Resolución S/0354/11 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 27-02-2013

Fecha27 Febrero 2013
Número de expedienteS/0354/11
Tipo de procesoDenuncia
Actividad EconómicaCompetencia
1
RESOLUCIÓN
(Expte. S/0354/11, ORACLE)
Consejo
D. Joaquín García Bernaldo de Quirós, Presidente
Dª. Pilar Sánchez Núñez, Vicepresidenta
D. Julio Costas Comesaña, Consejero
Dª. Mª Jesús González López, Consejera
Dª. Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera
D. Luis Díez Martín, Consejero.
En Madrid, a 26 de febrero de 2013
El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (el Consejo), con la
composición expresada y siendo Ponente el Consejero Don Luis Diez Martin, ha
dictado la siguiente Resolución en el expediente S/0354/11 incoado por la
Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (DI) a raíz
de una denuncia de Hewlett Packard Company y Hewlett Packard Española, S.L.
(conjuntamente HP) contra Oracle Corporation y Oracle lbérica, S.R.L.
(conjuntamente ORACLE) por presuntas prácticas restrictivas de la competencia
en el ámbito de los sistemas de gestión de bases de datos relacionales,
prohibidas en los artículos 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la
Competencia (LDC), y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
(TFUE).
ANTECEDENTES DE HECHO
1.- Con fecha 6 de julio de 2011 se recibió en la Comisión Nacional de la
Competencia (CNC) escrito de denuncia de HP contra ORACLE, por
supuestas conductas prohibidas por la LDC y el Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea (TFUE), consistentes en una serie de prácticas que
suponen un abuso de una posición de dominio en el ámbito de los sistemas
de gestión de bases de datos relacionales (folios 1 a 386).
2.- En particular, según la denuncia, estas prácticas derivarían de la decisión de
ORACLE, anunciada el 22 de marzo de 2011, de suspender todos sus
desarrollos de sofware para el procesador Itanium de lntel Corporation
(INTEL), utilizado fundamentalmente en la familia de servidores lntegrity de
HP, que puede dar lugar a una negativa injustificada en la prestación de
servicios y a una discriminación abusiva. Asimismo, según la denuncia, estas
prácticas derivarían de la modificación de la política de precios de los
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sistemas de bases de datos relacionales Enterprise de ORACLE a partir de
diciembre de 2010, que puede dar lugar a una discriminación abusiva.
3.- En el marco de esta denuncia HP solicitó a la CNC la adopción de
determinadas medidas cautelares.
4.- A la vista de dicha denuncia, la DI inició una información reservada de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la LDC, con el fin de determinar, con
carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen, en su
caso, la incoación de expediente sancionador.
5.- En el marco de dicha información reservada, con fecha 13 de julio de 2011, la
DI envió un requerimiento de información a 15 empresas y organismos
públicos, usuarios de sistemas de gestión de bases de datos relacionales
(folios 400 a 418, y 456 a 461). Estos fueron [el XXX, la XXX, la XXX, el XXX,
XXX, XXX, XXX, XXX, XXX, XXX, XXX, XXX, XXX, XXX, XXX y XXX].
6.- Las respuestas a los anteriores requerimientos tuvieron entrada el 18 de julio
de 2011 [XXX], 19 de julio de 2011 [XXX, XXX, la XXX, y XXX], 20 de julio de
2011 [XXX], 21 de julio de 2011 [XXX e XXX, XXX], 22 de julio de 2011 [XXX
y XXX], 26 de julio de 2011 [XXX], 27 de julio de 2011 [XXX y XXX], 5 de
agosto de 2011 [XXX], y 8 de agosto de 2011 [XXX].
7.- Con base en la información reservada, la DI observó indicios racionales de
infracción de la LDC y del TFUE, por lo que, de conformidad con lo
establecido en el artículo 49.1 de la LDC, acordó con fecha 28 de julio de
2011 la incoación de expediente sancionador (expediente que quedó
registrado con el numero S/0354/11) contra Oracle Corporation y Oracle
lbérica, S.R.L. (ORACLE) por prácticas restrictivas de la competencia
prohibidas en los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE (folios 658 y 659),
concediendo la condición de interesado en el expediente a los denunciantes,
Hewlett Packard Company y Hewlett Packard Española, S L. (HP).
8.- Con fecha 29 de julio de 2011, HP presentó un escrito de alegaciones en el
que aportó determinada información (folios 673 a 690).
9.- Con fecha 16 de septiembre de 2011, la DI envió requerimientos de
información a HP (folios 835 a 837), ORACLE (folios 838 a 842), [XXX, XXX,
e XXX]. Sus respuestas tuvieron entrada en la CNC con fechas 28 de
septiembre de 2011 (HP, folios 882 a 1.091), 4 de octubre (ORACLE, folios
1.296 a 1.476; [XXX; XXX, y 10 de octubre de 2011 XXX], respectivamente.
10.- Con fecha 25 de noviembre de 2011, HP presentó un escrito (folios 1.618 a
2.069) por el que volvían a reiterar su solicitud de adopción de medidas
cautelares, basándose en esta ocasión en nueva documentación interna de
ORACLE obtenida en el transcurso de la fase de discovery del litigio judicial
que enfrenta a ambas sociedades en EE.UU.
11.- Con fecha 7 de diciembre de 2011, HP presentó un escrito (folios 2.113 a
2.118) por el que aportaba documentación complementaria a la aportada con
fecha 25 de noviembre de 2011.
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12.- Con fecha 9 de enero de 2012, mediante acuerdo del instructor (folios 2.147 y
2.148), se incorporó al expediente cierta documentación en formato papel
procedente de la página web corporativa de ORACLE (folios 2.150 a 2.171).
13.- Con fecha 13 de enero de 2012, HP presento un escrito (folios 2.172 a 2.212)
por el que aportaba la versión confidencial de la resolución de la autoridad
francesa de la competencia sobre denegación de medidas cautelares
solicitadas por HP a raíz de las mismas presuntas prácticas anticompetitivas
denunciadas en España. Asimismo, en dicho escrito ofrecían una valoración
de dicha resolución.
14.- Con fecha 16 de enero de 2012, ORACLE presentó un escrito por el que
aportaba las alegaciones que había presentado en el marco del procedimiento
francés sobre adopción de medidas cautelares anteriormente reseñado (folios
2.215 a 2.450).
15.- Con fecha 25 de enero de 2012, la DI envió requerimientos de información a
HP (folios 2.452 a 2.457), ORACLE (folios 2.458 a 2.465), [XXX, XXX, y XXX].
16.- Las respuestas a los anteriores requerimientos tuvieron entrada el 8 de
febrero de 2012 (HP, folios 2.526 a 2.601), 10 de febrero de 2012 (ORACLE,
folios 2.603 a 2.616; [XXX], 14 de febrero de 2012 [XXX] y 22 de febrero de
2012 [XXX]. Ante la ausencia de respuesta de [XXX] dentro del plazo
acordado, se le reiteró la solicitud de información con fecha 17 de febrero de
2012 (folios 2.645 a 2.653.1), respondiendo con fecha 2 de marzo de 2011
(folios 2.718 a 2.720), respuesta completada con un escrito posterior de 5 de
marzo de 2012 (folios 2.723 a 2.729).
17.- Con fecha 6 de febrero de 2012, la DI envió un nuevo requerimiento de
información a ORACLE (folios 2.510 a 2.516), ante el cual ORACLE remitió un
escrito que tuvo entrada en la CNC con fecha de 24 de febrero de 2012 (folios
2.689 a 2.694), en el que argumentaba que no estaba en disposición de
aportar las estimaciones solicitadas por la DI. Ante la falta de respuesta en
dicho escrito a lo requerido, la DI reiteró a ORACLE la solicitud de información
con fecha 28 de febrero de 2012 (folios 2.697 a 2.702), cuantificando la multa
coercitiva diaria a imponer en caso de falta de respuesta (folios 2.711 a
2.715). La respuesta de ORACLE a esta reiteración tuvo entrada el 6 de
marzo de 2012 en su versión confidencial (folios 2.730 a 2.899) y el 13 de
marzo de 2012 en su versión no confidencial (folios 2.952 a 2.953). La DI
consideró que con dicha respuesta ORACLE seguía sin atender a su deber de
colaboración y a su obligación de dar cumplida respuesta al requerimiento de
la CNC de.6 de febrero de 2011, por lo que se dirigió de nuevo a ORACLE,
con fecha 16 de marzo de 2012, para reiterar la solicitud de información
concretando la multa coercitiva hasta dicha fecha por el retraso en el
cumplimiento de dicha obligación (folios 3.007 a 3.011). La respuesta parcial
de ORACLE a la información requerida en la nueva reiteración tuvo entrada
en la CNC con fecha 20 de marzo de 2012 (folios 3.013 a 3.058), estando
pendiente la recepción de la contestación completa a la fecha de elaboración
del Pliego de Concreción de Hechos (PCH).
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18.- Con fecha 17 de febrero de 2012, la DI envió un nuevo requerimiento de
información a [XXX], cuya respuesta tuvo entrada en la CNC con fecha de 24
de febrero de 2012 (folios 2.695 y 2.696).
19.- Con fecha 27 de febrero de 2012, ORACLE presentó un escrito por el que
solicitaba que se archivasen las actuaciones con base en distintos motivos
(folios 2.703 a 2.710).
20.- Con fecha 13 de marzo de 2012, HP presentó un escrito (folios 2.906 a
2.945) por el que aportaba determinada documentación complementaria.
21.- Con fecha 13 de marzo de 2012, la DI envió un requerimiento de información
a HP (folios 2.946 a 2.951), cuya respuesta tuvo entrada en la CNC con fecha
de 20 de marzo de 2012 (folios 3.060 a 3.116).
22.- Con fecha 16 de marzo de 2012, mediante acuerdo del instructor (folios 2.967
y 2.968), se incorporó al expediente cierta documentación en formato papel
procedente de distintas páginas web (folios 2.969 a 3.006).
23.- El 21 de marzo de 2012 la DI formula el PCH que fue notificado a HP (folios
3.212 a 3.301 y 3.392) y ORACLE (folios 3.302 a 3.391 y 3.393) con fecha 23
de marzo de 2012. Junto con esta notificación, se requirió a ORACLE su
volumen de negocios total en el año 2011.
24.- Con fecha 20 de abril de 2012 tuvo entrada en la CNC un escrito de ORACLE
(folios 3.801 a 4.242) formulando alegaciones al PCH, escrito que fue
complementado con fecha 23 de abril de 2012 con la presentación de dos
versiones adicionales del mismo (folios 4.244 a 4.382). Junto con sus
alegaciones ORACLE solicitó que se suspendiera el plazo máximo para dictar
y notificar la Resolución con el fin de cooperar y coordinar actuaciones con la
Unión Europea según el art. 37.1c) de la LDC.
25.- Con fecha 24 de abril de 2012 tuvo entrada en la CNC un escrito de HP
(folios 4.403 a 4.545) formulando alegaciones al PCH, escrito que fue
complementado con fecha 26 de abril de 2012 con la presentación de su
versión no confidencial (folios 4.547 a 4.632).
26.- Con fecha 21 de marzo de 2012 tuvo entrada en la CNC un escrito de
ORACLE, en el que solicitaba levantamiento de la confidencialidad de parte
de la documentación que había sido declarada cautelarmente confidencial por
la DI, en su mayoría aportada por HP (fotios 3.394 a 3.405).
27.- El 23 de marzo de 2012 se trasladó a HP la solicitud de levantamiento de
confidencialidad de ORACLE, para que alegase lo que estimara conveniente
en cuanto al levantamiento de la confidencialidad de los documentos que
había aportado HP (folios 3.406 a 3.40g).
28.- Con fecha 26 de marzo de 2012 ORACLE aportó la contestación completa al
requerimiento de información de la DI de 6 de febrero de 2012 (folios 3.411 a
3.416 y 3.479 a 3.483).
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29.- El 30 de marzo de 2012 la DI acordó la imposición de una multa coercitiva a
ORACLE de 26.400 euros (fotios 3.447 a 3.450), por haber incumplido el
deber de colaboración con la CNC, al haberse retrasado en la contestación
efectiva y completa del requerimiento de 6 de febrero de 2012 hasta el 26 de
marzo de 2012, a pesar de que el mismo había sido reiterado el 28 de febrero
de 2012 y et 16 de marzo de 2012. La imposición de esta multa coercitiva fue
recurrida por ORACLE ante el Consejo de la CNC (expediente R/0101/12) el
11 de abril de 2012. El recurso fue desestimado mediante Resolución del
Consejo de 10 de julio de 2012, que fue recurrida ante la jurisdicción
contencioso-administrativa.
30.- Con fecha 12 de abril de 2012 tuvieron entrada en la CNC las alegaciones de
HP (folios 3.488 a 3.786) en relación con la solicitud de levantamiento de
confidencialidad de ORACLE de 21 de marzo de 2012. En este escrito, HP
levanta parte de la confidencialidad previamente solicitada, pero justifica el no
levantamiento de la confidencialidad del resto de la documentación.
31.- Con fecha 26 de abril de 2012 la DI dictó un acuerdo en relación con la
solicitud de levantamiento de confidencialidad de ORACLE de 21 de marzo de
2012, en el que en parte accedía a la solicitud de ORACLE, pero en el que
también se denegaba parcialmente el levantamiento solicitado (folios 4.384 a
4.393). Este acuerdo fue recurrido por ORACLE ante el Consejo de la CNC
(expediente R/103/12) el 10 de mayo de 2012. El Consejo desestimó el
recurso mediante Resolución de 9 de julio de 2012, que fue recurrida ante la
jurisdicción contencioso-administrativa.
32.- El 9 de mayo de 2012 tuvo entrada en la CNC un escrito de la Dirección
General de Competencia de la Comisión Europea (folios 4.908 a 4.910)
solicitando copia del PCH de 21 de marzo de 2012, así como de las
alegaciones de ORACLE al mismo. Esta información fue remitida a la
Comisión Europea el 10 de mayo de 2012 (folios 4.912 a 4.914), siendo
ORACLE informada de la remisión a la Comisión Europea de sus alegaciones
al PCH el mismo 10 de mayo de 2012 (folios 4.915 a 4.919).
33.- Con fecha 24 de mayo de 2012 tuvo entrada en la CNC un escrito de
ORACLE, en el que solicitaba el levantamiento de la confidencialidad de parte
de las alegaciones de HP al PCH que habían sido declaradas cautelarmente
confidenciales por la DI (folios 5.019 a 5.030).
34.- Esta solicitud de ORACLE se trasladó a HP el 25 de mayo de 2012 (folios
5.031 a 5.035), para que alegase lo que estimara conveniente.
35.- El escrito de HP en relación con el levantamiento de la confidencialidad de
parte de sus alegaciones al PCH tuvo entrada en la CNC el 4 de junio de
2012 (folios 5.041 a 5.178), junto con una nueva versión no confidencial de
sus alegaciones al PCH.
36.- El 6 de junio de 2012 la DI acuerda cerrar la fase instrucción y se lo notifica a
las partes el 21 de junio de 2012.
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37.- El 22 de junio de 2012 la DI formula la Propuesta de Resolución (PR) que se
notifica a las partes en la misma fecha.
38.- Con fecha 9 de julio de 2012 la DI dictó un Acuerdo por el que resolvía la
solicitud presentada por ORACLE con fecha 24 de mayo de 2012, sobre
levantamiento de confidencialidad. Este acuerdo fue recurrido por ORACLE
ante el Consejo de la CNC (expediente R/111/12) el 27 de julio de 2012. El
recurso fue desestimado mediante Resolución del Consejo de 17 de octubre
de 2012.
39.- El 18 de julio de 2012 se reciben en la CNC las alegaciones de ORACLE a la
PR.
40.- El 20 de julio de 2012 se reciben en la CNC las alegaciones de HP a la PR.
41.- El 19 de julio de 2012, la DI eleva al Consejo su Informe y Propuesta de
Resolución.
42.- El 31 de julio de 2012 se recibe escrito de ORACLE en el que solicita se
acuerde la suspensión del plazo del procedimiento para la coordinación con la
Comisión Europea y cualquier otra autoridad nacional de competencia que
pudiera estar analizando las mismas conductas.
43.- El 3 de septiembre de 2012 el Consejo acuerda solicitar a las partes
alegaciones acerca de la posibilidad de suspender el computo del plazo
máximo para resolver en tanto la Comisión Europea toma una decisión sobre
las mismas conductas. El Acuerdo es notificado a las partes el 7 de
septiembre de 2012 y el 13 de septiembre se reciben las alegaciones. El
Consejo, en su reunión de 19 de septiembre, acordó no suspender el
procedimiento sin perjuicio de la aplicación del artículo 37.2 a) de la LDC,
para el caso en que la Comisión Europea procediese a incoar procedimiento
por los mismos hechos. Acuerdo que se notificó a las partes.
44.- El 5 de septiembre de 2012 se recibe en la CNC escrito de ORACLE
informando que han hecho público un comunicado poniendo de manifiesto
que continuará los desarrollos de software para el procesador Itanium.
45.- El 20 de septiembre de 2012 se recibe en la CNC escrito de HP informando
sobre la decisión de 28 de agosto de 2012 del Tribunal Superior de California,
Condado de Santa Clara.
46.- El 21 de noviembre de 2012 se reciben en la CNC alegaciones adicionales de
ORACLE en las que, además, solicita vista si se decidiera no archivar el
expediente.
47.- El 26 de noviembre de 2012 el Consejo dictó Acuerdo para la remisión a la
Comisión Europea de la Propuesta de Resolución del expediente en los
términos en que se señala en el artículo 11.4 del Reglamento CE 1/2003,
informando a los interesados y suspendiendo, en base al artículo 37.2.c) de la
Ley 15/2007 el cómputo del plazo máximo para resolver el expediente hasta
que por la Comisión Europea se diera respuesta a la información remitida.
Transcurrido el plazo de 30 días a que se refiere el último precepto señalado,
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por Acuerdo de 27 de diciembre de 2012, se acordó y notificó la reanudación
del cómputo del plazo máximo para resolver el expediente de referencia.
48.- El 10 y el 20 de diciembre de 2012 se reciben en la CNC alegaciones
adicionales de HP.
49.- El 17 de enero de 2013 tiene entrada en la CNC documento aportando
alegaciones de HP reiterando versiones no confidenciales de los escritos de
alegaciones presentados al Consejo en fecha 20 de septiembre y 10 y 20 de
diciembre de 2012.
50.- El Consejo terminó de deliberar y falló el presente expediente en su sesión de
20 de febrero de 2013.
51.- Son interesados:
-Hewlett Packard Company
-Hewlett Packard Española, S.L
-Oracle Corporation
-Oracle lbérica, S.R.L
HECHOS ACREDITADOS
1.- LAS PARTES
La descripción contenida en el PCH respecto a las empresas afectadas por el
presente expediente sancionador es la siguiente:
Hewlett Packard Company es una empresa estadounidense que vende
bienes y servicios en los sectores de infraestructuras tecnológicas
empresariales (servidores, dispositivos de almacenamiento y software
relacionado), hardware informático de uso personal y soluciones de impresión
e imagen digital, entre otros.
Hewlett Packard Española, S.L, es la filial de Hewlett Packard Company que
tiene como objeto la distribución y promoción de sus productos en España.
En esta Resolución se denomina a Hewlett Packard Company y Hewlett
Packard Española, S.L. conjuntamente como HP, por formar parte ambas del
mismo grupo empresarial.
Oracle Corporation es una empresa estadounidense que se dedica al
desarrollo, fabricación y distribución de software empresarial (middleware,
base de datos y software de aplicaciones empresariales) y servicios
relacionados. Con la adquisición en enero de 2010 de la empresa Sun
Microsystems, lnc., Oracle Corporation ha pasado a estar también presente
en el hardware (servidores, ordenadores de sobremesa, microelectrónica, y
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dispositivos de almacenamiento), los sistemas operativos (con el producto
Solaris) y la tecnología Java.
Oracle lbérica, S.R.L. es la filial de Oracle Corporation que tiene como objeto
la distribución y promoción de sus productos en España.
En este Pliego de Concreción de Hechos se denomina a Oracle Corporation y
Oracle lbérica, S.R.L. conjuntamente como ORACLE, por formar parte ambas
del mismo grupo empresarial.
2.- LOS MERCADOS AFECTADOS
Con respecto a los mercados en los que se desarrolla la conducta analizada,
la Dirección de Investigación realiza la siguiente descripción en el PCH:
2.1.- Mercados de producto
(33) Los sistemas informáticos resultan de la combinación de los llamados
hardware y software, que, siguiendo la decisión de la Comisión Europea de
24 de marzo de 2004, en el asunto Microsoft, (en adelante, la decisión
Microsoft) pueden definirse como:
- hardware: conjunto de componentes físicos que conforman el dispositivo
informático u ordenador (pantalla, teclado, disco duro, procesador, que es
aquella parte del sistema informático que ejecuta las instrucciones de un
programa informático y es el elemento principal que lleva a cabo las
funciones del ordenador y unidades de almacenamiento), y
- software o programas informáticos: conjunto de instrucciones que sirven
para dirigir la operatividad del hardware. Dentro del software, puede a su vez
distinguirse dos categorías básicas: el software de aplicación y el software
de sistema. El software de sistema controla el hardware del ordenador o
dispositivo, al que envía instrucciones que han sido emitidas por las
aplicaciones (de software) para cubrir una necesidad específica del usuario.
(34) En el sector informático se emplea el término “infraestructura tecnológica”
(traducción propia de la expresión inglesa information technology stack) para
referirse al conjunto de hardware y software que precisan las
organizaciones, ya sean públicas o privadas, para poder utilizar las
aplicaciones de software empresarial, dirigidas a servir de apoyo a la labor
empresarial.
(35) Esta “infraestructura tecnológica” vendría conformada por los siguientes
segmentos o capas, en orden sucesivo;
- el hardware, que incluiría a los servidores, las unidades de almacenamiento
y los ordenadores personales-cliente. De modo simplificado, un servidor es
un ordenador que ejecuta funciones comunes dentro de una red informática
para una pluralidad de ordenadores personales utilizados por los usuarios,
ordenadores que se conocen como clientes;
- el sistema operativo;
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- las bases de datos, software que opera sobre la base del sistema operativo
y que permite el almacenamiento y tratamiento de datos;
- el middleware, que aglutina un amplio elenco de software que proporciona
la infraestructura para que las aplicaciones de software empresarial puedan
ejecutarse en un servidor, puedan ser utilizadas por una pluralidad de
dispositivos cliente a través de una red informática y puedan conectar una
pluralidad de fuentes de información; y
- el software de aplicaciones empresariales, que sirve de apoyo a las
principales funciones necesarias para una gestión eficiente. Este software se
agrupa en diversas categorías según el objeto que tenga: gestión
empresarial o ERP, administración de la relación con los clientes o CRM,
gestión de la cadena de suministro o SCM, contabilidad, etc.
(36) Dicha configuración de la “infraestructura tecnológica” provoca que los
productos de distintas capas sean complementarios entre sí. Ello explica que
a menudo sea precisa la colaboración entre empresas presentes en distintas
capas para hacer sus productos compatibles entre sí, a menos de que una
empresa opte por una oferta verticalmente integrada y cerrada de todos los
productos que configuran la “infraestructura tecnológica”.
(37) Dado que la conducta anticompetitiva denunciada afecta a un presunto abuso
de una posición de dominio en el estrato relativo a las bases de datos, con
efectos en el mercado de servidores, a continuación se puede a estudiar
estos ámbitos para delimitar los mercados relevantes afectados en el
presente expediente.
2.1.1.- Bases de datos
(38) El precedente comunitario más reciente en materia de bases de datos es la
decisión de la Comisión Europea de 21 de enero de 2010 relativa a la
concentración Oracle/Sun Mycrosistems (en adelante, la decisión
ORACLE/SUN.
(39) Siguiendo esta decisión, (párrafos 27 y ss), las bases de datos se pueden
definir como programas de software diseñados para almacenar, organizar,
analizar y acceder a información guardada en un formato electrónico, en
contraposición a los métodos tradicionales de archivo basados en papel. Un
sistema de almacenamiento de datos completo viene formado por (i) unas
unidades de almacenamiento (por ejemplo, discos duros) en los que se
guardan físicamente los datos, y (ii) un sistema (el "sistema de gestión de
bases de datos" o DBMS, por sus siglas en inglés) para gestionar la
organización, almacenamiento, acceso, seguridad e integridad de los datos.
(40) La base de datos es una pieza clave del sistema de tecnologías de la
información de una empresa, tal y como constata la Comisión Europea en su
decisión ORACLE/SUN, (párrafo 137). pues gestiona los datos de una
empresa, uno de sus activos más preciados, que incluye información clave
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del negocio, tal como la información de los clientes, los datos de los
usuarios, información de facturación, contabilidad, etc. (párrafo 136 in fine).
(41) El sistema más extendido actualmente para organizar las bases de datos son
los sistemas de gestión de bases de datos relacionales (RDBMS, por sus
siglas en inglés), que almacenan la información en tablas separadas, en
lugar de hacerlo en una única tabla de gran tamaño, y que definen
relaciones entre estas tablas. Ello posibilita combinar los datos de diferentes
tablas para realizar consultas e informes. La tecnología de bases de datos
de tipo relacional permite que las bases de datos sean más rápidas y
eficientes, y que tengan mayor capacidad.
(42) Existen en el mercado sistemas de gestión de bases de datos no
relacionales, pero no presentan las mismas ventajas que las RDBMS, por lo
que su uso no está tan extendido. Por este motivo, y salvo que se indique lo
contrario, de ahora en adelante nos referiremos a las RDBMS al hablar de
las bases de datos.
(43) Las bases de datos admiten una pluralidad de aplicaciones, destacando
principalmente el procesamiento online de transacciones (más conocido
como OLTP, por sus siglas en inglés), el procesamiento online analítico (más
conocido como OLAP, por sus siglas en inglés) y el almacenamiento de
datos (data warehousing) que contienen normalmente una cantidad ingente
de datos históricos que no suelen variar. Por tanto, las bases de datos
optimizadas para el data warehousing necesitan poder leer grandes
volúmenes de información a gran velocidad.
(44) Las RDBMS cuyo código es propiedad de una empresa (en contraposición a
las de código abierto) se licencian normalmente con carácter perpetuo en
función del número de usuarios o de la capacidad de procesamiento de los
servidores. Una práctica más reciente consiste en ofrecer a los clientes la
posibilidad de un acuerdo de licencia a empresa (ELA, por sus siglas en
inglés), que faculta al cliente a utilizar un número ilimitado de licencias a una
tarifa prestablecida, que expiran tras dos o tres años.
“Código abierto" designa una forma concreta de desarrollar y distribuir
software. La distribución de software de código abierto incluye, al menos, el
código fuente del software distribuido (a menudo también incluye la de
versiones binarias del software, es decir, el resultado de compilar -traducir-
el código fuente en un lenguaje entendido por la máquina en la que se
supone que debe funcionar la versión binaria del software). Para el
desarrollo de software, en muchos ámbitos este enfoque tiene como ventaja
que resulta muy sencillo para un desarrollador adaptar el software según sus
necesidades. La llamada Open Source lnitiative lleva a cabo un
procedimiento de revisión de las licencias para determinar si la licencia de un
software cumple la Open Source Definition (htlp://opensource.org/docs/osd).
Además de exigir que el código fuente se encuentre disponible “de modo
abierto”, la Open Source Definition también garantiza que el software de
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código abierto pueda modificarse y redistribuirse bajo las condiciones de
licencia por parte de sus usuarios.
(45) Para tener acceso al mantenimiento y soporte técnico que proporciona el
fabricante de la base de datos (y que incluye el acceso mejoras y la solución
a errores de programación -o bugs, siguiendo el término en inglés-), el
cliente debe abonar con carácter anual un determinado importe que
normalmente se fija como un porcentaje del precio de la licencia. Por tanto,
aunque la licencia de la base de datos solo entraña el pago de una sola vez
(lo que en la literatura económica se denominaría el mercado primario), el
cliente con posterioridad paga con carácter recurrente al fabricante por tener
derecho al mantenimiento y soporte técnico de la base de datos (el llamado
mercado secundario), el cual es suscrito en la práctica totalidad de casos
para garantizar un funcionamiento sin problemas de la base de datos en el
seno de la empresa. A su vez, este servicio de mantenimiento y soporte
técnico representa la clave de la rentabilidad del modelo de negocio de los
fabricantes de bases de datos (y la única fuente de ingresos en el caso de
las bases de datos de código abierto).
(46) A continuación, se pasa a exponer la oferta de las principales empresas
presentes en el sector de las bases de datos, tal y como identificó la
Comisión Europea en su decisión ORACLE/SUN, oferta que se puede dividir
en dos categorías básicas:
1) de código propiedad privada, y por orden decreciente de ingresos: (según
los datos de facturación estimados por la consultora IDC para el año 2010),
ORACLE, lBM, MICROSOFT y SYBASE (si bien este último tiene una
presencia en el mercado significativamente menor que los otros); y
2) de código abierto: MySQL (en la actualidad, propiedad de ORACLE),
PosfgreSQL e lngres.
(47) Cabe reseñar que existen otras muchas empresas, además de las
reseñadas, que fabrican bases de datos, pero tienen una presencia mucho
menor en el mercado.
i) ORACLE
(48) ORACLE ofrece varias bases de datos, de las cuales la más destacada es
Oracle Database, que en el año fiscal 2011 de ORACLE (del 1 de junio de
2010 al 31 de mayo de 2011) le supuso unos ingresos mundiales de [XXX]
de euros o un [80-90%] de sus ingresos mundiales asociados a bases de
datos (incluyendo licencias y mantenimiento, folios 2.606 a 2.608).
(49) Oracle Database se encuentra actualmente en su versión 11g Release 2 y se
comercializa bajo cuatro ediciones o versiones distintas: Enterprise Edition,
Standard Edition, Standard Edition One y Express Edition. Todas ellas
emplean el mismo código de programación subyacente, lo que significa que
el software de bases de datos de ORACLE se puede “escalar” fácilmente
(i.e., ampliar su instalación), yendo desde servidores pequeños de un único
12
procesador a grupos de servidores con múltiples procesadores (i.e.,
procesadores con varios núcleos). Sin embargo, existen diferencias entre las
diferentes versiones en cuanto al nivel de funcionalidades y los requisitos de
hardware que aceptan, lo cual se refleja en el precio de la licencia y los
entornos informáticos en que pueden utilizarse. A continuación, se
desgranan resumidamente las principales diferencias entre las distintas
ediciones, siguiendo un orden decreciente por lo que se refiere al número de
funcionalidades que recogen, el hardware sobre el que puede funcionar y el
consiguiente precio de tarifa de la licencia.
(50) La Enterprise Edition de Oracle Database es, con gran diferencia, el producto
de base de datos más importante de ORACLE en términos de ingresos (con
un [70-80%] del total de ingresos mundiales asociados a bases de datos en
el año fiscal 2011 de ORACLE, folios 2.606 a 2.608) Se trata de la versión
más completa de Oracle Database para servidores, pues:
- es la única edición de Oracle Database que no se encuentra restringida
técnicamente en cuanto al hardware sobre el que puede funcionar, y
- cuenta con la más amplia variedad de opciones, que se pueden contratar
separadamente con el fin de mejorar la funcionabilidad de la base de datos,
en ámbitos tales como rendimiento y “escalabilidad”, alta disponibilidad,
seguridad de los datos, almacenamiento de datos, gestión de la información
y gestión de sistemas.
(51) La Standard Edition no tiene diferencias con la Enterprise Edition en cuanto a
almacenamiento y manejo de la información, si bien se halla más limitada
que la Enterprise Edition en cuanto a que:
- sólo puede utilizarse en servidores con capacidad máxima para cuatro
procesadores, y
- varias de las opciones disponibles bajo Enterprise Edition no se encuentran
bajo la Standard Edition. Así, incluye la opción de RAC pero no Active Data
Guard, Particionamiento, Spatial, etc. RAC, (Real Application Clusters),
permite que una única base de datos funcione en un clúster de servidores.
Active Data Guard permite trasladar actividades intensivas en recursos (tales
como consultas, clasificación y acceso desde Internet) desde una base de
datos de producción a una o varias bases de datos que sólo permitan la
lectura de datos, aplicando continuamente en estas los cambios que se
reciben de la base de datos de producción. La opción de particionamiento
divide las tablas e índices en componentes de menor tamaño y más
manejable. Por último, Spatial permite gestionar de forma avanzada datos
geoespaciales.
(52) Como resultado, esta versión de Oracle Database se acomoda más a las
necesidades de las Pymes.
(53) La Standard Edition One se halla dirigida al cliente con necesidades más
básicas, al tener un precio más reducido, si bien reúne todas las
13
características de la base de datos. La licencia restringe el uso de la base de
datos a un servidor con capacidad máxima para dos procesadores. De modo
igualmente importante, no se puede utilizar una única base de datos en
servidores agrupados en clúster.
(54) Por último, la Express Edition es una versión gratuita que permite su
desarrollo, despliegue y distribución libremente. ORACLE ha limitado su uso
a ordenadores que cuenten con un solo procesador, y sólo puede albergar
información que no supere los 4 gigabytes (en adelante, GB). A diferencia de
las otras tres versiones, la Express Edition no funciona con sistemas
operativos basados en UNIX.
Tabla 1
Resumen de determinadas características básicas de Oracle Database
Características Express
Standard
Edition One Standard Enterprise
Nº .máx. CPUs
1 CPU
2 sockets de CPU
4 sockets de CPU
Sin límite
Memoria RAM 1 GB
Máximo permitido
por el sistema
operativo
Máximo permitido
por el sistema
operativo
Máximo permitido
por el sistema
operativo
Tamaño de la base
de datos 4 GB Sin límite Sin límite Sin límite
Soporte para 64 Bit
NO
SI
SI
SI
Fuente: página web de ORACLE, (folio 2.150)
(55) Aparte de Oracle Database, ORACLE dispone de varias bases de datos
especializadas (tales como Oracle Database Lite, Oracle TimesTen In-
Memory Database, y Oracle Berkeley DB), si bien éstas suponen ingresos
residuales ([XXX] de ORACLE), o un [10-20%] de los ingresos de ORACLE
asociados a bases de datos (folios 2.606 a 2.608).
(56) Además, tras la adquisición de Sun Microsystems, ORACLE ha pasado a
ofrecer MySQL, una base de datos de código abierto, que se encuentra
disponible para muchos sistemas operativos (Linux, Windows, OS X, Solaris,
HP-UX, AlX, Netware...). En el año fiscal 2011 de ORACLE, MySQL reportó
unos ingresos mundiales de [XXX] de euros o un [0-10%] de los ingresos
totales de ORACLE asociados a bases de datos (folios 2.606 a 2.608).
(57) MySQL se encuentra disponible en cuatro versiones: Cluster Carrier Grade
Edition, Enterprise Edition, Standard Edition y Community Edition. Junto a
estas versiones existe otra destinada a ir inserta o embebida (embedded) en
otros productos de software y que también se encuentra disponible bajo
cuatro ediciones: Cluster Carrier Grade Edition, Enterprise Edition, Standard
Edition y Classic Edition.
(58) La Community Edition constituye la versión gratuita de MySQL. La Standard
Edition es una versión comercial que mejora y amplía las funcionalidades
14
recogidas en la Community Edition. La Enterprise Edition recoge todavía
más funcionalidades (en términos de seguridad, escalabilidad, back up
online y diseño) que la Standard Edition, mientras que la Cluster Carrier
Grade Edition va dirigida a un público que persiga unir varios servidores de
modo a que actúen como uno solo, con mayor capacidad y fiabilidad, siendo
los operadores de telecomunicaciones uno de sus clientes preferentes.
(59) Cabe señalar que MySQL ha sido optimizado para el almacenamiento de
datos (esto es, para operaciones de "lectura" de datos), por lo que su uso
resulta especialmente indicado para aplicaciones web. Además, la adopción
de MySQL en aplicaciones web se ha visto facilitada por el empleo de Linux
por parte los desarrolladores web. Ejemplos de páginas web que emplean
MySQL son YouTube, Facebook o Wikipedia.
(60) Por lo que se refiere a su política de precios, ORACLE estipula una tarifa de
licencia para su software de base de datos y ofrece de modo separado un
contrato de “mantenimiento”. Como ocurre con el software empresarial en
general, la tarifa es objeto de negociación entre las partes a partir de una
lista de precios y se ajusta en función de factores tales como el volumen de
licencias que se contratan. El precio del mantenimiento de ORACLE oscila
normalmente entre el 20 y el 25% de la tarifa negociada por la licencia y se
renueva con carácter anual. El contrato de mantenimiento incluye soporte
técnico (telefónico, documentación técnica online), soluciones de errores de
programación, actualizaciones (es decir, cambios fiscales o normativos) y un
derecho perpetuo a toda versión futura del software sin que el consumidor
deba abonar una tarifa adicional de licencia.
(61) Según ORACLE (folios 1.311 y 1.312), existen dos modalidades básicas de
licencia de Oracle Database, licencia que en todo caso es perpetua:
- en función del número de usuarios que usen la versión de Oracle Database
(modalidad conocida como “named user plus”), y
- en función del número de procesadores instalados en cada entorno de
sistema operativo que ejecute Oracle Database.
(62) En el caso de la Enterprise Edition, y con independencia de la modalidad de
licencia escogida, el número de licencias que un cliente adquiera se ve
modificado por un factor de conversión en función del número de núcleos
presentes en los procesadores del hardware en el que se vaya a instalar la
base de datos, factor conocido como “core factor” (estos factores vienen
recogidos en una tabla específica de ORACLE conocida como “de factores
de los núcleos del procesador”. En el expediente obra dicha tabla, a fecha 3
de enero de 2012, en el folio 2.159). Así,
- si el cliente obtiene sus licencias bajo la modalidad basada en el número de
procesadores, el número de licencias que precisará se determinará
multiplicando el número total de núcleos contenidos en el procesador del
servidor del cliente por el “core factor” especificado por ORACLE.
15
Por ejemplo, un servidor con una CPU de 6 núcleos lntel Xeon X5650,
procesador que tiene un “core factor” de 0,5 (es decir, cada núcleo equivale
0,5 procesadores a nivel de licencia), implica que el número total de licencias
que se deben adquirir es de (0,5 x 6 = 3).
- en cambio, si el cliente obtiene su licencia bajo la modalidad de número de
usuarios, el número de licencias que necesitará se determinará en función
del número de usuarios, existiendo un número mínimo de licencias que debe
adquirir. Este número mínimo de licencias se determina a su vez en función
del número y tipo de procesadores utilizados por el hardware en el que se va
a instalar la base de datos, de acuerdo con el procedimiento fijado por
ORACLE descrito anteriormente.
(63) Junto a las modalidades de contratación de licencias que se acaban de
reseñar, y que podemos denominar estándar, existen otras minoritarias cuyo
uso es más prevalente entre grandes clientes (folio 1.314), tales como
- el contrato de licencia de uso de la base de datos de forma ilimitada
(conocido en inglés como unlimited license agreement o ULA), conforme al
cual el cliente puede instalar un número ilimitado de copias del programa por
un precio fijo; o
- un contrato a medida de las necesidades de negocio del cliente. ORACLE
evoca el caso de Mercadona, con el que tiene firmado un "acuerdo global de
licencias... con una métrica no estándar (supermercado)", que le permite
instalar un número ilimitado de bases de datos, por un precio fijo por
supermercado (folios 1.314 y 1.315).
(64) A continuación se muestran los precios de las licencias de Oracle Database,
sin incluir los descuentos que se aplican frecuentemente, soporte o
actualizaciones, y sin modificaciones a raíz del core factor anteriormente
señalado.
Tabla 2
Precios de las licencias de ORACLE Database,
a diciembre de 2011, en €
EDICION
Por usuario
Por procesador
Enterprise
750*
37.492
Standard
276**
13.813
Standard Edition One
142***
4.578
Fuente: página web de ORACLE (folios 2.153 a 2.158)
Con una compra mínima de 25 usuarios por instalación
** Con una compra mínima de 5 usuarios por instalación
*** Con una compra mínima de 5 usuarios por instalación
(65) En cuanto a los precios de MySQL, al tratarse de software de código abierto,
se trata en realidad de suscripciones por servidor, de 1 ó 3 años, que
16
incluyen el software, soporte, actualizaciones y mantenimiento, pero sin
contemplar posibles descuentos.
Tabla 3
Precios de las suscripciones de MySQL, a diciembre de 2011, en €
PRODUCTO
1 año
3 años
Cluster Carrier Grade (servidor de 1 a 4 sockets de CPU)
7.896
23.688
Cluster Carrier Grade (servidor más de 4 sockets de CPU)
15.792
47.376
Enterprise (servidor de 1 a 4 sockets de CPU)
3.948
11.844
Enterprise (servidor más de 4 sockets de CPU)
7.896
23.688
Standard (servidor de 1 a 4 sockets de CPU)
1.584
4.752
Standard (servidor de más 4 sockets de CPU)
3.156
9.469
Fuente: página web de ORACLE (folios 2.160 a 2.171)
ii) IBM
(66) La oferta de RDBMS de IBM está compuesta por cuatro familias de
productos: DB2, lnformix, solidDB y Netezza (folio 1.105).
(67) La principal base de datos de IBM es DB2, que supuso unos ingresos
mundiales en el año 2011 de [XXX] de euros o un [70-80%] de los ingresos
de IBM asociados a bases de datos (folios 2.669 y 2.673). La oferta de esta
RDBMS se organiza en función del sistema operativo sobre el que funciona:
(i) z/OS, que es el sistema operativo de los ordenadores mainframes de lBM,
y (ii) el resto de sistemas operativos.
(68) En el caso de la versión de DB2 para el sistema operativo z/OS, IBM busca
explotar la integración de la base de datos con sus mainframes de la
plataforma “system z”, para proporcionar una alta disponibilidad, fiabilidad,
escalabilidad y seguridad. Dada la utilización a la que se destinan los
mainframes, cabe catalogar esta RDBMS como dirigida a empresas
grandes. Junto a esta versión, se pueden contratar varios componentes
opcionales.
(69) Para el caso de los demás sistemas operativos en los que funciona DB2 (ya
sea Linux, Unix o Windows), IBM describe DB2 como una RDBMS de ámbito
general (general purpose), para el procesamiento de transacciones online y
el almacenamiento de datos. Como ocurre con Oracle Database, en este
caso DB2 se encuentra disponible bajo distintas versiones que persiguen
satisfacer distintas necesidades de los usuarios finales: Enterprise Server
Edition, Advanced Enterprise Server Edition, Workgroup Sever Edition,
Express Edition, DB2 Express-C (la descripción de las distintas ediciones de
DB2 se basa en la propia IBM).
(70) La Enterprise Server Edition es una versión de alto rendimiento destinada a
servidores de organizaciones de tamaño medio y grande. Incluye un amplio
17
elenco de características y servicios, algunos de los cuales no están
disponibles o son de pago en las Workgroup Server Edition y Express
Edition. Además, esta versión incluye una serie de opciones, que se
contratan separadamente, con el fin de atender las necesidades específicas
de determinados clientes.
(71) La Advanced Enterprise Server Edition es la versión más completa de DB2,
pues incluye todas las funcionalidades disponibles bajo la Enterprise Server
Edition, más aquellas que eran opcionales bajo pago en dicha versión.
(72) La Workqroup Server Edition es una versión que IBM considera muy indicada
para Pymes, especialmente en el caso de (i) entornos empresariales que
precisan servidores pequeños para su línea de aplicaciones empresariales y
(ii) departamentos que precisan servicios para aplicaciones que procesan un
bajo nivel de transacciones (folio 1.146).
(73) La Express Edition es la versión de pago más básica, y va dirigida a las
Pymes con cargas de trabajo más modestas.
(74) Express-C es la edición gratuita de DB2 y que cubre las necesidades
básicas, destinada a la comunidad de desarrolladores y socios comerciales.
Tabla 4
Características de escalabilidad y rendimiento de las principales ediciones
de DB2
Características
Express
C Express
Workgroup
Server
(Advanced) Enterprise
Server
Nº CPUs máx. 2 núcleos
1 socket de
CPU, con 4
núcleos
4 sockets de
CPU, con 16
núcleos
Máximo permitido por el
sistema operativo
Memoria RAM máx. 2 GB 4 GB 64 GB
Máximo permitido por el
sistema operativo
Fuente: documentation IBM (artículo de IBM 'Which distributed edition of DB2 9.7 is right for you? (With a dash of
DB2 9.8 pureScale)'
(75) Dentro de la línea de productos DB2, IBM también incluye lnfoSphere
Warehouse, anteriormente conocido como DB2 Warehouse, con el fin de
asistir a las empresas en la gestión de su almacén de datos. También se
halla disponible en distintas ediciones en función de sus funcionalidades,
opciones incluidas y características del hardware sobre el que pueden
funcionar (folios 1.147 y 1.148).
(76) IBM también ofrece otra gama de bases de datos denominada lnformix, que
en el año 2011 le supuso unos ingresos mundiales de [XXX] de euros o un [0-
10%] de los ingresos de IBM asociados a bases de datos (folios 2.669 y
2.673). IBM la describe como una RDBMS de ámbito general (general
purpose) diseñada para un alto procesamiento de transacciones online y el
almacenamiento de datos. También se encuentra disponible bajo distintas
ediciones, que en un orden decreciente en cuanto a su nivel de
características, funcionalidades y capacidad admitida son. Ultimate,
18
Warehouse Edition, Ultimate Edition (esta versión recibió hasta 2010 el
nombre de Enterprise Edition), Growth Edition (esta versión recibió hasta
2010 el nombre de Workgroup Edition), Choice Edition, lnnovator-C Edition y
Developer Edition.
Tabla 5
Características de escalabilidad y rendimiento de las principales ediciones
de Informix
Características Developer
Innovator
C Choice Workgroup
Ultimate
(Warehouse)
Nº CPUs máx. 1 núcleo 1 socket de
CPU con 8
núcleos
2 sockets de
CPU con 8
núcleos
4 sockets de
CPU con 16
núcleos
Máximo
permitido por el
sistema
operativo
Memoria RAM
de IBM 1 GB 4 GB 8 GB 16 GB
Máximo
permitido por el
sistema
operativo
Fuente: documentación de IBM, artículo de IBM “Compare the tnformix Version 11 editions”
(77) Asimismo, IBM también comercializa una base de datos relacional de
memoria optimizada (en inglés, in-memory) conocida como solidDB. Este
tipo de base de datos se emplea inserta en aplicaciones que precisan una
respuesta instantánea y una velocidad de transmisión muy elevada, como
ocurre en los sectores de las telecomunicaciones, los mercados financieros y
las aplicaciones militares. También puede utilizarse como caché de memoria
de una base de datos tradicional, con el fin de mejorar el tiempo de
respuesta y la velocidad de transmisión de las aplicaciones de usuario. Esta
base de datos reportó unos ingresos mundiales de [XXX] de euros a IBM en
el año 2011, o un [0-10%] de sus ingresos asociados a bases de datos
(folios 2.669 y 2.673).
(78) Por último, por lo que respecta a la línea de productos Netezza, se trata de
aplicaciones de servidor preconfiguradas que combinan hardware y
software, y que están diseñadas y configuradas para labores de
almacenamiento de datos y su análisis. Como parte del software de este
producto se incluye una RDBMS inserta/embebida.
(79) La línea Netezza supuso unos ingresos mundiales de [XXX] de euros en el
año 2011 o un [10-20%] de las ventas de IBM asociadas a bases de datos
(folios 2.669 y 2.673), aunque este peso sobrestima la importancia de las
bases de datos incluidas en Netezza dentro del total, porque se ha tenido
que utilizar el importe global de esta línea de productos, al no poder IBM
facilitar el desglose entre hardware y software (folio 2.630)
(80) Por lo que se refiere a la licencia de sus productos, IBM emplea diferentes
métricas para determinar su precio, que grosso modo se pueden agrupar
según se basen en la capacidad del sistema sobre el que funcione el
software, o. el número de usuarios o conexiones que accedan al software.
19
IBM emplea el concepto “instalación” para tener en cuenta condiciones de
subcapacidad (por ejemplo, particiones de un servidor físico o imágenes de
máquinas virtuales) a la hora de licenciar sus productos. De este modo, IBM
define una “instalación” como una copia instalada de su producto en un
servidor físico (o partición del mismo) o en una imagen de máquina virtual.
Por ejemplo, si un servidor físico se encuentra segmentado en particiones,
cada partición que contenga el software de IBM se considera como una
instalación separada a efectos de licencia, (folio 1.152).
(81) En el caso de los productos DB2 para Linux, Unix y Windows, Informix y
solidBB, las principales métricas empleadas para calcular el número de
licencias son:
- en función del número de núcleos del servidor en que se instala el
programa, que se calculan multiplicando el número de núcleos en los
procesadores del servidor por un valor fijado por IBM sobre la base de la
arquitectura del procesador en cuestión;
- en función del número de sockets de CPU de procesador presentes en un
servidor que no tenga más de 4 sockets;
- en función del número de usuarios que accedan a una instalación concreta
del software;
- en función del número de conexiones simultáneas que un usuario realiza al
programa;
- en función del número de particiones creadas a partir de los recursos de un
servidor físico; y
- en función del número de Terabytes de almacenamiento que el programa
tenga disponible.
(82) A continuación, se detallan los precios minoristas recomendados en EE.UU.,
en dólares, de las licencias de DB2 para Linux, Unix y Windows, y de
lnformix.
Tabla 6
Precios minoristas recomendados de las licencias de DB2 en Linux, Unix y
Windows, en $, para EE.UU.
Edición Por usuario Por procesador Por socket
Por
participación
Advanced Enterprise
[…]*
[…]
Enterprise
[…]**
[…]
Workgroup
[…]***
[…]
[…]
Express
[…]****
[…]
[…]
Fuente: documentación IBM, (folios 1.155 y 1.156)
* Con una compra mínima de 25 usuarios por instalación.
**Con una compra mínima de 25 usuarios por instalación.
***Con una compra mínima de 5 usuarios por instalación.
****Con una compra mínima de 5 usuarios por instalación
20
Tabla 7
Precios minoristas recomendados de las licencias de lnformix, en $, para
EE.UU. *
Edición
Por
usuario
Por
conexión
Por
procesador Por socket
Por
participación
Ultimate
Warehouse […]
Ultimate
[…]
[…]
[…]
Growth
[…]
[…]
[…]
[…]
Choice
[…]
[…]
Express
[…]
[…]
[…]
Fuente: documentación IBM, (folios 1.155 y 1.156)
Las lnnovator-C Edition y Devetoper Edition de lnformix son gratuitas.
iii) MICROSOFT
(83) La única base de datos que comercializa MICROSOFT es SQL Server, que
se encuentra en su versión 2008 Release 2 y sólo funciona bajo el sistema
operativo Windows Server (a fecha de redacción del PCH, ha salido al
mercado la versión 2012 de esta RDBMS). En el año fiscal 2011 de
MICROSOFT (del 1 de julio de 2010 al 30 de junio de 2011), este producto le
reportó unos ingresos mundiales de [XXX] de euros (folio 2.621).
(84) SQL Server se comercializa bajo distintas ediciones en función del nivel de
funcionalidades que recogen y el hardware que admiten, (folios 1.240 a
1.261), lo cual halla su reflejo en el precio de la licencia. A diferencia de
Oracle Database, SQL Server no ofrece la posibilidad de contratar
componentes opcionales. Según MICROSOFT, sus ediciones más populares
son Enterprise Edition y Standard Edition (folio 1.238).
(85) Así, Enterprise Edition "ofrece una completa plataforma de datos que
proporciona seguridad integrada, disponibilidad y escalabilidad, junto con
eficaces ofertas de Business lntelligence" (folio 1.238), permitiendo alcanzar
las cuotas más altas de servicio en cuanto a cargas de trabajo críticas.
Además, satisface las necesidades más exigentes de aplicaciones
empresariales para data warehousing y procesamiento de transacciones
online.
(86) La Standard Edition "ofrece una completa plataforma de administración de
datos y Business lntelligence para que los departamentos y las pequeñas
organizaciones ejecuten sus aplicaciones, y les ayuda a conseguir una
eficaz administración de bases de datos con los mínimos recursos de
tecnologías de la información" (folio 1.238).
(87) Asimismo, existe la llamada Express Edition, versión gratuita de SQL Server,
que MICROSOFT describe como “ideal para aprender y crear aplicaciones
de servidor pequeñas y de escritorio. Esta edición es la mejor opción para
21
los fabricantes de software independientes, los desarrolladores no
profesionales y los aficionados que crean aplicaciones cliente. Si necesita
características de base de datos más avanzadas, SQL Server Express se
puede actualizar sin problemas a versiones más sofisticadas de SQL Server”
(folio 1.239).
(88) Junto a las ediciones anteriores, MICROSOFT comercializa otras versiones
de SQL Server, que denomina especializadas, por estar diseñadas para
escenarios de clientes concretos (folio 1.239):
- Datacenter Edition, que es una nueva versión premium basada en la
Enterprise Edition que se dirige a satisfacer las necesidades de grandes
centros de datos;
- Parallel Data Warehouse Edition, que es una nueva versión premium
dirigida a satisfacer las necesidades de grandes almacenes de datos y que
únicamente se suministra como aplicación a través de vendedores de
hardware seleccionados, que preinstalarán y configurarán el software antes
de su entrega. Una aplicación de servidor es un sistema informático
consistente en una combinación de hardware y software preconfìgurada y
pretesteada por el fabricante con el fin de ejecutar una carga de trabajo
concreta, que se entrega al consumidor como una sola pieza. Las
aplicaciones de servidor se diseñan para que sean fáciles de utilizar, se
puedan emplear casi inmediatamente y proporcionen una alta fiabilidad y
seguridad para las cargas de trabajo que manejan [por ejemplo, almacenes
de datos, business intelligence, correo electrónico, procesamiento de
transacciones.
- Developer Edition, que permite a los desarrolladores programar y testear
aplicaciones que funcionen sobre plataformas de 32 bits y x64. Developer
Edition incluye todas las funcionalidades de la Datacenter Edition, pero sólo
se licencia para desarrollo, testeo y como demo.
- Web Edition, diseñada teniendo en mente a los proveedores de servicios y
organizaciones que albergan sitios y aplicaciones web;
- Workqroup Edition, que presenta altas prestaciones en términos de gestión
y sincronización remotas para ejecutar divisiones de una aplicación; y
- Compact Edition, que es una versión gratuita inserta o embebida
(embedded) ideal para programar aplicaciones destinadas a dispositivos
móviles, ordenadores de sobremesa y clientes web.
Tabla 8
Características de escalabilidad y rendimiento de las principales
ediciones de SQL Server
Características
Express
Standard
Enterprise
Datacenter
Nº CPUs máx. 1 4 8
Máximo permitido
por el sistema
operativo
22
Memoria RAM max. 1 GB 64 GB 2 TB Máximo permitido
por el sistema
operativo
Tamaño máx. de la base de
datos 10 GB 524 PB 524 PB 524 PB
Mº máx. de entornos de
sistema operativo soportados 1 1 4 Sin límite
Fuente: documentación MICROSOFT
(89) MICROSOFT licencia SQL Server bajo dos modalidades principales (folios
1.265 a 1.279):
- en función del número de usuarios y/o dispositivos que acceden o usan los
servicios o funcionalidades de SQL Server o uno de sus componentes
(ejemplos de estos componentes son Analysis Services, Reporting Services,
o lntegration Services), lo que incluye también una licencia para el servidor
donde se ejecuta SQL Server o alguno de sus componentes; y
- en función del número de procesadores instalados en cada entorno de
sistema operativo que ejecute SQL Server o uno de sus componentes.
El precio de la licencia por procesador es el mismo con independencia del
número de núcleos presentes en el procesador.
Según MICROSOFT, este modelo está indicado para aquellos casos en que
resulta complicado contar el número de usuarios o dispositivos que se
conectan a SQL Server (las ediciones Datacenter, Web y Parallel Data
Warehouse sólo se licencian en función del número de procesadores.
Además, la edición Developer presenta la particularidad que sólo se licencia
en función del número de usuarios que la utilicen).
(90) Los precios de una licencia de SQL Server a mayoristas en España a
septiembre de 2011, sin incluir el paquete “software assurance” (este
paquete incorpora soporte telefónico, servicios adicionales por parte de
socios de MICROSOFT y formación, así como herramientas de tecnologías
de la información para garantizar un despliegue, migración y gestión fluidas
del entorno de datos del cliente), se recogen en la siguiente tabla (folios
1.242 y 1.276):
Tabla 9
Precios de las licencias de SQL Server 2008 R2 en España, a septiembre de
2011
Producto
Precio neto (€)
Enterprise (licencia por servidor)
[…]
Enterprise (licencia por procesador)
[…]
Standard (licencia por servidor)
[…]
Standard (licencia por procesador)
[…]
Licencia por usuario o dispositivo *
[…]
23
Fuente: documentación de MICROSOFT (folio 1.281, a cuyos importes se le resta el precio de
'software assurance' señalado en el folio 2.625.
* El precio de esta licencia se tendría que sumar al de la licencia por servidor de la edición de SQL
Server que se adquiera.
iv) SYBASE
(91) SYBASE, que fue adquirida recientemente por la empresa de software
alemana SAP, ofrece dos líneas de RDBMS para empresas:
- Adaptive Server Enterprise, para transacciones de misión crítica, y
- Sybase IQ, para aplicaciones de almacenamiento de datos (data
warehousing).
También dispone de otras dos líneas de productos en cuanto a bases de
datos insertas, SQL Anywhere y Advantage Database Server (párrafo 80
de la decisión ORACLE/SUN). Ambas supusieron en el año 2011 unos
ingresos mundiales de [XXX] de euros, o un [10-20%] del importe neto de
la cifra de negocios derivada de la venta de RDBMS de SAP (folios 2.727 a
2.729).
(92) Adaptive Server Enterprise es la principal RDBM9 de SAP, con unos ingresos
mundiales aproximados en el año 2011 de [XXX] de euros, o un [50-60%]
del importe neto de la cifra de negocios derivada de la venta de RDBMS
(folios 2.727 a 2.729). También se encuentra disponible bajo distintas
ediciones en función de su grado de funcionalidad o capacidad de
almacenamiento, siendo éstas Cluster Edition, Enterprise Edition, Small
Business Edition, Developer Edition y Express Edition. Junto a estas, se
pueden contratar varios componentes opcionales.
(93) La Enterprise Edition es la versión más completa de Adaptive Server
Enterprise, pues a la ausencia de restricciones técnicas en cuanto al
hardware sobre el que puede funcionar cabe sumar la posibilidad de
contratar componentes opcionales junto con la base de datos.
(94) Por lo que se refiere a la Cluster Edition, es básicamente la Enterprise Edition
pero permitiendo la posibilidad de ser implementada en un cluster de disco
compartido.
(95) En cuanto a la Small Business Edition proporciona la funcionalidad completa
de Adaptive Server Enterprise, excepto las opciones disponibles bajo
Enterprise Edition. Además, se encuentra limitada en cuanto al entorno de
hardware sobre el que puede funcionar.
(96) Tanto la Developer Edition como Express Edition, son versiones gratuitas:
Developer Edition está pensada para entornos de desarrollo, mientras que
Express Edition se encuentra disponible para el desarrollo y despliegue en
configuraciones muy limitadas.
24
Tabla 10
Resumen de determinadas características básicas de Sybase Adaptive
Server Enterprise
Características Express Developer
Small
Business
One Enterprise Cluster
Nº máx. de sockets de CPU Sin limite Sin límite 2 Sin límite Sin límite
Nº máx. motores de almacenamiento 1 1 8 Sin límite Sin límite
Memoria RAM
2 GB
Sin límite
Sin límite
Sin límite
Sin límite
Tamaño de la base de datos
5 GB
Sin límite
Sin límite
Sin límite
Sin límite
Nº máx. de conexiones concurrentes
Sin límite
25
256
Sin límite
Sin límite
Nº máx. de nodos en el cluster
1
1
1
1
4
Fuente: página web de SYBASE
(97) La segunda línea de RDBMS para empresas de SYBASE viene dada por
Sybase IQ, diseñada específicamente para inteligencia empresarial y
análisis, así como data warehouse. En el año 2011 supuso unos ingresos
mundiales aproximados de [XXX] de euros, o un [30-40%] del importe neto
de la cifra de negocios derivada de la venta de RDBMS de SAP (folios 2.727
a 2.729). También se encuentra disponible bajo distintas ediciones, que en
un orden decreciente en cuanto a su nivel de características, funcionalidades
y capacidad admitida son: Enterprise Edition, Small Business Edition, y
Single Appliance Server Edition.
Tabla 11
Resumen de determinadas características básicas de SYBASE IQ
Características
Single Application
Server Small Business One Enterprise
Nº máx. de stockets de CPU 64 CPUs
2 stockets de CPU,
con 4 núcleos Sin límite
Tamaño de base de datos
Sin límite
250 GB
Sin límite
Nº máx. conexiones concurrentes
Sin límite
25
Sin límite
Fuente: página web de SYBASE.
(98) Por lo que atañe al sistema de licencia de las bases de datos de SYBASE
éste es distinto según la edición del producto en cuestión:
- en las ediciones Enterprise Edition y Cluster Edition de Adaptive Server
Enterprise, y en Enterprise Edition de Sybase IQ, así como las opciones
exclusivas que todas estas ediciones permiten contratar:
o existe una primera modalidad basada en el número de núcleos de
los procesadores presentes en el servidor, corrigiéndose el precio
25
con un coeficiente de escala para el caso de determinados
servidores con procesadores de múltiples núcleos;
o en la segunda modalidad, se debe adquirir una licencia por
servidor y tantas otras como clientes se conecten en red al
servidor. En esta segunda modalidad descrita, y para el caso de
Adaptative Server Enterprise, existe un número mínimo de
licencias que se deben adquirir en función de los clientes que se
conecten, que básicamente se determina en función del número
de núcleos presentes en el servidor.
- en el caso de Small Business Edition, tanto de Adaptive Server Enterprise
como de Sybase IQ, sólo se pueden comprar las licencias en función del
número de sockets de CPUs.
(99) A continuación, se detallan los precios de las licencias de ediciones
Enterprise Edition y Cluster Edition de Adaptive Server Enterprise,
distinguiendo por sistema operativo y otros factores.
Tabla 12
Precios de las licencias de Adaptive Server Enterprise, en €
Edición Por servidor
Por
usuario
Por
procesador
Por sockets
de CPU
Enterprise (Adaptive Server)*
3.516 ó
4.315 700 ó 859
35.418 ó
43.467
Cluster (Adaptive Server)
50.180
Small Business (Adaptive Server)
1.196
156
4.397
Fuente: página web de SYBASE
* El precio de Enterprise Edition para Adaptive Server Enterprise varía según el sistema operativo:
- en el precio bajo se sitúan los sistemas operativos Linux en arquitectura x86-64, Solaris UItraSPARC T de 64
bit, Solaris x64 y Windows en arquitectura x86-64,
- mientras que en el precio alto, HP-UX, IBM AlX, Linux en sistemas Power de lBM, Solaris SPARC de 64 bit.
v) PostgreSQL
(100) PostgreSQL es una RDBMS de código abierto y a la vez una plataforma de
desarrollo sobre la que desarrollar software comercial, web o interno que
precise una RDBMS.
(101) PostgreSQL funciona sobre los principales sistemas operativos del
mercado, tales como Linux, Unix y Windows. Asimismo, permite un alto
grado de personalización, dando la posibilidad al usuario de utilizar,
modificar y distribuir PostgreSQL bajo cualquier formato, ya sea de código
abierto o cerrado.
(102) No hay una empresa que controle PostgreSQL, si bien existen diversas
empresas que han desarrollado productos de propiedad privada basados
en PostgreSQL, entre ellas:
26
- EnterpriseDB, que se creó en 2004 con el objeto de crear una base de
datos asequible que fuera compatible con las principales bases de datos
comerciales, eligiendo PostgreSQL como tecnología para ello (En agosto
de 2011, presentó Postgres Plus Advanced Server, que se encuentra en
periodo de prueba, para servidores de alto rendimiento); y
- Greenplum, cuya base de datos se ha optimizado para almacenamiento
de datos y procesamiento analítico a gran escala.
vi) lngres
(103) La base de datos de código abierto lngres busca ofrecer una capacidad de
procesamiento de un alto volumen de transacciones, alta disponibilidad,
soporte para distintas plataformas y seguridad para despliegues de
aplicaciones para misión críticas.
(104) lngres se ofrece bajo un modelo de licenciamiento dual:
- la versión de código abierto se halla disponible gratis para los usuarios
finales, y
- la versión comercial es en cambio de pago para éstos.
(105) La principal diferencia entre ambas versiones es que la versión comercial ha
sido sometida a un proceso de revisión de la calidad por parte de la
empresa lngres. Por lo tanto, para esta versión, lngres ofrece una garantía
e indemnización en caso de litigios de propiedad intelectual.
Delimitación de los mercados de bases de datos
(106) En la decisión ORACLE/SUN, la Comisión Europea considero que el
mercado de producto relevante en relación con las bases de datos
comprendía todos los tipos de RDBMS.
(107) Aunque los test de mercado realizados por la Comisión en el marco del
estudio de la concentración ORACLE/SUN mostraron que las bases de
datos son productos diferenciados, la Comisión Europea no fue capaz de
identificar un criterio adecuado para segmentar el mercado de bases de
datos (párrafo 87 de la decisión ORACLE/SUN).
(108) Concretamente, la investigación de mercado realizada durante la primera
fase de análisis de la concentración consideró que las bases de datos
varían en características, escalabilidad, funcionalidad, fiabilidad y/o
seguridad. Además, los consumidores utilizan las bases de datos con fines
diversos (bases de datos de ámbito general -general purpose-, inteligencia
empresarial -business intelligence- almacenamiento de datosdata
warehousing-, bases de datos insertas/embebidas y móviles, etc.).
(109) Por tanto, la definición de mercado de producto relevante en la decisión
ORACLE/SUN no consideró que existieran mercados más estrechos dentro
de las bases de datos con arreglo a criterio alguno, como pudiera ser el
hecho de que la base de datos se encuentre inserta o no (en otro software
o dispositivo), el tipo de sistema operativo compatible o el grupo de
27
consumidores al que va dirigida. Asimismo, la Comisión Europea considero
que las bases de datos cuyo código de programación es propiedad privada
y las de código abierto compiten en el mismo mercado.
(110) En particular, la Comisión Europea estimó que aunque algunos vendedores
de bases de datos busquen diferenciar sus productos ofreciéndolos en
distintas versiones/ediciones con el fin declarado de cubrir ciertos nichos de
mercados, estos subsegmentos forman parte del mismo mercado de
producto, pues el código subyacente es el mismo, en línea con lo señalado
por la Comunicación de la Comisión relativa a la definición del mercado
relevante. Con carácter adicional, destacó que estos subsegmentos no
pueden considerarse discretos en el sentido de que no existen líneas claras
que permitan separarlos (párrafo 107 de la decisión ORACLE/SUN).
(111) Sin embargo, la DI considera que la definición del mercado de producto
relevante mantenida en la decisión ORACLE/SUN no resulta adecuada
para el presente caso. Más concretamente, la DI estima que sí es posible
distinguir mercados de producto más estrechos dentro de las RDBMS en
función del grado de sofisticación de las necesidades que permite cubrir
una base de datos. Por ello, a continuación, define el mercado de producto
relevante dentro de las bases de datos en el que se habrían producido las
presuntas prácticas anticompetitivas denunciadas y se exponen los motivos
que conducen a ello, prestando particular atención a los argumentos que
esgrimió la Comisión Europea para no realizar dicha segmentación en la
decisión ORACLE/SUN.
(112) Así, por lo que se refiere a la sustituibilidad por el lado de la demanda,
cabe comprobar que las marcas más destacadas presentes en el sector
(ORACLE, lBM, MICROSOFT) ofrecen:
- un producto principal, de ámbito general, que se encuentra bajo distintas
ediciones, y
- distintos productos especializados, menos importantes en términos de
facturación, que se dirigen a grupos específicos de clientes.
(113) Por lo que respecta a la base de datos principal de dichas marcas, las
distintas ediciones bajo las cuales se comercializa, y que presentan una
terminología similar entre las diferentes marcas (Enterprise, Standard,
Express), pueden clasificarse en función de
1) sus características: funcionalidades, componentes opcionales,
escalabilidad, y seguridad; y
2) los requisitos de hardware que permiten: número de procesadores,
RAM, capacidad de almacenamiento...
(114) De este modo, el examen de las distintas ediciones de una misma base de
datos permite concluir que existe una diferenciación vertical de la base de
datos principal de dichas marcas, ya que un mismo producto se presenta
ante el consumidor en distintas calidades (calidad que viene medida por
28
sus prestaciones y el hardware que permite) y que encuentra su correlato
lógico en el precio de la licencia, lo cual origina que satisfagan las
necesidades de distintos grupos de demanda.
(115) Basándose en esta diferenciación vertical de algunas bases de datos que se
encuentran bajo distintas ediciones, cabe distinguir un segmento dentro de
las RDBMS (al que pertenecerían las ediciones “más altas” de dichas
bases de datos) formado por aquellas bases de datos que pueden
acomodar las cargas de trabajo más exigentes (como puede ser una
amplia red informática, con un alto número de usuarios u operaciones), por
precisar de una elevada potencia de memoria RAM y de procesamiento por
parte del hardware, con una fiabilidad contrastada (es decir, sin
experimentar continuos problemas de funcionamiento) y un servicio de
soporte técnico de calidad (caracterizado por su agilidad la resolución de
las eventuales incidencias que se produzcan en relación con el software).
Este segmento de mayor calidad dentro de las RDBMS se erige en un
mercado de producto diferenciado, que la DI denomina RDBMS de alto
rendimiento, pues se distingue netamente de la oferta representada por
las demás bases de datos (y a la que pertenecerían aquellas ediciones de
'calidad inferior' dentro de un mismo producto de base de datos), debido a:
- las características del producto: funcionalidades y componentes
opcionales, que no se hayan presentes en otras ediciones de un mismo
producto, la estabilidad, fiabilidad y seguridad en la gestión de la
información, escalabilidad de la base de datos, el servicio de soporte
técnico, etc.;
- mientras que la edición más alta de una base de datos se licencia sin
que exista una limitación en cuanto al hardware, no ocurre lo mismo con
las demás versiones/ediciones de dicha base de datos. Este hecho se
refleja en que el precio de la licencia de las ediciones más altas de una
base de datos se adaptan a la potencia de memoria RAM y
procesamiento, representada por el número de núcleos presentes en los
procesadores del seguidor para el que se licencia la base de datos, lo
cual no ocurre con las demás ediciones de la base de datos.
- el elevado precio de las licencias y del soporte técnico, pues este último
se define normalmente en función del precio de la licencia.
(116) Se plantea la cuestión de si resulta conveniente realizar una ulterior
segmentación horizontal dentro de las bases de datos de alto rendimiento,
entre aquéllas generales (como puede Oracle Database, de implantación
para toda la empresa) de las especializadas (como por ejemplo, para
procesar sólo las transacciones comerciales). Sin embargo, en el marco del
presente expediente, se puede dejar abierta la definición de mercados de
bases de datos de alto rendimiento, sin que sea necesario pronunciarse
sobre la posible existencia de mercados más estrechos, sobre la base de
que no resulta fácil realizar la delimitación entre los distintos segmentos y
de que no afecta a las conclusiones del análisis. En cualquier caso, cabe
29
señalar que el uso de bases de datos especializadas es mucho menos
prevalente en el mercado que el de las bases de datos de ámbito general,
como ha puesto de relieve el análisis de la oferta de las principales
empresas presentes en el sector de las bases de datos.
(117) Todos los factores apuntados anteriormente contribuyen según la DI a
configurar un mercado conformado por las RDBMS de alto rendimiento en
el que su cliente medio no puede sustituir una RDBMS de alto rendimiento
por una RDBMS de calidad y precio inferiores para satisfacer sus
necesidades dado que ésta no reúne las características que precisa. A ello
se suma el hecho de que no puede desplazarse a otras ediciones de la
base de datos por la Ilimitación en cuanto al hardware sobre el que pueden
funcionar estas otras ediciones.
(118) A efectos del presente expediente, se deja abierta la delimitación exacta de
los mercados de producto a los que pertenecerían las bases de datos y
ediciones de una misma base de datos que no reúnen la calidad exigida
para ser consideradas como de “alto rendimiento”, en la medida que no
afecta a las conclusiones del análisis, dado que el presunto abuso de una
posición dominante denunciado se centra en el ámbito de las RDBMS de
alto rendimiento, que son las que habitualmente se utilizan en los
servidores de gama alta, como es el caso de los servidores de HP basados
en el procesador ltanium, que son el objeto de la presunta conducta
anticompetitiva denunciada, como se explica más adelante.
(119) En este punto resulta conveniente recordar que la Comisión Europea, en la
decisión ORACLE/SUN, comparte la conclusión de que existe
diferenciación por el lado de la demanda en el mercado de RDBMS, si bien
no distinguió mercados más estrechos en ese expediente por considerar
que no existe una línea divisoria clara de éstos (párrafo107 in fine de la
decisión).
(120) Además, en dicha decisión, la Comisión Europea llevó a cabo un análisis de
los efectos de la concentración sobre la base de distintos segmentos dentro
del ámbito de las RDBMS, pues estimó que la dinámica competitiva en
cada segmento era distinta (párrafos 92 y 109 de la decisión). Así, esta
línea de razonamiento condujo a la Comisión a afirmar que MySQL y
ORACLE no eran sustitutivos cercanos entre sí en un segmento de
RDBMS que denominó “de gama alta”, como se desarrolla más adelante.
(121) La DI añade que, a los efectos del presente expediente, sí es posible
diferenciar el mercado de RDBMS de alto rendimiento, tomando como
referencia las versiones de gama alta de tas principales bases de datos
ofertadas que se han señalado con anterioridad.
(122) En este sentido, la oferta de distintas ediciones de una misma base de
datos de ámbito general es claramente diferenciada y permite determinar
con razonable nitidez a qué grupo de demanda se dirige cada edición o
producto, al menos en lo que se refiere a las necesidades de tratamiento
30
de la información más exigentes que permite el estado actual de la
tecnología.
(123) Además, si bien no es posible delimitar con precisión quirúrgica el
consumidor “limítrofe” que separa dos grupos de demanda contiguos, ello
sería igualmente predicable en general de toda decisión comunitaria en la
que se han definido distintos mercados de producto sobre la base de una
diferenciación vertical. En este sentido, la propia Comisión Europea señaló
en su decisión relativa a la concentración ORACLE/PeopleSoft, en la que
define unos mercados de producto conformados por las soluciones de
gestión financiera y de gestión de recursos humanos de alta funcionalidad
destinadas a las grandes empresas con necesidades funcionales
complejas, que existen mercados distintos para estas soluciones en gama
media (Decisión de la Comisión de 26 de octubre de 2004 relativa a la
concentración Oracle/PeopleSoft, M.3216, párrafos 171y 172).
