Resolución MSP/DTSA/001/2015 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 01-08-2016

Fecha01 Agosto 2016
Número de expedienteMSP/DTSA/001/2015
Tipo de procesoMisión de servicio público CRTVE -MSP-
Actividad EconómicaAudiovisual
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INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO
DE LAS OBLIGACIONES DE SERVICIO
PÚBLICO POR LA CORPORACIÓN DE
RADIO Y TELEVISIÓN ESPAÑOLA Y SU
FINANCIACIÓN
AÑO 2014
27 de julio de 2016
MSP/DTSA/001/15
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INDICE
Capítulo 1. Contexto normativo y objeto del Informe ............................................... 4
1.1 Introducción ......................................................................................................... 4
1.1.1 Contexto normativo en el que se enmarca el presente Informe .................. 4
1.1.2 Objeto del informe ........................................................................................ 9
1.1.3 Habilitación competencial .......................................................................... 10
1.2 Cuestiones previas y metodológicas .................................................................. 10
Capítulo 2. Sistema de Financiación de la CRTVE .................................................. 13
2.1 Evolución del sistema de financiación de la CRTVE ........................................ 13
2.1.1. Ley 17/2006. Financiación Mixta ................................................................ 13
2.1.2 Ley 8/2009. Nuevo sistema de financiación ................................................ 14
2.1.3 Conclusiones del sistema de financiación de la CRTVE y su repercusión en
el ejercicio 2014 .................................................................................................... 20
2.2 Distribución de los gastos de la CRTVE en el año 2014 .................................. 22
2.3 Coste neto de la prestación del servicio público de la CRTVE ......................... 30
2.4 Patrocinios culturales y deportivos y Autopromociones .................................... 30
Capítulo 3. Análisis de las obligaciones de servicio público de la CRTVE .......... 33
3.1 Valores constitucionales y cívicos ...................................................................... 34
3.1.1 Derechos Fundamentales ............................................................................ 34
3.1.2 Pluralismo y participación ............................................................................ 37
3.1.3 Cohesión territorial ....................................................................................... 54
3.1.4 Otros valores constitucionales y cívicos ...................................................... 63
3.2 Protección de menores e integración social ....................................................... 68
3.2.1 Protección de menores ................................................................................ 68
3.2.2 Protección de los derechos de las personas con discapacidad .................. 71
3.2.3 Apoyo a la integración de las minorías y grupos sociales con necesidades
específicas ............................................................................................................ 75
3.3 Promoción cultural .............................................................................................. 77
3.3.1 Promoción cultural de la obra audiovisual europea y, especialmente,
española………………………………………………………………………………….78
3.3.2. Promoción de las artes, la ciencia, la historia y la cultura .......................... 91
3.4 Contenidos programáticos .................................................................................. 95
3.4.1 Contenidos programáticos nacionales ......................................................... 96
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3.4.2 Contenidos programáticos internacionales ................................................ 111
3.4.3 Contenidos programáticos en línea y desarrollo de la sociedad de la
información ......................................................................................................... 115
3.4.4 Objetivos de audiencia .............................................................................. 118
Capítulo 4. Conclusiones ......................................................................................... 130
Relación de anexos .................................................................................................. 147
Anexo 1 Caracterización de los prestadores del Servicio público en Reino Unido,
Alemania y Francia
............................................................................................... 148
Anexo 2
Listado y concreción de los reportajes de Informe Semanal en el año 2014
con temática política ............................................................................................... 153
Anexo 3 Relación de invitados a “Los Desayunos”
............................................ 154
Anexo 4 Informe anual 2014 del Defensor del espectador de RTVE
................ 159
Anexo 5 Programación Responsable de la CRTVE (2013)
............................... 163
Anexo 6 Actividad editorial desarrollada en 2014
............................................... 164
Anexo 7 Actividad de la Orquesta y Coro de RTVE en 2014
............................. 168
Anexo 8 Festivales apoyados por RNE
............................................................... 172
Anexo 9 Convenios suscritos por la CRTVE en 2014 con entidades y
organismos públicos, privados, nacionales e internacionales
........................... 173
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Capítulo 1. Contexto normativo y objeto del Informe
1.1 Introducción
1.1.1 Contexto normativo en el que se enmarca el presente Informe
1.1.1.1 Noción de servicio público
El concepto de servicio público audiovisual ha ido evolucionando de forma muy
significativa en las últimas décadas. La ruptura de los monopolios audiovisuales
europeos, la multiplicación progresiva de las ofertas de televisión y la
emergencia de potentes grupos privados de comunicación, así como los
profundos cambios tecnológicos y socioculturales, han obligado a
modificaciones legislativas sustanciales, tanto en el ámbito comunitario como
nacional. .
Entre las iniciativas europeas más importantes a este respecto debe
destacarse el Protocolo sobre el sistema de radiodifusión pública, adoptado
por los Estados miembros de la Unión Europea junto con el Tratado de
Ámsterdam en 1997 (en adelante, Protocolo de Ámsterdam), así como las
Comunicaciones de la Comisión Europea sobre la aplicación de las normas en
materia de ayudas estatales a los servicios públicos de radiodifusión de 2001 y
2009. En ellas, la Comisión Europea fija los criterios que debe cumplir la
definición de servicio público y establece la necesidad de que los Estados
miembros fijen mecanismos de control eficaces que garanticen el efectivo
cumplimiento de las misiones de servicio público.
En relación con el primero de estos objetivos, las citadas disposiciones de la
Comisión establecen que compete a cada Estado miembro la definición de
misión de servicio público, si bien esta competencia deberá ser ejercida
teniendo en cuenta el concepto comunitario de “servicio de interés económico
general”.
La citada definición de misión de servicio público deberá ser, según recoge la
Comunicación de la Comisión Europea de 2009, tan “concreta como sea
posible” y no dejará ninguna duda sobre si el Estado miembro pretende que se
incluya como parte de la misión de servicio público determinada actividad
realizada por el operador al que se encomienda dicha misión. El tratamiento
diferenciado que la normativa comunitaria otorga a las entidades encargadas
de funciones de servicio público
1
estará asimismo condicionado, tal y como
indica la Comunicación de 2009, a la existencia de una “definición clara y
precisa de las obligaciones impuestas al organismo público de radiodifusión”.
Siguiendo las líneas marcadas por la Comisión, el artículo 40.1 de la Ley
7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual (en adelante,
Ley Audiovisual) define el servicio público de comunicación audiovisual como
aquel servicio esencial de interés económico general que tiene como misión
difundir contenidos que fomenten los principios y valores constitucionales,
1
régimen aplicable en materia de ayudas estatales.
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contribuir a la formación de una opinión pública plural, dar a conocer la
diversidad cultural y lingüística de España, y difundir el conocimiento y las
artes, con especial incidencia en el fomento de una cultura audiovisual.
Asimismo los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual
atenderán a aquellos ciudadanos y grupos sociales que no son destinatarios de
la programación mayoritaria.
Conforme al citado artículo 40.1, el servicio público de comunicación
audiovisual tiene por objeto la producción, edición y difusión de un conjunto de
canales de radio, televisión y servicios de información en línea con
programaciones diversas y equilibradas para todo tipo de público, cubriendo
todos los géneros, destinados a satisfacer las necesidades de información,
cultura, educación y entretenimiento de la sociedad y a preservar el pluralismo
en los medios de comunicación.
1.1.1.2 Control del cumplimiento de la misión de servicio público
La Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal
(en adelante, Ley 17/2006) regula el servicio público de radio y televisión de
titularidad del Estado y establece el régimen jurídico de las entidades a las que
se encomienda la prestación de dichos servicios públicos.
Según recoge la Exposición de Motivos de la Ley 17/2006, la misma tiene
como principal objetivo dotar a la radio y a la televisión de titularidad estatal de
un régimen jurídico que garantice su independencia, neutralidad y objetividad,
estableciéndose para tal fin, estructuras organizativas que garanticen el
cumplimiento de su función de servicio público con eficacia, calidad y
reconocimiento público.
A tal fin, se crea la Corporación de Radio y Televisión Española (en adelante,
CRTVE) a la que se le encomienda la gestión del servicio público de la radio y
televisión de ámbito estatal, otorgándose a este organismo autonomía en su
gestión y capacidad de actuar con independencia funcional respecto del
Gobierno y de la Administración General del Estado.
Por otra parte, para garantizar el cumplimiento efectivo de la misión de servicio
público, la Ley 17/2006 establece un doble mecanismo de control externo:
por un lado, el que debe realizar el Parlamento y, por otro lado, el que debe
llevar a cabo una autoridad audiovisual independiente, dotándoles a su vez de
unos instrumentos de control para llevar a cabo el ejercicio de estas
funciones.
(i) Control parlamentario.
El artículo 39 de la Ley 17/2006 somete la actuación de la CRTVE y sus
sociedades a un control parlamentario, que será ejercido por las Cortes
Generales. En particular, las Cortes Generales deben velar especialmente por
el cumplimiento de las funciones de servicio público que la CRTVE tiene
encomendadas.
A estos efectos, se establece que la CRTVE debe remitir, con carácter anual, a
las Cortes Generales un informe referido a la ejecución de los Contratos-
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Programas y del Mandato-Marco
2
, así como una memoria sobre el
cumplimiento de la función de servicio público que tiene encomendada, referida
al conjunto de sus actividades, programaciones, servicios y emisiones.
En cumplimiento de este mandato, la Comisión Mixta de Control Parlamentario
de la Corporación de RTVE y sus Sociedades
3
, creada a estos efectos, ha
venido aprobando, desde el año 2007 y hasta el año 2013, una serie de
Resoluciones en las que se analizan las memorias anuales presentadas por la
Corporación RTVE y se insta a este organismo a adoptar diversas
modificaciones.
Por otro lado, la Comisión Parlamentaria de las Cortes dispone de otra serie de
prerrogativas, como la facultad de pedir la comparecencia mensual del
Presidente y del Consejo de Administración de la CRTVE (art. 54 del Mandato
Marco). En este sentido, durante el año 2014, se realizaron un total de ocho
comparecencias. Teniendo en cuenta que en ese año se produjo la dimisión del
Presidente, un mes de interinidad y la posterior toma de posesión del nuevo
gestor, la cadencia de comparecencias se mantuvo como en las etapas de
normalidad institucional (una vez al mes, durante los periodos de sesiones).
(ii) Control por la autoridad audiovisual.
La Ley 17/2006 atribuye a una autoridad audiovisual, independiente y cuya
actuación debe ser autónoma respecto de las Administraciones Públicas, la
función de supervisar el cumplimiento de la misión de servicio público de radio
y televisión por parte de la CRTVE, para lo que podrá adoptar las
recomendaciones o resoluciones legalmente previstas.
A tal fin, la Ley 17/2006 habilita a la autoridad audiovisual para requerir a la
CRTVE y a sus sociedades los datos e informes necesarios para el ejercicio de
esta función
4
.
La Ley 17/2006 no vino a concretar con más detalle el rol de la autoridad
audiovisual, posiblemente por el hecho de que la misma se tramitó en paralelo
con un proyecto de Ley Audiovisual y otro de creación del Consejo Estatal de
Medios Audiovisuales que venían a materializar el sistema de doble control
aquí enunciado.
En concreto, el proyecto relativo a la creación del Consejo Estatal de Medios
Audiovisuales establecía como función de dicho organismo la de “Ejercer las
2
En los epígrafes siguientes se analiza en detalle el contenido del Mandato-Marco y los Contratos-
Programas.
3
El Pleno del Senado, en su sesión del día 20 de febrero de 2007, y la Mesa del Congreso de los
Diputados, en su reunión del día 27 de febrero de 2007, previa audiencia de la Junta de Portavoces,
acordaron la creación de la Comisión Mixta Congreso de los Diputados-Senado de Control Parlamentario
de la Corporación RTVE y sus Sociedades. Esta Comisión se regirá por las reglas de funcionamiento
aprobadas por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado y, en su defecto, por el
Reglamento de la Cámara donde se encuentre su sede.
4
A su vez, el artículo 28.4 y el 32.3 de la Ley 17/2006 establecen la necesidad de que la autoridad
audiovisual informe tanto las directrices acordadas por el Consejo de Administración de la CRTVE para el
ejercicio del derecho de acceso, así como de informar al Gobierno sobre el proyecto de Mandato-Marco.
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funciones relativas al servicio público de radio y televisión de titularidad estatal
conforme a su normativa reguladora. A tal fin podrá dictar resoluciones
vinculantes, velará por el cumplimiento del Código de Conducta Comercial y
elaborará un informe anual en el que evaluará el grado de cumplimiento
de la función de servicio público y su financiación”.
A este respecto también se debe tener en cuenta lo señalado en la
Comunicación de la Comisión Europea sobre la aplicación de las normas en
materia de ayudas estatales a los servicios públicos de radiodifusión del año
2009, en relación con la necesidad de que los Estados miembros garanticen el
control del cumplimiento de las misiones de servicio público por un organismo
independiente, con capacidad y los recursos necesarios para llevar a cabo este
control con regularidad y que además tenga capacidad sancionadora:
“En consonancia con el Protocolo de Ámsterdam, incumbe a los Estados
miembros elegir el mecanismo destinado a garantizar un control eficaz del
efectivo cumplimiento de las obligaciones de servicio público que les permita
desempeñar sus tareas a tenor del artículo 86.2. Este control sólo resultará
eficaz si lo efectúa un organismo realmente independiente de la dirección del
organismo público de radiodifusión, que cuente con la capacidad y recursos
necesarios para llevar a cabo el control con regularidad y que dé lugar a la
imposición de medidas apropiadas que sean necesarias para garantizar el
cumplimiento de las obligaciones de servicio público”.
En consonancia con todo lo anterior, la Ley 7/2010, vino a ratificar y reforzar el
mecanismo de doble control que ya había sido instaurado, extendiendo el
mismo al nivel autonómico y local. En este sentido el artículo 41.2 establece
que “Corresponde a las Cortes Generales, los Parlamentos autonómicos, las
autoridades audiovisuales competentes y, en su caso, a los órganos de
gobierno local, el control de la gestión y del cumplimiento de la función de
servicio público
5
.
Tal y como establece la Ley Audiovisual, la autoridad audiovisual deberá
establecer un procedimiento para que se pueda recabar su intervención en
caso de incumplimiento de la función de servicio público. La Ley Audiovisual
habilita, por otra parte, a las autoridades audiovisuales competentes a evaluar
si los nuevos servicios significativos que se pretendan incluir se ajustan a la
misión de servicio público encomendada y si alteran la competencia en el
mercado audiovisual
6
.
A pesar de este marco normativo, la inexistencia de una autoridad audiovisual
hasta la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
7
determinó que las funciones de supervisión y vigilancia del cumplimiento de las
5
A tales efectos, la Ley Audiovisual creó la figura del Conse jo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA) al
que atribuía la función en su artículo 47 de “i) Vigilar el cumplimiento de la misión de servicio de los
prestadores del servicio público de comunicación audiovisual y la adecuación de los recursos públicos
asignados para ello” Este organismo sin embargo nunca llegó a constituirse.
6
Artículo 41.3 de la Ley General de Comunicación Audiovisual.
7
La CNMC ha asumido las funciones que estaban previstas en la Ley Audiovisual para el CEMA.
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obligaciones de servicio público no se pudieran llevar a cabo de forma efectiva.
Por lo tanto, será sobre el ejercicio 2014 cuando por primera vez se ejerzan
dichas funciones por una autoridad audiovisual de ámbito estatal
8
.
(iii) Instrumentos de control.
Una vez analizadas las competencias atribuidas por la normativa sectorial a las
Cortes Generales y a la CNMC, se procede a examinar los instrumentos de
control que la normativa audiovisual prevé para poder ejercer esta labor de
control con eficacia.
En este sentido cabe indicar que el sistema de servicio público introducido en la
Ley 17/2006, y que se mantiene con la Ley 7/2010, basa su desarrollo y
control, principalmente, en dos figuras: el Mandato-Marco y los Contratos-
Programas.
El Mandato-Marco tiene por objeto concretar los objetivos generales que debe
cumplir la CRTVE, por un periodo de 9 años. El Mandato-Marco actualmente
en vigor fue aprobado por los Plenos del Congreso de los Diputados y del
Senado, el 11 y 12 de diciembre de 2007, respectivamente.
De forma complementaria, el Gobierno y la CRTVE debían suscribir de forma
trianual los Contratos-Programa donde se especificasen dichos objetivos
generales para todos y cada uno de los canales gestionados por la CRTVE
9
A este respecto, la Ley 17/2006 establece que estos instrumentos deberán
identificar de manera expresa los contenidos de servicio público y los
porcentajes de géneros de programación que deben emitirse en los canales
gestionados por el prestador público, delimitando asimismo los recursos
asignados a su cumplimiento (artículo 32).
Dado que a la fecha de entrada en vigor de la Ley 7/2010 no había sido
suscrito aún ningún Contrato-Programa, la misma dispone expresamente en su
artículo 41 que en el plazo máximo e improrrogable de 180 días desde la
entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno suscribirá con la Corporación RTVE
el contrato programa correspondiente en el que se detallará la oferta de
televisión.
Asimismo, en la citada Ley se establecen determinadas exigencias que deben
incorporarse en los Contratos-Programa:
- La oferta de televisión deberá tener en cuenta las obligaciones de servicio
público previstas en los artículos 2 y 3 de la Ley 17/2006, en el artículo 9 de
la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de Financiación de la Corporación de Radio
8
Si bien el Consejo Audiovisual de Cataluña ha analizado y publicado el cumplimiento de las misiones de
servicio público, en el ámbito de Cataluña, en los años 2011, 2012, 2013 y 2014. Por su parte, el Consejo
Audiovisual de Andalucía aprueba estudios trimestrales y anuales sobre el pluralismo político en las
televisiones públicas de Andalucía.
9
Específicamente, el artículo 25.2 de la Ley 17/2006 establece que “El contrato-programa, de acuerdo
con las líneas estratégicas del mandato marco establecerá los objetivos y obligaciones específicas que
deben cumplir los diferentes canales de radio y televisión, y servicios conexos e interactivos así como sus
programaciones”.
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y Televisión Española, y en las disposiciones vigentes del Mandato-Marco
de la CRTVE.
- Deberá quedar especificada y singularizada la organización y programación
de la 2 de RTVE que, en todo caso, dispondrá de un plan concreto para la
creación del centro de producción de referencia en Sant Cugat.
- Además de la oferta de televisión, en el Contrato-Programa se incluirá la
oferta de radio, de los servicios conexos e interactivos y de información en
línea, la programación de la Orquesta y Coro de RTVE y del Instituto de
Radio y Televisión Española.
A pesar de las citadas previsiones, y trascurridos más de 8 años desde la
aprobación del Mandato-Marco, todavía no se cuenta con el primero de los
citados Contratos-Programas.
Como no puede ser de otra manera, la ausencia de alguno de los instrumentos
que la normativa audiovisual contempla para el adecuado cumplimiento por la
CRTVE de sus obligaciones en materia de servicio público condiciona el
margen de actuación de esta Comisión a la hora de elaborar el presente
Informe. En particular, la verificación de la adecuación de los recursos públicos
utilizados por la CRTVE, así como de algunas de las obligaciones impuestas a
la CRTVE, no pueden llevarse a cabo de manera suficientemente exhaustiva.
Debe resaltarse además que, como se pondrá de manifiesto a lo largo de este
informe, muchas de estas obligaciones no son fáciles de evaluar de manera
objetiva, porque se trata en muchos casos de valores intangibles. Aunque los
organismos internacionales, especialmente la Unión Europea de Radiodifusión,
han tratado de buscar sistemas que procuraran medir la eficacia en el
cumplimiento de las obligaciones de servicio público, a día de hoy no existe
ninguna fórmula homologada que se haya podido aplicar para la evaluación de
objetivos cualitativos como la difusión de la cultura, la protección del menor, el
fomento de la igualdad o la consolidación de los valores democráticos o
constitucionales.
En todo caso, la ausencia de los citados instrumentos de control no impide,
aunque dificulta, la posibilidad de verificar por parte de esta Comisión el
cumplimiento de un amplio número de obligaciones que están definidas en la
normativa con mayor precisión y que deben ser objeto de control.
1.1.2 Objeto del informe
Teniendo en cuenta el mandato que la normativa sectorial confía a esta
Comisión, el objeto de este informe es el análisis y monitorización del nivel de
cumplimiento por parte de la Corporación de Radio y Televisión Pública Estatal
de su misión y obligaciones de servicio público y la adecuación de los recursos
asignados para cumplir estos objetivos, tal y como aparecen recogidas en su
normativa reguladora.
En el informe se abordan por lo tanto dos ámbitos de la misión de servicio
público íntimamente relacionados, como son el sistema de financiación de la
Corporación y el análisis de la misión y obligaciones de servicio público
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encomendadas a la Corporación en la Ley 17/2006, en el Mandato-Marco y en
1.1.3 Habilitación competencial
De conformidad con el artículo 1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante,
LCNMC), esta Comisión “tiene por objeto garantizar, preservar y promover el
correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia
efectiva en todos los mercados y sectores productivos, en beneficio de los
consumidores y usuarios”.
En este sentido, el apartado 8 del artículo 9 de la LCNMC, relativo a la
competencia de supervisión y control en materia de mercado de la
comunicación audiovisual”, señala que la CNMC vigilará “el cumplimiento de la
misión de servicio público encomendada a los prestadores del servicio público
de comunicación audiovisual de ámbito estatal, así como la adecuación de los
recursos públicos asignados para ello, de acuerdo con lo dispuesto en el Título
IV de la de la Ley 7/2010, de 31 de marzo”.
Esta función se concreta en el control del cumplimiento de las obligaciones
establecidas en el Título IV de la LGCA y en el resto de obligaciones de
servicio público que tiene encomendadas la CRTVE, para lo que esta Comisión
puede adoptar las recomendaciones o resoluciones que resulten necesarias
(artículo 40 de la Ley 17/2006 y artículo 41.2 de la Ley Audiovisual).
Por tanto, de conformidad con todo lo anterior, esta Comisión es competente
para realizar el presente informe, en el que se analiza el grado de cumplimiento
de la misión de servicio público por parte de la Corporación de Radio y
Televisión Española.
1.2 Cuestiones previas y metodológicas
El control de la misión de servicio público radio televisivo por parte de una
Autoridad Audiovisual Independiente es un requisito esencial para garantizar el
efectivo cumplimiento de dicha misión.
Como ya se ha indicado, este control externo fue expresamente reconocido en
la Ley 17/2006 de Radio y Televisión Pública como una garantía necesaria de
verificación y seguimiento de las obligaciones de servicio público de la CRTVE.
No obstante, a pesar de dicha previsión, la no existencia de una Autoridad
Audiovisual Independiente, ha supuesto que dicho control no se haya llevado a
cabo en ningún momento a nivel estatal.
Por tanto, esta es la primera vez que, a nivel estatal y desde la instauración de
la democracia en España, la CRTVE somete el cumplimiento de sus
obligaciones de servicio púbico a una Autoridad Audiovisual Independiente del
Gobierno y de la propia Corporación, como es la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia.
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El hecho de ser la primera vez que se elabora un documento de estas
características tiene una significativa relevancia, dado que el mismo servirá de
referente para la elaboración de futuros análisis relativos al grado de
cumplimiento de las obligaciones de servicio público, tanto en lo referente a la
metodología de evaluación en los diferentes apartados y las fuentes que deben
utilizarse, como en lo relativo a los procesos de investigación necesarios y los
recursos aplicables para la realización de estas tareas.
Es necesario insistir en que la elaboración del presente Informe se ha visto
limitada por el hecho de que aún faltan por concretarse algunos de los
instrumentos que la normativa audiovisual establece como esenciales para un
adecuado cumplimiento por la Corporación de sus obligaciones y que, a su vez,
son necesarios para verificar su cumplimiento por esta Comisión. En concreto
nos referimos a la falta de Contratos-Programas que deberían “incluir un
sistema de indicadores no sólo de gestión sino también de servicio público y
calidad audiovisual”, debiendo ser estos indicadores “parámetros objetivamente
cuantificables”.
A tenor de lo establecido en el artículo 9.8 de la LCNMC, el ámbito
competencial de esta Comisión comprende dos funciones relacionadas pero
independientes entre sí, por un lado, “el cumplimiento de la misión de servicio
público encomendada a los prestadores del servicio público de comunicación
audiovisual de ámbito estatal” y, por otro, “la adecuación de los recursos
públicos asignados para ello”; todo ello, “de acuerdo con lo dispuesto en el
Título IV de la de la Ley 7/2010, de 31 de marzo”.
Cabe indicar que, para ejercer la primera de estas funciones, es decir, la
verificación del cumplimiento de las misiones de servicio público, la inexistencia
de contrato programa no impide, aunque dificulta, a esta Comisión llevar a cabo
su cometido, dado que cuenta con las definiciones establecidas en el artículo 3
de la Ley 17/2006, posteriormente desarrolladas en el Mandato-Marco, de las
que se puede establecer una aproximación del nivel de cumplimiento de cada
una de las misiones concretas encargadas a la CRTVE.
Respecto a la asignación de los recursos de la CRTVE, la ausencia de los
Contratos-Programas limita especialmente el análisis de esta Comisión, ya que
éstos son el instrumento legalmente previsto para verificar el destino de la
subvención del Estado a la prestación del servicio público de radio y televisión,
para cuantificar y evaluar los medios empleados para adaptar los objetivos
acordados a las variaciones del entorno económico y para verificar la
adecuación de los recursos públicos utilizados por la CRTVE Por ello, en este
primer informe y ante la ausencia de estos instrumentos, el análisis de esta
segunda función no puede llevarse a cabo con la intensidad apropiada. Como
es bien sabido la dimensión de las empresas públicas de radio y televisión,
condiciona el grado de complejidad de las obligaciones y el nivel de tolerancia
en el cumplimiento de los objetivos exigidos. En el Anexo I de este informe
pueden observarse las diferencias en los presupuestos y las plantillas de las
empresas de algunos estados europeos como Alemania, Francia o el Reino
Unido.
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A las anteriores limitaciones debe añadirse la falta de herramientas con las que
cuenta a día de hoy la CNMC para realizar un análisis cualitativo sobre
determinadas obligaciones, como es la de garantizar una información objetiva,
veraz y plural. A tales efectos se considera necesario que desde esta Comisión
se impulse un proceso para la implantación de una metodología que permita en
ejercicios futuros llevar a cabo un análisis cualitativo que proporcione una
visión integral del cumplimiento de esta misión por la CRTVE.
Asimismo cabe indicar que, ante la falta de referencia anterior para la ejecución
del presente informe, esta Comisión se ha valido de la experiencia de otros
reguladores en este ámbito, tanto a nivel internacional (Office of
Communications, Conseil Superior de l’Audiovisuel, etc) como a nivel nacional
(Consejo Audiovisual de Cataluña). Este último realizó su primer informe de
control de servicio público en el año 2011 con limitaciones similares a las que
ahora tiene que hacer frente esta Comisión.
Por último, debe abordarse la estructura metodológica utilizada para la
elaboración del presente informe.
En cuanto a la estructura del Informe, el análisis del grado de cumplimiento de
las misiones y obligaciones de servicio público viene precedido de un capítulo
dedicado al sistema de financiación de la Corporación donde se describe, de
manera general, el sistema que estableció en un primer momento la Ley
17/2006 y que modificó con posterioridad la Ley 8/2009, y las deficiencias a
que ha dado lugar en su evolución. No se trata aquí de juzgar la adecuación de
los recursos públicos asignados sino sólo de poner sobre la mesa cómo la
inestabilidad financiera de la Corporación viene a dificultar, en ocasiones, el
cumplimiento mismo de las obligaciones de servicio público.
Para poder llevar a cabo el análisis y monitorización del nivel de cumplimiento
de las obligaciones de servicio público, encomendadas a la CRTVE, esta
Comisión se ha valido de datos recopilados por diversas vías.
La mayor parte de los datos presentados en este Informe han sido aportados
por la propia CRTVE, dando así contestación al requerimiento de información
remitido por la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la
CNMC. En el citado requerimiento, se solicitó a la CRTVE toda aquella
información considerada esencial para examinar el grado de cumplimiento de
estas obligaciones de servicio público.
Además de lo anterior, esta Comisión ha obtenido datos de otras fuentes de
información, como pueden ser los relacionados con la audiencia, accesibilidad,
emisión de obra europea, etc.
En aquellos ámbitos en los que se han tenido en cuenta datos obtenidos a
través de medios distintos al requerimiento se ha referenciado este hecho de
forma expresa, indicando a su vez la fuente de donde procede.
En futuros informes se ampliarán las fuentes de datos y se tratará de
completar, a través de medios propios, aquellos apartados que requieran
verificaciones cruzadas de las informaciones aportadas por la CRTVE.
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Del análisis de cada una de las obligaciones se extraerán unas conclusiones
sobre el grado de cumplimiento de las mismas y, en caso de ser necesario, se
efectuarán unas recomendaciones con el objetivo de mejorar en los niveles de
cumplimiento de las obligaciones de servicio público.
Capítulo 2. Sistema de Financiación de la CRTVE
2.1 Evolución del sistema de financiación de la CRTVE
2.1.1. Ley 17/2006. Financiación Mixta
La reforma del régimen jurídico de la Radio y Televisión pública que supuso el
tránsito del Estatuto de la Radio y Televisión de 1980 a la actual Ley 17/2006
fue consecuencia de una variedad de factores que exigían un cambio y una
redefinición global del modelo público.
En este sentido, el sistema de financiación del Estatuto de 1980 se había
revelado totalmente ineficiente principalmente por dos cuestiones. Por un lado,
estaba previsto para un momento en el que la Radio y Televisión pública no
tenía competencia en el mercado, es decir, no se previó la aparición de las
televisiones privadas. Por otro lado, RTVE empezó en la década de los noventa
a acumular un déficit estructural, convertido en deuda avalada por el Estado.
Esta deuda creciente llegó a ser insostenible
10
, generando una carga financiera
anual de elevada cuantía y, en suma, revelando un modelo inapropiado de
financiación.
Además, se identificaron determinadas ineficiencias estructurales relativas a la
configuración, gestión y control del Ente Público, que unidas a las críticas
sistemáticas sobre la posible falta de independencia, llevaron al Gobierno en el
año 2004 a iniciar el proceso de redefinición y transformación del Ente Público
tanto desde un punto de vista interno estructural como material en relación con
la definición y ámbitos del servicio público. En ese contexto, se encomendó a
un grupo de expertos la definición del modelo, con las obligaciones de servicio
público y los mecanismos para preservar la independencia de la radio y
televisión pública estatal.
Desde el punto de vista financiero, la Ley 17/2006 nació con el objeto de
garantizar una gestión económica ordenada y sostenible de la nueva
Corporación RTVE. Así, estableció un sistema de financiación mixto, basado en
el otorgamiento de una subvención pública y en la obtención de ingresos
derivados de su actividad comercial, principalmente publicidad.
El sistema diseñado por la Ley 17/2006 otorgaba un papel fundamental al
contrato-programa desde un punto de vista presupuestario y como garantía
para el efectivo cumplimiento de la misión de servicio público. Este instrumento
10
De conformidad con el Informe para la reforma de los medios de comunic ación de titularidad pública del
Estado de febrero de 2005, elaborado por el Consejo creado al efecto, según el Real Decreto 744/2004,
de 23 de abril, se estimaba que la deuda de la RTVE en el año 2003 ascendía a 6.224 M€.
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debía determinar las aportaciones anuales a la CRTVE con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio, el modo de adaptar los
objetivos acordados a las variaciones del entorno económico, los efectos
derivados de posibles incumplimientos, y el control de su ejecución y de los
resultados derivados de su aplicación.
Como garantía del control presupuestario de la CRTVE, la Ley 17/2006 exigía
la instauración de un sistema de contabilidad analítica que asegurase la
transparencia financiera de la CRTVE y que permitiera determinar el coste neto
de las obligaciones de servicio público impuestas. Además, concretaba que el
control económico-financiero se llevaría a cabo por la Intervención General de
la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.
Por último, la Ley 17/2006 para evitar la situación que había vivido el servicio
público con anterioridad, limitaba el recurso al endeudamiento por parte de la
CRTVE. Así, la CRTVE sólo podría recurrir a esta figura para la financiación de
sus inversiones en inmovilizado material e inmaterial y para atender desfases
temporales de tesorería.
El Mandato-Marco, siguiendo el modelo diseñado en la Ley 17/2006, dedica su
Capítulo V a las obligaciones financieras de la CRTVE desarrollando los
principios de la Ley.
En este Capítulo se especifica el papel del contrato-programa como garantía de
la independencia de la CRTVE desde un punto de vista presupuestario para
dotar a la CRTVE de un modelo de financiación ajustado, estable y suficiente
para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Mandato-Marco.
No obstante, el sistema de financiación diseñado por la Ley 17/2006 no estuvo
en práctica durante mucho tiempo, dado que a finales del 2009 éste fue
modificado.
2.1.2 Ley 8/2009. Nuevo sistema de financiación
El sistema de financiación que la Ley 17/2006 había diseñado para la CRTVE
11
sufrió una modificación drástica a raíz de la aprobación de la Ley 8/2009 dado
que pasó del sistema de financiación mixto anteriormente señalado, a una
financiación que depende exclusivamente de ingresos no publicitarios.
El abandono de la publicidad por la CRTVE se justificó en la Exposición de
Motivos de la Ley 8/2009 como un método para “garantizar la estabilidad en
sus ingresos y, en consecuencia, favorecer el equilibrio presupuestario
evitando riesgos para el mantenimiento de la prestación del servicio público
encomendado. Este objetivo permite asimismo reforzar la independencia del
servicio público frente a consideraciones de mercado que pudieran afectar a la
prestación del servicio encomendado y facilita la determinación de la
compensación a RTVE para poder cubrirlo”.
11
Como es conocido, otros países de nuestro entorno han optado por la financiación, total o parcial, a
través de un c anon que pagan directamente los hogares. En el Anexo 1 se realiza una breve descripción
de tres ejemplos significativos, referidos a los casos de Reino Unido, Alemania y Francia. Otros sistemas,
más alejados del contexto español como el de la PBS en Estados Unidos, también utilizan, parcialmente,
un sistema de aportaciones privadas en forma de donaciones como vía de financiación.
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Además de los motivos expuestos en la Ley 8/2009, un cambio tan relevante
en uno de los pilares de la norma aprobada solo tres años antes, debe ponerse
también en relación con la grave crisis por la que atravesaban las empresas de
comunicación en general, y las de televisión en particular, como consecuencia
de la notable reducción de la inversión publicitaria en el contexto de una
incipiente crisis económica
12
.
Antes de la entrada en vigor de la Ley 8/2009, estaba prevista
13
una supresión
paulatina de la dependencia de la CRTVE de la publicidad, reduciéndose el
número de minutos publicitarios cada año de tal manera que este cambio no
supusiera un viraje drástico en la gestión de la CRTVE. De hecho las Leyes de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2008 y para el 2009 redujeron
un minuto publicitario, cada una de ellas, situándose en el momento de la
aprobación de la Ley 8/2009 el tope máximo de emisión publicitaria para la
Corporación en diez minutos por hora de reloj.
No obstante, la Ley 8/2009 estableció una renuncia definitiva e inmediata a los
ingresos publicitarios, que en ese año se habrían aproximado a los 480
millones de euros, y pasó a un sistema único de financiación basado,
eminentemente, en ingresos públicos.
En este sentido, el artículo 2 de la Ley 8/2009 señala que la CRTVE se
financiará, principalmente, aunque no en exclusiva
14
, con los siguientes
recursos:
Una compensación por el cumplimiento de las obligaciones de servicio
público consignadas en los Presupuestos Generales del Estado.
Un porcentaje sobre el rendimiento de la tasa por reserva del dominio
público radioeléctrico, regulada en la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General
de Telecomunicaciones.
Y con la recaudación de una “aportación económica” que deben realizar
determinados operadores de telecomunicaciones y las sociedades
concesionarias y prestadoras del servicio de televisión.
El presupuesto de la CRTVE, de conformidad con el artículo 3 de la Ley
12
La eliminación de la publicidad de TVE obligó a un replanteamiento del model o de gestión, que se
complicó por la dimisión del Presidente de la CRTVE, en desacuerdo con el método seguido para esta
modificación del sistema de financiación de la Corporación.
13
Como se recoge en la Exposición de motivos de la Ley 8/2009, el artículo 32.2 de la Ley 17/2006
establece que “el contrato-programa deberá incorporar restricciones adicionales a las establecidas con
carácter general en la Ley 25/1994 de 12 de julio, para la emisión de publicidad televisiva”. Esta previsión
de restricciones adicionales se reitera en el mandato-marco para la CRTVE aprobado por las Cortes en
diciembre de 2007 (art. 42.2.e). Dado que no se llegó a aprobar el primer contrato-programa de la
Corporación, fueron las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2008 y para 2009 las que
incluyeron sendas reducciones publicitarias de un minuto.
14
Además de los citados, la CRTVE puede financiarse: e) Los ingresos obtenidos por los servicios que
presten y, en general, por el ejercicio de sus actividades, en los términos establecidos en esta ley, f) Los
productos y rentas de s u patrimonio, g) Las aportaciones voluntarias, subvenciones, herencias, legados y
donaciones, h) Los ingresos procedentes de las operaciones de crédito que concierten, dentro de los
límites establecidos en el artículo 31 de la Ley 17/2006, de 5 de junio e i) Cualesquiera otros de derecho
público o de derecho privado que les puedan ser atribuidos por cualquiera de los modos establecidos en
el ordenamiento jurídico.
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8/2009, estaba fijado para los años 2010 y 2011 en 1.200 MM€, operando
también como límite de gasto. Para el bienio 2012-2014 el crecimiento no
podría ser superior al 1% anual. A partir del ejercicio 2014 el crecimiento, en su
caso, se acomodaría a la previsión de incremento del índice general de precios
al consumo para el año de referencia. En contraste con lo anterior hay que
destacar que, como se verá a continuación, para el ejercicio 2012 se produjo
una reducción en la dotación presupuestaria de la subvención del Estado a la
Corporación de unos 200 MM€, seguida de otra reducción de 50 MM€ en 2013.
Junto a esta profunda modificación financiera, la Ley 8/2009 vino a establecer
un nuevo elenco de obligaciones de servicio público a cumplir por la CRTVE sin
que la asunción de las mismas supusiera un aumento de su presupuesto.
Como se puede ver en el siguiente cuadro, desde la instauración plena del
nuevo sistema de financiación en el año 2010, la CRTVE ha venido teniendo un
resultado negativo en sus cuentas. Cabe pues adelantar que las sucesivas
normas no parecen haber alcanzado los objetivos fundamentales que
pretendían: proporcionar un modelo financiero sólido y un marco estable que
facilitaran una gestión eficiente de la CRTVE, preservando su independencia y
garantizando el cumplimiento riguroso de los objetivos de servicio público
encomendados. De hecho, en el año 2011 había dimitido el segundo
presidente de la Corporación, y durante casi un año los miembros del Consejo
de Administración tuvieron que turnarse para cubrir de forma interina la
presidencia hasta el nombramiento de un nuevo gestor. En 2014, año objeto de
este informe, dimitió el tercer presidente de la CRTVE.
Tabla 1. Evolución del presupuesto de la CRTVE año 2010-2014
(Expresado en millones de euros)
Año
Ingresos
reales
Compensación
Servicio
público
Gasto
real
Resultado15
2010
1.140,6
579,42
1.187,7
-47,1
2011
1.149,33
544,29
1.178,50
-29,18
2012
926,1
340,9
1.037,2
-112,916
2013
849,3
292,7
960,1
-113,817
2014
849,9
292,7
984,7
-134,818
Fuente: Memorias económicas CRTVE. Elaboración propia.
A continuación se analiza la evolución de cada uno de los principales recursos
de financiación previstos por la Ley 8/2009 y su posible afectación a las
cuentas de la CRTVE. En concreto, se analizan: i) las subvenciones aportadas
por el Estado, ii) la recaudación llevada a cabo por la aportación económica
creada, iii) el nivel de ingresos destinados por la tasa del dominio público
15
El resultado se extrae de las memorias anuales de la CRTVE. No se tiene en cuenta el agregado ni las
compensaciones llevadas a cabo. Sólo se expresa el resultado en cada ejercicio respecto a los ingreso s
de explotación.
16
En 2012 RTVE tuvo un resultado financiero de -1,8 MM€.
17
En 2013 RTVE tuvo un resultado financiero de -2,5 MM€.
18
En 2014 RTVE tuvo un resultado financiero de -5,6 MM€.
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radioeléctrico y, por último, iv) la relación entre la disminución de los ingresos y
los gastos por parte de la CRTVE.
i) Subvención por parte del Estado
Como se ha señalado en el cuadro anterior, la subvención que el Estado ha
destinado a la CRTVE ha venido disminuyendo desde el año 2010 hasta el
2014. El cambio más drástico se produjo en los presupuestos de la CRTVE del
año 2012 donde el Estado redujo la subvención en una cuantía cercana a los
200 MM€. En concreto, se pasó de una aportación del Estado en 2011 de
544,29 MM€ a 340,9 MM€ para el 2012.
En el año 2013 se produjo otra limitación de la dotación del Estado al
presupuesto de la CRTVE siendo la subvención para ese ejercicio de 292,7
MM€, lo que supuso una disminución de unos 50 MM€ respecto al año 2012.
En esta línea de disminución de la aportación del Estado, en el presupuesto de
la CRTVE para el año 2014 se ha mantenido la misma subvención que se
aportó en el año 2013, esto es, 292,7 MM€.
Así, prácticamente desde el año 2010 al 2014 la aportación del Estado como
compensación del servicio público ha disminuido casi hasta la mitad, pasando
de 579 MM€ en 2010 a 292 MM€ en 2013 y 2014, lo que supone una reducción
del 49,6% de dotación presupuestaria de la CRTVE.
ii) Recaudación por la aportación económica
La Ley 8/2009 introdujo una nueva figura tributaria, una aportación económica,
para contribuir a la financiación de la CRTVE. La gestión y recaudación de esta
aportación ha correspondido a la extinta Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones y a la actual CNMC hasta el pasado 29 de noviembre de
2015
19
que pasó a depender del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
El sistema de gestión y recaudación de la financiación de la CRTVE está
desarrollado por el Real Decreto 1004/2010, de 5 de agosto, por el que se
desarrolla la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de
Radio y Televisión Española.
Según la Ley 8/2009, están obligados a realizar esta aportación económica
determinados operadores de telecomunicaciones, sociedades concesionarias y
prestadoras del servicio de televisión.
En este sentido, los operadores de telecomunicaciones deben realizar una
aportación consistente en el 0,9% de los ingresos brutos de explotación
facturados en el año correspondiente. La aportación para los concesionarios o
prestadores del servicio de televisión en acceso abierto se fija en el 3% de los
ingresos brutos de explotación facturados en el año correspondiente y para los
19
Esta es la fecha en la q ue el Ministerio de Industria, Energía y Turismo comienza a ejercer de forma
efectiva determinadas funciones en materia audiovisual transferidas por la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y por la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones, de conformidad con lo establecido en la Orden PRE/2516/2015, de 26
de noviembre.
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prestadores del servicio de televisión de acceso condicional o de pago se fija
en el 1,5% de los citados ingresos.
No obstante, los ingresos recaudados por estas aportaciones económicas no
pueden destinarse en su totalidad a la financiación de la CRTVE, sino que cada
ámbito tiene un límite máximo de contribución en función de los ingresos
previstos por la CRTVE en cada año. Así, lo aportado por los operadores de
telecomunicaciones no podrá exceder del 25% de dichos ingresos. En el
supuesto de los prestadores de servicios audiovisuales de televisión en abierto
el límite está fijado en el 15% y para los prestadores de televisión de acceso
condicional el límite es del 20%.
A este respecto, como se puede ver en el siguiente cuadro, desde la entrada
en vigor de la Ley 8/2009, ninguno de los citados porcentajes ha sido
alcanzado. De hecho, la contribución por esta vía ha sido menor de lo
esperado, alrededor de un 37,5% respecto del máximo que se podría haber
recaudado en los años 2012 y 2013.
Tabla 2. Ingresos recaudados sobre el máximo posible por la aportación económica
prevista en la Ley 8/2009
Año
Presupuesto
CRTVE
Límite máximo de
ingresos por
aportación
Recaudado
Porcentaje
recaudado sobre el
máximo de
recaudación
posible20
2009-
2010
1.200.000.000
720.000.000
283.737.185,34
39,4%
2011
1.200.000.000
720.000.000
296.863.885,73
41,2%
2012
966.330.000
579.798.000
217.356.305,16
37,5%
2013
941.663.000
564.997.800
212.095.987,13
37,5%
2014
949.710.000
569.826.000
185.200.728,68
32,5%
Fuente: Resoluciones CMT y CNMC sobre límites de financiación de la aportación.
En relación con el año 2014, la CRTVE tenía previsto unos ingresos totales de
949.710.000 . De este total, mediante la aportación económica se ha
recaudado un total de 185.200.728,68 ; es decir, un 32,5% respecto del
máximo que se podría recaudar por esta vía.
Aunque, a la vista de los resultados, parece evidente que las previsiones que
se realizaron en 2009 estaban muy alejadas de la realidad, esta menor
recaudación por parte de los obligados tributarios se ha acrecentado porque los
agentes, especialmente los de telecomunicaciones, han experimentado una
20
Como se señala en las respectivas Resoluciones: este total recoge la recaudación liquidada con origen
en: (i) pagos a cuenta del ejercicio correspondiente (ii) autoliquidaciones del ejercicio (iii) liquidaciones
complementarias realizadas durante el ejercicio emitidas por esta Comisión en el marco de
procedimientos tributarios incoados tanto a operadores de telecomunicaciones como a operadores de
televisión. La cantidad correspondiente se obtiene teniendo en cuenta que en las autoliquidaciones del
ejercicio el saldo para algunos operadores resulta negativo, es decir los pagos a cuenta realizados son
superiores a la autoliquidación, por lo que las cantidades liquidadas durante el ejercicio se deben minorar
en esa cantidad.
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época de crisis, con una reducción notable de sus ingresos de explotación
21
que, a su vez, ha mermado su contribución a la financiación de la CRTVE.
Además, estos agentes en defensa de sus intereses no han llevado un
cumplimiento pacifico de la obligación, sino que han ido recurriendo y
provisionando prácticamente todas las liquidaciones y autoliquidaciones
llevadas a cabo a este respecto.
Hay que tener en cuenta que en el año 2014 se ha producido un
acontecimiento muy relevante en relación con la financiación de la CRTVE,
como son las decisiones del Tribunal Económico Administrativo Central de 21
de enero y 18 de marzo de 2014 por las que, según el TEAC, la base de
cálculo de la aportación de las prestadoras del servicio de televisión “ha de
limitarse a aquéllos ingresos que correspondan directamente a actividades que
deban ser consideradas como "prestación de servicio de comunicación
audiovisual televisiva”.
En este sentido, y según se desprende de las resoluciones del TEAC, a la hora
de comprobar las autoliquidaciones presentadas por los sujetos pasivos, la
CNMC tiene el deber de delimitar qué ingresos brutos de explotación de los
sujetos pasivos corresponden directamente a actividades que deban ser
consideradas como "prestación de servicio de comunicación audiovisual
televisiva”, y comprobar cuáles de estos ingresos fueron incluidos y excluidos
de la base imponible de las autoliquidaciones para valorar si, en su caso,
procede dictar liquidaciones complementarias.
Estas decisiones del TEAC han supuesto la devolución a los sujetos obligados
de parte de las cantidades abonadas para la financiación de la CRTVE en los
ejercicios anteriores y, a su vez, supondrá una menor contribución en los
ejercicios siguientes por los sujetos obligados dado que la base imponible ha
sido delimitada de manera más estricta.
iii) Tasa por reserva del dominio público radioeléctrico
Otra de las fuentes de financiación prevista en la Ley 8/2009 se concreta en un
porcentaje sobre el rendimiento de la tasa por reserva del dominio público
radioeléctrico, regulada en la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de
Telecomunicaciones. Este porcentaje está limitado, salvo que las leyes de
Presupuestos Generales del Estado establezcan otro porcentaje, en el 80% de
su recaudación, que en ningún lugar podría superar el máximo anual de 330
millones de euros.
Desde la aprobación de la Ley 8/2009 prácticamente se ha destinado, vía
Presupuestos Generales del Estado
22
el 100% de lo recaudado por dicha tasa
21
De conformidad con el Informe Económico de las Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual 2014 de
la CNMC, los ingresos del sector de las telecomunicaciones en España desde 2009 hasta el año 2013
han registrado tasas negativas de crecimiento en torno al 7%.
22
De hecho, desde la aprobación de la Ley 8/2009 prácticamente todas las Leyes de Presupuesto
Generales del Estado han destinado el 100% de lo recaudado por la tasa a la CRTVE. Recogido en: el
artículo 94 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2011, la Disposición adicional trigésima séptima, de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2012, la Disposición adicional quincuagésima quinta, de la Ley 17/2012,
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ante la ausencia de una mayor recaudación por otras vías.
iv) Asimetría entre la disminución de los ingresos y los gastos
Por último, también se puede observar de la Tabla 1, anteriormente descrita,
que los ingresos obtenidos por la CRTVE en todos estos años y los gastos de
la misma no han disminuido en la misma proporción.
En efecto, desde el punto de vista de los resultados obtenidos por la CRTVE en
los últimos años, y más en concreto, desde el año 2010 hasta el 2014 se puede
observar que los ingresos recaudados por la CRTVE han bajado un 26,6%,
mientras que los gastos han descendido en torno a un 18%.
De esta manera, los gastos acometidos por parte de la CRTVE no han
acompañado en la misma proporción la disminución de los ingresos. En su
explicación deben tenerse en cuenta las limitaciones en la modificación de
algunos componentes del gasto. En particular, la partida de personal ha estado
sujeta a las condiciones de un Convenio Colectivo que limitaba de forma muy
notable cualquier modificación de la plantilla o un descenso significativo de los
costes laborales.
2.1.3 Conclusiones del sistema de financiación de la CRTVE y su
repercusión en el ejercicio 2014
El sistema de financiación instaurado por la Ley 8/2009 que pretendía
garantizar la estabilidad en los ingresos de la CRTVE, al no depender de las
fluctuaciones del mercado publicitario, no ha conseguido dicho objetivo.
En efecto, en términos de estabilidad económica, este sistema hace depender
una gran parte de la financiación de la CRTVE de circunstancias exógenas,
como es la recaudación por las aportaciones previstas en la Ley 8/2009. Desde
el momento en el que se supedita gran parte de la financiación de la CRTVE a
la aportación de los prestadores audiovisuales y de telecomunicaciones en un
contexto de crisis económica, donde sus ingresos de explotación han ido
mermando, su contribución se ha visto también reducida.
Al margen de la crisis económica, se ha demostrado que este instrumento no
es eficiente y estaba mal dimensionado pues del total de ingresos que se
podrían recaudar a través del mismo, no se ha llegado al 40% en los últimos
tres años, siendo el año 2014 el de menor recaudación con un 32,5% respecto
a la cantidad máxima posible a recaudar.
Ello se ha debido no solo a la reducción de ingresos de los agentes que deben
realizar la aportación, sino a que también éstos, en defensa de sus legítimos
intereses, no han llevado a cabo un cumplimiento de la aportación de manera
pacífica, sino que han ido recurriendo y provisionando prácticamente todas las
liquidaciones y autoliquidaciones llevadas a cabo a este respecto.
Este sistema hace que gran parte de la financiación de la CRTVE dependa de
cuadragésima octava de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2014.
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agentes cuya actividad no es eminentemente audiovisual, como son los
operadores de telecomunicaciones. En este sentido, estos agentes en el año
2014 han contribuido prácticamente al 60% de todo lo recaudado por la
aportación, porcentaje que es aun superior si se tiene en cuenta que la mayoría
de prestadores de telecomunicaciones son, a su vez, prestadores de servicios
de comunicación audiovisual de acceso condicional, y, por tanto, deben realizar
también una aportación por esta actividad. La instauración de esta aportación y
el impacto que ha tenido en los operadores de telecomunicaciones se relaciona
con el hecho de que dos agentes de este sector como son VODAFONE y
JAZZTEL hayan abandonado la prestación activa de servicios audiovisuales
durante varios ejercicios, dado que dicha aportación suponía una carga
tributaria muy importante en relación con los ingresos a recibir por la prestación
de servicios audiovisuales.
De esta manera, se debe destacar que este sistema no permite a la CRTVE
tener una previsión de lo recaudado por esta aportación de manera segura ni
predecible en cada ejercicio, como así también ha manifestado el propio
Consejo de Administración de la CRTVE
23
. Además, la cifra que puede
recaudarse no está en consonancia con los recursos que, en teoría,
consideraron las leyes sucesivas que necesitaba la CRTVE para cumplir con
sus objetivos de servicio público. Precisamente esta inseguridad en el ámbito
de la recaudación de la aportación económica prevista en la Ley 8/2009,
puede haber justificado el destino por parte del Estado del 100% de la tasa del
dominio público radioeléctrico, con el límite de 330 MM€, desde el año 2011,
para paliar los déficits que ha venido soportando.
Como se ha señalado anteriormente, la Ley 8/2009 en su artículo 4.2, señalaba
que, mientras las leyes de Presupuestos Generales del Estado no dijeran otra
cosa, el porcentaje destinado a la CRTVE quedaba fijado en el 80%, con un
importe máximo anual de 330 MM€.
No obstante, desde la aprobación de la Ley 8/2009, prácticamente todas las
Leyes de Presupuestos Generales del Estado han dedicado el 100% de la tasa
sobre reserva de dominio público radioeléctrico a percibir por la Corporación
RTVE, alcanzando ese importe máximo de 330 MM€ previsto en la Ley 8/2009.
Además, la inestabilidad financiera de la CRTVE se ha visto incrementada ante
una paulatina e importante disminución de las subvenciones que el Estado
otorga a la CRTVE. En efecto, como se ha visto anteriormente, desde el año
2010 al 2014 la aportación del Estado como compensación del servicio público
ha disminuido casi hasta la mitad, pasando de 579 MM€ en 2010 a 292 MM€
en 2013 y 2014, lo que supone una reducción del 49,6% de dotación
presupuestaria de la CRTVE.
Dicha disminución de ingresos no se ha visto acompañada por una
flexibilización en el cumplimiento de las obligaciones de servicio público de la
CRTVE. En efecto, el sistema instaurado por la Ley 17/2006 estableció un nivel
23
http://www.rtve.es/rtve/20150326/consejo-administracion-rtve-aprueba-unanimidad-cierre-cuentas-del-
ejercicio-2014/1123002.shtml
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de obligaciones de servicio público teniendo en cuenta los presupuestos que
por entonces tenía la CRTVE y que estaban en torno a los 1.218 MM€ en el
año 2007. Desde entonces hasta el ejercicio analizado, 2014, el nivel de
obligaciones de la CRTVE no sólo no ha disminuido, sino que se vio
incrementado por la Ley 8/2009, a la vez que el presupuesto de la CRTVE ha
descendido hasta el ejercicio 2014 unos 370 MM€ lo que significa una
minoración del presupuesto en torno a un 30%.
Así, el sistema establecido por la Ley 8/2009 no es el instrumento adecuado
para garantizar la estabilidad presupuestaria en un servicio tan esencial como
es éste. La CRTVE no tiene una previsión certera y segura de ingresos en cada
ejercicio. Esta inseguridad financiera es un aspecto que repercute en el
cumplimiento de sus objetivos de servicio público que, además, no se han visto
modificados desde su creación. De esta manera, la CRTVE debe gestionar un
presupuesto disminuido en torno a un 30% para un nivel mayor de obligaciones
de servicio público, aspecto que dificulta de manera grave el óptimo nivel de
cumplimiento en todas sus obligaciones.
Debe recordarse que la inestabilidad en la financiación y en la gestión de la
Corporación afecta a la independencia del Organismo, condicionado por las
decisiones de las instituciones que tienen que autorizar los recursos
necesarios.
2.2 Distribución de los gastos de la CRTVE en el año 2014
Como se ha señalado en el Capítulo anterior, la ausencia del Contrato-
Programa limita el análisis de la asignación de los recursos de la CRTVE a las
actividades de servicio público.
Por ello, el presente apartado pretende ilustrar la distribución del gasto de la
CRTVE entre sus principales actividades y funciones. Se prestará especial
atención a aquellas circunstancias y actividades que diferencian,
principalmente en términos de estructura, a la CRTVE de las televisiones
privadas. Por ello, se identifica el coste que le supone a la CRTVE el
mantenimiento de corresponsalías internacionales, la existencia de centros
territoriales y la Orquesta y Coro de RTVE.
Así, de conformidad con los datos remitidos por la CRTVE, los gastos totales
incurridos por la CRTVE en el ejercicio 2014 ascendieron a 984.692.592,18
MM€ que se encuentran distribuidos entre sus principales actividades de la
siguiente manera:
Tabla 3. Distribución del gasto de la CRTVE en el año 2014
(Millones de euros)
Naturaleza
contable
Corporación
TVE
iRTVE
Centros
Territoriales
(CC.TT.)
RNE
TOTAL
Consumos
52.986.703,60
460.286.620,16
4.097.328,24
902.055,86
27.494.064,93
545.766.772,79
Tributos
-4.680.055,28
1.049.216,82
0,00
5.930,57
3.078.271,04
-546.636,85
Gastos de
61.506.688,13
199.004.647,49
4.899.859,89
71.694.377,87
40.007.048,78
377.112.622,16
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personal
Amortizaciones
20.073.119,09
20.769.503,73
1.187.023,77
4.772.995,61
6.224.775,01
53.027.417,21
Gastos
extraordinarios
9.000.855,42
833,36
0,00
1.025,39
3.179,93
9.005.894,10
Otros gastos
-287.849,33
614.372,10
0,00
0,00
0,00
326.522,77
TOTAL GASTOS
EXPLOTACIÓN
138.599.461,63
681.725.193,66
10.184.211,90
77.376.385,30
76.807.339,69
984.692.592,18
14,08%
69,23%
1,03%
7,86%
7,80%
100,00%
Fuente: RTVE
La distribución de los gastos de explotación en el año 2014 de la CRTVE se
puede observar de manera gráfica a continuación:
Gráfico 1. Total gastos de explotación de la CRTVE en 2014
Como puede verse, la mayoría del gasto de la CRTVE lo agrupa el servicio de
la TVE con cerca de un 70% del total, sin tener en cuenta la imputación de los
costes de los centros territoriales a la actividad de TVE. A la Corporación se
asignan los costes de la Orquesta y Coro de RTVE, así como los del Instituto
RTVE y dotaciones asociadas a funciones propias de estructura.
En el conjunto de la CRTVE, los gastos más significativos desde un punto de
vista contable son los de “consumos”, que alcanzan en total unos 545 MM€, lo
que supone el 55% del gasto total. El segundo gasto más significativo de la
CRTVE es el de personal con un total de 377 MM€, lo que implica un 38% del
gasto total de la CRTVE. El peso relativo de los gastos de personal varía
Corporación
14%
TVE
69%
iRTVE
1%
CC.TT.
8%
RNE
8%
Corporación TVE iRTVE CC.TT. RNE
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considerablemente entre cada una de las unidades, oscilando entre el 29,2%
de TVE y el 92,7% de los centros territoriales. Como es natural, en la
explicación de esta heterogeneidad deben tenerse en cuenta los criterios de
imputación de costes entre unidades, no solo de personal sino, especialmente,
de los consumos intermedios.
Gráfico 2. Distribución de los gastos de explotación de la CRTVE en 2014
Por lo que se refiere a la distribución del gasto en TVE y RNE, que suponen en
torno al 85% del gasto total de la CRTVE, se presenta a continuación la
distribución de cada actividad desagregado por cadena y emisora.
Hay que destacar que el coste mostrado en el Gráfico 2 (Distribución del gasto
de la CRTVE en el año 2014), relativo a los Centros Territoriales ha sido
imputado por la CRTVE a las actividades de TVE y RNE de la siguiente
manera: el 58,93% de los gastos de los Centros Territoriales, que asciende a la
cantidad de 45.600.207,84€, se imputa a la actividad de TVE. El resto, es decir
el 41,07% de los gastos de los Centros Territoriales ha sido imputado a la
actividad de RNE, alcanzando la cantidad de 31.776.177,46€.
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Teniendo en cuenta lo anterior, a continuación se muestra la distribución de los
gastos de explotación de TVE en el año 2014:
Tabla 4. Distribución de los gasto de explotación de TVE en el año 2014
Concepto
Cantidad
%
% respecto del gasto
total de la CRTVE
La 1
346.973.430,05
47,70
35,23
La 2
89.577.878,55
12,31
9,09
Teledeporte
67.948.097,36
9,34
6,90
Clan TV
26.887.539,61
3,70
2,73
Canal 24 Horas
41.793.017,70
5,75
4,25
Informativos territoriales24
45.600.207,84
6,27
4,63
Emisión Cataluña
7.287.002,96
1,00
0,74
Emisión Canarias
4.690.952,89
0,64
0,47
Canales internacionales
4.508.984,91
0,62
0,45
No emitidos25
37.887.507,58
5,20
3,85
No analíticos26
16.220.534,65
2,23
1,65
No imputados27
37.950.247,38
5,22
3,85
Total gastos explotación TVE 2014
727.325.401,50
100%
73,84%28
Fuente: RTVE
En el siguiente gráfico se puede observar que en la distribución de los gastos
de explotación de TVE en el año 2014, su cadena principal, “La 1”, agrupó
prácticamente el 50% el gasto de TVE, lo que supuso, a su vez, el 35% del
total de gastos de toda la Corporación.
Gráfico 3. Distribución de los gastos de TVE en 2014
24
Este concepto supone el 58,93% de los gastos de los Centros Territoriales imputados a TVE, que
ascienden a la cantidad reseñada de 45.600.207,84€.
25
Se corresponde con los costes derivados de servicios prestados por el Centro de Documentación
necesarios para llevar a cabo la digitalización y el tratamiento de los fondos documentales pero que no
son imputables a un programa concreto sino a su mantenimiento global, así como la aplicación de
deterioros sobre derechos de emisión recogidos en las existencias de la CRTVE.
26
Incluyen costes generados por repartos de dotaciones de provisiones, saneamientos contables, gastos
financieros, gastos de otros ejercicios, etc., partidas que no son asignables por su naturaleza a las
unidades de emisión de programas
27
Incluye los costes de los recursos técnicos y humanos de producción propios no utilizados, que no
pueden ser asignados a los programas
28
Este porcentaje total tiene en cuenta el coste de los Centros Territoriales imputados a TVE.
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Fuente: RTVE
Por su parte en el caso de RNE la distribución del gasto se corresponde con las
siguientes partidas:
Tabla 5. Distribución de los gastos de explotación de RNE en el año 2014
Concepto
Cantidad29
%
% respecto del gasto total de
la CRTVE
Radio 1
38.921.036,52
35,84
3,95
Radio 2
8.468.782,57
7,80
0,86
Radio 3
9.688.734,99
8,92
0,98
Radio 4
3.805816,38
3,50
0,38
Radio 5
35.050.534,77
29,51
3,25
Radio Exterior
12.111.989,36
11,15
1,23
No emitidos
4.760,39
0,001
030
No analíticos
3.532.159,18
3,25
0,35
Total gastos
explotación RNE 2014
108.583517,15
100%
11,01%31
Fuente: RTVE
Visualmente, como muestra el siguiente gráfico, hay que destacar el gasto
realizado en Radio 5, que tiene una programación dedicada a la información.
Radio 5 absorbe una parte importante de los costes de las emisoras
territoriales y provinciales, así como de los corresponsales internacionales, y en
29
En estas cantidades están incluidos los gastos de los Centros Territoriales imputados a RNE que se
cifran en 31.776.177,46€ que se corresponde con el 41,06% de los gastos de los Centros Territoriales.
30
Este porcentaje no es porcentualmente significativo. Supone el 0,00048 del coste total.
31
Este porcentaje total tiene en cuenta el coste de los Centros Territoriales imputados a RNE.
La 1
48%
La 2
12%
Emisión Cataluña
1%
Emisión Canarias
1%
Canales
internacionales
1%
Teledeporte
9%
Clan TV
4%
Canal 24 Horas
6%
Informativos territ.
6%
No emitidos
5% No analíticos
2%
No imputados
5%
La 1 La 2 Emisión Cataluña
Emisión Canarias Canales internacionales Teledeporte
Clan TV Canal 24 Horas Informativos territ.
No emitidos No analíticos No imputados
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su conjunto supone el 31% del total del gasto de RNE. La importancia atribuida
por la CRTVE a Radio 5 queda en evidencia cuando se compara con su canal
generalista Radio 1, que acapara el 35% del gasto total.
Gráfico 4. Distribución de los gastos de RNE en 2014
Debe tenerse en cuenta que RNE no solo tiene Centros Territoriales en las
diferentes comunidades y ciudades autónomas sino también emisoras en todas
las provincias y en alguna ciudad de especial relevancia. En total 54 emisoras
con instalaciones propias y personal.
Dentro de las misiones de la CRTVE se encuentra la obligación de disponer de
una red de centros territoriales y unidades informativas. Éstos suponen,
aproximadamente, el 8% del total del presupuesto de la CRTVE.
Por Comunidades Autónomas el gasto de estos Centros Territoriales es el
siguiente:
Tabla 6. Costes de los Centros Territoriales por Comunidad y Ciudad Autónoma
CC.AA.
Gastos1
Porcentaje sobre el total
Andalucía
8.225.386
10,65%
Aragón
3.915.735
5,07%
Asturias
3.198.165
4,14%
Canarias
3.572.758
4,62%
Cantabria
2.867.714
3,71%
Castilla La Mancha
4.689.818
6,07%
Castilla y León
6.300.252
8,16%
Cataluña
9.945.563
12,87%
Extremadura
4.193.294
5,43%
Galicia
5.461.578
7,07%
Illes Balears
3.487.433
4,51%
Madrid
433.638
0,56%
Murcia
3.409.846
4,41%
Navarra
3.290.584
4,26%
País Vasco
6.204.480
8,03%
La Rioja
2.624.756
3,40%
Valencia
4.402.103
5,70%
Radio 1
35%
Radio 2
8%
[NOMBRE DE
CATEGORÍA]
[PORCENTAJE]
Radio 4
3%
Radio 5
31%
Radio Exterior
11%
No emitidos
0% No analíticos
3%
Radio 1 Radio 2 Radio 3 Radio 4 Radio 5 Radio Exterior No emitidos No analíticos
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Ceuta
522.669
0,68%
Melilla
508.137
0,66%
Total
77.253.909
100%
1 Incluye el presupuesto del centro o unidad con el gasto de personal.
En el siguiente gráfico se pueden observar estos datos:
Gráfico 5. Costes de los Centros Territoriales por Comunidad y Ciudad Autónoma
Fuente: RTVE
Como puede observarse, los Centros territoriales de Cataluña y Andalucía son
los que más recursos consumen, fruto principalmente de que en los mismos se
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dispone de una mayor plantilla, y además, en el caso de Cataluña es también
un centro de producción.
Otro ámbito que la CRTVE se ve obligada a abordar y que tiene un impacto en
su presupuesto es la obligación de disponer de corresponsalías
internacionales.
A continuación se muestra el coste agregado de las corresponsalías que tiene
activas la CRTVE y su distribución de gasto.
Tabla 7. Gráfico 6. Coste y distribución del gasto de las corresponsalías CRTVE
Fuente: RTVE
Así, teniendo en cuenta que la CRTVE, como se verá más adelante, dispone
de 17 corresponsalías activas para TVE y 8 para RNE, el coste que supone
cada una de éstas para la CRTVE se eleva a 428.927,59€. Las corresponsalías
suponen menos de un 1% del gasto total de la CRTVE.
Otra de las partidas que tradicionalmente se ha venido diferenciando del
presupuesto de la CRTVE, y que deriva directamente de la subvención
otorgada por el Estado, es la cantidad destinada a las actividades ordinarias de
la Orquesta y Coro de RTVE, incorporada a la partida de gasto de la
Corporación.
En los Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 la asignación
atribuida a esta actividad se correspondía con 11,3 MM€. No obstante, como se
verá a continuación, la asignación y coste final de esta actividad ascendió en
dicho ejercicio a un total de 12.621.421,06.
Tabla 8. Gráfico 7. Distribución de los costes la Orquesta y Coro de CRTVE
Costes de las
Corresponsalías CRTVE
TVE
RNE
Consumos
4.163.523,47
401.949,92
Tributos
30.834,82
6.693,94
Gastos de personal
1.691.282,21
869.367,25
Amortizaciones
120.127,72
5.639,33
Otros gastos
576,94
1.773,30
Gastos de
explotación
6.006.345,16
1.285.423,74
Total de gastos
7.291.768,9
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Fuente: RTVE
Como se puede observar, alrededor del 75% de los gastos de la Orquesta y
Coro de RTVE se refieren a gastos de personal, porcentaje que se explica por
la especialización y cualificación de este colectivo.
2.3 Coste neto de la prestación del servicio público de la
CRTVE
La CRTVE dispone, como se ha señalado, de un sistema de contabilidad
analítica que permite determinar con precisión el coste neto del servicio público
prestado por la Corporación RTVE en los términos del art. 46 del Mandato-
Marco y del artículo 43.5 de la Ley Audiovisual.
Según estos artículos la cuantificación del coste neto del servicio público
prestado se determina por la diferencia entre los costes totales y sus otros
ingresos distintos de las compensaciones, es decir, los ingresos de la actividad
comercial.
Este sistema de contabilidad analítica permite determinar específicamente
cualquiera de los ingresos o gastos generados en el desarrollo de la actividad
de la CRTVE permitiendo su distribución, control y análisis de forma que
posibilite la planificación y toma de decisiones.
A este respecto, la CRTVE ha informado a esta Comisión que los ingresos
comerciales de la CRTVE en el año 2014 ascendieron a 56.972.911,93€. Por
su parte, la CRTVE tuvo unos gastos de explotación en dicho ejercicio de
984.692.592,18€, a lo que habría que sumar el resultado financiero negativo de
5.673.428,14€, por lo que el total de gastos computables a efectos de la
determinación del coste neto de la CRTVE es de 990.366.020,59€.
Así, el coste neto de la prestación del servicio público de la CRTVE en el año
2014 ascendió a la cantidad de 933.393.108,66€ fruto de restar al total de
gastos (incluidos los financieros) los ingresos comerciales obtenidos por la
Corporación.
2.4 Patrocinios culturales y deportivos y Autopromociones
Un ámbito relacionado con el sistema de financiación de la CRTVE es el
relativo a los denominados “patrocinios culturales y deportivos”.
Distribución de los costes del Coro y
Orquesta de la CRTVE
Naturaleza del gasto
Consumos
3.151.508,21
Tributos
465,15
Gastos de personal
9.447.112,87
Amortizaciones
22.334,83
Gastos extraordinarios
0,00
Otros gastos
0,00
Total gastos explotación
12.621.421,06
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La Ley 8/2009, al tiempo que modificó el sistema de financiación de la CRTVE
abandonando los ingresos derivados de la publicidad, permitía en su artículo
7.1 a la Corporación emitir “los patrocinios y el intercambio publicitario de
eventos deportivos y culturales, que se enmarquen dentro de la misión de
servicio público de la Corporación, sin valor comercial y siempre que tengan
este sistema como única posibilidad de difusión y producción.”
Este mismo artículo 7 señala que, excepcionalmente, “podrán emitirse
competiciones deportivas con contrato de patrocinio u otras formas comerciales
cuando éstas formen parte indivisible de la adquisición de derechos y de la
producción de la señal a difundir.”
Por último, el apartado 3 del artículo 7 señala que “no tendrán la consideración
de publicidad las actividades siguientes, las cuales, sin embargo, en caso de
realizarse no darán lugar a la percepción de ninguna contraprestación
económica:
a) Las actividades de autopromoción, siempre que la duración máxima
de los contenidos de autopromoción por hora de emisión no sea superior
a la del resto de los operadores de televisión de ámbito geográfico
nacional.
b) Las actividades de publicidad y comunicación institucional,
entendiendo por tales aquellas reconocidas por la Ley 29/2005, de 29 de
diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional y la legislación
autonómica en la materia, así como de patrocinio cultural.
c) Las actividades derivadas de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio,
del Régimen Electoral General.
d) Las campañas divulgativas de carácter social o de contenidos
solidarios en beneficio de entidades y organizaciones sin fines de lucro
emitidas al amparo de la responsabilidad social corporativa de la
Corporación RTVE.”
Por tanto, la CRTVE está habilitada para la emisión de este tipo de figuras,
patrocinio cultural y deportivo, siempre y cuando se enmarquen en el ámbito
de la misión de servicio público. Por otro lado, el patrocinio general puede ser
utilizado por la CRTVE en el Canal Internacional.
A este respecto, en el año 2014 la CRTVE ha tenido un total de 76 programas
que han disfrutado de patrocinio cultural y/o deportivo, distribuidos de la
siguiente manera por canales:
Tabla 9. Patrocinios culturales y deportivos por cadena TVE
Patrocinios deportivos por
cadenas de TVE (2014)
Patrocinios culturales por
cadenas de TVE (2014)
5
24
31
12
2
1
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1
TOTAL
38
TOTAL
38
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
El total de emisiones de estos patrocinios en programas y en los avances de
programación de los mismos en el año 2014 asciende a más de 35.000,
teniendo en cuenta las emisiones de la CRTVE en su totalidad y las
desconexiones en la Comunidad Autónoma de Cataluña y Canarias.
En este sentido, la CRTVE ha señalado que la cantidad económica obtenida
vía patrocinios culturales en el año 2014 ascendió a 9.206.013,3€ sin IVA. La
utilización de esta figura es discutida pues en sí no supone una generación de
ingresos para la CRTVE, sino que más bien se identifica como un ahorro en la
adquisición del producto, y por tanto, la CRTVE entiende que no es una cuantía
incorporable en la partida de ingresos. Esta Comisión no valora la partida en la
que desde un punto de vista contable o de gestión deben ser incorporadas
estas cantidades, pues tiene constancia de las discrepancias existentes entre
la CRTVE y la Intervención General de la Administración del Estado a este
respecto, pero sí que entiende que las mismas deben ser cuantificadas y
comunicadas por la CRTVE a esta Comisión dada su incidencia en el mercado
audiovisual.
Esta partida ha ido cobrando mayor importancia al reducirse el conjunto de
ingresos inicialmente previstos por las tasas, los cánones y la subvención.
Baste decir que en 2014 TVE contó con los derechos de las retransmisiones de
la Champions y que, salvo los costes de la final entre el Atlético de Madrid y el
Real Madrid, no aparece consignado ningún gasto relacionado con esta
exclusiva de alto valor.
Por otro lado, y en relación con las autopromociones, el artículo 7.3 de la Ley
8/2009 recoge como excepción al régimen general de no emitir comunicaciones
comerciales, la posibilidad de que la CRTVE emita autopromociones sin que
éstas tengan la consideración de publicidad. En el supuesto de que la CRTVE
emita este tipo de comunicaciones, éstas no pueden dar lugar a la percepción
de contraprestación económica alguna.
En esta actividad, la CRTVE se someterá, como el resto de prestadores, al
límite máximo de emisión de 5 minutos por hora, como así estipula el artículo
13.2 de la Ley Audiovisual.
En las siguientes tablas se muestran el número y porcentaje de las
autopromociones llevada a cabo por la CRTVE en sus canales de televisión y
radio:
Tabla 10. Autopromociones emitidas por TVE (2014)
Cadena
Número
Porcentaje/total
La 1
39.726
26,79
La 2
46.068
31,07
Teledeporte
16.176
10,91
Canal 24 horas
14.814
9,99
Clan TV
31.456
21,21
Total
148.240
100
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Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Tabla 11. Autopromociones emitidas por RNE (2014)
Emisora
Número
Porcentaje/total
Radio Nacional
19.440
63,86
Radio Clásica
-
0
Radio 3
-
0
Radio 4
-
0
Radio 5
11.000
36,14
Radio Exterior
-
0
Total
30.440
100
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
En este apartado también existen dudas sobre cómo se computan los espacios
dedicados a promocionar los juegos de la ONCE y ONLAE.
En suma, respecto a los patrocinios culturales y deportivos, se ha observado un
número limitado de programas que han disfrutado de esta figura, 76 en
concreto en 2014. No obstante la emisión de éstos supuso más de 35.000
emisiones. Esta cifra -de una indudable importancia- exige contar con una
información más precisa, y justifica que esta Comisión lleve a cabo un
procedimiento específico para analizar cómo la CRTVE está utilizando estas
figuras de patrocinio, no solo desde un punto de vista cuantitativo, sino también
prestando especial importancia a su naturaleza, posicionamiento y repercusión
en el mercado audiovisual.
También sería necesario conocer lo que representa en términos económicos
para el Estado o para determinadas administraciones el apoyo de RTVE a
determinadas actividades de patrocinio o mecenazgo. El caso más claro es el
Programa ADO, a través del cual empresas privadas financian la preparación
de los deportistas olímpicos y paralímpicos españoles, gracias en parte a la
visibilidad que concede TVE a estas compañías, tanto a través de las
autopromociones de La 1 como de los programas y de las retransmisiones en
Teledeporte. Este apoyo a la notoriedad de los patrocinadores de determinados
eventos, amparados por las administraciones, queda en evidencia en las
retransmisiones de deportes minoritarios o de muchas de las actividades
culturales que promocionan RNE y TVE.
Capítulo 3. Análisis de las obligaciones de servicio
público de la CRTVE
Como se ha tenido la oportunidad de ver a lo largo del presente Informe, la
misión de servicio público ha sido definida y concretada a través de
instrumentos normativos de distinta naturaleza.
La Ley 17/2006 vino a establecer un elenco de características y misiones que
identifican el servicio público de radio y televisión de titularidad estatal (artículo
2) además de imponer determinadas obligaciones concretas a la CRTVE como
gestora del servicio público (artículo 3). Para el desarrollo de estas misiones, el
legislador dispuso que correspondía a las Cortes Generales, a través de la
aprobación de un Mandato-Marco, concretar los objetivos generales de la
CRTVE durante un periodo de 9 años. A su vez, estos objetivos acogidos en el
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Mandato-Marco debían ser desarrollados específicamente en distintos
Contratos-Programas trianuales acordados entre el Gobierno y la CRTVE. Con
posterioridad, la Ley 8/2009 vino a ampliar este elenco de obligaciones.
Dada la diversidad de obligaciones que deben ser examinadas en el presente
apartado, y con el objetivo de poder llevar a cabo un análisis ordenado del
cumplimiento de las misiones de servicio público que debe cumplir la CRTVE,
se ha procedido a realizar una categorización de las mismas atendiendo a su
contenido, distinguiendo entre: (i) Valores constitucionales y cívicos, (ii)
Protección de menores e integración social, (iii) Promoción cultural y (iv)
Contenidos programáticos.
3.1 Valores constitucionales y cívicos
La Constitución Española establece una serie de valores, principios y derechos
que deben ser garantizados en todos los medios de comunicación y, con
especial relevancia, en los medios públicos.
Es por ello por lo que, entre los objetivos principales fijados por el legislador
para la CRTVE, está el de garantizar y promover el conocimiento y difusión de
los principios constitucionales y los valores cívicos.
3.1.1 Derechos Fundamentales
3.1.1.1 Promoción del conocimiento y difusión de los principios
constitucionales y cívicos
El efectivo cumplimiento de esta misión exige a la CRTVE garantizar que los
contenidos que se elaboran y emiten respetan los principios definidos en el
conjunto del ordenamiento jurídico vigente y, de forma especial, lo establecido
en el Título Preliminar y Título Primero de la Constitución Española donde se
recogen los derechos fundamentales reconocidos a todos los españoles.
Esta función de servicio público no debe concebirse como de mero respeto de
estos derechos, sino que el prestador de servicio público debe asumir un papel
activo en la promoción de los valores y principios constitucionales al conjunto
de la sociedad. En esta labor, la CRTVE, como prestador público, debe velar
especialmente por aquellos ámbitos que son capitales para el desarrollo de la
sociedad española. Así, entre otros, debe acercar la realidad parlamentaria a la
ciudadanía, fomentar el conocimiento de las instituciones, promover el
conocimiento y valores cívicos como el respeto al medio ambiente, la concordia
y el respeto a los demás, etc.
Por tanto, la encomienda de servicio público aquí analizada tiene un carácter
muy amplio y conlleva que la defensa y difusión de los valores constitucionales
deba estar presente, de forma transversal, en todos los programas emitidos en
los canales de TVE, las emisoras de RNE y su página web.
A través del Mandato-Marco el legislador vino a concretar y especificar,
atendiendo a su especial relevancia, el modo en que la CRTVE debía
garantizar en su programación algunos de estos derechos, como la igualdad de
género, el derecho a recibir una información objetiva, veraz y plural, el derecho
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de acceso de los grupos sociales y políticos significativos o el derecho de
réplica, entre otros.
No obstante, el cumplimiento de estas obligaciones debería estar relacionado
con el éxito en el diseño y ejecución de una estrategia adecuada para alcanzar
la máxima eficacia en el cumplimiento de cada uno de estos objetivos. La
evaluación, por tanto, no podría centrarse exclusivamente en el análisis de los
tiempos y los recursos dedicados a tratar estas cuestiones sino,
fundamentalmente, en cómo se han implementado las estrategias y sus
resultados. Como ya se ha indicado con anterioridad, la falta de experiencias
homologadas para realizar este tipo de evaluaciones dificulta la tarea y
aconseja para el futuro buscar sistemas más precisos de medición de algunos
de estos valores.
3.1.1.2 Fomento de la igualdad de género
El artículo 2 apartado k) de la Ley 17/2006, desarrollado por el artículo 15 del
Mandato-Marco, precisa que la CRTVE debe velar interna y externamente por
la transmisión de una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y
hombres en la sociedad, además de promover el conocimiento y la difusión del
principio de igualdad entre mujeres y hombres.
Por tanto la misión aquí analizada tiene una derivada interna, en el ámbito de la
gestión de la propia CRTVE, y otra externa, desde el punto de vista de la
trasmisión de las imágenes de mujeres y hombres en sus medios.
En primer lugar cabe indicar que, para cumplir con el objetivo interno, la
CRTVE y los representantes de sus trabajadores suscribieron, con fecha 28 de
mayo de 2012, el “Plan de igualdad de la Corporación RTVE” por el cual la
Corporación se compromete a “establecer y desarrollar políticas que integren la
igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar
directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento
de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de nuestra
organización”.
Es decir, este Plan de Igualdad se concibe como marco de actuación y
herramienta para impulsar la igualdad de trato y de oportunidades, así como la
conciliación de la vida familiar, personal y laboral dentro de la empresa.
Con relación a este punto, la CRTVE ha comunicado que, en 2014, del total de
6.302 personas que componen la plantilla, 3.802 son hombres y 2.500 son
mujeres. En términos de porcentaje, los hombres representan el 60% del total y
las mujeres el 40% restante.
En segundo lugar, en relación con el ámbito externo de la obligación, cabe
reseñar que el artículo 37.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, obliga a la CRTVE, en el ejercicio de
su función de servicio público, a perseguir los siguientes objetivos:
Reflejar adecuadamente la presencia de mujeres en los diversos ámbitos de
la vida social.
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Utilizar el lenguaje en forma no sexista.
Adoptar, mediante la autorregulación, códigos de conducta tendentes a
transmitir el contenido del principio de igualdad.
Colaborar con las campañas institucionales dirigidas a fomentar la igualdad
entre mujeres y hombres y a erradicar la violencia de género.
Para poder realizar un correcto análisis del cumplimiento de esta misión,
resulta necesario examinar las reclamaciones recibidas a este respecto por el
Defensor del Espectador, del Oyente y del Usuario de Medios Interactivos (en
adelante, DEOyUMI).
En este sentido, debemos reseñar que durante el periodo 2014 el DEOyUMI
recibió un total de 4.661 quejas. De ellas, 323 se referían a temas de igualdad,
lo que supone cerca de un 7% del total.
De estas 323 quejas, 3 se plantearon contra contenidos emitidos en RNE y 320
contra contenidos emitidos en TVE. De estas últimas, 4 se refirieron a
contenidos deportivos, 18 a informativos y 298 a programas de entretenimiento.
No obstante, a este respecto debemos reseñar que, de las 298 quejas referidas
a programas de entretenimiento, 259 se refirieron a un mismo hecho. Más en
concreto, las mismas versaban sobre determinadas afirmaciones realizadas por
la presentadora del programa “Entre todos” en relación con los malos tratos
32
.
Este programa fue retirado de antena por la CRTVE. Las reclamaciones sobre
este programa supusieron un 80% del total de las quejas recibidas en materia
de igualdad.
Por otro lado cabe indicar que la CNMC, como Autoridad Audiovisual, no ha
recibido a lo largo de 2014 denuncias al respecto.
En lo que se refiere a contenidos emitidos para fomentar la igualdad entre
mujeres y hombres, la CRTVE ha declarado que durante el año 2014 se
emitieron 6 programas destinados a tal fin (en La 2 y Radio 5), así como 67
spots referentes a campañas institucionales contra la violencia de género.
Asimismo, con motivo de la celebración del Día Internacional de la eliminación
de la violencia contra la Mujer, y dentro de la campaña “Concienciados contra
la violencia de género”, la CRTVE emitió varios documentales, informativos y
programas donde se abordó esta problemática (24 al 30 de noviembre).
Por otro lado, en el marco de estas acciones, la Corporación organizó un
Encuentro Responsable, enfocado a abordar el tratamiento de la violencia de
género en los medios de comunicación en el que participaron especialistas y
periodistas. Asimismo se gestionó, a través del Instituto de RTVE, un curso
sobre la igualdad que se impartió en el Instituto de la Mujer.
Al margen de programas concretos dedicados a cumplir con las obligaciones
de sensibilización a la sociedad sobre cuestiones de tanta relevancia como la
32
Estas quejas fueron también analizadas en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento del Código de
Conducta, como se verá más adelante, por considerar que sus contenidos eran inadecuados.
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defensa de la igualdad y la lucha contra la violencia de género, RTVE ha
extendido este compromiso a toda su programación, incluidos los espacios
infantiles, los informativos o las series. Tanto RNE como TVE han demostrado
especial sensibilidad en el tratamiento de esos temas, utilizando en muchos
casos sus contenidos para concienciar a la audiencia sobre los problemas
relacionados con la defensa de la igualdad.
De los datos analizados se puede concluir que la CRTVE cumple con esta
misión de servicio público, dado que internamente la CRTVE dispone de las
herramientas y medios para fomentar y garantizar la igualdad de oportunidades
entre sus trabajadores. Y, desde un punto de vista externo, la CRTVE ha sido
activa en la difusión y fomento de la igualdad en sus contenidos programáticos,
recibiendo un número muy limitado de reclamaciones a este respecto y
centradas en un único programa que la CRTVE.
3.1.2 Pluralismo y participación
3.1.2.1 Pluralismo
El artículo 20 de la CE reconoce el derecho a comunicar o recibir libremente
información veraz por cualquier medio de difusión, así como a expresar y
difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el
escrito o cualquier otro medio de reproducción. Asimismo, garantiza el acceso
a los medios públicos de los grupos sociales y políticos más significativos,
respetando el pluralismo de la sociedad y las diversas lenguas del estado.
Por su parte, el artículo 4 de la LGCA, aplicable tanto a los medios públicos
como privados, reconoce el derecho del público a recibir una comunicación
audiovisual que refleje el pluralismo ideológico, político y cultural de la
sociedad.
En relación con los medios públicos, la Ley 17/2006 establece que, en ejercicio
de su función de servicio público, corresponderá a la CRTVE garantizar una
información objetiva, veraz y plural, que se ajuste al criterio de independencia
profesional y al pluralismo político, social e ideológico presente en nuestra
sociedad, así como a la norma de distinguir y separar, de forma perceptible, la
información de la opinión.
En esta labor, la actividad de la Corporación se regirá por los siguientes
principios (artículo 10 del Mandato-Marco):
a) Independencia. La Corporación RTVE actuará con absoluta independencia,
sin que puedan recibir instrucciones, directrices o cualquier clase de indicación
imperativa del Gobierno ni de la Administración General del Estado, grupos
políticos, económicos, sociales u otras instituciones o entidades.
b) Neutralidad. La Corporación RTVE, en el desarrollo de su actividad, no
adoptará posicionamiento ideológico más allá de la defensa de los valores
constitucionales.
c) Pluralismo. La programación de la Corporación RTVE dará cabida a todas
las opciones y opiniones presentes en la sociedad española para la correcta
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valoración e interpretación de los hechos por los ciudadanos. Los puntos de
vista a incluir vendrán delimitados por la representación institucional, social o
económica de los testimonios y por el interés informativo.
d) Imparcialidad. La Corporación RTVE mostrará los hechos con ecuanimidad,
clarificará las causas y explicará los posibles efectos de los acontecimientos.
La opinión estará claramente identificada y diferenciada del relato de los
hechos.
e) Rigor. En sus contenidos, la Corporación RTVE deberá ser extremadamente
precisa con la realidad de los hechos, que serán suficientemente contrastados
a través de varias fuentes, y permanentemente actualizados. Los errores que
pudieran detectarse serán admitidos y corregidos, señalando con nitidez tanto
la omisión o el error como su corrección.
Por tanto, estos principios constituyen uno de los ejes fundamentales de la
misión de servicio público y deben estar presentes en todos los ámbitos y, con
especial relevancia, en el ámbito informativo.
A tenor de lo anterior la CRTVE ha incorporado, en su Manual de Estilo y en el
Estatuto de la Información, una serie de directrices dirigidas a los profesionales
de la información que trabajan en la Corporación y que tienen por objetivo el
efectivo cumplimiento de estos requisitos.
A este respecto cabe poner de relieve la dificultad que representa la labor de
controlar el cumplimiento de estos principios que regulan el derecho a la
información dado que no existe norma jurídica alguna que establezca una
definición clara de los mismos.
En especial, debe tenerse en cuenta la dificultad intrínseca que supone la
efectiva medición y valoración del pluralismo informativo en los medios de
comunicación, dado que la confluencia de valores objetivos y subjetivos hace
muy complicado un acercamiento exacto a su identificación. En este sentido, y
para poder obtener una imagen global y certera del nivel de cumplimiento de
esta misión resultaría determinante la elaboración de un análisis desde una
doble perspectiva: cuantitativa y cualitativa.
Solo a través de análisis cualitativos puede medirse con mayor precisión
cuestiones como la objetividad, la imparcialidad, la veracidad o el rigor en la
información. Un análisis cualitativo requiere medir una amplia serie de
parámetros que afectan a aspectos relacionados tanto con el fondo como con
la forma de las informaciones: selección y ordenación de las noticias,
asignación de los tiempos totales, recursos técnicos utilizados, tratamiento de
los protagonistas, comparación de informaciones similares en cuanto al tiempo
dedicado y a la valoración otorgada (congresos de los partidos, casos de
corrupción, publicación de datos económicos o de las cifras del paro, etc.).
Estos estudios son complejos y costosos de realizar porque requieren de una
metodología clara, objetiva y transparente con indicadores neutrales que
presenten una imagen fiel y objetiva de esta misión, herramienta con la que no
cuenta a día de hoy esta CNMC. Por ello, en este primer ejercicio, la labor de
supervisión de la CNMC se ha ceñido a un análisis meramente cuantitativo de
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la presencia de los distintos agentes políticos en las emisiones de la CRTVE.
En este primer Informe, la CNMC únicamente ha podido contar con los datos
facilitados por la propia CRTVE y que se refieren exclusivamente a la presencia
de los distintos agentes políticos en los espacios informativos. Los citados
datos atienden, por un lado, al número de piezas informativas emitidas en cada
uno de los espacios y, por otro, a su identificación con el correspondiente
agente político (el Gobierno, el partido en el Gobierno y la oposición política al
mismo).
Esta Comisión es consciente de que el análisis exclusivo de las piezas
informativas no permite un conocimiento exacto y certero del cumplimiento de
una de las obligaciones fundamentales impuestas a RTVE como es el
escrupuloso respeto al pluralismo político y social. Por tanto, el análisis
cuantitativo que se ha llevado a cabo en el presente apartado tiene un alcance
limitado, si bien este hecho no debe desvirtuar, en opinión de esta Comisión,
los resultados obtenidos en el mismo.
En este sentido se debe valorar que ésta es la primera vez que se cuantifica,
por una autoridad independiente, la presencia de los agentes políticos en lo
que respecta al número de piezas informativas y su proporcionalidad, en cada
uno de los principales contenidos informativos de la CRTVE. A su vez, el
análisis aquí efectuado servirá de base para un posterior proyecto donde se
pueda obtener una visión más certera y continuada del grado de cumplimiento
de esta misión por parte de la CRTVE.
En el presente apartado y como complemento de lo anterior, se reflejarán los
resultados obtenidos en el Informe Anual del año 2014 por el Consejo de
Informativos de la RTVE (en adelante, CdI), órgano de participación de los
profesionales de la información audiovisual de la Corporación, creado por la
Ley 17/2006, con el objetivo de velar por la independencia, objetividad y
veracidad de los contenidos informativos difundidos por esta entidad.
En el análisis cuantitativo llevado a cabo por esta Comisión, se han evaluado
todas aquellas piezas informativas emitidas en relación con el Gobierno, el
partido que sustenta al Gobierno, así como las dedicadas a la oposición, en los
siguientes espacios informativos:
Servicios informativos “Matinal” de La 1.
Servicios informativos de las 15:00 horas. Emisión en La 1.
Servicios informativos de las 21:00 horas. Emisión en La 1 y Canal 24
horas.
Servicios informativos “La 2 Noticias”
Informe Semanal
Los Desayunos de TVE
Otros programas informativos, de debate y tertulia.
En cuanto al número de piezas relacionadas con la oposición cabe aclarar que,
en los datos presentados, únicamente se reflejan aquellos grupos políticos que
contaban en el 2014 con al menos un 5% de representación, ya fuera en el
Congreso de los Diputados, el Senado o el Parlamento Europeo. Debido a lo
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anterior, la presencia de CIUDADANOS no es evaluada en este periodo y
PODEMOS tan solo se analiza desde el mes de mayo, fecha en la que obtuvo
cerca de un 8% de representación en las elecciones al Parlamento Europeo.
Los datos referidos a los grupos de la oposición están ordenados
alfabéticamente.
En cuanto al número de piezas relacionadas con las actividades del Gobierno,
hubiera sido necesario un análisis pormenorizado de los casos en los que los
miembros del ejecutivo actúan en calidad de tales y aquellas otras situaciones
en que los representantes del Gobierno se posicionan como promotores del
partido que le sustenta.
Por otro lado cabe poner de manifiesto que en el presente análisis no se ha
dado un tratamiento especial al periodo electoral correspondiente a las
elecciones al Parlamento Europeo. En el mismo, los medios de comunicación
públicos deben elaborar un Plan de Cobertura Informativa que respete los
principios recogidos en la Instrucción 4/2011, de 24 de marzo
33
, de la Junta
Electoral Central, institución que se encarga en las precampañas y campañas
electorales de garantizar el respeto a los principios de pluralismo, igualdad,
proporcionalidad y neutralidad informativa por los medios de comunicación. De
esta manera, las piezas informativas emitidas en función de las Instrucciones
de la Junta Electoral están incluidas en el total de piezas aquí analizadas.
Servicios informativos “Matinal” emisión de La 1, dato global:
A lo largo de 2014, en los servicios informativos del programa “Matinal” de La 1
de TVE, se difundieron un total de 6.558 piezas informativas, de las cuales
1.748 tenían relación con el Gobierno, 1.293 con el Partido Popular (partido del
Gobierno en aquel momento) y 3.547 piezas referidas a los distintos partidos la
oposición.
Los datos anteriores reflejan que el 54% de las piezas dieron cobertura a la
actividad de los grupos de la oposición, el 26% a la actividad del Gobierno y un
20 % al Partido Popular.
Gráfico 8. Número y porcentaje de piezas informativas en el “Matinal” Gobierno, partido
que lo sustenta y oposición.
33
Instrucción 4/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 66 de la
Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en lo relativo a las garantías de respeto a los principios de
pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa por los medios de comunicación en
periodo electoral.
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Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Atendiendo únicamente a los datos de presencia de la oposición cabe indicar
que, del total de 3.547 piezas, el 52% se dedicó al PSOE, partido de la
oposición con mayor representación parlamentaria. Por el contrario,
PODEMOS obtiene el porcentaje más bajo, como ya se advirtió con
anterioridad, como consecuencia de su entrada en el Parlamento Europeo en el
mes de mayo y su bajo nivel de representatividad en ese momento.
Gráfico 9. Número y porcentaje de piezas informativas en el “Matinal” de la oposición.
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Los datos analizados reflejan paridad entre la representación de los partidos
políticos y el Gobierno en función de su presencia en los espacios informativos
matinales de la CRTVE.
Servicios Informativos "15:00"(de lunes a domingo) Emisión La 1
En los servicios informativos de las 15:00, que se emiten en simulcast por el
Canal 24 horas, TVE programó un total de 3.688 piezas informativas relativas a
los partidos políticos. De este total, el 50% (1.855) fueron relativas a los grupos
en la oposición, un 28% (1.023) al Gobierno y un 22% (810) al Partido Popular.
Gráfico 10. Número y porcentaje de piezas informativas en el informativo de las 15:00
Gobierno, partido que lo sustenta y oposición.
1.748 1.293
3.547
6.558
0
1.000
2.000
3.000
4.000
5.000
6.000
7.000
Gobierno Partido
Popular Oposición Total
Número de piezas informativas
26%
20%
54%
Porcentaje emisión piezas informativas
Nº de piezas
Gobierno
Nº de piezas PP
Nº de piezas
oposición
758 444 102 37
1828
119 259
3547
0
500
1000
1500
2000
2500
3000
3500
4000
Número de piezas informativas oposición
21%
13%
3%
1%
52%
3%
7%
Porcentaje emisión piezas informativas
oposición
CIU
IU
PNV
Podemos
PSOE
UPyD
G. Mixto
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Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
En relación con las piezas informativas relativas a los grupos en la oposición,
se mantienen los porcentajes obtenidos en los informativos matinales.
Gráfico 11. Número y porcentaje de piezas informativas en el informativo de las 15:00 de
la oposición.
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Servicios informativos de las 21:00 horas. Emisión en La 1 y Canal
24 horas (de lunes a domingo).
En los servicios informativos nocturnos de La 1, que se emiten en simulcast en
el Canal 24 horas, se observa una mayor presencia de las piezas informativas
relativas a la actividad del Gobierno, con 1.403 piezas que suponen un 33% del
total, lo que representa un aumento de 5 puntos porcentuales respecto de los
informativos matinales y de medio día.
Esta mayor presencia de las actividades del Gobierno fue en detrimento de las
informaciones referidas a los partidos de la oposición, cuyo porcentaje bajó del
50% al 46%, mientras que las relativas al PP, aunque también bajando, se
mantuvieron en niveles cercanos al 20%.
Gráfico 12. Número y porcentaje de piezas informativas en el informativo de las 21:00
1023 810
1855
3688
0
500
1000
1500
2000
2500
3000
3500
4000
Nº de
piezas
Gobierno
Nº de
piezasPP Nº de
piezas
oposición
Total
Número de piezas informativas
28%
22%
50%
Porcentaje emisión piezas informativas
Nº de piezas
Gobierno
Nº de piezas PP
Nº de piezas
Oposición
366
207 64 21
958
80 159
1855
0
500
1000
1500
2000
Número de piezas informativas oposición
20%
11%
3%
1%
52%
4% 9%
Porcentaje emisión piezas informativas
oposición
CIU
IU
PNV
Podemos
PSOE
UPyD
G. Mixto
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Gobierno, partido que lo sustenta y oposición.
F Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
La distribución de piezas informativas de los grupos de la oposición se mantuvo
en porcentajes similares a los señalados en apartados anteriores; con un ligero
incremento de PSOE y CIU, que disfrutaron de un punto porcentual más
respecto del informativo del medio día.
Gráfico 13. Número y porcentaje de piezas informativas en el informativo de las 21:00 de
la oposición.
