Dictamen de Consejo de Estado (España) nº 3062/1998 de 10 de Septiembre de 1998

Fecha10 Septiembre 1998

La Comisión Permanente del Consejo de Estado, en sesión celebrada el día 10 de septiembre de 1998, emitió, por unanimidad, el siguiente dictamen:

"En cumplimiento de Orden de V.E. de 30 de junio de 1998, recibida el día 7 de julio siguiente, el Consejo de Estado ha examinado el expediente relativo al proyecto de reformado definitivo al de ampliación y reforma del acuartelamiento de PAMPLONA capital, con destino a la Dirección General de la Guardia Civil, cuyo contrato fue adjudicado a la empresa ...... .

Resulta de antecedentes:

  1. El proyecto de obra de reforma y ampliación de la Comandancia Casa Cuartel de la Guardia Civil en Pamplona fue adjudicado, mediante contratación directa, el día 25 de octubre de 1988, por importe de 1.409.376.411.- ptas. (que representó una baja del 13,20%) a la empresa ...... . El plazo de ejecución de la obra era de 24 meses.

    Se firma el contrato el día 3 de noviembre de 1988, y se suscribe el acta de comprobación de replanteo y autorización de inicio de la obra el día 28 de noviembre de 1988.

  2. Se aprueba el primer reformado el día 1 de diciembre de 1989, por un precio (con igual baja) de 252.293.251.- ptas. ampliándose el plazo de ejecución en cinco meses. Se otorga nueva acta de comprobación del replanteo al efecto el día 12 de diciembre de 1989.

  3. Posteriormente y al deber adoptarse medidas correctoras por ser calificada la actividad como molesta por el Ayuntamiento de Pamplona, y precisarse complemento de la obra para la conducción y acometida del gas, así como para alojamiento de personal, se aprueba un segundo proyecto reformado, previo dictamen del Consejo de Estado (núm.1.380/91, de 31 de octubre de 1991), el día 31 de diciembre de 1991 (con igual baja), por precio de 1.047.399.986.- ptas. El plazo de ejecución es de 19 meses, y se firma nueva acta de comprobación del replanteo el día 27 de enero de 1992.

  4. Finalmente y al apreciarse la conveniencia de alterar la estructura de la obra y habilitar otras plantas, se aprueba un tercer proyecto reformado con fecha 5 de marzo de 1993 por importe de cero pesetas. No consta el otorgamiento de acta de comprobación del replanteo ni contrato al efecto.

  5. Posteriormente se decide reforzar los forjados y cambiar la ubicación de la residencia, redactándose un cuarto proyecto reformado, denominado "proyecto reformado definitivo" por importe de 200.290.140.- ptas. (con igual baja) resultando así :

    - Que el presupuesto total de ejecución asciende a la suma de 3.351.796.991.- ptas., que con la baja indicada supone la cantidad de 2.909.359.788.- ptas.

    - Que resta por abonar la certificación núm. 62 correspondiente al segundo reformado por importe de 12.592.984.- ptas.

    - Que el objeto del proyecto "reformado definitivo" es recoger el estado actual de la obra, así como las variaciones de unidades que se han producido sin esperar a hacerlo en la liquidación provisional, conforme a la cláusula 62 del PGCA.

    - Que la obra está acabada y las dependencias ocupadas, pero pendiente de recepción. Se otorgó acta de comprobación de replanteo en julio de 1996.

  6. En relación al denominado proyecto reformado definitivo consta:

    a/ Que el proyecto fue aprobado el día 30 de marzo de 1998.

    b/ Que la Oficina de Supervisión de Proyectos emite informe favorable el día 24 de marzo de 1997. Indica que se trata de aplicar precios nuevos o contradictorios a una obra ya ejecutada, pero sin las características del expediente de liquidación.

    c/ Que el Servicio Jurídico emite informe favorable el día 6 de agosto de 1997.

    d/ Que está retenido el crédito presupuestario a la aplicación 16.094.222.A.630.02, según certificación de 26 de febrero de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR