓN DE SEGURIDAD PARA UN ALTO
CARGO DE LA CNMC
62.983,60
01/12/2015
1500299
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA
ADMINISTRACIÓN DE BASES DE DATOS SQL
SERVER
54.918,00
10/12/2015
1500318
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE TRADUCCIÓN PARA LA CNMC
59.900,00
11/12/2015
ANEXO II
ANEXO II-1/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500140
Servicios
Abierto criterios múltiples
DESARROLLO DE APLICACIONES CONTROL DE
PROYECTOS ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y
SEGURIDAD DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN
DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
4.549.046,25
01/02/2016
1500291
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO DE INGENIERÍA/CONSULTORÍA PARA
DETERMINACIÓN DE VALORES UNITARIOS DE
REFERENCIA DE INVERSIÓN Y DE OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO -OM- DEL SECTOR GASISTA
470.000,00
09/03/2016
1500279
Servicios
Abierto criterios múltiples
ESTUDIO DE CONSULTORÍA PARA LA
DETERMINACIÓN DE LOS COSTES DE
COMERCIALIZACIÓN INCURRIDOS EN EL
SUMINISTRO DE GLP Y SU FÓRMULA DE
REVISIÓN ANUAL
179.000,00
04/04/2016
1500346
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA EN RELACIÓN
CON LAS BASES DE LAS CIRCULARES 4/2008 Y
5/2008 Y LA RESOLUCIÓN DE LA DGPEYM DE 15
DE DICIEMBRE DE 2008.
159.623,12
08/04/2016
160216
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
656.622,61
01/09/2016
1600023
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA
REALIZACIÓN DE TRABAJOS RELACIONADOS
CON EL MERCADO DE HIDROCARBUROS
LÍQUIDOS Y BIOCARBURANTES
323.636,60
07/09/2016
1500428
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LOS BLOQUES DE DATOS
ARGUS EUROPEAN PRODUCTS ARGUS BIOFUELS
REPORT Y ARGUS INTERNATIONAL LPG
18.922,00
01/01/2016
1500439
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN CULLEN INTERNATIONAL PARA
2016
73.000,00
01/02/2016
ANEXO II-2/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160208
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS DE PRECIOS
DE MERCADOS Y COTIZACIONES
INTERNACIONALES PUBLICADOS POR PLATTS
PARA EL PERIODO 2016-2017
44.125,00
18/07/2016
1500298
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE
COMUNICACIONES DE VIDEOCONFERENCIA EN
EL ENTORNO TECNOLÓGICO DE LA CNMC
47.426,05
17/03/2016
1500305
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE CONSULTORÍA ESPECIALIZADA A
EFECTOS DE REALIZAR LOS TRABAJOS
NECESARIOS PARA ACTUALIZAR EL MODELO DE
RED DE REFERENCIA EN EL AÑO 2015 A LA
PROPUESTA DE ORDEN POR LA QUE SE
APRUEBAN LAS INSTALACIONES TIPO Y LOS
VALORES UNITARIOS DE REFERENCIA
70.879,02
10/02/2016
1500373
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA PARA
LA GESTIÓN DE LAS BASES DE DATOS
RELATIVAS AL MERCADO DE ELECTRICIDAD
49.760,00
12/04/2016
1500387
Suministro
Procedimiento negociado
sin publicidad
SOPORTE DE LAS LICENCIAS ORACLE
DESTINADAS A SOPORTAR LOS SISTEMAS DE
INFORMACIÓN DE LA CNMC
96.263,75
25/04/2016
160058
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y DE APOYO
A LAS LABORES PARA EL CONTROL Y
MONITORIZACIÓN DE LA ACCESIBILIDAD A LOS
CONTENIDOS DE TELEVISIÓN
29.800,00
02/08/2016
160066
Obras
Procedimiento negociado
sin publicidad
OBRAS PARA LA REORGANIZACIÓN DE LOS
ESPACIOS AOD.01 Y AODO2 DEL EDIFICIO DE LA
CNMC EN MADRID
110.288,51
28/06/2016
ANEXO II-3/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160090
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ALQUILER DE ESPACIOS, MEDIOS TÉCNICOS Y
SERVICIO DE CATERING A LOS ASISTENTES A
DETERMINADAS REUNIONES, EN EL MARCO DE
LA ORGANIZACIÓN DEL CARTEL WORKSHOP DE
LA INTERNATIONAL COMPETITION NETWORK -
ICN-
53.111,76
06/06/2016
160091
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
CONTRATACIÓN DEL SEGURO MULTIRRIESGO
PARA LA SEDE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA EN
BARCELONA
20.524,07
01/06/2016
160159
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
MODELO DE PROGRAMACIÓN DE LA
GENERACIÓN DE UNA UNIDAD HIDROELÉCTRICA
49.587,00
09/09/2016
160236
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA MEDICIÓN DE
DETERMINADOS INDICADORES DE LA CALIDAD
DEL SERVICIO POSTAL UNIVERSAL
CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2016
44.000,00
10/10/2016
160371
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA CNMC
48.707,32
23/12/2016
1500273
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE REVISIÓN Y VERIFICACIÓN DEL
MODELO DE CONTABILIDAD ANALÍTICA DE LA
SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS,
SA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2014
67.450,00
25/04/2016
1500300
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE PREVENCIÓN Y SERVICIO MÉDICO
DE LAS SEDES DE LA CNMC
96.174,18
24/02/2016
1500316
Servicios
Abierto criterios múltiples
ESTUDIO PARA LA ELABORACIÓN DE UNA
METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA
DEMANDA DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE
FERROVIARIO EN ESPAÑA
125.000,00
13/04/2016
160106
Suministro
Abierto criterio precio
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA
ENFRIADORA EN EL EDIFICIO DE LA CNMC EN LA
C/ALCALÁ, 47
59.504,47
04/07/2016
ANEXO II-4/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160108
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO PARA LA REVISIÓN DE LA
CONTABILIDAD DE COSTES DE TELEFÓNICA
MÓVILES ESPAÑA DEL EJERCICIO 2015
75.000,00
03/08/2016
160112
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO PARA LA REVISIÓN DE LA
CONTABILIDAD DE COSTES DE VODAFONE
ESPAÑA EN EL EJERCICIO 2015/2016
80.000,00
03/08/2016
160113
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE
COSTES DE TELEFÓNICA DE ESPAÑA EN EL
EJERCICIO 2015, ASÍ COMO CIERTOS ASPECTOS
ESPECÍFICOS DEL CÁLCULO DEL COSTE NETO
DEL SERVICIO UNIVERSAL
137.500,00
03/08/2016
1600376
Otros
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS BLOOMBERG
PARA EL AÑO 2017
24.643,53
29/11/2016
160397
Otros
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA HERRAMIENTA DE
DESCUBRIMIENTO PRIMO/SFX PARA LA
BIBLIOTECA Y CENTRO DE DOCUMENTACIÓN DE
LA CNMC PARA EL EJERCICIO 2017
18.354,00
19/12/2016
ANEXO III
ANEXO III-1/5
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160154
Servicios
Abierto criterios múltiples
CLASES PRESENCIALES DE INGLÉS PARA EL
PERSONAL DE LA CNMC
117.004,50
16/01/2017
160119
Servicios
Abierto criterios múltiples
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA BIBLIOTECA Y
CENTRO DE DOCUMENTACIÓN DE LA CNMC
226.449,40
21/03/2017
160089
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA
ADMINISTRACIÓN DE BASES DE DATOS SQL
SERVER
223.443,84
09/03/2017
170033
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO Y SERVICIO
MÉDICO EN LA CNMC
237.959,51
22/06/2017
160161
Servicios
Abierto criterios múltiples
MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS
INSTALACIONES DE LAS SEDES DE LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
723.635,98
27/07/2017
160130
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA CNMC
474.267,08
10/08/2017
160361
Suministro
Abierto criterios múltiples
SUMINISTRO INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO
DEL CENTRO DE PROCESO DE DATOS DE LA
CNMC EN LA SEDE DE LA CALLE ALCALÁ 47 DE
MADRID
429.843,76
01/09/2017
160151
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS AUXILIARES PARA LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
403.153,22
19/06/2017
160402
Suministro
Procedimiento
negociado sin publicidad
SOPORTE DE LAS LICENCIAS ORACLE
DESTINADAS A SOPORTAR LOS SISTEMAS DE
INFORMACIÓN DE LA CNMC
297.454,98
04/07/2017
160126
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE SOPORTE DE LOS SISTEMAS Y
SERVICIOS MICROINFORMÁTICOS Y
AUDIOVISUALES
742.637,49
02/03/2017
ANEXO III-2/5
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170123
Servicios
Abierto criterio precio
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE PRODUCTOS
INSTALADOS EN SERVIDORES Y EQUIPOS DE
USUARIO, LA MIGRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
CORREO ELECTRÓNICO A MODALIDAD ONLINE,
LA ADQUISICIÓN DE ALGUNAS LICENCIAS
NUEVAS, ASÍ COMO LOS SERVICIOS DE
SOPORTE PREVENTIVO, CORRECTIVO,
PERFECTIVO Y ASISTENCIA DEL SOFTWARE DE
LAS TECNOLOGÍAS DE LAS LICENCIAS
INDICADAS
1.827.355,99
27/12/2017
160160
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS DE VERIFICACIÓN DEL EFECTIVO
CONSENTIMIENTO DEL CONSUMIDOR
31.500,00
15/02/2017
160177
Privados
Abierto criterio precio
CONTRATO PRIVADO DE SERVICIOS SEGUROS
PARA LA COMISIÓN NACIONAL DELOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
175.502,94
30/05/2017
160191
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO RESUMEN DE PRENSA
12.900,00
27/05/2017
160332
Privados
Procedimiento negociado
sin publicidad
CORREDURÍA DE SEGUROS PARA LA CNMC
0,00
30/01/2017
160368
Suministro
Procedimiento negociado
sin publicidad
CONTRATACIÓN DE LICENCIAS PARA
SOFTWARE ATLASSIAN
55.380,00
21/03/2017
160375
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE ASISTENCIA
TÉCNICA EN RELACIÓN CON LA DIFUSIÓN DE
PRECIOS Y CONDICIONES DE ACCESO A
INSTALACIONES LOGÍSTICAS DE
HIDROCARBUROS LÍQUIDOS
80.700,00
03/05/2017
160377
Obras
Procedimiento negociado
sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE OBRAS DE
ACONDICIONAMIENTO EN ZONA DE ACCESO Y
REGISTRO DE LA CNMC -MADRID
54.062,22
26/04/2017
170009
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A CULLEN INTERNATIONAL PARA
EL PERIODO 2017
85.000,00
01/02/2017
ANEXO III-3/5
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170236
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS DE
PRECIOS DE MERCADOS Y COTIZACIONES
INTERNACIONALES PUBLICADOS POR PLATTS
PARA EL PERIODO JULIO-DICIEMBRE 2017
20.064,13
18/07/2017
170247
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS DE
METEOLÓGICA PARA EL PERIODO 2017-2018
32.500,00
01/09/2017
160378
Obras
Procedimiento
negociado sin publicidad
OBRAS DE REMODELACIÓN INTEGRAL DE LAS
COCINAS OFFICES Y ESPACIOS ANÁLOGOS
SITUADOS EN LOS EDIFICIOS DE LA CNMC
MADRID
83.224,02
01/07/2017
160396
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA CNMC -FEBRERO 2017-
48.853,88
26/01/2017
160415
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA CNMC -MARZO 2017-
49.700,00
01/03/2017
170003
Suministro
Procedimiento
negociado sin publicidad
ACTUALIZACIÓN DE LAS LICENCIAS DEL
SOFTWARE DE CONTROL DE PRESENCIA Y
VISITAS EVALOS
38.727,90
06/06/2017
170070
Suministro
Procedimiento
negociado sin publicidad
ADQUISICIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LICENCIA
DE LA PLATAFORMA GIS
39.945,00
08/06/2017
170106
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS:
"SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
48.853,88
01/04/2017
170110
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO
PARA LA REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE
COSTES DE TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA DEL
EJERCICIO 2016
72.500,00
07/08/2017
170111
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO
PARA LA REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE
COSTES DE VODAFONE ESPAÑA DEL EJERCICIO
2016/2017
72.500,00
07/08/2017
ANEXO III-4/5
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170112
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO
PARA LA SERVICIO DE REVISIÓN DELA
CONTABILIDAD DE COSTES DE TELEFÓNICA DE
ESPAÑA EN EL EJERCICIO 2016 ASÍ COMO DE
CIERTOS ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL
CÁLCULO DEL COSTE NETO DEL SERVICIO
UNIVERSAL
110.000,00
07/08/2017
170120
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS:
"SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
49.700,00
28/04/2017
170136