Servicios informativos “La 2 Noticias”:
El Informativo “La 2 Noticias” difundió, durante el 2014, un total de 1.092 piezas
informativas relativas a los grupos políticos y al Gobierno, de las que el 57% se
centraron en los grupos de la oposición en detrimento del porcentaje obtenido
por el PP (18%). Cabe destacar que este informativo fue el único en el que el
número de piezas informativas de este partido bajó del 20%.
1403
926
1974
4303
0
1000
2000
3000
4000
5000
Nº piezas
Gobierno Nº piezas
PP Nº piezas
Oposición Total
Número de piezas informativas
33%
21%
46%
Porcentaje emisión piezas informativas
Nº piezas
Gobierno
Nº piezas PP
Nº piezas
Oposición
420 191 63 20
1048
54 178
1974
0
500
1000
1500
2000
2500
Número de piezas informativas oposición
21%
13%
3%
1%
52%
3%
7%
Porcentaje emisión piezas informativas
oposición
CIU
IU
PNV
Podemos
PSOE
UPyD
G. Mixto
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Gráfico 14. Número y porcentaje de piezas informativas en el informativo de “La 2
Noticias” Gobierno, partido que lo sustenta y oposición.
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
Atendiendo a la representatividad de los grupos de la oposición, el número de
piezas emitidas con respecto al PSOE y CIU desciende alrededor de 5 puntos
porcentuales en relación con los informativos ya analizados. Consecuencia de
lo anterior el porcentaje de las formaciones políticas con menor
representatividad PNV, PODEMOS y UPYD, es más elevado.
Gráfico 15. Número y porcentaje de piezas informativas en el informativo de “La 2
Noticias” de la oposición.
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
Informe Semanal:
El programa Informe Semanal consta, generalmente, de cuatro reportajes que
versan sobre la actualidad nacional e internacional, política, económica, social
o cultural. A su vez, cada programa habitualmente incluye un reportaje,
denominado “Fue Informe”, que viene a rememorar hitos importantes del
pasado.
269 202
621
1092
0
200
400
600
800
1000
1200
Nº piezas
Gobierno Nº piezas
PP Nº piezas
Oposición Total
Número de piezas informativas
25%
18%
57%
Porcentaje emisión piezas
informativas
Nº piezas
Gobierno
Nº piezas PP
Nº piezas
Oposición
96 86
26 23
294
39 57
621
0
100
200
300
400
500
600
700
Número de piezas informativas oposición
16%
14%
4%
4%
47%
6% 9%
Porcentaje emisión piezas
informativas oposición
CIU
IU
PNV
Podemos
PSOE
UPyD
G. Mixto
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Durante el 2014 se emitieron 48 programas con un total de 174 reportajes, de
los cuales, 20 estaban relacionados con temática política, lo que supone un
11,49% del total.
En cuanto a los actores políticos participantes cabe destacar que en estos 20
reportajes tuvieron cabida miembros del Gobierno en 7 de ellos, miembros del
PP en 3 y miembros de la oposición, más en concreto, del PSOE en 2
reportajes. Los 8 reportajes restantes no se pudieron enmarcar en ningún
partido político en particular. Este cómputo se basa en la aparición de invitados
en el reportaje, aunque debe señalarse que será necesario en el futuro una
mejora en la asignación a los distintos actores en este ámbito específico. En el
Anexo 2 del presente Informe se puede consultar el detalle de estos 20
reportajes de carácter político.
Los Desayunos de TVE:
Los Desayunos de TVE es un espacio informativo o de análisis de la actualidad
donde, con asiduidad, se realizan entrevistas y tertulias.
Para analizar la misión de servicio público en este tipo de programas se ha
tomado como baremo el número de invitados y su pertenencia a los distintos
grupos parlamentarios.
Durante 2014 el programa contó con 142 representantes políticos, de los
cuales, 78 estaban vinculados a la oposición (55%), 41 al PP (29%) y 23 con el
Gobierno (16%).
Gráfico 16. Número y porcentaje de invitados a los Desayunos de TVE, por Gobierno,
partido que lo sustenta y oposición.
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
Respecto a la presencia de los partidos en la oposición, destacó la presencia
de representantes del PSOE, con 43 invitados, lo que supuso un 30%
atendiendo a la totalidad de invitados y el 55% en relación con el resto de
grupos de la oposición.
A su vez caber reseñar la presencia destacada de UPyD con 9 invitados, que
representa un 6,34% del total de invitados y un 11,5% de invitados de la
23
41
78
142
0
20
40
60
80
100
120
140
160
Gobierno PP Oposición Total
Listado asistentes
16%
29%
55%
Porcentaje de invitados sobre el
total
Gobierno
PP
Oposición
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oposición, cifra muy superior a las cuotas obtenidas en el resto de informativos
ya analizados donde su porcentaje de representación se encontraba entre el
3% y 4%.
Por el contrario, el porcentaje de representación alcanzado por CIU en otros
informativos que rondaba el 20%, decrece radicalmente dado que, durante
2014, tan solo participaron en este espacio 7 representantes, lo que supone un
4,9% sobre el total y un 9% en relación con los grupos de la oposición.
Por último cabe destacar que en año 2014 no participó ningún representante de
PODEMOS.
Gráfico 17. Número y porcentaje de invitados a los Desayunos de TVE de la oposición.
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
En el Anexo 3 de este Informe se puede consultar la relación de invitados que
participaron en “Los Desayunos de TVE” a lo largo del año 2014.
Otros programas informativos, de debates y tertulias:
Por último deben analizarse aquellos otros programas informativos, de debate
o tertulias que tuvieron lugar a lo largo del año 2014: el “Debate de La 1”, “La
tarde en 24 horas” y “La noche en 24 horas”.
Tras analizar los citados espacios se ha podido comprobar que hubo un total
de 94 invitados relacionados con la temática política, 8 de los cuales estaban
vinculados a la actividad del Gobierno, 31 al PP y los 55 restantes a la
oposición.
7 6 3 0
43
9 10
78
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
Listado de Invitados de la oposición política
9%
8% 4%
0%
55%
11%
13%
Porcentaje invitados oposición sobre
el total
CIU
IU
PNV
Podemos
PSOE
UPyD
G. Mixto
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Gráfico 18. Número y porcentaje de invitados a otros programas informativos, de
debates y tertulias, por Gobierno, partido que lo sustenta y oposición.
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
En relación con la oposición, cabe destacar la participación del PSOE con 25
invitados (45%) en el año 2014.
Gráfico 19. Número y porcentaje de invitados a otros programas informativos, de
debates y tertulias de la oposición.
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
De conformidad con el conjunto de datos analizados, se puede señalar que,
desde un punto de vista estrictamente cuantitativo, el número de piezas
informativas que ha emitido la CRTVE a lo largo del año 2014 en sus espacios
informativos, así como el número de invitados a estos programas, muestra un
equilibrio en la presencia de las distintas fuerzas políticas.
En efecto, si bien en algunos informativos la presencia del Gobierno sumada a
la del partido que lo sustenta es superior a la de las fuerzas políticas de la
oposición, en otros espacios esta situación se invierte. Por ello, desde un punto
de vista estrictamente cuantitativo, el porcentaje de presencia de cada grupo
político en las piezas informativas analizadas tiene correlación con la
representación obtenida por estos grupos en el Congreso, el Senado, y el
Parlamento Europeo.
8
31
55
94
0
20
40
60
80
100
Gobierno PP Oposición Total
Listado asistentes otros programas
8%
33%
59%
Porcentaje asistentes otros
programas
Gobierno
PP
Oposición
6 7 4 2
25
5 6
55
0
10
20
30
40
50
60
Listado de Invitados de la oposición política
11%
13%
7%
4%
45%
9%
11%
Porcentaje de invitados de la
oposición sobre el total
CIU
IU
PNV
Podemos
PSOE
UPyD
G. Mixto
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No obstante, y como se ha señalado en el inicio de este apartado, un estudio
adecuado de los principios de independencia, pluralismo, neutralidad,
imparcialidad y rigor de la información requiere de un análisis cuantitativo más
amplio en el que, además de la presencia de los actores políticos por número
de piezas informativas, se analice el tiempo de presencia de los mismos, así
como de un análisis cualitativo con el que se pueda determinar el tipo de
tratamiento de las noticias (positivo, neutro y/o negativo) y su encuadre total en
la emisión. A tal fin, se considera necesario que desde esta Comisión se
impulse un proceso para la implantación de una metodología que permita en
ejercicios futuros sistematizar el grado de cumplimiento de esta misión de
servicio público.
Visto lo anterior, se debe, ahora, hacer mención a la actividad llevada a cabo
por los Consejos de Informativos de la CRTVE cuyo objetivo primordial es velar
internamente por la independencia, neutralidad, pluralidad y profesionalidad en
la programación de informativos de la propia Corporación.
A este respecto, en el Informe Anual del Consejo de Informativos de TVE
correspondiente al año 2014, se recogen un total de 35 incidencias
relacionadas con malas prácticas profesionales. Éstas se agrupan de la
siguiente manera: 21 relacionadas con censura en las emisiones, 4 relativas a
la falta de pluralismo, 2 quejas por falta de imparcialidad, 1 por falta de
rectificación de errores, 6 por error en la valoración y 1 relativa a “otros tipos”.
Si bien es cierto que el número total de incidencias podría considerarse menor,
teniendo en cuenta el número total de piezas informativas emitidas por TVE, no
hay que olvidar que algunas de las mismas se refieren a ámbitos muy
importantes en el desarrollo de esta misión de servicio público de la propia
CRTVE como puede ser la posible censura informativa, ámbito donde se
agrupan la mayoría de las reclamaciones. A este respecto el CdI ha puesto de
manifiesto importantes discrepancias con alusiones a casos concretos en los
que, según su opinión, en ocasiones se han eliminado de los telediarios
noticias importantes y en otros casos se han relegado a posiciones secundarias
informaciones muy relevantes. La existencia de estas prácticas, en caso de
probarse, debe ser considerada como de especial gravedad dada la
repercusión que pueden tener para la sociedad.
Un estudio de estas denuncias, así como de las formuladas ante la Comisión
de Control del Congreso de los Diputados, permitirá en el futuro adquirir una
visión más completa sobre el cumplimiento de estas obligaciones. También
deberá extenderse este análisis en próximos informes a las emisiones de RNE
y a los contenidos de RTVE.es, que en esta ocasión no se han podido evaluar.
No obstante, hay que destacar y valorar positivamente que esta Comisión no
ha tenido conocimiento de reclamaciones o denuncias de los Consejos de
Informativos relativas a la falta de cumplimiento de esta misión en el ámbito de
RNE y RTVE.es
En el año 2014 esta Comisión recibió una única denuncia en relación con la
falta de pluralidad y el posible incumplimiento de las obligaciones de servicio
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público en este ámbito por la CRTVE que fue desestimada
34
.
Así, teniendo en cuenta todo lo anterior, y destacando nuevamente el alcance
limitado de este análisis, los datos aquí reflejados muestran desde un punto de
vista cuantitativo un equilibrio de la presencia de las piezas informativas de las
fuerzas políticas en España en los espacios informativos.
Sin embargo, dado que esta conclusión no aborda cualitativamente la
presencia de los agentes políticos en los informativos y, en atención a las
incidencias presentadas por el CdI en su Informe Anual a este respecto, desde
la CNMC se recuerda a la CRTVE la importancia de perseverar en los
esfuerzos en el cumplimiento de esta misión desde un punto de vista cualitativo
de tal manera que se reduzcan al máximo posible las incidencias mostradas
por el CdI en este ámbito, dada la trascendencia social y democrática de esta
misión.
3.1.1.2 Derecho de acceso
El derecho de acceso es un derecho fundamental consagrado en el artículo
20.3 de la Constitución Española que pretende fomentar el pluralismo,
permitiendo que determinados “grupos políticos y sociales significativos”
dispongan de un cauce de comunicación que les permita proyectar sus
actividades, ideas y opiniones al conjunto de los ciudadanos.
Como manifestación de dicho derecho, la Ley 17/2006, en su artículo 28.2,
establece dos modalidades de desarrollo de dicho derecho de acceso en los
medios de comunicación pública de carácter estatal:
- Acceso global, mediante la participación de los grupos sociales y políticos
significativos, como fuentes y portadores de información y opinión, en el
conjunto de la programación de RTVE.
- Acceso directo, mediante espacios específicos en la radio y la televisión con
formatos diversos, tiempos y horarios, fijados por el Consejo de Administración
de la Corporación.
El derecho de acceso global a los medios de la CRTVE ya ha sido objeto de
análisis en el apartado, referido al pluralismo, por lo que ahora abordaremos la
segunda de estas modalidades.
En cuanto a la aprobación del procedimiento a cumplir para acceder a este
derecho, la Disposición Transitoria sexta de la Ley 17/2006 estableció que “en
el plazo de seis meses a partir de la constitución de la nueva Corporación de
34
En concreto, y en el marco de la cooperación administrativa, la autoridad reguladora del sector
audiovisual en la Comunidad Autónoma de Cataluña, el “Consejo del Audiovisual de Cataluña” (CAC)
remitió a la CNMC con fecha 30 de abril de 2015, Informe sobre el reportaje “Querella c ontra Mas” emitido
en el programa Informe semanal de la Corporación RTVE emitido el 22 de noviembre de 2014 en La1.
A este respecto, esta Comisión, como Autoridad Audiovisual competente para determinar el cumplimiento
o no de las obligaciones de servicio público por parte de la CRTVE mediante Resolución de 16 de junio de
2015 acordó archivar la denuncia contra la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A. en relación
con el reportaje “Querella contra Más” emitido en el programa Informe Semanal por considerar que no se
habían encontrado elementos de juicio que significasen el incumplimiento de los objetivos y funciones de
servicio público que tiene encomendado la CRTVE.
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RTVE, el Consejo de Administración deberá elaborar un Reglamento del
Derecho de Acceso que establezca las condiciones de solicitud, con respuesta
obligatoria a las peticiones correspondientes. El Consejo Audiovisual informará
la propuesta de este Reglamento y, una vez aprobado, su cumplimiento anual,
actuando asimismo como instancia superior en caso de desacuerdo”.
En este mismo sentido el Mandato-Marco, en su artículo 27, viene a concretar
que corresponde al Consejo de Administración de la CRTVE fijar los formatos,
tiempos y horarios para su ejercicio, tanto en el ámbito territorial como en el
nacional, una vez oído el Consejo Asesor y conforme a lo establecido por la
Autoridad Audiovisual.
Haciendo uso de esta habilitación competencial el Consejo de Administración
de la Corporación RTVE aprobó un Reglamento de Acceso y unas Directrices,
en junio de 2007, que vinieron a fijar los criterios que regulan la presencia, en la
programación general y específica de TVE y RNE, de organizaciones sociales y
políticas significativas. No obstante, dado que en el momento de su aprobación
aún no se había creado el Consejo Audiovisual, la propia norma declara el
carácter provisional de la misma hasta el momento de aprobación de la ley de
creación del citado Consejo.
En cuanto al procedimiento concreto, el citado Reglamento establece que todos
aquellos grupos políticos y sociales significativos que no hayan tenido durante
el semestre anterior presencia en la programación general de TVE y RNE o en
la programación específica destinada a dichos grupos, podrán presentar una
solicitud para el ejercicio de este derecho. A estos efectos, al final de cada
semestre, se abrirá un plazo de quince días para solicitarlo.
De acuerdo con los datos aportados por la CRTVE, a lo largo de 2014 se
recibieron y aceptaron, de conformidad con el procedimiento establecido en el
Reglamento y Directrices básicas, tres peticiones de acceso.
En el primer semestre del año 2014, la Plataforma de ONG Acción Social
ejerció este derecho en el programa ‘Para Todos La 2’ emitido el 13 de enero
en La 2 de TVE
35
.
Por su parte, en el segundo semestre del año, hubo dos beneficiarios, la
asociación El parto es nuestro que participó en el programa ‘Ellas pueden’
emitido el 28 de diciembre en Radio 5, programa que también está disponible
en la oferta de TVE a la carta
36
, y la asociación Ayudemos a un niño, que
participó en el programa ‘Las mañanas de Radio Nacional’, emitido el 20 de
noviembre en Radio Nacional
37
.
35
Producción audiovisual disponible en:
http://www.rtve.es/alacarta/videos/para-todos-la-2/para-todos-2-ong-campana-solidaria/2306972/
36
Disponible en:
http://www.rtve.es/alacarta/audios/ellas-pueden/141228-ellas-pueden-ok-2014-12-18t11-22-
11037/2916301/
37
Disponible en:
http://www.rtve.es/alacarta/audios/las-mananas-de-rne/mananas-rne-cuarta-hora-20-11-
14/2867451/#aHR0cDovL3d3dy5ydHZlLmVzL2FsYWNhcnRhL2ludGVybm8vY29udGVudHRhYmxlLnNod
G1sP3BicT03Jm1vbnRoRmlsdGVyPTExJm9yZGVyQ3JpdGVyaWE9REVTQyZb2RsPVRPQyZ5ZWFyRml
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Tabla 12. Solicitudes del derecho de acceso
Número
Solicitantes
Programa
Semestre
Canal /
Emisora
3
Acción Social
Para Todos La 2
1º semestre
La 2
El parto es nuestro
Ellas pueden
2º semestre
RNE
Ayudemos a un niño
España Vuelta y
Vuelta
2º semestre
RNE
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
De los datos aportados por la CRTVE cabe reseñar el limitado número de
agentes y accesos que, durante el año 2014, ha tenido la CRTVE. Este hecho
puede ser resultado de que el procedimiento actual además de ser
escasamente conocido por los posibles beneficiarios del mismo, fuera poco
flexible y eficiente. Pero también puede reflejar el hecho de que en la
actualidad existe una amplia disponibilidad de medios alternativos para lograr la
difusión de mensajes por parte de los potenciales ejercientes de este derecho.
También que muchos programas de RTVE, así como sus servicios
informativos, dedican amplios espacios a la participación de organizaciones
sociales y han demostrado una gran disponibilidad para divulgar sus
actividades.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, esta Comisión recomienda llevar a cabo
un análisis de la situación para valorar si, en su caso, fuera necesaria una
actualización del citado Reglamento, a la vista de los cambios tecnológicos y
sociales que se han producido en la última década. Esta modificación, de ser
necesaria y producirse, deberá ser informada por esta Comisión, dando
cumplimiento así a lo exigido por la Disposición Transitoria sexta de la Ley
17/2006.
3.1.2.3 Facilitar el debate democrático y la libre expresión de opiniones.
El artículo 11 del Mandato-Marco exige que los contenidos difundidos por la
CRTVE sean un reflejo de la pluralidad social, cultural y lingüística de la
sociedad española.
A tal fin se requiere a la CRTVE especial diligencia para que, en su oferta
programática, promoviendo el debate democrático y la libre expresión de
opiniones se eviten las siguientes conductas:
- Ninguna persona podrá ser discriminada o vejada por razones de edad,
discapacidad, etnia, raza, creencia o religión, orientación sexual o condición
social.
- Se huirá de todo tipo de tópicos y estereotipos de carácter sexista,
homófobo, xenófobo o racista y, en general, cualquier tratamiento
discriminatorio o despectivo referidos a la sociedad española, a cada uno de
los segmentos y minorías que la conforman o a la realidad de cada uno de
los pueblos que la integran, sus símbolos y su lengua.
sdGVyPTIwMTQmbG9jYWxlPWVzJnBhZ2VTaXplPTE1JmN0eD02ODA5MCZhZHZTZWFyY2hPcGVuPW
ZhbHNl
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- El color de la piel, la raza, el país de procedencia, el credo religioso y la
opción sexual de una persona o un colectivo solo será destacado cuando
tenga relevancia informativa y en ningún caso para estimular un sentimiento
de rechazo, lástima, burla u odio en la audiencia.
- Se evitarán las generalizaciones y se extremará el rigor en la terminología
empleada.
Para garantizar el efectivo cumplimiento de la presente misión, la CRTVE ha
establecido los siguientes procedimientos y directrices internas, que deben ser
adoptados por los integrantes de la Corporación:
- “Principios Básicos de Programación de RTVE”
38
, fija las directrices generales
de actuación de la Corporación en el cumplimiento de sus funciones,
desarrollando los principios básicos en materia de programación y producción
en la radio y televisión estatales.
- “Estatuto de la Información de la Corporación RTVE”
39
, desarrolla los
derechos y deberes de los profesionales de la información audiovisual de la
Corporación.
- “Manual de Normas de Estilo y Líneas de Producción para sus informativos”
40
,
establece unas directrices para los profesionales que presten sus servicios en
RTVE. Este Manual afecta y vincula al conjunto de la programación emitida y
de los servicios ofrecidos en todos y cada uno de los medios, canales y
soportes de RTVE.
Por tanto, desde el punto de vista instrumental, se puede afirmar que la CRTVE
goza de los elementos jurídicos y de las directrices previstas por el legislador
para garantizar el cumplimiento de los valores analizados en esta obligación.
No obstante, la existencia de estos procedimientos no garantiza per se el total
cumplimiento de los objetivos que se pretenden, tal y como demuestra el hecho
de que en el Informe Anual de los Consejos de Informativos referente al año
2014, al que ya nos hemos referido en apartados anteriores, se pone de
manifiesto la existencia de diversas reclamaciones identificadas como malas
prácticas profesionales.
Por ello, la CRTVE debe hacer sus mayores esfuerzos en el respeto y
protección escrupulosa de los ámbitos deontológicos de los que la misma
CRTVE se ha dotado.
3.1.2.4 Informar periódicamente de los debates parlamentarios de las
Cortes Generales y retransmitir en directo por radio, televisión e Internet
las sesiones que tengan especial interés informativo.
La Ley 8/2009 incorporó como obligación adicional para la CRTVE la emisión y
retransmisión de los debates parlamentarios de especial relevancia, tales como
los Debates del Estado de la Nación, sesiones de investidura o aquellos otros
38
Accesible en:
http://www.rtve.es/contenidos/corporacion/Principios_basicos_de_la_programacion_de_RTVE.pdf
39
Accesible en: http://www.rtve.es/contenidos/documentos/ESTATUTO_DE_INFORMATIVOS_v1.pdf
40
Accesible en: http://manualdeestilo.rtve.es/
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que resulten de especial interés en el marco institucional español. Añade la ley
que, en estos casos, no se cortará la emisión hasta que no se hayan expresado
todos los grupos políticos, salvo razones de urgencia informativa.
En relación con los debates parlamentarios, durante el ejercicio 2014, la
CRTVE empleó en los informativos de TVE un total de 55 horas, 15 de las
cuales, se destinaron a cubrir el “Debate sobre el Estado de la Nación”. A este
mismo evento RNE dedicó 15 horas en sus programas informativos de Radio 5
y fue emitido en directo y de forma íntegra por RTVE.es
En relación con las sesiones parlamentarias, estas pudieron ser seguidas en
directo por TVE (Canal 24Horas), por RNE (Radio 5) y en streaming por la web
RTVE.es.
A su vez, TVE dedicó 51 horas de emisión en directo a la información de
sesiones informativas, de las cuales 45 horas se corresponden a la emisión de
27 sesiones parlamentarias y, las 6 restantes, a la retransmisión de parte de la
sesión de control del Senado, a la que acude el presidente del Gobierno una
vez al mes.
En RNE, por su parte, se dedicaron 85 horas de programación a este respecto.
Asimismo, la información parlamentaria estuvo presente en la retransmisión
semanal, en Radio 5, en la sesión de Control en el Congreso de los Diputados.
Además, la CRTVE mantiene semanalmente un programa de actualidad
parlamentaria de lo sucedido en el Congreso y el Senado, con noticias y
reportajes sobre las iniciativas que se debaten y aprueban en las Cámaras.
En el ámbito Televisivo y a nivel nacional, se emite el programa semanal
“Parlamento” en el Canal 24 horas los sábados y domingos. Por su parte, la
CRTVE también emite un programa semanal, “Aquí Parlem”, que acerca la
realidad parlamentaria catalana.
De los datos anteriores se puede afirmar que la CRTVE ha dedicado un
importante número de horas a informar sobre la actividad desarrollada por las
Cortes Generales y a retransmitir en directo las sesiones más importantes,
desde todas sus plataformas de distribución, es decir, en televisión, radio e
Internet.
3.1.2.5 Programar debates electorales de conformidad con lo establecido
Dentro de las misiones de servicio público, la CRTVE debe programar y
fomentar la emisión de debates electorales y dar cumplimiento a las
instrucciones y demás resoluciones de la Junta Electoral Central.
El artículo 26 del Mandato-Marco establece que en los procesos electorales, la
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General y las
resoluciones emanadas de las respectivas Juntas Electorales serán de
aplicación a la hora de establecer los criterios de representación y
proporcionalidad en los espacios gratuitos, en la información electoral y en los
debates.
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En el mes de mayo del 2014 se celebraron las elecciones al Parlamento
Europeo. A este respecto cabe indicar que, la emisión de los distintos bloques
informativos y cobertura informativa llevada a cabo por la CRTVE fue conforme
a las instrucciones dictadas por la Junta Electoral en su “Plan de Cobertura
Informativa de los informativos de TVE en las Elecciones al Parlamento
Europeo 2014”
41
.
Durante la citada campaña electoral se celebraron dos debates electorales, el
primero, entre los dos principales candidatos a nivel nacional (PP y PSOE) y un
segundo debate, más amplio, entre los seis partidos políticos más
representativos a nivel nacional que se presentaban a estas elecciones
europeas (PP, PSOE, Coalición por Europa, Izquierda Plural, Unión Progreso y
Democracia y L'Esquerra pel Dret a Decidir).
Tras la celebración de las elecciones se emitieron varios programas
monográficos sobre la constitución del nuevo Parlamento, así como sobre la
elección de los miembros de la Comisión Juncker.
Teniendo en cuenta las acciones llevadas a cabo por la CRTVE en este ámbito,
se debe concluir el cumplimiento de la CRTVE de esta misión, dado que en el
año 2014, año de elecciones al Parlamento Europeo, llevó a cabo dos debates
electorales y emitió los bloques informativos, todo ello de conformidad con las
instrucciones de la Junta Electoral.
3.1.3 Cohesión territorial
De conformidad con el artículo 3.2 apartado e) de la Ley 17/2006 la
Corporación RTVE deberá promover la cohesión territorial, la pluralidad y la
diversidad lingüística y cultural de España.
El Mandato-Marco viene a desarrollar este precepto exigiendo que en el
ejercicio de sus funciones la Corporación RTVE:
- Contribuya a la construcción de la identidad y la vertebración de España como
país, asumiendo la existencia de las diversas nacionalidades y regiones.
- Asegure una efectiva cohesión territorial, para ello la Corporación RTVE ha de
servir de motor y garante de los flujos entre las distintas Comunidades
Autónomas en su oferta de contenidos.
- Garantice la pluralidad y diversidad lingüística y cultural de España ofreciendo
contenidos territorializados atendiendo a las diferentes lenguas cooficiales, al
hecho insular, así como a las condiciones propias de las regiones ultra
periféricas.
En este mismo sentido la Ley 8/2009 también exige que CRTVE asegure la
máxima cobertura geográfica, social y cultural e impulsar la diversidad cultural y
lingüística en su oferta digital
El efectivo cumplimiento de esta encomienda de servicio público lleva
aparejada la necesidad de estar presente en todos los territorios. A estos
41
https://www.boe.es/boe/dias/2014/04/29/pdfs/BOE-A-2014-4576.pdf
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efectos, la CRTVE ha llevado a cabo un despliegue territorial que alcanza a
todas las Comunidades y Ciudades Autónomas, si bien esta presencia no es
idéntica en todas ellas.
La Sede y los Estudios Centrales de la Corporación se asientan en Madrid
mientras que en Cataluña y Canarias existen dos importantes Centros de
Producción. En el resto de Comunidades CRTVE tiene establecidos Centros
Territoriales y, en las Ciudades Autónomas, Unidades Informativas.
La presencia efectiva de la CRTVE en todas la Comunidades Autónomas debe
responder a un doble objetivo. Por un lado, que desde cada territorio se
produzcan y emitan contenidos territorializados que reflejen la realidad social
de forma localizada y, por otro lado, que desde los distintos territorios se
ofrezcan contenidos que contribuyan a la programación nacional. En ambos
casos esta programación debe defender y difundir los valores constitucionales
y contribuir a la solidaridad interterritorial, y todo ello referido tanto a la
televisión, como a la radio y a los servicios web.
En el caso de la Televisión, la actividad desarrollada por los distintos centros
se muestra en el siguiente gráfico donde se refleja (i) horas producidas por
cada uno de estos centros (ii) horas emitidas en las respectivas desconexiones
territoriales (iii) horas con las que contribuye cada centro a la programación
nacional y, por último, (iv) horas de emisión en las diferentes lenguas
cooficiales, de acuerdo con la realidad lingüística de cada Comunidad
Autónoma.
Tabla 13. Distribución de las horas de producción de los centros territoriales de TVE
Centros territoriales y de Producción de TVE
CCAA
Nº de horas
producidas por
cada centro
Nº horas
destinadas a
desconexiones
territoriales
Nº horas de
contribución a la
programación
nacional
Nº horas de
emisión en
lengua
cooficial
Andalucía
219
151
68
-
Aragón
198
151
47
-
Asturias
201
151
50
-
Canarias
(Centro de Producción)
448
410 (289)
38
-
Cantabria
198
151
47
-
Castilla La Mancha
224
151
73
-
Castilla y León
197
151
46
-
Cataluña
(Centro de Producción)
2.597
679 (292)
1.918
679
Extremadura
186
151
35
-
Galicia
215
151
64
151
Islas Baleares
168
151
17
151
Madrid
151
151
0
-
Región de Murcia
190
151
39
-
Comunidad Foral de Navarra
190
151
39
13
País Vasco
214
151
63
7
La Rioja
193
151
42
-
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Comunidad Valenciana
218
151
67
-
Ciudad Autónoma de Ceuta
(Unidad informativa)
28
12
16
-
Ciudad Autónoma de Melilla
(Unidad informativa)
22
12
10
-
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Tal y como se observa en la tabla anterior la mayor parte de la producción de
los centros territoriales y de las unidades informativas, cerca del 76%, se
destina a la emisión de contenidos en el propio territorio y que se identifican
con la desconexión de los servicios informativos. El otro 24% de producción
contribuye a la emisión de contenidos en la programación a nivel nacional.
Cuestión distinta es lo que sucede en los Centros de Producción propia
ubicados en Canarias y Cataluña, los cuales desarrollan una especial actividad
que contribuye tanto a su propio autoconsumo como a la programación
nacional e internacional de TVE.
En el caso de Canarias, más del 90% de la producción realizada en el año
2014 se emitió en la propia Comunidad Autónoma. A este respecto cabe indicar
que el dato que se refleja en la tabla como número de horas de desconexión
territorial atiende, por un lado, a las horas de desconexión de los servicios
informativos (Telediario Canarias y edición, +Canarias, +Canarias
semanal, El debate, El tiempo) así como al número de horas de programas de
producción propia que sólo se emiten en esa Comunidad (Cerca de ti, Déjame
entrar, Teleplaneta, Especiales varios y el Tenderete).
En el caso de Cataluña, cabe destacar la profusa contribución que se realiza
desde Sant Cugat a la programación de los distintos canales de TVE, que
supone alrededor de un 74% del total de los contenidos producidos.
En relación con los servicios informativos, desde Sant Cugat, se aportó a las
diferentes ediciones de los Telediarios nacionales, emitidos en 2014, un total
de 5.765 contenidos que supusieron más de 105 horas de emisión. Si a estos
datos se añade lo aportado al Canal 24 horas, se alcanzaría un total de 7.621
contenidos y casi 140 horas de emisión.
A lo anterior cabría añadir aquellos otros programas de emisión nacional, de
contenido distinto al informativo, que se producen desde Cataluña como son:
Repor, Lab24, Saber y ganar, Con mis ojos, Imprescindibles, así como aquella
programación elaborada para el canal Teledeporte.
El otro 26% de horas de producción propia elaboradas desde San Cugat se
diseña para su emisión en la propia comunidad. De esta última cifra el 11% (un
total de 292 horas) se corresponden con la desconexión de los servicios
informativos.
Además de lo anterior cabe mencionar que, durante el año 2014, La 2 emitió
semanalmente España en Comunidad, programas realizados por los centros
territoriales y de producción donde se ofrecen reportajes e información sobre la
actualidad de las distintas Comunidades Autónomas.
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Analizada la actividad llevada a cabo por los distintos centros, cabe ahora
referirse al grado de uso de las lenguas cooficiales en aquellas comunidades
con identidad lingüística.
De los datos aportados por la CRTVE se observa que los contenidos emitidos
en Galicia e Islas Baleares, en lenguas cooficiales, se corresponden con las
desconexiones que se realizan para emitir sus respectivos informativos
territoriales, lo que supone un 1,7% del total de horas emitidas
respectivamente. Por su parte, en Navarra y País Vasco el uso de sus lenguas
cooficiales es muy residual.
En el caso de Cataluña, las horas de emisión en lengua catalana superan el
7% del total. Estas horas se corresponden con las desconexiones informativas
a las que hay que añadir aquellos programas de producción propia que se
realizaron y emitieron durante el 2014 en esta lengua:
Vespre a La 2. Magazine que se emite de lunes a viernes, de 19.00h a
20.00h de en La 2. Es un espacio de actualidad informativa que da a
conocer todo aquello que afecta al territorio catalán y a sus ciudadanos.
Històries de taula i llit. Espacio que recorre la geografía catalana a través de
sus establecimientos más carismáticos.
El debat. Réplica en catalán del programa ‘El Debate’ que fue emitido en
La1.
Aquí parlem. Programa resumen de la actualidad parlamentaria catalana.
Incluye entrevistas con los representantes de los diferentes partidos políticos
con representación en el Parlament de Cataluña.
En relación con RNE, la presencia en las Comunidades Autónomas es común a
la de TVE. Esta presencia se concreta, a su vez, tal y como muestra la
siguiente tabla, en (i) número de emisoras, (ii) horas producidas por cada
centro, (iii) horas de emisión en desconexiones territoriales, (iv) horas de
contribución a la programación nacional y, por último, en (v) las horas de
emisión en las diferentes lenguas cooficiales, de acuerdo con la realidad
lingüística de cada Comunidad Autónoma.
Tabla 14. Distribución de las horas de producción de los centros territoriales RNE
Centros territoriales y de producción RNE
CCAA
Nº de
emisoras
RNE
Nº de horas
producidas
por cada
centro
Nº horas
emitidas en
desconexiones
territoriales
Nº horas de
contribución a la
programación
nacional
Nº horas
emisión
en lengua
cooficial
Andalucía
8
2.733,60
2.307,60
(288,45x8)
426
-
Aragón
3
1.002,35
865,35
(288,45x3)
137
-
Asturias
1
349,45
288,45
61
-
Canarias
(Centro de Producción)
2
1.199
959
240
-
Cantabria
1
411,45
288,45
123
-
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Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Al igual que sucedía en televisión, la mayor parte de horas producidas por RNE
en las distintas Comunidades Autónomas se corresponde con la franja de las
desconexiones informativas (en cada una de sus cadenas), que se establecen
en estos casos entre las 12:10 y las 13:00 horas.
En el caso de las horas de desconexiones, así como en la contribución a la
programación nacional, debe tenerse en cuenta la actividad de las 54 emisoras,
que superan ampliamente la de los Centros Territoriales instalados en las
capitales de las 17 comunidades autónomas y las ciudades extra-peninsulares
de Ceuta y Melilla. En el capítulo de la actividad que se realiza desde los
centros de producción de Cataluña y Canarias deben tenerse en cuenta las
cifras que permiten dimensionarla.
En este caso cabe una vez más destacar la producción más profusa que se
realiza desde los centros de producción de Canarias y Cataluña.
En el caso de Cataluña cabe destacar la existencia de una emisora propia que
tiene como objetivo ofrecer el servicio público radiofónico en catalán, Ràdio 4.
En 2014 la programación de Ràdio 4 se articuló a través de magazines diarios
de mañana (El matí a Ràdio 4, de 07:00 a 12:00), de tarde (Anem de tarda, de
16:00 a 19:30) y de fin de semana (Amics i coneguts, sábado y domingo de
09:00 a 13:00 horas).
En el apartado informativo, además de los boletines habituales, Ràdio 4 emitió
un informativo matinal de 07:00 a 08:00, un informativo a mediodía de 13:30 a
14:00 y otro por la tarde de 19:30 a 20:00 horas.
En cuanto a la contribución a la programación nacional que se realiza desde
este centro de producción, durante el año 2014 los servicios informativos de
Castilla La Mancha
5
1.673,25
1.442,25
(288,45x5)
231
-
Castilla y León
10
3.255,50
2.884,50
(288,45x10)
371
-
Cataluña
(Centro de Producción)
4
2.028
944
1084
944
Extremadura
2
681,90
576,90
(288,45x2)
105
-
Galicia
4
1.304,80
1.153,80
(288,45x4)
151
1.153,80
Islas Baleares
1
663
628
35
288,45
Madrid
1
288,45
288,45
_
-
Región de Murcia
2
716,90
576,90
(288,45x2)
140
-
Comunidad Foral de Navarra
1
442,45
288,45
154
-
País Vasco
3
1.043,35
865,35
(288,45x3)
178
-
La Rioja
1
323,45
288,45
35
-
Comunidad Valenciana
3
924,35
865,35
(288,45x3)
59
865,35
Ciudad Autónoma de Ceuta
(Unidad informativa)
1
440
398
42
-
Ciudad Autónoma de Melilla
(Unidad informativa)
1
423
398
25
-
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esta comunidad produjeron un total de 7.837 contenidos, lo que representan
más de 1.080 horas de emisión dentro de la parrilla nacional.
En relación con el centro de producción de Canarias, al igual que sucede en
Cataluña, RNE ofrece una programación más amplia que en el resto de centros
territoriales. De este modo la franja de desconexión de 12:10 a 13:00, que en el
resto de emisoras de RNE se utiliza para emitir contenidos informativos, la
ocupa el programa Canarias Mediodía, que realiza un recorrido radiofónico por
todo el archipiélago.
Diariamente, a las 14:00 con Archipiélago noticias, se analiza la actualidad en
40 minutos dando paso a la información deportiva que se prolonga hasta las
15:00. A las 18:35, en Radio 5 y durante 25 minutos, se ofrece de nuevo la
última hora informativa. Durante el día, Radio 5 ofrece dos desconexiones
regionales más, (a las 11:25 y a las 15:25).
En fin de semana, además del informativo a las 08:05 en Radio 5 se emiten los
programas (i) Doble hélice, donde se abordan temas de salud (sábados de
12:30 a 13:00) y (ii) Planeta vivo (domingo), este último también tiene una
redifusión en Radio Exterior de España.
En Radio 1, además del informativo de las 14:00, el domingo se emite el
programa Parlamento donde se acerca la actualidad de la cámara regional a la
ciudadanía.
En relación con el uso de lenguas cooficiales cabe reseñar, tal y como puede
verse en la Tabla 14, que el número de horas que se emiten en lengua cooficial
se corresponde con las desconexiones informativas tanto en Galicia e Islas
Baleares como en Valencia. En Cataluña, por su parte, a las 944 horas que
aparecen en el citado gráfico habría que sumarle las horas de programación de
Ràdio 4, que como ya indicábamos con anterioridad emite eminentemente en
lengua catalana.
Por último se alude a la actividad de la Web de la CRTVE.
A este respecto debe reseñarse que, en el momento actual, el desarrollo de
una herramienta web con contenidos e información actualizada es un factor
clave para garantizar y reforzar la cohesión social.
En la siguiente gráfica se detalla la presencia y acceso a la web de la CRTVE
en cada una de las Comunidades Autónomas, dónde se refleja cómo los
ciudadanos hacen uso de esta herramienta, destacando el significativo número
de vistas alcanzadas en Madrid, Andalucía, Cataluña y Valencia.
Hay que tener en cuenta que la CRTVE no tiene una programación propia y
diferente en la página web de la que emite en sus plataformas televisivas y
radiofónicas, sino que ésta pone a disposición del público, precisamente,
contenidos ya emitidos. En este sentido, hay que señalar que existe un alto
nivel de acceso y consulta de la web de la CRTVE y de sus contenidos, lo que
puede ser signo de los cambios de consumo y tendencia que está sufriendo el
mercado audiovisual, donde el acceso en diferido o no lineal, cada vez tiene
una mayor presencia. A este respecto, contrasta el alto nivel de acceso a
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107.242.356
17.824.775
11.779.654
16.218.460
7.463.040
23.958.746
30.198.771
94.697.002
12.258.351
29.083.181
11.773.559
163.464.615
16.990.552
8.631.145
26.203.273
4.416.541
62.126.859
395.252
264.541
621.905.547
94.598.140
58.039.422
91.552.696
39.392.581
136.285.158
154.182.023
516.048.834
71.214.430
152.925.847
69.177.034
896.530.149
98.569.799
44.874.228
140.083.274
23.677.366
341.979.771
2.485.674
1.824.060
Nº de visitas por CCAA Páginas vistas por CCAA
contenidos ya emitidos mediante acceso no lineal y, como se verá más
adelante, la paulatina pérdida de audiencia de la CRTVE en sistema lineal,
cuando el contenido es el mismo.
Gráfico 20. Accesos a la página web de RTVE por CC.AA.
Fuent
e: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
Visto lo anterior cabría reseñar que el despliegue territorial que realiza la
CRTVE en el conjunto de España no encuentra parangón en ningún otro medio
de comunicación en nuestro país. Probablemente, este sea el esfuerzo más
relevante desde un punto de vista presupuestario, lo que diferencia a la CRTVE
de otras empresas de radio y televisión de titularidad privada que operan en
España. De hecho, ningún otro operador privado cuenta en la actualidad con
un despliegue territorial similar dada la falta de rentabilidad que este conlleva.
Este esfuerzo supone disponer de presencia efectiva como medio público
prestador de servicios de radio y televisión en todas las Comunidades y
Ciudades Autónomas. Como ya se ha indicado, la CRTVE dispone de centros
territoriales y de producción en los casos de Cataluña y Canarias, que
requieren de medios materiales tales como edificios, platós, unidades móviles,
estudios de grabación y recursos humanos, para satisfacer las necesidades de
producción, emisión, contribución de contenidos a la programación nacional, de
radio, televisión y para Internet.
En la siguiente tabla se ofrecen los datos aportados por la CRTVE en relación
con el número de empleados y costes que se sufragan desde las diferentes
Comunidades Autónomas.
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Tabla 15. Costes y número de empleados en los centros territoriales de TVE
Centros territoriales y de Producción de TVE
CCAA
Nº de
empleados
Gastos 2014
Porcentaje sobre
el total de gasto
de centros
territoriales
Porcentaje
sobre el total
de gastos de la
CRTVE
Andalucía
129
8.225.386
10,65%
0,84%
Aragón
61
3.915.735
5,07%
0,40%
Asturias
51
3.198.165
4,14%
0,33%
Canarias
(Centro de Producción)
49
3.572.758
4,62%
0,36%
Cantabria
49
2.867.714
3,71%
0,29%
Castilla La Mancha
76
4.689.818
6,07%
0,48%
Castilla y León
105
6.300.252
8,16%
0,64%
Cataluña
(Centro de Producción)
149
9.945.563
12,87%
1,01%
Extremadura
59
4.193.294
5,43%
0,43%
Galicia
81
5.461.578
7,07%
0,56%
Illes Balears
53
3.487.433
4,51%
0,35%
Madrid
4
433.638
0,56%
0,04%
Región de Murcia
57
3.409.846
4,41%
0,35%
Comunidad Foral de Navarra
50
3.290.584
4,26%
0,33%
País Vasco
93
6.204.480
8,03%
0,63%
La Rioja
44
2.624.756
3,40%
0,27%
Comunidad Valenciana
72
4.402.103
5,70%
0,45%
Ciudad Autónoma de Ceuta
(Unidad informativa)
7
522.669
0,68%
0,05%
Ciudad Autónoma de Melilla
(Unidad informativa)
8
508.137
0,66%
0,05%
TOTAL
1197
77.253.909
100%
7,86%
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Con el objetivo de reducir parte de estos costes, el Consejo de Administración
de la CRTVE aprobó la Resolución 4/2012, de fecha 1 de octubre, por la que
vino a modificar la estructura territorial de la Corporación. En la misma, se
establecía la necesidad de amortizar los centros territoriales de TVE y RNE. De
los datos aportados por la CRTVE se desprende que esta amortización ha
supuesto un ahorro de 402.890 € anuales.
Este esfuerzo económico, a su vez, se ve acrecentado por la obligación
impuesta a la CRTVE de alcanzar la máxima cobertura geográfica posible en
su señal de televisión. En este sentido debemos mencionar que, de
conformidad con el Real Decreto 944/2005, de 29 de julio, por el que se
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aprueba el Plan técnico nacional de la televisión digital terrestre, la CRTVE
tiene la obligación de llegar al 98% de la población a diferencia de las cadenas
privadas que tan sólo se les exige que alcancen una cobertura poblacional del
96%.
Este incremento de un 2% de la cobertura poblacional de su señal de
televisión, más allá de los exigidos a las televisiones privadas, supone un
importante coste económico, dadas las dificultades orográficas de numerosas
zonas de España que dificultan la difusión radiotelevisiva.
De hecho, como se señaló en la Resolución de la CMT de 30 de abril de 2013,
por la que se aprueba la definición y análisis del mercado mayorista del servicio
portador de difusión de la señal de televisión, la designación del operador con
poder significativo de mercado y la imposición de obligaciones específicas y se
acuerda su notificación a la Comisión Europea y al Organismo de Reguladores
Europeos de Comunicaciones Electrónicas (ORECE) (MTZ 2012/1442), para
alcanzar una cobertura superior al 98% se requieren alrededor de 1.300
centros, que sería el caso de las televisiones públicas y unos 1.000 en el caso
de las privadas para una cobertura del 96%.
Así, hay una diferencia de acceso y utilización de centros para la emisión de
ese incremento de cobertura que supone un importante coste adicional en el
que debe incurrir la CRTVE y que el resto de prestadores no debe soportar en
la misma intensidad.
En consecuencia, CRTVE debe asumir un mayor esfuerzo económico en
materia de cobertura que el resto de agentes.
La relación entre la inversión económica y los resultados de audiencia
obtenidos es lo que ha provocado que solo TVE mantenga desconexiones
territoriales en todas las comunidades autónomas. Este limitado interés por la
información de cercanía generada por los canales nacionales puede verse
acentuada por el hecho de que las audiencias de las plataformas de pago, con
importancia creciente, no ofrecen a sus abonados los contenidos de las
desconexiones territoriales, que son sustituidos por fragmentos de programas
de menor interés.
No obstante, como puede apreciarse en el cuadro siguiente, salvo en aquellas
comunidades con cadenas autonómicas muy potentes (Andalucía, Cataluña,
Canarias, Galicia, Aragón o Madrid) la audiencia de las desconexiones supera,
y en ocasiones ampliamente, la cuota de La 1.
Tabla 16. Audiencias en CCAA y Ciudades Autónomas
CCAA
Audiencia
media desconexión
autonómica de
La1
(Miles y cuota)
Audienc
ia La1
(cuota)
Audiencia
media emisión
La2
(Miles y cuota)
Audiencia
La2
(cuota)
Audiencia
media
desconexión
autonómica
RNE (share)
Andalucía
131 - 7,2%
8,5
2,6
155 - 7,0
Aragón
30 - 9,2%
11,1
3,0
39 - 6,8
Asturias
30 - 13,3%
11,5
2,7
57 - 13,9
Canarias
21 - 5,8%
6,4
8 - 1,7%
1,9
62 - 11,7
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Cantabria
49 - 35,7%
14,5
3,3
28 - 15,6
Castilla La Mancha
62 - 12,4%
12,1
2,6
68 - 9,8
Castilla y León
91 - 17,2%
14,9
3,5
120 - 9,1
Cataluña
84 - 5,9%
7,3
16 - 1,2%
2,4
111 - 4,3
Extremadura
45 - 18,3%
13,3
2,2
36 - 12,5
Galicia
64 - 10,4%
10,5
2,8
59 - 4,6
Illes Balears
30 - 13,1%
10,6
2,2
25 - 6,8
Madrid
99 - 8,5%
9,9
2,8
206 - 9,3
Región de Murcia
37 - 12,9%
12,7
2,9
43 - 15,4
Comunidad Foral de
Navarra
24 - 21,3%
11,8
2,7
18 - 6,5
País Vasco
49 - 10,5%
9,1
3,0
81 - 9,0
La Rioja
26 - 33,3%
19,4
3,8
11 - 12,2
Comunidad Valenciana
144 - 12,5%
11,6
3,4
148 - 9,5
Ciudad Autónoma de
Ceuta
No hay datos individualizados
Ciudad Autónoma de
Melilla
Nacional
10,0
2,8
1.266 - 8,3%
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Por tanto, de conformidad con los datos observados en el presente apartado en
relación con el nivel de presencia de la CRTVE en cada una de las
Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas, y teniendo en cuenta el
esfuerzo económico que el cumplimiento de esta misión implica, debe
concluirse que el grado actual de contribución que realiza cada centro territorial
a la programación general de la CRTVE, así como las horas de desconexión
dedicadas en estos ámbitos territoriales, cumplen con la misión de promover la
cohesión territorial, la pluralidad y diversidad lingüística y la cultura en España.
3.1.4 Otros valores constitucionales y cívicos
Como ya se ha expresado en el presente Informe, la CRTVE debe respetar y
promocionar de forma transversal en toda su programación los valores
constitucionales y cívicos.
No obstante, en el presente apartado se procede a analizar aquellos sobre los
que la normativa audiovisual hace una mención específica, en concreto nos
referimos a (i) los derechos de los consumidores y usuarios, (ii) la promoción
de los valores de la paz así como, (iii) la promoción y respeto de los valores
ecológicos y del medio ambiente.
3.1.4.1 Difundir el conocimiento de los derechos de los consumidores y
usuarios y desarrollar procedimientos que garanticen el derecho de
rectificación
La CRTVE, en el ámbito de su tarea educativa y divulgativa, debe prestar
adecuada atención a las cuestiones relacionadas con la salud, el consumo y el
derecho de los consumidores.