(124) Resume la DI, desde la perspectiva de la demanda, que cabe distinguir un
mercado de producto diferenciado dentro de las RDBMS conformado por
las bases de datos de alto rendimiento. En particular, las principales
empresas del sector comercializan su producto principal bajo distintas
versiones, con diferentes niveles de características y precios, señal
inequívoca de que han identificado diferentes grupos de consumidores a
tenor de sus necesidades. Además, se comprueba que la posibilidad de
sustituir la versión más alta de una base de datos por la inmediatamente
inferior (y así explotar la diferencia de precio) no resulta posible, pues estas
últimas tienen limitado el hardware sobre el que pueden funcionar, amén de
que su espectro de componentes opcionales es más reducido.
(125) En cuanto a la sustituibilidad por el lado de la oferta, si bien tas distintas
ediciones de una misma base de datos comparten el mismo código fuente,
hay que tener en cuenta que todos los principales operadores del sector de
las bases de datos ya se encuentran presentes en el segmento de alto
rendimiento, por lo que la inclusión de los datos correspondientes a las
ediciones de menor rendimiento no contribuiría a clarificar la estructura
competitiva de este segmento.
(126) Además, siguiendo con el estudio de la sustituibilidad por el lado de la
oferta, cabe afirmar que si los productores de bases de datos de alto
rendimiento subiesen conjuntamente el precio de estos productos, resulta
harto improbable que los productores de bases de datos de rendimiento
inferior (y que no tuviesen ya en el mercado una base de datos de alto
rendimiento, como puede ser el caso de los fabricantes de versiones
comerciales de bases de datos de código abierto) puedan entrar con
carácter inmediato desarrollando un producto para este mercado, habida
cuenta de las altas barreras a la entrada y expansión presentes en el
mercado, entre otras:
1) los altos costes fijos y la complejidad técnica que encierra programar
una base de datos cuya carga de trabajo va a ser más intensa. A lo
31
anterior, cabe sumar el periodo de testeo para comprobar que el nuevo
producto funciona correctamente en las distintas plataformas de
hardware y sistemas operativos.
Un ejemplo ilustrativo de todo ello (y que no supone exactamente el
lanzamiento de un nuevo producto) es el propio proceso de
compatibilización de la versión 11g de Enterprise Edition de Oracle
Database al sistema operativo HP-UX, que tardó más de un año (folio
1.318).
2) la necesidad de contar con un servicio global de soporte técnico y
mantenimiento de suficiente calidad según los estándares demandados
por los clientes; y
3) los efectos de red, que provoca que las bases de datos más
implantadas cuenten con más aplicaciones de software empresarial
escritas para interactuar con ellas. Por ello, una nueva base de datos ha
de contar con la certificación para su uso con los productos de software
de aplicaciones empresariales más extendidos.
4) los sustanciales costes de cambio en que incurre un consumidor si
cambia de proveedor de bases de datos, derivados principalmente de la
posible pérdida de datos ocasionada por la incompatibilidad entre ellas.
(127) La DI, una vez delimitado el mercado de producto de bases de datos
relevante a los efectos del presente expediente, identifica las bases de
datos que pertenecerían al mercado de RDBMS de alto rendimiento, por
reunir los requisitos que se acaban de señalar. Pero antes de realizar este
ejercicio, cabe señalar que, debido a la similitud notoria que existe entre las
denominaciones de las distintas ediciones de bases de datos de distintas
marcas, se observa que las ediciones de gama más alta de estos
fabricantes se catalogan como Enterprise Edition y Advanced Enterprise
Edition (en este sentido, apunta también IBM, folio 1.180 in fine). Además,
la licencia de estas ediciones en función del número de procesadores
presentes en el servidor en que se instala se realiza teniendo en cuenta el
número de núcleos de los procesadores (con la excepción de
MICROSOFT). Por ello, cabe afirmar que pertenecen al mercado de las
bases de datos de alto rendimiento:
- Enterprise Edition de Oracle Database, por ser la más completa en
términos de funcionalidades dentro de la oferta de ORACLE, presentar
opciones sólo disponibles bajo esta versión y no hallarse limitada en
cuanto al hardware sobre el que se puede instalar;
- DB2 (lBM) para el sistema operativo z/OS de los ordenadores
mainframes de lBM, que, por la propia naturaleza de estos ordenadores
(vid. infra), está diseñada para proporcionar una alta disponibilidad,
fiabilidad, escalabilidad y seguridad;
32
- Enterprise Server Edition de DB2 (lBM), por motivos muy similares a
los apuntados con la Enterprise Edition de Oracle Database;
- Advanced Enterprise Server Edition de DB2 (lBM), porque incluye
todas las funcionalidades disponibles bajo la Enterprise Server Edition,
más aquéllas que eran opcionales bajo pago en dicha versión;
- Ultimate Edition de lnformix (lBM), por tratarse de una base de datos
general con el sello técnico y servicio de soporte de lBM, y que además
no se encuentra limitada en cuanto al hardware sobre el que se puede
instalar;
- Ultimate Warehouse Edition de lnformix (lBM), que es una versión de
lnformix basada en la Ultimate Edition optimizada para consultas y con
compresión de datos;
- Enterprise Edition de SQL Server (MICROSOFT), que es la edición
indicada para las cargas de trabajo más exigentes, como señala el
propio MICROSOFT, y aunque su licencia permite como máximo
servidores con 8 procesadores, permite acomodarse a la oferta actual de
servidores de gama alta;
- Datacenter Edition de SQL Server (MICROSOFT), que es una edición
basada en Enterprise Edition de SQL Server optimizada para grandes
centros de datos;
- Enterprise Edition de Adaptive Server Enterprise (SYBASE), que es la
versión más completa de Adaptive server Enterprise, pues aúna la
posibilidad de contratar componentes opcionales con la ausencia de
restricciones técnicas en cuanto al hardware sobre el que puede
funcionar;
- Cluster Edition de Server Enterprise (SYBASE), que es básicamente la
Enterprise Edition de Adaptive Server Enterprise, pero permitiendo la
posibilidad de ser implementada en un clúster de disco compartido; y
- Enterprise Edition de Sybase lQ, que es la versión más completa de
Sybase lQ, pues aúna la posibilidad de contratar componentes
opcionales con la ausencia de restricciones técnicas en cuanto al
hardware sobre el que puede funcionar.
(128) Junto a los productos que se acaban de reseñar tal vez podrían existir otros
que también podrían encuadrarse en este mercado, pero su peso en el
mismo es mucho menor, por lo que su no inclusión no altera de forma
significativa el análisis de la oferta de las RDBMS de alto rendimiento.
(129) Asimismo, se plantea la duda de si resulta procedente incluir MySQL,
recientemente comprada por ORACLE, dentro del mercado de producto
relevante de RDBMS de alto rendimiento. La Comisión Europea, en la
decisión ORACLE/SUN, consideró que MySQL no competía en un
segmento de gama alta, cuya delimitación se ajustaría en cierto modo con
33
el mercado de RDBMS de alto rendimiento que se ha definido en el
presente pliego (párrafo 614 de la decisión ORACLE/SUN).
(130) Tampoco cabe considerar que el resto de la oferta de bases de datos de
código abierto, principalmente representadas por PostgreSQl e lngres,
compitan en el mercado de bases de datos de alto rendimiento. Si bien
estas bases de datos de código abierto gozan cada vez más de una mayor
aceptación, especialmente entre las Pymes (de acuerdo con las encuestas
citadas en los párrafos 367 y ss. de la decisión ORACLE/SUN), no
constituyen un competidor viable de las bases de datos de alto rendimiento
que se han reseñado, debido a su elenco menos completo de
características y componentes opcionales, así como un servicio de soporte
que no reúne los estándares que demandan los clientes de este tipo de
bases de datos.
(131) Contrariamente a lo que ha sostenido HP en su denuncia (folio 18 y ss.), no
se ha empleado la terminología relativa a entornos críticos o no críticos
(también frecuente entre los propios proveedores de hardware, como se
verá más adelante), para caracterizar el mercado de producto relevante. El
motivo es que el concepto de “entorno crítico” depende de lo que cada
empresa considere que reúne tal condición, lo cual no está necesariamente
ligado al tamaño de la empresa. Así, pueden existir entornos críticos
pequeños (con servidores pequeños) y entornos muy grandes (por número
de usuarios o número de transacciones) pero no críticos.
2.1.2.- Servidores
(132) HP sostiene en su denuncia que el presunto abuso de posición de dominio
de ORACLE produce sus efectos anticompetitivos en el ámbito de los
servidores, donde ambas empresas compiten entre sí. Por ello, a
continuación, se pasa a estudiar el mercado de producto relevante afectado
por este presunto abuso.
(133) Con carácter preliminar, un servidor puede definirse como un ordenador
multiusuario de gran potencia destinado a operar en red y al que acceden
los usuarios mediante su ordenador personal (párrafo 47 de la decisión
MICROSOFT).
(134) Cabe señalar que la elección de un servidor se realiza en función del
software que se quiere ejecutar sobre el hardware (es decir, en función de
las demás capas de la “infraestructura tecnológica” o technology stack que
vayan a funcionar junto con él). A su vez, el rendimiento de un servidor
dependerá primordialmente del procesador y también de la configuración
final del equipo (entre otros elementos, el sistema operativo instalado, pues
el conjunto de software elegido influirá en el grado en que se optimicen los
recursos físicos del servidor).
(135) En la decisión ORACLE/SUN (párrafo 941 de la decisión ORACLE/SUN), la
Comisión Europea dejó abierta la definición del mercado de producto
relativo a los servidores, siguiendo el precedente marcado por la decisión
34
de la Comisión Europea relativa a la concentración HP/Compaq (en
adelante, la decisión HP/Compaq -decisión de la Comisión, de 31 de enero
de 2002, relativa a la concentración HP/Compaq, COMP/M.2609). Con
todo, en la decisión HP/Compaq, el test de mercado realizado por la
Comisión Europea indico que podría ser adecuada una delimitación del
mercado de producto por gama de precios.
(136) ORACLE, por su parte, defendió en la decisión ORACLE/SUN una
delimitación del mercado de producto dividida en tres segmentos;
servidores de baja gama, gama media y gama alta (párrafo 940 de la
decisión ORACLE/SUN).
(137) Más recientemente, en la decisión de compromisos en el asunto relativo a
los servicios de mantenimiento de IBM (en adelante, la decisión servicios
de mantenimiento de lBM, (decisión de la Comisión, de 13 de diciembre de
2011, COMP/C-3/39.692), la Comisión Europea consideró que existe un
mercado de producto de grandes servidores empresariales (párrafo 20 de
la decisión servicios de mantenimiento de lBM) del que formarían parte los
mainframes. Siguiendo la decisión comunitaria citada (párrafo 11), un
ordenador mainframe se puede definir como un servidor de gran tamaño,
muy potente, que se utiliza frecuentemente para procesar volúmenes de
datos muy grandes a altas velocidades. Constituyen la primera alternativa
que se comercializó en el mercado para responder a este tipo de
necesidad, no obstante, no entró a definir los detalles que conformarían
este mercado y sólo se ofrece una sucinta caracterización de este tipo de
servidores en un pie de página incluido en el apartado dedicado a los
productos y servicios afectados (pie de página 16 de la decisión servicios
de mantenimiento de lBM), caracterización que ha sido tenida en cuenta en
la definición del mercado realizada en el presente expediente.
(138) En cualquier caso, existe coincidencia en estos antecedentes en que el
sector de los servidores se encuentra diferenciado verticalmente en
distintos mercados. Por tanto, el elemento crucial del análisis consistirá en
definir el mercado de producto relevante en el que compiten los servidores
de HP que emplean el procesador ltanium, servidores comercializados bajo
la línea de productos HP lntegrity, dado que el procesador ltanium, utilizado
casi en exclusiva por HP (folio 1.500), habría sido el blanco del presunto
abuso de posición de dominio denunciado.
(139) Como refleja una presentación interna de [XXX], los clientes de servidores
de HP con procesadores ltanium vienen dados por empresas de muy gran
tamaño y se destinan a sistemas de misión crítica y de back-end (un
sistema de hardware back-end es aquél que hace el tratamiento de los
datos, mientras que uno front-end se ocupa de la captura de los datos), lo
cual viene corroborado por la lista de clientes que ha aportado HP en el
seno del expediente. Por ello se deduce que estos servidores competirían
en un mercado de producto formado por los servidores de gama alta,
denominación que coincidiría con la propuesta por ORACLE en el marco
35
del expediente de concentración SUN/ORACLE (párrafo 940 de la
decisión).
(140) Obsérvese que, a raíz de la caracterización anterior, la edición de Oracle
Database preferentemente utilizada en los servidores lntegrity es la
Enterprise Edition.
(141) Por ello, el siguiente paso consiste en definir los rasgos que conforman el
mercado de producto de los servidores de gama alta. Así, se trata de
equipos informáticos que presentan las más altas prestaciones técnicas del
mercado, por lo que pueden sobrellevar las cargas de trabajo en red más
exigentes (en términos de usuarios y/u operaciones que ejecutan, por
ejemplo por parte de la base de datos utilizada). Estas prestaciones
implican tanto una alta disponibilidad (por lo cual el servidor puede
funcionar prácticamente sin interrupción) como fiabilidad (representada por
un número muy reducido de errores) en grandes entornos/implantaciones,
lo cual conlleva que su precio se encuentre en el rango alto dentro del
sector de los servidores. Con carácter adicional, la venta de este tipo de
servidores va asociada a un servicio de soporte técnico de alta calidad,
dada la naturaleza del producto, que resulta crucial.
(142) Esta descripción del mercado de servidores de gama alta coincide en cierta
medida con la definición de un mercado de servidores de entorno crítico
esgrimida por HP, caracterizado por un elevado grado de disponibilidad,
fiabilidad y seguridad para garantizar una actividad ininterrumpida. Sin
perjuicio de ello, el concepto de “entorno crítico” resulta ambiguo en la
medida en que depende de lo que cada empresa considere que reúne tal
condición, lo cual no está necesariamente ligado al tamaño de la
infraestructura tecnológica de la empresa. Así, pueden existir entornos
críticos pequeños (con servidores pequeños) y entornos muy grandes (por
número de usuarios o número de operaciones que ejecutan) pero no
críticos (En el marco del expediente, tanto IBM (folios 1.103 y 1.105) como
ORACLE (folio 1.583) se han pronunciado en este sentido).
(143) Por ello, la DI consideró más ajustado a la realidad del mercado definir un
mercado conformado por los servidores de gama alta, que garantizarán un
elevado nivel de fiabilidad y prestaciones en grandes entornos de red, y
que no fueran sustituibles desde el punto de vista de la demanda por
servidores de gama media o baja, pues éstos no alcanzarían los mismos
niveles de fiabilidad y prestaciones que los servidores de gama alta.
(144) Por otra parte, dada la complejidad técnica y los costes de desarrollo de los
servidores de gama alta, la sustituibilidad por el lado de oferta de los
servidores de gama alta con otras tipologías de servidores sería limitada.
(145) Obsérvese que la segmentación realizada de los servidores guarda
semejanza con la realizada con las bases de datos, lo cual no resulta
extraño, dada la estrecha interdependencia que existe entre las diferentes
capas de la “infraestructura tecnológica” o technology stack.
36
(146) Tradicionalmente, se han adscrito al segmento de gama alta los mainframes
(cabe encontrar apoyo a esta adscripción también en el párrafo 20 de la
decisión servicios de mantenimiento de lBM) y aquellos servidores cuya
arquitectura (o esquema técnico) del procesador no es de tipo x86 como
los RISC y EPIC, a raíz de sus superiores prestaciones técnicas (véase,
por ejemplo, el párrafo 57 de la decisión MICROSOFT). La arquitectura x86
es la estándar en la industria informática y se basa en el procesador 8086
de INTEL. En el mercado existen los siguientes procesadores que utilicen
la arquitectura RISC y EPIC:
- basados en la arquitectura RISC; Power 7 de lBM, SPARC de
ORACLE, y
- basados en la arquitectura EPIC: ltanium de INTEL.
(147) Los servidores basados en procesadores RISC o EPIC también se conocen
como de familia UNIX, por funcionar con sistemas operativos que derivan
en mayor o menor medida de este sistema operativo.
(148) Existe un importante debate sobre si los servidores basados en arquitectura
x86 de 64 bit (también conocida en el mercado como x86-64) permiten
igualar las prestaciones de gama alta de los servidores anteriormente
señalados (por ejemplo, en términos de uptime que designa el tiempo que
un aparato o programa informático puede funcionar sin interrupción y se
utiliza como medida de su fiabilidad o estabilidad. Cabe destacar que
incluso una breve interrupción en el acceso a los datos puede resultar no
aceptable para una empresa. Parece existir un consenso en que los
desarrollos tecnológicos recientes han permitido a este tipo de servidores,
cuando trabajan varios en red (lo que se conoce como clúster), igualar en
cierta medida el rendimiento y funcionalidades presentes por los servidores
basados en arquitectura RISC o EPIC. Apoyan esta conclusión las propias
manifestaciones de INTEL, fabricante tanto de procesadores basados en
arquitectura EPIC (ltanium) como arquitectura x86 (Xeon) (folio 1.504):
"lntel tiene planes de continuar el desarrollo de los microprocesadores x86
que los fabricantes de equipo original usan para fabricar servidores que se
utilizan para tareas críticas. Con la introducción de XeonR 7500, cuyo
nombre en clave es Nehalem-EX, la familia de procesadores XeonR ha
cerrado sustancialmente la distancia que existía con la familia de
procesadores ItaniumR en lo que respecta a las características de
escalabilidad, capacidad de recuperación y protección de datos. Los
procesadores XeonR de lntel son capaces de ofrecer fiabilidad,
disponibilidad y capacidad de servicio similares a las de los procesadores
ltaniumR de lntel.".
Así como los comentarios de analistas del mercado, como un informe, de
junio de 2011, de la consultora tecnológica IDC, otro informe, de enero de
2012, de la consultora tecnológica Forrester Research, que afirma (folio
2.587) que:
37
"los sistemas x86 y en Linux han madurado significativamente en los
últimos años y actualmente proporcionan unas funcionalidades cercanas a
las de los mayores sistemas basados en UNIX de hace tres o cuatro años"
(traducción propia),
y la página web especializada AllThingsD.com, propiedad de Dow Jones
(editor del periódico The Wall Street Journal) recoge la siguiente
declaración del Sr. [XXX], de Mercury Research (que realiza un
seguimiento del mercado de procesadores x86):
"Xeon (procesador x86 de lntel) ha crecido", mantuvo. Muchas de las
características que incluía ltanium como adecuadas para labores
específicas han migrado hacia abajo, hacia los procesadores Xeon.
"Aunque todavía hay gran cantidad de casos en que Itanium es la elección
apropiada para el consumidor, el hecho es que a lo largo del tiempo Xeon
ha mejorado y es capaz de adecuarse a mayores segmentos del mercado
de servidores". Pueden existir casos, dijo [XXX], en los que un cliente que
hace unos años habría insistido en ltanium se encuentre más proclive a
considerar un Xeon más barato". (Traducción propia).
Estos hechos son reconocidos por HP en la propia denuncia (folios 23 y
24).
(149) A esta conclusión llega asimismo la Autoridad francesa de Competencia en
su decisión sobre medidas cautelares a propósito de la denuncia
presentada por HP sobre los mismo hechos (párrafo 29 de dicha Decisión).
(150) A la vista de lo anterior, aunque en este momento sólo existe una
convergencia limitada de prestaciones entre ambos tipos de servidores, el
desarrollo tecnológico apunta a que en el futuro se acentuará dicha
convergencia.
(151) En cuanto al precio, los servidores basados en procesadores de tipo x86
son generalmente más baratos. Sin embargo, debido a que hace falta
varios de ellos para igualar el rendimiento de un servidor de tipo RISC o
EPIC, es probable que a igualdad de prestaciones, la ventaja en precios de
los servidores x86 sea poco significativa.
(152) Por otra parte, es necesario tener en cuenta que el software escrito para los
procesadores de tipo x86 no es compatible con los procesadores de
arquitectura RISC o EPIC.
(153) Los principales procesadores de tipo x86 comercializados en el sector de
servidores son la serie Xeon de INTEL y la serie Opteron de AMD.
(154) En todo caso, según la DI, a efectos del presente expediente, no resulta
determinante pronunciarse sobre si determinados servidores basados en
procesadores de arquitectura x86 de 64 bits pertenecen al mercado de
gama alta, en la medida que no afecta a las conclusiones del análisis.
(155) En este sentido, con independencia de que se delimite un mercado de
servidores de gama alta más amplio o más estrecho, la presunta práctica
38
anticompetitiva de ORACLE estaría produciendo sus efectos en una parte
significativa del mismo, al buscar y generar la exclusión del mercado de los
servidores basados en el procesador ltanium, producidos
fundamentalmente por HP, uno de los principales operadores del mercado.
(156) A continuación la DI realiza una descripción sucinta de la oferta de las
principales empresas con servidores basados tanto en arquitectura RISC o
EPlC, y x86 (HP, ORACLE, IBM). Además de éstas, existen otras marcas
destacadas como Dell (x86), Fujitsu (mainframes, x86), Bull (mainframes,
RISC/EPIC, x86), SGI (x86), Cisco (x86) y Unisys (mainframes, x86).
i) Oferta de HP
(157) La oferta de HP en servidores con arreglo al procesador utilizado es la
siguiente:
- arquitectura EPIC, bajo el procesador ltanium de INTEL: HP lntegrity, y
- x86: Proliant
(158) Bajo la marca comercial HP lntegrity, basada en el procesador ltanium de
INTEL, HP comercializa dos familias de servidores:
- "lntegrity", que incluye los servidores lntegrity de montaje en rack, los
servidores blade lntegrity y los servidores lntegrity Superdome. Esta
línea de servidores utiliza primordialmente el sistema operativo HP-UX,
que es una variación de UNIX propiedad de HP.
- "lntegrity NonStop", que utiliza el sistema operativo NonStop propiedad
de HP.
(159) Por lo que se refiere a los servidores de la familia lntegrity, HP procedió a su
renovación completa en 2010, presentando los siguientes modelos,
basados en su integridad en el procesador ltanium 9300 de INTEL (lanzado
en 2010),
- el servidor lntegrity rx 2800m i2, con dos sockets/ocho núcleos,
- tres servidores blade lntegrity (BL860c i2, BL870c i2, BL890c i2) que
doblan la arquitectura de sus predecesores, con 8 sockets/32 núcleos, y
- el Superdome 2, que funciona con el sistema operativo HP-UX y cuya
escalabilidad aumentaba hasta 16 sockets/64 núcleos con una previsión
de incremento hasta 32 sockets/128 núcleos a finales de 2011.
(160) HP cuenta además con diversos modelos más antiguos basados en el
procesador Itanium 9100 (lanzado en 2007). La oferta de modelos lntegrity
de HP, en 2009 incluía (i) dos servidores blade; (ii) tres servidores
entryclass; (iii) dos servidores de gama media (el servidor rx7640, servidor
rx8640) y (iv) dos servidores de gama alta para entornos especialmente
críticos (el Superdome de 32 sockets y el Superdome de 64 sockets.
(161) Por lo que respecta a los servidores lntegrity NonStop, suponen según HP
una pequeña parte de todos los sistemas lntegrity de HP (menos del 10%).
39
Entre los modelos recientes presentados por HP, cabe destacar el sistema
blade NB54000c lntegrity NonStop y el lntegrity NonStop NS2200.
ii) Oferta de ORACLE
(162) Con anterioridad a la adquisición de SUN, ORACLE no vendía hardware.
Como resultado de esta adquisición en enero de 2010, ORACLE ha pasado
a ofrecer sus propias líneas de servidores, que clasificados por el tipo de
procesador es la siguiente:
- arquitectura RISC, basados en el procesador propio SPARC,
o SPARC T-Series,
o SPARC Enterprise M-Series, desarrollados conjuntamente
con Fujitsu, (por ello, Fujitsu también los comercializa por
separado). y
o SPARC SuperCluster, que constituye un conjunto
preconfigurado de servidor, almacenamiento y software.
Este tipo de servidores utiliza como sistema operativo la variante Solaris de
UNIX, propiedad de ORACLE.
- x86:
o los módulos Sun Blade x6270 y x6275,
o Sun Fire, de montaje en rack, y
o Exalogic y Exadata, que constituyen conjuntos
preconfigurados de servidor, almacenamiento y software.
(163) Además, ORACLE comercializa otra línea de servidores, que utiliza ya sea
procesadores con arquitectura RISC (con procesadores SPARC) o x86
(con procesadores Xeon de INTEL u Opteron de AMD): Netra.
iii) Oferta de IBM
(164) La oferta de IBM no sólo incluye servidores, sino también mainframes, que
comercializa bajo la marca "z", siendo el principal actor en este segundo
segmento. En cuanto a sus servidores, cabe agruparlos en las siguientes
líneas de producto, con arreglo a su arquitectura de procesador:
- arquitectura RISC, bajo el procesador propio Power 7: sistemas Power
(serie Power Blade, serie Power Express...).
Estos servidores utilizan primordialmente como sistema operativo la
variante AIX de UNIX, propiedad de IBM.
- x86:
o línea system x y BladeCenter, (folio 1.119) y
o Netezza, que constituye un conjunto preconfigurado de
servidor (que utiliza procesadores x86 de INTEL), almacenamiento
y software (folio 1.179).