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
PROTECCIÓN PERSONAL Y CONDUCCIÓN DE
SEGURIDAD PARA ALTO CARGO DE LA CNMC
59.797,42
22/05/2017
170163
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LAS SEDES DE
LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y
LA COMPETENCIA
49.700,00
01/06/2017
170189
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
UNA CUENTA CORRIENTE EN RÉGIMEN DE
DEPÓSITO PARA LA GESTIÓN ECONÓMICO-
FINANCIERA DE LOS FONDOS DE SUPERÁVIT
DEL SISTEMA ELÉCTRICO
0,00
02/11/2017
170204
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS:
"SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
49.700,00
12/07/2017
ANEXO III-5/5
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FORMALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170206
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE
ASISTENCIA TÉCNICA Y DE APOYO A LAS
LABORES PARA EL CONTROL Y
MONITORIZACIÓN DE LA ACCESIBILIDAD A LOS
CONTENIDOS DE TELEVISIÓN
59.500,00
06/11/2017
170213
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
CUSTODIA GESTIÓN Y ARCHIVO EXTERNO DE
LOS DOCUMENTOS DE LA CNMC EN LA SEDE DE
MADRID
40.858,33
28/09/2017
170238
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA
PARA LA MEDICIÓN DE DETERMINADOS
INDICADORES DE LA CALIDAD DEL SERVICIO
POSTAL UNIVERSAL CORRESPONDIENTES AL
EJERCICIO 2017
47.000,00
02/10/2017
170297
Privados
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO PRIVADO DE SERVICIO DE 3
CUENTAS CORRIENTES EN RÉGIMEN DE
DEPÓSITO PARA LA GESTIÓN ECONÓMICO-
FINANCIERA DE LOS PROCESOS DE
LIQUIDACIÓN EN LA DIRECCIÓN DE ENERGÍA
0,00
14/12/2017
ANEXO IV
ANEXO IV-1/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500003
Suministro
BOTELLONES DE AGUA Y FUENTES PARA OFFICE EN SEDE CNMC
BARCELONA
8.500,00
01/01/2015
1500004
Servicios
JARDINERÍA EXTERIOR E INTERIOR SEDE CNMC BARCELONA
8.140,64
01/01/2015
1500017
Servicios
SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO PARA VEHÍCULOS DEL PERSONAL
DE LA CNMC
9.945,83
01/01/2015
1500023
Servicios
FORMACIÓN INTERNA EN MATERIA DE REGULACIÓN DE LAS
TELECOMUNICACIONES Y DEL SECTOR AUDIOVISUAL
17.500,00
12/01/2015
1500026
Servicios
MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE DE GESTIÓN DOCUMENTAL BKM
Y BRS/SEARCH PARA EL AÑO 2015
9.660,23
01/01/2015
1500029
Servicios
TRABAJOS DE ACOMETIDA DE FIBRA ÓPTICA DESDE EL CPD DE
ALCALÁ A LAS PLANTAS DEL EDIFICIO Y AL CPD DE BARQUILLO
13.753,60
09/04/2015
1500034
Suministro
ADQUISICIÓN DE PUBLICACIÓN EU COMPETITION LAW HANDBOOK
2015 DE SWEET AND MAXWELL 2014
280,00
28/01/2015
1500044
Servicios
SERVICIO DE RESUMEN DIARIO DE PRENSA DE LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
13.915,00
01/02/2015
1500045
Servicios
8ª EDICIÓN DEL CURSO DE INTRODUCCIÓN DE DEFENSA DE LA
COMPETENCIA
6.160,00
26/01/2015
1500046
Suministro
ADQUISICIÓN DE UNA BANDERA DE ESPAÑA Y UNA BANDERA DE LA
COMUNIDAD EUROPEA
544,50
23/01/2015
1500047
Suministro
ADQUISICIÓN DE UN SOPORTE PARA LA TELEVISIÓN SOLICITADA
POR EL PRESIDENTE DE LA CNMC
81,90
23/01/2015
1500049
Servicios
CURSO E-LEARNING TECNOLOGÍAS DE LA ENERGÍA - POLÍTICAS DE
LA ENERGÍA
684,00
07/01/2015
1500051
Servicios
PROGRAMA DE ACTUALIZACIÓN EN FINANZAS DE LA ENERGÍA
650,00
13/02/2015
1500052
Servicios
PROGRAMA ACTUALIZACIÓN EN FINANZAS DE LA ENERGÍA
650,00
13/02/2015
1500055
Servicios
PÓLIZA DE SEGURO DE UN VEHÍCULO OFICIAL DE LA CNMC
2.949,48
01/01/2015
ANEXO IV-2/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500056
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE LOOKEEN BUSINESS EDITION
12.100,00
12/06/2015
1500058
Servicios
CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
70,00
22/01/2015
1500059
Servicios
PROGRAMA E-LEARNING - POLÍTICA ENERGÉTICA
170,00
09/01/2015
1500060
Servicios
CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA
70,00
22/01/2015
1500061
Servicios
JORNADA LA TRASPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA DE EFICIENCIA
ENERGÉTICA AL MARCO ESPAÑOL
200,00
04/12/2014
1500069
Suministro
RENOVACIÓN DE LICENCIAS DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DOCUMENTAL EMC DOCUMENTUM
13.104,30
01/04/2015
1500071
Servicios
MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE DE GESTIÓN DE RECURSOS
ELECTRÓNICOS ONELOG
4.291,93
05/01/2015
1500074
Suministro
ADQUISICIÓN DE PUBLICACIÓN IMPRESA ANUARIO DE LA
COMPETENCIA 2014 EDITADO POR MARCIAL PONS 2015
35,00
16/01/2015
1500075
Suministro
ADQUISICIÓN DE PUBLICACIÓN THE FOUNDATIONS OF EUROPEAN
UNION COMPETITION LAW. THE OBJECTIVE AND PRINCIPLES OF
ARTICLE 102. AUTOR RENATO NAZZ
100,00
16/01/2015
1500080
Suministro
ADQUISICIÓN DEL LIBRO PATENTES FARMACÉUTICAS Y DERECHO
DE LA COMPETENCIA, DE LA EMPRESA LEX NOVA
42,75
26/01/2015
1500084
Servicios
9º ENCUENTRO ANUAL REVOLUTION TV. ASISTENTES-PEDRO
DOMINGO MARTÍN CONTRERAS Y ELENA ÁLVAREZ VÁZQUEZ
965,58
29/01/2015
1500085
Servicios
SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO ESPECIALIZADO DE LA
APLICACIÓN NEDAES
6.050,00
05/03/2015
1500086
Servicios
RENOVACIÓN MANTENIMIENTO DE LOS APPLINACE ANTISPAM
IRONPORT
14.883,00
25/02/2015
1500101
Suministro
SUMINISTRO DE CLIMATIZACIÓN CNMC BARCELONA. MENOR
TRANSITORIO
21.767,90
01/01/2015
1500110
Servicio
CUOTA 2015 MIEMBRO ASOCIACIÓN EPRA BOARD ASSOCIATION
2.400,00
01/01/2015
1500113
Servicio
ASISTENCIA TÉCNICA CERTIFICACIÓN INTEGRACIÓN Y AJUSTE
REGENTE
21.006,00
06/05/2015
1500114
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
10.888,19
01/03/2015
ANEXO IV-3/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500117
Servicios
ESTUDIO TÉCNICO DE LOCALES
11.478,06
06/03/2015
1500121
Suministro
SUMINISTRO CLIMATIZACIÓN BARCELONA. 2º MENOR TRANSITORIO
21.767,90
06/04/2015
1500122
Suministro
ADQUISICIÓN IMPRESORAS PARA LAS CERTIFICACIONES EN SIC3
1.375,28
24/06/2015
1500127
Servicios
ELABORACIÓN DE UN INFORME QUE ANALICE LAS DISTINTAS
ACTUACIONES LLEVADAS A CABO POR LAS CC.AA. EN MATERIA
AUDIOVISUAL
21.598,50
29/04/2015
1500134
Servicios
SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE LA PLATAFORMA DE FIRMA ASF
21.713,29
12/04/2015
1500135
Servicios
VERIFICACIÓN CONSENTIMIENTO CONSUMIDOR EN CAMBIOS DE
COMERCIALIZADOR-SECTORES ELECTRICIDAD Y GAS NATURAL
AÑO 2013
21.659,00
23/03/2015
1500136
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE BARCELONA. MENOR
TRANSITORIO
14.036,00
11/04/2015
1500138
Servicios
IV JORNADAS JURÍDICAS
450,01
26/03/2015
1500139
Suministro
ADQUISICIÓN LICENCIAS EVOQ CONTENT DNN
12.842,66
24/03/2015
1500141
Suministro
COMPRA 3 INFORMES IDATE - TELECOM PLAYERS AND MARKETS
WORLD TELECOM SERVICES AND TOP TELCO KPI Y WORLD FTTX
MARKET
7.623,00
12/06/2015
1500142
Servicios
CURSOS - PANEL DATA LINEAR ANALYSIS Y QUANTITATIVE
METHODS FOR POLICY EVALUATION
1.080,00
06/06/2015
1500144
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
10.888,19
01/04/2015
1500145
Servicios
SERVICIO DE DIAGNÓSTICO DE LA PRODUCCIÓN ESTADÍSTICA DE
LA COMISIÓN NACIONAL DE MERCADOS Y LA COMPETENCIA -
CNMC-
18.000,00
21/04/2015
1500146
Servicios
STATE AID AND SERVICES OF GENERAL ECONOMIC INTEREST -9 Y
10 DE MARZO 2015-
1.078,11
09/03/2015
1500152
Servicios
REDES ELÉCTRICAS INTELIGENTES -21-23 ABRIL 2015-
700,00
21/04/2015
1500153
Servicios
QUANTITATIVE METHODS FOR PUBLIC POLICY EVALUATION 29/06 -
03/07
607,50
29/06/2015
1500155
Servicios
SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS Y PREPARACIÓN DE
DISTRIBUCIONES CON DESTINO A LOS CENTROS USUARIOS DE
NEDAES
571,93
03/05/2015
ANEXO IV-4/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500156
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA LOCAL NACIONAL E INTERNACIONAL
PARA LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
10.000,00
01/04/2015
1500156
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA LOCAL NACIONAL E INTERNACIONAL
PARA LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
10.000,00
01/04/2015
1500159
Servicios
INTRODUCCIÓN AL MERCADO DE LA ELECTRICIDAD - PRESENTE Y
FUTURO 10 Y 11 DE JUNIO
950,00
10/06/2015
1500160
Servicios
15TH KÖNIGSWINTER POSTAL SEMINAR
897,75
10/02/2015
1500161
Servicios
EL CICLO DE COMPRA EN LA SANIDAD PÚBLICA
713,90
26/02/2015
1500164
Servicios
ARGUS BIOFUELS - DAILY INTERNATIONAL MARKET PRICES AND
COMMENTARY
10.950,50
01/04/2015
1500167
Servicios
SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN DE LOS DATOS DEL
MERCADO MAYORISTA Y MINORISTA.
21.721,92
22/04/2015
1500177
Servicios
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN DE LA
INFORMACIÓN DE BDDI
21.763,06
25/05/2015
1500178
Suministro
ADQUISICIÓN DE 5 LICENCIAS DE ADF TRIAGE EXAMINER
16.679,23
23/07/2015
1500179
Servicios
SERVICIO DE RETIMBRADO DE 64 EXTINTORES SITUADOS EN EL
EDIFICIO DE LA CNMC EN LA CALLE DE BARQUILLO 5 DE MADRID
5.322,75
20/04/2015
1500184
Servicios
EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS AUDIOVISUALES PARA LA CUMBRE
BEREC-REGULATEL-EMERG-EAP 2015
6.530,85
02/07/2015
1500186
Servicios
ALQUILER SALA REUNIONES Y SERVICIO DE PAUSA CAFÉ Y
ALMUERZO CUMBRE BEREC-REGULATEL-EMERG-EAP 2015
18.313,35
02/07/2015
1500192
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE VIGILANTE CON
ESPECIALIZACIÓN DE ESCOLTA-CONDUCTOR PARA LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
20.250,17
28/04/2015
1500194
Servicios
SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO PARA EL DESPLIEGUE DE LA
NUEVA RED DE COMUNICACIONES EN EL ENTORNO TECNOLÓGICO
DE LA CNMC.
21.779,00
15/06/2015
1500200
Servicios
SERVICIO DE CATERING Y ALQUILER MONTAJE Y DESMONTAJE DE
MOBILIARIO PARA UNA CENA DE TRABAJO CON MOTIVO DE LA
CUMBRE BEREC-REGULATEL-EMERG-EAP 2015 -150 PERSONAS-
10.521,50
02/07/2015
1500201
Servicios
SERVICIO MÉDICO EN EL CENTRO DE TRABAJO DE MADRID
18.065,00
29/05/2015
ANEXO IV-5/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500204
Servicios
SERVICIO DE INTERPRETACIÓN PARA LA CUMBRE BEREC-
REGULATEL-EMERG-EAP 2015
6.461,40
02/07/2015
1500206
Suministro
ADQUISICIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PAQUETE ÉVALOS 8 Y DE
ADAPTACIÓN DEL MÓDULO DE GESTIÓN DE VACACIONES Y
AUSENCIAS
7.162,11
23/06/2015
1500212
Servicios
CONTRATACIÓN MAQUETACIÓN IES2014
5.626,50
01/07/2015
1500213
Servicios
ACCESO A INTERNET DE BANDA ANCHA DE NUEVA GENERACIÓN
133,49
26/05/2015
1500214
Servicios
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA EMPLEADOS DE LA
CNMC
17.850,00
06/05/2015
1500215
Servicios
TRABAJOS DE PINTURA EN 7 DESPACHOS DE LOS EDIFICIOS DE LA
CNMC EN MADRID
9.388,39
23/05/2015
1500216
Suministro
ADQUISICIÓN DE TÓNER PARA FAXES E IMPRESORAS DE RED Y
PERSONALES
21.778,79
26/05/2015
1500217
Servicios
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE PARA LA INSTANCIA DE
KOBLI DE LA BIBLIOTECA
6.679,20
10/06/2015
1500220
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES SEDE BARCELONA. SEGUNDO MENOR
TRANSITORIO
5.690,82
21/05/2015
1500224
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MENSAJERÍA LOCAL
NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA SEDE DE MADRID DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA.
10.883,95
01/06/2015
1500224
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MENSAJERÍA LOCAL
NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA SEDE DE MADRID DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA.
10.883,95
01/06/2015
1500226
Servicios
CURSO MONOGRÁFICO DE LIQUIDACIÓN, INDEMNIZACIÓN Y
SALARIOS DE TRAMITACIÓN. 1318 Y 20 DE MAYO 2015
120,00
13/05/2015
1500230
Servicios
ABONO DE LA CONTRIBUCIÓN CORRESPONDIENTE A 2015 DE LA
CNMC A ICER POR PERTENECER A ARIAE
726,20
24/06/2015
1500233
Servicios
INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE LÍNEA DE VIDA EN LA SEDE DE LA
CNMC EN LA CALLE DE BARQUILLO 5 DE MADRID.