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A estos efectos el artículo 20 del Mandato-Marco, dispone que el Defensor del
Espectador, del Oyente y del Usuario de Medios Interactivos (en adelante,
DEOyUMI) actuará como valedor del derecho del ciudadano a una información
veraz, independiente y plural, y a un entretenimiento digno y participativo, e
impulsará la transparencia, la autocrítica y el autocontrol de los medios de la
Corporación RTVE.
Por su parte, el artículo 28 del Mandato-Marco establece que la Corporación
RTVE se someterá a los procedimientos contemplados en la Ley Orgánica
2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.
La CRTVE, en el cumplimiento de sus funciones de servicio público, debe
garantizar el derecho de los ciudadanos, como consumidores finales de radio,
televisión y servicios interactivos públicos, al conocimiento de los principales
ámbitos que pueden repercutir en su vida y debe ofrecer al usuario una
comunicación directa que le permita presentar sus quejas, reclamaciones y
sugerencias en relación con la prestación del servicio.
Para ello, el Mandato-Marco creó la figura del DEOyUMI con el objetivo
declarado en su Estatuto
42
de “actuar como valedor del derecho ciudadano a la
información y el entretenimiento, como impulsor de la transparencia, la
autocrítica y el autocontrol de los medios de la Corporación RTVE y como
estimulador de una relación crítica y directa entre los receptores y los
profesionales responsables de la producción y emisión de los contenidos de los
diferentes canales de televisión, radio e interactivos”.
La CRTVE ha implementado y fomentado esta figura desde un doble punto de
vista, por un lado, mediante la emisión de un programa mensual “RTVE
responde donde el DEOyUMI da cuenta de las quejas, sugerencias y
reclamaciones recibidas en su Oficina durante el último mes. Y por otro,
mediante la elaboración y publicación
43
en su página web de informes
trimestrales y anuales que reflejan la actividad llevada a cabo por el Defensor.
De los citados informes así como de los datos remitidos por la CRTVE a esta
Comisión, se ha podido comprobar que en el año 2014 se recibieron por el
DEOyUMI 5.315
44
reclamaciones, de las cuales un total de 4.661 se
encuadraban dentro del ámbito competencial del Defensor (las referidas a las
plataformas RNE, iRTVE y TVE) y el resto, 654, no lo estaban por ser recibidas
por la CRTVE a través de medios distintos (las referidas a la Corporación TVE
y Sin competencias).
Atendiendo a las quejas recibidas por plataforma, debemos reseñar que la
mayor parte se referían a los canales de televisión, con un total de 4.117, lo
que supone, aproximadamente, un 78% del total.
Tabla 17. Distribución de las quejas / comunicaciones por plataformas de distribución
42
Aprobado por Acuerdo del Consejo de Administración de la CRTVE de 29 de noviembre de 2007, por el
que se aprueba el Estatuto del Defensor del Espectador, del Oyente y del Usuario de Medios Interactivos.
43
Accesible aquí: http://www.rtve.es/rtve-responde/informes/
44
Tras descartar aquellas que no eran de su competencia.
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Plataforma
Número
Porcentaje
RNE
271
5%
iRTVE
273
5%
TVE
4.117
78%
Corporación RTVE
58
1%
Sin Competencias
596
11%
Total
5.315
100%
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
En cuanto a las 4.661 quejas tramitadas por el DEOyUMI cabe destacar
aquellas referidas a los contenidos televisivos, que alcanzan casi un 80% del
total. Esta categoría abarca cuestiones sobre las que la ciudadanía ostenta una
mayor sensibilidad como son la ausencia de algún contenido, contenidos
morbosos, sexuales, violencia, etc., y, dentro de éstas, la mayoría se refirieron
a la calidad de los productos o emisiones.
Tabla 18. Quejas ante el Defensor por tipología
Tipología
Número
Porcentaje por tipo
Concurso
18
0,38%
Contenido
3.260
69,9%
Emisión
663
14,22%
Horario
234
5,02%
Sugerencia
85
1,82%
Técnico
401
8,60%
Total
4.661
100%
Como Anexo 4 se adjunta el Informe anual del DEOyUMI donde se puede
visualizar el detalle completo de todas las quejas recibidas y su tipología.
Por último cabe reseñar que las cifras de reclamaciones registradas durante el
año 2014 es significativamente inferior a las recibidas en años anteriores que
alcanzaron un total de 5.651 en el año 2012 y 6.324 en el 2013, lo que supone
un descenso del 17,5% y 26,3%, respectivamente.
Finalmente se analiza el ejercicio del derecho de rectificación durante el año
2014.
De conformidad con el artículo 1 de La Ley Orgánica 2/1984 Reguladora del
Derecho de Rectificación “toda persona natural o jurídica tiene derecho a
rectificar la información difundida, por cualquier medio de comunicación social,
de hechos que le aludan, que considere inexactos y cuya divulgación pueda
causarle perjuicio”.
Se trata, por tanto, de un derecho de los ciudadanos a ofrecer una versión
distinta o a contradecir una información difundida por un medio de
comunicación.
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Durante el 2014 la CRTVE únicamente tuvo dos solicitudes de intervención en
virtud de la Ley Orgánica 2/1984, Reguladora del derecho de rectificación, y en
ambas se permitió ejercer dicho derecho.
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Tabla 19. Número y programas donde se ejerció el derecho de rectificación
Número de programas donde se
ejerció el derecho de rectificación
Programas
2
“Las Mañanas de La 1”
“Informativo Canal 24 horas”
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Por tanto, se puede concluir el adecuado cumplimiento por parte de la CRTVE
de esta misión de servicio público en defensa de los derechos de los
espectadores.
3.1.4.2 Promoción de los valores de la paz.
Dentro del respeto a los principios éticos que debe asegurar la CRTVE, el
artículo 12, del Mandato-Marco recoge, como desarrollo de esta misión de
servicio público, el deber y compromiso de la CRTVE con la paz, la
cooperación internacional, la redistribución de la riqueza y la lucha para
erradicar el hambre y la miseria. Estos valores, deben apreciarse en la
programación de la CRTVE.
La CRTVE ha manifestado que el conjunto de la programación de TVE y de
RNE recoge de forma transversal esta misión de servicio público
encomendada. Asimismo, durante el 2014 se emitieron 41 programas cuyo
contenido se refería a cooperación y solidaridad (ver gráfico página 22).
3.1.4.3 Promoción del conocimiento, la salvaguarda y el respeto de los
valores ecológicos y de protección del medio ambiente.
El párrafo segundo del artículo 21 del Mandato-Marco, dentro de los
programáticos de servicio público radiotelevisivo, recoge que la CRTVE, en el
ámbito de su tarea educativa y divulgativa, tiene la obligación de prestar la
adecuada atención a las cuestiones relacionadas con la ecología y el medio
ambiente.
Esta obligación es asumida por la CRTVE de manera general. Así, la CRTVE
vela en su programación de radio y televisión y en la web por la promoción y el
respeto de estos valores ecológicos y medio ambientales.
Además, y desde un punto de vista programático, la CRTVE viene emitiendo,
desde el año 1997, un magazine sobre ecología y medio ambiente, “El
Escarabajo Verde”, que se centra en las relaciones que el hombre establece
con su entorno. Desde una perspectiva divulgativa, el programa analiza un
tema de actualidad sobre medio ambiente e incorpora un reportaje al respecto.
El citado magazine se emite los viernes en La 2 y se retransmite en ese mismo
canal así como en el Canal Internacional.
Asimismo, desde ese mismo año 1997, La 2 emite el programa Agrosfera,
espacio divulgativo, que hace repaso a la actualidad de interés sobre
agricultura, pesca, ganadería y en general el mundo rural español. Incluye
noticias, reportajes y entrevistas. Este espacio se reemite en el propio canal los
domingos y en el canal 24 horas los lunes y domingos.
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A su vez, durante el 2014, la CRTVE puso en marcha la campaña de
responsabilidad social “Concienciados con el medioambiente”, con el objetivo
de sensibilizar a la ciudadanía de la importancia del cuidado del planeta. A tal
fin, y coincidiendo con la celebración del Día mundial del medioambiente, el 5
de junio, los canales de radio y televisión dedicaron varios espacios a
concienciar sobre la importancia de los pequeños gestos de la vida cotidiana
para ayudar a preservar el planeta (del 30 de mayo al 5 de junio).
Por último, la CRTVE comenzó a emitir en el año 2014 “Aquí la tierra” un
programa diario de lunes a viernes en horario de 20:30-21:00, es decir, en
horario con importantes cotas de audiencia, donde se tratan diversos temas
relacionados con el medio ambiente.
3.2 Protección de menores e integración social
Uno de los objetivos preferentes fijados por el legislador dentro de la función de
servicio público es el referente a la necesidad de atender a aquellos
ciudadanos y grupos sociales que no son destinatarios de la programación
mayoritaria (Artículo 40.1 LGCA).
La Ley 17/2006 ya había señalado el deber de la CRTVE de apoyar la
integración social de las minorías y atender a grupos sociales con necesidades
específicas (artículo 3.2 apartado j).
Las obligaciones asociadas a este mandato se concretan, a su vez, en el
artículo 25.3 del mismo texto legal donde se establece la necesidad de que la
programación emitida en los canales públicos atienda a los colectivos sociales
que requieran una atención específica hacia sus necesidades y demandas,
como son la infancia y la juventud. Además de lo anterior, dispone que la
programación de servicio púbico debe extenderse a cuestiones de relevancia
para la mayoría de la población o para determinados colectivos, al tiempo que
se debe evitar cualquier forma de discriminación por causa de discapacidad.
3.2.1 Protección de menores
El Mandato-Marco, en su artículo 16, asigna a la CRTVE determinados
mandatos respecto de la protección de la infancia y la juventud.
En concreto, la Corporación debe velar por los derechos de los menores en
relación con la programación que se emite en horario infantil. A tal fin la CRTVE
no debe difundir entre las 6 y las 22 horas locales contenidos que puedan
perjudicar el desarrollo psíquico o moral de los menores, adecuando su
programación a las prescripciones contenidas en el Código de Autorregulación
de Contenidos Televisivos e Infancia y los mandatos parlamentarios aprobados
en ese sentido.
De igual manera, para evitar que los menores de edad accedan a contenidos
que no sean apropiados a su edad, la CRTVE debe establecer sistemas de
bloqueo paterno en sus sistemas de difusión siempre que técnicamente sea
posible.
En esta labor de protección, el prestador del servicio público además deberá
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adoptar todas aquellas cautelas adicionales que persigan no solo evitar que los
niños puedan imitar comportamientos no deseables para su adecuado
desarrollo, presentes en los distintos contenidos de su oferta, sino también
promover a través de los contenidos de su programación aquellos valores y
principios inherentes a su misión de servicio público. Para ello, la CRTVE
deberá, en la medida de lo posible, trabajar en colaboración con las diversas
instancias educativas que promuevan la educación y el aprendizaje de la
población infantil y juvenil.
Además de lo anterior, la CRTVE debe estimular la existencia de canales y
contenidos especialmente orientados al público infantil y, en particular, en los
horarios y épocas de mayor audiencia de los menores. Asimismo, diseñará
programas que estimulen un uso saludable de la televisión e incentivará la
actividad de los menores hacia la creatividad, la actitud crítica, el trabajo en
equipo, el estudio y el ocio.
El artículo 21 del Mandato-Marco añade como objetivos programáticos que
debe cumplir la Corporación el producir y difundir contenidos de calidad en
todos los géneros y, en especial, aquellos que tengan carácter informativo,
educativo, cultural y divulgativo.
De cara al cumplimiento de su misión de fomento de la protección de los
menores, la CRTVE cuenta con un canal de televisión temático infantil -Clan
TV- cuya programación está destinada al 100% a menores de edad y dirigido
con especial énfasis a los menores en edades comprendidas entre 4 y 12 años.
Asimismo, la web de RTVE.es tiene un espacio específico dedicado al
cumplimento de esta misión.
Clan TV es líder entre los canales infantiles, aunque presta una especial
atención en su programación también a los menores de 4 años. Esta audiencia,
al no estar medida por el sistema de audiometría de Kantar, suele interesar
menos a las cadenas comerciales al no poder cuantificar los impactos
publicitarios obtenidos.
Los servicios informativos diarios, así como los programas semanales
dedicados a reportajes y los documentales, dedican esfuerzos para informar
sobre cuestiones relacionados con los menores. Estas noticias y espacios de
actualidad abordan de forma recurrente temas como el acoso escolar, el
consumo de alcohol y drogas por adolescentes, las patologías de la nutrición,
los riesgos de internet, etc.
En cuanto a la necesidad de cumplir con las prescripciones establecidas en el
Código de Autorregulación de contenidos televisivos e infancia
45
, cabe indicar
que la CRTVE se adhirió a este Acuerdo desde sus inicios, es decir, el 9 de
45
En este sentido cabe indicar que, con fecha 9 de julio de 2015, la Sala de Supervisión Regulatoria de la
CNMC, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.6 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de
la Comunicación Audiovisuales (Ley Audiovisual), aprobó unos criterios orientadores de calificación por
edades de contenidos audiovisuales que deben ser cumplidos por la CRTVE.
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diciembre del año 2004
46
.
En relación con el grado de cumplimiento por parte de TVE de las obligaciones
fijadas en el citado Código de Autorregulación, cabe poner de referencia los
datos relativos al año 2014 que fueron publicados en su Informe Anual por la
Comisión Mixta que se encarga del seguimiento del mismo.
En el citado ejercicio se evaluaron un total de 132 reclamaciones de las cuales
95 (un 72,5%) correspondieron a Mediaset; 27 (un 20,6%) a Atresmedia; 7 (un
5,3%) a CRTVE, y 1 (un 0,8%) a FORTA y Net TV respectivamente.
Del total de reclamaciones presentadas el Comité de Autorregulación apreció
inconvenientes para la emisión de 33 de ellas lo que supone un 25,0% del total.
De estas reclamaciones, 20 (un 60,6%) se referían a programas de Mediaset; 8
(un 24,2%) de Atresmedia, 4 (un 12,1%) de CRTVE y 1 (3,0%) de FORTA.
Gráfico 21. Reclamaciones de la Comisión Mixta de Seguimiento
Fuente: Comisión Mixta de seguimiento del Código de Autorregulación de contenidos televisivos e infancia.
Respecto a las reclamaciones presentadas contra la CRTVE, cuatro de ellas se
dirigieron contra el programa T con T (La 1), una contra el Telediario 2 (La 1),
otra contra la película Mamá de alquiler (La 1) y la última se refería al programa
Para todos (La 2). De las citadas tan solo fueron aceptadas por la Comisión
Mixta de Seguimiento las referidas al programa T con T por considerar sus
contenidos inadecuados, al abordar en los mismos conflictos graves. Este
programa se eliminó de la parrilla de la CRTVE a finales de noviembre del año
2014.
46
El 9 de diciembre de 2004 la Corporación RTVE, Antena 3 de Televisión, S.A. (hoy Atresmedia),
Gestevisión Telecinco, S.A. y Sogecable, S.A. (ambas hoy Mediaset) firmaron el Código de
Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia, al que posteriormente, en el año 2005, se
adhirieron la Federación de Organismos de Radio y Televisión Autonómica (Forta), Sociedad Gestora de
Televisión Net TV, S.A., Unidad Editorial, S.A. y Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A. (hoy
Atresmedia).
27
95
7 1 1 0
8
20
4 1 0 0
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
Reclamaciones recibidas
Reclamaciones aceptadas
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De lo anterior se puede afirmar que no existe un número relevante de
reclamaciones que evidencien la falta de cumplimiento de esta misión de
servicio público.
Por último cabría reseñar que la CRTVE suscribió en el año 2014 un Convenio
de Colaboración con el Ministerio de Sanidad, Servicios sociales e Igualdad
con el objetivo de fomentar el uso saludable de la televisión (ver Anexo 9).
3.2.2 Protección de los derechos de las personas con discapacidad
El artículo 17 del Mandato-Marco dispone que la CRTVE debe respetar los
derechos de las personas con discapacidad y adecuar progresivamente la
difusión de sus contenidos para que sean accesibles.
Con posterioridad, la Ley Audiovisual vino a concretar una serie de derechos a
favor de las personas con discapacidad visual y auditiva que deben ser
garantizados por los prestadores de servicios audiovisuales a la vez que
declaró la emisión de una “imagen ajustada, normalizada, respetuosa e
inclusiva de las personas con discapacidad” como principio que ha de inspirar
particularmente la misión de servicio público de la CRTVE.
La citada norma establece el derecho de las personas con discapacidad visual
o auditiva a una “accesibilidad universal” a la comunicación audiovisual, de
acuerdo con las posibilidades tecnológicas, imponiendo expresamente unos
deberes cuantitativos a determinados operadores.
En concreto, en relación con las personas con discapacidad auditiva, se
introduce la obligación de que los prestadores de servicios de comunicación
audiovisual televisiva de carácter privado, en abierto y cobertura estatal o
autonómica, subtitulen el 75% de los programas y cuente al menos con dos
horas a la semana de interpretación con lengua de signos. En igual sentido, las
personas con discapacidad visual tienen el derecho a que la comunicación
audiovisual televisiva, en abierto y cobertura estatal o autonómica, cuente al
menos con dos horas audiodescritas a la semana.
Por su parte, en los canales de servicio público los servicios de accesibilidad de
las personas con discapacidad auditiva deben alcanzar el 90% en subtitulación
y, al menos, 10 horas a la semana de interpretación en lengua de signos.
Asimismo, las personas con discapacidad visual tienen el derecho a que la
comunicación audiovisual televisiva de canales de servicio público cuente al
menos con diez horas audiodescritas a la semana.
A estos mayores índices de cumplimiento hay que añadir la expresa prohibición
contenida en el artículo 8.4 de la Ley Audiovisual de que la CRTVE acuda al
patrocinio como medio de sufragar las medidas de acceso
Al tratarse de obligaciones novedosas, el legislador estableció un periodo
transitorio de 4 años para que los prestadores de servicios pudieran alcanzar
de manera paulatina las cuotas fijadas, tal y como puede advertirse en las
siguientes tablas (disposición transitoria quinta de la Ley Audiovisual).
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Tabla 20. Calendario y tipo de cumplimiento para los canales comerciales
Criterio de accesibilidad
2010
2011
2012
2013
Porcentaje programación subtitulado
25%
45%
65%
75%
Horas lengua de signos/semana
0,5
1
1,5
2
Horas de audio descripción/semana
0,5
1
1,5
2
Tabla 21. Calendario y tipo de cumplimiento para los canales públicos (TVE)
Criterio de accesibilidad
2010
2011
2012
2013
Porcentaje programación subtitulado
25%
50%
70%
90%
Horas lengua de signos/semana
1
3
7
10
Horas de audio descripción/semana
1
3
7
10
Teniendo en cuenta todo lo anterior, en el año 2014, la CRTVE debería haber
alcanzado los niveles máximos fijados en la Ley Audiovisual.
Para comprobar el grado de cumplimiento de los parámetros cuantitativos
establecidos en la LGCA relativos al subtitulado, audiodescripción y leguaje de
signos, se han tenido en cuenta los datos aportados por el Centro Español del
Subtitulado y la Audiodescripción (en adelante CESyA) a la CNMC
47
.
En relación con el subtitulado
El efectivo cumplimiento de esta obligación conllevaría que el 90% de la
programación emitida por las cadenas de servicio público estuviera subtitulada.
Como puede deducirse de los datos obtenidos, y desplegados en la siguiente
tabla
48
, únicamente el canal Clan TV cumple de forma plena con esta
obligación mientras que el canal Teledeporte lo hace tan sólo en los meses de
febrero, mayo y octubre. El resto de canales no consiguen alcanzar un
porcentaje óptimo si bien se acercan al 78%.
Tabla 22. Porcentaje de cumplimiento mensual del subtitulado
Fuente: CNMC (2014)
47
El CESyA remite a esta Comisión las cuotas mínimas de subtitulado y audiodescripción previstos en el
artículo 8 y la disposición transitoria quinta de la LGCA. Estos datos son remitidos mensualmente a la
CNMC.
48
La gráfica identifica en color negro los índices de cumplimiento y en color rojo los índices de
incumplimiento.
CANALES
enero
febrero
marzo
abril
mayo
junio
julio
agosto
sept.
oct.
nov.
dic.
77,65
81,92
81,76
77,73
78,36
79,81
76,00
75,21
79,97
82,37
80,93
81,02
72,53
74,18
74,25
75,76
74,10
73,40
77,42
79,24
77,32
77,51
75,69
78,13
98,02
97,92
98,01
93,27
98,84
97,90
97,80
98,51
98,77
99,31
99,22
99,55
59,69
82,00
82,26
81,45
79,12
82,75
78,25
77,03
76,74
78,55
79,68
73,29
88,62
94,21
86,45
88,22
90,04
88,07
87,82
82,99
89,24
91,85
88,58
84,43
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En relación con esta obligación cabe reseñar que el nivel de cumplimiento
exigido a la CRTVE por la Ley Audiovisual en materia de subtitulado es muy
superior al de las cadenas privadas, en concreto, un 15%.
Tomando además en consideración que los artículos 13 y 14 de la Ley
Audiovisual (relativos al derecho a realizar comunicaciones comerciales) no
establecen la obligatoriedad de subtitular, el hecho de que la CRTVE no pueda
emitir este tipo de comunicación tiene como consecuencia directa un aumento
del grado de exigencia de esta obligación. Es decir, el tiempo que dedican las
cadenas privadas a publicidad, un máximo de 12 minutos por hora, no computa
a efectos de subtitulado, mientras que la programación que emite en ese
espacio de tiempo la CRTVE sí lo hace.
En relación con RTVE.es, la Corporación manifiesta que, si bien en estos
momentos no tiene contabilizadas el número de horas de contenidos
subtitulados, lo cierto es que desde octubre del 2014 se está realizando un
subtitulado masivo (80% de la programación sobre la que se ostenta derechos
y el 20% sobre la programación con derechos temporales).
En relación con la audiodescripción
De conformidad con los datos obtenidos y de las propias manifestaciones de la
CRTVE, esta entidad no cumple con la obligación de emitir 10 horas semanales
de programación audiodescrita.
Tabla 23. Porcentaje de cumplimiento mensual de audiodescripción
CANALES
enero
febrero
marzo
abril
mayo
Junio
julio
agosto
sept.
oct.
nov.
dic.
7,55
8,87
14,75
9,25
3,55
3,09
10,63
7,75
2,87
2,08
4,04
2,70
4,75
6,89
4,87
7,33
6,00
9,85
6,00
10,75
7,88
2,50
4,89
4,48
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
2,07
2,57
2,06
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,30
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Fuente: CNMC (2014)
En este sentido, la CRTVE manifiesta que la audiodescripción en los canales
de Teledeporte y el Canal 24 Horas no han alcanzado el límite establecido en
la normativa debido a problemas técnicos y presupuestarios.
En el caso del resto de canales, La 1, La 2 y Clan, la CRTVE reconoce que
está lejos de alcanzar las cifras que marca la Ley, si bien advierte que uno de
los objetivos declarados por la dirección de RTVE para 2015 es aumentar
drásticamente el número de horas de programas con audiodescripción.
En este sentido, de los datos aportados por el CESYA, se ha podido constatar
que en el año de 2015 las horas de audiodescripción han aumentado en
relación con estos tres canales hasta alcanzar los límites impuesto por la Ley
Audiovisual.
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En relación con la lengua de signos
Los datos obtenidos por la CNMC muestran el bajo grado de cumplimiento de
la CRTVE respecto de esta obligación, siendo las horas de lengua de signos
emitidas muy residuales.
Tabla 24. Porcentaje de cumplimiento mensual lengua de signos
CANALES
enero
febrero
marzo
abril
mayo
junio
julio
agosto
sept.
oct.
nov.
dic.
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,50
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
2,90
2,10
2,60
1,65
2,50
1,90
2,00
0,00
1,60
2,00
2,00
1,55
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
10,30
16,60
5,90
11,80
13,80
13,60
6,10
2,20
5,40
4,40
9,20
4,90
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Fuente: CNMC (2014)
A este respecto, la CRTVE sostiene que en la actualidad está en fase de
investigación un proyecto que tiene por objetivo emitir estas horas de lengua de
signos a través de un sistema vía HbbTV. Este sistema permite, en los
televisores conectados, que los espectadores puedan activar o desactivar a
voluntad la ventana de lengua de signos.
En ese sentido, la CNMC debe señalar que la solución propuesta por la CRTVE
tan solo sería válida para aquellos usuarios que dispongan de televisiones
conectadas (o Smart TV), lo que a día de hoy supone un porcentaje muy bajo
de hogares.
Por otro lado, la CRTVE destaca que está realizando un esfuerzo para
incorporar la lengua de signos en acontecimientos de gran relevancia
institucional como por ejemplo del Debate sobre el Estado de la Nación y el
Mensaje del Navidad de S.M. el Rey.
De conformidad con todo anterior, cabe afirmar que el grado de cumplimiento
por la CRTVE de las obligaciones en materia de accesibilidad no alcanza los
mínimos exigidos por la normativa actual.
La CRTVE, como prestadora del servicio público de radio y televisión, debe
hacer un especial esfuerzo para dar cumplimiento a los porcentajes de emisión
de subtitulado, audiodescripción y lenguaje de signos, dado que le compete
más que a ninguna otra entidad audiovisual garantizar y promover la
accesibilidad de las personas con discapacidad sensorial.
Por otra parte y en cumplimiento de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, texto refundido aprobado
por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, también será
necesario facilitar la accesibilidad en la página web de la CRTVE, en aplicación
de las condiciones básicas de accesibilidad en el ámbito de los productos y
servicios relacionados con la sociedad de la información.
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Vistas las obligaciones que debe cumplir la CRTVE en materia de accesibilidad
se debe ahora analizar si la programación emitida en los canales públicos, tal y
como exige el artículo 25.3 del Mandato-Marco, atiende a estos a colectivos
sociales, respetando sus derechos específicos y ofreciendo una imagen
ajustada de la discapacidad.
A este respecto cabe destacar el espacio informativo “En lengua de signos”,
emitido semanalmente en La 2, que tiene como misión acercar la actualidad al
colectivo de personas con discapacidad auditiva ofreciendo reportajes en
relación con la integración, accesibilidad y concienciación. A su vez, durante el
año 2014, se reemitió el docu-reality “Con una sonrisa” donde, en 13 episodios,
se cuenta la experiencia vivida por seis jóvenes con discapacidad intelectual al
insertarse por primera vez en el mundo laboral (ya emitido en 2013 en prime
time) y se estrenó “Tengo once años”, programa que mostraba el día a día de
niños que conviven con la discapacidad, propia o de personas cercanas.
En materia deportiva, Teledeporte emitió durante el año analizado 46 espacios
del programa Paralímpicos, con el objetivo de acercar la información del
deporte paralímpico en forma de reportaje.
Por su parte, en RNE, destacar el programa “Juntos paso a paso”, donde se
tratan temas de interés para diversas minorías como las personas mayores o
las personas con algún tipo de discapacidad.
Además, durante el 2014, la CRTVE puso en marcha la campaña de
responsabilidad social “Concienciados con la tartamudez”, coincidiendo con el
Día Internacional de la Tartamudez (22 de octubre), A tal fin, los distintos
canales de radio, televisión y RTVE.es ofrecieron entrevistas y reportajes para
profundizar en este trastorno de la comunicación a través de sus programas e
informativos.
También se debe destacar la entrega del premio otorgado a la RTVE, por la
Fundación Síndrome de Down Madrid, por el apoyo prestado al cumplimiento
de la misión perseguida por esta Fundación en los últimos años.
Más allá de la emisión de estos programas específicos sobre temas
relacionados con la discapacidad, la CRTVE debe ofrecer una programación
que incorpore transversalmente los principios que coadyuvan a la plena
integración social de las personas con discapacidad, mediante la proyección de
una imagen ajustada a la realidad.
3.2.3 Apoyo a la integración de las minorías y grupos sociales con
necesidades específicas
Como indicábamos con anterioridad el artículo 3.2 apartado j) de la Ley
17/2006 señala el deber de la CRTVE de apoyar la integración social de las
minorías y atender a grupos sociales con necesidades específicas.
Con ello, el legislador pretende que la programación de servicio público alcance
a grupos sociales que no son considerados como objetivos prioritarios en
términos de rentabilidad en la televisión comercial, como pueden ser la tercera
edad, las minorías étnicas, los inmigrantes o los refugiados.
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De forma preliminar, debemos destacar la complejidad de cuantificar el
cumplimiento de esta misión, que debe tener un carácter transversal en la
totalidad de la programación.
Atendiendo a la programación concreta emitida en relación con estos ámbitos
debemos acudir a la actividad desarrollada por la CRTVE en el marco de lo que
denomina “contenido responsable”. Sin embargo para la CRTVE este tipo de
contenidos forman parte de las obligaciones inherentes a su actividad, por lo
que la citada denominación resulta confusa, máxime cuando en ella se incluyen
junto a acciones que pueden calificarse como de integración social o de apoyo
a las minorías, otras acciones de naturaleza bien distinta como la promoción de
la marca España o la información sobre la actividad de las empresas españolas
y los emprendedores.
Esta programación responsable es cuantificada todos los ejercicios por la
CRTVE.
En relación con el año 2014, como se puede apreciar en la gráfica, la CRTVE
emitió 669 programas incluidos bajo el calificativo de contenido responsable,
con la siguiente desagregación:
Gráfico 22. Reparto de la programación responsable por temática y canales
Si comparamos estos datos con los obtenidos en el 2013, los cuales pueden
ser consultados en el Anexo 5, podemos afirmar que ha habido un aumento
significativo en la emisión de programas calificados como de contenido
responsable en 2014. En concreto, se ha pasado de emitir 464 a 669
programas, lo que supone un incremento de más del 30%. El dato más
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destacable se refiere a los programas educativos y de formación, donde se
aumentó de 78 a 128 programas, si bien el bloque denominado “integración”
solo aumentó de 14 a 17 programas.
Sería conveniente, en el futuro, un desglose más pormenorizado de los
contenidos de cada uno de los bloques que aparecen en la gráfica
diferenciando claramente los que responden a un objetivo de integración social,
de aquellos otros que persiguen dar cumplimiento a otras obligaciones de
servicio público. En este apartado se deben destacar las campañas especiales
denominadas “Concienciados” mediante las cuales se pretende transmitir a los
ciudadanos mensajes que contribuyan a alcanzar una sociedad más justa e
igualitaria. Estas campañas, que suelen tener una duración semanal, durante el
2014 estuvieron dirigidas a concienciar contra la violencia de género (24 al 30
de noviembre), con la infancia (14 al 20 de noviembre), con la tartamudez (22
de octubre) y con la pobreza (17 a 19 de octubre).
De acuerdo con los datos analizados se puede afirmar que la CRTVE ha
dedicado parte de su parrilla a emitir programas especialmente dedicados a la
integración social de grupos minoritarios y aquellos con necesidades
específicas, impulsando el respeto de estos colectivos y fomentando su
integración en la sociedad. Con estos mismos propósitos se han utilizado los
programas informativos, magacines y espacios de actualidad para transmitir
mensajes que impulsen la integración social, aunque la valoración de este tipo
de actuaciones es de muy difícil cuantificación.
3.3 Promoción cultural
El fomento, la protección y el desarrollo de la cultura, en todas sus variables, es
uno de los aspectos consustanciales de la radio y la televisión pública. En este
sentido, son constantes las alusiones a ésta en las misiones de servicio público
de la CRTVE que van desde el más elemental desarrollo de una programación
cultural que enfatice la diversidad, el conocimiento y el desarrollo de una
identidad común, a las obligaciones específicas “de hacer” por la CRTVE en los
distintos ámbitos culturales. Así, es un elemento consustancial en la propia
identidad de la CRTVE el fomento, defensa y promoción de la cultura y se
observa en prácticamente la totalidad de sus funciones y misiones de servicio
público.
En este apartado se va a analizar concretamente este segundo ámbito, es
decir, el cumplimiento de las misiones de fomento que la normativa sectorial
impone a la CRTVE para que se constituya como principal actor en la
promoción de la cultura, las artes, el conocimiento y la ciencia.
La CRTVE en esta misión debe prestar especial atención al desarrollo e
impulso de la actividad cultural europea y española desde el punto de vista de
la inversión y emisión de las obras audiovisuales. Asimismo, debe constituirse
como el principal impulsor del tejido industrial español, garantizando una
pluralidad de inversiones y diversificando las mismas entre los distintos agentes
del sector, a la vez que lleva a cabo una utilización adecuada de los recursos
internos.
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La CRTVE debe, a su vez, diversificar su ámbito de fomento prestando
atención a distintos aspectos culturales como son el arte, la literatura, el
deporte, la música, el teatro, etc.
Dado que en otros apartados de este informe ya se hace referencia a la
programación de CRTVE, en el presente apartado se van a evaluar aquellas
misiones de servicio público que propiamente establecen obligaciones
específicas a la CRTVE en el ámbito cultural, en concreto, respecto a la
promoción de las obras audiovisuales y en la promoción de las artes, la ciencia,
la historia y la cultura.
3.3.1 Promoción cultural de la obra audiovisual europea y, especialmente,
española
Como prestador del servicio público la CRTVE tiene una obligación esencial
derivada de diversos artículos del Mandato-Marco y de su Ley propia de actuar
como catalizador principal en la promoción de la obra audiovisual europea y, en
particular, la española.
Esta función general de fomento, se concreta, principalmente, en tres ámbitos
fundamentales que se verán a continuación: a) el fomento de la emisión de
obras audiovisuales, b) las líneas estratégicas de producción de la CRTVE y,
por último, c) el fomento de la obra audiovisual europea y española desde el
punto de vista de la inversión y financiación y d) la promoción del cine y de
aquellas otras producciones audiovisuales que se consideran comprendidas en
este apartado.
3.3.1.1 Fomento de la emisión de obra audiovisual
En este apartado se van a analizar las obligaciones de la CRTVE en el fomento
de la obra audiovisual española y europea desde el punto de vista de la
emisión de contenidos.
A este respecto, la CRTVE ostenta obligaciones que son igualmente
compartidas con el resto de licenciatarios de televisión, como es el
cumplimiento de la denominada cuota europea de emisión, a la vez, que tanto
la Ley 17/2006 como la Ley 8/2009 le imponen obligaciones específicas de
emisión que tratan, por un lado, de promover y generar una cultura audiovisual
europea común, con especial relevancia de la española, y por otro, de acercar
la realidad audiovisual de otros países que por razones históricas han tenido
una especial vinculación con España, como puede ser Iberoamérica.
En este sentido, el artículo 5.2 de la Ley Audiovisual y en términos similares el
artículo 37 del Mandato-Marco, abarca la denominada cuota de emisión de
obra europea.
De conformidad con este artículo 5.2, la CRTVE debe:
Reservar el 51 por ciento del tiempo de emisión anual de su programación a
obras europeas. A su vez, el 50 por ciento de esa cuota debe ser reservado
para obras europeas en cualquiera de las lenguas españolas.
Asimismo, debe reservar el 10 por ciento del tiempo de emisión a obras
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europeas de productores independientes y la mitad de ese 10 por ciento
debe haber sido producida en los últimos cinco años.
Esta obligación, que deriva directamente de los artículos 16 y 17 de la Directiva
de servicios de comunicación audiovisual, tiene como principal objetivo apoyar
y garantizar la emisión mayoritaria de obras europeas en los medios de
comunicación, en este caso, españoles, a la vez, que supone un acicate para la
producción independiente.
Esta Comisión, de conformidad con el artículo 9.1 de la LCNMC, es la
Autoridad competente para la monitorización del cumplimiento de la anterior
obligación a nivel estatal y que se realiza, de conformidad con los
procedimientos de la Comisión Europea (en adelante, CE), mediante el control
y análisis de los porcentajes de emisión de obra europea en la programación,
en este caso, de la CRTVE con carácter bi-anual, previa petición de informe por
la CE.
En el último Informe aprobado por la Sala de Supervisión Regulatoria de 21 de
mayo de 2014, relativo al periodo de 2011-2012, se observó que la CRTVE
daba cumplimiento a las obligaciones del artículo 5.2 de la Ley Audiovisual.
A fecha de aprobación del presente Informe, aún no se ha recibido la petición
de la CE para remitir el análisis de seguimiento sobre el periodo 2013-2014 que
abarcaría el ejercicio objeto del presente análisis, por lo que no se tiene un
informe individualizado del cumplimiento.
No obstante, esta Comisión ha venido requiriendo a los sujetos obligados la
información relativa a dichos periodos de cara a ir elaborando el citado Informe.
En este sentido, de los datos suministrados por la CRTVE a este respecto, se
observa un alto grado de cumplimiento de los porcentajes a los que está
obligado la CRTVE con índices de cumplimiento que superan en más del 30%
los límites marcados en cada una de sus obligaciones por el artículo 5.2 de la
Ley Audiovisual.
Además de la anterior obligación, el fomento de la emisión de obras europeas
se ve reforzado por las obligaciones establecidas en el artículo 9.1.f) y m) de la
Ley 8/2009 en relación con las emisiones de obras europeas en prime time
y la limitación de emisión de películas cinematográficas internacionales.
Así, según el artículo 9.1.f) de la Ley 8/2009 al menos un 60% de la franja de
máxima audiencia de los canales principales de la CRTVE debe estar
compuesta por largometrajes y cortometrajes cinematográficos, películas para
televisión, documentales, series y programas informativos, culturales y de
actualidad elaborados por la industria audiovisual europea.
Con esta obligación, se pretende dar preponderancia y resaltar las emisión de
obras europeas en horario de máxima audiencia, de cara a evitar que el
cumplimiento de la cuota europea se haga únicamente mediante la emisión de
este tipo de obras en horario residual, a la vez, que se pretende que las obras
europeas sean vistas por una amplia colectividad y pueda impregnar dicho
componente cultural europeo en la sociedad.
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A este respecto, la CRTVE ha remitido a esta Comisión los datos totales y el
porcentaje de emisión en su cadena principal, La 1, desagregados en función
de su origen (europeo-no europeo), en horario de máxima audiencia ‘prime
time’, en el año 2014. En este sentido, por horario de máxima audiencia o
prime time la CRTVE incluye todas las obras que comenzaron entre las 20:30 y
las 24:00 de cada día.
A continuación se muestra el total y porcentaje de obra europea emitida.
Tabla 25. Total y porcentaje horas emitidas por tipo de obras
Canal: La 1
Horas
%
Obra Europea
1.120*
78%
Obra No europea
316
22%
Fuente: CRTVE
En relación con los tiempos de emisión en prime time
49
de la programación de
La 1, en horas y porcentaje de producción europea, por géneros televisivos se
distribuye en:
Tabla 26. Total y porcentaje horas emitidas por tipo de obras en prime time
GÉNERO
HORAS
%
Objetivo 60%
Información
532
46
46
Noticias
393
33,9
-
Actualidad
139
12,1
-
Ficción
241
20,8
20,8
Largometraje
112
9,7
-
TV Movie
0
0
-
Series
129
11,1
-
Otros ficción
0
0
-
Entretenimiento
164
14,2
-
Deportes
63
5,4
-
Arte y cultura
124
10,7
10,7
Música
6
0,5
0,5
Religiosos
0
0
-
Otros
1
0,1
-
Continuidad
25
2,2
-
TOTAL
1.156*
100
78%
Fuente: CRTVE
Así, con los datos suministrado por la CRTVE se observa que la Corporación
ha emitido en el año 2014 en horario de máxima audiencia (de 20:30 a 24:00)
en su canal principal más del 60% de producciones europeas, en concreto, el
78%, de los géneros que establece este apartado.
49
Según la CRTVE estos datos han sido facilitados por Kantar Media a la misma.
* La diferencia de horas se debe a que en el segundo dato se incluyen todos aquellos contenidos que
comenzaron en la fra nja de prime time y en el primer datos sólo aquéllos de una duración superior a dos
minutos. No obstante, la diferencia es mínima de 36 horas/año.
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Junto a esta obligación, y con el mismo propósito pero desde un enfoque
contrario, el artículo 9.1.m) de la Ley 8/2009 señala que la CRTVE no puede
emitir, en el conjunto de sus canales, más de 52 películas de estreno al
año en horario de máximo consumo televisivo realizadas por las grandes
productoras cinematográficas internacionales.
A este respecto, se entiende por estreno la emisión en televisión del primer
pase en abierto de películas ya estrenadas en salas de entre dos y cuatro años
de antigüedad, a contar desde la fecha de estreno. En el supuesto de que la
CRTVE emita la misma obra en simultáneo por varios canales de TVE,
únicamente se considerará como un solo pase.
En este sentido, la CRTVE señala que a lo largo del año 2014 ha emitido un
total de 23 películas de estreno de grandes productoras cinematográficas
internacionales en horario de máximo consumo en todos sus canales. Así,
respecto a esta obligación la CRTVE ha dado cumplimiento a la misma, ya que
no supera el límite legal establecido en la normativa. De hecho, la CRTVE sólo
emitió 23 películas cinematográficas internacionales en horario de máximo
consumo, lo que supuso un 44,2% de este tipo de obras respecto al máximo
permitido.
Por último, en el ámbito de la emisión de obras audiovisuales el Mandato-
Marco, en su artículo 37, establece el deber de cooperación a la CRTVE en
los planes de producción y difusión de obras audiovisuales de las
cadenas de Iberoamérica y de otros países que por razones históricas
tengan una especial vinculación con España. Además de estos países, interesa
analizar el nivel de cooperación con las producciones europeas, dada la
obligación de su promoción que tiene CRTVE.
A este respecto, para visualizar en el contexto global el nivel de cada una de
ellas, a continuación se exponen los datos que la CRTVE ostenta respecto a la
adquisición y emisión de contenidos audiovisuales extranjeros según su país
de origen.
Como puede verse en el siguiente cuadro, la CRTVE adquirió en el año 2014
un total de 2.279 contenidos cuyo origen no era español, observándose una
especial preponderancia de los contenidos europeos.
Tabla 27. Adquisición de contenidos audiovisuales extranjeros según su origen
Producción por país
Número
contenidos
Porcentaje respecto total
Europeas
1.429
62.70
Iberoamericanas
37
1,62
Norteamericanas
661
29,00
Otros
152
6,69
Total
2.279
100
Fuente: CRTVE
Por el contrario, en relación con la emisión de obras extranjeras, existe una
clara preferencia por parte de la CRTVE en la emisión de producciones
norteamericanas, incluso por delante de las europeas.
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Tabla 28. Emisión de contenidos audiovisuales extranjeros según su origen
Producción por país
Número
contenidos
Porcentaje respecto total
Europeas
11.091
45,33
Iberoamericanas
10
0,04
Norteamericanas
11.194
45,75
Otros
2.169
8,87
Total
24.464
100
Fuente: CRTVE
De los anteriores datos se puede concluir que existe una apuesta clara de la
CRTVE por la adquisición de productos europeos, con más del 60% del total,
Por otro lado, desde un punto de vista de la emisión de productos extranjeros,
la CRTVE optó en el año 2014 por las producciones norteamericanas con un
45,75% de emisión por delante, incluso, del resto de contenidos europeos.
Por el contrario, las producciones Iberoamericanas tuvieron una presencia
mínima tanto en la adquisición de contenidos, alcanzando el 1,62% del total,
así como en su emisión, dado que en 2014 la CRTVE tan sólo emitió 10 obras
Iberoamericanas, lo que supone un 0,04% del total de obra extranjera.
Se debe destacar que la CRTVE renovó en el año 2014 el acuerdo con las
Asociación de las Televisiones Educativas Iberoamericanas (ATEI) para el
suministro por su parte del programa “Noticias culturales Iberoamericanas” para
su difusión, principalmente, en el Canal 24 Horas.
No obstante, a pesar de dicho Acuerdo, y aun cuando la cooperación con las
producciones Iberoamericanas no se pueda medir en exclusiva en relación con
adquisición y emisión de sus productos, sí que es un baremo importante en su
análisis. Además, dado que los porcentajes presentados son tan bajos, se debe
concluir que, al menos en este ámbito, la CRTVE debería reforzar la
cooperación con la producción Iberoamericana aumentando, en la medida de lo
posible, el nivel de presencia de sus productos en la realidad de la CRTVE.
De esta manera, en el ámbito de las obligaciones de la CRTVE de fomento
cultural de la emisión obra audiovisual europea, española y de aquellos países
que ostentan una tradicional relación con España, en términos generales se
debe concluir el cumplimiento de la CRTVE en esta misión.
En efecto, respecto al fomento de la obra audiovisual europea, la CRTVE ha
dado efectivo cumplimiento en relación con el apoyo de las producciones
audiovisuales europeas destinando en su programación porcentajes de estas
obras muy por encima de los límites marcados en el artículo 5.2 de la Ley
Audiovisual. De igual manera, concede la importancia exigida a las obras
europeas en prime time y no supera la cuota máxima establecida para el cine
norteamericano de estreno en TV, lo que redunda en un mayor protagonismo y
fomento de la obra audiovisual europea como cultura común.
Por el contrario, la presencia de obras Iberoamericanas en la programación es
prácticamente testimonial, por lo que debería aumentarse en la medida en que
el mercado y la idoneidad de estos productos lo permitan.
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3.3.1.2. Líneas estratégicas de producción
Los artículos 34 a 40 del Mandato-Marco concretan los términos a través de las
cuales la CRTVE debe llevar a cabo el cumplimiento de la presente misión.
En los citados artículos, el legislador fija una serie de obligaciones específicas
(en la elección de las obras, el formato de emisión, el modo de producción,
etc.) con el fin de alcanzar un doble objetivo. Por un lado, fomentar las obras
europeas, españolas y la creación de un ecosistema digital y, por otro, lograr el
equilibrio entre la producción propia (interna y ajena) y externa, de tal manera
que la CRTVE sea garante de la independencia y objetividad respecto de sus
obras, a la vez que se consolida como dinamizador del sector audiovisual
español.
El artículo 35.2 del Mandato-Marco, en relación con los objetivos de las líneas
estratégicas de producción, establece determinados objetivos de producción
interna y externa de programas y contenidos a la CRTVE.
Para el análisis de esta misión primero hay que tener en cuenta que el artículo
34 del Mandato-Marco establece la catalogación de este tipo de producciones
en función de su naturaleza jurídica y de la gestión de los recursos. Así, éstas
se clasifican:
a) Desde el punto de vista de su naturaleza jurídica, en:
1. Producción ajena: aquella en que Corporación RTVE solo posee derechos
de emisión y difusión sin participar con recursos propios en ninguna de las
fases de producción. La producción ajena se considerará siempre
producción externa. La producción ajena puede conllevar derechos de
explotación patrimonial.
2. Producción mixta o coproducción: aquella en que la Corporación RTVE
participa con un porcentaje contractualmente delimitado, bien sea en la
producción, en la explotación de derechos o en ambas.
3. Producción propia: aquella en la que la Corporación RTVE posee el 100%
de los derechos de explotación. La producción propia puede ser
producción interna o externa.
b) Desde el punto de vista de la gestión de recursos, en:
1. Producción interna: aquella que la Corporación RTVE pueda imputarse
por el consumo o asignación de cualesquiera recursos propios, ya sea en
todo o en parte de una producción audiovisual.
2. Producción externa: aquella que no tiene asignados recursos propios de
la Corporación para su producción, limitando su participación a la
explotación de derechos.
Por otro lado, el artículo 36 del Mandato-Marco encarga a la CRTVE el deber
de tener un sistema de evaluación capaz de medir la asignación de recursos
propios en cada una de las producciones.
En este sistema, los cómputos para medir los porcentajes de producción
interna y externa emitida se determinarán sobre el total de horas/año de
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emisión del conjunto de los canales de radio y televisión, añadiendo las
desconexiones de los circuitos territoriales, la programación de autopromoción,
los elementos de continuidad y la emisión en redifusión.
Hay que tener en cuenta que la emisión de programas y contenidos conlleva la
realización de procesos a los que se asignan recursos internos y que derivan
en costes de producción y que, por ello, el Mandato-Marco señala que el 5% de
esta emisión se computará como producción interna.
Por último, la evaluación de las producciones debe llevarse a cabo de forma
cuatrimestral, desglosándose en función de la figura jurídica empleada para la
contratación de derechos, ya sea producción ajena, producción mixta o
coproducción o producción propia.
En este sentido, el artículo 35 relativo a los objetivos de las líneas estratégicas
de producción señala, en su apartado 2 que:
“La Corporación RTVE se fijará los siguientes objetivos de producción interna y
externa en la producción de programas y contenidos:
a. El 100% de producción interna en programas informativos, programas de
carácter institucional y contenidos de autopromoción.
b. El 60% de producción interna de la oferta generalista del conjunto de la
programación con contenidos de actualidad, infantil y juvenil, educativo,
medioambiental, religioso o de protección al consumidor.
c. El 55% de producción interna de la oferta generalista del conjunto de los
programas de género divulgativo, deportivo, ficción, series, magazines,
concursos, humor, entretenimiento gran formato, talk show, ficción dibujos
animados, docu-show, concurso gran formato, musical, docu-serie, reality
show, televenta y ficción teatro.”
En la siguiente tabla se muestran los datos suministrados por la CRTVE en el
cumplimiento de esta obligación:
Tabla 29. Horas de producción interna y externa de TVE por género 2014
Géneros
PRODUCCIÓN
INTERNA
PRODUCCIÓN
EXTERNA
TOTAL
HORAS
Horas
%
Objetivo
Horas
%
Informativos/Institucio
nal (Art. 35.2.a)
8.914,80
95,13%
100,00%
455,96
4,87%
9.370,76
Oferta Generalista
(Arts. 35.2.b y 35.2.c)
3.685,45
56,17%
55-60%
2.875,98
43,83%
6.561,43
Fuente: CRTVE
En virtud del artículo 35.2.a) del Mandato-Marco, el 100% de la programación
de informativos, programas de carácter institucional y autopromociones deben
ser de producción interna. Como se puede observar de la tabla anterior, la
CRTVE en el año 2014 alcanza el 95,13% lo que se traduce en un total de
8.914,80 horas.
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La CRTVE ha manifestado que no es factible llegar al 100% en el dato de la
producción interna ya que, a pesar de que el 100% de los programas
informativos/institucionales son de producción interna, parte del contenido que
se emite no lo es pues se corresponde con intercambios con la Unión Europea
de Radiodifusión y con noticias de agencias.