40
2.2.- Mercados geográficos
(165) Según el precedente comunitario ORACLE/SUN, el mercado geográfico
relevante para las RDBMS de alto rendimiento sería mundial. Como
elementos que sustentan esta definición, cabe mencionar el carácter global
de la industria de tecnologías de la información y el hecho de que las
mismas bases de datos se compran y se utilizan en cualquier lugar del
mundo, sin costes de transporte, si bien se suelen adaptar al idioma del
lugar de compra.
(166) Por lo que se refiere al mercado geográfico relevante para los servidores de
gama alta, en la decisión HP/Compaq, la Comisión Europea estimó que la
dimensión del mercado parecía ser al menos el Espacio Económico
Europeo (EEE), (párrafo 23 de la decisión HP/Compaq). Esta delimitación
se basaría, entre otros motivos, en (i) los reducidos costes de transporte de
los servidores en relación al precio del producto, (ii) la similitud de
preferencias entre los consumidores, y (iii) las especificaciones del
producto, que son muy similares entre los distintos países.
(167) En todo caso, a los efectos del presente expediente, no es necesario
pronunciarse sobre la delimitación exacta de los ámbitos geográficos
relevantes de los mercados afectados, que en todo caso serían
supranacionales, en la medida que no afecta a las conclusiones del
análisis.
2.3.- Conclusión sobre mercados afectados
(168) A los efectos del presente expediente, la DI considera que los mercados
afectados son:
- el mercado de bases de datos relacionales (RDBMS) de alto
rendimiento, de ámbito supranacional, sin perjuicio de que se examine la
estructura de la oferta en España, el EEE y a nivel mundial; y
- el mercado de servidores de gama alta, de ámbito supranacional, sin
perjuicio de que se examine la estructura de la oferta en España, el EEE
y a nivel mundial.
2.4.- Estimación del tamaño de los mercados afectados y cuotas
2.4.1.- Mercado de bases de datos de alto rendimiento
(169) Por lo que se refiere al mercado de las bases de datos de alto rendimiento,
no resulta apropiado estimar su tamaño a partir del número de licencias de
RDBMS vendidas, toda vez que las empresas no miden el número de
licencias vendidas bajo criterios de unidades, tal y como se ha explicado
anteriormente al detallar el sistema de licencia de los principales actores
presentes en dicho mercado. Así, por ejemplo, IBM indica que el criterio
que emplea para medir el número de licencias de RDBMS vendidas no se
basa en unidades, sino en un conjunto de métricas que calibran el uso
autorizado por parte de sus clientes, variando dichas métricas de un
producto a otro (folio 1.107).
41
(170) Dada la heterogeneidad de métricas que emplean las empresas a la hora de
licenciar sus RDBMS, la DI estima que el dato que mejor sirve para realizar
una estimación fidedigna de la estructura de la oferta del mercado de
RDBMS de alto rendimiento es el importe neto de la cifra de negocios
derivada de los productos que lo componen.
(171) Tanto la Comisión Europea como la propia ORACLE optaron también por
seguir este método a la hora de estimar las cuotas de mercados en el
marco de la decisión ORACLE/SUN (párrafos 118 y 150 de la decisión
ORACLE/SUN. En dicha decisión la Comisión Europea empleó los ingresos
estimados por dos de las principales consultoras tecnológicas del sector,
IDC y GARTNER).
(172) Siguiendo también la decisión ORACLE/SUN, las cifras que se ofrecen no
tienen sólo en cuenta los ingresos derivados de las licencias, sino también
aquellos derivados del mantenimiento y soporte técnico del producto. En
este sentido, como se ha indicado anteriormente, en las bases de datos de
alto rendimiento se suelen comercializar conjuntamente la licencia de la
base de datos (que normalmente implica un único pago) junto con los
servicios de mantenimiento y soporte técnico del producto (que suelen
implicar pagos anuales).
(173) Asimismo, la DI consideró que han de incluirse en el citado cálculo los
ingresos derivados de los componentes opcionales que pueden contratarse
dentro de una base de datos, dado que estos componentes carecen de
virtualidad sin la base de datos.
(174) En las tablas que a continuación se muestran se han utilizado los datos
facilitados directamente por las empresas que comercializan las principales
bases de datos pertenecientes al mercado de bases de datos de alto
rendimiento: ORACLE, lBM, MICROSOFT y SYBASE. Por ello, puede
existir una oferta residual no contemplada, que en cualquier caso no es
especialmente significativa ni modifica sustancialmente la estructura del
mercado, a tenor de la información recabada en el presente expediente.
(175) De acuerdo con lo anterior, se han incluido en los datos de cada proveedor
los siguientes productos:
- ORACLE: los ingresos por licencias y mantenimiento de la Enterprise
Edition de Oracle Database, así como de los componentes que se
pueden contratar opcionalmente junto con esta edición, en el año fiscal
de ORACLE (de 1 de junio a 31 de mayo, folios 2.607 a 2.609);
- IBM: En los datos aportados por lBM, las licencias se catalogan como
“transaction” y los pagos por mantenimiento como “stream”, (folio 2.629).
Los ingresos por licencias y mantenimiento en el año natural de los
siguientes productos (folios 2.668 a 2.673):
o DB2
42
para el sistema operativo z/OS presente en los ordenadores
mainframe de lBM, tanto en su modalidad de licencia normal
(de pago mensual) como VUE (de pago de una sola vez) (folios
2.630 y 2.631), así como el componente opcional QMF;
para el resto de sistemas operativos, la Advanced Enterprise
Server Edition y la Enterprise Edition, así como los
componentes opcionales que se pueden contratar con esta
última edición.
o lnformix, la Ultimate Edition y la Ultimate Warehouse Edition, así
como los componentes opcionales que se pueden contratar con
estas ediciones.
- MICROSOFT: los ingresos por licencias (por servidor, por procesador y
por CAL -ordenador cliente que se conecta al servidor-) y mantenimiento
de Enterprise Edition y Datacenter Edition de SQL Server en el año fiscal
de MICROSOFT (de 1 de julio a 31 de junio, folios 2.621, 2.623 y 2.696).
Al respecto, MICROSOFT manifiesta que no puede desglosar el importe
que suponen las licencias por usuario (que denomina CAL) y su
mantenimiento dentro de la Enterprise Edition al ser una licencia
indistinta para toda edición de SQL Server. Para contemplar este
importe, la DI procedió a estimarlo a partir del peso que entrañan las
licencias por procesador y servidor, así como su mantenimiento, de la
Enterprise Edition, dentro del total de ingresos de SQL Server.
-SYBASE; los ingresos por licencias y mantenimiento en el año fiscal de
SYBASE (que coincide con el natural) de los siguientes productos (folio
2.724):
o Adaptive Server Enterprise, en sus ediciones
Enterprise Edition, y
Cluster Edition (como SYBASE no ha aportado el importe
desglosado que supone esta edición dentro de la contratación de
opciones y soporte de Adaptive Server Enterprise, se ha procedido
a estimar dicho importe a partir del peso que supone la dicha
edición dentro del total de licencias de Adaptive Server Enterprise);
o Sybase IQ, en su edición Enterprise Edition. SYBASE no ha podido
desglosar el importe que supone esta edición (folio 2.723), por lo
que se ha empleado en el cómputo la cifra total que representan
todas sus ediciones. El efecto es una sobrestimación de la
importancia de esta edición en el mercado.
Adicionalmente, cabe señalar que los datos aportados por esta empresa
para el EEE cubren todo el continente europeo.
43
Tabla 13
Ingresos por empresa en el mercado mundial de bases de datos de alto
rendimiento (€)
EMPRESA
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
ORACLE […] [70-80] […]
[70-
80] […] [70-80]
IBM […] [10-20] […]
[10-
20] […] [10-20]
MICROSOFT
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
SYBASE
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
TOTAL
6.598.781.894
100
7.456.858.958
100
8.057.439.206
100
Fuente: respuestas a requerimiento de la Dirección de Investigación (vid. supra)
Tabla 14
Ingresos por empresa en el mercado de bases de datos de alto rendimiento
en el EEE (€)
EMPRESA
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
ORACLE
[…]
[70-80]
[…]
[70-80]
[…]
[70-80]
IBM
[…]
[10-20]
[…]
[10-20]
[…]
[10-20]
MICROSOFT
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
SYBASE
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
TOTAL
2.105.783.798
100
2.302.399.608
100
2.388.159.479
100
Fuente: respuestas a requerimientos de la Dirección de Investigación (vid. supra)
Tabla 15
Ingresos por empresa en el mercado español de bases de datos de alto
rendimiento (€)
EMPRESA
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
ORACLE
[…]
[70-80]
[…]
[60-70]
[…]
[70-80]
IBM
[…]
[20-30]
[…]
[20-30]
[…]
[20-30]
MICROSOFT
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
SYBASE
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
[…]
[0-10]
TOTAL
151.832.505
100
165.909.594
100
161.407.601
100
Fuente: respuestas a requerimientos de la Dirección de Investigación (vid. supra)
44
2.4.2.- Mercado de servidores de gama alta
(176) A continuación se proporciona una estimación del mercado de servidores de
gama alta basándose en las estimaciones sobre ingresos de los fabricantes
de servidores de gama alta que publica con carácter trimestral la consultora
tecnológica lDC, en una tabla dinámica titulada “Worldwide quarterly server
tracker”, cuya última versión disponible a fecha de redacción del presente
pliego alcanza hasta el cuarto trimestre de 2011 (para la conversión de
cifras de dólares estadounidenses a euros, se ha tenido en cuenta el tipo
de cambio de cada año relevante con arreglo a lo establecido en el párrafo
204 de la Comunicación de la Comisión Europea sobre cuestiones
jurisdiccionales en materia de competencia, realizada de conformidad con
el Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, sobre el control de las
concentraciones entre empresas. En concreto, el tipo de cambio en
cuestión fue del 1,394 en 2009; 1,325 en 2010, y 1,392 en 2011).
(177) Dado el debate que existe en torno a la adscripción de servidores basados
en procesadores con arquitectura x86 al mercado de servidores de gama
alta (y más exactamente, las configuraciones y modelos de servidores que
podrían satisfacer las características de este mercado), se ha optado por
excluir este tipo de servidores de la estimación que se ofrece del mercado.
(178) Sin embargo, como se ha comentado anteriormente, a efectos del presente
expediente la DI considera que esta exclusión no resulta determinante, en
la medida que la presunta práctica anticompetitiva habría producido sus
efectos exclusionarios en una parte significativa del mercado de servidores
de gama alta, con independencia de delimitación exacta del mercado,
concretamente los servidores basados en el procesador ltanium,
fundamentalmente fabricados por HP.
(179) Cabe señalar que los datos que se ofrecen del EEE no cubren la totalidad
de países que integran este bloque regional, al no publicar IDC datos sobre
todos ellos (no obstante, los países contemplados cubren casi toda la
población del EEE, al sólo quedar fuera los países de menor tamaño.
Concretamente, la información referida al EEE cubre los siguientes países:
Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia,
Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Noruega, Polonia, Portugal,
Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Reino Unido, y Países
Bajos).
Asimismo, cuando en la tabla no se indica una cifra ello implica que la cifra
de negocio es nula o insignificante.
(180) En primer lugar, se pasan a exponer los datos de ingresos por venta de
mainframes.
45
Tabla 16
Ingresos por fabricante de mainframes a nivel mundial (millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM
2.675,92
73,4
3.153,95
79,9
3.131,17
83,2
Fujitsu
505,17
13,9
543,46
13,8
362,4
9,6
Hitachi
161,45
4,4
135,85
3,4
119,79
3,2
Unisys
117,21
3,2
95,59
2,4
108,6
2,9
NEC
126,88
3,5
9,98
0,3
40,49
1,1
Fujitsu Siemens
38,87
1,1
n.d.
n.d.
n.d.
n.d.
Bull
17,74
0,5
8,98
0,2
n.d.
n.d.
Mitsubishi
2,72
0,1
n.d.
n.d.
n.d.
n.d.
TOTAL
3.645,95
100
3.947,8
100
3.762,45
100
Fuente: IDC, folios 2.910 y 2.927
Tabla 17
Ingresos por fabricante de mainframes en el EEE (millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM 643,04 77,3 728,35 78,5 771,01 79,57
Fujitsu 123,67 14,9 162,4 17,5 147,84 15,26
NEC 9,09 1,1 6,15 0,7 39,91 4,16
Bull 11,34 1,4 2,79 0,3 n.d. n.d.
Fujitsu Siemens 38,87 4,7 n.d. n.d. n.d. n.d.
Unisys 6,03 0,7 27,98 3 10,25 1,06
TOTAL
832,05
100
927,52
100
969,01
100
Fuente: IDC, folios 2.910 y 2.928. En los datos en € de 2011 recogidos en el folio 2.910 se han observado errores
materiales por lo que se ha trabajado sobre la base de los datos en $ recogidos en el folio 2.928, a los que se ha
aplicado el tipo oficial de conversión.
Tabla 18
Ingresos por fabricante de mainframes en España (millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM
30,33
97,8
21,71
100
63,77
100
Bull
0,69
2,2
n.d.
n.d.
n.d.
n.d.
TOTAL
31,02
100
27,71
100
63,77
100
Fuente: IDC, folios 2.911 y 2.929
46
(181) A continuación, se incluyen los datos de ingresos por la venta de servidores
basados en la arquitectura RISC/EPIC (i.e., no x86).
Tabla 19
Ingresos por fabricante de servidores basados en la arquitectura RISC/EPIC
a nivel mundial (millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM 4.388,91 42,7 4.231,11 45,8 4.500,38 49,5
HP 2.831,97 27,5 2.528,12 27,4 2.065,96 22,7
ORACLE 2.262,24 22 1.895,61 20,5 1.662,7 18,3
Fujitsu 304,18 3 257,26 2,8 n.d. n.d.
Hitachi 134,11 1,3 97,33 1,1 89 1
NEC 159,3 1,5 82,03 0,9 76,05 0,8
Bull 140,81 1,4 130,34 1,4 95,14 1
SGI 25,31 0,2 11,15 0,1 7,75 0.1
Powerleader 1,73 0,0 1,16 0,0 0,19 0,0
Stratus 1,26 0,0 2,01 0,0 0,76 0,0
Toshiba 0,55 0,0 6,71 0,1 1,55 0,0
Fujitsu Siemens 23,61 0,2 n.d. n.d. 592,48 6,5
Unisys 14,33 0,1 0,41 0,0 n.d. n.d.
TOTAL
10.288,32
100
9.243,24
100
9.091,96
100
Fuente: IDC, folios 2.907 y 2.923.
Tabla 20
Ingresos por fabricante de servidores basados en la arquitectura RISC/EPIC
en el EEE (millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM
846,27
35,4
721,94
39,1
758,32
44,1
HP
682,94
28,5
502,72
27,2
422,88
24,6
ORACLE
651,71
27,2
449,8
24,3
415,5
24,2
Bull
132,11
5,5
120,16
6,5
92,69
5,4
Fujitsu
40,22
1,7
51,8
2,8
26,81
1,6
SGI
2,49
0,1
1,45
0,1
1,56
0,1
Fujitsu Siemens
22,87
1
n.d.
n.d.
n.d.
n.d.
Unisys
14,03
0,6
n.d.
n.d.
n.d.
n.d.
TOTAL
2.392,63
100
1.847,87
100
1.717,76
100
Fuente: IDC, folios 2.908 y 2.924
47
Tabla 21
Ingresos por fabricante de servidores basados en la arquitectura RISC/EPIC
en España (millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM
55,78
38,9
44,91
43,6
46,68
48,2
HP
46,12
32,2
33,56
32,6
29,51
30,5
ORACLE
37,99
26,5
19,05
18,5
19,29
19,9
Fujitsu
0,09
0,1
1,04
1
0,51
0,5
Bull
3,25
2,3
4,35
4,2
0,91
0,9
TOTAL
143,23
100
102,92
100
96,9
100
Fuente: IDC, folios 2.908 y 2.925
(182) Por último, se ofrecen los datos para el conjunto del mercado de servidores
de gama alta, fruto de la suma de las tablas relativas a mainframes y servidores
basados en la arquitectura RISC/EPIC.
Tabla 22
Ingresos por fabricante en el mercado de servidores de gama alta a nivel
mundial (millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM
7.064,83
50,7
7.385,06
56,0
7.631,55
59,4
HP
2.831,97
20,3
2.528,12
19,2
2.065,96
16,1
ORACLE
2.262,24
16,2
1.895,61
14,4
1.662,7
12,9
Fujitsu
809,35
5,8
800,72
6,1
362,4
2,8
Hitachi
295,56
2,1
233,18
1,8
208,79
1,6
Unisys
131,54
0,9
96
0,7
108,6
0,8
NEC
286,18
2,1
92,01
0,7
116,54
0,9
SGI
25,31
0,2
11,15
0,1
7,75
0,1
Fujitsu Siemens
62,48
0,4
n.d.
n.d.
592,48
4,6
Bull
158,55
1,1
139,32
1,1
95,14
0,7
Mitsubishi
2,72
0,0
n.d.
n.d.
n.d.
n.d.
Powerleader
1,73
0,0
1,16
0,0
0,19
0,0
Stratus
1,26
0,0
2,01
0,0
0,76
0,0
Toshiba
0,55
0,0
6,71
0,1
1,55
0,0
TOTAL
13.934,27
100
13.191,05
100
12.854,41
100
Fuente: IDC, a partir de las tablas anteriores
48
Tabla 23
Ingresos por fabricante en el mercado de servidores de gama alta en el EEE
(millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM
1.489,31
46,2
1.450,29
52,3
1.529,35
56,9
HP
682,94
21,2
502,72
18,1
415,5
15,5
ORACLE
651,71
20,2
449,8
16,2
422,88
15,7
Fujitsu
163,89
5,1
214,04
7,7
174,65
6,5
NEC
9,09
0,3
6,15
0,2
39,91
1,5
Bull
143,45
4,4
122,95
4,4
92,69
3,4
Fujitsu Siemens
61,74
1,9
n.d.
n.d.
n.d.
n.d.
Unisys
20,06
0,6
27,98
1,0
10,25
0,4
SGI
2,49
0,1
1,45
0,1
1,56
0,1
TOTAL
3.224,68
100
2.775,38
100
2.686,79
100
Fuente: IDC, a partir de las tablas anteriores.
Tabla 24
Ingresos por fabricantes en el mercado de servidores de gama alta en
España (millones de €)
FABRIC ANTE
2009
2010
2011
Ingresos
%
Ingresos
%
Ingresos
%
IBM
86,11
49,4
66,62
53,5
110,45
68,7
HP
46,12
26,5
33,56
26,9
29,51
18,4
ORACLE
37,99
21,8
19,05
15,3
19,29
12
Fujitsu
0,09
0,1
1,04
0,8
0,51
0,3
Bull
3,94
2,3
4,35
3,5
0,91
0,6
TOTAL
174,25
100
124,62
100
160,67
100
Fuente: IDC, a partir de las tablas anteriores.
(183) A la vista de lo anterior, cabe destacar la fuerte concentración que existe en
el mercado mundial de servidores de gama alta: los tres principales
fabricantes (IBM, HP y ORACLE) aglutinaban en 2011 una cuota de
mercado conjunta estimada del 88,4%.
3.- SOBRE LOS HECHOS PROBADOS
(184) Con base en la documentación recabada en el marco del presente
expediente, la DI considera acreditados los siguientes hechos:
49
1. HP y ORACLE han mantenido una fluida relación de trabajo durante
más de 25 años hasta que se produjeron los hechos denunciados
(185) Tal y como es notorio en el sector informático, con anterioridad a los hechos
denunciados, HP y ORACLE colaboraron estrechamente en el mercado
sobre la base de sus respectivas fortalezas, HP en el hardware y ORACLE
en el software (especialmente, bases de datos), con el fin de ofrecer una
oferta conjunta más atractiva al consumidor. Así, se ha destacado por el
sector que la complementariedad de la oferta de ambas empresas cimentó
una estrecha colaboración que data de muchos años (folios 2.975 a 2.978),
y con anterioridad a los problemas actuales que enfrentan a ambas
compañías, ORACLE constituyó el principal socio de HP en materia de
bases de datos (folios 2.979 a2.982)].
(186) EI mercado de servidores de gama alta no resultó ajeno a esta estrecha
cooperación hasta el punto que el Sr. [XXX], afirmó en 2006 que “no existe
ninguna plataforma más importante para ORACLE que HP e ltanium”
(traducción propia, folios 2.983 a 2.989). En particular, esta cooperación en
el mercado de servidores de gama alta se tradujo en que Oracle Database
fue compatible con el procesador ltanium desde el lanzamiento de la
versión 9i release 2 de dicha base de datos en 2002 (i.e., el año siguiente
al lanzamiento comercial del procesador Itanium, folio 242).
(187) Esta relación fue reiterada por ambas partes el 20 de septiembre de 2010.
Por un lado, el Sr. [XXX] manifestó que “ORACLE y HP continuarán
desarrollando y expandiendo una colaboración que se ha prolongado
durante 25 años” (traducción propia, folios 2.990 y 2.991). Por otro lado, en
unas declaraciones recogidas en una página web de ORACLE, HP señaló
que ambas empresas "han trabajado estrechamente en trabajos de
ingeniería informática e integración de productos durante 30 años"
(traducción propia, folio 2.992).
2. La práctica totalidad de la producción del procesador Itanium de
INTEL es comprada por HP para ser utilizada en su línea de servidores
Integrity
(188) Tal y como es conocido ampliamente por el sector especializado (folio
2.993), HP adquiere la práctica totalidad de la producción del procesador
ltanium para utilizarla en su línea de servidores lntegrity, lo cual viene
corroborado por el propio fabricante de estos procesadores, INTEL (folio
1.500).
3. Con efectos a partir del 24 de septiembre de 2009, ORACLE redujo
el precio mundial de la nueva licencia de la Enterprise Edition de
ORACLE database para los servidores que utilizan el procesador
Ultrasparc t2+ de SUN, al rebajar en un 33% el llamado “core factor”
de dicho procesador
(189) Tal y como muestra la tabla de “factores de los núcleos del procesador” de
ORACLE (esta tabla viene recogida, a fecha 3 de enero de 2012, en el folio
50
2.159), a partir del 24 de septiembre de 2009 ORACLE redujo a nivel
mundial el precio de las nuevas licencias de la Enterprise Edition de Oracle
Database a aquellos servidores que emplean el procesador UItraSPARC
T2+ de SUN, con independencia de la modalidad de licencia escogida (por
usuario o por procesador).
(190) Más concretamente, ORACLE rebajo el llamado “core factor” de este tipo de
procesador, pasando de 0,75 a 0,5. Este factor modula el número de
licencias de la Enterprise Edition de Oracle Database que debe adquirir un
cliente (ya sea por usuario o por procesador), en función del número de
núcleos presentes en los procesadores del hardware en el que se vaya a
instalar la base de datos. Así,
- si el cliente obtiene sus licencia bajo la modalidad basada en el número
de procesadores, el número de licencias que precisará se determinará
multiplicando el número total de núcleos contenidos en los procesadores
del servidor del cliente por el “core factor” especificado por ORACLE.
En el presente caso, un servidor con una CPU UltraSPARC T2+, de 4
núcleos, procesador que tiene un “core factor” de 0,5 (Es decir, cada
núcleo equivale a medio procesador a nivel de licencia), implica que el
número total de licencias que se deben adquirir es de (0,5 x 4 =) 2.
- en cambio, si el cliente obtiene su licencia bajo la modalidad de número
de usuarios, el número de licencias que necesitará se determinará en
función del número de usuarios, existiendo un número mínimo de
licencias que debe adquirir. A su vez, este número mínimo de licencias
se determina en función del número y tipo de procesadores utilizados
por el hardware en el que se va a instalar la base de datos, de acuerdo
con el procedimiento fijado por ORACLE descrito anteriormente.
(191) Por tanto, a la luz de lo anterior, el precio de las nuevas licencias para
servidores que utilizan el procesador UItraSPARC T2+ se redujo un 33%
bajo el sistema de licenciamiento por procesador, de uso más extendido
que la modalidad por número de usuarios. En el caso de licencias por
usuarios, la rebaja del “core factor” se traduce en que se reduce en esa
misma proporción el número mínimo de usuarios que es preciso contratar
para acogerse a dicha modalidad.
(192) Esta rebaja se produjo cuando ORACLE tenía prevista la adquisición del
control exclusivo de SUN y así lo había notificado a las autoridades de
competencia (La operación de concentración ORACLE/SUN fue notificada
a la Comisión Europea el 30 de julio de 2009).
4. Con fecha 9 de septiembre de 2010, ORACLE mantuvo que tenía
previsto continuar compatibilizando sus productos con los servidores
Integrity de HP al igual que hiciera con los demás servidores más
importantes basados en el sistema operativo UNIX.
51
(193) Tal y como consta acreditado en el expediente, ORACLE se dirigió por carta
a clientes de HP, con fecha 9 de septiembre de 2010, para informarles,
entre otros aspectos, de lo siguiente:
"En relación con la estrategia de Oracle en materia de lanzamiento de
productos para hardware, Oracle tiene como objetivo continuar
comercializando sus nuevos productos para HP-UX lntegrity durante un
periodo de tiempo similar al de los demás servidores estratégicos basados
en UNIX. [...] compatibilizando las futuras versiones de la infraestructura de
Oracle con los servidores lntegrity HP-UX durante un período de tiempo
similar al que se mantenga para el resto de servidores estratégicos
basados en UNIX. [...] Oracle pretende continuar comercializando
productos de calidad para lntegrity" (traducción propia, folio 142).
5. Con efectos a partir del 1 de diciembre de 2010, ORACLE aumentó
el precio mundial de la nueva licencia de la Enterprise Edition de
ORACLE database para los servidores que utilizan el procesador
Itanium 9300 de INTEL, al doblar el ”core factor” de dicho procesador.
(194) Tal y como reconoce ORACLE (folio 1.592) y muestra también tabla de
“factores de los núcleos del procesador” de ORACLE (folio 2.159), a partir
del 1 de diciembre de 2010 aumentó a nivel mundial el precio de las
nuevas licencias de la Enterprise Edition de Oracle Database a aquellos
servidores que emplean el procesador ltanium 9300 de INTEL, con
independencia de la modalidad de licencia escogida (por usuario o por
procesador). El procesador ltanium 9300 de INTEL es el procesador más
reciente y avanzado de la serie Itanium.
(195) Más concretamente, ORACLE aumentó el llamado “core factor” de este
modelo de procesador, pasando de 0,5 a 1. Este factor modula el número
de licencias de la Enterprise Edition de Oracle Database que debe adquirir
un cliente (ya sea por usuario o por procesador), en función del número de
núcleos presentes en los procesadores del hardware en el que se vaya a
instalar la base de datos. Así,
- si el cliente obtiene sus licencia bajo la modalidad basada en el número
de procesadores, el número de licencias que precisará se determinará
multiplicando el número total de núcleos contenidos en los procesadores
del servidor del cliente por el “core factor” especificado por ORACLE.
En el presente caso, un servidor con dos CPUs ltanium 9300, de 4
núcleos, procesador que tiene un “core factor” de 1 (es decir, cada
núcleo equivale a 1 procesador a nivel de licencia), implica que el
número total de licencias que se deben adquirir es de (1 x 4 x 2 =) 8.
- en cambio, si el cliente obtiene su licencia bajo la modalidad de número
de usuarios, el número de licencias que necesitará se determinará en
función del número de usuarios, existiendo un número mínimo de
licencias que debe adquirir. A su vez, este número mínimo de licencias
se determina en función del número y tipo de procesadores utilizados
52
por el hardware en el que se va a instalar la base de datos, de acuerdo
con el procedimiento fijado por ORACLE descrito anteriormente.
(196) Por tanto, a la luz de lo anterior, el precio de las nuevas licencias para
servidores que utilizan el procesador ltanium 9300 se duplicó bajo el
sistema de licenciamiento por procesador, de uso más extendido que la
modalidad por número de usuarios. En el caso de licencias por usuarios, la
duplicación del “core factor” se traduce en que se dobla el número mínimo
de usuarios que es preciso contratar para acogerse a dicha modalidad.
(197) Dos correos internos de ORACLE arrojan luz sobre el proceso de decisión
que condujo a la adopción de esta modificación:
- el primer correo electrónico data del 9 de noviembre de 2010 [XXX].
Este correo electrónico contiene una cadena de correos electrónicos
intercambiados entre el Sr. [XXX], y el Sr. [XXX].
[XXXXX]:
[XXX].
[XXX].
[XXX].
A lo que el Sr. [XXX]:
[XXX].
Respondiendo a su vez el Sr. [XXX]:
[XXX].
- el segundo correo data del 12 de diciembre de 2010 y lleva por título
“Re: Core Factor changes–Update”. Este correo electrónico contiene
una cadena de correos electrónicos intercambiados que pasamos a
exponer por orden cronológico (folio 1.798)
o en primer lugar, el Sr. [XXX] se dirige al Sr. [XXX], y al Sr. [XXX],
en los siguientes términos:
[XXX].
1. [XXX].
2. [XXX].
3. [XXX].
o a continuación, el Sr. [XXX]:
[XXX]
o a lo que el Sr. [XXX], contesta:
[XXX].
53
6. Con fecha 22 de marzo de 2011, ORACLE anunció que dejaba de
hacer compatible todo su nuevo software con el procesador Itanium
(198) Con fecha 22 de marzo de 2011, ORACLE hizo público el siguiente
comunicado de prensa que reza textualmente:
"Oracle abandona el desarrollo de software para el procesador ltanium de
lntel.
REDWOOD SHORES, Calif., 22 de marzo de 2011
Tras diversas conversaciones con la cúpula directiva de lntel, Oracle ha
decidido dejar de desarrollar todo su software para el procesador ltanium
de lntel. Los directivos de lntel han dejado claro que su interés estratégico
se encuentra centrado en su procesador x86 y que ltanium se estaba
aproximando al final de su vida.
Tanto Microsoft como RedHat ya han abandonado el desarrollo de software
para ltanium. El CEO de HP, Leo Apotheker, no hizo ninguna mención a
Itanium en su larga y detallada presentación sobre la futura dirección
estratégica de HP.
Oracle continuará proporcionando a sus clientes soporte técnico en las
versiones actuales de productos de software de Oracle que se encuentran
funcionando sobre ltanium" (traducción propia, folio 127).
(199) Este anunció de ORACLE implica que, a partir de dicha fecha, todas las
nuevas versiones del software de ORACLE (bases de datos, middleware,
aplicaciones de software empresarial...) no funcionarán en aquellos
servidores que utilicen procesadores ltanium.
(200) En este sentido, ORACLE tiene previsto lanzar en otoño de 2012 la nueva
versión de Oracle Database la versión 12g, (folio 1.311).
7. Con fecha 8 de febrero de 2010, INTEL anuncia públicamente que
tiene previsto comercializar dos nuevas versiones del procesador
Itanium con los nombres en clave Poulson y Kittson.
(201) Con fecha 8 de febrero de 2010, al anunciar el lanzamiento de la actual
generación del procesador ltanium, conocida como serie 9300 (siendo su
nombre en clave Tukwila), INTEL se comprometió públicamente a
comercializar dos nuevas generaciones del procesador ltanium con los
nombres en clave Poulson y Kittson (folio 2.974).
(202) Al día siguiente del anuncio de ORACLE relativo a su decisión de dejar de
compatibilizar su nuevo software con servidores que utilicen el procesador
Itanium, el 23 de marzo de 2011, INTEL hizo público el siguiente
comunicado de prensa en el que reiteró su anterior compromiso:
"A raíz de los recientes anuncios de Oracle, lntel aprovecha esta
oportunidad para reiterar expresamente sus planes para el procesador
Itanium. 'El trabajo de lntel en materia de procesadores y plataformas
Itanium de lntel continúa al mismo ritmo con diversas generaciones de
54
procesadores en desarrollo y bajo el calendario previsto", dijo [XXX] de
lntel Corporation. "Nos mantenemos firmemente comprometidos con
producir una hoja de ruta competitiva y que cubra varias generaciones para
HP-UX y otros consumidores de sistema operativo que utilizan la
arquitectura ltanium". Poulson es la próxima generación de procesadores
basados en ltanium con 8 cores de 32 nm, y se encuentra en camino de
doblar el rendimiento de la actual arquitectura Tukwila. Kttson es una hoja
de ruta oficialmente comprometida para ltanium más allá de Poulson y
también se encuentra bajo desarrollo activo. En un discurso del próximo
foro de desarrolladores de lntel que tendrá lugar en Beijing se destacará el
impulso que tiene la industria del procesador ltanium de lntel" (traducción
propia, folio 146).
(203) Con posterioridad a este comunicado, en el Foro de desarrolladores de lntel
de Beijing celebrado en abril de 2011, el Sr. [XXX] de INTEL, ha revelado
que INTEL espera comercializar Poulson en la primera mitad de 2012 y
Kittson hacia 2014 (folios 2.994 a 2.997).
(204) INTEL ha reiterado estos planes de desarrollo ante la CNC y, de modo
importante, no descarta dar continuidad al procesador ltanium tras el
producto Kittson (folios 1.502 y1.503).
8. Al día siguiente del anuncio por el que dejaba de desarrollar nuevo
software para el procesador Itanium, ORACLE comenzó a preparar
iniciativas comerciales para captar clientes de servidores HP Integrity
que sabía utilizaban su software, iniciativas que posteriormente llevo
a cabo.
(205) Los siete documentos internos de ORACLE que a continuación se detallan
muestran como al día siguiente de anunciar que dejaba de desarrollar
nuevo software para el procesador ltanium, ORACLE empezó a preparar
iniciativas comerciales para captar clientes de servidores de HP Integrity
que sabía utilizaban su software, y también documentan su puesta en
práctica.
(206) Con fecha 23 de marzo de 2011, en un correo interno de ORACLE [XXX], el
Sr. [XXX] escribe a los [XXX], a propósito del anuncio de 22 de marzo de
2011 sobre el procesador ltanium:
[XXX].
(207) En ese mismo día, 23 de marzo de 2011, en un correo electrónico interno
de ORACLE titulado [XXX], escribe:
[XXX].
[XXX].
(208) Este mismo ejecutivo envía también ese mismo día otro correo electrónico
interno con idéntico título (folio 1.762) que reza:
[XXX].
55
[XXX].
[XXX].
[XXX]
(209) Con fecha 25 de marzo de 2011, un correo interno de ORACLE, [XXX],
revela que ese día se puso en marcha el llamado programa [XXX] para el
área geográfica de Europa, Oriente Medio y África (EMEA, por sus siglas
en inglés), y cuyo contenido se detalla en el propio correo [XXX]:
[XXX].
[XXX].
[XXX]
[XXX]:
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX]
[XXX].
[...]
[XXX].
(210) Con fecha 28 de marzo de 2011 empleados de la división norteamericana
de venta de hardware de ORACLE mantuvieron una conferencia telefónica
de cuya transcripción [XXX] cabe destacar los siguientes fragmentos:
[XXX]
Introducción
[…]
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[…]
[XXX]
[XXX].
[XXX].
[XXX].
56
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
<[XXX]
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
<[XXX]
[XXX].
[XXX].
[XXX].
<[XXX]
[XXX].
[XXX].
[XXX].
[XXX].
Cierre
[XXX].
(211) En una cadena posterior de correos electrónicos internos de ORACLE, se
da cuenta del grado de cumplimiento de la campaña de acción detallada en
la mencionada conferencia telefónica de 28 de marzo de 2011 (folios 1.775
a 1.779).
57
(212) En un correo electrónico interno de ORACLE, de fecha 17 de junio de 2011
[XXX], el Sr. [XXX], da cuenta del contenido de una reunión interna al más
alto nivel de la división de hardware de ORACLE, celebrada el 14 de junio
de 2011, y a la que asistieron responsables de las distintas regiones
mundiales. [XXX]:
[XXX].
- [XXX].
[…]
Mensajes
[…]
3. [XXX]
[XXX].
9. ORACLE era consciente de que con su anuncio de 22 de marzo de
2011 estaba dictando la obsolescencia tecnológica del procesador
Itanium
(213) Con fecha 27 de marzo de 2011, el Sr. [XXX], destacado ejecutivo de
ORACLE [XXX], envió un correo electrónico interno [XXX] en el que realiza
la siguiente afirmación [XXX]:
[XXX].
10. Para los clientes que utilizan servidores de HP basados en Itanium
y ORACLE database, resulta menos costoso y arriesgado sustituir
dicho servidor antes que la base de datos
(214) La transferencia de datos de una base de datos a otra, proceso conocido
como migración de la base de datos, constituye un ejercicio particularmente
costoso, laborioso y arriesgado en cuanto a la posible pérdida de datos, tal
y como ha subrayado la Comisión Europea (en la decisión ORACLE/SUN,
párrafo 136) y la Autoridad francesa de Competencia (en la decisión sobre
medidas cautelares a propósito de la denuncia presentada por HP sobre el
mismo fondo que el presente expediente).
(215) Dados estos riesgos y costes, la mayoría de las empresas tienden a utilizar
la misma base de datos durante muchos años, pasando de una versión a
otra más nueva según surja la necesidad, en un proceso que también
entraña costes y riesgos, aunque en menor medida que el cambio de
proveedor de base de datos (véase, a título de ejemplo, la respuesta de
[XXX] a requerimiento de la DI,[XXX]).
(216) Estas conclusiones han sido confirmadas por clientes españoles requeridos
en el marco de la información reservada que dio lugar a la incoación del
presente expediente. Ante el anuncio de que las nuevas versiones de
Oracle Database van a dejar de ser compatibles con los servidores Integrity
de HP, 8 de los 12 clientes consultados que afirmaron utilizar ambos
58
productos conjúntame (de las 14 respuestas recibidas, [XXX] e [XXX]
declararon no utilizar servidores lntegrity de HP) manifestaron que dejarán
de comprar servidores Integrity de HP, antes que abandonar Oracle
Database [(respuestas de [XXX], [XXX], [XXX], [XXX], [XXX], [XXX] y
[XXX]. En el caso de [XXX], manifestó no haber tomado una decisión, si
bien reconoció que a corto y medio plazo su única opción es continuar con
Oracle Database (folio 617)]. De modo más importante, ningún cliente de
estos 12 declaró que fuera a cambiar de proveedor de base de datos (los
otros 4 clientes, [XXX], [XXX], [XXX] y [XXX] declararon no haber tomado
todavía una decisión al respecto).
(217) Asimismo, dos terceras partes de las empresas francesas consultadas en el
marco del procedimiento sobre adopción de medidas cautelares
anteriormente reseñado, también declararon que la migración de servidor
resulta sustancialmente menos cara y arriesgada para el usuario que la
migración de base de datos (párrafo 130 de la decisión sobre medidas
cautelares a propósito de la denuncia presentada por HP ante la Autoridad
francesa de competencia).
(218) Además, el fenómeno descrito se ve reforzado por la extensa oferta de
software de ORACLE más allá de las bases de datos, que incluye
aplicaciones empresariales como Siebel y Java, cuyas nuevas versiones
también dejarán de ser compatibles con el procesador ltanium, lo cual
genera un efecto incentivador adicional a los clientes para decantarse a
favor de la base de datos ante la citada disyuntiva (la lista completa de los
productos de ORACLE compatibles con el procesador ltanium, y que dejan
de serlo, se puede consultar en el folio 129,). Como observa la Comisión
Europea en la decisión ORACLE/SUN.
“dado que la base de datos es una pieza clave del sistema de tecnologías
de la información, todo tipo de aplicaciones empresariales se conectan al
sistema de la base de datos. Ello crea una "herencia" de la base de datos
que favorece la fidelidad al proveedor' (traducción propia, párrafo 137 in
fine de la decisión ORACLE/SUN).
(219) Por último, como pone de manifiesto el correo electrónico interno de
ORACLE, de fecha 17 de junio de 2011 y titulado [XXX].
11. Un elevado número de consumidores que utilizan conjuntamente
servidores de HP basados en el procesador Itanium y ORACLE
database declaran verse perjudicados por el anuncio de ORACLE de
dejar de hacer compatible su nuevo software con dicho procesador.
Dichas quejas fueron previstas por ORACLE.
(220) Según estimaciones de la consultora tecnológica Forrester Research,
existen casi 30.000 clientes que emplean Oracle Database en servidores
Integrity de HP (folio 2.583).
(221) Resulta obvio que dichos clientes se ven afectados directamente por la
decisión de ORACLE de dejar de compatibilizar su software con et
59
procesador ltanium, al ver recortado el horizonte temporal en el que podrán
emplear nuevo software de ORACLE en sus servidores, mermando el valor
de su inversión en hardware.
(222) A lo anterior cabe sumar que eventualmente dichos consumidores incurrirán
en gastos adicionales no planificados por tener que cambiar de servidor o
base de datos, como consecuencia de tener ya configurada su
infraestructura tecnológica para que trabajasen conjuntamente. AI recaer
principalmente el cambio sobre el servidor (tal y como ha quedado
acreditado anteriormente), estos gastos adicionales no planificados
conllevarán el cambio de la arquitectura alrededor del hardware
(procedimientos de explotación desarrollados en dicho entorno, interfaces
con los sistemas de almacenamiento y de backup, configuración de
equipos, entornos de comunicaciones...), pues cada marca de servidor con
arquitectura RISC/EPIC utiliza su propio sistema operativo (así ORACLE
utiliza Solaris; HP, HP-UX; e lBM, AIX).
(223) Ello tiene como correlato lógico que el perjuicio económico de la decisión de
ORACLE de no compatibilizar su nuevo software con el procesador
ltanium, recae mayoritariamente sobre HP antes que sobre ORACLE.
(224) La gran mayoría de clientes españoles consultados que utilizan
conjuntamente Oracle Database y servidores lntegrity de HP, declaran que
la citada decisión de ORACLE afectará a su política de compra de
servidores. Y más específicamente, 8 de ellos indican que dejarán de
comprar servidores Integrity de HP ([XXX]; [XXX]; [XXX]; [XXX]; [XXX];
[XXX]; [XXX] y [XXX].
(225) De estos ocho clientes, cuatro se declaran particularmente afectados:
- [XXX];
- [XXX];
- [XXX] y
- [XXX].
(226) Como resultado del anuncio de ORACLE, los servidores Integrity de HP
también han quedado excluidos de dos recientes concursos convocados
por la Junta de Andalucía:
- un concurso de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias de
Andalucía para la contratación de equipamiento e instalación para el
despliegue y puesta en producción del sistema de centros en red, ya
que en el pliego de prescripciones técnicas se indica que
"el adjudicatario tendrá en cuenta las notas de soporte de Oracle para
no incurrir en los supuestos que dichas notas indiquen. En concreto, se
evitará incurrir en soporte derivado de utilizar tecnología ltanium" (folio
900).
60
- un concurso del Servicio Andaluz de Empleo sobre suministro e
instalación de infraestructura de base de datos, pues en el apartado 7.3
del Pliego de Prescripciones Técnicas se exige a los licitantes;
"certificación para la instalación y funcionamiento en la solución
ofertada de Oracle RDBMS Server 11gR2 y por extensión de Oracle
Real Application Cluster 11gR2, asegurando la compatibilidad con
versiones anteriores y futuras" (folio 1.950).
(227) A nivel mundial, ORACLE recibió también correos electrónicos expresando
el malestar de clientes y socios comerciales por dicha decisión, tal y como
muestra una lista interna de ORACLE de los mismos recibidos entre et 23
de marzo y el 1 de abril de 2011 (folios 1.907 a 1.910).
(228) Con fecha 13 de abril de 2011, la comunidad Connect, que se define como
la mayor agrupación independiente de clientes empresariales de HP (con
alrededor de 50.000 miembros), hizo público un comunicado de prensa en
el que describe el perjuicio que le va a ocasionar la decisión de ORACLE
de dejar de hacer compatible su nuevo software con el procesador Itanium
y piden a ORACLE que abandone su propósito (folios 2.998 y 2.999). Con
posterioridad, la comunidad Connect se ha reiterado en dichos extremos
(folios 3.000 y 3.001 y 3.002 a 3.006).
(229) Un informe de la consultora tecnológica Forrester Research, de enero de
2012, describe también el impacto negativo que tiene la decisión de
ORACLE sobre clientes que utilizan conjuntamente Oracle Database y
servidores lntegrity de HP a partir de una encuesta realizada a 50 de estos
clientes (folios 2.583 a 2.590).
(230) Finalmente, cabe destacar que la propia ORACLE previó que las quejas por
parte de los clientes conjuntos iban a ser numerosas. Así, al día siguiente
del anuncio acerca de ltanium, el 23 de marzo de 2011, [XXX], sugirió
responder a los clientes conjuntos de HP (hardware) y ORACLE (software)
siguiendo las líneas de lo que había contestado a un cliente que le había
escrito preocupado por su inversión a varios años vista en equipos HP
lntegrity, a lo cual el Sr. [XXX], responde:
[XXX].
(231) ORACLE también previó el grado de malestar de los clientes de HP lntegrity
ante el anuncio de 22 de marzo de 2011, lo cual coincidió con lo realmente
acontecido. Así, en una conferencia tecnológica celebrada el 28 de marzo
de 2011, el Sr. [XXX] expuso a la división comercial de hardware en
Norteamérica lo siguiente:
[XXX].
[XXX].
12. HP ha ofrecido a ORACLE asumir completamente el coste de la
portabilidad de la nueva versión de ORACLE database (12g) al
61
procesador Itanium, contrariamente a lo que era la práctica habitual
entre ellas.
(232) Con anterioridad al anuncio de ORACLE de 22 de marzo de 2011, ORACLE
y HP venían colaborando y asumiendo conjuntamente el coste de la
compatibilización de las nuevas versiones de Oracle Database con el
procesador ltanium [XXX].
(233) Así, estaba sucediendo con la nueva versión Oracle Database (12g) hasta
que a raíz del anuncio de ORACLE se vieron interrumpidos los trabajos
(folios 244 y 245).
(234) Por ello, y para que dicha nueva versión pueda estar disponible en los
servidores HP lntegrity, HP ha llegado a ofrecer a ORACLE costear
completamente la portabilidad de dicha versión de Oracle Database, tal y
como hizo el 30 de noviembre de 2011 durante la fase de audiencia oral del
procedimiento relativo a las medidas cautelares solicitadas a la Autoridad
francesa de Competencia y ha reiterado ante la CNC (folio 2.561 in fine).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Normativa de aplicación y posición de la CNC
Sobre la legislación nacional
La conducta denunciada se inicia a partir del 24 de septiembre de 2009, momento
en el que ORACLE redujo el precio de las nuevas licencias de su base de datos
Enterprise Edition para los servidores que emplean el procesador UltraSPARC
T2+ de SUN con independencia de que la licencia sea por usuario o por
procesador. Por lo tanto, le es de aplicación la Ley 15/2007, de 3 de julio, de
Defensa de la Competencia, que establece en su artículo 2.1 que "Queda
prohibida la explotación abusiva por una o varias empresas de su posición de
dominio en todo o en parte del mercado nacional."
Sobre la legislación comunitaria
Por otra parte, es indiscutible que las conductas investigadas en el presente
expediente son susceptibles de afectar al comercio intracomunitario, extremo que
no es cuestionado por las partes.
Las Directrices de la Comisión Europea relativas al concepto de efecto sobre el
comercio entre Estados miembros (Diario Oficial C 101 de 27/04/2004 p. 0081-
0096) señalan que aquellas "prácticas que abarcan o se aplican en varios Estados
miembros, pueden, por su propia naturaleza, afectar al comercio entre Estados
miembros". En el presente expediente, aunque las prácticas denunciadas por HP
tuvieron origen en los EE.UU. afectan a productos comercializados en el conjunto
de Estados miembros de la UE. Además, tanto los servidores como las bases de
62
datos se caracterizan por tener gastos de transporte relativamente reducidos, lo
cual tiende a facilitar los flujos de intercambio entre los Estados miembros.
De lo anterior se desprende que las prácticas denunciadas por HP tienen aptitud,
por su propia naturaleza, para afectar el comercio intracomunitario de forma
sensible. Por lo tanto, el artículo 102 del TFUE que establece que "Será
incompatible con el mercado común y quedará prohibida, en la medida en que
pueda afectar al comercio entre los Estados miembros, la explotación abusiva, por
parte de una o más empresas, de una posición dominante en el mercado común o
en una parte sustancial del mismo" es aplicable en el presente expediente.
Sobre la posición de la CNC para resolver
ORACLE, tanto en sus alegaciones al PCH como en las presentadas a la PR
cuestiona la
posición
de la CNC para
resolver
sobre la conducta acreditada
por la DI.
El Consejo comparte con la DI que la CNC es competente para resolver
sobre el fondo del presente expediente.
Respecto al vínculo material de la presunta práctica anticompetitiva es
indiscutible que la CNC reúne las condiciones recogidas en el apartado 8 de la
Comunicación de la Comisión Europea sobre la cooperación en la Red de
Autoridades de Competencia, porque la conducta tiene efectos reales sobre la
competencia en el territorio español, como mercado en el que ORACLE está
presente, Por otra parte la CNC tiene capacidad para poner fin a la infracción, si
así se declarase, y, en ese caso,
el
Consejo de la CNC podría imponer a
ORACLE la sanción correspondiente, y obligar a ORACLE a adoptar medidas
concretas de cara al ámbito español.
El Consejo también comparte con la DI que los mecanismos de coordinación entre
las autoridades europeas de competencia evitan el riesgo de decisiones
contradictorias entre ellas.
En cuanto a la mejor posición de la Comisión Europea para resolver, hay que
señalar que si la Comisión Europea lo hubiese estimado necesario, podría
haber aplicado el artículo 11.6 del Reglamento (CE)
1/2003
. Asimismo,
antes de esta Resolución, el Consejo de la CNC ha seguido los trámites
previstos en el artículo 11.4 del Reglamento (CE) 1/2003, informando a la
Comisión
Europea
.
del proyecto de decisión.
En conclusión el Consejo considera que la CNC está adecuadamente posicionada
para resolver en relación con
las
prácticas de ORACLE investigadas
.
SEGUNDO.- Sobre las peticiones de medidas cautelares
Tanto en su escrito de denuncia como en el escrito posterior de fecha 25 de
noviembre de 2011, HP ha solicitado a la CNC Ia adopción de determinadas
medidas cautelares.
63
La DI consideró que en el expediente de referencia no se reúnen las condiciones
establecidas en el artículo 54 de la LDC para proponer al Consejo de la CNC la
adopción de las medidas cautelares solicitadas. En particular, la DI no apreció la
existencia inmediata de daños al interés público que sean de imposible o difícil
reparación a posteriori, por los siguientes motivos:
- según INTEL, fabricante del procesador Itanium, HP no alteró su plan de
compra de esos procesadores durante 2011, (folio 1.503).
- el lanzamiento de la próxima versión de Oracle Database (versión 12g),
principal producto de ORACLE que esgrimen las denunciantes como
causante del daño anticompetitivo, no tendría lugar antes de otoño de 2012
(folio 1.311).
- la decisión de actualizar una base de datos a su última versión no se
efectúa masivamente por parte de los clientes en el preciso momento de su
lanzamiento, y
- no todos los clientes de Oracle Database emplean la última versión de
Oracle Database (en la actualidad, 11g Release 2), por lo que éstos pueden
escoger versiones todavía compatibles con el procesador Itanium antes de
tener que optar por la versión 12g.
El Consejo considera que los elementos señalados no permitían a la DI acreditar
que las prácticas denunciadas supusiesen la expulsión inmediata e irreversible
de la oferta de servidores de HP basada en el procesador Itanium del mercado y,
por lo tanto, que diesen lugar a un perjuicio irreparable para la libre competencia.
La Autoridad francesa de Competencia se ha pronunciado en este mismo sentido
sobre la adopción de medidas cautelares en su decisión de 10 de enero de 2012
relativa a una solicitud de HP en el mismo sentido.
TERCERO.- La propuesta de la Dirección de Investigación.
La DI, de conformidad con lo establecido en el artículo 50.4 de la LDC, propone a
este Consejo lo siguiente:
“Primero. Que se declare la existencia de una infracción única y continuada, por
conductas prohibidas en los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE,
consistentes en:
- modificar el “core factor” que aplica a las nuevas licencias de la Enterprise
Edition de Oracle Database:
o con efectos a partir del 24 de septiembre de 2009, del procesador
UltraSPARC T2+ de SUN, pasándolo de O, 75 a 0,5, y
o con efectos a 1 de diciembre de 2010, del procesador ltanium 9300 de
INTEL, pasándolo de O,5 a 1,
64
- anunciar que ORACLE dejará de hacer compatible las nuevas versiones de
Oracle Database con el procesador ltanium de INTEL, utilizado
fundamentalmente por los servidores de gama alta de HP.
Segundo.- Que se declare responsables solidarios de dicha infracción a Oracle
Corporation y Oracle Ibérica, S.R.L.
Tercero.- Que la conducta prohibida se tipifique, a los efectos de determinación
de la sanción a imponer, como infracción grave del artículo 62.3.b) de la LDC.
Cuarto.- Que se imponga la sanción prevista en el artículo 63 de la LDC, teniendo
en cuenta los criterios para la determinación de la sanción previstos en el artículo
64 de la LDC.
Quinto.- Que se intime a Oracle Corporation y Oracle Ibérica, S.R.L, para que en
el futuro se abstenga de realizar las practicas sancionadas y cualesquiera otras
de efecto equivalente.
Sexto.- Que se adopten los demás pronunciamientos a los que se refiere el
artículo 53 de la LDC, en la medida que resulten pertinentes.”
Respecto a la delimitación de los mercados afectados, la DI, tras analizar los
elementos estructurales que integran un sistema informático, lo que denomina la
“infraestructura tecnológica” y ver la complementariedad de dichos elementos, se
centra en el análisis de un tipo de software: las bases de datos, uno de dichos
elementos, puesto que la conducta estaría directamente relacionada con ellas.
Dentro de las bases de datos analiza la oferta existente, compuesta por al menos
siete oferentes, y tras analizar la sustituibilidad, por el lado de la oferta y por el
lado de la demanda, delimita un mercado relevante formado básicamente por
once bases de datos de alto rendimiento, pues aunque podría existir alguna otra,
su reducido peso dentro del mercado no alteraría el análisis desde la óptica de
competencia.
El segundo elemento dentro de esa infraestructura tecnológica afectado por la
conducta lo constituye un tipo de hardware: los servidores, que a su vez se eligen
en función del tipo de base de datos que debe ejecutarse sobre los mismos.
Dentro de este mercado, parten de que la Comisión Europea, si bien dejó abierta
la delimitación de este mercado en la Decisión ORACLE/SUN, señaló a su vez
que se podría realizar una delimitación más cerrada en torno a los servidores por
gamas de precios, y en la decisión de servicios de mantenimiento de IBM apunto
a la existencia de un mercado de grandes servidores empresariales. Por su parte
ORACLE mantenía una delimitación en tres tipos de servidores: baja gama, gama
media y gama alta. La DI considera relevante centrar el análisis en los mercados
en los que compiten los servidores de HP que emplean el procesador Itanium, por
ser este el objeto en el que se ha centrado la conducta. Al analizar el tipo de
clientes que emplean este procesador y su aplicación concluye que el mercado en
el que compite es el formado por los servidores de gama alta
65
En resumen, la DI estima que los mercados afectados por la presente conducta
son (i) el mercado de bases de datos relacionales (RDBMS) de alto rendimiento y
de ámbito supranacional, y (ii) el mercado de servidores de gama alta, de ámbito
supranacional
Y con respecto a la posición de dominio de ORACLE en estos mercados, la DI
hace la propuesta de declaración de infracción tras valorar los Hechos
Acreditados y determinar que ORACLE ostenta una posición de dominio en el
mercado de bases de datos relacionales de alto rendimiento. A continuación se
reproduce el razonamiento contenido en el PCH, en el que basándose en los
elementos clásicos de valoración de la posición de dominio, la DI observa que:
ORACLE posee una cuota de mercado aproximada del [70-80%]en el mercado
relevante de las bases de datos de alto rendimiento; que a lo largo del periodo
considerado la posición de ORACLE no ha hecho más que fortalecerse, sin que
se hayan producido entradas de nuevos operadores o modificaciones
significativas en la estructura de la oferta en los últimos años; y que el muy
reducido peso en el mercado de MICROSOFT y SyBASE hacen que el único
competidor significativo de ORACLE sea lBM.
Adicionalmente valora que la capacidad de IBM para ejercer una presión
competitiva sobre ORACLE se encuentra muy condicionada por la integración
vertical de IBM en sus actividades de servidores de gama alta (incluidos los
mainframes) y de bases de datos, que ocasiona que gran parte de sus ventas de
bases de datos de alto rendimiento tengan lugar entre los propios servidores y
mainframes de lBM; que esta situación contrasta con la de ORACLE, que se
beneficia tanto de su integración vertical con SUN como su peso significativo en
los servidores de gama alta de otros competidores.
Y respecto a la existencia de barreras de entrada encuentra que las principales
características del mercado de bases de datos de alto rendimiento determinan la
existencia de importantes barreras a la entrada y a la expansión del mismo y
limitan significativamente el poder compensatorio de la demanda. Estas
características son:
- Costes fijos muy elevados y, por consiguiente, elevadas economías de
escala
- Efectos de red;
- Costes de cambio, debidos a la incompatibilidad entre distintos productos
de bases de datos, que ocasiona que ni la integridad de los datos de la
empresa (uno de sus activos más preciados) ni las relaciones que la base
de datos establece entre ellos queden salvaguardados al migrar de base
de datos, y la inversión en activos específicos ligados a la concreta base de
datos contratada, ya sea en términos de formación del personal
(informático o usuario final) o de desarrollos de software a medida
realizados sobre el entorno de la base de datos. Así, por ejemplo, la [XXX]
y [XXX] subrayan la inversión que han realizado en desarrollos de software
a medida sobre el entorno de Oracle Database, utilizando el lenguaje
PUSQ-L, lo cuales se perderían al cambiar de proveedor de base de datos
66
(folios 488 y 498, respectivamente). Tal y como la Comisión Europea en su
decisión ORACLE/SUN ha confirmado;
- Reputación, como la CE ha declarado en la decisión ORACLE/SUN a
propósito de las RDBMS: "el test de mercado ha mostrado que el software
de base de datos es un software crucial que precisa ser fiable,
especialmente en lo que se refiere a aplicaciones de misión crítica. Uno de
los factores que contribuye a mantener la posición de mercado de los tres
principales vendedores (Oracle, IBM y Microsoft) es la aversión al riesgo de
ciertas empresas y su fidelidad a los grandes proveedores de bases de
datos, que son considerados como garantes de una mejor fiabilidad y
soporte. Oracle se refiere a este factor como "la barrera de vendedor a la
adopción".
A continuación, la DI procede a abordar el estudio detenido de los elementos que
le han conducido a deducir la existencia de abusos de esa posición de dominio.
Respecto de los cambios en el “core factor” de las nuevas licencias de la
Enterprise Edition de Oracle Database, la DI valora que la primera modificación
tuvo como efecto hacer más atractiva, frente a la competencia de terceros, la
oferta de servidores que utilizan el procesador UltraSPARC T2+ de ORACLE, que
comercializan ORACLE, Fujitsu y Fujitsu Siemens, y la segunda modificación tuvo
como efecto hacer menos atractiva, frente a la oferta de ORACLE y otros terceros
(IBM, Fujitsu ...), la línea de servidores de HP que utilizan el procesador ltanium
9300 de INTEL, la más novedosa de su catálogo.
Y tiene en cuenta que los correos electrónicos internos de ORACLE que figuran
en los Hechos Probados apuntan a que la decisión de aumentar el “core factor”
del procesador ltanium 9300 de INTEL se tomó con ánimo anticompetitivo.
La DI considera que los dos cambios analizados en el precio de la licencia
constituyen una discriminación de precios abusiva, pues tienen un claro efecto
exclusionario sobre uno de los principales competidores en el mercado de
servidores de gama alta, HP.
Sobre la negativa a compatibilizar el nuevo software de ORACLE con los
servidores que empleen el procesador ltanium, la DI valora, en primer lugar, que
se trata de una conducta discriminatoria en tanto que ORACLE continuará
compatibilizando las futuras versiones de su RDBMS con sus propios servidores
SPARC, que se basan en una tecnología RISC-EPIC equivalente a la utilizada en
los servidores HP lntegrity, y con los servidores de IBM basados en su procesador
Power, que se basa en una tecnología RISC-EPIC equivalente a la utilizada en los
servidores HP lntegrity.
En segundo lugar, la DI valora esta negativa como denegación de suministro
abusiva contraria a los artículos 2 de la LDC y 102 TFUE. Para defender esta
valoración hace referencia a las tres condiciones que se establecen en la
Comunicación la Comisión Europea relativa a las Orientaciones sobre sus
prioridades de control en su aplicación del artículo 102 del TFUE a la conducta
excluyente abusiva de las empresas dominantes.
67
La primera condición exige que la compatibilidad con la base de datos de
ORACLE debe ser objetivamente necesaria para que HP pueda competir con
ORACLE en el mercado complementario de los servidores de gama alta.
Para la DI la ausencia de fuentes alternativas viables a Oracle Database para HP
viene corroborada por el hecho de que ante la incompatibilidad entre su base de
datos (ORACLE) o su servidor (HP), un cliente se decantará por mantener la base
de datos, efecto que se verá reforzado si se tiene en cuenta que todo el nuevo
software restante de ORACLE (Java, middleware, software empresarial, etc.) ha
dejado también de ser compatible con el procesador ltanium (folio 129). Tampoco
puede HP comercializar una base de datos de alto rendimiento propia en
condiciones económicas razonables. Las barreras a la entrada y expansión en
este mercado de bases son muy elevadas, siendo necesarias inversiones
multimillonarias en innovación y desarrollo durante muchos años para alcanzar los
productos acabados que demandan los clientes. Además, no debe olvidarse que
la nueva base de datos deberá ser compatible con el software de aplicaciones
empresariales que interactúa más frecuentemente con una base de datos y que
dicha compatibilidad conjunta tenga una fiabilidad contrastada.
Como consecuencia de la decisión de ORACLE, según la DI, la línea de
servidores HP lntegrity va a encontrarse con una desventaja competitiva
significativa y va a dejar de poder competir con eficacia en el mercado de
servidores de gama alta, pues HP se va a ver imposibilitada para seguir cubriendo
al menos cerca del 70% de su demanda actual de servidores HP lntegrity, lo que
necesariamente supondría su práctica exclusión del mercado en los próximos
años.
La única opción de HP para seguir presente en el mercado de servidores de gama
alta sería desarrollar servidores de gama alta sobre la base de procesadores x86-
64. Sin embargo, en el corto-medio plazo esta solución no es viable para HP,
dadas las diferencias de rendimiento todavía existentes entre los procesadores
x86-64 y los procesadores ltanium, y puesto que, a raíz del anuncio, se vería
imposibilitado para hacer una transición ordenada y gradual de sus servidores de
gama alta desde un tipo de procesador a otro.
En lo que respecta a la segunda condición la DI señala que el anuncio de
ORACLE tiene efectos de cierre sobre los servidores HP lntegrity en el mercado
de los servidores de gama alta, complementario al de las bases de datos de alto
rendimiento. HP es el segundo operador por ventas en el segmento de servidores
UNIX del mercado de servidores de gama alta, por delante de ORACLE, según
IDC (vid. tabla 19).
Según la DI, el progresivo debilitamiento y eventual desaparición del mercado de
la oferta de servidores HP lntegrity conducirá, a su vez, a un mercado de
servidores de gama alta con menores posibilidades de elección, y mayores
precios (parágrafo 312 del PCH).
La DI estima que el impacto del anuncio de ORACLE sobre las ventas de HP se
está dejando ya sentir si se observa la evolución de las ventas por trimestres en
68
los años 2010 y 2011 en el segmento de servidores UNIX de alta gama de
acuerdo con los datos de la consultora IDC. Así, si se estudia el crecimiento
trimestral de las ventas con respecto al trimestre del año anterior, para depurar la
alta estacionalidad de las ventas que existe en el sector a lo largo del año, se
observa que durante los tres últimos trimestres de 2010 HP tuvo un mejor
comportamiento en ventas trimestrales que la del mercado (sin incluir a HP). Sin
embargo, en el primer trimestre de 2011, esta tendencia se invirtió, pasando a
comportarse peor, coincidiendo con la entrada en vigor del aumento del core
factor para las licencias de ORACLE Database para hardware que utilice el último
procesador Itanium, que como se ha mantenido sólo emplea los servidores HP
Integrity. En los siguientes trimestres de 2011, habiéndose ya producido el
anuncio de ORACLE en relación al procesador de Itanium, el crecimiento
interanual de las ventas trimestrales de HP en relación a las del mercado se
agrava notablemente, pasando a crearse una brecha con el mercado de más de
25 puntos porcentuales en detrimento de HP.
Tabla 25:
Variación anual por trimestres de las ventas mundiales de servidores
RISC/EP/C
1T 2010
2T 2010
3T 2010
4T 2010
1T 2011
2T 2011
3T 2011
4T 2011
Mercado
-27,43%
-14,62%
-14,66%
-3,90%
11,46%
15,23%
2,76%
-10,51
Mercado
sin HP
-25,21% -15,83% -15,65% -4,30% 12,86% 23,89 11,26% -3,30
HP
-32,35%
-11,12%
-12,30%
-2,70%
8,02%
-8,64%
-16,73%
-31,90%
Diferencia
7,14”
-4,70%
-3,35%
-1,60%
4,84%
32,52%
27,99%
28,60%
Fuente: elaboración propia a partir de datos en $ de IDC
Por lo que respecta la tercera condición, la DI señala que los consumidores de
servidores de gama alta se ven perjudicados por ello, en términos de mayores
precios y menores posibilidades de elección (parágrafo 314 del PCH). Además,
los clientes actuales de HP lntegrity se ven directamente perjudicados por esta
decisión de ORACLE, como consta acreditado. Así, un gran número de clientes
nacionales e internacionales, públicos y privados, ha manifestado verse
perjudicado por el anuncio y ha expresado su deseo de continuar con HP y
ORACLE.
Para la DI los consumidores actuales de HP lntegrity han visto reducido el
horizonte temporal en el que podrán emplear nuevo software de ORACLE en sus
servidores, mermando el valor de su inversión en hardware, y tendrán que incurrir
en gastos adicionales no planificados al cambiar de servidor.
Y por lo que respecta al análisis de las posibles justificaciones objetivas, si bien
ORACLE argumentó en su comunicado de 22 de marzo de 2011 que su decisión
de dejar de hacer compatible su nuevo software con el procesador ltanium
obedecía a los siguientes motivos:
1) tras múltiples contactos con la alta dirección de INTEL, ésta le dejó claro
que
-su interés estratégico se encontraba centrado en su procesador x86,y
69
-el procesador ltanium se estaba aproximando al final de su ciclo de vida
como producto;
2) el ejemplo de las empresas RedHat y MICROSOFT, que han abandonado
el desarrollo de su software para el procesador ltanium.
La DI considera que la segunda de estas justificaciones no resulta relevantes a
efectos del presente expediente en la medida en que ninguna de las empresas
compite con HP en el mercado de servidores de gama alta. Además, HP tampoco
ha declarado haberse visto perjudicada por su decisión, dadas las escasas ventas
de sus productos entre los servidores HP lntegrity. En cuanto al hecho de que
INTEL hubiese presuntamente manifestado a ORACLE que su interés estratégico
se encontraba centrado en su procesador x86, este extremo resulta también
irrelevante para la DI a efectos del presente expediente en la medida en que ello
no es impedimento para que una empresa como INTEL pueda mantener
simultáneamente varias líneas de producto que le resulten rentables.
Al realizar INTEL su anuncio en febrero de 2010, también comunicó que había
desarrollado una metodología de diseño denominada "common platform" que
permitía a la familia Itanium compartir tecnologías con la familia Xeon, de
arquitectura x86, también fabricada por INTEL. Esta tecnología compartida incluye
el uso del mismo chipset lntel 7500 y el mismo búfer de memoria escalable lntel
7500, y además permitirá a ambas plataformas usar la memoria DDR3 estándar
de la industria. Tal y como manifestó la propia INTEL a la DI, "Esta tecnología
compartida ayuda a reducir la inversión de lntel al requerir únicamente el
desarrollo de un solo chipset y búfer de memoria para ambas plataformas, Itanium
y XeonEX, en lugar de continuar con la práctica histórica de ofrecer chipsets y
búferes de memoria diferentes para cada plataforma. Desde la perspectiva del
cliente, esta tecnología compartida hace que la plataforma ltanium® pueda
beneficiarse de las eficiencias de escala que resultan de la producción de Xeon®,
y que la plataforma Xeon® EX pueda compartir aspectos de la tecnología punta
de la plataforma Itanium®".
[XXX].
Tampoco cabe argüir según la DI que la sustituibilidad creciente entre el
procesador ltanium y los procesadores de arquitectura x86 signifique la
inviabilidad del procesador Itanium, pues esta sustituibilidad es un fenómeno que
afecta por igual a todos los procesadores de arquitectura RISC/EPIC, fruto del
desarrollo tecnológico, como se ha puesto de manifiesto al definir el mercado
relevante relativo a los servidores de gama alta.
Por último, cabe plantearse si la decisión de ORACLE tiene justificación objetiva
en la medida en que la compatibilidad de su base de datos con el procesador
Itanium no resulta económicamente rentable para ORACLE.
La DI ha acudido a los datos de la consultora [XXX] que muestran que las ventas
relacionadas con su base de datos para el sistema operativo HP-UX le reportaron
en 201O unos ingresos estimados de [XXX]. En este sentido, cabe recordar que
70
el sistema operativo HP-UX sólo se encuentra presente en la línea de servidores
HP lntegrity, y más exactamente en el 80% de estos, como señala HP.
Por lo que se refiere al coste de portar Oracle Database al procesador ltanium,
ORACLE no ha podido tampoco ofrecer una cantidad estimada de lo que ello le
supuso para el caso de la versión 11g. [XXX].
En cualquier caso, es preciso tener en cuenta en relación con el coste de dicha
portabilidad que HP se ha ofrecido a costear por entero dicha portabilidad.
Este sacrificio de beneficios futuros por parte de ORACLE al no portar la nueva
versión de Oracle Database al procesador ltanium lo valora la DI como una
evidencia de que ORACLE persigue en realidad aumentar las ventas de su línea
de servidores SPARC a costa de excluir la oferta de un competidor, HP.
Como resumen final, la DI concluye que las prácticas de ORACLE consistentes en
modificar el “core factor” a aplicar a las nuevas licencias de la Enterprise Edition
de Oracle Database en dos ocasiones y en dejar de hacer compatible la nueva
version de Oracle Database con el procesador Itanium de INTEL utilizado
fundamentalmente en la familia de servidores HP Integrity constituyen una
infracción de los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE por su carácter abusivo y
discriminatorio.
CUARTO.- Alegaciones de las partes
Debido a su extensión y a que, en gran parte, reproducen las presentadas al
Pliego de Concreción de Hechos (PCH), aquí se procede a realizar una síntesis
de las alegaciones presentadas sin que esta circunstancia pueda considerarse
como generadora de indefensión.
Alegaciones de HP
En primer lugar, HP manifiesta su total acuerdo con los hechos acreditados y la
calificación jurídica de los mismos que realiza la DI en la PR.
A continuación realiza una descripción de las, a su juicio, prácticas abusivas
llevadas a cabo por Oracle y defiende que la CNC está perfectamente situada
para resolver el presente asunto.
Sobre la definición de los mercados relevantes HP defiende que, aunque está de
acuerdo con la conclusión de la DI sobre que no resulta necesario definir de
manera más estrecha el mercado de las bases de datos de alto rendimiento para
determinar la existencia de una posición de dominio de Oracle, considera que una
definición más estrecha supondría que la conducta analizada se calificase como
muy grave con arreglo al art. 64.4 b) de la LDC, ya que Oracle tendría el
monopolio en ese mercado. En cuanto a la definición del mercado de los
servidores de alta gama, está de acuerdo con el análisis de la DI, pero también
considera que debería estrecharse y considerar que únicamente los servidores
basados en los procesadores RSIC/EPIC deberían formar parte de dicho
mercado. En este sentido, propone que el mercado relevante afectado por la
71
conducta abusiva objeto de este expediente sea el de los usuarios de servidores
HP Integrity que utilizan la RDBMS Enterprise Edition Oracle y para ello se apoya
en un estudio que aporta con las alegaciones.
En relación con la terminación de la portabilidad, defiende que puede sostenerse
el argumento de que existe negativa de suministro aunque Oracle no suministre
una base de datos directamente a HP. Para ello se basa en los acuerdos
suscritos entre ambas compañías durante décadas con el fin de invertir en
soluciones conjuntas para integrar sus productos y las campañas de prestación
de servicios de soporte conjunto a los clientes.
En cuanto a las modificaciones del core factor, manifiesta que la discriminación en
precios llevada a cabo por Oracle no obedece a factores objetivos y que sólo
puede estar fundada en su deseo de expulsar a HP del mercado de servidores de
gama alta.
Sobre las supuestas justificaciones objetivas de Oracle, que la terminación de la
portabilidad a los servidores Itanium tenía su razón de ser en el pretendido fin de
su vida útil y que dicha decisión se tomó siguiendo el procedimiento estándar de
Oracle y los precedentes del mercado en general, considera que son inadmisibles
y falsas. En primer lugar, porque se ha demostrado que Oracle conocía la hoja de
ruta de Itanium, con al menos dos nuevas generaciones perfectamente definidas,
y que Intel y HP podrían desarrollar además nuevas versiones adicionales (todo
ello confirmado en documentos que obran en el expediente). Alega que el
comportamiento de Oracle es una ruptura total y absoluta de las normas del
sector sin precedentes en la industria. Entiende HP que la ruptura, para ser
conforme a los usos y costumbre del sector, debería haberse realizado de forma
consensuada con previo aviso a HP y no ejecutada en tanto los servidores se
continúen comercializando.
HP solicita al Consejo que haga uso del poder que le confiere el artículo 53.2 a) y
b) de la LDC para garantizar la efectividad de la Resolución y ordenar una
cesación inmediata a Oracle de las prácticas prohibidas y cualesquiera otras
similares, y añade que el presente asunto requiere además una determinación
más precisa de lo que Oracle debería hacer a fin de restablecer la situación
anterior a la comisión de las prácticas prohibidas. Teniendo en cuenta lo anterior,
HP realiza una valoración de determinadas obligaciones específicas que entiende
procede imponer a Oracle. Todo ello lo defiende en base a razones de urgencia,
pues entiende que la conducta está causando graves perjuicios al interés público,
al mercado, a HP y a sus clientes.
Respecto al cálculo de la multa, HP entiende que dado que la conducta ha
causado un daño y efecto cierto en los dos mercados definidos íntimamente
relacionados, ambos deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar la
Comunicación sobre cuantificación de sanciones de la CNC. En cuanto al
volumen de ventas relevantes, incide en que se deben tomar en consideración los
ingresos obtenidos por nuevas licencias de RDBMS y los obtenidos por los
contratos de soporte/mantenimiento y actualizaciones así como los ingresos por la
venta inicial de la plataforma de hardware y los contratos de soporte de dicho
72
hardware. Sobre el mercado afectado por la infracción, HP señala que tiene un
alcance geográfico mundial, por lo que debe tenerse en cuenta el volumen de
negocios de los mercados afectados a nivel mundial. Según HP, la duración de la
infracción, que considera única y continuada, debe calcularse desde el 24 de
septiembre de 2009, fecha de la bajada del core factor. Además de la aplicación
de la agravante por falta de colaboración acreditada por la DI, HP indica que
aunque la ley no establezca un numerus clausus de circunstancias agravantes
(art. 65.1 LDC), debe considerarse que la declarada intención anticompetitiva de
Oracle sea valorada como una agravante más.