4.641,21
01/06/2015
1500237
Servicios
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN ARQUITECTO PARA LA
REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN LA SEDE DE MADRID
11.011,00
27/05/2015
ANEXO IV-6/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500238
Obras
OBRAS DE REESTRUCTURACIÓN PUNTUAL Y MEJORA DE LA
ACCESIBILIDAD INTERIOR ENTRE LOS EDIFICIOS DE LA CNMC EN
ALCALÁ 47 Y BARQUILLO 5 DE MADRID
49.627,31
15/07/2015
1500246
Servicios
IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE CALIFICACIÓN DE
CONTENIDOS PERJUDICIALES PARA LOS MENORES EN
PROGRAMAS AUDIOVISUALES
21.598,50
06/10/2015
1500257
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE VIGILANTE CON
ESPECIALIZACIÓN DE ESCOLTA-CONDUCTOR PARA LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
6.750,06
28/07/2015
1500260
Servicios
REGISTRO NACIONAL Y COMUNITARIO DE LA MARCA CNMC
4.265,97
18/06/2015
1500275
Suministro
CONTRATACIÓN DE LICENCIAS Y SOPORTE TÉCNICO
ESPECIALIZADO DE PRODUCTOS DE ATLASSIAN CONFLUENCE
STASH Y JIRA SERVICE DESK
19.069,60
18/09/2015
1500276
Obras
INSTALACIÓN DE SUELO TÉCNICO EN SALÓN DE ACTOS DE LA
CNMC EN BARQUILLO 5
60.062,71
30/07/2015
1500278
Servicios
SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA VALIDACIÓN DE OFERTAS
ANÁLISIS DE MEJORAS DE LA FUNCIONALIDAD Y LA
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO DE LAS APLICACIONES DEL
COMPARADOR DE OFERTAS DE SUMINISTRO DE GAS NATURAL Y
ELECTRICIDAD
21.296,00
13/07/2015
1500282
Servicios
INSTALACIÓN ELÉCTRICA PARA TOMAS DE VOZ Y DATOS EN EL
SALÓN DE ACTOS DE LA CNMC EN BARQUILLO 5 DE MADRID
31.299,09
23/07/2015
1500289
Servicios
CONTRATACIÓN DE ESTUDIO SOBRE EL TIEMPO DE ATENCIÓN EN
LAS OFICINAS DE LA SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y
TELÉGRAFOS SA AÑO 2015
21.126,66
07/07/2015
1500290
Servicios
MANTENIMIENTO DE LOS SERVIDORES DEL ENTORNO DE
VIRTUALIZACIÓN PARA PRODUCCIÓN DEL CPD DE LA CALLE
ALCALÁ
8.166,92
27/07/2015
1500292
Obras
TRABAJOS DE PINTURA EN DESPACHOS DE LOS EDIFICIOS DE LA
CNMC EN MADRID
59.265,80
31/07/2015
1500293
Servicios
PANEL DATA ECONOMETRICS
1.900,00
07/09/2015
ANEXO IV-7/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500294
Obras
TRABAJOS DE LIJADO Y BARNIZADO DE SUELOS DE DIVERSAS
ZONAS DE LOS EDIFICIOS DE LA CNMC EN MADRID
23.077,12
10/08/2015
1500295
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS Y SOPORTE MICROSTRATEGY
19.717,85
31/10/2015
1500301
Servicios
MANTENIMIENTO Y SUMINISTRO DE PLANTAS DE ORNAMENTACIÓN
EN LOS EDIFICIOS DE ALCALÁ 47 Y BARQUILLO 5 DE MADRID
12.342,00
01/08/2015
1500302
Servicios
DESARROLLO APLICACIÓN DE APOYO PARA LA EXPLOTACIÓN DE
NEDAES
21.518,64
31/07/2015
1500304
Servicios
INSTALACIÓN DE UN EQUIPO DE CLIMATIZACIÓN EN LA SALA CGBT
DE LA SEDE DE BARCELONA
7.776,98
04/08/2015
1500306
Suministro
SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE REFRIGERACIÓN PORTÁTIL PARA
USO EN DEPENDENCIAS TÉCNICAS DE LA SEDE DE LA CNMC EN
BARCELONA
482,86
30/07/2015
1500308
Servicios
CONTRIBUCIÓN DE LA CNMC AL GRUPO DE REGULADORES
INDEPENDIENTES -IRG- EJERCICIO 2016
13.000,00
17/12/2015
1500311
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE RENOVACIÓN DEL MANTENIMIENTO
DE LOS APPLIANCE VIRTUALES DE ANTISPAM DE F-SECURE.
14.625,87
31/08/2015
1500314
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DIVERSO DE IMPRENTA PARA LA CNMC
21.767,90
01/09/2015
1500314
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DIVERSO DE IMPRENTA PARA LA CNMC
21.767,90
01/09/2015
1500326
Servicios
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS SEDES DE LA COMISIÓN NACIONAL
DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA EN MADRID
21.767,90
01/09/2015
1500327
Servicios
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA SEDE CNMC EN BARCELONA -MENOR
TRANSITORIO-
20.616,66
20/08/2015
1500328
Suministro
SUMINISTRO DE EQUIPOS DE FONTANERÍA PARA LOS EDIFICIOS DE
LA CNMC DE MADRID
7.260,00
26/10/2015
1500330
Suministro
SUMINISTRO DE UN PEQUEÑO FRIGORÍFICO PARA EL CUARTO DE
CONDUCTORES
191,00
24/08/2015
1500331
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DE MENAJE DE COCINA PARA LA
ESCUELA INFANTIL DE LA SEDE DE BARCELONA
481,10
25/08/2015
1500332
Suministro
SUMINISTRO DE MOBILIARIO PARA DIVERSAS AULAS DE LA
ESCUELA INFANTIL DE LA SEDE DE BARCELONA
1.174,93
25/08/2015
ANEXO IV-8/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500333
Servicios
REDACCIÓN DE ESTUDIO PARA VALORACIÓN DE RECUPERACIÓN
DE PUERTAS DE COMUNICACIÓN ENTRE LOS EDIFICIOS DE LA
CNMC DE MADRID
1.149,50
25/08/2015
1500334
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DE DESCANSO PARA LA ESCUELA
INFANTIL DE LA CNMC EN BARCELONA
1.185,38
26/08/2017
1500335
Servicios
SERVICIO INTEGRAL DE CONTROL DE PLAGAS SEDES CNMC
MADRID
1.754,50
18/11/2015
1500337
Servicios
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA -
SEGUNDO MENOR TRANSITORIO-
21.695,56
09/09/2015
1500339
Suministro
SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LAS SEDES DE LA
CNMC -MENOR HASTA ADJUDICACIÓN CONTRATO BASADO-
21.767,90
09/09/2015
1500343
Servicios
SEGUIMIENTO Y ANÁLISIS DE CONTENIDOS TELEVISIVOS
DIFUNDIDOS EN HORARIO PROTEGIDO
21.719,50
28/10/2015
1500344
Servicios
RENOVACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS FIREWALLS DE
SEGURIDAD PERIMETRAL FORTINET DE LOS CPDS DE MADRID
6.261,75
30/09/2015
1500347
Servicios
ENCUESTA SERVICIO UNIVERSAL 2014
8.591,00
21/10/2015
1500351
Suministro
DOTACIÓN DE MOBILIARIO PARA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE
SERVICIO MEDICO DE LA CNMC EN MADRID
958,32
30/09/2015
1500351
Suministro
DOTACIÓN DE MOBILIARIO PARA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE
SERVICIO MEDICO DE LA CNMC EN MADRID
213,39
30/09/2015
1500359
Obras
TRABAJOS DE ADECUACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL SÓTANO DEL
EDIFICIO DE LA CNMC
44.502,47
23/11/2015
1500360
Servicios
SERVICIOS DE CATERING DURANTE LA 4ª REUNIÓN DE LA
CONTACT NETWORK DE BEREC
12.334,30
19/11/2015
1500361
Obras
APERTURA DE HUECO EXISTENTE Y COLOCACIÓN PUERTA DE
COMUNICACIÓN ENTRE PLANTA 5ª EDIFICIO ALCALÁ Y PLANTA 4ª
EDI
9.641,24
02/11/2015
1500364
Suministro
COMPRA DE TRES TABLETAS GOOGLE NEXUS
2.297,79
27/10/2015
ANEXO IV-9/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500366
Servicios
SERVICIO DE VIGILANTE CON ESPECIALIZACIÓN DE ESCOLTA-
CONDUCTOR PARA LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y
LA COMPETENCIA
13.500,12
28/10/2015
1500368
Suministro
COMPRA DE ELECTRODOMÉSTICOS PARA ESCUELA INFANTIL.
SEDE BARCELONA
917,94
07/10/2015
1500372
Suministro
ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO OFICIAL DE SEGUNDA MANO PARA
LA CNMC
14.149,50
03/11/2015
1500376
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL ELÉCTRICO INVENTARIABLE
0,00
(precios unitarios)
15/10/2015
1500376
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL ELÉCTRICO INVENTARIABLE
0,00
(precios unitarios)
15/10/2015
1500376
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL ELÉCTRICO INVENTARIABLE
1.052,65
15/10/2015
1500384
Servicios
SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA EL PROYECTO
REACONDICIONAMIENTO O TRASLADO DEL CPD DE LA SEDE DE LA
CALLE DE ALCALÁ
21.417,00
15/12/2015
1500388
Servicios
SERVICIOS DE FORMACIÓN EN MICROSTRATEGY
19.662,50
14/01/2016
1500393
Servicios
REDACCIÓN MEMORIA TÉCNICA PARA LA REORGANIZACIÓN DE
LOS ESPACIOS A.0 D.01 Y A0 D.O2 EN EL EDIFICIO DE LA CNMC EN
MADRID
3.388,00
13/11/2015
1500394
Servicios
PÓLIZAS SEGUROS VEHÍCULOS OFICIALES CNMC
5.980,80
05/11/2015
1500406
Servicios
RENOVACIÓN DEL MANTENIMIENTO DEL PRODUCTO EDITRAN Y EL
SOPORTE DE LAS OPERACIONES
1.754,50
01/01/2016
1500410
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ENCIMERA PARA COMEDOR DE LA
CNMC EN MADRID
1.195,94
17/12/2015
1500411
Obras
REALIZACIÓN DE MEJORAS DE ACONDICIONAMIENTO DE
DIVERSOS ESPACIOS EN LOS EDIFICIOS DE LA CNMC EN MADRID
15.110,26
04/12/2015
1500421
Servicios
RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE
DE GESTIÓN DE RECURSOS ELECTRÓNICOS ONELOG
4.291,93
01/01/2016
1500427
Servicios
PÓLIZA DE SEGUROS VIDA Y ACCIDENTE EXPERTOS TWINNING
ARGELIA
4.776,00
15/12/2015
1500432
Suministro
SUMINISTRO DE UN ABETO ARTIFICIAL PARA LA SEDE DE LA CNMC
EN MADRID
490,05
21/12/2015
ANEXO IV-10/10
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500433
Suministro
SUMINISTRO DE AGUA CORRIENTE PARA LA SEDE DE LA CNMC EN
MADRID
8.800,00
12/12/2015
1500436
Obras
AISLAMIENTO TÉRMICO DE LA SUBDIRECCIÓN DE AUDIOVISUAL EN
EL EDIFICIO DE LA CNMC EN MADRID
4.356,00
28/12/2015
1600001
Servicios
MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE CONTROL DE PRESENCIA Y
VISITAS EVALOS PARA 2016
15.035,04
01/01/2016
1600003
Servicios
SERVICIO TRANSITORIO DE LÍNEAS ANALÓGICAS
8.470,00
01/01/2016
ANEXO V
ANEXO V-1/7
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500357
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE CONSULTORÍA SOBRE EL
PLAN DE ARCHIVOS DE LA CNMC
15.826,32
14/04/2016
1500400
Servicios
CONTRATACIÓN DEL SOPORTE Y APOYO EN LA IMPLANTACIÓN DE
UN SISTEMA DE BÚSQUEDA POR CONTENIDO MEDIANTE ELASTIC
SEARCH
20.686,16
07/03/2016
1500408
Servicios
REDACCIÓN MEMORIA TÉCNICA PARA REORGANIZACIÓN DE
ENTRADA A REGISTRO
3.448,50
12/02/2016
1500417
Servicios
SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS
ÍNDICES Y ENCUESTAS QUE MIDAN LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS
DE ATENCIÓN AL CLIENTE
17.787,00
01/02/2016
1500418
Servicios
CONSULTORÍA ADECUACIÓN AL ESQUEMA NACIONAL DE
SEGURIDAD -ENS-
21.477,50
01/02/2016
1500420
Servicios
CONTRATACIÓN DE TRABAJOS DE INGENIERÍA EN LOS SISTEMAS
DE CLIMATIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS DE LA CNMC EN MADRID
14.592,60
28/01/2016
1500424
Servicios
RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y LICENCIAS
DEL SOFTWARE DE GESTIÓN DOCUMENTAL BKM Y MOTOR DE
BÚSQUEDA BRS/SEARCH PARA LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE
INFORMACIÓN DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN CNMC DURANTE
EL EJERCICIO 2016
9.660,23
01/01/2016
1500425
Suministro
ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVO DE BORRADO SEGURO
4.114,00
29/01/2016
1500435
Servicios
SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y ACCIDENTES PARA EL PERSONAL
DE LA CNMC
16.841,47
01/01/2016
1500437
Servicios
SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO PARA VEHÍCULOS DEL PERSONAL
DE LA CNMC EN LA CALLE INFANTAS Nº 31 DE MADRID
17.280,00
01/02/2016
1500441
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPOS DE REPOSICIÓN DEL
SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA CCTV E INTRUSIÓN SEDE
BARCELONA
2.312,66
29/01/2016
1500446
Servicios
CONTRATACIÓN SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO PARA
VEHÍCULOS PERSONAL DE LA CNMC EN EL PARKING DE SEVILLA
11.399,65
01/02/2016
ANEXO V-2/7
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1600002
Suministro
RENOVACIÓN LICENCIAS GIS ESRI
13.443,00
11/03/2016
1600006
Servicios
CONTRATACIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DE LOS SAIS CHLORIDE
EMERSON
12.510,14
29/01/2016
1600007
Servicios
CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE
CLIMATIZACIÓN AIRDATA
7.852,90
09/02/2016
1600009
Servicios
JARDINERÍA EXTERIOR E INTERIOR DE LA SEDE DE BARCELONA
8.140,64
02/02/2016
1600010
Servicios
ALQUILER DE 4 PLAZAS DE GARAJE EN EL APARCAMIENTO
SITUADO EN EL PASEO DE RECOLETOS
16.803,84
01/02/2016
1600011
Servicios
SERVICIO RESUMEN DIARIO DE PRENSA PARA LA CNMC
9.528,75
27/01/2016
1600012
Suministro
CONTRATACIÓN DE LA RENOVACIÓN DE LICENCIAS DEL SISTEMA
DE GESTIÓN DOCUMENTAL EMC DOCUMENTUM
13.075,26
01/04/2016
1600013
Servicios
INSCRIPCIONES XIX CURSO DE DERECHO DE LA COMPETENCIA
EUROPEO Y ESPAÑOL
2.950,00
01/04/2016
1600014
Servicios
INSCRIPCIÓN FSR EXECUTIVE COURSE TO MASTER ELECTRICITY
MARKETS
1.700,00
18/01/2016
1600015
Servicios
INSCRIPCIÓN CONFERENCIA ANUAL DEL GLOBAL COMPETITION
LAW CENTRE
1.700,00
01/02/2016
1600016
Servicios
INSCRIPCIÓN 2ND MEETING ON TRANSPORT ECONOMICS AND
INFRASTRUCTURE
70,00
21/01/2016
1600017
Servicios
INSCRIPCIÓN REGULATION OF PUBLIC SERVIES - NATIONAL AND
LOCAL PERSPECTIVES IN WATER AND WASTE SECTOR
70,00
18/04/2016
1600020
Servicios
INSCRIPCIÓN CURSO 11TH ANNUAL CONFERENCE OF THE GCLC
272,25
01/02/2016
1600021
Servicios
INSCRIPCIÓN CURSO INICIACIÓN A LA AUDITORÍA INTERNA
3.270,00
26/01/2016
1600022
Servicios
INSCRIPCIÓN CURSO APOYO PARA LA PREPARACIÓN DEL EXAMEN
CIA
3.020,00
29/02/2016
1600024
Suministro
SUMINISTRO DE AGUA CORRIENTE. SEDE CNMC BARCELONA
15.000,00
01/01/2016
1600039
Suministro
SUMINISTRO DE DESFIBRILADORES SEMIAUTOMÁTICOS -
DESA/DEA- PARA SEDE BARCELONA
4.235,00
11/02/2016
ANEXO V-3/7
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1600040
Servicios
INSCRIPCIÓN JORNADA - LA INTEGRACIÓN Y EL NUEVO DISEÑO DE
LOS MERCADOS ELÉCTRICOS EUROPEOS
250,00
21/01/2016
1600041
Suministro
COMPRA DE TRASPALETA Y PALETS DE MADERA
441,41
09/02/2016
1600043
Servicios
XIII EDICIÓN ESCUELA IBEROAMERICANA DE COMPETENCIA -
TRASLADOS PONENTES-
9.816,60
16/03/2016
1600046
Servicios
INSCRIPCIÓN CURSO ENERGY ECONOMICS IBERIAN CONFERENCE
220,00
04/02/2016
1600051
Servicios
SERVICIO DE REVISIÓN DE MOBILIARIO ALMACENADO SERVICIO DE
GUARDAMUEBLES HASTA DESAFECTACIÓN Y TRASLADO A PUNTO
LIMPIO
19.656,84
23/03/2016
1600054
Suministro
SUMINISTRO MATERIAL DE IMPRENTA
10.883,95
07/03/2016
1600054
Suministro
SUMINISTRO MATERIAL DE IMPRENTA
10.883,95
07/03/2016
1600056
Servicios
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN ARQUITECTO PARA
APERTURA DE PUERTAS DE COMUNICACIONES ENTRE PL. 3ª DE
BARQUILLO Y 4ª DE ALCALÁ Y SÓTANOS DE AMBOS EDIFICIOS
4.222,90
09/03/2016
1600057
Suministro
ADQUISICIÓN DE CARROS Y CONTENEDORES
1.490,48
15/04/2016
1600062
Servicios
INSCRIPCIÓN CURSO EVALUACIÓN DE LA RENTABILIDAD DE LAS
LÍNEAS FERROVIARIAS DE ALTA VELOCIDAD
380,00
15/02/2016
1600082
Servicios
SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO ESPECIALIZADO DE LA
APLICACIÓN NEDAES
4.779,50
28/03/2016
1600096
Servicios
SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE LA PLATAFORMA DE FIRMA U
SIGNER
21.713,24
12/04/2016
160061
Suministro
ADQUISICIÓN HIDROJARDINERAS PLANTAS Y SUSTRATO PARA
PLANTAS DE INTERIOR
7.509,15
06/04/2016
160070
Suministro
ADQUISICIÓN DE CONSUMIBLES PARA IMPRESORAS Y FAXES
21.778,79
21/03/2016
160083
Suministro
ADQUISICIÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE
8.980,91
21/03/2016
160087
Servicios
BASES DE DATOS TELIGEN 2016
7.260,00
01/01/2016
ANEXO V-4/7
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160100
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA ESCALERA DE
COMUNICACIÓN ENTRE AZOTEAS EN LA CNMC EN MADRID
2.416,37
14/05/2016
160110
Suministro
SISTEMAS DE PRESENTACIÓN INALÁMBRICOS
7.836,30
14/04/2016
160111
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE MANTENIMIENTO DE ANTIVIRUS F-
SECURE PARA SERVIDORES Y PUESTOS DE TRABAJO DE LA CNMC
20.573,63
17/05/2016
160115
Servicios
INSCRIPCIÓN CURSO INTENSIVO EN MÉTODOS CUANTITATIVOS
PARA EL ANÁLISIS DE LA COMPETENCIA -13-15 A
1.350,00
13/04/2016
160116
Servicios
INSCRIPCIÓN MÁSTER EN UNIÓN EUROPEA
1.760,00
01/04/2016
160117
Servicios
SANEAMIENTO DE GALERÍA DE ACCESO A CENTRO DE
TRANSFORMACIÓN DEL EDIFICIO DE ALCALÁ 47
3.448,50
14/05/2016
160121
Servicios
REDACCIÓN DE PROYECTO TÉCNICO PARA REMODELACIÓN DE
COCINAS EN LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
3.872,00
15/05/2016
160122
Servicios
SOPORTE TÉCNICO A USUARIOS Y PREPARACIÓN DE
DISTRIBUCIONES CON DESTINO A LOS CENTROS USUARIOS DE
NEDAES
5.715,93
03/05/2016
160127
Servicios
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LOS EMPLEADOS DE
LA CNMC
13.162,60
06/05/2016
160141
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN FANCOIL PARA DESPACHO EN
LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
3.237,48
22/04/2016
160147
Suministro
SUMINISTRO DE UN RODADOR DE BIDONES PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN MADRID
283,75
09/05/2017
160152
Obras
APERTURA DE 2 HUECOS EN AZOTEA DEL EDIFICIO DE LA CNMC EN
ALCALÁ 47 DE MADRID
4.343,90
21/05/2016
160156
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LÍNEA DE VIDA PARA EL EDIFICIO
DE LA CNMC EN ALCALÁ 47
13.151,73
01/06/2016
160166
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE MANTENIMIENTO DE ANTISPAM
IRONPORT
20.541,83
27/06/2017
160168
Servicios
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE PARA LA INSTANCIA DE
KOBLI DE LA BIBLIOTECA Y SU ADAPTACIÓN A KOHA
6.679,20
01/06/2016
160194
Servicios
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DE ESCOLTAS -
CONDUCTORES
9.476,41
15/07/2016
ANEXO V-5/7
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160195
Servicios
SERVICIO DE MANTENIMIENTO CPD BARCELONA
12.870,06
15/06/2016
160196
Suministro
SUMINISTRO DE 4 CAFETERAS DE FILTRO PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN MADRID
154,64
13/06/2016
160197
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNIDAD DE CONTROL Y
SENSORES DEL SISTEMA DE CLIMATIZACIÓN
2.395,55
08/06/2016
160204
Servicios
SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA PREPARACIÓN
EVENTOS
4.396,84
29/06/2016
160206
Suministro
ADQUISICIÓN DE PLATAFORMA DE FILTRADO FORCEPOINT
21.374,26
11/07/2016
160209
Obras
REPARACIÓN Y ADECUACIÓN A NORMATIVA DE LA INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE BAJA TENSIÓN DE LA SEDE DE BARCELONA
18.832,32
22/06/2016
160215
Servicios
CONTRATACIÓN SERVICIOS ARQUITECTO PARA REDACCIÓN
PROYECTO TÉCNICO Y DIRECCIÓN OBRA LIMPIEZA FACHADA
CNMC MADRID Y SUBSANACIÓN DEFICIENCIAS ITE
12.390,40
01/07/2016
160218
Servicios
REUBICACIÓN SISTEMA DE CONTROL DE CLIMATIZACIÓN EDIFICIO
CNMC BARQUILLO 5
4.663,26
23/06/2016
160219
Suministro
SUMINISTRO DE DETERMINADO MATERIAL DE CLIMATIZACIÓN
PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
653,62
15/07/2016
160222
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DEL SOFTWARE DATADVANTAGE
15.871,57
01/07/2016
160224
Suministro
ADQUISICIÓN DE DOS HORNOS ELÉCTRICOS DE SOBREMESA PARA
LA COCINA DE PRESIDENCIA
315,21
01/07/2016
160226
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MIGRACIÓN MANUAL DE
CONTENIDOS WEB
13.452,94
25/07/2016
160229
Servicios
CURSO DIRECCIÓN Y GESTIÓN DE REUNIONES
4.640,00
08/07/2016
160232
Servicios
DISEÑO MAQUETACIÓN E IMPRESIÓN DE LA PUBLICACIÓN CNMC-
COMPETENCIA
10.396,32
05/07/2016
160249
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LUMINARIAS DE EMERGENCIA
PARA LA SEDE CNMC BARCELONA
5.461,01
01/08/2016
160250
Servicios
RESTAURACIÓN MUSEO DEL PRADO
15.947,80
04/10/2016
160255
Servicios
MANTENIMIENTO Y SUMINISTRO DE PLANTAS DE ORNAMENTACIÓN
PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
5.916,90
01/08/2016
ANEXO V-6/7
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160264
Servicios
EMPRESA DE EVENTOS PARA DETERMINADOS SERVICIOS
AUXILIARES EN EL ICN CARTEL WORKSHOP 2016
21.594,29
21/07/2016
160268
Servicios
SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO DE LA CNMC EN EL PARKING DE
PLAZA DEL REY
20.160,00
01/07/2016
160269
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN FANCOIL PARA EL ESPACIO
A0D.01 EN LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
1.146,54
28/07/2016
160270
Suministro
RENOVACIÓN LICENCIAS ASPOSE
6.375,49
01/08/2016
160271
Obras
AMPLIACIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA PARA TOMAS DE VOZ Y
DATOS EN EL SALÓN DE ACTOS DE LA CNMC EN BARQUILLO 5 DE
MADRID
57.894,92
01/08/2016
160272
Servicios
RESTAURACIÓN EN EL EVENTO DE BIENVENIDA DE LA ICN
16.995,00
27/07/2016
160274
Suministro
ADQUISICIÓN DE SOFTWARE DESCARGADOR E-SIOS DE DATOS DE
REE
13.068,00
28/07/2016
160275
Servicios
SERVICIO RESUMEN DIARIO DE PRENSA PARA LA CNMC
4.764,98
27/09/2016
160276
Suministro
MINIPCS PARA PRESENTACIONES EN SALAS DE REUNIONES
7.339,62
28/07/2016
160278
Suministro
ADQUISICIÓN DE ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS NUIX
21.150,80
30/07/2016
160280
Obras
AMPLIACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE SUELO TÉCNICO Y
FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE ESTRADO EN EL SALÓN DE
ACTOS DE LA CNMC EN LA CALLE DE BARQUILLO 5 DE MADRID.
45.069,46
30/07/2016
160281
Suministro
ADQUISICIÓN ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS MICROSTRATEGY
12.193,99
27/07/2016
160285
Servicios
CAMBIO TUBERÍAS CLIMATIZADORES PLANTAS 2ª Y 3ª DEL EDIFICIO
DE ALCALÁ 47
14.220,15
02/08/2016
160286
Servicios
CLIMATIZACIÓN SALA COMEDOR SÓTANO ALCALÁ 47
2.387,46
06/09/2016
160287
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
21.401,68
28/10/2016
160291
Servicios
CLIMATIZACIÓN ZONA SEGURIDAD PLANTA BAJA ALCALÁ
3.610,88
02/09/2016
160292
Servicios
CLIMATIZACIÓN SALAS COMUNICACIÓN EDIFICIO ALCALÁ 47
8.869,30
11/08/2016
160395
Servicios
SEGURO DE VIDA Y ACCIDENTES PARA EL PERSONAL DE LA CNMC
8.914,40
01/01/2017
ANEXO V-7/7
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160398
Servicios
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LOS EMPLEADOS DE
LA CNMC
8.802,74
01/02/2017
160414
Servicios
JORNADA SOBRE ECONOMÍA COLABORATIVA - OPORTUNIDADES Y
RETOS ORGANIZADO POR CNMC-FUNCAS EL 13/12/16.