Esta Comisión comparte el argumento de la CRTVE y entiende que el altísimo
uso de producción interna para la elaboración de informativos, superior al 95%
del total de horas de producción, complementada con un pequeño porcentaje
de horas derivadas de intercambios con la UER y la adquisición de contenidos
sobre eventos de inmediata actualidad a los que no es posible llegar por
medios propios, ratifican el cumplimiento de esta obligación por parte de la
CRTVE en el año 2014.
Por lo que se refiere a los apartados b) y c) del artículo 35.2, relativos a la
oferta generalista, se desea enfatizar la dificultad que se afronta para una
correcta supervisión del grado de cumplimiento en ambos. Esa dificultad surge
por los problemas de delimitación del conjunto de programas y contenidos que
se citan en cada uno de ellos. Así, y tan solo a título de ejemplo, en el apartado
b) se citan a los programas con contenidos de actualidad, mientras que en el c)
se citan a los magazines. Igualmente, en el apartado b) se citan a los
programas con contenido infantil, y en el c) a la “ficción dibujos animados”. Lo
mismo cabría decir de los programas educativos (b) y divulgativos (c).
Sorprendentemente, esa distinción, además de muy difícil de establecer a la
vista del carácter multiformato de muchos programas y contenidos, tiene muy
poco efecto práctico en la medida en que los objetivos en los porcentajes de
producción externa que se requieren son prácticamente idénticos: del 60% y el
55% en los apartados b) y c), respectivamente. Por ello, la CNMC, además de
recomendar una clarificación de los géneros y los formatos y, tal vez, una
simplificación normativa de estos objetivos, y sin menoscabo de una
profundización en esta materia en ejercicios posteriores, analiza en esta
ocasión los apartados b) y c) de forma conjunta.
A este respecto, como se observa en la Tabla anterior, la CRTVE emitió en el
año 2014 un total de 3.685,45 horas de producción propia de programas y
contenidos de oferta generalista, lo que supuso un 56,17% del total.
Por tanto, la información aportada por la CRTVE indica que el porcentaje de
producción propia en la oferta generalista se situaría en el intervalo del 55%-
60% delimitado en los apartados b) y c) del Mandato-Marco. La información
obtenida, aunque con las dificultades propias derivadas de lo comentado con
anterioridad, sugiere que el grado de cumplimiento habría sido más alto en los
contenidos asociados al apartado b) del artículo 35.2, y relativamente inferior
en los vinculados con el apartado c). Se debe apuntar que para el óptimo
cumplimiento de este tipo de obligaciones, la CRTVE debe estar cerca de los
objetivos porcentuales de producción sin grandes desviaciones ni por encima ni
por debajo. En efecto, estas obligaciones pretenden un doble objetivo, por un
lado, preservar la independencia de la CRTVE y la optimización de sus
recursos mediante altos índices de producción propia; a la vez, que se
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pretende que la CRTVE actúe como estimulador del mercado mediante la
contratación de recursos de la industria.
Por último, el artículo 35.3 del Mandato-Marco, en relación con los
objetivos porcentuales de producción interna y externa en la emisión
establece que:
“a) El 60% de la emisión de la oferta generalista de producción interna.
b) Para el caso de la oferta temática, un porcentaje de 20%.”
Así, la CRTVE deberá emitir el 60% de la emisión de la oferta generalista de
producción interna y, para el caso de la oferta temática, este porcentaje se
concreta en el 20%.
Para este análisis, la CRTVE ha utilizado el sistema de evaluación que el
artículo 36 del Mandato-Marco le exige tener, y que es capaz de medir la
asignación de recursos propios en cada una de las producciones en función de
la figura jurídica empleada para la contratación de derechos, ya sea producción
ajena, producción mixta o coproducción o coproducción propia.
En este sentido, la CRTVE señala que el porcentaje de producción interna en la
oferta generalista en el año 2014 fue del 74,45% y en relación con la oferta
temática, el porcentaje fue del 25,55%.
En los próximos informes se deberá profundizar en estos apartados, analizando
dónde se encuadran entre otros los espacios patrocinados, especialmente las
series y los programas de gran formato, y en qué medida repercute la mayor o
menor participación de TVE en su producción y en el reparto de los derechos
de explotación.
3.3.1.3. Fomento en la financiación e inversión de obra europea
El último gran ámbito de fomento de la cultura audiovisual se desarrolla en la
promoción e inversión de las obras europeas, haciendo especial hincapié,
como en el apartado ya visto, a las obras españolas. En este espacio, la
CRTVE debe actuar como catalizador del desarrollo de la industria audiovisual
europea y española.
Dentro de esta misión la Ley 17/2006, la Ley 8/2009 y la Ley Audiovisual
establecen distintas obligaciones a la CRTVE relacionadas con el fomento de la
obra audiovisual. Así, se pueden distinguir la obligación de financiar de forma
anticipada determinadas obras europeas, la necesidad de diversificar la
contratación de servicios exteriores y de producciones ajenas o mixtas y, por
último, las obligaciones y límites de la CRTVE en relación con la adquisición de
derechos de emisión deportivos.
A este respecto, el apartado g) del artículo 9 de la Ley 8/2009 establecía la
obligación de la CRTVE de aumentar en un 20% el deber legal de inversión de
la CRTVE en la financiación de la producción europea de largometrajes,
cortometrajes, películas, documentales y productos de animación.
Posteriormente, la Ley Audiovisual vino a concretar las específicas
obligaciones de los prestadores audiovisuales y otros sujetos obligados en su
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artículo 5.3.
En este sentido, la CRTVE debe contribuir anualmente a la financiación
anticipada de la producción europea de películas cinematográficas, películas y
series para televisión, así como documentales y películas y series de
animación, con el 6 por 100 de los ingresos devengados en el ejercicio anterior
conforme a su cuenta de explotación, correspondientes a los canales en los
que emiten estos productos audiovisuales con una antigüedad menor a siete
años desde su fecha de producción. Se debe remarcar que en esta obligación
la CRTVE debe destinar un 1% más anualmente que el resto de sujetos
obligados.
Además, la CRTVE debe destinar el 75% de esta obligación, a la financiación
de películas cinematográficas de cualquier género. En todo caso, el 60% de
esta obligación se destinará a la producción en alguna de las lenguas oficiales
en España. De este importe, al menos el 50% deberá aplicarse en el conjunto
del cómputo anual a obras de productores independientes.
Por último, la CRTVE dentro del 25% restante de la obligación general, ostenta
el deber de dedicar un mínimo del 50 % de esta cantidad a películas o
miniseries para televisión. Es decir, la CRTVE tiene una obligación extra,
respecto del resto de sujetos obligados, de invertir un porcentaje concreto de la
financiación a películas o miniseries para televisión.
En este sentido, corresponde a esta Comisión la monitorización y verificación
del cumplimiento de las obligaciones por parte de los prestadores
audiovisuales, entre ellos la CRTVE. Para ello, aprueba con carácter anual un
Informe sobre cumplimiento de las obligaciones específicas de inversión.
En el ejercicio 2014, la Sala de Supervisión Regulatoria ha podido verificar que
la CRTVE ha dado correcto cumplimiento a todas las obligaciones señaladas
invirtiendo por encima de éstas. En efecto, en el ejercicio 2014 la CRTVE tenía
la obligación de invertir 25.070.555,56 y ha llevado a cabo una inversión muy
superior a la obligación legal, destinando 48.709.819,82€ a la financiación
anticipada de obras europeas.
Como en este ejercicio 2014, tradicionalmente la CRTVE suele invertir muy por
encima de sus obligaciones, siendo su principal destino las inversiones en
obras españolas y con carácter muy residual invierte en obras europeas no
españolas.
En efecto, en los últimos cinco años, como se puede ver en el siguiente cuadro,
la aportación de la CRTVE a la promoción y financiación de las obras ha estado
por encima de los 40 millones de euros, dedicándose sus inversiones,
principalmente, a obras españolas.
Tabla 30. Distribución de la financiación de obra europea RTVE por tipo de obra
2010-2014
Año
Cine Europeo
Películas TV
Europeas
Series Europeas
Total
(Miles € y %)
Español
No
español
Españolas
No
españolas
Españolas
No
españolas
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2010
32.674
1.357
9.161
0
0
0
43.192
%
75,65%
3,14%
21,21%
0
0
0
100 %
2011
30.605
944
7.935
0
2.000
0
41.484
%
73,78%
2,28%
19,13%
0
4,82%
0
100%
2012
24.816
1.605
3.709
96.800
12.376
1.250
43.854
%
56,59 %
3,66 %
8,46 %
0,22 %
28,22 %
2,85 %
100%
2013
20.777
2.909
5.137
0
17.826
0
46.651
%
44,54 %
6,24 %
11,01 %
0
38,21 %
0
100 %
2014
18.637
1.718
3.485
0
24.868
0
48.709
%
38,26%
3,52%
7,15%
0
51,05%
0
100 %
Fuente: Informes Anuales financiación obra europea
Hay que destacar que las inversiones de la CRTVE centrándose en obras
españolas, se han venido desplazando en los últimos años desde la inversión
tradicional en obra cinematográfica española hacia la financiación de series de
televisión españolas. En este sentido, el año 2014 es el primer ejercicio en el
que la CRTVE, dando cumplimiento a las obligaciones del artículo 5.3 de la Ley
Audiovisual, ha destinado la mayor parte de su inversión global a la
financiación de series españolas.
En línea con esta función de apoyo a la cultura audiovisual la Ley 8/2009
impuso a la CRTVE la obligación, en su artículo 9.1.h), de diversificar la
contratación de servicios exteriores y de producciones ajenas o mixtas,
de manera que no se concentren con un mismo proveedor más del 30% de las
mismas.
Esta obligación pretende que la CRTVE como prestador público sea también
un catalizador del mercado audiovisual y que su actividad repercuta en el resto
de sector. Para ello, limita la contratación de la CRTVE con un mismo
proveedor de cara a garantizar una mayor concurrencia de agentes y la
diversificación de su inversión.
En este sentido, a lo largo del año 2014, de conformidad con los datos
remitidos por la CRTVE a esta Comisión, Televisión Española diversificó la
contratación de producciones ajenas o mixtas según lo establecido en el
apartado h) del artículo 9.1 de la Ley 8/2009. En efecto, en el año 2014 el
número de productoras audiovisuales que participaron en la programación de la
cadena ascendió a 54, no llegando ninguna de ellas el 30% marcado por la
Ley, al ser el mayor porcentaje de contratación con una misma productora algo
superior al 8%. De conformidad con lo señalado anteriormente, la CRTVE
cumplió con su obligación de servicio público de diversificar adecuadamente la
contratación de sus producciones ajenas o mixtas.
Por último, dentro de esta función de fomento cultural de la obra audiovisual
desde el punto de vista de la financiación o adquisición hay que hacer
referencia a las obligaciones y límites que la CRTVE tiene para la
adquisición en la compra de derechos de emisión de eventos deportivos.
En este sentido, el artículo 9.i) de la Ley 8/2009, establece que la CRTVE no
podrá destinar más del 10% del presupuesto anual total de aprovisionamientos,
compras y servicios exteriores a la adquisición de derechos de emisión de los
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eventos deportivos oficiales catalogados como de interés general y de gran
interés para la sociedad que se fijarán en el contrato-programa, con exclusión
de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos.
Esta obligación de adquisición, debe ponerse en contexto con lo señalado en el
artículo 40 del Mandato-Marco que señala que la CRTVE en la emisión de
eventos deportivos, atenderá preferentemente, siempre que las condiciones
económicas sean razonables:
1. Las competiciones Olímpicas y competiciones de deportes profesionales
donde participen las selecciones nacionales españolas correspondientes o
equipos españoles.
2. Las competiciones profesionales individuales de elite, nacionales e
internacionales, de contrastada aceptación mayoritaria y relevante audiencia,
en las que participen deportistas españoles.
3. La divulgación adecuada de deportes de participación minoritaria en
colaboración con las respectivas Federaciones Nacionales, de las
competiciones en territorio nacional o internacional donde participen
selecciones y deportistas que representen a España.
4. La divulgación adecuada del deporte de Base y con participación de la
mujer, en colaboración con las respectivas Federaciones Territoriales.
Para el análisis del cumplimiento de la presente misión hay que tener en
cuenta, en primer lugar, cuál es el presupuesto que tenía la CRTVE en el año
2014 sobre compras y servicios exteriores para, con posterioridad, analizar el
total de derechos y su importe en relación con este presupuesto.
A este respecto, hay que destacar que el propio artículo excluye de este límite
lo invertido por la CRTVE en la adquisición de los derechos de los Juegos
Olímpicos y Paralímpicos. Así, los 22,95 MM€ que la CRTVE ha destinado a la
adquisición de estos derechos no se tienen en cuenta a estos efectos.
Además de esta exclusión, este apartado señala que la adquisición de los
derechos debe ser referidos a eventos deportivos oficiales catalogados como
de interés general y de gran interés para la sociedad que se fijarán en el
contrato-programa.
Ante la ausencia del contrato-programa que determine este tipo de eventos, la
CRTVE ha acudido para la adquisición de estos derechos, al listado previsto en
el artículo 20 de la Ley Audiovisual, que establece un elenco de
acontecimientos deportivos que son susceptibles de ser considerados de
interés general y, podrían ser incorporados al catálogo de interés general.
Además, ha tenido en cuenta los eventos que de manera transitoria tienen la
catalogación de interés general en virtud de la Disposición Transitoria sexta de
la Ley Audiovisual
50
.
50
Disposición T ransitoria sexta. Catálogo de acontecimientos de interés general para la sociedad. Hasta
tanto no se apruebe por el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales el catálogo de acontecimientos de
interés general para la sociedad, se emitirá en directo y abierto, y para todo el territorio del Estado, un
encuentro de fútbol por cada jornada de la Liga de primera división, así como las semifinales y la final de
la Copa del Rey de fútbol, siempre que haya algún canal de televisión en abierto interesado en emitirlo.”
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Como se puede ver en el siguiente cuadro, todos los acontecimientos
deportivos sobre los que la CRTVE ha adquirido sus derechos de emisión se
corresponden con deportes incluidos en el artículo 20 y la Disposición
transitoria sexta de la Ley Audiovisual y se corresponden con las prioridades de
emisión que establece el artículo 40 del Mandato-Marco.
Por último, la limitación del 10% de la suma de los aprovisionamientos y
servicios exteriores que figura en el presupuesto 2014, aprobado en los
Presupuestos Generales del Estado, se sitúa en 52,15 MM€, cuantía que no ha
sido superada, como se muestra a continuación.
Tabla 31. Limitación de adquisición de derechos deportivos en el año 2014
Disciplina
deportiva
Evento Deportivo51
Importe52
Observaciones
CICLISMO
Vuelta ciclista a España
2.964.500,00
Todas las etapas
Campeonato del Mundo
ciclismo en ruta Ponferrada
2014
604.010,81
Incluye los costes de
producción del evento
como host broadcaster
de la prueba
FÚTBOL
Final de la Copa de S.M. el
Rey
4.436.689,55
Partidos clasificatorios
selección nacional absoluta de
fútbol
9.848.526,32
Final de la Champions League
2.455.116,97
TENIS
Copa Davis
736.045,23
Se ha incluido el total
del coste de los
derechos, aunque
España participó
únicamente en dos
eliminatorias
ATLETISMO
Campeonato de Europa al aire
libre
1.140.044,19
NATACIÓN
Campeonato de Europa Berlín
21.464,74
Competiciones UER-FINA
(Federación Internacional de
Natación)
21.275,34
BALONMANO
Campeonato de Europa
665.500,00
Campeonato de Europa
femenino
60.500,00
Total
Invertido
22.953.673,15
Presupuesto en el año 2014 sobre compras y
servicios exteriores.
521.480.000,00
10%
52.148.000
51
Acontecimientos recogidos en el catálogo de competiciones o acontecimientos deportivos de interés
general y art 20 Ley General de Comunicación Audiovisual.
52
Los importes están calculados con el criterio de imputación contable.
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Porcentaje destinado a la adquisición de
derechos en relación con el presupuesto de
compras y servicios exteriores
4,40%
De esta manera, la CRTVE ha dado cumplimiento a la presente misión de
servicio público ya que no ha dedicado más del 10% del presupuesto que tenía
en el año 2014 sobre sobre compras y servicios exteriores a la adquisición de
eventos deportivos de interés general para la ciudadanía. De hecho, la suma
total de lo invertido por la CRTVE es muy inferior a dicho límite concretándose
en el 4,40%.
No obstante, y como ya se ha señalado anteriormente, en próximos informes
será necesario estudiar el tratamiento concedido a los eventos patrocinados y
su repercusión en este capítulo.
Así de conformidad con todo lo señalado en el presente apartado se debe
destacar que la CRTVE ha dado cumplimiento a sus obligaciones de fomento
de la cultura audiovisual desde el punto de vista de la inversión y financiación,
presentándose en el ejercicio 2014 como un catalizador del mercado
audiovisual invirtiendo grandes cuantías en la promoción y elaboración de
obras españolas, a la vez que ha diversificado la contratación de servicios
exteriores y de producciones ajenas o mixtas de manera adecuada,
garantizando, a su vez, la pluralidad y diversificando sus inversiones.
Por último, desde el punto de vista de la adquisición de los contenidos
deportivos, ámbito intrínsecamente cultural por los valores que representa el
deporte en la sociedad, la CRTVE ha prestado atención y ha dirigido sus
inversiones a los acontecimientos más relevantes para la sociedad de
conformidad con el Catálogo de Eventos de Interés general. Asimismo, y desde
un punto de vista financiero, ha limitado sus inversiones muy por debajo del
límite máximo establecido, dando cumplimiento a sus obligaciones de servicio
público a este respecto.
3.3.2. Promoción de las artes, la ciencia, la historia y la cultura
La CRTVE dedica importantes recursos a cumplir con este objetivo. Además de
la actividad específica de cadenas concretas (La 2, Radio Clásica, Radio 3),
dedicadas en su totalidad o en gran parte a la difusión de la cultura, muchos
programas de sus cadenas generalistas dedican especial atención a estas
materias. De ese modo, los informativos de La 1 y Radio 1, bloques
especializados en Canal 24 horas y Radio 5, y programas diarios y semanales
de Radio 1 (“El Ojo Crítico”, “La estación Azul”…), se han convertido en
referentes para la promoción de la cultura en España.
En el caso del cine, la CRTVE se ha caracterizado desde hace años como un
difusor prioritario de la industria española y europea, con programas
especializados en RNE y en la 2, emisión de un ciclo de cine español, apoyo a
los principales festivales y a los Premios Goya, con la retransmisión en directo
de sus galas y entrega de premios, y un amplio seguimiento en los informativos
y programas de actualidad de rodajes y estrenos. En resumen, se proporciona
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un apoyo preferente a la cinematografía, tanto desde el punto de vista de sus
aspectos culturales como de los industriales.
3.3.2.1. Actividad editora y difusora de la CRTVE en la promoción de la
cultura
El artículo 3.2.l) de la Ley 17/2006 establece la obligación de la CRTVE de
promover el conocimiento de las artes, la ciencia, la historia y la cultura. En
términos similares, el artículo 9.1.j) de la Ley 8/2009 incide en la obligación de
la CRTVE de promover la cultura y el arte, la divulgación científica y
tecnológica, la innovación y la actividad emprendedora.
De esta manera, la normativa sectorial exige a la CRTVE ser un actor directo y
activo en la promoción de todos estos valores culturales, educativos y sociales.
La CRTVE tiene una variedad de misiones relacionadas con la promoción de
estas materias. Como se señala en el capítulo referido a los contenidos
programáticos, la programación, producción y difusión de contenidos culturales
tiene una importancia transversal en los canales de TVE y se garantiza,
especialmente, a través de La 2 donde se dedicó un 64% de su programación a
contenidos culturales y educativos.
Por ello, en el análisis de la presente misión, no se tratará la actividad de
producción y emisión, sino en cómo la CRTVE ha apoyado y fomentado la
promoción de estos valores culturales en el ámbito externo, es decir, al margen
de su cuotas específicas de emisión.
El artículo 32 del Mandato-Marco señala que la CRTVE, en la oferta cultural y
dentro de su papel de editora y difusora de contenidos, promocionará
adecuadamente la música, la danza, el teatro, la expresión artística, la literatura
y el hábito de lectura en castellano y en las lenguas cooficiales, publicando en
los distintos soportes música, textos, videos y contenidos multimedia de interés
cultural que hayan sido objeto de difusión a través de su oferta de radio,
televisión o información en línea.
De igual manera, este artículo recoge que en esta actividad de promoción
cultural la Orquesta y Coro de RTVE tendrán como principal objetivo la
ejecución en vivo de los repertorios de música sinfónica y coral
fundamentalmente española. Para ello la CRTVE colaborará con los Circuitos
Culturales previstos por el Ministerio de Cultura y actuará con criterios
divulgativos y pedagógicos.
Para analizar el nivel de cumplimiento se debe acudir al papel de editor y
difusor de los contenidos culturales de la CRTVE, así como a la actividad del
Coro y la Orquesta de CRTVE en el año 2014.
Desde el punto de vista de la edición y difusión de contenidos, la CRTVE edita
y distribuye un importante número de libros, revistas, CDs, DVDs y/o Blu-Ray
que tienen como principal objetivo el fomento de la cultura. En el Anexo 6 del
presente Informe se detalla la actividad editorial desarrollada en el ejercicio
2014.
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En relación con la actividad desarrollada por la Orquesta y Coro de RTVE cabe
indicar que a lo largo del año 2014 se llevaron a cabo un total de 44 conciertos
dentro de la temporada de abono, celebrados en dos sesiones de jueves y
viernes. Hay que tener en cuenta que la actividad de la Orquesta y Coro de
RTVE se planifica por temporadas (de octubre a junio del siguiente año), por lo
que se ha tenido en cuenta la segunda mitad de la temporada 2013/14 y el
comienzo de la temporada 2014/15.
De igual manera, el Coro intervino junto a la Orquesta Sinfónica en 16
ocasiones en la temporada de abonos a lo largo del año.
Además la Orquesta y Coro de CRTVE han llevado a cabo distintos ciclos y
conciertos así como distintas grabaciones para terceros. Para un mayor detalle
sobre estos datos ver Anexo 7 del presente Informe.
Respecto a la promoción de la cultura y el arte, la divulgación científica y
tecnológica, la innovación y la actividad emprendedora, se va a tener en
cuenta las actividades realizadas por la CRTVE de cara a fomentar dichas
actividades culturales, tales como la promoción y participación de festivales,
que sirven como vehículo para el cumplimiento de esta genérica y transversal
misión de servicio público.
A continuación se relacionan los principales festivales apoyados e impulsados
por la CRTVE en el año 2014.
Los festivales más importantes apoyados por RTVE fueron los siguientes:
Documenta Madrid
Festival de cine SEMINCI de Valladolid
Game Fest de Bilbao
Game Lab de Barcelona, 3D Wire de Segovia
Festival por el Día de la Música de Madrid
Festival de Vitoria
Festival de cine de Málaga
Festival de cine de San Sebastián
En el caso de la radio, son muchos los festivales y eventos culturales apoyados
desde las distintas emisoras de RNE, entre los cuales cabe resaltar los
siguientes:
FITUR 2014
Mercedes Benz Fashion Week
ARCO 2014
Aula 2014
Madrid Fusion 2014
Festival de Cine de Málaga
Festival de Cine de Cannes
Documental Madrid
Festival de Vitoria
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Festival de Cine de Valladolid
III Congreso de Radioteatro y ficción sonora
Congreso centenario Platero y Yo
Museo Thyssen
25º aniversario de la escuela de organización industrial
En el Anexo 8 del presente Informe se presta información más detallada de
festivales apoyados por RNE.
De igual manera, como muestra del fomento de la promoción cultural realizada
por la CRTVE hay que destacar el reconocimiento recibido en términos de
premios recibidos a lo largo del 2014, tanto por la Corporación, como TVE,
RNE y RTVE.es, nacionales e internacionales otorgados tanto por instituciones
públicas como privadas.
Se puede concluir que la CRTVE en su labor promotora de las artes, la ciencia,
la historia y la cultura desde el punto de vista del fomento en la edición y
distribución ha cumplido con su misión de servicio público. Hay que destacar la
cantidad y variedad de festivales apoyados por la CRTVE que se dirigen a
todos los ámbitos sociales y culturales. De igual manera, la actividad de la
Orquesta y Coro de RTVE contribuye de manera muy importante al desarrollo
de estos ámbitos. Así, se puede afirmar que la CRTVE promociona y fomenta
de forma activa actividades culturales en todo el territorio nacional.
3.3.2.2. Velar por la conservación de los archivos históricos audiovisuales
Por último, como elemento incardinado en el ámbito de la promoción cultural
hay que hacer referencia al archivo histórico de la CRTVE.
En virtud del artículo 3.2.o) de la Ley 17/2006 y el artículo 52 del Mandato-
Marco se incluye dentro la función de servicio público la conservación de los
archivos históricos audiovisuales por parte de la CRTVE. Hay que recordar la
importancia de esta obligación, pues el archivo de RTVE contiene un
patrimonio único de la historia de nuestro país,
De esta manera, la CRTVE tiene la obligación de digitalizar, conservar y
preservar, en condiciones óptimas para su uso y consulta, el archivo histórico
heredado de RTVE. Las cantidades a invertir anualmente en este proceso
deberían haber sido determinadas en cada Contrato-programa, no obstante,
ante la ausencia de esta figura, no se tiene una programación y previsión de
gasto a futuro de dicho proceso.
En primer lugar, hay que señalar que el cumplimiento de esta misión conlleva
unos importantes costes tanto para cumplir las obligaciones de preservación de
todos estos materiales, de archivo e indexación, así como las de digitalización
y, finalmente, la puesta a disposición de este patrimonio para investigadores,
particulares, instituciones y empresas.
Esta Comisión únicamente dispone de los datos referidos al año 2014 en
relación con el 2013, el número total de obras digitalizadas y la inversión en los
fondos documentales en dicho ejercicio; pero no de la evolución o previsión
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histórica, por lo que no se puede analizar en detalle el grado y progresión del
cumplimiento de la obligación.
Con esta salvaguarda, se debe señalar que a finales del año 2014 el patrimonio
audiovisual digitalizado de la CRTVE ascendía a un total 3.494.920 obras
audiovisuales digitalizadas. Esto supuso que a lo largo del año 2014 la CRTVE
digitalizara un total de 155.016 obras, lo que representa un porcentaje de
incremento del 4.4% respecto del año anterior.
En relación con las obras sonoras, a finales del año 2014 el número total de
obras digitalizadas ascendía a 2.269.826 de archivos sonoros digitalizados, lo
que supuso un incremento respecto del ejercicio anterior de 99.540 obras y un
porcentaje de incremento del 4.38%.
Dada la ausencia del Contrato-programa que deba determinar la cantidad anual
a invertir en este proceso, no se puede valorar de manera precisa el nivel de
cumplimiento prospectivo de la CRTVE a este respecto. No obstante, la
CRTVE ha comunicado a esta Comisión que ha destinado en el ejercicio 2014
para la digitalización del archivo la cantidad de 2.864.531,86€, lo que ha
supuesto un gran esfuerzo tanto económico como logístico por la CRTVE dado
el extenso archivo que debe preservar. A esta cantidad debería sumarse la
dedicada al mantenimiento, la difusión y la gestión de estos fondos.
Con independencia de que no se pueda identificar la idoneidad de la cantidad
invertida, se debe destacar el volumen de material ya digitalizado, casi 6
millones de unidades de audio y/o vídeo, que elevan la importancia del
incremento porcentual llevado a cabo en el año 2014, respecto del 2013, de
ese más de un 4% en obras visuales y sonoras.
De conformidad con todo lo anterior se debe concluir el adecuado cumplimiento
de la CRTVE en el fomento del conocimiento de la cultura, el arte y las ciencias
desde una perspectiva exógena, es decir, como apoyo y fomento de la
elaboración de actividades que contribuyan al conocimiento y aprendizaje de
estos valores.
3.4 Contenidos programáticos
En materia de programación, la normativa establece las principales directrices
que debe seguir la CRTVE. A este respecto el artículo 40 de la LGCA dispone
que la CRTVE tiene por objeto la producción, edición y difusión de un conjunto
de canales de radio, televisión y servicios de información en línea con
programaciones diversas y equilibradas para todo tipo de público, cubriendo
todos los géneros, destinadas a satisfacer las necesidades de información,
cultura, educación y entretenimiento de la sociedad y a preservar el pluralismo
en los medios de comunicación.
Para el cumplimiento de este objetivo la CRTVE cuenta con una diversidad de
plataformas de difusión. En concreto, en el ámbito nacional, dispone de cinco
canales de televisión, dos generalistas y tres temáticos, y de cuatro emisoras
de radio de ámbito nacional y una que presta servicios únicamente en
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Cataluña. Por su parte, el ámbito internacional se cubre a través de una cadena
de televisión y otra de radio.
Además de lo anterior, CRTVE dispone de una página web a través de la cual
ofrece servicios de información en línea y desde la que se puede acceder a
contenidos de servicio público de audio y video. El cumplimiento de los
objetivos programáticos impuestos a la CRTVE no puede ser satisfecho en
detrimento de unos adecuados niveles de audiencia a la vista de la realidad del
mercado audiovisual televisivo español. Es decir, la CRTVE no puede renunciar
en ningún caso a posiciones de liderazgo.
3.4.1 Contenidos programáticos nacionales
La Ley 17/2006 establece la necesidad de que CRTVE ofrezca acceso a los
distintos géneros de programación y a los acontecimientos institucionales,
sociales, culturales y deportivos, dirigidos a todos los sectores de la audiencia,
prestando atención a aquellos temas de especial interés público.
Los denominados contenidos programáticos de la función de servicio público se
concretan en el Capítulo III del Mandato-Marco, a través del cual se atribuye a
la CRTVE, en líneas generales, los siguientes mandatos:
- Producir y difundir contenidos de calidad en todos los géneros y, en especial,
aquellos que tengan carácter informativo, educativo, cultural y divulgativo,
así como los de entretenimiento, dirigidos a la consecución de los objetivos
generales de servicio público establecidos en el Mandato-Marco y que sirvan
como referencia al conjunto de los medios audiovisuales españoles.
Asimismo, incluirá en su oferta contenidos destinados a la infancia y la
juventud y a estimular la práctica y promoción del deporte de base y con
participación de la mujer (artículo 21).
- Adecuación de los contenidos y horarios de su programación y promociones
a las expectativas de la audiencia potencial (artículo 22).
- La programación informativa debe otorgar prioridad a la información y ésta
debe constituir eje fundamental de su oferta y un espacio de debate público
que estimule la reflexión, el conocimiento de la realidad, la actitud crítica y la
participación ciudadana (artículo 23).
- La programación de entretenimiento deberá presentar una oferta
programática destinada al entretenimiento de calidad para todos los
ciudadanos. Esta programación no puede entrar en contradicción, en ningún
caso, con los objetivos generales y las definiciones básicas que rigen la
actividad de servicio público de RTVE (artículo 24).
- Realizar un seguimiento y dar cobertura informativa de las actividades
oficiales de la Casa Real, Presidente del Gobierno, Ejecutivo, Congreso de
los Diputados, Senado y de los distintos grupos políticos representados en la
Cortes Generales, así como de los distintos Gobiernos y Parlamentos
territoriales. A su vez deberá ser objeto de tratamiento informativo el resto de
instituciones del Estado, especialmente el Poder Judicial y sus órganos de
gobierno, así como las actividades de las instituciones europeas, en especial
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del Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo (artículo 25).
En relación con los acontecimientos deportivos, el artículo 40 del Mandato-
Marco recoge las previsiones que la Corporación RTVE debe atender de forma
preferente, sin menoscabo de las limitaciones que al respecto introduce la Ley
8/2009, y siempre que las condiciones económicas sean razonables:
- Las competiciones Olímpicas y competiciones de deportes profesionales
donde participen las selecciones nacionales españolas correspondientes o
equipos españoles.
- Las competiciones profesionales individuales de élite, nacionales e
internacionales, de contrastada aceptación mayoritaria y relevante audiencia,
en las que participen deportistas españoles.
- La divulgación adecuada de deportes de participación minoritaria en
colaboración con las respectivas Federaciones Nacionales, de las
competiciones en territorio nacional o internacional donde participen
selecciones y deportistas que representen a España.
- La divulgación adecuada del deporte de base y con participación de la mujer,
en colaboración con las respectivas federaciones territoriales.
Algunos de estos mandatos generales debían haber sido concretados, por
ejemplo en términos de porcentajes, en los Contratos Programas, instrumentos
que como ya hemos tenido la oportunidad de indicar a lo largo del presente
informe hasta ahora no han sido suscritos.
Por otro lado, la Ley 8/2009 añadió y concretó algunos aspectos de estas
obligaciones en relación con la programación infantil así como respecto a la
necesidad de cubrir eventos institucionales.
Para llevar a cabo un análisis ordenado del cumplimiento de estos objetivos a
lo largo del presente apartado se realizará, en primer lugar, un análisis global
de los contenidos emitidos en la parrilla de las cadenas de televisión y radio,
con excepción de los contenidos infantiles que, por su especificidad, serán
abordados a continuación y de forma independiente. Por último se hará una
referencia concreta a la cobertura informativa de carácter institucional nacional
e internacional llevada a cabo en el ejercicio 2014.
3.4.1.1 Oferta programática nacional
A fin de comprobar el cumplimiento de los objetivos programáticos fijados en el
Mandato-Marco, se procederá a analizar la distribución de la parrilla emitida por
la CRTVE durante el 2014, atendiendo tanto a la programación televisiva como
a la radiofónica.
(i) Oferta de televisión
Uno de los conceptos que se maneja habitualmente cuando se tratan de
especificar las obligaciones de las radios y televisiones públicas es el de la
‘calidad’. Son evidentes las dificultades de evaluar esta característica que,
además de estar condicionada por los gustos de las diferentes audiencias,
tiene un claro componente de subjetividad. No obstante, y siguiendo un sistema
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simplificado que atienda a las percepciones derivadas de las críticas, las
denuncias, los premios y los reconocimientos, parece que la CRTVE alcanza,
en comparación con otras ofertas, niveles apreciables, de lo que podría
denominarse ‘calidad’. Las series, los espacios culturales en las cadenas
generalistas, la renuncia a determinados formatos que, aunque muy populares,
estarían en contra de sus obligaciones programáticas, los intentos por la
divulgación también en concursos y magacines, parecen avalar que, en líneas
generales, los canales de RTVE cumplen los niveles de ‘calidad’ exigidos,
aunque no concretados, por las leyes.
En cuanto a la distribución de los contenidos globales de toda la parrilla de
televisión se observa que, del total de la programación difundida, un 25%
correspondió a programación informativa, otro 25% a ficción, un 19% a
deportes, 18% cultural, 2% a entretenimiento y un 8% a magacines y
actualidad.
En la citada estadística no se reflejan datos sobre programación infantil dado
que el 100% de la emisión de este tipo de contenidos se realiza a través del
canal temático “Clan TV”.
Tabla 32. Tiempo de emisión por tipo de programa en la parrilla de la CRTVE
Tipo de programación
Número de minutos
Total de emisión
Informativos
646.884
25%
Ficción
669.380
25%
Deportes
502.187
19%
Culturales (incluyendo
contenidos educativos)
461.164
18%
Magacines y actualidad
205.854
8%
Entretenimiento
52.668
2%
Otros
89.831
3%
Total
2.627.969
100%
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Visto los datos globales, se procede ahora a desgranar los datos obtenidos
atendiendo a las diversas cadenas televisivas:
La 1
La 1 es una cadena de carácter generalista cuya programación debe atender
prioritariamente a la información, el entretenimiento, la ficción, así como a los
grandes eventos deportivos. Si bien los contenidos de la misma deben estar
orientados a obtener un índice de audiencia significativo dentro del mercado de
televisión en abierto, este objetivo ha de alcanzarse sin renunciar a la calidad y
el servicio público, ya que el 93% del presupuesto atribuido a la CRTVE debe
justificarse en base al cumplimiento de esta obligación.
En atención a los citados criterios se debe destacar que, durante el 2014, La 1
dedicó un 33% de su programación a la emisión de contenidos informativos,
seguido por magazines y programas de actualidad con un 25% y ficción con un
17%.
Tabla 33. Distribución por tipo de contenido emitido de la parrilla de La 1 de RTVE
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Tipo de programación
Número de minutos
Total
Informativos
171.335
33%
Magacines y actualidad
130.110
25%
Ficción
88.719
17%
Culturales (incluyendo
contenidos educativos)
80.789
15%
Entretenimiento
26.284
5%
Deportes
11.453
2%
Otros
16.905
3%
Total
525.595
100%
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Por tanto, los datos reflejan que la estructura de la programación de esta
cadena gira en torno a la información. En este sentido la misión informativa fue
cubierta, diariamente, con informativos matinales (Telematinal, de 6,30 a 8,30 y
Los desayunos de TVE, de 8,30 a 10), al medio día (Informativos territoriales,
de 14 a 14,30 y Telediario 1, de 15 a 16) y por la noche (Telediario 2). A su vez,
esta cadena emitió diversos programas con el objetivo de acercar la actualidad
al televidente a través de reportajes, como pueden ser, Informe Semanal, En
Portada o Comando Actualidad.
Además de lo anterior, durante el 2014 se realizaron varios especiales
informativos para cubrir noticias de relevancia pública como fueron el
fallecimiento de Adolfo Suarez así como la Abdicación del Rey Juan Carlos I.
Por otro lado, La 1 contó con diversos magazines diarios, como La Mañana (de
10 a 14) o España Directo (de 18,45 a 20,30) donde se tratan temas de
actualidad como sucesos, fiestas populares, cultura, gastronomía, etc.
En materia de ficción se apostó por las series nacionales, en este sentido
cabría destacar la emisión de Isabel, Águila Roja, Cuéntame cómo pasó y Los
misterios de Laura, todas ellas varias veces galardonadas en los últimos años.
En cuanto a la programación cultural, cabe destacar “Zoom Tendencias”,
programa semanal donde se analiza, a través de reportajes de interiorismo,
moda, restauración o cosmética, el estilo de vida actual, así como “Un país
para comérselo” donde se muestra la gastronomía y paisajes a lo largo del
territorio nacional.
En materia deportiva, y en cumplimiento de la obligación de emitir los grandes
eventos deportivos, durante el 2014 cabe destacar la retransmisión de la
Champions League y la Supercopa de Europa de futbol; la Copa del Rey, Liga
ACB y Supercopa ACB de baloncesto; así como el Tour de Francia y la Vuelta
ciclista a España.
Por último, en materia de entretenimiento, La 1 apostó por el programa
gastronómico Master Chef, tanto en su versión infantil como adulta.
La 2
Los objetivos y contenidos de las emisiones de esta cadena son principalmente
la difusión de la cultura y la emisión de multitud de géneros, destacando la
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divulgación de la ciencia, la cultura y el deporte.
En su labor de emisión complementaria a La 1 esta cadena debe atender a
públicos diferenciados de los propios de otros canales temáticos programando
contenidos de especial interés para las distintas minorías.
En este sentido, cabe destacar que el 64 % de la programación emitida en
2014 fue de contenido cultural.
Tabla 34. Distribución por tipo de contenido emitido de la parrilla de La 2 de RTVE
Tipo de programación
Número de minutos
Total
Culturales (incluyendo
contenidos educativos)
334.423
64%
Ficción
69.724
13%
Magacines y actualidad
39.961
8%
Entretenimiento
25.087
5%
Informativos
16.071
3%
Deportes
104
0%
Otros
16.905
8%
Total
525.594
100%
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Atendiendo a este carácter de cadena cultural y de divulgación, durante 2014
se emitieron diversos programas documentales: Docufilia, Trotamundos,
Documentos TV, Documentos 2, El bosque protector, La noche temática, Al filo
de lo imposible, entre otros, que sumaron en su conjunto más de 4.500
documentales relacionados con la naturaleza, historia, distintas culturas,
ciencia y tecnología, deportes, viajes, etc.
Asimismo, con motivo de la celebración del cuarto centenario de la muerte de
El Greco, La 2 de TVE se unió a los actos conmemorativos con la emisión de
una serie documental “El Greco, alma y luz universales” que se compuso de
seis capítulos.
Además de lo anterior, esta cadena dedicó parte de su programación a
fomentar las artes escénicas como la música y el teatro, prestando una
especial atención a la cinematografía. A este respecto debemos destacar los
programas En versión española, Días de cine o Cinefilia, en los que intervienen
personas de renombre y especializadas en la materia.
En materia educativa se deben destacar los programas La aventura del saber
(que se emitió de lunes a jueves de 10 a 11), TV Uned, TVE English y That´s
English.
Por otro lado, los domingos por la mañana La 2 emite un bloque de programas
que versan sobre distintas religiones: Islam hoy, Buenas noticias TV, Shalom,
Día del Señor. Asimismo, el programa documental Pueblo de Dios, realiza
reportajes sobre las distintas culturas religiosas.
Clan TV
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Como se ha señalado anteriormente, la programación infantil es concentrada
por la CRTVE en su canal Clan TV, con el 100% de emisión de contenidos
infantiles y un total de 5.840 horas de programación infantil encuadrada en las
franjas específicas de protección infantil.
El cumplimiento de los objetivos programáticos de carácter infantil se analizará
de forma pormenorizada en el siguiente apartado del presente Informe.
Canal 24 horas
Es un canal de televisión de información continua, las 24 horas del día, cuyo
objetivo es ofrecer a la audiencia la posibilidad de acceder a la información en
el momento que desee o de forma constante.
Su programación incluye transmisiones en directo y diferidas de
acontecimientos informativos, tanto de ámbito autonómico, nacional como
internacional, siempre que sean considerados de interés público.
Asimismo, a través de este canal se informa periódicamente de los debates
parlamentarios de la Cortes Generales y se retransmiten en directo las
sesiones que tengan especial interés informativo, tal y como se especificaba en
el apartado 3.1.1.4 del presente informe.
Teledeporte
Es el canal temático de deportes de TVE, con emisión las 24 horas del día. Los
contenidos de su programación deben ajustarse a los criterios previstos en el
artículo 40 del Mandato-Marco.
Teledeporte debe llevar a los hogares españoles las mejores transmisiones de
los deportes mayoritarios y minoritarios, deporte femenino y deporte
paralímpico siempre en abierto, conforme al mandato de servicio público
encomendado.
Bajo el paraguas de la Unión Europea de Radiodifusión (UER), Teledeporte
dispone de acuerdos para la emisión de los Campeonatos de Europa de
atletismo al aire libre, a cubierto y de campo a través. Asimismo, tiene firmado
con la UER, el contrato de los Campeonatos Europeos de Gimnasia, de
Natación, de Patinaje artístico y de Velocidad firmados con sus
correspondientes Federaciones Internacionales.
A su vez, Teledeporte recoge las obligaciones derivadas de los convenios
firmados con el Comité Paralímpico Español para hacer el seguimiento de los
atletas paralímpicos, con la Asociación de Deportes Olímpicos (ADO) para
evaluar y seguir a los deportistas olímpicos, con la Agencia Española
Antidopaje en su campaña de divulgación de la lucha contra el dopaje en el
deporte y con el Comité Olímpico Internacional.
La CNMC ha podido comprobar que la disciplina deportiva que más horas de
programación eventos y programas- ha dedicado este canal en el año 2014
fue el tenis (Copa Davis, Masters 1000 o torneos WTA
53
), con
53
Women Tennis Association.
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aproximadamente un 24% de las horas de programación, seguido muy de
cerca por los eventos futbolísticos con un 20% aproximadamente.
A su vez, en cumplimiento de lo dispuesto en Mandato Marco, durante el 2014
La 2 retransmitió los Juegos Olímpicos de Invierno celebrados en Sochi.
(ii) Oferta de radio
Por su parte, en materia de Radio, la CRTVE difunde cinco emisoras:
Radio Nacional de España
Es una emisora de carácter generalista que basa su programación en
informativos y programas de actualidad. En materia informativa RNE emite
boletines a lo largo del día, el Diario de las 2 al medio día, así como los
correspondientes informativos territoriales. A estos se suman programas de
actualidad y debate como Las mañanas de RNE o 24 horas.
Sus magacines diarios de mañana, tarde y noche prestan especial atención a
los temas culturales y sociales. Lo mismo sucede con los magacines de
mañana y tarde de fin de semana.
También en el ámbito cultural cabe destacar los programas El Ojo Crítico y ’La
Estación Azul’ y, en el deportivo, Radio Gaceta de los Deportes y Tablero
Deportivo.
Radio Clásica
Sus contenidos se centran fundamentalmente en la emisión de música clásica,
aunque también cuenta con programas especializados en otros géneros
musicales que no tienen cabida en las radios comerciales. Como programas
destacados emitidos a lo largo del 2014 se puede citar Grandes ciclos, La casa
del sonido o La casa de la fonografía.
Radio 3
Esta emisora cuenta con una programación alternativa y destinada,
principalmente, a la música y la cultura jóvenes. En este sentido cabe destacar
programas como Los conciertos de Radio 3 (también emitidos por La 2), Hoy
empieza todo (magazine matinal), 6x3 (se centra en el mundo de la guitarra),
180º (con música variada, pop, rock, soul, funk, etc.), La cuarta parte (dedicado
a la difusión de música rap) o El vuelo del fénix (que presenta diferentes estilos
dentro del heavy).
Ràdio 4
Tal y como se hacía referencia en el apartado 3.1.2 del presente informe esta
es una emisora de carácter generalista, con cobertura exclusiva en el territorio
de Cataluña y que emite íntegramente en Catalán.
Radio 5
Es una cadena eminentemente informativa que emite, de forma simultánea con
RNE, el Diario de las 2, así como los programas Las mañanas de RNE y 24
horas.
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A su vez, esta cadena tiene espacios dedicados a la ciencia y tecnología (Entre
probetas, El laboratorio de JAL), salud (Alimento y Salud, Alimentación
saludable, consumo responsable. AECOSAN), medioambiente (Planeta Vivo,
Agros 5, Animales y medioambiente) y cultura (Artesfera, De cine, De
películas).
De todo lo anterior cabe concluir que, a nivel nacional, la CRTVE cuenta con
canales variados tanto en radio como en televisión que dan cabida, en términos
generales y a falta de porcentajes concretos que deben ser fijados por el
Contrato-Programa, a los objetivos programáticos fijados en el Mandato Marco.
3.4.1.2 Oferta programática infantil
En relación con la programación infantil, la CRTVE debe cumplir diversas
obligaciones como prestador del servicio púbico de radio y televisión. En el
apartado 3.2.1 del presente Informe ya se analizó el deber de garantizar la
protección del menor, así como la exigencia de mantener un canal propio de
temática infantil. Por tanto, en presente apartado se analizarán las obligaciones
complementarias de emisión y fomento encomendadas a la CRTVE en el
El citado artículo diferencia tres ámbitos distintos dentro de esta misión: a)
obligaciones de emisión infantil, b) el fomento de la emisión de obras infantiles
en sistema dual, y c) el fomento de las obras europeas infantiles.
En relación con la primera de éstas, es decir, con las obligaciones de emisión
infantil, la CRTVE debe emitir en su programación diaria y entre las 17:00 y las
21:00 horas locales al menos el 30% de programas destinados a menores
entre 4 y 12 años. Esta obligación se extenderá entre las 9:00 y las 20:00 horas
locales los fines de semana y en los períodos vacacionales.
A este respecto, la CRTVE señala que las emisiones en el año 2014 del canal
infantil Clan TV entre las 6:00 y las 22:00 horas, y por tanto, dentro del horario
establecido en esta obligación, se ha dedicado el 100% a la programación de
este tipo de formato infantil. De hecho, la CRTVE destaca que el esquema de
programación de Clan TV tiene como objetivo la programación para niños de 4
a 12 años entre las 6:00 y las 22:30 horas, todos los días del año. . No
obstante, debe constatarse que también Clan TV dedica buena parte de su
programación a las edades de 0 a 4. Como ya hemos comentado con
anterioridad, cubren un importante vacío dejado por otros canales infantiles que
operan en abierto y que, al no estar medido este segmento de edad por la
empresa de audiometría Kantar, no puede rentabilizarse comercialmente.
En consecuencia, en este apartado la CRTVE cumple con esta obligación,
dado que los índices de emisión están muy por encima de las exigencias
previstas en la Ley.
Por otro lado, en relación con la obligación de fomento de la emisión de obras
infantiles en sistema dual, cabe indicar que desde la culminación del
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denominado “apagón analógico”
54
la programación infantil debía, de forma
progresiva, emitirse en sistema multilingüe, al menos en castellano y en
lenguas cooficiales del Estado e inglés cuando posibilidades técnicas y
presupuestarias lo permitieran.
La CRTVE señala que los programas aquí referidos se difundieron durante el
2014 en sistema dual, principalmente en castellano e inglés. En relación con la
emisión en otras lenguas cooficiales, la CRTVE señala que dicho objetivo aún
no se está llevando a cabo, justificando esta deficiencia a imposibilidades
técnicas así como al elevado coste que supone el doblaje. La CRTVE debería
establecer los medios adecuados para implementar sistemas que permitan la
emisión de estos contenidos en las lenguas cooficiales del Estado.
Por último, el artículo 9.1.d) de la Ley 8/2009, establece que la CRTVE tiene la
obligación de incrementar, de manera progresiva, la programación infantil de
producción europea hasta conseguir una proporción mayoritaria de su tiempo
de difusión.
A este respecto se debe destacar los datos recogidos en el informe “Focus on
animation” realizado por el Observatorio Europeo del Audiovisual con el
respaldo de la Comisión Europea
55
(página 58), en relación con los datos
obtenidos durante el ejercicio 2013. En el citado informe se advierte como el
canal Clan TV está lejos de cumplir con dicho objetivo, pues como se señalará
a continuación, la emisión de contenidos europeos en dicho año fue minoritaria.
En efecto, como se puede ver en el siguiente gráfico, donde se concreta el
origen por país de las producciones de animación de los distintos canales
infantiles, en el caso de Clan TV la mayoría de los contenidos emitidos, en
concreto un 47%, se corresponden con producciones norteamericanas; en
segundo lugar están las producciones de países pertenecientes a la UE, con un
25%; seguido por las producciones de países no comunitarios, 16 %, y por las
producciones británicas con un 12%.