Alegaciones de ORACLE
ORACLE solicita la Consejo que se declare que no ha quedado acreditada la
existencia de prácticas prohibidas por su parte, por lo que muestra su desacuerdo
con la PR elaborada por la DI.
Oracle mantiene que la Comisión Europea se encuentra mucho mejor situada que
la CNC para decidir sobre este expediente. Considera que no hay vinculo material
con España ya que: i) no se producen efectos sustanciales ni directos o reales,
por la naturaleza global de la conducta, el volumen de negocios afectado o el
peso relativo de clientes afectados; ii) resulta completamente imposible para la
CNC poner fin a toda la infracción, dado que en principio solo tendría jurisdicción
para decidir en relación con el territorio español; iii) tampoco la DI ha sido capaz
de reunir las pruebas necesarias para probar toda la supuesta infracción global.
Por otro lado, incide en la libertad de las compañías tecnológicas para decidir
desarrollar sus productos. Mantiene que su decisión sobre Itanium no supone que
ésta haya suspendido el desarrollo de un software para versiones existentes de
su base de datos, porque continuará dando servicio al software instalado en
Itanium en las versiones actuales durante al menos diez años. Explica que la
mayoría de clientes que utilizan la base de datos de Oracle en Itanium no
adquirirán la versión “Orcale Database 12g” ya que normalmente los clientes
actualizan las versiones del software muy lentamente. Alega que dicha versión
12g es un producto que aún no está en el mercado, por lo tanto lo que parece ser
que propone la DI no tiene nada que ver con la interoperabilidad de los servicios
(lo que sería similar al asunto Microsoft) sino con la decisión de producir un nuevo
producto de software. Añade que las empresas tecnológicas deben tener la
libertad de decidir dónde quieren invertir sus recursos de desarrollo e innovación.
En su opinión, las autoridades de competencia no deben sustituir esa capacidad
de decisión de las compañías tecnológicas y, por ello, incidir en las decisiones
relativas a la interrupción del desarrollo de plataformas claramente en declive y
obsoletas. En definitiva advierte que ninguna autoridad de competencia ha
ordenado a una empresa que desarrolle un producto que ésta no quiere producir,
como parece que propone la DI al Consejo de la CNC.
Alega que la PR persiste en ignorar la definición de mercado recogida en el
asunto Oracle/Sun de la Comisión Europea (abarcando todas las RDBMS). Incide
en que la Comisión Europea en dicha decisión puso de manifiesto que no era
posible definir un mercado de “alto rendimiento” porque los límites y fronteras del
73
mismo eran difusas, y considera Oracle que nada ha cambiado desde tal decisión
por lo que la DI no debería construir su propia definición de mercado.
En cualquier caso considera que con independencia de una definición exacta del
mercado de bases de datos, Oracle se enfrenta a una presión competitiva muy
significativa de los competidores existentes, como IBM, Microsoft y SAP,
principalmente. Argumenta que dichos operadores no se enfrentan a barreras
significativas a la expansión y se están convirtiendo claramente en más
competitivos con el tiempo. Alega que los clientes de bases de datos se
encuentran bien situados para beneficiarse de la competencia entre los
principales fabricantes, lo que implica que Oracle no es dominante con
independencia del mercado que se defina.
Oracle expone que existen evidencias que demuestran que los servidores x86 son
parte del mercado de servidores de “gama alta” y, por tanto, parte del mismo
mercado que los servidores basados en Itanium. Alude a testimonios de clientes
que migraron de RISC/EPIC a x86 recogidos en las webs de los propios
fabricantes. Todo ello sirve para mostrar que existe sustituibilidad por el lado de la
demanda, hecho que es decisivo para la determinación del mercado relevante.
Oracle se apoya igualmente en las declaraciones de Intel [XXX] en las que dice
que ésta reconoce que los servidores x86 compiten con los servidores basados
en Itanium e incluso en la respuesta de Intel al requerimiento de información
realizada por la DI y de cuyas manifestaciones se entiende que los servidores
basados en x86 pertenecen a cualquier mercado de servidores de “gama alta”, a
diferencia de la conclusión alcanzada por la DI [XXX].
Teniendo en cuenta todo lo anterior, considera Oracle que, incluso si su decisión
respecto a Intel hubiera causado la exclusión de todos los servidores basado en
tecnología RISC/EPIC competidores, todavía restaría una competencia intensa
debido a los productos basados en tecnología x86 de todos los fabricantes,
incluida HP.
Por otro lado, alega que incluso asumiendo que la DI defienda una definición de
mercado de servidores en las que se excluya los basados en x86, no podría
demostrarse la probable exclusión de toda la competencia efectiva, ya que la
decisión de Oracle, con independencia de su impacto en Intel, no afecta a los
procesadores Power de IBM.
Tampoco entiende Oracle que su decisión suponga riesgo para la intensidad de la
competencia y afirma que no hay riesgo real de que HP se vea excluida del
mercado. A su juicio, HP es la elección natural de x86 de todos aquellos clientes
de Integrity que decidan migrar a otra plataforma. Dice que no se debe olvidar que
HP es el mayor fabricante mundial de servidores y también el mayor fabricante de
servidores basados en tecnología x86 del mundo. Concluye Oracle que HP tiene
el poder y los medios a su alcance para hacer la transición de su negocio de
servidores de misión crítica a la plataforma x86 en un plazo razonablemente corto
de tiempo. En consecuencia, estima Oracle que no se le puede imputar la
responsabilidad derivada de lo que considera que son decisiones estratégicas de
HP y de su tecnología.
74
Finalmente Oracle añade que en todo caso la PR no demuestra que las
conductas que se le imputan hayan causado un perjuicio a los consumidores,
aspecto que es determinante para poder determinar la existencia de un abuso de
posición de dominio. Señala que no se reducen las posibilidades de elección: no
ha provocado la desaparición del mercado de Itanium, que ya se encontraba en
una situación delicada antes de su anuncio de 22 de marzo de 2011; no se
produce un incremento de costes para los clientes y no existe una limitación a la
innovación que perjudique a los consumidores por parte de las acciones de
Oracle.
Respecto de las modificaciones en el core factor, explica que no se afecta
materialmente a los licenciatarios de la base de datos de Oracle y que los
cambios en los core factors son la materialización de eficiencia derivadas
directamente de la operación Oracle/Sun.
Manifiesta que la relación comercial especial entre HP y Oracle se fue
deteriorando a medida en que se convertían en competidores más directos. Alega
que compite agresivamente con HP tanto antes de la adquisición de Sun como en
la actualidad, al igual que compite intensamente con otros fabricantes de
hardware y software. A diferencia del líder del mercado, Power, que estaba
incrementando su cuota, la posición de mercado de Itanium se estaba debilitando
y, en consecuencia, constituía un objetivo más sencillo que IBM.
En cuanto al cálculo del importe básico de la multa, considera que se debería
tener sólo en cuenta el volumen de negocios en el mercado de bases de datos
español y no mundial de acuerdo con la práctica de la CNC y su propia
“Comunicación de multas”. En cuanto a la aplicación de una supuesta
circunstancia agravante por falta de colaboración con la CNC, considera que esto
equivaldría a una infracción del principio de non bis in ídem ya que la DI ya le ha
impuesto por ese hecho una multa coercitiva de 26.400 euros.
QUINTO.- Sobre la calificación de la conducta
En la presente Resolución el Consejo de la CNC debe pronunciarse sobre la
propuesta que la Dirección de Investigación le ha elevado en aplicación del
artículo 50.4 de la vigente Ley 15/2007 de 3 de julio, de Defensa de la
Competencia, teniendo en consideración las alegaciones y la documentación que
las acompaña, presentadas por las partes ante este Consejo.
El Consejo considera que la DI ha acreditado los Hechos Probados que se
relacionan en esta Resolución. La documentación que obra en el expediente
evidencia que ORACLE con las prácticas analizadas, esperaba incrementar su
cuota en el mercado de servidores. Los Hechos Probados no son cuestionados
por ORACLE que en sus alegaciones afirma que para ellos HP ha sido y es un
competidor, como también lo es IBM.
La conducta, abuso de posición de dominio imputada por la DI se habría
producido en el mercado de bases de datos relacionales de alto rendimiento y
habría tenido efectos exclusionarios en el mercado de servidores de gama alta.
75
Por lo tanto, lo que se cuestiona en este expediente es la calificación jurídica de
las prácticas de ORACLE. Es decir, si ORACLE goza de una posición de dominio
que le sitúe en posición de abusar y, en su caso, si las prácticas que ha llevado a
cabo desde la posición que ocupa constituyen un abuso exclusionario prohibido
por los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE. .
Como explica la DI antes de proceder a definir los mercados, existe una relación
muy estrecha entre los diferentes mercados de producto que constituyen los
soportes materiales y lógicos de la infraestructura tecnológica. La
interoperabilidad entre ambos soportes es necesaria para garantizar el
funcionamiento de una instalación informática. Esta estrecha relación existe entre
el mercado de servidores y el mercado de bases de datos relacionales, de tal
manera que una empresa que detente una posición de dominio en uno de ellos
podría adoptar decisiones que generasen la expulsión de competidores presentes
en el otro mercado, lo que podría afectar a la libre competencia y perjudicar a los
consumidores. ORACLE está presente en ambos mercados
La DI considera que las dos prácticas de ORACLE, la modificación del “core
factor” en el precio de sus licencias y el anuncio de que la futura versión de su
Oracle Database no será operativa en servidores que utilicen el procesador
Itanium, obligará a los consumidores que tienen una infraestructura tecnológica
que combina los servidores basados en dicho procesador y la citada base de
datos, a elegir entre los componentes de esa infraestructura. En tanto que la
migración de una base de datos a otra es más costosa y arriesgada que la
sustitución del servidor, los clientes elegirán la base de datos de ORACLE y
abandonarán los servidores que utilicen el procesador Itanium. Este procesador
es fabricado por INTEL que, según su propia información, vende prácticamente
toda su producción, el [90-100%] en 2010, a HP para su servidor Integrity. Los
consumidores, al optar por cambiar de servidor, elegirán aquellos en los que su
base de datos pueda operar, abandonando Integrity en favor de otros servidores,
lo que, según la DI, excluiría a HP del mercado mundial del mercado de
servidores de gama alta, en el que está incluido HP Integrity. Esta situación
beneficiaría a IBM y ORACLE y podría llevar a un duopolio en la infraestructura
tecnológica formada por las bases de datos relacionales de alto rendimiento y los
servidores en los que operan.
Como se ha dicho en el FD anterior, la DI delimita un mercado de bases
relacionales de alto rendimiento. El Consejo considera que si bien la Comisión
Europea podría haber dejado abierta la posibilidad de delimitaciones de mercados
relevantes más estrechas en su decisión en el caso de ORACLE/SUN, no es
fundamentado en el presente expediente, la delimitación de un mercado de
referencia más estrecho que el que consideró la Comisión Europea en su
antedicha decisión.
Concretamente, para el Consejo no está acreditada la sustituibilidad por el lado de
la oferta para justificar la delimitación de un mercado más estrecho. En este
análisis, la DI argumenta, en el parágrafo (126) del PCH, que las altas barreras de
entrada y expansión presentes en el mercado, como los altos costes fijos y la
76
complejidad técnica que encierra su programación, la necesidad de contar con un
servicio global de soporte técnico y mantenimiento, los efectos de red y los
elevados costes de cambio, impiden que los productores de bases de datos de
rendimiento inferior puedan entrar en este mercado con carácter inmediato. Pero
justo en el parágrafo anterior, (125) afirma que “todos los principales operadores
del sector de bases de datos ya se encuentran presentes en el segmento de alto
rendimiento”. Si esto es así, o no hay barreras de entrada para que los
operadores de las denominadas bases de datos de rendimiento inferior estén
presentes en el segmento de las de alto rendimiento, o, si las hay, les ha sido
posible superarlas, desvirtuando su único argumento para defender la existencia
de un mercado de bases de datos de alto rendimiento a partir de la sustituibilidad
de la oferta. Esas barreras de entrada son señaladas por la Comisión en el punto
3.2, párrafos 128 a 138, de la decisión ORACLE/SUN pero para caracterizar al
mercado de producto que ella delimita: el que incluye todas las bases de datos
relacionales.
El Consejo valora que en un expediente en el que se califica una conducta como
abuso de posición de dominio las delimitaciones alcanzadas estén
razonablemente fundamentadas. Ciertamente en un sector como el presente en
este expediente, en el que se producen continuos desarrollos para mejorar las
prestaciones, desarrollos que suponen la edición de sucesivas versiones de cada
base de datos y la modificación de cada versión con prestaciones adicionales, ,
las líneas divisorias entre la sustituibilidad de las bases de datos que utilizan los
distintos consumidores pueden resultar especialmente más difusas, lo cual exige
una razonable prudencia a la hora de estrechar la delimitación de mercados.
Por todo lo anterior, el Consejo no encuentra fundamentado en los elementos
presentes en el expediente concluir inexorablemente la existencia de un mercado
de producto limitado a las bases de datos relacionales de alto rendimiento. En
consecuencia, el Consejo no puede aceptar la alegación de HP acerca de que
sería necesario definir un mercado relevante más estrecho que incluiría
únicamente la base de datos relacional Oracle Enterprise Edition utilizada
actualmente en los servidores HP Integrity. En este sentido el Consejo comparte
con la DI que los argumentos utilizados por HP para defender esta delimitación de
mercado relevante llevaría al absurdo de admitir que todo procesador y, en
consecuencia, todos los servidores que lo emplean, al que un proveedor de una
base de datos fije un precio de licencia distinto, define un mercado de producto
relevante distinto.
Las Orientaciones sobre las prioridades de control de la Comisión en aplicación
del artículo 102 del TFUE a la conducta excluyente abusiva de las empresas
dominantes establecen, en su apartado 12, que para evaluar la existencia de una
posición de dominio es necesario tener en cuenta la posición en el mercado de la
empresa y sus competidores, las barreras a la expansión y a la entrada y el poder
de negociación de la demanda. Respecto del primero de los factores, el Consejo
no puede tomar los datos de las tablas 13, 14 y 15 del PCH, en los que se calcula
la cuota de ORACLE y sus más directos competidores en el mercado de bases de
datos relacionales de alto rendimiento, como referencia inicial para analizar la
77
posible existencia de una posición de dominio, en tanto se considera que puede
caber una delimitación más amplia del mercado. No obstante, el Consejo constata
que, tomando como mercado de producto el que incluye todas las bases de datos
relacionales, el definido por la Comisión Europea en la decisión ORACLE/SUN, en
el informe Gartner de 2010, se atribuye a ORACLE una cuota de mercado
mundial en términos de ingresos, entre 45 y 50%, a IBM una cuota entre 20 y 25%
y a Microsoft una cuota entre 15 y 20%. Por lo tanto, ORACLE tiene una cuota
más del doble que la de IBM, su más inmediato competidor, lo que implica una
posición de liderazgo en dicho mercado. Posición de liderazgo que reconoce la
Comisión Europea en dicha decisión, en su punto 4.3.2, párrafos 196 a 201.
En atención a esta posición en el mercado de ORACLE, el Consejo ha tomado en
consideración el análisis de la DI acerca de las barreras a la expansión y a la
entrada para poder valorar si de ese análisis, aun referido a un mercado más
estrecho, podría deducirse que ORACLE ejerce una posición de dominio en el
mercado de las bases relacionales. En este punto, la DI identifica la existencia en
este mercado de costes fijos muy elevados, de efectos de red, de altos costes de
cambio (migración de una base de datos a otra), y la alta fidelidad de los
consumidores a sus respectivos proveedores (reputación de fiabilidad de estos),
para terminar concluyendo que al ser ORACLE la empresa con mayor cuota de
mercado, cabe presumir que sea quien más se beneficie de estas barreras.
El Consejo quiere señalar a este respecto, como lo ha hecho anteriormente en
relación con el análisis de la sustituibilidad por el lado de la oferta, que, como
reconoce la DI, las barreras de entrada y de expansión identificadas son comunes
a todos los productores de bases de datos. En este sentido, el Consejo no
comparte la atribución a ORACLE de una posición de dominio basada
principalmente en una cuota de mercado que no excede el 50%, dado que el
análisis no ha permitido acreditar la existencia de barreras adicionales o
específicas que impidan atacar su posición en el mercado o que impidan que los
competidores presentes en el mercado ejerzan una presión competitiva
significativa.
Respecto al poder compensatorio de la demanda, el Consejo considera que
cabría concluir que cada proveedor de bases de datos, no sólo ORACLE,
ejercería un cierto poder de captura sobre sus clientes, en ausencia de entradas o
salidas importantes en dicho mercado en los últimos años. A este respecto, de los
datos que figuran en los párrafos 525 a 528 de la tantas veces citada decisión
ORACLE/SUN, puede concluirse que entre los clientes de ORACLE tienen
especial relevancia las grandes empresas, teniendo en cuenta su alta cuota de
mercado en este segmento, el 49,5% en 2007 en términos de ingresos en el de
empresas de más de 1000 trabajadores. A la misma conclusión se podría llegar,
aunque no se ha acreditado cuantitativamente, a la vista de las empresas que
figuran en la relación no exhaustiva de contratos de clientes españoles afectados
por la negativa de ORACLE aportada por HP que figura en el expediente (folios
4544 y 4545) así como de la relación de empresas a las que la DI ha solicitado
información (Antecedentes de Hecho 5 y 6). El Consejo considera que las
78
características de la demanda no permiten afirmar que tiene un reducido poder
compensatorio sin un análisis más exhaustivo.
En atención a todo lo anterior, el Consejo considera que, en el momento presente,
no puede concluirse de la información que obra en el expediente que ORACLE
disfrute de una posición de dominio individual en el mercado de bases de datos
relacionales.
En todo caso, incluso aun cuando se hubiese fundamentado la existencia de una
posible posición de dominio en el mercado de bases de datos de alto rendimiento,
el Consejo no aprecia acreditación de abuso de dicha posición en el mercado de
servidores de gama alta atendiendo a la estructura y funcionamiento de este
mercado.
En la delimitación del mercado de servidores de gama alta la DI incluye los
mainframes” y los servidores cuya arquitectura del procesador es del tipo
RISC/EPIC, basándose en sus superiores prestaciones técnicas. Excluye de este
segmento de gama alta a los servidores basados en arquitectura x86 de 64 bits a
pesar de reconocer que hay un importante debate sobre si estos últimos permiten
igualar las prestaciones de los anteriormente señalados. En el parágrafo (148) del
PCH, que se incluye en esta Resolución, INTEL, fabricante de los procesadores
Itanium y de los x86 afirma que estos últimos son capaces de ofrecer fiabilidad,
disponibilidad y capacidad de servicio similares a las de los procesadores Itanium.
En el mismo sentido se pronuncian analistas de mercado cuyas afirmaciones se
recogen en el citado parágrafo. IBM en su respuesta al requerimiento de
información de la DI, incluye los servidores basados en el procesador x86 entre
los que reúnen los estándares requeridos para acometer las funciones críticas de
una gran empresa. Sin embargo, en el expediente no hay un análisis de la
estructura de este mercado si se incluyesen en el mismo los servidores basados
en procesadores x86. En el parágrafo (154) del PCH se afirma que no resulta
determinante pronunciarse sobre si estos servidores pertenecen al mercado de
gama alta, en la medida que no afecta a las conclusiones del análisis. Sin
embargo, si HP oferta servidores basados en el procesador x86, la inclusión o no
de estos servidores en el mercado de referencia es fundamental para determinar
la posición de HP en el mismo y los efectos de la conducta llevada a cabo por
ORACLE.
En consecuencia, el Consejo considera que no está suficientemente
fundamentada la exclusión de los servidores basados en el procesador x86 del
mercado de servidores de gama alta.
Por otra parte, las anteriormente citadas Orientaciones de la Comisión Europea,
establecen que para determinar si una denegación de suministro constituye un
abuso de posición dominante, es necesario que se cumplan tres circunstancias
simultáneamente:
- que la denegación se refiera a un producto o servicio objetivamente
necesario para poder competir con eficacia en un mercado descendente,
79
- que sea probable que esta denegación de lugar a la eliminación de la
competencia efectiva en ese mercado descendente, y
- que sea probable que la denegación redunde en perjuicio de los
consumidores.
Respecto del primero de los requisitos, en el parágrafo (306) del PCH se afirma
que HP se va a ver imposibilitada para seguir cubriendo cerca del 70% de la
demanda actual de estos servidores como consecuencia de la decisión de
ORACLE de finalizar la compatibilidad de sus bases de datos con los mismos. En
el parágrafo (278) de la PR, se afirma que, según estimaciones de ORACLE, al
menos cerca del 50% de los servidores HP Integrity se utilizan con Oracle
Database. Sea cual sea el dato más próximo a la realidad, no se aprecia la
indispensabilidad que requiere el primer punto de este análisis, dado que HP
oferta en estos momentos servidores basados en este procesador con un destino
distinto al de la base de datos de ORACLE objeto de la conducta.
En lo referente al segundo requisito, los datos de las tablas 22, 23 y 24 del PCH,
en las que se refleja la evolución de las cuotas de los competidores en el mercado
de servidores de gama alta en los años 2009, 2010 y 2011 en el mercado
geográfico mundial, en el Espacio Económico Europeo y en España, no reflejan
que la decisión de ORACLE haya supuesto la reducción de la cuota de HP y el
incremento correlativo de la cuota de ORACLE. Lo que indican esas tablas es, en
cualquiera de los ámbitos geográficos analizados, (i) que los ingresos totales en el
mercado de servidores de alta gama ha caído un casi 8 %, (ii) que es IBM quien
ha incrementado su cuota a lo largo de esos tres años, y (iii) que las cuotas de
ORACLE y HP vienen cayendo desde 2009 en la misma proporción, antes del
anuncio de ORACLE, caída que continúa en 2011 año en el que se produce el
anuncio. Esta tendencia es especialmente significativa en el mercado español. Y
respecto de la tabla 25, este Consejo considera que con datos trimestrales
referidos a sólo dos años, en los que hay diferencias notables entre unos
trimestres y otros, y en los que no figuran la evolución de las ventas de servidores
competidores de HP, no es posible sacar conclusiones del tipo causa efecto a la
hora de analizar el segundo requisito. Si se pretende constatar que la caída de
ventas de servidores de alta gama de HP en el primer trimestre de 2011 coincide
con la entrada en vigor del incremento del core factor para las licencias de Oracle
Database, también cabría afirmar que el mejor comportamiento de las ventas de
servidores de alto rendimiento en 2010 de HP, coincide con la entrada en vigor de
la reducción del core factor para los servidores de ORACLE y, sin embargo,
parece que esto no tuvo su reflejo en una mejor evolución del mercado de
servidores distintos de los de HP. El PCH, cuando analiza el cumplimiento de este
segundo requisito, reitera que, ante la elección entre base de datos y servidor, un
cliente se decantará por mantener la base de datos. Sin embargo, los datos sobre
la reacción de los clientes ante el anuncio de ORACLE que figuran en el
expediente no permiten afirmar que la elección se produce en ese sentido, al
menos no con la inmediatez que sugiere el PCH. El informe de Forrester
Research de enero de 2012, refiere que, consultados 50 clientes que utilizan HP
Integrity y Oracle Database, sobre su reacción ante el anuncio, dos terceras
80
partes de ellos declaran que su estrategia es “esperar y ver”. Y en el test realizado
por la DI entre empresas españolas, de las 12 respuestas de las que utilizan HP
Integrity y Oracle Database, 6 afirman que cambiaran de servidor y 5 que están
valorando la situación.
Respecto al cumplimiento del tercer requisito, si el escenario futuro fuese un
duopolio entre IBM y ORACLE, como apunta el PCH, no se aprecia que haya
base suficiente para presuponer que esto vaya a conllevar un incremento de
precios como se afirma en los parágrafos (312) y (314) del PCH. Tampoco
procede sancionar preventivamente este efecto futurible sobre la base del
supuesto abuso de posición de dominio individual de Oracle de naturaleza
exclusionaria que aquí se analiza.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Consejo considera que en el presente
expediente no ha quedado acreditado que los Hechos Probados en el mismo
constituyan un abuso de posición de dominio exclusionario, y, en consecuencia,
una infracción de los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE.
En base a lo anteriormente expuesto, el Consejo en la composición recogida al
principio, vistos los preceptos citados y los demás de general aplicación,
HA RESUELTO
UNICO.- Declarar, al amparo del artículo 53.1.c) de la Ley 15/2007 de 3 de Julio,
de Defensa de la Competencia, que en este expediente no ha resultado
acreditada la existencia de una infracción del Artículo 2 de la citada Ley y del
artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por parte de
Oracle Corporación y de Oracle Ibérica, S.R.L.
Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Investigación de la CNC y
notifíquese a las interesadas haciéndoles saber que contra la misma no cabe
recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-
administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde
su notificación

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