6.738,82
12/12/2016
160424
Servicios
SERVICIO DE LÍNEAS ANALÓGICAS
8.470,00
01/01/2017
160425
Servicios
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COORDINACIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD PARA DIVERSAS OBRAS A REALIZAR EN LA
SEDE DE LA CNMC EN MADRID
1.778,70
06/07/2016
170001
Servicios
JARDINERÍA EXTERIOR E INTERIOR SEDE BARCELONA. MENOR
TRANSITORIO
7.260,00
01/01/2017
170002
Suministro
SUMINISTRO DE AGUA CORRIENTE. SEDE CNMC BARCELONA
15.000,00
01/01/2017
ANEXO VI
ANEXO VI-1/8
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160390
Servicios
MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE DE GESTIÓN DE RECURSOS
ELECTRÓNICOS ONELOG PARA EL EJERCICIO 2017
4.399,23
15/02/2017
160399
Suministro
RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS GIS DE ESRI
17.000,50
31/01/2017
160400
Servicios
PROYECTO DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS DEL EDIFICIO DE
LA CNMC EN C/BARQUILLO 5. DIRECCIÓN DE OBRA Y GESTIONES
PARA OBTENCIÓN DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO
13.915,00
21/02/2017
160403
Suministro
SUMINISTRO DE AGUA CORRIENTE PARA LA SEDE DE LA CNMC EN
MADRID
8.800,00
12/12/2016
160406
Suministro
ADQUISICIÓN DE CONSUMIBLES PARA IMPRESORAS Y FAXES
21.767,90
30/01/2017
160407
Suministro
ADQUISICIÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE
21.719,50
27/01/2017
160409
Servicios
ALQUILER DE 4 PLAZAS DE GARAJE EN EL APARCAMIENTO
SITUADO EN EL PASEO DE RECOLETOS
17.072,62
01/02/2017
170004
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MIGRACIÓN MANUAL DE
CONTENIDOS
21.659,00
30/01/2017
170005
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
20.760,45
01/02/2017
170006
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
21.645,04
01/03/2017
170007
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
19.253,65
01/04/2017
170008
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
20.992,24
01/02/2017
170010
Servicios
SERVICIO DE EDICIÓN DE LA PUBLICACIÓN EL ACCESO
UNIVERSAL A LA ENERGÍA. LA ELECTRIFICACIÓN RURAL AISLADA.
VISIÓN EN IBEROAMÉRICA
4.877,60
23/01/2017
170023
Servicios
SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO EN LO RELATIVO A LAS 4
ESPECIALIDADES PREVENTIVAS SALVO RECONOCIMIENTOS
MÉDICOS-
8.064,65
24/02/2017
170025
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
20.310,21
28/01/2017
ANEXO VI-2/8
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170030
Servicios
SERVICIO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y CONDUCCIÓN DE
SEGURIDAD PARA ALTO CARGO DE LA CNMC
21.767,90
31/01/2017
170032
Servicios
SERVICIO MÉDICO PARA LA CNMC
17.999,00
24/02/2017
170034
Servicios
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPAMIENTOS DE REDES DE
LAS SEDES DE LA CNMC.
20.879,47
09/03/2017
170035
Servicios
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LICENCIAS Y EQUIPAMIENTO DE
TELEFONÍA DE LAS SEDES DE LA CNMC
21.147,44
07/03/2017
170036
Servicios
MANTENIMIENTO DE LOS SAI INSTALADOS EN EL CPD DE LA C/
ALCALÁ 47
12.947,99
16/02/2017
170037
Servicios
SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO DE LA CNMC EN EL PARKING DE
PLAZA DEL REY
21.767,90
01/02/2017
170039
Suministro
ADQUISICIÓN DE UN DESFIBRILADOR PARA EL CENTRO DE
TRABAJO DE LA CNMC EN MADRID.
2.117,50
31/01/2017
170040
Servicios
MANTENIMIENTO Y SUMINISTRO DE PLANTAS DE ORNAMENTACIÓN
PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
3.944,60
01/02/2017
170042
Servicios
SERVICIO RESUMEN DE PRENSA PARA LA CNMC
4.764,98
27/01/2017
170047
Servicios
CLIMATIZACIÓN DE LAS SALAS DE REUNIONES DE LA PLANTAS 2ª 3ª
Y 5ª Y REPROGRAMACIÓN DEL FANCOIL DE LA SALA DE
SEGURIDAD EN EL EDIFICIO DE LA CNMC EN ALCALÁ 47
12.781,24
25/01/2017
170051
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA LA CNMC
EJERCICIO 2017
7.500,00
09/02/2017
170051
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA LA CNMC
.EJERCICIO 2017
7.500,00
09/02/2017
170051
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DE IMPRENTA PARA LA CNMC.
EJERCICIO 2017
2.990,00
09/02/2017
170052
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA CNMC EN
BARCELONA
21.472,97
20/02/2017
170053
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN ARMARIO IGNIFUGO EN LA
SALA DE CARRICOCHES DE LA ESCUELA INFANTIL DE LA SEDE DE
BARCELONA.
4.266,29
09/06/2017
170056
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CORTINAS ENROLLABLES PARA
LOS VENTANALES DE PLANTA BAJA SEDE BARCELONA
2.073,94
24/03/2017
ANEXO VI-3/8
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170057
Servicios
PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE LA SUBSANACIÓN DE
DEFICIENCIAS EN LA CUBIERTA DEL EDIFICIO DE ALCALÁ 47
DETECTADAS EN LA ITE
7.381,00
27/02/2017
170068
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PERSIANAS EN LA SEDE DE LA
CNMC EN MADRID
6.686,97
10/04/2017
170069
Suministro
ADQUISICIÓN DE 5 PORTÁTILES PARA INSPECCIONES
21.592,45
06/04/2017
170071
Servicios
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO PARA
VEHÍCULOS DEL PERSONAL DE LA CNMC EL PARKING DE SEVILLA
15.420,09
01/11/2017
170073
Servicios
PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRA REMODELACIÓN DE LA PLANTA
BAJA DEL EDIFICIO DE LA CNMC EN BARQUILLO 5
4.477,00
30/03/2017
170074
Servicios
MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN DE LOS
CPDS DE MADRID
7.852,90
15/02/2017
170079
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CONTADORES DE ENERGÍA RITE
PARA EL EDIFICIO DE LA CNMC EN ALCALÁ 47
9.942,88
03/03/2017
170085
Suministro
RENOVACIÓN DE LICENCIAS DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DOCUMENTAL EMC DOCUMENTUM 2017-18
12.770,99
01/04/2017
170089
Servicios
SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL CPD DE LA SEDE DE
LA CNMC EN BARCELONA.
17.574,44
17/10/2017
170090
Servicios
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS Y
EQUIPAMIENTOS DE VIDEOCONFERENCIA DE LAS SEDES DE LA
CNMC.
21.633,17
31/03/2017
170095
Servicios
SERVICIO TRADUCCIÓN CONTENIDOS ESTÁTICOS PÁGINA WEB
CNMC
20.470,30
15/03/2017
170098
Servicios
CENA INAUGURAL DE LA FSR POSTAL CONFERENCE
7.950,00
25/05/2017
170101
Servicios
CAMBIO DE OPERADOR DE PUERTA DE ASCENSORES PRINCIPALES
DEL EDIFICIO DE LA CNMC EN BARQUILLO 5
15.403,30
23/03/2017
170114
Servicios
SERVICIO DE MIGRACIÓN DE LOS ENDPOINTS Y DE LOS GATEWAYS
VCS DE VIDEOCONFERENCIA.
21.063,18
21/06/2017
170115
Suministro
SUMINISTRO DE 10 MESAS DE REUNIONES PLEGABLES PARA LA
SEDE DE LA CNMC EN MADRID
13.060,21
25/01/2017
ANEXO VI-4/8
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170121
Servicios
SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO ESPECIALIZADO DE LA
APLICACIÓN NEDAES Y DE LA APLICACIÓN WEB PARA LA
EXPLOTACIÓN DE NEDAES
16.577,00
07/04/2017
170122
Servicios
MANTENIMIENTO DE LAS LICENCIAS DEL SOFTWARE DE FIRMA
ELECTRÓNICA USIGNER
21.713,24
19/05/2017
170135
Servicios
SERVICIOS DE TRADUCCIÓN ACTIVIDAD DIRECCIÓN DE
COMPETENCIA
1.657,12
11/04/2017
170145
Servicios
COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LAS OBRAS DE
ACONDICIONAMIENTO EN ZONA DE ACCESO Y REGISTRO DE LA
CNMC EN MADRID
707,85
09/05/2017
170146
Servicios
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN MADRID
6.312,23
28/04/2017
170149
Suministro
RENOVACIÓN Y ADQUISICIÓN DE NUEVAS LICENCIAS DE STATA 14
15.144,26
27/07/2017
170150
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
19.831,26
01/05/2017
170151
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
6.038,75
01/05/2017
170156
Suministro
ADQUISICIÓN DE CINCO TABLETAS CON CAPACIDAD 3G/4G
3.339,60
21/07/2017
170158
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA CNMC EN
BARCELONA
9.736,60
28/04/2017
170160LOTE 1
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DE OFICINA PARA SEDES DE LA CNMC
EN MADRID Y BARCELONA
10.883,95
20/06/2017
170160LOTE 2
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DE OFICINA PARA SEDES DE LA CNMC
EN MADRID Y BARCELONA
10.883,95
20/06/2017
170168
Servicios
SERVICIO DE TRADUCCIÓN PARA LA CNMC-ASESORÍA JURÍDICA
1.227,45
28/04/2017
170171-
CATERING
Servicios
SERVICIO DE CATERING Y MEDIOS AUDIOVISUALES PARA LA 13ª
REUNIÓN PLENARIA DE ENRRB
5.769,50
20/06/2017
170171-MEDIOS
AUDIOVISUALES
Servicios
SERVICIO DE CATERING Y MEDIOS AUDIOVISUALES PARA LA 13ª
REUNIÓN PLENARIA DE ENRRB
1.182,47
20/06/2017
170175
Suministro
RENOVACIÓN DE LICENCIAS TOAD
4.883,22
31/07/2017
ANEXO VI-5/8
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170177
Suministro
ACTUALIZACIÓN DE LAS LICENCIAS DEL SOFTWARE DE GESTIÓN
DOCUMENTAL BKM Y MÓDULOS MULTIMEDIA Y DE DIFUSIÓN
8.968,52
02/06/2017
170179
Obras
SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS EN CUBIERTAS REFLEJADAS EN
LA ITE
60.198,75
13/06/2017
170185
Servicios
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE
LA CNMC EN MADRID
14.267,79
22/05/2017
170186
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
20.216,33
01/06/2017
170187
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
9.437,13
01/06/2017
170192
Servicios
SERVICIO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y CONDUCCIÓN DE
SEGURIDAD PARA ALTO CARGO DE LA CNMC
7.255,97
01/05/2017
170195
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA CNMC EN
BARCELONA
8.889,94
01/06/2017
170196
Servicios
MONITORIZACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTENIDOS TELEVISIVOS
EMITIDOS EN HORARIO PROTEGIDO
21.175,00
06/07/2017
170197
Servicios
LA APLICACIÓN DE LA AUTORREGULACIÓN Y CORREGULACIÓN A
LOS CONTENIDOS TELEVISIVOS PARA LA PROTECCIÓN DE LA
INFANCIA.
9.075,00
05/07/2017
170199
Servicios
PÓLIZA DE SEGURO PARA LOS VEHÍCULOS OFICIALES DE LA CNMC
5.607,32
01/07/2017
170207
Servicios
SERVICIO DE ELABORACIÓN DE PROYECTO PARA EL ANÁLISIS LA
RENOVACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS EQUIPOS Y SISTEMAS DE
SEGURIDAD DE LAS SEDES DE LA CNMC
21.778,79
10/08/2017
170210
Servicios
SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES PARA LA CNMC
0,00
(precios unitarios)
15/06/2017
170214
Servicios
TÍTULOS DE TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE LA CNMC
PROCEDENTE DE LA EXCMT DE BARCELONA PLAN DE ACCIÓN
SOCIAL EXCMT 2017-
18.500,00
01/07/2017
ANEXO VI-6/8
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170215
Servicios
ASISTENCIA A XIV EDICIÓN DE LA ESCUELA IBEROAMERICANA DE
COMPETENCIA PAGO DE LOS BILLETES DE AVIÓN DE LOS TRES
MEJORES ALUMNOS DEL CURSO ON LINE DE COMPETENCIA DE LA
FUNDACIÓN CEDDET-CNMC
4.220,53
26/06/2017
170216
Suministro
COMPRA DE FRIGORÍFICO PARA OFFICE. SEDE BARCELONA
929,00
13/07/2017
170217
Servicios
TÍTULOS DE TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE LA CNMC
PROCEDENTE DE LA EXCMT DE MADRID PLAN DE ACCIÓN SOCIAL
EXCMT 2017-
4.000,00
01/06/2017
170218LOTE 1
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
14.520,00
20/07/2017
170218LOTE 2
y 3
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
7.247,90
20/07/2017
170223
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE MANTENIMIENTO DE PLATAFORMA
DE FILTRADO FORCEPOINT.
21.277,61
21/07/2017
170224
Servicios
GASTOS ALOJAMIENTO GROSVENOR HOUSE CURSO LSE
EFFICIENT REGULATION MARKETS 2017.
10.000,00
03/09/2017
170226
Servicios
COORDINACIÓN EXTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS
DE LAS COCINAS
3.049,20
28/07/2017
170227
Servicios
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LAS SEDES DE LA
CNMC MENOR TEMPORAL-
21.628,75
01/07/2017
170228
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CMMC EN MADRID
21.564,09
01/07/2017
170229
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
9.176,24
01/07/2017
170230
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA PARA LA SEDE DE LA CNMC EN
BARCELONA
21.767,90
20/07/2017
170239
Servicios
SERVICIO DE AGENCIA DE VIAJES PARA EL PERSONAL CNMC
0,00
(precios unitarios)
15/09/2017
170240
Servicios
INVESTIGACIÓN MERCADO CALIDAD SERVICIOS ATENCIÓN
CLIENTE
21.538,00
06/09/2017
170241
Obras
OBRA DE LA SALA REMIT EN LA TERCERA PLANTA DEL EDIFICIO DE
LA CNMC EN C/ ALCALÁ 47 DE MADRID
5.597,61
28/07/2017
170248
Suministro
SUMINISTRO DE 20 SILLAS ERGONÓMICAS PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN MADRID
11.107,80
28/07/2017
ANEXO VI-7/8
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170252
Obras
OBRAS DE CLIMATIZACIÓN PECERAS EDIFICIO CNMC EN ALCALÁ 47
46.731,77
04/09/2017
170254
Servicios
PAGO DE LOS DESPLAZAMIENTOS -BILLETES DE AVIÓN O TREN
SEGÚN CASOS- DE LOS PONENTES DE LA XIV EDICIÓN DE LA
ESCUELA IBEROAMERICANA DE COMPETENCIA
12.000,00
18/09/2017
170255
Suministro
BOTELLONES DE AGUA Y FUENTES PARA SALA OFFICE. SEDE
BARCELONA
9.000,00
01/09/2017
170257
Servicios
SERVICIO DE CUSTODIA GESTIÓN Y ARCHIVO EXTERNO DE LOS
DOCUMENTOS DE LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
5.898,74
16/08/2017
170260
Suministro
SUMINISTRO TEMPORAL DE GAS NATURAL PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN MADRID
21.308,10
02/10/2017
170271
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PERSIANAS PLISADAS EN LA
BIBLIOTECA DE LA CNMC EN MADRID
1.144,54
02/10/2017
170277
Servicios
SERVICIO DE REDACCIÓN DE PROYECTO BÁSICO Y DIRECCIÓN DE
OBRA PARA LA REMODELACIÓN DE LA SUBDIRECCIÓN DE
AUDIOVISUALES EN LA PLANTA BAJA DEL EDIFICIO DE LA CNMC EN
ALCALÁ 47
8.409,50
27/11/2017
170280
Servicios
OBRA DE LIMPIEZA Y PINTURA EN PLANTA BAJA DE LA FACHADA DE
BARQUILLO 5
18.890,73
14/11/2017
170281
Servicios
SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO EN EL PARKING DE LA PLAZA DEL
REY
21.767,90
29/09/2017
170289
Servicios
REPARACIÓN URGENTE DE AVERÍA GRAVE DE 21 SEPTIEMBRE 2017
EN LAS MÁQUINAS DE AIRE ACONDICIONADO DEL CPD BARCELONA
21.749,70
23/10/2017
170306
Servicios
RENOVACIÓN CLIMATIZACIÓN CENTRO DE TRANSFORMACIÓN
ALCALÁ
3.740,90
22/11/2017
170312
Servicios
SUBSANACIÓN DE ANOMALÍAS EN LOS APARATOS ELEVADORES EN
LAS SEDES DE LA CNMC EN MADRID. AÑO 2017
12.797,87
18/10/2017
170316
Servicios
PROYECTO DE INTERIORISMO PARA LA IMPLANTACIÓN EN LA
PLANTA 10 DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
9.680,00
27/10/2017
170337
Servicios
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA LAS DOS CABINAS DE
FICHEROS NETAPP 2240
16.609,67
22/11/2017
170343
Suministro
ADQUISICIÓN DE 30 SILLAS ERGONÓMICAS PARA LA CNMC EN
MADRID
16.661,70
28/11/2017
170344
Suministro
COMPRA DE CAFETERA PARA LA DTSA. SEDE BARCELONA
391,93
29/11/2017
ANEXO VI-8/8
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES SUSCRITOS 2017
REFERENCIA
TIPO
11
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170345
Servicios
TRASLADO DE CIRCUITOS DE TELEFONIA Y DATOS DE COLT DEL
CPD DE ALCALÁ
5.445,00
01/01/2018
170346
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA NACIONAL PARA LA SEDE DELA CNMC
EN MADRID
21.767,90
01/12/2017
170351
Suministro
SUMINISTRO DE AGUA CORRIENTE PARA LA SEDE DE LA CNMC
EN MADRID
8.800,00
12/12/2017
170355
Suministro
ACTUALIZACIÓN DE LAS LICENCIAS DEL SOFTWARE DE GESTIÓN
DOCUMENTAL BKM Y MÓDULOS MULTIMEDIA Y DE DIFUSIÓN AÑO
2018
8.968,52
01/01/2018
170356
Servicios
MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN DEL CPD
DE BARQUILLO
8.096,67
01/01/2018
170358
Servicios
SERVICIO DE ANTISPAM PARA CORREO ON LINE DE LA CNMC
19.640,99
29/11/2017
170359
Suministro
ADQUISICIÓN DE AGENDAS Y TACOS DE CALENDARIO PARA 2018
6.642,66
27/11/2017
170361
Suministro
SUMINISTRO TEMPORAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LAS
SEDES DE LA CNMC.
8.980,31
01/09/2017
170362
Suministro
SUMINISTRO DE MICROONDAS PARA OFFICE DTSA. SEDE
BARCELONA
69,00
21/11/2017
170369
Suministro
SUMINISTRO TEMPORAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LAS SEDES
DE LA CNMC DURANTE LA TRANSICIÓN ENTRE CONTRATOS
BASADOS EN EL ACUERDO MARCO 23/2015
21.659,00
23/09/2017
170379
Servicios
TÍTULOS DE TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE LA CNMC
PROCEDENTE DE LA EXCMT DE MADRID -2018-
9.350,00
28/12/2017
170380
Servicios
TÍTULOS DE TRANSPORTE PARA EL PERSONAL DE LA CNMC
PROCEDENTE DE LA EXCMT DE BARCELONA -2018-
19.798,90
01/01/2018
170381
Servicios
MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE DE GESTIÓN DE RECURSOS
ELECTRÓNICOS ONELOG PARA EL EJERCICIO 2018
7.460,53
28/12/2017
ANEXO VII
ANEXO VII-1/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1400081
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE
LAS INSTALACIONES DE LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
257.507,40
30/01/2015
1400367
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE INVESTIGACIÓN DE MERCADO A
CONSUMIDORES DE LOS SECTORES
SUPERVISADOS EN EL ÁMBITO RESIDENCIA
770.000,00
30/04/2015
1400379
Servicios
Abierto criterios múltiples
CLASES PRESENCIALES DE INGLES PARA EL
PERSONAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
203.000,00
18/05/2015
1400470
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
150.000,00
05/06/2015
1400260
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO DE SISTEMAS
PARA EL ENTORNO TECNOLÓGICO CON
DESTINO A LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
700.008,00
01/07/2015
1500171
Servicios
Abierto criterio precio
SERVICIOS DE LIMPIEZA DE LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
1.337.999,94
16/09/2015
1500193
Suministro
Procedimiento negociado
sin publicidad
SUMINISTRO DE FRÍO Y CALOR -CALEFACCIÓN
CLIMATIZACIÓN Y ACS- PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN BARCELONA
540.000,00
01/08/2015
1400444
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA
DIFUSIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL.
1.212.500,00
03/09/2015
1400084
Servicios
Abierto criterio precio
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE
MADRID DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA
92.019,83
28/04/2015
1400141
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE DEFINICIÓN DE LA ESTRATEGIA
DIGITAL EN INTERNET DE LA CNMC
95.034,20
03/02/2015
ANEXO VII-2/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1400403
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA EN RELACIÓN CON LA
RESOLUCIÓN DE LA DGPEYM DE 29 DE MAYO DE
2007
41.652,46
06/03/2015
1400417
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA EN RELACIÓN CON EL
PROYECTO DE DIFUSIÓN DE PRECIOS Y
CONDICIONES DE ACCESO A INSTALACIONES
LOGÍSTICAS DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS -
60.000,00
19/02/2015
1400421
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA Y DE APOYO A LAS
LABORES DE CONTROL Y MONITORIZACIÓN DE
LOS SERVICIOS DE ACCESIBILIDAD EN
TELEVISIÓN
59.688,61
02/03/2015
1500106
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A CULLEN INTERNACIONAL
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DE
MEDIA DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Y
POSTAL
60.000,00
25/02/2015
1500125
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS
BLOOMBERG
22.727,27
25/02/2015
1500227
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA PLATAFORMA DE DATOS DE
EIKON FOR COMMODITIES MONITOR HT (D.A. 9ª
22.706,30
29/05/2015
1500383
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A DATOS FACILITADOS POR EL
PROVEEDOR SUNGARD A TRAVÉS DE SU
PLATAFORMA MARKET MAP ENERGY
50.053,36
29/10/2015
1500413
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS
BLOOMBERG
23.975,25
23/11/2015
1500419
Privados
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN AL SERVICIO DE INFORMACIÓN
DOWNSTREAM MONITORING SERVICE- EUROPE
(DMS- EUROPE)
40.365,37
25/11/2015
1500068
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA
TÉCNICA PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL MODELO
ASCENDENTE DE COSTES INCREMENTALES A
LARGO PLAZO (BOTTOM-UP LRIC) PARA REDES
MÓVILES
60.000,00
10/06/2015
ANEXO VII-3/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500123
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CUBICACIÓN DE LOS ALMACENAMIENTOS DE
CARBÓN EN LAS CENTRALES TÉRMICAS QUE
CONSUMEN CARBÓN AUTÓCTONO Y SE
ENCONTRABAN SOMETIDAS AL
PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE
RESTRICCIONES POR GARANTÍA DE
SUMINISTRO EN 2014.
21.987,00
11/06/2015
1500162
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONSULTORÍA ESTRATÉGICA PARA EL ESTUDIO
DEL IMPACTO DE LA MIGRACIÓN DE LA
PLATAFORMA QUE SOPORTA LOS PROCESOS
DE LIQUIDACIÓN EN LA DIRECCIÓN DE ENERGÍA
DE LA CNMC
56.500,00
15/09/2015
1500168
Servicios
Abierto criterios múltiples
REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE COSTES DE
TELEFÓNICA DE ESPAÑA, SAU DEL EJERCICIO
2014 ASÍ COMO CIERTOS ASPECTOS
ESPECÍFICOS DEL CÁLCULO DEL COSTE NETO
DEL SERVICIO UNIVERSAL
148.500,00
03/09/2015
1500183
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE DIRECCIÓN DE SEGURIDAD
INTEGRAL DE LAS SEDES DE LA CNMC
54.518,75
01/09/2015
1500205
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE CUSTODIA, DEPÓSITO Y ARCHIVO
EXTERNO DE LOS DOCUMENTOS DE LA SEDE
DE MADRID DE LA CNMC
39.000,05
16/08/2015
1500232
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
GESTIÓN Y MANTENIMIENTO PARA LA
BIBLIOTECA DIGITAL DE LA CNMC
59.000,00
09/10/2015
1500239
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE TRATAMIENTO Y EDICIÓN DE
DATOS ENTREGADOS POR LAS EMPRESAS
DISTRIBUIDORAS DE ELECTRICIDAD CON
OCASIÓN DEL REAL DECRETO 1048/2013 EN EL
AÑO
34.830,00
27/07/2015
1500251
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
AUDITORÍA DE LOS SISTEMAS DE MEDICIÓN DEL
PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS
INCLUIDOS EN EL SPU DE LA SOCIEDAD
ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS SA AÑO
2015
23.500,00
09/10/2015
ANEXO VII-4/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500287
Servicios
Abierto criterio precio
SERVICIO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y
CONDUCCIÓN DE SEGURIDAD PARA UN ALTO
CARGO DE LA CNMC
62.983,60
01/12/2015
1500299
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA
ADMINISTRACIÓN DE BASES DE DATOS SQL
SERVER
54.918,00
10/12/2015
1500318
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE TRADUCCIÓN PARA LA CNMC
59.900,00
11/12/2015
ANEXO VIII
ANEXO VIII-1/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500140
Servicios
Abierto criterios múltiples
DESARROLLO DE APLICACIONES CONTROL DE
PROYECTOS ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y
SEGURIDAD DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN
DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA.
4.549.046,25
01/02/2016
1500291
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO DE INGENIERÍA/CONSULTORÍA PARA
DETERMINACIÓN DE VALORES UNITARIOS DE
REFERENCIA DE INVERSIÓN Y DE OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO -OM- DEL SECTOR GASISTA.
470.000,00
09/03/2016
1500279
Servicios
Abierto criterios múltiples
ESTUDIO DE CONSULTORÍA PARA LA
DETERMINACIÓN DE LOS COSTES DE
COMERCIALIZACIÓN INCURRIDOS EN EL
SUMINISTRO DE GLP Y SU FÓRMULA DE
REVISIÓN ANUAL.
179.000,00
04/04/2016
1500346
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA EN RELACIÓN
CON LAS BASES DE LAS CIRCULARES 4/2008 Y
5/2008 Y LA RESOLUCIÓN DE LA DGPEYM DE 15
DE DICIEMBRE DE 2008.
159.623,12
08/04/2016
160216
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA.
656.622,61
01/09/2016
1600023
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA
REALIZACIÓN DE TRABAJOS RELACIONADOS
CON EL MERCADO DE HIDROCARBUROS
LÍQUIDOS Y BIOCARBURANTES.