Gráfico 23. National children's channels and origin of animation • 2013
54
El apagón analógico culminó el 3 de abril de 2010.
55
http://ec.europa.eu/digital-agenda/en/news/focus-animation
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Fuente: “Focus on animation”. Observatorio Europeo del Audiovisual (2015).
Acudiendo ahora a los datos remitidos por la CRTVE a esta Comisión, en
relación con la obligación de emitir determinados porcentajes de obras
audiovisuales de producción europea en virtud del artículo 5.2 de la Ley
Audiovisual, podemos concluir que los contenidos emitidos por Clan TV no
fueron mayoritariamente europeos dado que en el año 2014 la cuota de
emisión de este tipo de obras tan sólo alcanzó el 46,69% del total.
En futuros estudios debe analizarse hasta dónde debe aplicarse esta obligación
y con qué consecuencias. Como es lógico en el caso de este tipo de programas
dirigidos a la audiencia infantil, lo que debe primar es la idoneidad de los
contenidos respecto a los objetivos planteados por una cadena pública. Quiere
esto decir que el interés educativo y divulgativo de las series y los espacios
dirigidos a esta audiencia deben estar por encima de cualquier otra
consideración. Clan TV ha conseguido ser líder de audiencia, manteniendo
niveles muy aceptables de dedicación a la formación y el entretenimiento con
valores de la audiencia infantil. Por tanto sería necesario comprobar si existen
contenidos de origen europeo que, cumpliendo el presupuesto y los objetivos
adecuados a un canal infantil, perteneciente a una cadena pública, pudieran
llegar a representar el porcentaje mayoritario de emisión de Clan TV.
Por tanto, para dar efectivo cumplimiento a la obligación que le ha sido
impuesta, la CRTVE debería hacer un esfuerzo por adquirir y emitir en el
ámbito infantil contenidos europeos, con especial presencia de los contenidos
nacionales, con emisión, en su caso, en lenguas cooficiales.
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3.4.1.3 Otras obligaciones programáticas fijadas
Resta ahora por abordar otras obligaciones programáticas que, de forma más
concreta, son fijadas por la normativa audiovisual. En particular, nos referimos
a las siguientes:
- Impulsar el intercambio de la información y el conocimiento mutuo entre los
ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea como espacio
común de convivencia (artículo 3.2 apartado f de la Ley 17/2006).
Esta misión de servicio público no ha sido concretada en ninguna norma
posterior, si bien de su redacción se debe entender que el propósito de la
misma es incentivar la difusión, en el seno de la programación de RTVE, de
contenidos que ayuden a un mejor conocimiento de la realidad de la Unión
Europea, la información y conocimiento mutuo de los distintos Estados
Miembros y de sus sociedades, culturas y ciudadanos como factor de
promoción de los valores comunes que conforman el espacio común europeo.
A tal fin, resulta de especial interés y relevancia el acercar la realidad y
funcionamiento de la Unión Europea y de sus instituciones al conjunto de
ciudadanos, tales como la Comisión Europea, el Parlamento Europeo, el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Consejo de Europa y otras
instituciones de la UE o de Europa en su conjunto.
De conformidad con lo manifestado por la CRTVE la difusión de información
relativa a las instituciones europeas en televisión se realiza por una doble vía.
Por un lado, TVE transmite información diaria dentro de sus Telediarios, y por
otro, de forma más específica, a través de la emisión de su programa semanal
“Europa”.
El programa “Europa” tiene un formato flexible que se adapta en función de la
actualidad. En él se tratan los asuntos más importantes de la agenda
comunitaria, así como otros temas de interés que, por su trascendencia,
pueden ser presentados de forma monográfica. Todo ello combinado con
entrevistas y, en ocasiones, con la organización de algún debate.
A modo de ejemplo se puede reseñar que, durante el año 2014, los principales
temas a tratar fueron la celebración de las elecciones europeas, la constitución
del nuevo Parlamento, la elección de los miembros de la Comisión Juncker, así
como el seguimiento de las cumbres de Jefes de Gobierno (Consejos Europeo)
celebradas en Bruselas.
En cuanto a las entrevistas realizadas durante 2014 se puede destacar la
efectuada al Presidente del Parlamento, Martin Schulz, a los Comisarios
Joaquín Almunia, Cecilia Malmstrom y Antonio Tajani, o a la Defensora del
Pueblo Europeo, Emily O’Reilly.
Cabe subrayar que este espacio cuenta con la colaboración y el apoyo del
Parlamento Europeo y la Comisión Europea.
Además de lo anterior, con motivo de las elecciones al Parlamento Europeo,
RTVE elaboró alrededor de 45 reportajes (de entre 3 y 5 minutos cada uno) y
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retransmitió en directo el debate entre los dos candidatos a la presidencia
Europea, Claude Juncker y Martin Schultz.
Por su parte en relación con RNE, hay que reseñar que la emisora Radio 5,
durante el año 2014 emitió el programa semanal “Parlamento Europeo” con
una duración de 30 minutos.
Además, se emitieron otros espacios de temática europea, “Europa Abierta” (un
espacio de 5 minutos de lunes a viernes) y “Más Europa” (de 5 minutos dos
veces por semana).
A lo anterior hay que sumar la colaboración con la Comisión Europea para la
realización del microprograma “Pregúntale a Europa” en el que los oyentes
radiofónicos formulan sus consultas y un experto de la Oficina de la Comisión
Europea en España las responde.
De los resultados anteriores cabe concluir que RTVE pone a disposición de los
ciudadanos información suficiente en relación con los acontecimientos
relevantes acaecidos a nivel europeo.
- Dedicar, al menos, doce horas semanales en horario no residual entre sus
distintos canales de la radio y de la televisión a emitir programas y presencia en
los servicios interactivos en los que se dé acceso a los grupos políticos,
sindicales y sociales (artículo 9.1 apartado a) de la Ley 8/2009).
Esta obligación de servicio público pretende garantizar la presencia de los
agentes sociales, sindicales y políticos en las emisiones televisivas, sonoras y
en línea de la CRTVE en horarios destacados de audiencia, de tal manera que
sus opiniones lleguen a un público mayoritario.
Dado el carácter general de la obligación, que se puede subsumir en otras
misiones ya analizadas como puede ser la presencia de los distintos grupos
sociales en los informativos, en los debates de actualidad, etc., se debe
concluir que la CRTVE ha dado un correcto cumplimiento a esta obligación,
dedicando más de 12 horas de programación en horarios no residuales a los
distintos agentes sociales, político y sindicales.
- Propiciar el acceso a los distintos géneros de programación y a los eventos
institucionales, sociales, culturales y deportivos, dirigiéndose a todos los
segmentos de audiencia, edades y grupos sociales, incluidas las minorías con
discapacidades (artículo 9.1 apartado o) de la Ley 8/2009).
En este apartado se abarcan ámbitos que ya han sido desarrollados a lo largo
del presente informe como son la diversidad programática, la accesibilidad de
las personas con discapacidad sensorial, etc. Por tanto, en la presente sección
se procederá a examinar si la CRTVE ha cumplido con la obligación impuesta,
en materia de cobertura institucional y difusión de comunicaciones oficiales, por
56
y artículo del 25 Mandato-Marco
57
.
56
El artículo 27 de la Ley 17/2006 establece que “El Gobierno podrá hacer que se programen y difundan
declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público, con indicación de su origen”.
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En cumplimiento de esta misión, TVE emitió en 2014 un total de 1.787 spots
referentes a campañas institucionales, las cuales se detallan a continuación:
Tabla 35. Spots publicitarios referentes a campañas institucionales
MINISTERIO
CAMPAÑA
Nº SPOTS
Interior
Operación Navidad 2013
38
Operación Navidad 2014
32
DGT Cinturón de seguridad
12
DGT SRI
11
Desplazamiento Semana Santa
20
Campaña Motos
63
Verano 2014
108
Drogas y alcohol
126
DGT Desplazamientos
23
DGT Velocidad
35
Accidentes ‘in itinere’
45
Distracciones
24
Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente
FEGA
71
Empleo y Seguridad Social
1ª fase SEPE
172
Defensa
Proximidad de las Fuerzas Armadas
84
Hacienda y Administraciones
Públicas
Agencia Tributaria Lucha contra el
fraude
252
Industria, Energía y Turismo
idea
147
Industria, Energía y Turismo
RED.ES: Adáptate Dividendo Digital
159
Fomento
Ayuda rehabilitación edificios
148
Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad
Violencia de género
67
Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente
Permanencia en medios de
comunicación
150
TOTAL
1.787
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
A estas campañas, debemos sumar los spots electorales que se emitieron en
diciembre de 2014 con motivo de la celebración de las elecciones locales de
mayo de 2015, para informar sobre los siguientes sucesos:
Tabla 36. Spots publicitarios referentes a campañas electorales
57
El artículo 25 del Mandato Marco establece, en relación con la Cobertura Institucional y
Comunicaciones Oficiales, lo siguiente: “La Corporación RTVE realizará un seguimiento y cobertura
informativa de las actividades oficiales del Jefe del Estado, Su Majestad el Rey, el Príncipe de Asturias y
el Presidente del Gobierno. Este objetivo se extenderá a las actividades del Ejecutivo, del Congreso de
los Diputados, del Senado y de los distintos grupos políticos representados en la Cortes Generales, así
como de los distintos Gobiernos y Parlamentos territoriales. En este sentido, la Corporación RTVE
prestará especial atención a los actos oficiales más importantes y significativos y a los grandes debates
que se realicen en sede parlamentaria, todo ello sin menoscabo del cumplimiento estricto de los principios
de pluralismo y neutralidad y teniendo en cuenta el interés informativo. El resto de instituciones del
Estado, especialmente el Poder Judicial y sus órganos de gobierno, así como las actividades de las
instituciones europeas, en especial del Consejo, la Comisión y el Parlamento Europeo, serán objeto de
tratamiento informativo. La Corporación RTVE, salvo casos excepcionales, no podrá obtener rendimiento
comercial alguno de la difusión y distribución de la señal institucional de esta cobert ura en su cesión a
otros operadores de radio, televisión y medios interactivos españoles, al margen de los costes
ocasionados en dicha cesión. En cumplimiento del artículo 27 de la Ley 17/2006, la Corporación RTVE
programará y difundirá las declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público que el Gobierno
determine con indicación de su origen”.
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MINISTERIO
CAMPAÑA
Nº SPOTS
Interior
Censo Electoral Parlamento Europeo
126
Residentes en el extranjero
100
Censo Residentes Ausencia Extranjeros
326
Elecciones europeas
94
Procedimiento de votación
137
Votación Discapacidad Visual
190
Voto Electoral Temporal Ausente
453
Voto por correo al Parlamento Europeo
213
TOTAL
1.639
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE
Los spots de esta campaña electoral también fueron transmitidos por RNE, a
través de Radio Nacional y Radio 5, con 5 o 6 pases diarios durante la emisión
de cada campaña.
Nos queda ahora por abordar aquellos eventos institucionales que fueron
cubiertos por la RTVE y emitidos en el periodo de referencia.
- Sobre la actividad de la Casa Real
Para la efectiva difusión de las actividades de la Corona, la CRTVE y la Casa
Real tienen suscrito un convenio de colaboración.
Cabe destacar que el año 2014 fue un año de especial relevancia histórica para
la Monarquía española con la abdicación del Rey D. Juan Carlos I y la
coronación del Rey Felipe VI.
A este respecto, la CRTVE procedió a cubrir tanto la actualidad informativa
como los actos relacionados con este acontecimiento, en especial con emisión
de programas especiales a este respecto:
El 2 de junio, el Presidente del Gobierno Mariano Rajoy anunció la
abdicación del Rey Juan Carlos en el Príncipe Felipe. Desde ese momento
La 1 ofreció una programación especial que recorrió toda la jornada con
cuatro programas en directo. En la franja nocturna, tras “Telediario 2”, se
emitió el documental “Juan Carlos I, mi historia” y, posteriormente, el último
especial del día con las claves de toda la jornada.
El 18 de junio, La 1 emitió la ceremonia celebrada en el Palacio Real en la
que el Rey Juan Carlos I puso fin a su reinado y sancionó la Ley Orgánica
de Abdicación aprobada por las Cortes Generales.
El 19 de junio, La 1 ofreció casi 16 horas de programación con motivo de la
proclamación del Rey Felipe VI, entre especiales informativos y de
actualidad.
La misma cobertura tuvieron todos estos actos en RNE.
Al margen de lo anterior, a través del programa “Audiencia Abierta”, emitido en
La 1, se informa semanalmente de la actividad relacionada con la Casa Real.
Durante el 2014 este programa además de informar sobre todos los
acontecimientos relacionados con el fin del reinado de D. Juan Carlos, analizó
la Ley de Abdicación, el proceso parlamentario abierto, las reacciones de los
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partidos políticos y de la calle así como de todos los solemnes actos que
acompañaron esta decisión.
Tras la abdicación, “Audiencia Abierta” llevó a cabo un seguimiento de la
actividad institucional del nuevo Monarca en sus visitas a las distintas
Comunidades Autónomas, capitales europeas, o su presentación internacional
en Naciones Unidas. Además de lo anterior, se hizo un seguimiento de la
entrega de los Premios Príncipe de Asturias, la Cumbre Iberoamericana de
Veracruz, los actos derivados del Día de la Pascua Militar, de las Fuerzas
Armadas y de la Fiesta Nacional así como del discurso de Navidad.
Respecto al resto de la Familia Real, durante 2014, se hizo un seguimiento de
la agenda de la Reina. En febrero, se realizó una amplia cobertura informativa
de la declaración de la Infanta Cristina como primer miembro de la familia real
imputado por la Justicia.
En relación con la cobertura efectuada por RNE cabe indicar que, sumado al
seguimiento habitual que se lleva a cabo en relación con la agenda de los
Reyes, durante el 2014 se emitieron programas especiales que generaron 30
horas de radio y que incluyeron los principales actos acaecidos en este ámbito.
Asimismo, RNE ofreció al final de año un programa especial de una hora de
duración como resumen del relevo en la Corona.
- Sobre la actividad parlamentaria
Con el objetivo de cubrir la información parlamentaria TVE cuenta con un
espacio propio, “Parlamento”, en el que se informa semanalmente de lo
acaecido en el Congreso y el Senado, con noticias y reportajes sobre las
iniciativas que se debaten y aprueban en las dos Cámaras. En el Anexo 9 del
presente Informe se realiza un desglose de los temas e intervenciones
efectuados a lo largo de 2014.
De igual manera, hay que destacar el programa semanal “Aquí Parlem”, que se
emite en el ámbito de Cataluña, y que resume la actualidad parlamentaria
catalana.
Por su parte RNE, a través de Radio 5, dedicó 85 horas de programación a la
información parlamentaria. En este sentido esta cadena retransmitió
semanalmente la sesión de Control en el Congreso de los Diputados, algunas
sesiones plenarias como las dedicadas a informar de los Consejos Europeos y
el Debate sobre el Estado de la Nación. Además Radio 5 cuenta con un
programa semanal “Parlamento” dedicado a informar al respecto.
- Sobre la actividad del Gobierno
No existe una programación específica sobre la actividad del Ejecutivo, si bien
la información a este respecto se aborda dentro de los programas informativos
que se emiten tanto en televisión como en radio.
- Sobre la actividad del Poder Judicial y sus órganos de gobierno
En televisión no se emiten programas específicos al respecto, la información
sobre esta actividad se cubre por los servicios informativos.
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Por su parte, en RNE se difunden micro espacios denominados “Diccionario
jurídico” donde se da información específica sobre el Poder Judicial.
3.4.2 Contenidos programáticos internacionales
La Ley 17/2006 establece como misión de servicio público la edición y difusión
de canales radiofónicos y de televisión de cobertura internacional que
coadyuven a la proyección hacia el exterior de las lenguas y culturas españolas
y a la adecuada atención a los ciudadanos españoles residentes o desplazados
en el extranjero (artículo 3, apartado g).
El vigente Mandato-Marco de la CRTVE, en su artículo 13, recoge como
concreción de esta misión de servicio público la promoción de los intereses
españoles en el panorama internacional.
En este sentido, se establece que la CRTVE debe esforzarse en hacer llegar a
los cinco continentes la realidad actual de España, sus nacionalidades y
regiones y sus ciudadanos, así como el legado histórico, cultural, lingüístico y
social de nuestro país. Esta función se podrá realizar también en aquellos
idiomas extranjeros que se consideren estratégicamente más apropiados en
cada momento para lograr mejor difusión y mayor capacidad de influencia de
España en el plano internacional.
A este respecto, se exige a la CRTVE que realice un especial esfuerzo hacia
los países de habla hispana, con singular atención a Iberoamérica, con el fin de
avanzar en la construcción de un espacio audiovisual iberoamericano.
En esta misma línea, se requiere a la CRTVE para que aproxime a los
ciudadanos españoles la realidad internacional.
Esta misión se puede poner en relación con la obligación impuesta por la Ley
8/2009, en su artículo 9.1 apartado k), de garantizar las emisiones
internacionales de radio y televisión con contenidos de calidad de carácter
fundamentalmente informativo y de promoción de la cultura y de los intereses
políticos y económicos estratégicos de España y sus territorios.
De conformidad con la normativa referida, el cumplimiento de esta misión debe
ser abordado desde un doble punto de vista: por un lado (i) de cara al exterior,
promocionando los intereses españoles en el panorama internacional y, por
otro lado, (ii) de forma interna, aproximando la realidad internacional a los
ciudadanos españoles.
(i) Promoción de los intereses españoles en el panorama internacional
La CRTVE despliega su actividad Internacional sobre la base de sus servicios
internacionales. En concreto, en el caso de la televisión a través de “Televisión
Española Internacional” y en el caso de la radio mediante “Radio Exterior de
España”. Todos estos contenidos también pueden ser consultados en línea a
través de RTVE.es.
El canal Televisión Española Internacional emite desde 1989 y es la primera
cadena generalista de proyección mundial en español con 450 millones de
espectadores potenciales en los cinco continentes.
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Este canal programa y difunde información, cultura, educación y
entretenimiento. Esta oferta se nutre fundamentalmente de los programas que
TVE emite en sus canales nacionales (La 1, La 2, 24h, Clan TV y Teledeporte),
a los que se suman espacios específicos que refuerzan los objetivos de TVE
Internacional y sobre los cuales la CRTVE dispone de derechos que permiten
su difusión fuera de nuestras fronteras.
La realidad española se acerca a la audiencia internacional a través de
programas informativos como el Telediario, Informe semanal, Los Desayunos
de TVE o La noche en 24 horas.
En el ámbito del entretenimiento, la CRTVE introduce un amplio catálogo de
ficción de factoría hispanoamericana, concursos, programas de humor y
magacines. Asimismo, emite series, como “Cuéntame cómo pasó”, “Isabel”,
“Águila roja” y “Los misterios de Laura”, junto con las tv movies y miniseries de
producción propia de TVE.
Por lo que respecta a la cultura y la educación, CRTVE emite en TVE
Internacional programas divulgativos de ciencia, tecnología, literatura,
cinematografía o arte.
El canal TVE Internacional se emite a través de cuatro señales diferenciadas,
con el fin de adaptar mejor la programación a los horarios medios de referencia
en sus respectivos ámbitos:
América I emite para América del Sur y la Costa Este de América del
Norte y Central.
América II, para la Costa Oeste de América del Norte y Central.
TVE Internacional Europa, la de mayor cobertura, es la señal para
Europa, África, y parte occidental de Asia.
TVE Internacional Asia, emite para Asia (Central y Oriental) y Oceanía.
Por su parte, Radio Exterior de España emite su programación de lunes a
viernes, en las siguientes zonas de cobertura:
África y Atlántico sur.
América del sur.
América del norte.
Oriente Medio e Índico.
Asimismo, Radio Exterior de España se puede seguir las 24 horas del día
ininterrumpidamente a través de diversos satélites.
Además de lo anterior, la programación de Radio Exterior de España está
disponible a través de RTVE.es, en streaming o mediante podcast. Para
facilitar el acceso a estos contenidos la CRTVE ha desarrollado aplicaciones
móviles para teléfonos y tabletas.
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Junto a todo lo anterior cabe reseñar que, a nivel internacional, la CRTVE
participa en varios Organismos internacionales. Seguidamente se describen
alguna de estas colaboraciones más relevantes:
UER Festival de Eurovisión 2014 6 y 10 mayo, Copenhague
UER - Conciertos Orquesta Filarmónica de Viena
o Año Nuevo Viena, 1 enero.
o Verano Schönbrunn, Viena, 29 mayo.
o Sarajevo, 28 junio 100 años PGM.
Otros conciertos:
o Día Internacional Derechos Humanos, ONU, Ginebra, 10 diciembre.
o Réquiem de Mozart en Toledo, Orquesta Teatro Real, 20 septiembre.
o Alceste, ópera de C.W.Gluck, Teatro Real I.A., marzo 2014.
(ii) Aproximación de la realidad internacional a los ciudadanos españoles
Para dar cumplimiento a este objetivo, la CRTVE mantiene su presencia en el
extranjero a través de una red de corresponsalías, repartidas alrededor de
mundo, que cubren los acontecimientos más relevantes en el ámbito
internacional.
En el siguiente gráfico se muestran las corresponsalías activas a día de hoy.
Gráfico 24. Corresponsalías CRTVE
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Fuente: Web CRTVE
En concreto, durante el 2014 TVE contó con las 17 corresponsalías señaladas
en el gráfico anterior y RNE con un total de 8 situadas en Berlín, Bruselas,
Londres, Jerusalén, París, Roma, Washington y Costa Rica, esta última fue
suprimida en agosto de ese año.
El siguiente cuadro muestra las horas de producción, emisión televisiva y
radiofónica que fueron realizadas durante el año 2014 por las distintas
corresponsalías en el extranjero.
Tabla 37. Horas producidas y emitidas por las Corresponsalías.
Corresponsalías de RTVE en el extranjero
Programas
Televisión
Horas producidas
303
Horas emitidas
203
Radio
Horas producidas
433
Horas emitidas
267
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Por otro lado, para lograr este acercamiento a la realidad internacional la
CRTVE emite un importante número de horas en idiomas extranjeros.
En concreto, en televisión se han emitido en el año 2014 algo más de 10.000
horas en inglés, 461 en francés, 188 en alemán, 24 en chino, 3 en árabe, 2 en
ruso y 577 en otros idiomas extranjeros.
Por su parte, en RNE se han emitido 620 horas en inglés, 836 en francés,
1.194 en árabe, 148 en ruso y 117 en portugués y sefarad.
Estos datos se ven reflejados en las siguientes tablas.
Tabla 38. Horas emitidas en idiomas extranjeros TVE.
Idioma
Nº horas emitidas
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Inglés
10.368:25:15
Francés
461:31:10
Alemán
188:31:29
Chino
24:43:14
Árabe
3:39:10
Ruso
1:53:51
Otros
577:03:33
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Tabla 39. Horas emitidas en idiomas extranjeros RNE.
Idioma
Nº horas emitidas
Inglés
620
Francés
836
Alemán
0
Chino
0
Árabe
1194
Ruso
148
Portugués y Sefarad
117
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
De los datos aportados se puede afirmar que la CRTVE cumple, a través de
sus canales internacionales de televisión y radio, el objetivo de promover la
realidad actual de España, así como el legado histórico, cultural, lingüístico y
social de nuestro país en el extranjero. Asimismo, estos canales sirven de
vínculo con aquellos ciudadanos españoles que viven en el extranjero.
Por otro lado, la red de corresponsalías con las que cuenta la CRTVE garantiza
el acercamiento de la realidad internacional a los ciudadanos españoles.
3.4.3 Contenidos programáticos en línea y desarrollo de la sociedad de la
información
El artículo 19 del Mandato-Marco referido a la promoción de la Sociedad de la
Información señala que forma parte de la función de servicio público de la
Corporación RTVE el deber de contribuir al desarrollo de la Sociedad de la
Información. Por ello, la Corporación RTVE participará en el progreso
tecnológico, utilizando las diferentes tecnologías y vías de difusión.
La Corporación debe explorar y desarrollar nuevos servicios conexos o
interactivos, a través de su oferta de servicios de información en línea,
susceptibles de enriquecer o completar sus contenidos. De igual manera, debe
fomentar la participación de los ciudadanos en la creación de la información y
en la vida pública y acercarlos a los servicios ofrecidos por las
Administraciones Públicas.
A este respecto, el artículo 31 del Mandato-Marco, referido a la oferta de
servicios de información en línea, señala que la Corporación RTVE debe
disponer de una plataforma que servicio a la audiencia, ofertando
progresivamente contenidos interactivos, con especial interés en los protocolos
de las redes IP, Internet y el uso a través de dispositivos de movilidad. Esta
plataforma actuará como punto de encuentro para el intercambio, distribución y
difusión de contenidos.
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La Corporación RTVE, a través de su Consejo de Administración, debe
elaborar, según lo exigido por el Mandato-Marco un plan estratégico que
contemple las nuevas realidades tecnológicas, socio-políticas, económicas o
empresariales.
En concreto el artículo 50 del Mandato-Marco, bajo la rúbrica I+D+i y Nuevas
Tecnologías, señala que la CRTVE contribuirá al desarrollo de la Sociedad de
la Información y participará en el progreso tecnológico en I+D+i, a través de la
fórmula que la propia Corporación determine.
En el cumplimiento de estas obligaciones de servicio público, la CRTVE
contemplará en sus servicios de información en línea el empleo de tecnologías
abiertas mediante licencias de uso para el público en general. Asimismo,
deberá aportar contenidos de servicio público de audio y vídeo y dar prioridad
al acceso de contenidos de carácter educativo o artístico y excluirá aquellos
que sean contrarios a los valores constitucionales o vulneren derechos de
terceros.
Además de todo lo anterior, el artículo 51 del Mandato-Marco, establece el
deber de extender los servicios tradicionales de televisión y radio a nuevos
soportes, de tal modo que la Corporación asegure que sus ofertas sean
suministradas en todos los formatos técnicos necesarios para permitir su
comercialización y distribución en los mismos soportes que el resto del
mercado.
La CRTVE dedica considerables recursos a su oferta on line. La oferta
interactiva se canaliza a través de RTVE.es, que cuenta con una plantilla
específica, con redactores, técnicos y especialistas en contenidos on line. La
plataforma tecnológica que utiliza está habilitada para el acceso desde distintos
terminales (TV conectada a Internet, ordenadores, teléfonos móviles, tabletas)
a los contenidos audiovisuales de su archivo. Además, muchos de los
programas, tanto de radio como de televisión, están presentes de forma activa
en las principales redes sociales.
A continuación se recogen los datos de disponibilidad y acceso a los
contenidos de RTVE por parte de los usuarios de la web de la Corporación:
Tabla 40. Accesos a la página web de RTVE.
RTVE (WEB)
Número de visitas a la web www.rtve.es
756.732.683
Usuarios registrados en la web
www.rtve.es
139.535.588
Páginas vistas
3.958.729.283
Número de visualizaciones en línea de los
contenidos audiovisuales del portal (Clics
o visionados)
341.298.802
Total horas visitas
14.322 horas
Tiempo medio permanencia en visitas a la
web
11:02
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Descargas programas
No permitido en la web
Número de podcast consumidos
2.751.584
Número de contenidos audiovisuales
incorporados al portal en el período de
referencia. Indicar naturaleza de los
mismos
Vídeos: 356.901
- Audios: 305.849
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
En la oferta de servicios interactivos, se aprecia la experiencia conocida como
“botón rojo”
58
, que es ofrecida por TVE junto a su programación televisiva.
Tabla 41. Número de acceso al botón rojo de RTVE
BOTON ROJO
Número de accesos
14.802.668
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
De acuerdo con las previsiones del artículo 50 del Mandato-Marco, la CRTVE
debe promover y fomentar nuevos soportes de distribución que se concreta,
entre otros, en la presencia en dispositivos móviles.
Así, en el año 2014 CRTVE tenía un total de 24 aplicaciones válidas para
móviles y tabletas de los distintos servicios de la CRTVE, televisivos y
radiofónicos, y que obtuvieron un total de 331.207.086 de visitas.
Junto a lo anterior, se desarrollan actividades de innovación tecnológica por
parte de RTVE a través de las emisiones de radio en alta calidad:
Tabla 42. Emisiones en alta definición
Horas
Títulos
Obras adquiridas en alta definición
442
259
Obras producidas en alta definición
94
15
Obras emitidas en alta definición
6.107
8.204 (con redifusiones)
1.794 (sin redifusiones)
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Asimismo, en la siguiente tabla se aprecian las obras adquiridas, producidas y
emitidas en alta calidad de sonido, como es el caso de Dolby estéreo, para
RNE:
Tabla 43. Emisiones en Alta Calidad de Sonido
Horas
Títulos
Obras adquiridas en alta calidad
1.250
717
Obras producidas en alta calidad
104
52
Obras emitidas en alta calidad
1.300
650
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
58
El “botón rojo” es un servicio interactivo que permite a los usuarios acceder a los programas de TVE a
la carta, así como información adicional sobre lo que están viendo. Pulsado los botones de colores del
mando a distancia los usuarios podrán acceder a distintos tipos de contenidos: amarillo (programas de
TVE destacados), azul (contenidos informativos), verde (noticias y resultados deportivos), y rojo
(contenidos infantiles).
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3.4.4 Objetivos de audiencia
De conformidad con el artículo 3 apartado p) de la Ley 17/2006, en el ejercicio
de su misión de servicio público la CRTVE deberá atender a la más amplia
audiencia, asegurando la máxima continuidad y cobertura geográfica y social,
con el compromiso de ofrecer calidad, diversidad, innovación y exigencia ética.
El Mandato-Marco establece como parte de la misión de servicio público, de la
CRTVE el deber de atender a la más amplia audiencia con calidad, diversidad,
innovación y exigencia ética.
La CRTVE recoge entre sus objetivos generales de servicio público la
producción, edición y difusión de un conjunto de canales de radio, televisión y
medios interactivos e Internet con contenidos de calidad diversos y equilibrados
para todo tipo de público. Estos canales deben cubrir todos los géneros y
deben estar destinados a satisfacer las necesidades de información, cultura,
educación y entretenimiento de la sociedad española, reflejando su identidad y
diversidad cultural y lingüística y promoviendo el pluralismo y la participación.
En este sentido, el párrafo III del artículo 7.1 del Mandato-Marco señala que
para el efectivo cumplimiento de esta función es imprescindible que la CRTVE
alcance en el sector audiovisual una posición destacada que garantice la
suficiente presencia en la sociedad, o lo que es lo mismo unos niveles de
audiencia adecuados a la vista de la realidad del mercado audiovisual televisivo
español, sin renunciar en ningún caso a posiciones de liderazgo.
La voluntad del legislador resulta inequívoca en este sentido, pues en la
exposición de motivos de la Ley 17/2006, en conexión con la redacción del
artículo 3.2.h), indica que la Ley desarrolla entre otros “principios básicos
inspirados en las propuestas del informe del Consejo para la reforma de los
medios de comunicación de titularidad del Estado, el carácter de servicio
público de la CRTVE, con el objetivo de conciliar la rentabilidad social que debe
inspirar su actividad, con la necesidad de dirigirse a la más amplia
audiencia en su programación, atendiendo asimismo a fines sociales,
educativos e integradores (destacado añadido).
La CRTVE en el ejercicio de su misión de servicio público debe intentar
alcanzar a la más amplia audiencia posible, en términos de audiencia o share,
así como en términos de rentabilidad social, es decir, debe emitir contenidos
que alcancen a la mayor parte de la sociedad.
Como se ha señalado en el apartado 3.4.1 del presente Informe, la CRTVE
diversifica su programación televisiva en función del público potencial de cada
canal para llegar a una amplia audiencia en términos de gustos o variedad de
contenidos. Así, La1 se configura como un canal generalista, La 2 es un canal
más cultural con una preponderancia evidente de este tipo de contenidos,
además dispone de tres canales temáticos de información, deporte e infantil,
Canal 24horas, Teledeporte y Clan, respectivamente y el Canal Internacional.
Por su parte, desde el punto de vista de la Radio, la CRTVE difunde 6 emisoras
distintas: Radio Nacional de España, con un contenido generalista, Radio
Clásica dedica a la música clásica, Radio 3 con un programación cultural más
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alternativa y destinada, principalmente, a la música, Ràdio 4 la emisora en
catalán de RNE, Radio 5 que se dedica a la información y la Radio exterior.
Así, desde el punto de vista de la línea editorial y programación de las distintas
cadenas de televisión y emisoras de radio, la CRTVE trata de alcanzar a la más
amplia audiencia, desde el punto de vista de los contenidos.
No obstante, esta misión de servicio público debe llevarse a cabo con unos
niveles de audiencia adecuados a la vista de la realidad del mercado
audiovisual televisivo español. Es importante resaltar que, precisamente la
concreción de qué se considera audiencia “adecuada” para canales en los que
debe primar el servicio público y la rentabilidad social, es uno de los dilemas de
la radio y la televisión públicas. Esa discusión se hace más compleja cuando
nos referimos a canales temáticos o especializados. Así, parece razonable que
las audiencias potenciales de canales ‘solo noticias’ o ‘solo música clásica’ no
deban medirse con los mismos criterios que un canal generalista.
A continuación se muestran los resultados de audiencia de RTVE y cómo
pueden evaluarse esas cifras desde la perspectiva del cumplimiento de las
obligaciones de servicio público y la adecuación de los recursos asignados.
A este respecto, en el año 2014 Telecinco se convirtió en la cadena con mayor
índice de audiencia, con un 14,5%, lo que supone una subida de 1 punto con
respecto a 2013 (13,5%) y 0,6 décimas con respecto a 2012 (13,9%). La 1
alcanzó el 10%, por detrás de Telecinco y Antena 3TV que obtiene un 13,6%.
Gráfico 25. Ranking de cadenas por audiencia año 2014
Fuente: Datos Kantar. Elaboración propia.
La evolución de las audiencias del principal canal generalista de la CRTVE, es
decir, de La 1, a lo largo de los últimos seis años (tomando como referencia
desde 2009, año previo al apagado analógico y hasta 2014, verificado el
apagado analógico y midiéndose solo las emisiones en TDT), nos muestra que
La 1 ha pasado del liderazgo en las audiencia en 2009, 2010 y 2011 a terminar
ocupando una tercera posición en 2014, tras la pérdida de algo más del 40%
14,5 13,6
10,0
7,2 6,7
3,5 2,8 2,6 2,5 2,3 2,1 2,1 1,9 1,7 1,6 1,5 1,5 0,9 0,8
0,0
2,0
4,0
6,0
8,0
10,0
12,0
14,0
16,0
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de su audiencia.
En la siguiente tabla se muestran los datos de audiencia de La 1 de TVE en los
años 2009 a 2014, destacándose en azul los años de liderazgo anual de TVE:
Tabla 44. Evolución de la audiencia de La 1 de TVE (2009-2014)
Año
Audiencia (%)
2009
16,40
2010
16,00
2011
14,50
2012
12,20
2013
10,20
2014
10,00
Fuente: Datos Kantar. Elaboración propia
En la siguiente tabla, extraída del Informe de Barlovento Comunicación.
Análisis Televisivo 2014
59
(página 12), se presentan los índices de audiencia
media de cada cadena en los últimos 10 años. En naranja se destacan las
cadenas líderes de audiencia en cada año, reflejándose a su vez, en verde y en
rojo, el máximo y el mínimo para cada cadena respectivamente.
Como se puede observar, La 1 de TVE en 2014, con un 10,0% de audiencia,
se encuentra en tercera posición tras Telecinco que lidera con un 14,5% y
Antena 3 con un 13,6%. Esto supuso un descenso respecto al trienio 2009-
2011, periodo que coincidió con los procesos de concentración de las
principales cadenas privadas españolas.
Tabla 45. Índices de audiencia media de cada cadena en los últimos 10 años
Cadenas
Año 2005
Año 2006
Año 2007
Año 2008
Año 2009
Año 2010
Año 2011
Año 2012
Año 2013
Año 2014
T5
22.3
21.2
20.3
18.1
15.1
14.6
14.2
13.9
13.5
14.5
A3
21.3
19.4
17.4
16.0
14.7
11.7
11.5
12.5
13.4
13.6
La1
19.6
18.3
17.2
16.9
16.4
16.0
14.5
12.2
10.2
10.0
AUT
17.6
15.4
14.7
14.5
13.6
11.3
10.4
9.8
8.7
8.0
LA SEXTA
-
1.8
4.0
5.5
6.8
6.6
5.7
4.9
6.0
7.2
CUATRO
0.8
6.4
7.7
8.6
8.2
7.0
6.1
6.0
6.0
6.7
TEMATICAS
PAGO
7.1
7.8
8.4
7.9
7.5
7.0
6.8
6.2
5.6
6.2
FDF-T5
-
-
-
0.2
0.5
1.5
2.6
2.9
2.9
3.5
La2
5.8
4.8
4.6
4.5
3.8
3.1
2.6
2.5
2.4
2.8
NEOX
-
0.1
0.2
0.6
1.2
2.2
2.7
2.6
2.3
2.6
NOVA
-
0.1
0.1
0.4
0.7
1.5
1.5
1.6
2.1
2.5
CLAN
-
0.1
0.2
0.6
1.4
3.2
3.2
2.5
2.4
2.3
DISCOVERY MAX
-
-
-
-
-
-
-
1.2
1.6
2.1
DIVINITY
-
-
-
-
-
-
0.7
1.4
1.7
2.1
PARAMOUNT
CHANNE
-
-
-
-
-
-
-
0.8
1.4
1.9
BOING
-
-
-
-
-
0.2
1.1
1.7
1.7
1.7
13 TV
-
-
-
-
-
-
0.4
1.0
1.3
1.6
ENERGY
-
-
-
-
-
-
-
0.9
1.2
1.5
DISNEY CHANNEL
0.1
0.2
0.1
0.4
1.4
2.1
1.7
1.6
1.5
1.5
AUT PRIV
.
.
0.5
0.6
0.7
0.7
0.8
0.9
0.8
0.9
TELEDEPORTE
0.1
0.1
0.3
0.4
0.6
1.1
1.0
0.8
0.9
0.9
59
http://www.barloventocomunicacion.es/images/publicaciones/analisis-televisivo-2014-Barlovento.pdf
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24H
-
-
0.1
0.2
0.4
0.7
0.9
0.9
0.8
0.8
LA SEXTA 3
-
-
-
-
-
0.1
1.4
1.6
1.6
0.6
NITRO
-
-
-
-
-
0.4
1.4
1.6
1.7
0.6
XPLORA
-
-
-
-
-
-
-
0.9
1.7
0.6
LASIETE
-
-
-
0.1
0.6
1.4
1.5
1.4
1.2
0.3
NUEVE
-
-
-
-
-
-
-
-
0.7
0.3
INTERECONOMIA
-
-
-
0.1
0.5
1.1
1.4
1.2
0.9
0.1
MTV
-
-
-
-
-
0.1
0.5
0.7
0.6
0.1
VEO7
-
-
0.1
0.1
0.4
0.8
0.4
-
-
-
CNN+
-
-
0.1
0.2
0.3
0.6
-
-
-
-
MARCA TV
-
-
-
-
-
0.2
0.8
1.0
0.6
-
Fuente: Datos Kantar. Elaboración Barlovento Comunicación. Análisis Televisivo 2014.
La pérdida de liderazgo de La 1 coincide con la reducción de su presupuesto,
en los términos ya expuestos en los apartados anteriores, que afectó
notablemente al capítulo de programación.
El liderazgo por grupos empresariales, igualmente, ha correspondido en 2014 a
Mediaset España, que ha cerrado el año con un 30,6% de cuota. Tras éste se
situó Atresmedia con un 27,7%. Por debajo de estas dos cadenas y una
distancia superior al 10% quedaron TVE que alcanzó el 16,7%, Unidad Editorial
con un 3,6% y Vocento un 3,5% de las audiencias.
En la siguiente tabla se muestra la audiencia media de TVE en cada una de las
CCAA en el año 2014:
Tabla 46. Share anual TVE por CC.AA. año 2014
Fuente: Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Canal
CC.AA.
La 1
La 2
Teledeporte
Canal 24 horas
CLAN
Andalucía
8,5
2,6
0,7
0,8
2,3
Cataluña
7,3
2,4
0,6
0,5
1,7
País Vasco
9,1
3
0,9
0,7
1,9
Galicia
10,5
2,8
0,8
0,9
2,4
Madrid
9,9
2,8
1,1
0,8
2,8
Valencia
11,6
3,4
0,9
0,8
2,1
Castilla La
Mancha
12,1
2,6
0,8
0,7
2,4
Canarias
6,4
1,9
0,9
1,1
2,1
Aragón
11,1
3
0,7
0,8
2,2
Asturias
11,5
2,7
1
1,2
1,4
Baleares
10,6
2,2
0,8
0,6
2,7
Murcia
12,7
2,9
0,9
0,7
2,6
Castilla y León
14,9
3,5
1,2
1,1
1,9
Resto
13,9
2,7
1,4
0,9
3,1
MSP/DTSA/001/15 Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia Página 122 de 175
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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Si comparamos los datos de las audiencias de TVE en cada CCAA en el año
2014 en relación con los datos globales del resto de cadenas, TVE no ha sido
líder en ninguna de éstas. Así se muestra en la siguiente tabla:
Tabla 47. Share anual TVE por CC.AA. año 2014 en relación con el resto de cadenas
La 1
La 2
Telecinco
Antena 3
Cuatro
La Sexta
13 TV
24Horas
Boing
Clan
Discovery Max
Disney Channel
Divinity
Energy
FDF
Neox
Nova
Paramount Channel
Teledeporte
ANDALUCÍA
8,5
2,6
13,9
13,7
6,6
6,2
1,8
0,8
2,2
2,3
2,2
1,6
1,7
1,5
4,2
2,7
3,5
2
0,7
ARAGÓN
11,1
3
13,3
13,5
6
7,8
1,1
0,8
1,2
2,2
2,2
1,7
1,7
1,7
2,8
2,5
1,7
1,7
0,7
ASTURIAS
11,5
2,7
19,9
11,4
6,1
7,8
1,5
1,2
1,1
1,4
1,6
1,1
1,6
1,2
2,7
2
1,7
2
1
BALEARES
10,6
2,2
13,9
12,5
6
6,9
1,2
0,6
1,7
2,7
2,2
1,7
2,3
1,7
4,2
3,2
2,7
1,7
0,8
CANARIAS
6,4
1,9
17
12,3
7,5
5,9
1,2
1,1
2
2,1
3,1
1,9
2,6
1,9
3,8
2,8
3,7
1,9
0,9
CATALUÑA60
7,3
2,4
11,7
11,7
6,2
6,3
1
0,5
1,2
1,7
2
1,3
2,5
1,5
3
2,6
2,3
1,9
0,6
CASTILLA LA
MANCHA
12,1
2,6
15,3
16,3
6,5
6,8
1,6
0,7
1,7
2,4
2
1,7
1,8
1,5
3,9
2,7
2,1
1,9
0,8
CASTILLA
LEÓN
14,9
3,5
15
18
6,5
6,7
2,8
1,1
1,3
1,9
2,1
1,3
2
1,4
3,4
2,1
1,9
1,8
1,2
EUSKADI
9,1
3
16,8
10,4
6,4
8,8
0,9
0,7
1,3
1,9
1,6
1,2
1,9
1,3
2,5
1,9
1,8
1,4
0,9
GALICIA
10,5
2,8
15,4
11,6
6,7
7,1
1,6
0,9
1,9
2,4
2,3
1,5
2,1
1,5
3,9
2,7
2,6
1,9
0,8
MADRID
9,9
2,8
14,6
14,5
7,3
8,9
1,4
0,8
1,9
2,8
1,6
1,6
2
1,4
3
2,8
1,8
1,4
1,1
MURCIA
12,7
2,9
15,2
13,9
7,5
7,7
1,5
0,7
2,2
2,6
2,1
1,7
2
1,7
4,4
2,8
2,9
1,7
0,9
VALENCIA
11,6
3,4
15,5
16
7,4
8,2
2,1
0,8
1,7
2,1
2,2
1,4
2,3
1,6
3,8
2,6
2,1
2,3
0,9
RESTO
13,9
2,7
15,4
12,9
7,1
6,7
1,7
0,9
1,5
3,1
2,3
1,4
1,8
1,5
3,6
2,7
2,5
2,1
1,4
Fuente: Datos Kantar. Elaboración propia
Por segmento de edad, como se puede observar en las siguientes tablas
extraídas del citado Informe de Barloventeo, TVE no lideró ningún segmento a
excepción del segmento infantil de 4 a 12 años donde el canal Clan TV fue líder
con un 15,3%.
60
En el caso de Cataluña fue la cadena pública TV3 la que obtuvo un mayor índice de audiencia en el año
2014 con una media del 17,0%.
MSP/DTSA/001/15 Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia Página 123 de 175
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
www.cnmc.es
Tabla 48. Audiencia media anual TVE por segmento de edad año 2014
Fuente: Datos Kantar. Elaboración Barlovento Comunicación. Análisis Televisivo 2014
TVE tampoco lideró ninguna de las franjas horarias en 2014:
Tabla 49. Audiencia media anual TVE por franja horaria año 2014
Fuente: Datos Kantar. Elaboración Barlovento Comunicación. Análisis Televisivo 2014
Tabla 50. Audiencia media anual TVE por día de la semana año 2014
Fuente: Datos Kantar. Elaboración Barlovento Comunicación. Análisis Televisivo 2014
La1
La2
T5
A3
CUATRO
LA
SEXTA
AUT
AUT
PRIV
13
TV
24H
BOING
CLAN
DISCOVERY
MAX
DISNEY
CHANNEL
DIVINITY
ENERGY
FDF-T5
NEOX
NOVA
PARAMOUNT
CHANNEL
TELEDEPORTE
PAGO
Targets
Ind. 4+
10.0
2.8
14.5
13.6
6.7
7.2
8.0
0.9
1.6
0.8
1.7
2.3
2.1
1.5
2.1
1.5
3.5
2.6
2.5
1.9
0.9
6.2
HOMBRES
9.9
3.0
11.2
12.3
7.4
8.1
8.2
0.9
1.7
1.0
1.9
2.3
3.0
1.1
1.4
1.8
3.6
2.9
1.6
2.3
1.3
7.2
MUJERES
10.1
2.5
17.4
14.7
6.2
6.3
7.9
0.9
1.4
0.6
1.5
2.2
1.3
1.8
2.6
1.3
3.4
2.3
3.2
1.5
0.5
5.3
4 a 12
4.3
0.7
6.3
8.1
4.0
2.3
4.3
0.1
0.3
0.2
13.1
15.3
1.7
11.4
1.5
1.3
5.1
4.2
2.0
0.8
0.6
7.0
13 a 24
5.5
1.3
13.1
13.3
8.0
4.5
4.5
0.3
0.4
0.3
2.0
1.6
2.5
2.2
2.5
2.2
9.4
7.9
2.8
1.4
0.7
6.9
25 a 44
7.6
1.9
13.2
12.8
8.3
7.6
5.2
0.5
0.5
0.6
1.9
2.9
3.3
1.5
2.7
2.1
4.7
3.9
2.9
1.4
0.8
7.0
25 - 34
6.7
1.6
13.3
12.7
8.8
7.4
5.1
0.4
0.4
0.5
1.8
2.8
3.5
1.1
2.7
2.3
5.3
5.2
3.1
1.2
0.7
6.8
35 - 44
8.1
2.1
13.1
12.9
7.9
7.7
5.3
0.6
0.6
0.7
2.0
3.0
3.3
1.7
2.8
2.1
4.4
3.1
2.7
1.6
0.8
7.2
45 a 64
10.8
3.1
14.7
14.8
7.2
8.2
7.9
0.8
1.3
0.9
0.5
0.8
2.1
0.5
2.3
1.5
3.0
1.7
2.4
2.3
0.9
6.8
45 - 54
9.7
2.8
13.7
14.9
7.8
8.2
6.5
0.7
0.9
0.8
0.6
0.9
2.7
0.6
2.7
1.8
3.8
2.2
2.5
2.2
0.9
7.4
55 - 64
12.1
3.5
15.9
14.7
6.6
8.2
9.5
1.0
1.9
0.9
0.4
0.7
1.5
0.3
1.9
1.2
2.1
1.3
2.2
2.4
1.0
6.1
> 64
13.8
3.9
17.8
14.2
4.9
7.2
12.6
1.6
3.4
1.1
0.4
0.6
0.8
0.4
1.0
0.8
1.2
0.7
2.2
2.1
1.0
4.3
A/MA
10.9
3.5
11.4
13.2
6.7
8.8
8.7
1.2
1.9
1.3
1.4
1.8
1.8
1.2
2.3
1.3
2.8
2.7
1.3
1.6
1.0
7.7
MED
9.5
2.7
14.4
13.9
7.1
7.3
7.4
0.9
1.1
0.7
1.8
2.4
2.3
1.7
2.2
1.6
3.6
2.7
2.4
1.7
0.9
6.5
B/MB
10.2
2.4
16.4
13.5
6.3
6.1
8.4
0.7
1.9
0.7
1.7
2.3
2.0
1.4
1.7
1.5
3.9
2.4
3.3
2.3
0.8
4.8
10.3
2.5
14.2
13.4
6.6
6.4
8.8
0.9
1.6
0.8
1.9
2.4
2.3
1.6
2.0
1.6
3.9
2.7
2.7
2.0
0.8
5.5
50 a 500 MIL
9.7
2.9
15.5
14.0
7.0
7.5
6.3
0.7
1.5
0.8
1.6
2.3
2.0
1.5
2.0
1.5
3.3
2.6
2.7
1.9
0.9
6.8
> 500 MIL
9.9
3.3
13.4
13.5
6.9
8.8
9.4
1.4
1.4
0.8
1.2
1.7
1.7
1.0
2.1
1.3
3.1
2.5
1.5
1.6
0.9
6.8
AND
8.5
2.6
13.9
13.7
6.6
6.2
9.5
0.0
1.8
0.8
2.2
2.3
2.2
1.6
1.7
1.5
4.2
2.7
3.5
2.0
0.7
6.0
CAT
7.3
2.4
11.7
11.7
6.2
6.3
17.0
3.7
1.0
0.5
1.2
1.7
2.0
1.3
2.5
1.5
3.0
2.6
2.3
1.9
0.6
6.0
EUS
9.1
3.0
16.8
10.4
6.4
8.8
13.4
0.0
0.9
0.7
1.3
1.9
1.6
1.2
1.9
1.3
2.5
1.9
1.8
1.4
0.9
8.8
GAL
10.5
2.8
15.4
11.6
6.7
7.1
10.9
0.4
1.6
0.9
1.9
2.4
2.3
1.5
2.1
1.5
3.9
2.7
2.6
1.9
0.8
4.2
MAD
9.9
2.8
14.6
14.5
7.3
8.9
5.1
0.8
1.4
0.8
1.9
2.8
1.6
1.6
2.0
1.4
3.0
2.8
1.8
1.4
1.1
6.7
VAL
11.6
3.4
15.5
16.0
7.4
8.2
0.2
0.3
2.1
0.8
1.7
2.1
2.2
1.4
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1.6
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2.6
2.1
2.3
0.9
6.0
RES
13.9
2.7
15.4
12.9
7.1
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4.2
0.0
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2.3
1.4
1.8
1.5
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2.5
2.1
1.4
4.6
CLM
12.1
2.6
15.3
16.3
6.5
6.8
5.4
0.1
1.6
0.7
1.7
2.4
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1.7
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2.1
1.9
0.8
5.0
CAN
6.4
1.9
17.0
12.3
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5.9
7.3
0.0
1.2
1.1
2.0
2.1
3.1
1.9
2.6
1.9
3.8
2.8
3.7
1.9
0.9
7.5
ARA
11.1
3.0
13.3
13.5
6.0
7.8
11.5
0.0
1.1
0.8
1.2
2.2
2.2
1.7
1.7
1.7
2.8
2.5
1.7
1.7
0.7
6.4
AST
11.5
2.7
19.9
11.4
6.1
7.8
7.2
0.0
1.5
1.2
1.1
1.4
1.6
1.1
1.6
1.2
2.7
2.0
1.7
2.0
1.0
9.7
BAL
10.6
2.2
13.9
12.5
6.0
6.9
6.6
0.0
1.2
0.6
1.7
2.7
2.2
1.7
2.3
1.7
4.2
3.2
2.7
1.7
0.8
10.0
MUR
12.7
2.9
15.2
13.9
7.5
7.7
1.0
0.0
1.5
0.7
2.2
2.6
2.1
1.7
2.0
1.7
4.4
2.8
2.9
1.7
0.9
6.6
CYL
14.9
3.5
15.0
18.0
6.5
6.7
0.2
2.1
2.8
1.1
1.3
1.9
2.1
1.3
2.0
1.4
3.4
2.1
1.9
1.8
1.2
4.8
T. Comercial
8.0
2.3
13.2
13.7
8.3
8.2
5.4
0.6
0.5
0.7
1.4
1.8
2.9
1.2
2.9
2.0
4.6
4.0
2.3
1.3
0.8
7.7
JÓVENES INDEPENDIENTES
6.8
2.5
12.4
11.7
8.4
9.9
3.6
0.4
0.4
1.2
0.9
0.6
4.7
0.5
2.7
2.6
5.5
6.1
1.9
1.8
0.9
6.6
PAREJAS JÓVENES SIN HIJOS
7.4
2.8
13.0
13.4
9.1
9.5
4.8
0.6
0.4
0.6
0.4
0.5
3.5
0.4
2.9
2.5
5.3
5.4
2.3
1.5
0.9
5.7
PAREJAS CON HIJOS PEQUEÑOS
6.7
1.3
11.4
10.4
6.6
5.8
5.7
0.4
0.4
0.5
5.7
9.3
2.7
3.3
2.2
1.7
3.6
3.0
2.5
1.1
0.7
8.5
PAREJAS CON HIJOS MEDIANOS
8.1
1.9
12.4
13.4
7.3
5.6
5.8
0.4
0.8
0.6
3.4
3.0
2.5
3.7
2.5
1.9
5.7
3.8
2.8
1.5
0.9
6.5
PAREJAS CON HIJOS MAYORES
9.9
2.6
14.9
15.8
7.6
7.8
8.0
0.5
1.5
0.7
0.3
0.6
2.1
0.3
1.8
1.6
3.5
2.5
2.4
2.3
0.9
7.5
HOGARES MONOPARENTALES
7.1
1.9
16.3
14.2
7.6
5.5
5.7
0.5
0.6
0.4
2.1
3.1
2.2
2.2
3.1
1.6
5.0
3.9
3.7
1.4
0.5
5.7
PAREJAS ADULTAS SIN HIJOS
11.7
3.6
17.0
14.0
6.2
8.3
9.9
1.3
1.9
0.9
0.4
0.6
1.6
0.3
1.9
1.3
2.2
1.1
2.1
2.4
0.9
5.6
ADULTOS INDEPENDIENTES
10.6
4.0
13.5
12.4
7.5
9.4
5.6
0.8
1.4
1.3
0.3
0.6
2.9
0.3
3.3
1.6
3.5
1.9
2.7
2.8
1.2
6.0
RETIRADOS
14.5
4.1
16.5
14.1
4.9
7.5
12.5
1.8
3.4
1.2
0.3
0.5
0.9
0.3
1.1
0.8
1.1
0.7
2.1
2.1
1.0
4.5
La1
La2
T5
A3
CUATRO
LA
SEXTA
AUT
AUT
PRIV
13
TV
24H
BOING
CLAN
DISCOVERY
MAX
DISNEY
CHANNEL
DIVINITY
ENERGY
FDF-T5
NEOX
NOVA
PARAMOUNT
CHANNEL
TELEDEPORTE
TEMATICAS
PAGO
Franjas
Total a
10.0
2.8
14.5
13.6
6.7
7.2
8.0
0.9
1.6
0.8
1.7
2.3
2.1
1.5
2.1
1.5
3.5
2.6
2.5
1.9
0.9
6.2
Day Time (07:00 - 20 :30)
9.4
3.2
13.9
14.5
6.9
6.5
8.8
0.7
1.5
0.8
2.1
2.8
2.0
1.8
1.9
1.4
3.3
2.6
2.6
1.6
0.8
6.0
Night Time (20:30 - 26:30)
11.0
2.3
15.9
12.9
6.6
8.3
7.2
1.1
1.7
0.7
1.2
1.4
1.8
1.1
2.1
1.6
3.5
2.7
2.4
2.1
0.9
6.1
madrugada
5.6
1.9
5.7
5.9
7.1
3.1
3.8
0.4
0.5
3.4
1.6
5.2
8.2
0.9
6.1
2.6
7.4
2.1
1.6
4.4
1.4
10.4
mañana
9.5
1.9
13.5
14.6
6.5
6.1
6.8
0.5
1.0
1.5
3.3
4.8
2.7
2.5
1.9
1.7
3.1
2.8
1.7
1.0
0.9
6.5
sobremesa
11.4
4.4
11.6
13.1
8.3
6.8
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2.0
1.8
1.6
2.0
1.3
4.4
2.1
2.3
1.5
0.7
5.1
tarde
7.5
2.7
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2.0
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1.7
2.3
1.8
1.6
1.8
1.3
2.5
2.9
3.5
1.9
0.9
6.7
noche I
12.0
2.4
15.2
12.9
6.1
8.4
8.0
1.2
1.8
0.6
1.4
1.6
1.7
1.3
1.8
1.4
3.2
2.6
2.4
2.1
0.8
6.1
noche II
8.3
2.0
18.0
13.0
8.1
8.0
4.9
0.8
1.6
0.8
0.7
0.7
2.3
0.4
2.8
2.2
4.6
3.0
2.2
2.3
0.9
6.0
as semana
La1
La2
T5
A3
CUATRO
LA SEXTA
AUT
AUT PRIV
13 TV
24H
BOING
CLAN
DISCOVERY
MAX
DISNEY
CHANNEL
DIVINITY
ENERGY
FDF-T5
NEOX
NOVA
PARAMOUNT
CHANNEL
TELEDEPORTE
TEMATICAS
PAGO
Lunes-Domingo
10.0 2.8
14.5
13.6 6.7 7.2 8.0 0.9 1.6 0.8 1.7 2 .3 2.1 1.5 2.1 1.5 3.5 2.6 2.5 1.9 0.9 6.2
Lunes-Viernes
Sábado-Domingo
10.0 2.8
15.9
13.4 6.6 7.3 8.0 1.0 1.6 0.8 1.7 2.1 2 .0 1 .4 2.0 1.5 3.3 2.7 2.8 1.8 0.7 5.6
10.0 2.7 11.3
14.2
7.1 6.7 7.9 0.7 1.6 0.8 1.8 2.5 2.3 1.7 2.1 1.7 4.0 2.4 1.7 2.1 1 .1 7.5
Lunes
Martes
Miércoles
Jueves
Viernes
Sábado
Domingo
9.9 2.8
10.7 2.8
10.3 2.8
10.3 2.8
8.9 2.7
15.9
15.6
15.6
15.8
16.6
14.0 6.6 7.5 8.0 1.0 1.6 0.8 1.6 2 .1 2.0 1.3 2.0 1.5 3.3 2.5 2.8 1.8 0.6 5.5
13.4 6.6 7.8 8.0 1.0 1.6 0.8 1.5 2 .1 1.9 1.3 2.1 1.4 3.2 2.7 2.8 1.7 0.7 5.5
13.3 6.5 7.2 8.0 0.9 1.6 0.8 1.6 2 .1 2.0 1.3 2.0 1.5 3.4 2.7 2.8 1.8 0.9 5.9
13.6 6.6 7.3 7.9 1.0 1.6 0.8 1.6 2 .2 2.0 1.3 2.0 1.4 3.4 2.7 2.9 1.8 0.8 5.4
12.5 6.6 7.0 8.3 1.0 1.5 0.8 2.1 2 .2 2.0 1.6 2.1 1.5 3.2 2.8 2.9 1.8 0.8 5.8
9.6 2.8 11.1
10.3 2.6 11.4
13.9
14.4
6.8 7.1 7.7 0.6 1.5 0.8 2.0 2.8 2.3 2.0 2.2 1.7 4.0 2.5 1.7 2.1 1.0 7.7
7.4 6.3 8.1 0.7 1.7 0.8 1.6 2.3 2.3 1.5 2.0 1.6 4.1 2.4 1.6 2.1 1 .2 7 .3
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En términos de share anual, como se ha señalado, la CRTVE obtuvo en el año
2014 como grupo un 16,7% de audiencia. De este porcentaje, el 59% ha sido la
audiencia de La 1, el resto de canales de la CRTVE se ha repartido de la
siguiente manera:
Gráfico 26. Audiencia por cadena y porcentaje que representa sobre la audiencia total de
la CRTVE del 16,7%
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
Como se ha señalado al principio de este apartado, la CRTVE debe cubrir
todos los géneros y debe destinar su servicio a satisfacer las necesidades de
información, cultura, educación y entretenimiento de la sociedad española
reflejando su identidad y diversidad cultural y lingüística promoviendo el
pluralismo y la participación.
En este ámbito, cobran especial importancia los programas de información,
dado que la CRTVE, de conformidad con el artículo 23 del Mandato-Marco,
debe dar prioridad a la información como el eje fundamental de su oferta. En el
apartado 3.4.1 del presente Informe se ha comprobado que la CRTVE da
prioridad, en términos de tiempo, a los espacios informativos en su
programación con un 25% en el total del grupo y un 33% de la programación en
La 1. No obstante, además del tiempo dedicado, es fundamental que la emisión
y el contenido sean percibidos por la audiencia de manera principal.
A continuación se presentan los índices de audiencia media de la CRTVE en
los principales programas informativos (el noticiario de mediodía y el de la
noche) en el año 2014 en comparación con estos programas informativos del
resto de cadenas privadas.
En el primero de estos gráficos se observan los índices de audiencia totales
de los programas informativos (noticiarios de mediodía y de la noche) de las
principales cadenas de televisión en abierto mediante tecnología TDT.
[PORCENTAJE]
[PORCENTAJE]
[PORCENTAJE]
[PORCENTAJE]
[PORCENTAJE]
La 1. 10%
La 2. 2,8%
Teledeporte. 0,9%
24 Horas. 0,8%
Clan Tv. 2,3%
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Media audiencia total de los informativos por cadena:
Gráfico 27. Audiencia media de los programas informativos de las principales cadena de
TDT año 2014
Fuente: Datos Kantar Media. Elaboración propia.
Porcentajes de audiencias del total de los informativos por cadena:
Gráfico 28. Porcentaje de la audiencia media de los programas informativos de las
principales cadena de TDT año 2014
Fuente: Datos Kantar Media. Elaboración propia.
A este respecto, se observa que a nivel general, los programas informativos
que más audiencia tuvieron en el año 2014 fueron los de Telecinco, con una
media de share del 15% lo que supuso que los siguieran el 25% de la
audiencia de los informativos. La segunda opción fueron los informativos de
Antena 3 con una media del 13,7% y la tercera opción los informativos de La 1
con un 13,2% de audiencia media.
Estos datos totales se muestran a continuación separados por los informativos
de mediodía y los de la noche.
Así, el siguiente gráfico muestra los índices de audiencia de los noticiarios de
mediodía (de lunes a domingo) de las principales cadenas de televisión en
abierto mediante tecnología TDT.
13,2
15 13,7
7,5
10
0
2
4
6
8
10
12
14
16
La 1 Telecinco Antena 3 Cuatro La Sexta
22%
25%
23%
13%
17%
La 1 Telecinco Antena 3 Cuatro La Sexta
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Media de audiencia los informativos de mediodía por cadena:
Gráfico 29. Audiencia media de los programas informativos de mediodía de las
principales cadena de TDT año 2014
Fuente: Datos Kantar Media. Elaboración propia.
Porcentajes de audiencias de los informativos de mediodía por cadena:
Gráfico 30. Porcentaje de la audiencia media de los programas informativos de mediodía
de las principales cadena de TDT año 2014
Fuente: Datos Kantar Media. Elaboración propia.
Así, en los informativos de mediodía, Atresmedia fue la primera opción de los
telespectadores con un 15,2%, seguido muy de cerca por La 1, con un 14,6% y
de Telecinco con 13,4% de audiencia.
Por último, el siguiente gráfico muestra los índices de audiencia de los
noticiarios de la noche (de lunes a domingo) de las principales cadenas de
televisión en abierto mediante tecnología TDT.
14,6
13,4
15,2
10,1
11,6
0
2
4
6
8
10
12
14
16
La 1 Telecinco Antena 3 Cuatro La Sexta
22%
21%
23%
16%
18%
La 1 Telecinco Antena 3 Cuatro La Sexta
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Media de audiencia de los informativos noche por cadena:
Gráfico 31. Audiencia media de los programas informativos de la noche de las
principales cadena de TDT año 2014
Fuente: Datos Kantar Media. Elaboración propia.
Porcentajes de audiencias de los informativos nocturnos por cadena:
Gráfico 32. Porcentaje de la audiencia media de los programas informativos de la noche
de las principales cadena de TDT año 2014
Fuente: Datos Kantar Media. Elaboración propia.
En la franja de los informativos noche, Telecinco es la opción mayoritaria de los
telespectadores con una media del 16,7% muy por delante de Atresmedia y La
1 que tuvieron una media de audiencia igual en esta franja durante el 2014 con
un 12,1%.
De todo lo anterior, se muestra que la CRTVE en relación con los principales
programas informativos, no ha sido en el año 2014 la opción mayoritaria
elegida por la audiencia para informarse. De hecho, ocupó la tercera posición
total por detrás de Mediaset y Atresmedia.
En el caso de Radio Nacional de España hay que advertir que los datos
disponibles por esta Comisión aportados por la CRTVE son más limitados que
en el servicio televisivo. Teniendo en cuenta lo anterior, las mediciones de
audiencia que se presentan corresponden, por un lado, a los datos
proporcionados por la propia CRTVE y por otro, a los datos publicados por la
Asociación para la Investigación de los Medios de Comunicación (AIMC), más
12,1
16,7
12,1
5,5
8,5
0
2
4
6
8
10
12
14
16
18
La 1 Telecinco Antena 3 Cuatro La Sexta
22%
30%
22%
10%
16%
La 1 Telecinco Antena 3 Cuatro La Sexta
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en concreto, los correspondientes a su tercera muestra móvil, comprensiva de
las tres oleadas de su “Estudio General de Medios” (EGM)
61
correspondientes
al ejercicio 2014.
Así, en relación con la audiencia anual por emisora de la CRTVE, como se
muestra en el siguiente gráfico, la mayoría de la audiencia prestó una atención
especial a Radio Nacional, la radio generalista de RNE, con un 56% de la
audiencia total de la misma.
Gráfico 33. Audiencia anual de RNE por emisora
Fuente: CRTVE
En la siguiente tabla se muestran los índices de audiencia media del total de
las emisiones de RNE por cada Comunidad Autónoma.
Tabla 51. Audiencia media emisión RNE en las Comunidades Autónomas.
(Acumulada y share)
Comunidad Autónoma
Audiencia media emisión RNE
Acumulada
Share (%)
Andalucía
155
7,0
Aragón
39
6,8
Asturias
57
13,9
Canarias
62
11,7
Cantabria
28
15,6
Castilla-La Mancha
68
9,8
Castilla y León
120
9,1
Cataluña
111
4,3
Extremadura
36
12,5
Galicia
59
4,6
Illes Balears
25
6,8
Madrid
206
9,3
61
Ficha técnica de los estudios EGM:
Universo: población de 14 o más años (39.681.000 individuos)
Muestra anual tres últimas olas: 32.359 multimedia (+ 46.958 monomedia radio + 42.625 monomedia
prensa+ 23.851 monomedia revistas+ 10.642 monomedia televisión)
Método de recogida de información: entrevista "face to face" (+ entrevista telefónica para ampliación
radio, prensa y televisión, + entrevista "face to face" para ampliación revistas)
Diseño muestral: selección aleatoria de hogares y elección de una persona del hogar
56%
8%
20%
1% 15%
0%
Radio Nacional
Radio Clásica
Radio 3
Radio 4
Radio 5
Radio Exterior
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Región de Murcia
43
15,4
Comunidad Foral de Navarra
18
6,5
País Vasco
81
9,0
La Rioja
11
12,2
Comunidad Valenciana
148
9,5
Acumulada
1.266
8,3
Fuente: CRTVE
A este respecto, se puede observar una presencia destacada de RNE en
CC.AA. como Cantabria y Murcia con índices del 15,6% y 15,4%,
respectivamente. Así como, en Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana en
términos de cuota acumulada.
Como se ha señalado, otra fuente de información que esta Comisión ha
utilizado en el presenta Informe son los datos publicados por la Asociación para
la Investigación de los Medios de Comunicación (AIMC), en concreto, los
correspondientes a su tercera muestra móvil, comprensiva de las tres oleadas
del EGM correspondientes al ejercicio 2014.
De conformidad con el EGM, el Ranking de emisoras de radio generalistas (de
lunes a domingo) en el año 2014 fue liderado por la cadena SER con un 35,5%
de share, seguida por Onda Cero con un 18,5%, Cadena Cope con 13,2% y
RNE un 9,3% de share.
En relación con las emisoras de radio temáticas (emisiones de lunes a viernes),
según también el EGM, la primera cadena de RNE fue Radio 3 con un 2,8% de
share y ostentó la décima posición por detrás de 40 Principales (15,8%),
Cadena Dial (13,1%), Cadena 100 (10,2%), Europa FM (10%), Rock FM
(5,4%), Kiss FM (4,4%), Radio Olé (3,5%), Máxima FM (3,1%), y M80 (2,9). La
siguiente emisora de RNE fue Radio 5 Todo Noticias como décima tercera
opción y con un share de 1,8% y RNE Clásica en vigésima opción con un share
del 0,9%.
Según el mandato de servicio público establecido por la Ley 17/2006, la
premisa de llegar a las amplias audiencias de acuerdo con el asentado
principio de que “sin público, no hay servicio público radiotelevisivo debe verse
acompañado por la CRTVE con el compromiso de ofrecer calidad, diversidad,
innovación y exigencia ética, en los términos anteriormente señalados.
Si bien es cierto que el objetivo de alcanzar a una máxima audiencia y llegar a
la mayoría de la ciudadanía no puede valorarse única y exclusivamente en
términos de share, dado que estos resultados hay que ponderarlos con la
rentabilidad social de la emisión y con una diversidad programática, es
indudable que la CRTVE ha ido alejándose en el cumplimiento de este objetivo
en los últimos años, pasando de un liderazgo de audiencias en televisión en los
años 2009 a 2011 a ser la tercera opción considerada por los ciudadanos en el
año 2014.
Entrando el ámbito concreto de la información, la CRTVE no lideró ninguna de
las principales franjas informativas elegidas por los telespectadores para
informarse. Si bien es verdad que la diferencia en términos de audiencias con
las otras cadenas no fue significativa, hay que recordar que dentro de la misión
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de la CRTVE está, como eje fundamental, ser un referente el ámbito de la
información, por lo que la CRTVE debe realizar los esfuerzos que sean
necesarios para alcanzar este objetivo.
Capítulo 4. Conclusiones
En el presente apartado se presentan las conclusiones que esta Comisión ha
alcanzado en el ejercicio del control de la misión de servicio púbico de la
CRTVE en el año 2014 respecto a los dos ámbitos en los que se centra su
labor, esto es, el sistema de financiación de la CRTVE y el análisis concreto de
las misiones y obligaciones de servicio público encomendadas.
Financiación
En relación con el sistema de financiación de la CRTVE, hay que destacar que
la Corporación, desde la aprobación de su normativa en el año 2006 hasta la
actualidad, ha sufrido un importante cambio sistémico con respecto a su
régimen de financiación.
En su origen, la Ley 17/2006 mantuvo un sistema de financiación mixta basado
en la atribución a la CRTVE de partidas presupuestarias, dirigidas
estrictamente a sus misiones de servicio público, compatibles con la obtención
de ingresos derivados de la publicidad. De cara a garantizar una financiación
estable y alejada de los flujos comerciales, se previó un abandono paulatino y
mesurado de los recursos derivados de la publicidad de la Corporación,
reduciéndose año a año el tiempo máximo de emisión de anuncios.
No obstante, esta previsión fue modificada totalmente por la Ley 8/2009 de
financiación de la CRTVE, que supuso el abandono inmediato de la emisión de
publicidad y, por tanto, de los recursos obtenidos por la Corporación del sector
publicitario. Para ello, esta norma estableció distintas medidas de financiación
entre las que destacan una asignación presupuestaria, un porcentaje de lo
recaudado por la tasa del dominio público radioeléctrico y los ingresos
derivados de una aportación anual que recae sobre determinados prestadores.
A través de estas medidas, el legislador pretendía garantizar la estabilidad
presupuestaria de la Corporación eludiendo las posibles fluctuaciones del
contexto publicitario, todo ello sin tener que aumentar las aportaciones del
Estado. Del análisis efectuado en el presente Informe se desprende que este
objetivo de estabilidad presupuestaria no se ha conseguido con la citada
reforma. De hecho, desde la instauración de este sistema, la CRTVE ha
afrontado cada ejercicio desde la incertidumbre presupuestaria y, además,
generando déficit.
Los defectos de este sistema se han mostrado, principalmente, en la
insuficiente e inestable recaudación obtenida a través de las aportaciones
económicas, que solo han alcanzado el 40% del máximo posible en los últimos
3 años (32,5% en 2014). A su vez, el hecho de que la mayor parte de esta
aportación (más del 60%) recaiga en los operadores de telecomunicaciones -
agentes que han sufrido importantes reducciones en sus ingresos totales en el
entorno de crisis económica y que no han llevado a un cumplimiento pacífico
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de la aportación- ha redundado en una menor recaudación de la CRTVE. En
ese contexto, sin embargo, las previsiones que se establecieron sobre la
recaudación a obtener por medio de las aportaciones eran especialmente
optimistas. Es más, como consecuencia del establecimiento de estas
obligaciones, algunas empresas de telecomunicaciones variaron su estrategia y
abandonaron su actividad como operadores de comunicación audiovisual. Todo
ello cuando también fue necesario que se elevara el porcentaje del 80% del
rendimiento obtenido con la tasa sobre reserva del dominio público
radioeléctrico.
Además, esta inestabilidad presupuestaria se ha visto incrementada como
consecuencia de la paulatina y significativa reducción de las subvenciones que
el Estado otorga a la CRTVE. Así, desde el año 2010 al 2014, la aportación del
Estado como compensación del servicio público ha disminuido casi hasta la
mitad, pasando de 579 MM€ en 2010 a 292 MM€ en 2013 y 2014, lo que
supone una reducción del 49,6% de la dotación presupuestaria de la CRTVE.
Dicha disminución de ingresos no se ha visto acompañada, por el contrario, de
una flexibilización en el cumplimiento de las obligaciones de servicio público de
la CRTVE. En este sentido cabe destacar que el sistema instaurado por la Ley
17/2006 estableció un nivel de obligaciones de servicio público teniendo en
cuenta los presupuestos que por entonces tenía la CRTVE y que rondaban los
1.218 MM€ en el año 2007. Desde entonces hasta el ejercicio analizado, 2014,
el nivel de obligaciones de la CRTVE no solo no ha disminuido sino que se ha
visto incrementado por la Ley 8/2009. Sin embargo, para hacer frente a este
mayor número de obligaciones el presupuesto ha descendido hasta el ejercicio
2014 en unos 370 MM€, lo que significa una minoración del 30%
aproximadamente.
Como se ha señalado en este informe, esta reducción ha pivotado en gran
medida sobre los contenidos, ya que la partida de personal ha estado sujeta a
las condiciones de un Convenio Colectivo que limitaba de forma muy notable
cualquier modificación de la plantilla o un descenso significativo del
presupuesto en este capítulo.
Por tanto, desde un punto de vista de estabilidad presupuestaria, el sistema
establecido por la Ley 8/2009 se ha revelado como un instrumento inadecuado
para garantizar la financiación de la CRTVE dado que no cuenta con una
previsión certera de ingresos en cada ejercicio. Esta inseguridad financiera es
un aspecto que repercute en el cumplimiento de sus objetivos de servicio
público.
Todo ello ha condicionado una notoria inestabilidad en la cúpula directiva de la
CRTVE, que ha afectado a la gestión. Desde 2007 la CRTVE ha contado con
cuatro presidentes distintos, y durante casi un año (2011-2012) diez consejeros
asumieron las funciones de la presidencia, en turno rotatorio de un mes. A esta
situación debemos sumar la inestabilidad que en la gestión de la CRTVE
genera el hecho de carecer de los necesarios Contratos-Programas. Estos son
concebidos por la normativa como los instrumentos que garantizan la
independencia de la CRTVE y donde se incardinan los objetivos específicos a
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desarrollar por la CRTVE. Su ausencia limita tanto la labor de la CRTVE en la
prestación del servicio público como de esta Comisión en el análisis y
verificación del mismo.
Hay que recordar que la normativa establecía que debían aprobarse en un
plazo de 180 días y que era en estos Contratos-Programa en donde debían
especificarse los objetivos de servicio público. Estas obligaciones, y sus
contraprestaciones económicas, deberían modificarse en función de los
resultados obtenidos o de la necesaria actualización de las obligaciones como
consecuencia de los cambios sociales o de transformaciones de calado en el
sector audiovisual.
Por otro lado, se debe destacar que la Ley 8/2009 establec la posibilidad de
que la CRTVE pudiera emitir algunos tipos de comunicaciones comerciales sin
que tuvieran la consideración de publicidad. En concreto, la norma establece
dos figuras destacables: los patrocinios culturales y/o deportivos y las
autopromociones o avances de programación.
En relación con los patrocinios culturales y deportivos, su utilización creciente
por parte de la CRTVE, el número de emisiones ya alcanzado así como la
valoración económica efectuada por la propia CRTVE, exigen que esta
Comisión inicie un procedimiento específico que analice cómo la CRTVE está
utilizando estas figuras de patrocinio, no solo desde un punto de cuantitativo,
sino también prestando especial importancia a su naturaleza, posicionamiento
y repercusión en el mercado audiovisual.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, esta Comisión considera que una medida
imprescindible para fortalecer la estabilidad en la gestión y cumplimiento de los
objetivos programáticos por parte de la CRTVE es la aprobación por el
Gobierno y la CRTVE de los correspondientes Contratos-Programa. Este
instrumento fue concebido en la legislación como una herramienta esencial
para la prestación del servicio público en todos sus ámbitos y como instrumento
para verificar el control del mismo por esta Comisión. A este respecto, dado
que en el año 2016 se debe renovar el actual Mandato-Marco, nos
encontramos ante una excelente oportunidad para que, a su vez, se lleve a
cabo la firma de los Contratos-Programas.
En definitiva, dados los problemas estructurales del modelo vigente, es
necesaria una revisión en profundidad del sistema de financiación y gestión de
la CRTVE, de cara a garantizar su estabilidad en estos dos ámbitos
fundamentales de su actividad.
Cumplimiento de las misiones de servicio público
Tras un análisis de las misiones y obligaciones de servicio público
encomendadas a la Corporación en la Ley 17/2006, en el Mandato-Marco y en
la Ley 8/2009, y teniendo en cuenta la falta de concreción por la carencia de un
Contrato-Programa, esta Comisión debe concluir el cumplimiento, en
términos generales, por parte de CRTVE de las mismas.
Como se ha podido ver a lo largo del Informe, la CRTVE está sometida a una
gran variedad de misiones de servicio público, muchas de las cuales no
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siempre son visibles para la ciudadanía, pero que condicionan de manera
importante su estrategia y suponen un gran esfuerzo para la CRTVE en
términos de presupuesto y de recursos dedicados. Asimismo, como también se
ha indicado a lo largo del informe, la medición del cumplimiento de muchas de
las misiones de servicio público es intrínsecamente compleja. En algunos
casos, porque se trata de conceptos intangibles. En otros casos, el
cumplimiento de un determinado porcentaje o umbral no garantiza
necesariamente la eficacia en la consecución del objetivo propuesto.
En este contexto, de todo el ámbito de obligaciones de la CRTVE interesa
destacar, por su transcendencia, las siguientes misiones donde se muestra el
nivel de cumplimiento de cada una de ellas y las recomendaciones, que en su
caso, realiza esta Comisión.
(i) En relación con los Valores Constitucionales y Cívicos
Pluralismo y participación
La CRTVE debe garantizar una información objetiva y veraz, que se ajuste al
criterio de independencia profesional y al pluralismo político, social e ideológico
presente en nuestra sociedad, distinguiendo y separando, de forma perceptible,
la información de la opinión.
Estos principios son fundamentales, sobre todo, en los contenidos informativos,
donde la CRTVE debe preservar su efectivo cumplimiento.
En este sentido, esta Comisión ha reseñado la dificultad intrínseca que supone
la efectiva medición y valoración del pluralismo informativo en los medios de
comunicación, dado que la confluencia de valores objetivos y subjetivos
dificulta un acercamiento exacto a su identificación. Obtener una imagen
precisa del nivel de cumplimiento de esta misión requeriría la elaboración de un
análisis minucioso sobre el nivel de presencia de los agentes sociales en los
canales públicos tanto desde un punto de vista cuantitativo como cualitativo.
A este respecto la CNMC ha puesto de relieve que, en este primer Informe,
únicamente ha llevado a cabo un análisis puramente cuantitativo del
cumplimiento del principio de pluralismo político, pues un acercamiento
cualitativo requiere de una metodología clara, objetiva y transparente con
indicadores neutrales que presenten una imagen fiel y objetiva de esta misión,
de la que en estos momentos no se dispone.
Por su parte, para el análisis cuantitativo esta Comisión únicamente ha contado
con los datos facilitados por la propia CRTVE y que se refieren exclusivamente
a la presencia de los distintos agentes políticos en los espacios informativos de
carácter televisivo atendiendo, por un lado, al número de piezas informativas
emitidas en cada uno de los espacios y, por otro, a su identificación con el
correspondiente agente político (Gobierno, el Partido en el Gobierno y de la
oposición política al mismo).Esta Comisión no dispone de información alguna
sobre los tiempos de presencia de partidos y líderes, lo que permitiría un
conocimiento más riguroso de la real presencia de las fuerzas políticas. Por
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tanto, el análisis cuantitativo que se ha llevado a cabo en el presente apartado
tiene un alcance limitado.
Al margen de las citadas limitaciones, se debe valorar que ésta es la primera
vez que se analiza, por una autoridad independiente, la presencia de los
agentes políticos en lo que respecta al número de piezas informativas y su
proporcionalidad, en los principales contenidos informativos de la TVE. Este
primer análisis servirá de base para un posterior proyecto donde se pueda
obtener una visión más certera y periódica del grado de cumplimiento del
pluralismo y del resto de principios por parte de las empresas de la CRTVE.
De conformidad con el conjunto de datos analizados, se puede señalar que,
desde un punto de vista estrictamente cuantitativo, el número de piezas
informativas que ha emitido TVE a lo largo del año 2014 en sus espacios
informativos, así como el número de invitados a estos programas, muestra un
equilibrio en la presencia de las distintas fuerzas políticas.
Solo en algunos informativos la presencia del Gobierno unida a la del partido
que lo sustenta es superior a la de las fuerzas políticas de la oposición, si bien
en otros espacios esta situación se invierte. Por ello, se puede concluir que el
porcentaje de presencia de cada grupo político en las piezas informativas
analizadas tiene correlación con su representación parlamentaria.
No obstante, como ya se ha señalado, un estudio adecuado de los principios
de independencia, pluralismo, neutralidad, imparcialidad y rigor de la
información requiere de un análisis cuantitativo más pormenorizado en el que,
además de la presencia de los actores políticos por número de piezas
informativas, se analice el tiempo de presencia de los mismos, así como de un
análisis cualitativo con el que se pueda determinar el tratamiento de las noticias
en sus diferentes vertientes. Con tal fin, se considera necesario que desde esta
Comisión se impulse un proceso para la implantación de una metodología que
permita en ejercicios futuros sistematizar el grado de cumplimiento de esta
misión de servicio público, buscando métodos que permitan objetivar al máximo
si se cumplen las obligaciones de neutralidad, imparcialidad, independencia,
veracidad y pluralismo en la programación de RNE y TVE.
Visto lo anterior, resulta necesario hacer mención a la actividad llevada a cabo
por los Consejos de Informativos de la CRTVE, cuyo objetivo primordial es
velar internamente por la independencia, neutralidad, pluralidad y
profesionalidad en la programación de informativos de la propia Corporación.
En el Informe Anual del Consejo de Informativos de TVE correspondiente al
año 2014, se recogen un total de 35 incidencias relacionadas con malas
prácticas profesionales. Si bien este número de incidencias no puede tacharse
de elevado, el hecho de que 21 de ellas se refieran a una posible censura
informativa debe ponerse de relieve por la especial sensibilidad y repercusión
social que puede conllevar.
Debe destacarse especialmente el hecho de que esta Comisión no ha tenido
conocimiento, ni se refleja en el Informe del CdI, de reclamaciones relativas a la
falta de cumplimiento de esta misión en el ámbito de RNE y RTVE.es.
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Por tanto, haciendo una valoración conjunta de la información disponible, se
puede concluir que, desde un punto de vista estrictamente cuantitativo, las
piezas informativas analizadas reflejan una presencia equilibrada de las fuerzas
políticas. Sin embargo, dado que esta conclusión no aborda cualitativamente la
presencia de los agentes políticos en los informativos, desde la CNMC se
subraya que la función encomendada a la CRTVE de mantener un estricto rigor
en el cumplimiento de la imparcialidad y el pluralismo en sus emisiones,
principalmente informativas, es uno de los principios fundamentales que
justifican la existencia de un entidad pública de comunicación audiovisual.
Por último, además del acceso global, que garantiza la participación de los
grupos sociales y políticos significativos en el conjunto de la programación de
RTVE, existe una obligación que pretende garantizar el acceso directo a grupos
sociales a espacios específicos en la radio y la televisión con formatos
diversos, tiempos y horarios, fijados por el Consejo de Administración de la
Corporación mediante Reglamento.
Cabe remarcar que, a lo largo de 2014, únicamente tres entidades solicitaron el
ejercicio de dicho derecho de acceso directo. Sería aconsejable realizar una
reflexión sobre si el procedimiento definido en el Reglamento de Acceso es lo
suficientemente conocido, flexible y eficiente, o si por el contrario, la baja
utilización de este mecanismo responde a la amplia disponibilidad de medios
alternativos existentes en la actualidad para lograr la difusión de mensajes por
parte de los potenciales ejercientes de este derecho.
En cualquier caso, es de destacar la gran disponibilidad que tienen los canales
de la CRTVE para cumplir con este objetivo. Su proactividad a la hora de dar
cabida en sus emisiones, tanto en programas dedicados a grupos más
específicos como en los destinados a audiencias generalistas, es reconocida
por muchos colectivos.
Cohesión territorial
Se debe destacar que el despliegue territorial que realiza TVE en el conjunto
del territorio español no encuentra parangón en ningún otro medio de
comunicación en nuestro país. Este esfuerzo supone disponer de presencia
efectiva en cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas a
través de centros territoriales propios. A ello se une el despliegue de RNE, 54
emisoras, tanto en capitales de provincia como en algunas grandes ciudades.
Desde un punto de vista económico, la CRTVE destina al mantenimiento y
funcionamiento de estos centros casi el 8% de su presupuesto total, lo que
supone casi 78 MM€ en el ejercicio 2014.
También habría que sumar a esta cifra las consecuencias económicas
derivadas de la obligación de emitir buena parte de sus emisiones para el 98%
del territorio español, frente al 95% que deben cubrir las cadenas privadas.
Esta encomienda tiene como objetivo último que, desde estos centros
territoriales, se contribuya a la construcción de la identidad y la vertebración de
España, asumiendo la existencia de las diversas nacionalidades y regiones.
Asimismo, la Corporación RTVE ha de servir de motor y garante de los flujos
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entre las distintas Comunidades Autónomas en su oferta de contenidos,
fomentar la solidaridad interterritorial y garantizar la pluralidad y diversidad
lingüística y cultural de España ofreciendo contenidos territorializados
atendiendo a las diferentes lenguas cooficiales, al hecho insular, así como a las
condiciones propias de las regiones ultra periféricas.
Del análisis efectuado se ha podido verificar la presencia y actividad de la
CRTVE en todas las Comunidades Autónomas, tanto en televisión como en
radio, siendo evidente, por su propia naturaleza, la presencia territorial a través
de la web propia. A este respecto, resulta necesario destacar la significativa
producción desarrollada desde las Comunidades de Cataluña y Canarias, dado
que las mismas cuentan con centros de producción propia que contribuyen
tanto a su propio autoconsumo como a la programación nacional e
internacional de la Corporación.
Este despliegue territorial supone un importante esfuerzo presupuestario para
la CRTVE dado que su consecución efectiva requiere tanto de medios
materiales (edificios, platós, unidades móviles, estudios de grabación, etc.)
como de recursos humanos.
No obstante, cabe destacar que este significativo esfuerzo realizado por la
CRTVE por contribuir a la cohesión territorial no se ve reflejado en unos niveles
óptimos de audiencia. Este menor interés por la información de cercanía
generada por los canales nacionales puede verse acentuada por el hecho de
que las audiencias de las plataformas de pago, con importancia creciente, no
pueden acceder a los contenidos de las desconexiones territoriales, que
pueden ser sustituidos en ocasiones por contenidos de menor interés.
A su vez, del análisis llevado a cabo por esta Comisión se ha podido constatar
que la desconexión de los programas informativos se produce en todas las
Comunidades autónomas y en las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla;
siendo significativamente superiores las desconexiones en Cataluña y Canarias
al disponer de centros de producción propia-. Estas desconexiones van
acompañadas del uso de la lengua cooficial en la respectiva Comunidad
autónoma, siendo por ello destacable el número de horas de emisión en
catalán. Por su parte, en Navarra y el País Vasco el uso de sus lenguas
cooficiales es muy residual.
(ii) En relación con la protección de menores e integración social
Protección de menores
La CRTVE ha dado general cumplimiento tanto a la Ley audiovisual como al
Código de Autorregulación de contenidos e infancia en lo que atañe a la
protección de los menores, si bien deberá adoptar todas aquellas cautelas
adicionales que persigan no solo evitar que los niños puedan imitar
comportamientos no deseables para su adecuado desarrollo, presentes en los
distintos contenidos de su oferta, sino también promover a través de los
contenidos de su programación aquellos valores y principios inherentes a su
misión de servicio público.
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Protección de los derechos de las personas con discapacidad
La CRTVE como cualquier otro operador, ha de respetar los derechos de las
personas con discapacidad y garantizar la accesibilidad de sus servicios a las
personas con discapacidad sensorial, si bien, como entidad pública que presta
un servicio de interés general público esta obligación le es exigible con un
mayor rigor.
En relación con la obligación programática, esta Comisión ha comprobado que
la CRTVE ha dedicado parte de su parrilla a emitir programas especialmente
dedicados a la integración social, impulsando el respeto de estos colectivos y
fomentando su integración en la sociedad, mediante una mayor concienciación
de los mismos.
Más allá de estos programas específicos, la protección de sus derechos y la
adecuada presentación de la imagen de las personas con discapacidad se
hacen efectivas mediante el emplazamiento de estos valores en la
programación general.
En cuanto al deber de garantizar la accesibilidad, el examen de esta obligación
se ha llevado a cabo atendiendo a los porcentajes de subtitulado,
audiodescripción y lenguaje de signos que la Ley Audiovisual establece que la
CRTVE debe emitir.
Esta Comisión ha podido verificar, tras el análisis de los índices de
accesibilidad, que el grado de cumplimiento por la CRTVE de las obligaciones
en esta materia no ha alcanzado los niveles mínimos establecidos por la
normativa vigente que, como se ha señalado, son superiores a los de otros
prestadores del servicio de comunicación audiovisual.
En relación con las obligaciones específicas de subtitulado establecidas en la
Ley Audiovisual, la CRTVE únicamente ha dado cumplimiento a los niveles
mínimos exigidos en su canal Clan TV (90%) si bien es cierto que el resto de
canales se sitúan en porcentajes muy próximos al 80%.
Ninguno de los canales de la CRTVE ha dado cumplimiento a los niveles
mínimos exigidos en relación con los índices de audiodescripción y lenguaje de
signos.
Estos porcentajes de cumplimiento, aun siendo todavía insuficientes y
necesitados de mejora, han de valorarse en el marco de las limitaciones
presupuestarias y la prohibición legal expresa de acudir al patrocinio como
medio para sufragar las medidas de acceso.
Junto a esta mejora en los índices legales de accesibilidad, también deberá
potenciarse el acceso de las personas con discapacidad a través de la página
web de la CRTVE, mediante la incorporación de los mecanismos de
accesibilidad propios de los medios informáticos.En todo caso, se considera
necesario que la CRTVE continúe sus esfuerzos para dar más visibilidad a las
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personas con discapacidad mediante la presentación de una imagen ajustada e
integradora de las mismas Tanto en esta, como en otras obligaciones, a través
del Contrato-programa y de los criterios de programación de las empresas de la
CRTVE, deberían establecerse con precisión los objetivos, las estrategias y las
acciones para alcanzarlos. Entre estos objetivos deberían figurar tanto los
relacionados con la información y el apoyo a las personas con discapacidad y
sus familiares, como la divulgación a la población en general de los temas
relacionados con estos colectivos (conocimiento y sensibilización de la
sociedad). Finalmente, deberían estudiarse las fórmulas más eficaces para
promover la integración social de las personas con discapacidad, tanto en los
propios programas de radio y televisión, como en los ámbitos, educativos,
laborales y en las actividades de ocio.
Apoyo a la integración de las minorías y grupos sociales con necesidades
específicas.
La CRTVE ha emitido algunos programas concretos en apoyo a la integración
social de grupos minoritarios o con necesidades específicas dentro de su
ámbito de contenidos responsables, si bien el impulso de los valores que
favorecen la integración social ha de implementarse igualmente mediante el
emplazamiento transversal de estos valores en la programación general.
(iii) En relación con la promoción cultural
Fomento de la producción audiovisual
La CRTVE tiene encomendadas diversas obligaciones que tienen como
objetivo último el fomento y la promoción de la industria audiovisual europea y
nacional tanto en la emisión como en la producción de las obras, actuando en
este último punto como catalizador de la industria.
Así, destacan de forma especial las obligaciones de la CRTVE en la
denominada cuota de emisión y en la financiación anticipada de obra europea.
En el ámbito de la emisión, la CRTVE tiene establecidas diversas
obligaciones cuyo objetivo fundamental es que la CRTVE como ente público
sea un agente principal en la difusión de las obras audiovisuales europeas y,
especialmente, las españolas como medio para garantizar el apoyo a la
industria europea y el conocimiento de una cultura común.
En este sentido, la CRTVE ha dado cumplimiento en el año 2014 a las
obligaciones en este ámbito, dedicando más del 51% de su programación,
porcentaje mínimo al que está obligada, a obras audiovisuales europeas.
Además, la CRTVE ha dado la preponderancia exigida a estas obras emitiendo
en prime time el 78% de obras europeas y limitando la emisión de películas
cinematográficas internacionales de las majors en este horario muy por debajo
de su límite máximo, lo que redunda todo ello en un mayor protagonismo y
fomento de la obra audiovisual europea como cultura común. Debe destacarse
la dedicación de horas de programación al cine español y el apoyo a su
promoción. Todo ello sin perjuicio de la conveniencia de fomentar los planes de
producción y difusión de obras audiovisuales con Iberoamérica, tal y como
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establece el Mandato-Marco, bajo la premisa de que se persiga la presencia de
productos de calidad que respondan a la demanda de la audiencia española.
En lo que se refiere a la obligación de la financiación anticipada de obra
europea, la Corporación debe hacer un esfuerzo adicional respecto a los
operadores privados, invirtiendo un 1% más, además de tener una obligación
de inversión adicional en relación con las películas o miniseries para televisión.
Ese punto porcentual de obligación supone un requerimiento adicional de algo
más de 4 millones de euros de inversión en el año 2014.
A este respecto, la CRTVE ha venido dando efectivo cumplimiento de esta
obligación con importantes inversiones cuyo destino principal ha sido la obra
española. En este sentido, en la Resolución de verificación del ejercicio 2014,
se ha podido constatar que la CRTVE ha dado correcto cumplimiento a todas
las obligaciones señaladas invirtiendo por encima de éstas. De hecho, la
CRTVE tenía la obligación de invertir en el año 2014 la cantidad de
25.070.555,56€ y ha llevado a cabo una inversión muy superior a la obligación
legal, destinando 48.709.819,82€ a la financiación anticipada de obras
europeas, especialmente españolas.
En línea con esta función de apoyo a la cultura audiovisual, la CRTVE tiene la
obligación de diversificar la contratación de servicios exteriores y de
producciones ajenas o mixtas de forma que no se concentren en un mismo
proveedor más del 30% de las mismas. Esta Comisión desea señalar que, en
cualquier caso, se trata de un porcentaje excepcionalmente alto si el objetivo
de esa limitación es lograr realmente un mercado con una notable concurrencia
de agentes.
De hecho, a lo largo del año 2014, la CRTVE ha dado cumplimiento a esta
obligación al ser el mayor porcentaje de contratación con una misma
productora algo superior al 8%.
Líneas estratégicas de producción
El Mandato-Marco establece dentro de la misión de servicio púbico de la
CRTVE determinados objetivos de producción, fijando porcentajes específicos
de producción interna y externa que la CRTVE debe alcanzar cada año.
El artículo 35.2 del Mandato-Marco recoge los tres principales objetivos de
producción de la Corporación en este ámbito. El apartado a) de este artículo
señala que la CRTVE debe realizar el 100% de los programas informativos y de
carácter institucional mediante producción interna. El apartado b), en relación
con los contenidos de actualidad, infantil y juvenil, educativo, medioambiental,
religioso o de protección al consumidor concreta que el 60% de la oferta
generalista del conjunto de estos contenidos debe ser también de producción
interna. Por último, el apartado c) de este mismo artículo 35.2 señala que el
55% de los contenidos de género divulgativo, deportivo, ficción series,
magazines, concursos, humor, entretenimiento gran formato, talk show, ficción
dibujos animados, docu-show, concurso gran formato, musical, docu-serie,
reality show, televenta y ficción teatro de la oferta generalista de la CRTVE
debe ser igualmente de producción interna.
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En lo que respecta a la producción de programas informativos, la CRTVE ha
alcanzado el 95,13% de las horas de producción, lo que está muy cerca del
cumplimiento total de la obligación. Esta Comisión entiende que la desviación
del cumplimiento (menos del 5%) y las razones aducidas por la CRTVE para
dicha desviación, esto es, que esta diferencia obedece a los intercambios de
piezas informativas realizadas con la Unión Europea de Radiodifusión y a la
compra de contenidos de inmediata actualidad cuando los efectivos de la
CRTVE aún no han llegado a la noticia, justifican que esta Comisión concluya
el correcto cumplimiento de la mencionada obligación por parte de la CRTVE.
En relación con la obligación de alcanzar determinados porcentajes en la oferta
generalista, establecida en los apartados b) y c) del artículo 35.2, esta
Comisión, a la vista de los problemas de asignación de contenidos entre ambos
y sin menoscabo de una profundización en esta materia en ejercicios
posteriores, ha analizado ambos apartados de forma conjunta.
A ese respecto, la CRTVE emitió en el año 2014 un total de 3.645,85 horas de
producción propia de programas y contenidos de oferta generalista, lo que
supuso un 56,17% del total. Ese porcentaje se sitúa en el intervalo del 55%-
60% delimitado por los apartados b) y c) del Mandato-Marco. La información
obtenida, aún con las dificultades propias de asignación de contenidos, sugiere
que el grado de cumplimiento habría sido más alto en los contenidos asociados
al apartado b) del artículo 35.2, y relativamente inferior a los vinculados con el
apartado c).
No se han observado pues desviaciones relevantes respecto a los objetivos de
porcentajes de producción establecidos en el Mandato Marco.