323.636,60
07/09/2016
1500428
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LOS BLOQUES DE DATOS
ARGUS EUROPEAN PRODUCTS ARGUS BIOFUELS
REPORT Y ARGUS INTERNATIONAL LPG
18.922,00
01/01/2016
1500439
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN CULLEN INTERNATIONAL PARA
2016
73.000,00
01/02/2016
ANEXO VIII-2/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160208
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS DE PRECIOS
DE MERCADOS Y COTIZACIONES
INTERNACIONALES PUBLICADOS POR PLATTS PARA
EL PERIODO 2016-2017
44.125,00
18/07/2016
1500298
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE
COMUNICACIONES DE VIDEOCONFERENCIA EN EL
ENTORNO TECNOLÓGICO DE LA CNMC
47.426,05
17/03/2016
1500305
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
SERVICIO DE CONSULTORÍA ESPECIALIZADA A
EFECTOS DE REALIZAR LOS TRABAJOS
NECESARIOS PARA ACTUALIZAR EL MODELO DE
RED DE REFERENCIA EN EL AÑO 2015 A LA
PROPUESTA DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN
LAS INSTALACIONES TIPO Y LOS VALORES
UNITARIOS DE REFERENCIA DE INVERSIÓN, DE
OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO POR ELEMENTO
INMOVILIZADO
70.879,02
10/02/2016
1500373
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA PARA LA
GESTIÓN DE LAS BASES DE DATOS RELATIVAS AL
MERCADO DE ELECTRICIDAD
49.760,00
12/04/2016
1500387
Suministro
Procedimiento
negociado sin
publicidad
SOPORTE DE LAS LICENCIAS ORACLE DESTINADAS
A SOPORTAR LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE
LA CNMC
96.263,75
25/04/2016
160058
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y DE APOYO A
LAS LABORES PARA EL CONTROL Y
MONITORIZACIÓN DE LA ACCESIBILIDAD A LOS
CONTENIDOS DE TELEVISIÓN
29.800,00
02/08/2016
160066
Obras
Procedimiento
negociado sin
publicidad
OBRAS PARA LA REORGANIZACIÓN DE LOS
ESPACIOS AOD.01 Y AODO2 DEL EDIFICIO DE LA
CNMC EN MADRID
110.288,51
28/06/2016
ANEXO VIII-3/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160090
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ALQUILER DE ESPACIOS, MEDIOS TÉCNICOS Y
SERVICIO DE CATERING A LOS ASISTENTES A
DETERMINADAS REUNIONES, EN EL MARCO DE
LA ORGANIZACIÓN DEL CARTEL WORKSHOP DE
LA INTERNATIONAL COMPETITION NETWORK -
ICN-
53.111,76
06/06/2016
160159
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
MODELO DE PROGRAMACIÓN DE LA
GENERACIÓN DE UNA UNIDAD HIDROELÉCTRICA
49.587,00
09/09/2016
160236
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA MEDICIÓN DE
DETERMINADOS INDICADORES DE LA CALIDAD
DEL SERVICIO POSTAL UNIVERSAL
CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2016
44.000,00
10/10/2016
160371
Servicios
Procedimiento negociado
sin publicidad
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA CNMC
48.707,32
23/12/2016
1500273
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE REVISIÓN Y VERIFICACIÓN DEL
MODELO DE CONTABILIDAD ANALÍTICA DE LA
SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS,
SA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2014
67.450,00
25/04/2016
1500316
Servicios
Abierto criterios múltiples
ESTUDIO PARA LA ELABORACIÓN DE UNA
METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA
DEMANDA DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE
125.000,00
13/04/2016
160106
Suministro
Abierto criterio precio
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UNA
ENFRIADORA EN EL EDIFICIO DE LA CNMC EN LA
C/ALCALÁ, 47
59.504,47
04/07/2016
160108
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO PARA LA REVISIÓN DE LA
CONTABILIDAD DE COSTES DE TELEFÓNICA
MÓVILES ESPAÑA DEL EJERCICIO 2015
75.000,00
03/08/2016
160112
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO PARA LA REVISIÓN DE LA
CONTABILIDAD DE COSTES DE VODAFONE
ESPAÑA EN EL EJERCICIO 2015/2016
80.000,00
03/08/2016
ANEXO VIII-4/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160113
Servicios
Abierto criterios
múltiples
SERVICIO DE REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE
COSTES DE TELEFÓNICA DE ESPAÑA EN EL
EJERCICIO 2015, ASÍ COMO CIERTOS ASPECTOS
ESPECÍFICOS DEL CÁLCULO DEL COSTE NETO DEL
SERVICIO UNIVERSAL
137.500,00
03/08/2016
1600376
Otros
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BSE DE DATOS BLOOMBERG
PARA EL AÑO 2017
24.643,53
29/11/2016
160397
Otros
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA HERRAMIENTA DE
DESCUBRIMIENTO PRIMO/SFX PARA LA BIBLIOTECA
Y CENTRO DE DOCUMENTACIÓN DE LA CNMC PARA
EL EJERCICIO 2017
18.354,00
19/12/2016
ANEXO IX
ANEXO IX-1/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160154
Servicios
Abierto criterios múltiples
CLASES PRESENCIALES DE INGLÉS PARA EL
PERSONAL DE LA CNMC
117.004,50
16/01/2017
160119
Servicios
Abierto criterios múltiples
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA BIBLIOTECA Y
CENTRO DE DOCUMENTACIÓN DE LA CNMC
226.449,40
21/03/2017
160089
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA
ADMINISTRACIÓN DE BAS ES DE DATOS SQL
SERVER
223.443,84
09/03/2017
160161
Servicios
Abierto criterios múltiples
MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS
INSTALACIONES DE LAS SEDES DE LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
723.635,98
27/07/2017
160361
Suministro
Abierto criterios múltiples
SUMINISTRO INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO
DEL CENTRO DE PROCESO DE DATOS DE LA
CNMC EN LA SEDE DE LA CALLE ALCALÁ 47 DE
MADRID
429.843,76
01/09/2017
160151
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS AUXILIARES PARA LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
403.153,22
19/06/2017
160126
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIO DE SOPORTE DE LOS SISTEMAS Y
SERVICIOS MICROINFORMÁTICOS Y
AUDIOVISUALES
742.637,49
02/03/2017
170123
Servicios
Abierto criterio precio
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS DE PRODUCTOS
INSTALADOS EN SERVIDORES Y EQUIPOS DE
USUARIO, LA MIGRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
CORREO ELECTRÓNICO A MODALIDAD ONLINE,
LA ADQUISICIÓN DE ALGUNAS LICENCIAS
NUEVAS, ASÍ COMO LOS SERVICIOS DE
SOPORTE PREVENTIVO, CORRECTIVO,
PERFECTIVO Y ASISTENCIA DEL SOFTWARE
1.827.355,99
27/12/2017
ANEXO IX-2/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160160
Servicios
Abierto criterios múltiples
SERVICIOS DE VERIFICACIÓN DEL EFECTIVO
CONSENTIMIENTO DEL CONSUMIDOR
31.500,00
15/02/2017
160191
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO RESUMEN DE PRENSA
12.900,00
27/05/2017
160375
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE ASISTENCIA
TÉCNICA EN RELACIÓN CON LA DIFUSIÓN DE
PRECIOS Y CONDICIONES DE ACCESO A
INSTALACIONES LOGÍSTICAS DE
HIDROCARBUROS LÍQUIDOS
80.700,00
03/05/2017
160377
Obras
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE OBRAS DE
ACONDICIONAMIENTO EN ZONA DE ACCESO Y
REGISTRO DE LA CNMC -MADRID
54.062,22
26/04/2017
170009
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A CULLEN INTERNATIONAL PARA
EL PERÍODO 2017
85.000,00
01/02/2017
170236
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS DE
PRECIOS DE MERCADOS Y COTIZACIONES
INTERNACIONALES PUBLICADOS POR PLATTS
PARA EL PERIODO JULIO-DICIEMBRE 2017
20.064,13
18/07/2017
170247
Servicios
Adjudicación directa
SUSCRIPCIÓN A LA BASE DE DATOS DE
METEOLÓGICA PARA EL PERIODO 2017-2018
32.500,00
01/09/2017
160378
Obras
Procedimiento
negociado sin publicidad
OBRAS DE REMODELACIÓN INTEGRAL DE LAS
COCINAS OFFICES Y ESPACIOS ANÁLOGOS
SITUADOS EN LOS EDIFICIOS DE LA CNMC
MADRID
83.224,02
01/07/2017
160396
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA CNMC -FEBRERO 2017-
48.853,88
26/01/2017
160415
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA
LAS SEDES DE LA CNMC -MARZO 2017-
49.700,00
01/03/2017
170003
Suministro
Procedimiento
negociado sin publicidad
ACTUALIZACIÓN DE LAS LICENCIAS DEL
SOFTWARE DE CONTROL DE PRESENCIA Y
VISITAS EVALOS
38.727,90
06/06/2017
ANEXO IX-3/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170106
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS:
"SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LAS
SEDES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA”
48.853,88
01/04/2017
170110
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO PARA
LA REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE COSTES DE
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA DEL EJERCICIO
2016
72.500,00
07/08/2017
170111
Servicios
Abierto criterios múltiples
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO PARA
LA REVISIÓN DE LA CONTABILIDAD DE COSTES DE
VODAFONE ESPAÑA DEL EJERCICIO 2016/2017
72.500,00
07/08/2017
170120
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS:
"SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LAS
SEDES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA”
49.700,00
28/04/2017
170136
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
PROTECCIÓN PERSONAL Y CONDUCCIÓN DE
SEGURIDAD PARA ALTO CARGO DE LA CNMC
59.797,42
22/05/2017
170163
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LAS SEDES DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA
49.700,00
01/06/2017
170204
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS:
"SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LAS
SEDES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS
MERCADOS Y LA COMPETENCIA”
49.700,00
12/07/2017
170213
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DE
CUSTODIA GESTIÓN Y ARCHIVO EXTERNO DE LOS
DOCUMENTOS DE LA CNMC EN LA SEDE DE
MADRID
40.858,33
28/09/2017
170238
Servicios
Procedimiento
negociado sin publicidad
CONTRATACIÓN DE LA ASISTENCIA TÉCNICA PARA
LA MEDICIÓN DE DETERMINADOS INDICADORES DE
LA CALIDAD DEL SERVICIO POSTAL UNIVERSAL
CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2017
47.000,00
02/10/2017
ANEXO IX-4/4
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS FISCALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
PROCEDIMIENTO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170206
Servicios
Procedimiento
negociado sin
publicidad
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN
DE UN SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA Y DE
APOYO A LAS LABORES PARA EL CONTROL Y
MONITORIZACIÓN DE LA ACCESIBILIDAD A LOS
CONTENIDOS DE TELEVISIÓN
59.500,00
06/11/2017
170033
Servicios
Abierto criterios
múltiples
SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO Y SERVICIO
MÉDICO EN LA CNMC
237.959,51
22/06/2017
ANEXO X
ANEXO X-1/3
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500004
Servicios
JARDINERÍA EXTERIOR E INTERIOR SEDE CNMC BARCELONA
8.140,64
01/01/2015
1500023
Servicios
FORMACIÓN INTERNA EN MATERIA DE REGULACIÓN DE LAS
TELECOMUNICACIONES Y DEL SECTOR AUDIOVISUAL
17.500,00
12/01/2015
1500029
Servicios
TRABAJOS DE ACOMETIDA DE FIBRA ÓPTICA DESDE EL CPD DE
ALCALÁ A LAS PLANTAS DEL EDIFICIO Y AL CPD DE BARQUILLO
13.753,60
09/04/2015
1500044
Servicios
SERVICIO DE RESUMEN DIARIO DE PRENSA DE LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
13.915,00
01/02/2015
1500056
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE LOOKEEN BUSINESS EDITION
12.100,00
12/06/2015
1500069
Suministro
RENOVACIÓN DE LICENCIAS DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DOCUMENTAL EMC DOCUMENTUM
13.104,30
01/04/2015
1500071
Servicios
MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE DE GESTIÓN DE RECURSOS
ELECTRÓNICOS ONELOG
4.291,93
05/01/2015
1500086
Servicios
RENOVACIÓN MANTENIMIENTO DE LOS APPLINACE ANTISPAM
IRONPORT
14.883,00
25/02/2015
1500101
Suministro
SUMINISTRO DE CLIMATIZACIÓN CNMC BARCELONA. MENOR
TRANSITORIO
21.767,90
01/01/2015
1500114
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
10.888,19
01/03/2015
1500121
Suministro
SUMINISTRO CLIMATIZACIÓN BARCELONA. 2º MENOR TRANSITORIO
21.767,90
06/04/2015
1500127
Servicios
ELABORACIÓN DE UN INFORME QUE ANALICE LAS DISTINTAS
ACTUACIONES LLEVADAS A CABO POR LAS CC.AA. EN MATERIA
AUDIOVISUAL
21.598,50
29/04/2015
1500134
Servicios
SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE LA PLATAFORMA DE FIRMA ASF
21.713,24
12/04/2015
1500135
Servicios
VERIFICACIÓN CONSENTIMIENTO CONSUMIDOR EN CAMBIOS DE
COMERCIALIZADOR-SECTORES ELECTRICIDAD Y GAS NATURAL
AÑO 2013
21.659,00
23/03/2015
1500144
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
10.888,19
01/04/2015
ANEXO X-2/3
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500156
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA LOCAL NACIONAL E INTERNACIONAL
PARA LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
10.000,00
01/04/2015
1500156
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA LOCAL NACIONAL E INTERNACIONAL
PARA LA SEDE DE MADRID DE LA CNMC
10.000,00
01/04/2015
1500167
Servicios
SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN DE LOS DATOS DEL
MERCADO MAYORISTA Y MINORISTA
21.721,92
22/04/2015
1500177
Servicios
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN DE LA
INFORMACIÓN DE BDDI
21.763,06
25/05/2015
1500186
Servicios
ALQUILER SALA REUNIONES Y SERVICIO DE PAUSA CAFÉ Y
ALMUERZO CUMBRE BEREC-REGULATEL-EMERG-EAP 2015
18.313,35
02/07/2015
1500212
Servicios
CONTRATACIÓN MAQUETACIÓN IES2014
5.626,50
01/07/2015
1500216
Suministro
ADQUISICIÓN DE TÓNER PARA FAXES E IMPRESORAS DE RED Y
PERSONALES
21.778,79
26/05/2015
1500224
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MENSAJERÍA LOCAL
NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA SEDE DE MADRID DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA.
10.883,95
01/06/2015
1500224
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE MENSAJERÍA LOCAL
NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA SEDE DE MADRID DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA.
10.883,95
01/06/2015
1500238
Obras
OBRAS DE REESTRUCTURACIÓN PUNTUAL Y MEJORA DE LA
ACCESIBILIDAD INTERIOR ENTRE LOS EDIFICIOS DE LA CNMC EN
ALCALÁ 47 Y BARQUILLO 5 DE MADRID
49.627,31
15/07/2015
1500257
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE VIGILANTE CON
ESPECIALIZACIÓN DE ESCOLTA-CONDUCTOR PARA LA COMISIÓN
NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
6.750,06
28/07/2015
1500276
Obras
INSTALACIÓN DE SUELO TÉCNICO EN SALÓN DE ACTOS DE LA
CNMC EN BARQUILLO 5
60.062,71
30/07/2015
1500289
Servicios
CONTRATACIÓN DE ESTUDIO SOBRE EL TIEMPO DE ATENCIÓN EN
LAS OFICINAS DE LA SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y
TELÉGRAFOS SA AÑO 2015
21.126,66
07/07/2015
1500292
Obras
TRABAJOS DE PINTURA EN DESPACHOS DE LOS EDIFICIOS DE LA
CNMC EN MADRID
59.265,80
31/07/2015
ANEXO X-3/3
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2015
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500304
Servicios
INSTALACIÓN DE UN EQUIPO DE CLIMATIZACIÓN EN LA SALA CGBT
DE LA SEDE DE BARCELONA
7.776,98
04/08/2015
1500306
Suministro
SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE REFRIGERACIÓN PORTÁTIL PARA
USO EN DEPENDENCIAS TÉCNICAS DE LA SEDE DE LA CNMC EN
BARCELONA
482,86
30/07/2015
1500314
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DIVERSO DE IMPRENTA PARA LA CNMC
21.767,90
01/09/2015
1500314
Suministro
SUMINISTRO DE MATERIAL DIVERSO DE IMPRENTA PARA LA CNMC
21.767,90
01/09/2015
1500326
Servicios
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS SEDES DE LA COMISIÓN NACIONAL
DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA EN MADRID
21.767,90
01/09/2015
1500327
Servicios
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA SEDE CNMC EN BARCELONA -MENOR
TRANSITORIO-
20.616,66
20/08/2015
1500337
Servicios
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA -
SEGUNDO MENOR TRANSITORIO-
21.695,56
09/09/2015
1500359
Obras
TRABAJOS DE ADECUACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL SÓTANO DEL
EDIFICIO DE LA CNMC
44.502,47
23/11/2015
1500366
Servicios
SERVICIO DE VIGILANTE CON ESPECIALIZACIÓN DE ESCOLTA-
CONDUCTOR PARA LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y
LA COMPETENCIA
13.500,12
28/10/2015
1500384
Servicios
SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA EL PROYECTO
REACONDICIONAMIENTO O TRASLADO DEL CPD DE LA SEDE DE LA
CALLE DE ALCALÁ
21.417,00
15/12/2015
1500393
Servicios
REDACCIÓN MEMORIA TÉCNICA PARA LA REORGANIZACIÓN DE
LOS ESPACIOS A.0 D.01 Y A0 D.O2 EN EL EDIFICIO DE LA CNMC EN
MADRID
3.388,00
13/11/2015
1500411
Obras
REALIZACIÓN DE MEJORAS DE ACONDICIONAMIENTO DE
DIVERSOS ESPACIOS EN LOS EDIFICIOS DE LA CNMC EN MADRID
15.110,26
04/12/2015
ANEXO XI
ANEXO XI-1/2
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
1500357
Servicios
CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE CONSULTORÍA SOBRE EL
PLAN DE ARCHIVOS DE LA CNMC
15.826,32
14/04/2016
1500417
Servicios
SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS
ÍNDICES Y ENCUESTAS QUE MIDAN LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS
DE ATENCIÓN AL CLIENTE
17.787,00
01/02/2016
1500424
Servicios
RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO Y LICENCIAS
DEL SOFTWARE DE GESTIÓN DOCUMENTAL BKM Y MOTOR DE
BÚSQUEDA BRS/SEARCH PARA LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE
INFORMACIÓN DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN CNMC DURANTE
EL EJERCICIO 2016
9.660,23
01/01/2016
1600002
Suministro
RENOVACIÓN LICENCIAS GIS ESRI
13.443,00
11/03/2016
1600007
Servicios
CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE
CLIMATIZACIÓN AIRDATA
7.852,90
09/02/2016
1600011
Servicios
SERVICIO RESUMEN DIARIO DE PRENSA PARA LA CNMC
9.528,75
27/01/2016
1600054
Suministro
SUMINISTRO MATERIAL DE IMPRENTA
10.883,95
07/03/2016
1600054
Suministro
SUMINISTRO MATERIAL DE IMPRENTA
10.883,95
07/03/2016
1600056
Servicios
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN ARQUITECTO PARA
APERTURA DE PUERTAS DE COMUNICACIONES ENTRE PL. 3ª DE
BARQUILLO Y 4ª DE ALCALÁ Y SÓTANOS DE AMBOS EDIFICIOS
4.222,90
09/03/2016
1600096
Servicios
SOPORTE Y MANTENIMIENTO DE LA PLATAFORMA DE FIRMA U
SIGNER
21.713,24
12/04/2016
160070
Suministro
ADQUISICIÓN DE CONSUMIBLES PARA IMPRESORAS Y FAXES
21.778,79
21/03/2016
160111
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE MANTENIMIENTO DE ANTIVIRUS F-
SECURE PARA SERVIDORES Y PUESTOS DE TRABAJO DE LA CNMC
20.573,63
17/05/2016
160156
Suministro
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LÍNEA DE VIDA PARA EL EDIFICIO
DE LA CNMC EN ALCALÁ 47
13.151,73
01/06/2016
ANEXO XI-2/2
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2016
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160166
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE MANTENIMIENTO DE ANTISPAM
IRONPORT
20.541,83
27/06/2017
160194
Servicios
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DE ESCOLTAS -
CONDUCTORES
9.476,41
15/07/2016
160222
Suministro
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DEL SOFTWARE DATADVANTAGE
15.871,57
01/07/2016
160232
Servicios
DISEÑO MAQUETACIÓN E IMPRESIÓN DE LA PUBLICACIÓN CNMC-
COMPETENCIA
10.396,32
05/07/2016
160271
Obras
AMPLIACIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA PARA TOMAS DE VOZ Y
DATOS EN EL SALÓN DE ACTOS DE LA CNMC EN BARQUILLO 5 DE
MADRID
57.894,92
01/08/2016
160275
Servicios
SERVICIO RESUMEN DIARIO DE PRENSA PARA LA CNMC
4.764,98
27/09/2016
160276
Suministro
MINIPCS PARA PRESENTACIONES EN SALAS DE REUNIONES
7.339,62
28/07/2016
160278
Suministro
ADQUISICIÓN DE ACTUALIZACIÓN DE LICENCIAS NUIX
21.150,80
30/07/2016
160280
Obras
AMPLIACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE SUELO TÉCNICO Y
FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE ESTRADO EN EL SALÓN DE
ACTOS DE LA CNMC EN LA CALLE DE BARQUILLO 5 DE MADRID
45.069,46
30/07/2016
160287
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
21.401,68
28/10/2016
160291
Servicios
CLIMATIZACIÓN ZONA SEGURIDAD PLANTA BAJA ALCALÁ
3.610,88
02/09/2016
160292
Servicios
CLIMATIZACIÓN SALAS COMUNICACIÓN EDIFICIO ALCALÁ 47
8.869,30
11/08/2016
160425
Servicios
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COORDINACIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD PARA DIVERSAS OBRAS A REALIZAR EN LA
SEDE DE LA CNMC EN MADRID
1.778,70
06/07/2016
ANEXO XII
ANEXO XII-1/3
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y DE LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
160399
Suministro
RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS GIS DE ESRI
17.000,50
31/01/2017
160407
Suministro
ADQUISICIÓN DE MATERIAL INFORMÁTICO NO INVENTARIABLE
21.719,50
27/01/2017
170005
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
20.760,45
01/02/2017
170006
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
21.645,04
01/03/2017
170007
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
19.253,65
01/04/2017
170008
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
20.992,24
01/02/2017
170025
Servicios
SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
20.310,21
28/01/2017
170042
Servicios
SERVICIO RESUMEN DE PRENSA PARA LA CNMC
4.764,98
27/01/2017
170047
Servicios
CLIMATIZACIÓN DE LAS SALAS DE REUNIONES DE LA PLANTAS 2ª 3ª
Y 5ª Y REPROGRAMACIÓN DEL FANCOIL DE LA SALA DE
SEGURIDAD EN EL EDIFICIO DE LA CNMC EN ALCALÁ 47
12.781,24
25/01/2017
170057
Servicios
PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE LA SUBSANACIÓN DE
DEFICIENCIAS EN LA CUBIERTA DEL EDIFICIO DE ALCALÁ 47
DETECTADAS EN LA ITE
7.381,00
27/02/2017
170069
Suministro
ADQUISICIÓN DE 5 PORTÁTILES PARA INSPECCIONES
21.592,45
06/04/2017
170073
Servicios
PROYECTO BÁSICO Y DE DIRECCIÓN DE OBRA PARA LA
REMODELACIÓN DE LA PLANTA BAJA DEL EDIFICIO DE LA CNMC EN
BARQUILLO 5
4.477,00
30/03/2017
170098
Servicios
CENA INAUGURAL DE LA FSR POSTAL CONFERENCE
7.950,00
25/05/2017
170121
Servicios
SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO ESPECIALIZADO DE LA
APLICACIÓN NEDAES Y DE LA APLICACIÓN WEB PARA LA
EXPLOTACIÓN DE NEDAES
16.577,00
07/04/2017
170135
Servicios
SERVICIOS DE TRADUCCIÓN ACTIVIDAD DIRECCIÓN DE
COMPETENCIA
1.657,12
11/04/2017
ANEXO XII-2/3
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y DE LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170146
Servicios
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN MADRID
6.312,23
28/04/2017
170150
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
19.831,26
01/05/2017
170151
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
6.038,75
01/05/2017
170185
Servicios
CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS AUXILIARES PARA LA SEDE DE
LA CNMC EN MADRID
14.267,79
22/05/2017
170186
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
20.216,33
01/06/2017
170187
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
9.437,13
01/06/2017
170192
Servicios
SERVICIO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y CONDUCCIÓN DE
SEGURIDAD PARA ALTO CARGO DE LA CNMC
7.255,97
01/05/2017
170218-1
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
14.520,00
20/07/2017
170218 - 2 y 3
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA PARA LA SEDE DE LA CNMC EN MADRID
7.247,90
20/07/2017
170228
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CMMC EN MADRID
21.564,09
01/07/2017
170229
Servicios
MANTENIMIENTO INTEGRAL TEMPORAL DE EQUIPOS E
INSTALACIONES DE LA SEDE DE LA CNMC EN BARCELONA
9.176,24
01/07/2017
170230
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA PARA LA SEDE DE LA CNMC EN
BARCELONA
21.767,90
20/07/2017
170240
Servicios
INVESTIGACIÓN MERCADO CALIDAD SERVICIOS ATENCIÓN
CLIENTE
21.538,00
06/09/2017
170248
Suministro
SUMINISTRO DE 20 SILLAS ERGONÓMICAS PARA LA SEDE DE LA
CNMC EN MADRID
11.107,80
28/07/2017
170252
Obras
OBRAS DE CLIMATIZACIÓN PECERAS EDIFICIO CNMC EN ALCALÁ 47
46.731,77
04/09/2017
170306
Servicios
RENOVACIÓN CLIMATIZACIÓN CENTRO DE TRANSFORMACIÓN
ALCALÁ
3.740,90
22/11/2017
170312
Servicios
SUBSANACIÓN DE ANOMALÍAS EN LOS APARATOS ELEVADORES
EN LAS SEDES DE LA CNMC EN MADRID. AÑO 2017
12.797,87
18/10/2017
ANEXO XII-3/3
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y DE LA COMPETENCIA
CONTRATOS MENORES FISCALIZADOS 2017
REFERENCIA
TIPO
OBJETO
IMPORTE
ADJUDICACIÓN
(IVA incluido)
(euros)
FECHA DEL
CONTRATO
170343
Suministro
ADQUISICIÓN DE 30 SILLAS ERGONÓMICAS PARA LA CNMC EN
MADRID
16.661,70
28/11/2017
170346
Servicios
SERVICIO DE MENSAJERÍA NACIONAL PARA LA SEDE DELA CNMC
EN MADRID
21.767,90
01/12/2017
170355
Suministro
ACTUALIZACIÓN DE LAS LICENCIAS DEL SOFTWARE DE GESTIÓN
DOCUMENTAL BKM Y MÓDULOS MULTIMEDIA Y DE DIFUSIÓN AÑO
2018
8.968,52
01/01/2018
170381
Servicios
MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE DE GESTIÓN DE RECURSOS
ELECTRÓNICOS ONELOG PARA EL EJERCICIO 2018
7.460,53
28/12/2017
ALEGACIONES
ALEGACIONES FORMULADAS POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA
COMPETENCIA

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