Promoción del conocimiento de las artes, la ciencia, la historia y la cultura
Esta misión de servicio público se regula desde distintos puntos de vista en la
normativa, exigiendo que la CRTVE garantice tanto la difusión, la edición como
la promoción de estas materias. Tanto TVE, a través de diversos canales,
como RNE a través de sus distintas emisoras, prestan especial atención a
estos contenidos. Tanto en el caso de la música clásica como en el de la
música pop más innovadora y de calidad (Radio 3), la labor de la CRTVE es
ampliamente respetada y valorada. El número de programas e iniciativas
desarrolladas, tanto por TVE como por RNE, dedicadas en su totalidad o
relacionadas con la literatura, las artes plásticas, el teatro, las ciencias o la
historia, unidas a una dedicación muy destacada a la emisión de documentales,
evidencian un cumplimiento muy satisfactorio de las obligaciones, desde el
punto de vista de la programación.
Por otro lado, en relación con la edición de contenidos, se debe subrayar que
para el cumplimiento de esta misión, la CRTVE edita y distribuye en distintos
formatos (libros, revistas, CDs y DVDs), contenidos de interés cultural que han
sido objeto de difusión a través de su oferta de radio, televisión o información
en línea.
Por último, para cumplir con el compromiso de promover el conocimiento de
estas materias, la CRTVE fomenta la actividad de la Orquesta y Coro de RTVE.
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Esta desarrolla una función relevante como proveedor de contenidos. A este
respecto cabe recalcar que, durante el periodo 2014, la Orquesta y Coro de
RTVE llevó a cabo un total de 44 conciertos dentro de la temporada de abono,
distintos ciclos de conciertos, así como diversas grabaciones para terceros.
En esta misma línea, debemos destacar que, tanto TVE como RNE, han
desarrollado una profusa promoción de festivales celebrados a lo largo del
país.
(iii) En relación con los contenidos programáticos
Oferta programática nacional
La CRTVE tiene la obligación de producir y difundir contenidos de calidad en
todos los géneros y, en especial, aquellos que tengan carácter informativo,
educativo, cultural y divulgativo. Su oferta de contenidos deberá incluir
productos destinados a la infancia y a la juventud, promocionando el deporte
base y la participación de la mujer.
Para el cumplimiento de este objetivo la CRTVE cuenta con una diversidad de
plataformas de difusión. En concreto, en el ámbito nacional, dispone de cinco
canales de televisión, dos generalistas y tres temáticos, y de cuatro emisoras
de radio de ámbito nacional y una que presta servicios únicamente en
Cataluña.
La oferta de contenidos de La 1 atiende prioritariamente a la información, el
entretenimiento, la ficción y grandes eventos deportivos. Durante el 2014 la
CRTVE ha dedicado la mayor parte de su programación a la información,
presentando este tipo de emisiones como eje fundamental de su programación,
con el 33% de la misma. En esta misma línea, el Canal 24 horas posibilita que
la audiencia pueda acceder a la actualidad informativa de forma constante.
Asimismo, la CRTVE dedica su segundo canal generalista a garantizar la
difusión de la cultura. Este tipo de contenidos estuvo presente, el año 2014, en
el 64% de sus programas. A su vez, en su labor de emisión complementaria de
La 1, esta cadena atiende a públicos diferenciados a los propios de otros
canales temáticos programando contenidos de especial interés para las
distintas minorías.
A este respecto, Teledeporte, como canal temático deportivo de la CRTVE, se
ha caracterizado en el año 2014 por el fomento y emisión de deportes no
mayoritarios. De hecho, la disciplina deportiva que más horas de programación
eventos y programas- ha dedicado este canal en el año 2014 fue el tenis, con
aproximadamente un 24% de horas de programación, seguido muy de cerca
por los eventos futbolísticos con un 20% aproximadamente. Asimismo, un total
de 26 disciplinas deportivas tuvieron una presencia sustancial en su
programación, copando cerca del 95% de sus horas de programación en el año
2014. Así, este canal en el año 2014 ha caracterizado su programación por la
diversidad deportiva dando acceso y emitiendo contenidos no mayoritarios.
En el ámbito de la programación infantil, la CRTVE mediante su canal Clan TV
ha alcanzado en el año 2014 el liderazgo de audiencia de este segmento en su
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franja, con un 15,3% de audiencia media. De hecho, en esta franja de edad
(niños de 4 a 12 años) TVE ha sido líder de audiencia.
En este sentido, en la franja de edad juvenil, de 13 a 24 años, se aprecia, en
línea con lo observado en el conjunto de canales de televisión, una desafección
de los telespectadores, alejándose de los datos generales de audiencia de la
CRTVE. Ello responde al cambio que se está apreciando en este colectivo en
los modelos tradicionales de consumo, donde se ha reducido el mismo en
términos diarios de televisión lineal en más de 8 minutos en el último año,
siendo el segmento de edad que mayor reducción ha experimentado.
A este respecto, el ámbito que parece más adecuado para intentar atraer y
retener a este colectivo, sin descuidar la programación de sus canales, es la
web o los servicios interactivos de la CRTVE.
En efecto, la conectividad e interactividad que permite la web u otros medios
telemáticos con este colectivo -que utilizan las redes sociales y medios online
de manera muy intensa- puede ser la herramienta adecuada para presentarles
de manera atractiva los contenidos de servicio público y lograr un acercamiento
y compromiso de este segmento con la programación de la CRTVE.
Oferta programática Internacional
La CRTVE tiene encomendada la misión de promocionar los intereses
españoles en el panorama internacional, erigiéndose así en la voz de España
en el exterior. En esta línea le corresponde también específicamente facilitar el
acercamiento de España a los españoles en el extranjero.
A este respecto, hay que destacar el esfuerzo realizado por la CRTVE en la
emisión internacional de su programación, tanto televisiva como radiofónica,
con el objetivo de promover la realidad actual de España, así como el legado
histórico, cultural, lingüístico y social de nuestro país en el extranjero.
Con el propósito de alcanzar una amplia proyección a nivel mundial, tanto el
canal TVE Internacional como Radio Exterior de España se emiten a través de
cuatro señales diferenciadas, de forma que su emisión se adapta mejor a los
horarios de los territorios a los que va dirigidos. A su vez, la programación de
Radio Exterior de España puede seguirse por satélite las 24 horas del día o a
través de RTVE.es, tanto en streaming o mediante podcast.
Asimismo, cabe reseñar que esta Comisión echa en falta una programación
que tenga por objetivo el acercamiento a los países de habla hispana, en
especial a los países Iberoamericanos, tal y como exige expresamente el
Mandato-Marco.
Oferta programática en línea y desarrollo de la sociedad de la información
En relación con la programación de la página web de la CRTVE, esta se nutre
de los contenidos de los respectivos canales de TVE y RNE, es decir, que no
se difunde una programación distinta de la que emite en sus canales
principales, más allá del acceso al archivo.
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En este sentido, dado que la CRTVE tiene el deber y compromiso de fomentar
la sociedad de la información invirtiendo en nuevos formatos y servicios, es
recomendable que persevere y potencie sus esfuerzos por innovar y por
ofrecer una plataforma de fácil acceso y elevada capacidad. En ese contexto, la
disponibilidad del acceso al archivo de RTVE constituye un activo de primer
orden.
Este esfuerzo tendría un doble efecto positivo. Por un lado, la CRTVE actuaría
como dinamizador del mercado audiovisual en línea, impulsando nuevos
servicios y formatos; y por otro, podría atraer (en términos de audiencia y
diversidad) a colectivos más conectados al ámbito digital como podría ser el
segmento de edad juvenil, que cada vez más tiene un consumo a petición y
online superior al tradicional.
El fomento de estos servicios en línea podría también coadyuvar el impulso de
la accesibilidad de las personas con discapacidad no ya solo mediante la
traslación a este ámbito de las obligaciones de subtitulado y audiodescripción,
sino también mediante la incorporación de los mecanismos de accesibilidad
propios de los medios informáticos.
En definitiva, un impulso de la web por parte de la CRTVE en formato,
programación e iniciativas sería una medida muy positiva para la misión de
servicio público de la CRTVE.
Objetivos de audiencia
La CRTVE, en la prestación del servicio público, debe atender a la más amplia
audiencia con calidad, diversidad, innovación y exigencia ética. Para ello, la
CRTVE tiene que emitir una programación diversa, de calidad y dirigida a toda
la ciudadanía cubriendo todos los géneros y orientada a satisfacer las
necesidades de información, cultura, educación y entretenimiento de la
sociedad española reflejando su identidad y diversidad cultural y lingüística y
promoviendo el pluralismo y la participación.
En este sentido, es imprescindible que la CRTVE alcance en el sector
audiovisual una posición destacada que garantice la suficiente presencia en la
sociedad, o lo que es lo mismo: unos niveles de audiencia adecuados a la vista
de la realidad del mercado audiovisual televisivo español, sin renunciar en
ningún caso a posiciones de liderazgo.
En el año 2014 la CRTVE, con una media de audiencia del 16,7%, ha sido el
tercer grupo mediático en audiencia por detrás de Mediaset y Atresmedia, con
un 30,6% y 27,7%, respectivamente. Por canales, TVE no ha liderado ninguna
franja horaria ni segmento de edad, a excepción del segmento de 4 a 12 años
con su canal Clan TV. Esta situación también se ha observado en el ámbito
autonómico, donde TVE no ha sido opción mayoritaria en ninguna Comunidad
Autónoma. Por último, la audiencia media de su canal principal, La 1, ha
alcanzado su mínimo histórico con un 10% de audiencia.
Por otro lado, dado que la CRTVE tiene como eje fundamental de su
programación la información, esta Comisión ha realizado un análisis de
audiencia de los principales noticiarios (mediodía y noche) de las cadenas de
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televisión en abierto. A este respecto, se ha podido verificar que los servicios
informativos de la CRTVE no han sido en el año 2014 la opción mayoritaria de
la audiencia para informarse. De hecho, ocupó la tercera posición con una
media del 13,2%, por detrás de Mediaset y Atresmedia con un 15% y 13,7%,
respectivamente. Teniendo en cuenta el simulcast, sin embargo, fue líder en la
en la sobremesa de lunes a viernes.
Por su parte, RNE fue la cuarta opción en el ámbito radiofónico, muy por detrás
de las tres primeras opciones de los oyentes. En el ámbito de la radio temática,
la primera emisora de RNE que aparece en seguimiento fue Radio 3 con un
2,8% de share y ostentó la décima posición del total.
Conforme a todo lo anterior, esta Comisión ha observado una disminución de la
audiencia global de la CRTVE en términos generales en todos sus programas y
un cierto alejamiento por los telespectadores de los informativos de la CRTVE.
A este respecto, dada la función social reconocida a la CRTVE en el ámbito de
la información y el entretenimiento, la Corporación deberá hacer sus mayores
esfuerzos para volver a ser un servicio de comunicación audiovisual que
alcance a la mayor parte de la ciudadanía en términos de rentabilidad social y
de audiencia.
(iii) Valoración final y Recomendaciones
De conformidad con lo todo lo anterior, esta Comisión debe concluir que la
Corporación de Radio y Televisión Española ha dado cumplimiento en el
ejercicio 2014, con carácter general, a sus obligaciones de servicio público
encomendadas en la normativa sectorial. Si bien, del análisis efectuado, se han
identificados diversos ámbitos que pueden ser objeto de mejora.
Por tanto, a los efectos de alcanzar unos niveles de cumplimiento adecuados
de las obligaciones de servicio público, la CNMC considera imprescindible
recomendar un esfuerzo extra de la Corporación en las siguientes materias:
Perseverar en los esfuerzos para procurar un equilibrio, tanto desde el
punto de vista cuantitativo como cualitativo, de las distintas fuerzas
políticas en los espacios informativos. Todo ello garantizando la veracidad,
objetividad e imparcialidad de la información.
Analizar si el procedimiento definido en el Reglamento de Acceso es lo
suficientemente conocido, flexible y eficiente, o si por el contrario, la baja
utilización de este mecanismo responde a la amplia disponibilidad de
medios alternativos existentes en la actualidad para lograr la difusión de
mensajes por parte de los potenciales ejercientes de este derecho.
Fomentar el uso de las lenguas cooficiales en la programación televisiva,
más allá de las desconexiones informativas.
Mantener el esfuerzo en el cumplimiento de sus objetivos de producción
interna en los porcentajes establecidos en el Mandato-Marco.
Realizar los mejores esfuerzos para alcanzar a la mayor parte de la
ciudadanía en términos de rentabilidad social y de audiencia. En este
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contexto, sería conveniente que en la determinación de objetivos se
establezcan cuáles son los porcentajes de audiencia que se consideran
razonables, tanto en los canales de audiencia mayoritaria como en aquellos
otros dirigidos a audiencias específicas o minoritarias. Además, los
objetivos de audiencia deben acompasarse con los recursos disponibles
por parte de la CRTVE.
Liderar el impulso en la construcción de un espacio audiovisual
iberoamericano, con el objetivo último de potenciar la industria de
contenidos en español.
Garantizar el cumplimiento de los índices de subtitulado, audiodescripción y
lenguaje de signos que marca la normativa, e impulsar, en la programación
general, la presentación de una imagen adecuada de las personas con
discapacidad que proteja sus derechos e impulse el valor de su integración
social. En este sentido, esta Comisión llama la atención sobre la prohibición
específica, contenida en el artículo 8.4, in fine de la Ley Audiovisual, de que
la CRTVE pueda emplear el patrocinio para sufragar las medidas de
accesibilidad.
Continuar potenciando el uso de la página web, dotándola de naturaleza
propia que permita atraer a la audiencia juvenil y complemente la oferta de
servicios accesibles para las personas con discapacidad.
Contribuir a la preservación del patrimonio histórico audiovisual,
potenciando el uso del archivo histórico.
No obstante lo anterior, la CNMC es consciente que el éxito o fracaso en la
consecución de estas recomendaciones no solo depende de los esfuerzos de
la Corporación sino que estos deberán ir acompañados de otras medidas fuera
de su esfera competencial.
En primer lugar, se considera de primordial importancia que, desde las Cortes
Generales, se acometa una revisión del sistema de financiación de la CRTVE
que venga a garantizar la estabilidad presupuestaria de esta institución y que
responda a las necesidades económicas que entraña el cumplimiento efectivo
de todas las misiones de servicio público exigidas por la normativa.
Por otro lado, se considera imprescindible la aprobación de los distintos
instrumentos legislativos que sirvan de base para la prestación del servicio
público en todos sus ámbitos y como herramientas para verificar el control del
mismo por esta Comisión. A este respecto, dado que en el año 2016 se debe
renovar el actual Mandato-Marco, podría ser una excelente oportunidad para
que se lleve a cabo la firma de los Contratos-Programas, que deberán incluir un
sistema de indicadores, no solo de gestión sino también de servicio público y
calidad audiovisual, debiendo ser estos indicadores parámetros objetivamente
cuantificables. La elaboración del nuevo Mandato Marco y el Contrato-
Programa asociado debe tener en cuenta los cambios sustanciales acaecidos
en el sector audiovisual desde la Ley 17/2006, especialmente en las formas de
consumo de los contenidos audiovisuales.
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Relación de anexos
1.
Caracterización de los prestadores del Servicio público en
Reino Unido, Alemania y Francia
2. Listado y concreción de los reportajes de Informe Semanal
en el año 2014 con temática política.
3. Relación de invitados a los “Desayunos de TVE”.
4. Informe Anual 2014 del Defensor del Espectador, del
Oyente y del Usuario de Medios Interactivos.
5. Programación Responsable de la CRTVE (2013).
6. Actividad editorial desarrollada en el ejercicio 2014.
7. Actividad de la Orquesta y Coro de RTVE en 2014.
8. Festivales apoyados por RNE.
9. Convenios suscritos por la CRTVE en 2014 con entidades y
organismos públicos, privados, nacionales e internacionales.
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Anexo 1
Caracterización de los prestadores del Servicio público en
Reino Unido, Alemania y Francia
El objeto de este Anexo es el de presentar un contexto internacional que
permita un análisis comparativo del servicio, estructura y gestión de la CRTVE
con los principales países de nuestro entorno. Para ello, se expondrán
brevemente las principales características de los prestadores del servicio
público en tres de los países más representativos de la Unión Europea, con
larga tradición y reputación en los servicios públicos de televisión y radio:
Alemania, Francia y Reino Unido.
Alemania
Dada su configuración federal, Alemania no tiene propiamente una cadena
estatal, como así sucede en otros países de la UE. Lo que tienen es un
Consorcio de instituciones públicas que emiten canales estatales y regionales.
Su canal principal ARD
62
es, concretamente, el “Consorcio de instituciones
públicas de radiodifusión de la República Federal de Alemania”. Este consorcio,
emite un canal de televisión de carácter estatal “Das Erste”, 7 canales de
televisión regionales (“BR”, “HR”, “MDR”, “NDR”, “RBB”, “SWR” y “WDR”
63
), 1
canal de televisión educativo (“ARD-Alpha”) y 3 canales digitales
(“tagesschau24”, “EinsPlus” y “Einsfestival”). Además, ARD emite 64 canales
de radio regionales y 3 canales de radio nacionales junto a ZDF. Para la
provisión de sus servicios televisivos, en conjunto, ARD tiene un plantilla
aproximada de 19.771 empleados.
En el año 2014 ARD tuvo unos ingresos de 6.862.949 miles de euros y unos
gastos de 6.910.216 miles de euros. Los ingresos de ARD proceden
principalmente de lo recaudado mediante un canon por hogar de 17,50€/mes.
Así, el 85% de los ingresos derivaron de dicho canon, mientras que los
ingresos publicitarios apenas alcanzaron el 6%, el resto, 9% de ingreso
derivaron de otras vías.
62
Arbeitsgemeinschaft der öffentlich-rechtlichen Rundfunkanstalten der Bundesrepublik Deutschland
63
Los siete canales son:
BR: Bayerischer Rundfunk (Radiodifusión Bávara)
HR: Hessischer Rundfunk (Radiodifusión de Hesse)
MDR: Mitteldeutscher Rundfunk (Radiodifusión de Alemania Central)
NDR: Norddeutscher Rundfunk (Radiodifusión del Norte Alemán)
RBB: Rundfunk Berlin-Brandenburg (Radiodifusión Berlín-Brandeburgo)
SWR: Südwestrundfunk (Radiodifusión del Sudoeste)
WDR: Westdeutscher Rundfunk (Radiodifusión del Oeste Alemán)
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En Alemania existe otro canal público, ZDF
64
, que es el segundo canal público
de Alemania con cobertura estatal. Al igual que ARD, también emite tres
canales digitales “ZDFneo”, “ADFino” y “ZDFkultur”.
Este canal ostenta el mismo sistema de financiación que ARD, es decir, su
contribución es eminentemente pública vía canon por hogar, recurriendo de
manera limitada a la financiación vía publicidad. En el año 2014 ZDF tuvo unos
ingresos de 2.106.562 miles de euros y unos gastos 2.233.616 miles de euros.
ZDF, sin contar con el personal freelance, tenía una plantilla de unos 3.600
empleados para la prestación de su servicio.
Por último, ambas cadenas, ARD y ZDF, cooperan y participan conjuntamente
en la emisión de cuatro canales (“arte”, “3sat”, “Phoenix” y 2KIKA”).
Desde el punto de vista del posicionamiento del mercado, en Alemania las
televisiones públicas en conjunto agrupan en torno al 45,7% de audiencia,
mientras que el resto, el 54,3% de la audiencia lo coparon los canales
comerciales. De los canales públicos el más seguido por los ciudadanos
alemanes en 2014 fue ZDF con un 13,3%, seguido de Das Erste con un 12,5%
y los canales regionales en conjunto con el 12,4%.
Francia
En Francia la prestación del servicio de radio y televisión pública le
corresponde a la entidad France Télévision.
Este grupo emite 5 canales estatales (“France 2”, “France 3”, “France 4”,
“France 5” y “France O”) y un canal principalmente centrado en las zonas de
ultramar de Francia (“La 1ère”). En el año 2014, el prestador público para la
prestación de los servicios de televisión y radio, tuvo unos gastos aproximados
de 4.205 millones de euros y una estimación de ingresos de 4.210 millones de
euros. Para la prestación del servicio televisivo, France Télévision cuenta con
una plantilla de 10.131 empleados.
Desde el punto de vista de posicionamiento en el mercado televisivo francés,
France Televisión acumuló, en sus canales, una audiencia del 28,8%, el canal
Arte un 2% y el resto menos de 1%. De esta manera, la audiencia de los
canales privados en el año 2014 en Francia rondó el 65-70%.
France Télévision se financia principalmente mediante ingresos públicos. Así,
el 89% de los ingresos procedieron en el 2014 de un canon anual que sufraga
cada hogar. En el año 2014 el canon estaba fijado en 131€. El resto de
ingresos de France Televisión provienen de venta de recursos y publicidad.
Reino Unido
En Reino Unido existen dos tipos de servicios públicos televisivos, aquellos que
están sustentados por fondos públicos y que no emiten comunicaciones
comerciales, que sería la British Broadcasting Corporation (BBC) y aquellas
cadenas televisivas con carácter comercial y con obligaciones de servicio
64
Zweites Deutsches Fernsehen
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público que se financian mediante ingresos publicitarios (“ITV”, “Channel 4” y
“Channel 5”).
Centrando el análisis en la televisión pública tradicional de Reino Unido, la
BBC, hay que destacar que ésta emite un total de 10 canales de televisión
(“BBC One”, “BBC Two”, “BBC Three”, “BBC Four”, “BBC News”, “BBC
Parliament”, “BBC Alba”, “BBC HD”, “CBBC” y “CBeebies”) y 10 emisoras
radiofónicas (“Radio 1”, “Radio 2”, “1Xtra”, “Radio 3”, “Radio 4”, “Radio 4 Extra”,
“Radio 5 Live”, “5 Live Sports Extra” y “6 Music”)
Desde el punto de vista de la financiación, la BBC se financia principalmente a
través de una tasa que tiene pagar todos los hogares que tienen televisión en
el Reino Unido.
La tasa para una televisión standard es de 145,5 £ al año o 12,3£ al mes. El
pago de esta tasa permite a la BBC prestar el servicio sin emitir anuncios. No
obstante, la BBC también tiene actividad comercial que nunca podrá ser
desarrollada directamente sino a través de filiales. En el año 2014/15 la BBC,
como grupo, tuvo un déficit de £125 millones, mientras que en el ejercicio
anterior 2013/2014 (que abarca el primer trimestre del año 2014) tuvo un
superávit de £150 millones.
Alrededor de la cuarta parte de los ingresos de la BBC provienen de su brazo
comercial WorldWide Ltd., que vende programas y servicios de la BBC a nivel
internacional y también distribuye el servicio de 24 horas de noticias
internacionales en idioma ingles (BBC World News y bbc.com), distribuidos por
la BBC Global News Ltd.
Por su parte, y atendiendo al posicionamiento de la BBC en el mercado de
Reino Unido, hay que destacar que en términos de audiencia la BBC por todos
sus canales obtuvo una media del 33% de audiencia, siendo el primer operador
en datos de audiencia en todos los meses que abarca desde mayo de 2014 a
mayo de 2015 seguido por ITV a más de 10 puntos de audiencia, siendo el
tercer grupo 4 y el cuarto Sky
65
.
Por canales, BBC1 fue el canal más visto en dicho periodo, con una media del
22%. En segundo lugar, ITV con una media de audiencia del 12,81%, seguido
por BBC2 con un porcentaje de 5,77% y por último Channel 4 con el 4,75% de
audiencia. Así, se puede observar que de los cuatro canales más vistos en
Reino Unido la BBC sitúa a dos de sus canales, BBC1 y BBC2.
65
Fuente: http://www.barb.co.uk/viewing-data/monthly-viewing-by-channel-group/
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Descripción de los principales elementos estructurales de prestadores del Servicio público de radio y televisión en
Reino Unido, Francia y Alemania, en 201466
País
Número de canales públicos
Audiencia
servicio
público TV
en 2014
Audiencia
prestadores
privados TV
2014
Personal de la
Televisión
Pública
(TV y Radio)
Presupuesto
(Millones €/£)
Coste por
ciudadano
Vía de
financiación
televisión
radio
Gastos
Ingresos
REINO
UNIDO67
BBC
10
BBC One
BBC Two
BBC Three
BBC Four
BBC News
BBC
Parliament
BBC Alba
BBC HD
CBBC
CBeebies
10
Radio 1
Radio 2
1Xtra
Radio 3
Radio 4
Radio 4
Extra
Radio 5 Live
5 Live Sports
Extra
6 Music
Todos los
canales
BBC
32.9%
Privadas:
67%
18,974
(17,058 de
servicio público
y 1,916 de
World Service)
4,914 m£68
4,805m£
Canon:
145,5 £/año
o
12,3£/ mes
BBC:
Canon:
77,8%
Negocios
comerciales
BBC: 22,2%
FRANCIA69
France
Television
670
France 1
France 2
France 3
France 4
France 5
France O
-
-France TV:
28,8 %
- Arte : 2%
- Otros:
Privadas:
65-70 %
France
Télévisions :
10.131
4250 M€71
4210 M€72
Canon por
hogar/año:
131€
France
Télévisions:
89% canon
11%
publicidad
66
En el caso de la BBC los datos son de marzo 2014 a marzo 2015
67
Información facilitada por OFCOM y datos públicos de la BBC: http://downloads.bbc.co.uk/annualreport/pdf/2014-15/bbc-annualreport-201415.pdf
68
Año que acaba en 31 de marzo 2015. Ver Informe anual BBC: http://downloads.bbc.co.uk/annualreport/pdf/2014-15/BBC-FS-2015.pdf
69
Información facilitada por CSA.
70
Además, France Télevisions participa accionarialmente en otras cadenas temáticas francesas (Gulli, Planéte Juniors, Planète Thalassa, Planète Justicia y Mezzo)
y en cadenas internacionales (Euronews, TV5 Monde, Arte, Canal France Internacional, France 24 y Eurosport).
71
Fuente: Direction générale des médias et des industries culturelles.
72
Fuente: Estimación hecha por CSA.
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ALEMANIA
73
ARD74
1 Canal de
TV nacional
Das Erste
64 emisoras de
radio regionales
que se emiten
por las 9
estaciones de
ARD
3 emisoras
nacionales
emitidas por
ARD Y ZDF
Audiencia
del canal
TV
nacional:
12,5 %
Audiencia
de los
canales TV
regionales
(todos
juntos):
12,4 %
Audiencia de
los canales
privados TV
(juntos):
54,3%
19.771
correspondient
es a ARD sin el
personal de las
3 emisoras de
radio
nacionales.
6.910.216
Miles de
Euros
6.865.949
Miles de
Euros
Cada hogar
en Alemania
paga un
canon de
17.50 €/mes
ARD:
85% canon
6% publicidad
9% otras vías
7 canales
de TV
regionales
BR
HR
MDR
NDR
RBB
SWR
WDR
1 Canal de
TV
Educacional
ARD-alpha
3 canales
de TV
digitales
Tagesscha
u24
EinsPlus
Einsfestiva
l
73
Información facilitada por Die Medienanstalten. (Autoridad Audiovisual Alemana)
74
A efectos de la presente comparativa sólo se pondrán los datos de ARD. El resto de cadenas públicas ya han sido descritas anteriormente.
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Anexo 2
Listado y concreción de los reportajes de Informe Semanal en
el año 2014 con temática política
En relación estos 20 reportajes de temática política, se muestra a continuación
aquellos que tuvieron como invitados algunos de los agentes del Gobierno, el
Partido que lo sustenta o la oposición con identificación del programa.
Invitados del Gobierno
En el año 2014 hubo 7 reportajes que contaron con invitados del Gobierno:
El 11 de enero de 2014: ‘España cotiza en Washington’
El 22 de febrero de 2014: ‘Estado de la Nación’
El 15 de marzo de 2014: ‘Los impuestos que vienen’
El 28 de junio de 2014: ‘Fiscalidad: en clave de reforma’
El 26 de julio de 2014: ‘Reunión Rajoy-Mas: una puerta entreabierta’
El 8 de noviembre de 2014: ‘Querella contra Mas’
El 22 de noviembre de 2014: ‘Contra la corrupción’
Listado de invitados del PP y temática:
Los reportajes que han incluido invitados del PP en el año 2014 fueron estos 3:
El 1 de febrero de 2014: ‘Carrera hacia Europa’
El 20 de septiembre de 2014: ‘El verso suelto sales del guión’
El 25 de octubre de 2014: ‘Operación Púnica Grantum’
Listado de invitados del PSOE y temática:
Los reportajes que incluyeron invitados de la oposición se correspondieron con
2 reportajes donde sólo estuvo el PSOE:
El 25 de enero de 2014: ‘PSOE, PSC, primarias’
El 5 de julio de 2014: ‘PSOE: tres candidatos para fijar rumbo’
Resto de reportajes relacionados con temática política que no se enmarcan en
ningún partido político en particular:
A lo largo de 2014, hubo 8 reportajes relacionados con temática política que no
se enmarcan en ningún partido político en particular:
El 31 de mayo de 2014: ‘España en Europa’
El 2 de agosto de 2014: ‘Paro, cambio de tendencia’
El 6 de septiembre de 2014: ‘La diversidad catalana’
El 13 de septiembre de 2014: ‘La Diada 2014’
El 27 de septiembre de 2014: ‘Pujol bajo el foco’
El 4 de octubre de 2014: ‘Consulta en suspenso’
El 18 de octubre de 2014: ‘La consulta de Mas’
El 8 de noviembre de 2014: ‘El mapa político’
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Anexo 3
Relación de invitados a “Los Desayunos”
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Anexo 4
Informe del Defensor de RTVE
Cuadros por áreas y temática año 2014
iRTVE
Radio Nacional de España
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Deportes
Programas
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Técnica
Teletexto
Canal Internacional de TVE
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Informativos
Clan TV
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Anexo 5
Programación Responsable de la CRTVE (2013)
Responsabilidad social de la CRTVE e integración social de las minorías y
atender a grupos sociales con necesidades específicas (2013)
Fuente: Informe anual de Servicio Público y Responsabilidad Social de RTVE (2013)
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Anexo 6
Actividad editorial desarrollada en 2014
CD - CD y DVD - CD DVD y LIBRO firmados en 2014:
PRODUCTO
SONY MUSIC ENTERTAINMENT
SPAIN
CD. DISCO CLAN. VOLUMEN 2
UNIVERSAL MUSIC
CD. DUENDEANDO
UNIVERSAL MUSIC
CD y DVD. CAMARÓN: LA LEYENDA DEL TIEMPO
SONY MUSIC ENTERTAINMENT
ESPAÑA SL / ULTRIZ SL
PACK DVD, 2 CD y LIBRO. FLAMENCO PARA TUS
OJOS
SONY MUSIC ENTERTAINMENT
ESPAÑA SL / GESTMUSIC
ENDEMOL SL
2 CD. MIRA QUIÉN BAILA
SONY MUSIC ENTERTAINMENT
ESPAÑA SL
PACK DVD, CD y LIBRO. SERRAT Y SABINA, EL
SÍMBOLO Y EL CUATE
UNIVERSAL MUSIC
PACK DVD y CD. PETER & JACK LET'S CLAN Park
UNIVERSAL MUSIC / DING DONG
RECORDS
PACK DVD y CD. LOS LUNNIS, 10 AÑOS
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
DVD - DVD y LIBRO firmados en 2014:
PRODUCTO
BIG PICTURE AUDIOVISUAIS SA
DVD. DESAFÍO CHAMPIONS 1ª Temp. (26 Cap. x 11'
c/u)
EDICIONES UNIVERSIDAD DE
SALAMANCA
DVD y LIBRO. ENTREVISTA A JULIO CARO BAROJA
(del Programa ESPEJO DEL TIEMPO 04/01/1989)
GRUPO GANGA PRODUCCIONES /
DIVISA RED SAU
DVD. VICENTE FERRER
BOOMERANG TV SA / DIVISA RED
SAU
DVD. LOS MISTERIOS DE LAURA 3ª Temporada
MARE FILMS SL
DVD. TOTAL, LA CABINA, LOS PAJARITOS
DIARIO AS SL
DVD. FÚTBOL: ESPAÑA - MALTA (1983)
GRUPO GANGA PRODUCCIONES /
DIVISA RED SAU
DVD. CUÉNTAME CÓMO PASÓ 15ª Temporada
MULTIMUSIC SA de CV
DVD. ISABEL 1ª y 2ª Temporada
DIAGONAL TV SA / DIVISA RED
SAU
DVD. ISABEL 3ª Temporada
GLOBO MEDIA SA / DIVISA RED
SAU
DVD. ÁGUILA ROJA 6ª Temporada
DIVISA RED SAU
DVD. LA PASIÓN DEL PRADO
39 ESCALONES FILMS SL
DVD. LOS TRES MOSQUETEROS
Fuente: Requerimiento de información CNMC 2014 a CRTVE.
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LIBROS - REVISTAS - CD - DVD firmados en 2014 (GENERAL):
PRODUCTO
SONY MUSIC ENTERTAINMENT
SPAIN
CD. DISCO CLAN. VOLUMEN 2
RBA REVISTAS SL
REVISTA. SABER COCINAR
UNIVERSAL MUSIC
CD. DUENDEANDO
UNIVERSAL MUSIC
CD y DVD. CAMARÓN: LA LEYENDA DEL TIEMPO
RBA REVISTAS SL
LIBROS. COCINA PARA CADA DÍA y RECETAS DE
TEMPORADA. Libros de recetas de Sergio de LA
MAÑANA DE LA 1
EDITORIAL PLANETA / GLOBO
MEDIA
LIBRO. EL SIGLO DE ÁGUILA ROJA. Libro ilustrado
RBA REVISTAS SL / SHINE IBERIA
SLU
REVISTA. MASTERCHEF
SHINE IBERIA SLU-SUCURSAL EM
PORTUGAL
LIBRO. FOTOGRAFÍAS DEL LIBRO DEL GANADOR
DE MASTERCHEF 1ª EDICIÓN EN ESPAÑA PARA
LIBRO MASTERCHEF EN PORTUGAL
SONY MUSIC ENTERTAINMENT
ESPAÑA SL / ULTRIZ SL
PACK DVD, 2 CD y LIBRO. FLAMENCO PARA TUS
OJOS
EDICIONES PLANETA MADRID SA /
SHINE IBERIA SLU
LIBROS. MASTERCHEF, LAS MEJORES RECETAS y
MASTERCHEF, EL GANADOR. Segunda Temporada
SONY MUSIC ENTERTAINMENT
ESPAÑA SL / GESTMUSIC
ENDEMOL SL
2 CD. MIRA QUIÉN BAILA
SONY MUSIC ENTERTAINMENT
ESPAÑA SL
PACK DVD, CD y LIBRO. SERRAT Y SABINA, EL
SÍMBOLO Y EL CUATE
ESPASA LIBROS SL
LIBRO. REFRANES DE EL TIEMPO
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REIMPRESIÓN LIBRO. SINTONIZANDO EL FUTURO
INSTITUTO RTVE
REIMPRESIÓN LIBRO. FICCIÓN RADIOFÓNICA, de
Emma Rodero
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REIMPRESIÓN LIBRO. REALIZACIÓN DE
DEPROTES EN TELEVISIÓN, de Antón Benítez
INSTITUTO RTVE
REIMPRESIÓN LIBRO. LA RADIO, TEORÍA Y
PRÁCTIVA, de César Gil.
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REVISTAS firmadas en 2014:
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Anexo 7
Actividad de la Orquesta y Coro de RTVE en 2014
A continuación se detalla la actividad del Coro y la Orquesta de CRTVE durante
el año 2014, atendiendo a los ciclos y grabaciones realizadas:
Ciclo de música de cámara
En colaboración con Radio Clásica de RNE, en 2014 se celebró la XVIII edición
del Ciclo de música de cámara de la Orquesta Sinfónica y el Coro de RTVE.
Este año se llevaron a cabo ocho conciertos tanto de carácter instrumental
como vocal. La mayoría de los participantes eran miembros de la Orquesta
Sinfónica y el Coro de RTVE. Los conciertos se celebraron en el Teatro
Monumental, siendo la entrada gratuita.
Radio Clásica emitió en directo este Ciclo y TVE grabó dos conciertos para su
posterior emisión.
Ciclo de jóvenes músicos
El Ciclo de jóvenes músicos de la Orquesta Sinfónica y Coro de RTVE es una
poderosa plataforma de apoyo al talento emergente. Además de una finalidad
formativa, su objetivo es la promoción y difusión de los nuevos valores
nacionales e internacionales, así como acercar la música clásica a las nuevas
generaciones.
A lo largo del 2014 se ofrecieron conciertos del Ciclo de jóvenes músicos en
sus ediciones XIV y XV. Todos ellos tuvieron como escenario el Teatro
Monumental de Madrid.
El XIV Ciclo consistió en cuatro conciertos celebrados los días 25 de octubre, 8
de noviembre de 2013, y 9 y 16 de mayo de 2014, y una vez más se fomentó la
participación de las nuevas caras del panorama de la música clásica en
España:
El primero de los conciertos de 2014 fue dirigido por el joven director Leo
McFall, con la participación de Alberto Menéndez, trompa.
El segundo concierto de 2014 fue dirigido por Alexander Prior, junto con la
violonchelista Beatriz Blanco, intérprete galardonada en el Concurso
Permanente de Jóvenes Intérpretes. Concierto organizado en colaboración
con Juventudes Musicales de España.
En octubre de 2014 comenzó el XV Ciclo de jóvenes músicos. Se realizaron
dos conciertos:
El primer concierto fue dirigido por Jorge Francés e intervino Jorge Nava,
piano.
En el segundo concierto la batuta estuvo a cargo de la joven directora Zoi
Tsokanou.
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Ciclo música coral
A lo largo del año 2014 se llevaron a cabo tres conciertos del Ciclo de música
coral, todos celebrados en el Teatro Monumental, de Madrid.
El XII Ciclo que empezó en octubre de 2013 prosiguió durante los meses de
febrero y junio de 2014 en el Teatro Monumental:
Concierto nº. 3 del XII Ciclo, dirigido por Carlos Kalmar. El repertorio incluyó
obras sacras de Bruckner, Canciones flolklóricas de Vaughan Williams y
páginas del compositor actual Eric Whitacre.
Concierto n°. 4 del XII Ciclo, dirigido por Carlos Aransay, bajo el título
'Nosotros y nuestra música'.
El XIII Ciclo se celebró en los meses de octubre a diciembre de 2014 en el
Teatro Monumental:
Concierto n°. 1 del XIII Ciclo, dirigido por Enrique Azurza fue un
monográfico sobre música norteamericana del siglo XX.
Conciertos extraordinarios:
Durante el año 2014, la Orquesta Sinfónica y el Coro de RTVE ofrecieron 27
siguientes conciertos extraordinarios:
Concierto 'in memoriam' homenaje a todas las víctimas del terrorismo
La Orquesta Sinfónica y el Coro participaron en esta nueva edición con un
único concierto que se celebró en el Auditorio Nacional. Se celebró el día 12
de marzo bajo la dirección de Carlos Kalmar incluyendo en el repertorio el
Gloria de Poulency la Sinfonía núm. 6 Patética, de Thcaikovsky.
El concierto se emitió en directo por La 2 de TVE y por Radio Clásica de
RNE, y contó con la presencia de sus Altezas los Príncipes de Asturias.
Colaboración del Coro de RTVE con la Orquesta y Coro Nacionales de
España para afrontar la 'Atlántida' de Manuel de Falla, bajo la dirección de
Josep Pons, en el Auditorio Nacional.
Concierto del Coro de RTVE en el Concierto de abono 9 de la Orquesta de
Valencia bajo la dirección de Yaron Traub. Palau de la Música de Valencia.
Sala Iturbi.
La Orquesta Sinfónica de RTVE participó en el XXIV Festival de Arte Sacro
de la Comunidad de Madrid. Concierto celebrado en la Basílica
Hispanoamericana de la Merced, bajo la dirección de Francisco Valero-
Terribas.
Participación del Coro de RTVE en el funeral de Estado por Adolfo Suárez,
en la catedral de la Almudena de Madrid.
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Gala Lírica. Orquesta Sinfónica y Coro RTVE bajo la dirección de Cristóbal
Soler y contando como solistas con Sonia de Munck (soprano), Marina
Rodríguez Cusí (mezzosoprano), Enrique Ferrer (tenor) y Manuel Lanza
(barítono).
Concierto didáctico. Orquesta Sinfónica RTVE, dirigida por Miguel Guerra
en mayo de 2014 en el Teatro Monumental.
Clásicos en Verano 2014 de la Comunidad de Madrid. Orquesta Sinfónica y
Coro de RTVE con Manuel Hernández-Silva como director y Ma José
Montiel como mezzosoprano en julio de 2014 en el Teatro Monumental.
Participación del Coro de RTVE en el 63° Festival internacional de música y
danza de Granada. La Fura deis Baus: 'Carmina Burana' en el Palacio de
Carlos V de Granada.
VIII Festival música al Atardecer en el patio de carruajes del Real
Monasterio de San Lorenzo de El Escorial con la Orquesta Sinfónica de
RTVE, dirigida por Gustavo Gimeno.
Concierto extraordinario por motivo de la clausura de los Veranos de la Villa
2014 en la Plaza Mayor de Madrid. La Orquesta Sinfónica y Coro de RTVE,
dirigida por Juanjo Mena, interpretó 'Carmina Burana',de Orff. Intervinieron
como solistas Raquel Lojendio (soprano), Agustín Prunell-Friend (tenor) y
Jochen Kupfer, (barítono).
Colaboración del Coro de RTVE con la Orquesta y Coro de la Comunidad
de Madrid (ORCAM), bajo la dirección de Víctor Pablo Pérez. Se interpretó
'War Réquiem' de Britten en el Auditorio Nacional de Música.
Tango mano a mano. Pasión Vega y José Manuel Zapata junto con la
Orquesta Sinfónica de RTVE, con Joan Albert Amargos como director, en el
Teatro Monumental.
Colaboración del Coro de RTVE en la RAE con motivo de la 23a edición del
DRAE.
Colaboración del Coro de RTVE con la Orquesta y Coro Nacionales de
España (OCNE), bajo la dirección de Ramón Tébar. Se interpretó
'Alexander Nevsky, Op. 78' de Prokofiev en el Auditorio Nacional de Música.
Colaboración del Coro de RTVE con la Orquesta y Coro Nacionales de
España (OCNE), bajo la dirección de Eliahu Inbal. Se interpretó 'Gurrelieder'
de Schoenberg en el Auditorio Nacional de Música.
Concierto extraordinario de Navidad. Orquesta Sinfónica y Coro de RTVE,
dirigidos por Carlos Kalmar en el Teatro Monumental.
VIII Concierto extraordinario de la Orquesta Sinfónica y Coro de RTVE para
la campaña solidaria 'Un juguete, una ilusión' con César Álvarez como
director en el Teatro Monumental.
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Grabaciones para TVE:
Grabación banda sonora del documental sobre Gervasio Sánchez.
Orquesta Sinfónica RTVE, dirigida por Juan Bardem.
Grabación banda sonora de la serie de TVE ‘Prim, el misterio de la calle del
Turco’. Orquesta Sinfónica de RTVE bajo la dirección de Miguel Guerra.
Grabación BSO programa ‘Imprescindibles’ dedicado a José Luis
Sampedro. Orquesta Sinfónica de RTVE dirigida por Pablo Miyar.
Grabación BSO programa ‘Imprescindibles’. Orquesta Sinfónica de RTVE
dirigida por Miguel Guerra.
Grabaciones discográficas y colaboraciones audiovisuales:
Grabación ‘Raphael Sinfónico’. Orquesta Sinfónica RTVE dirigida por
Fernando Velázquez.
Grabación CD ‘Nuestra navidad’, villancicos del compositor Juan José
Colomer. Orquesta Sinfónica y Coro RTVE, bajo la dirección de Miguel
Guerra.
Grabación CD monográfico dedicado a García Román (sello Verso).
Orquesta Sinfónica RTVE dirigida por Arturo Tamayo.
Grabación CD protagonizado por la mezzosoprano María José Montiel.
Orquesta Sinfónica y Coro RTVE bajo la dirección de Manuel Hernández-
Silva.
Grabación BSO película ‘Tiempo sin aire’. Orquesta Sinfónica y Coro de
RTVE dirigida por Fernando Buide.
Grabación BSO película ‘Crimson Peak’, Orquesta Sinfónica de RTVE
dirigida por Fernando Velázquez.
Grabación CD de Pasión Vega. Orquesta Sinfónica de RTVE dirigida por
Fernando Velázquez.
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Anexo 8
Festivales apoyados por RNE
Radio 3
Produjo y emitió en todo el territorio nacional festivales para poner en valor la
creatividad de diferentes ciudades y Comunidades Autónomas (Las Palmas,
Vigo, Albacete, Valencia, Granada, Palma de Mallorca y Gijón).
Radio 3 también ha estado presente en directo en Medialab Madrid, el
encuentro de gestión cultural Publica, Cineteca Madrid, Filmoteca Catalunya,
ARCO, Universidad Complutense, Museo Reina Sofía, Casa de América,
Festival de Cannes, Matadero Madrid, La Térmica de Málaga, Museo
Thyssen, LIPA de Liverpool, el Festival de Cine de San Sebastián, Teatros
del Canal de Madrid o el Instituto Cervantes.
Emisora joven de RNE
Emitió los festivales SOS de Murcia, Womad de Cáceres, SOS de Murcia,
Universimad de Madrid, Sonar de Barcelona, Contempopranea de Badajoz,
Día de La Música de Madrid, Cruilla de Barcelona, FIB de Benicassim, Low
de Benidorm, La Mar de Músicas de Cartagena, Portamérica de Vigo, La
Radio Encendida de Madrid, Uburama de Burgos, Vida, Pirineos Sur de
Huesca, Sonorama de Aranda de Duero, Rottotom de Benicassim, Jazz de
San Javier, D Code de Madrid y Monkey Week de El Puerto de Santa María,
entre otros.
RNE Barcelona
Colaboró entre otros con el Institut Català de la Dona, Filmoteca de
Catalunya, Universitat Politècnica de Catalunya, Escola Municipal de Música
de Catalunya, Festival de Cinema Independent de Barcelona, Taula del
Tercer Sector Social de Catalunya, Mostra de Cinema Italià de Barcelona,
Festival de Cinema Independent de Barcel.
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Anexo 9
Convenios suscritos por la CRTVE en 2014 con entidades y
organismos públicos, privados, nacionales e
internacionales
A los efectos de cumplir con esta misión, desde la CRTVE se promueven y
alcanzan convenios y acuerdos con las administraciones públicas, sus
organismos y empresas públicas.
La naturaleza de los convenios suscritos en 2014 con el Estado, Comunidades
Autónomas y otros organismos es muy variada. A continuación se relacionan
los más destacados:
Casa Real: Adenda de renovación del convenio suscrito para la realización y
difusión de actividades de la Corona.
Ministerio de Defensa: Convenio por el que ambas partes se comprometen a
estudiar y acordar vías de colaboración en los aspectos referentes a la
aportación mutua de documentos audiovisuales pertenecientes a sus
respectivos archivos.
Ministerio de Educación, cultura y deporte: renovación de Adenda al
Convenio para la producción de ‘La aventura del saber’.
Ministerio del Interior: Convenio para la difusión de los mensajes de aviso de
colaboración a la población mediante el sistema de alerta temprana por
desaparición de menores.
Ministerio de Sanidad, Servicios sociales e Igualdad: se firmaron dos
Convenios, uno para fomentar el uso saludable de la televisión y otro en
materia de lucha contra la violencia de género.
Marca España: Convenio para el desarrollo, seguimiento, potenciación y
difusión del concepto Marca España.
Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP): Convenio para
facilitar la emisión por RTVE de imágenes tomadas en diversos lugares
públicos de significada notoriedad y reconocimiento general de los
Municipios que se adhieran al Convenio.
Ayuntamientos: Convenios para realizar retransmisiones de fiestas.
Con la Biblioteca Nacional, para la organización de la exposición temporal
gratuita denominada Retrato y literatura.
Con el Teatro Real de Madrid, para el fomento y la difusión de las artes y la
cultura en su más amplio sentido, mediante la difusión de aquellos títulos de
la temporada que se determinaron.
Con CNIC, con el fin de acercar al ciencia a la sociedad mediante la
divulgación de noticias relacionadas con la investigación y la salud.
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Con Cruz Roja España, con el fin de divulgar tareas relacionadas con la
salud y la prevención de los sectores de la población más desfavorecidos y
para el desarrollo de una acción de voluntariado internacional en Indonesia.
Con ONCE, con el objeto de divulgar tareas relacionadas con la salud y la
prevención de los sectores de la población más desfavorecidos.
Con FECYT, para la coproducción del programa ‘Órbita Laika’ de divulgación
científica.
Con la Fundación del V Centenario del nacimiento de Santa Teresa de
Jesús, para regular la participación de RTVE en la divulgación y promoción
de la efeméride.
Con la Fundación Víctimas del Terrorismo, renovación del Convenio que
tiene como fin el seguir colaborando en la promoción el conocimiento y la
difusión de los principios constitucionales y los valores cívicos y de paz,
mostrando especial respeto y atención a la sensibilidad de las víctimas de
actos terroristas. Como en los últimos años, se acordó también la
celebración del concierto de homenaje a las víctimas.
Con la Fundación Reina Sofía, para la difusión de las actividades
relacionadas con el ‘Proyecto Alzheimer’ que lleva a cabo la fundación,
especialmente con la edición ‘Recuerda’.
Con la Fundación Gil Gayarre, para la realización de prácticas formativas en
RTVE de estudiantes con discapacidad intelectual.
Con AECID, para que la red de centros culturales de AECID en
Latinoamérica tuviese derecho a la reemisión de programas de Radio
Exterior con el fin de difundir aspectos de la cultura española, en
cumplimiento de nuestra misión de servicio público.
Con instituciones internacionales, se renovó el acuerdo con ATEI para el
suministro por su parte del programa ‘Noticias culturales Iberoamericanas’
para su difusión por el Canal 24 horas o por cualquiera de sus otros canales.
También se firmó un Convenio con el ministerio de Educación de Francia
con el objeto de facilitarles una lista de contenidos audiovisuales de RTVE
para enseñar español en aulas en Francia.
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