Resolución VECO/DTSA/005/20 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 28-07-2020

Número de expedienteVECO/DTSA/005/20
Fecha28 Julio 2020
Actividad EconómicaTelecomunicaciones
VECO/DTSA/005/20/SCC 2018
TELEFÓNICA MÓVILES
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA VERIFICACIÓN DE LOS
RESULTADOS DE LA CONTABILIDAD DE COSTES DE TELEFÓNICA
MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. REFERIDOS AL EJERCICIO 2018
VECO/DTSA/005/20/SCC 2018 TELEFÓNICA MÓVILES
SALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA
Presidente
D. Ángel Torres Torres
Consejeros
D. Mariano Bacigalupo Saggese
D. Bernardo Lorenzo Almendros
D. Xabier Ormaetxea Garai
Dª Pilar Sánchez Núñez
Secretario de la Sala
D. Joaquim Hortalà i Vallvé, Secretario del Consejo
En Madrid, a 29 de julio de 2020
Visto el expediente relativo a la verificación de los resultados de la contabilidad
de costes de Telefónica Móviles de España, S.A.U. referidos al ejercicio 2018
para los estándares de costes históricos y corrientes, la SALA DE
SUPERVISIÓN REGULATORIA de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC) acuerda lo siguiente:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- Con fecha 13 de diciembre de 2007, la CMT aprobó la resolución
sobre la adaptación de los sistemas de contabilidad de costes de los operadores
móviles de red al nuevo marco regulatorio.
SEGUNDO.- Con fecha 19 de junio de 2008, la CMT aprobó la resolución sobre
la adaptación al nuevo marco regulatorio y homogeneización del sistema de
contabilidad de costes de Telefónica Móviles.
TERCERO.- Con fecha 10 de junio de 2010, la CMT aprobó la resolución sobre
la actualización de los principios, criterios y condiciones para el desarrollo del
sistema de contabilidad de costes aprobados en la Resolución de 15 de julio de
1999.
CUARTO.- Con fecha 18 de enero de 2018 la CNMC acordó la resolución por la
que se aprueba en cuarta ronda la definición y el análisis de los mercados de
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terminación de llamadas vocales en redes móviles individuales, la designación
de operadores con poder significativo de mercado y la imposición de
obligaciones específicas, y se acuerda su notificación a la Comisión Europea.
QUINTO.- Con fecha 18 de diciembre de 2018, la Sala de Supervisión
Regulatoria de la CNMC aprobó la tasa de coste de capital a aplicar en la
contabilidad de costes de Telefónica Móviles del ejercicio 2018.
SEXTO.- Con fecha de 26 de junio de 2019, la Sala de Supervisión Regulatoria
de la CNMC adoptó acuerdo sobre la verificación de los resultados de la
contabilidad de costes presentados por Telefónica Móviles referidos al ejercicio
2017.
SÉPTIMO.- El 31 de julio de 2019 tuvo entrada en el Registro de esta Comisión
oficio de Telefónica Móviles por el que presenta los resultados de la contabilidad
de costes del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 debidamente
auditada. Concretamente, se presentaron los resultados de la contabilidad de
costes del ejercicio 2018, junto con el MICC, anexos y estudios técnicos
contemplados por el SCC, el ejercicio de segmentación de los costes
minoristas/comerciales, así como unas notas para facilitar la comprensión de las
cuentas entregadas en ambos estándares.
OCTAVO.- Con fecha 15 de octubre de 2018, la CNMC adjudicó a la empresa
Axon Partners Group Consulting, S.L.U. (en adelante, Axon) el concurso
convocado para realizar la revisión externa de aspectos específicos de la
Contabilidad de Costes de Telefónica Móviles correspondiente al ejercicio 2018.
NOVENO.- Mediante escrito de la Directora de Telecomunicaciones y del Sector
Audiovisual de la CNMC de 11 de mayo de 2020, se comunicó a Telefónica
Móviles el inicio del presente procedimiento para la verificación de los resultados
de la contabilidad de costes del ejercicio 2018. Adjunto al citado escrito, se dio
traslado a Telefónica Móviles del informe de conclusiones sobre el sistema de
contabilidad de costes del ejercicio 2018 de Telefónica Móviles elaborado por
Axon para que aquélla efectuase las alegaciones que estimara oportunas, de
conformidad con el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en
adelante, LPACAP).
DÉCIMO.- Con fecha 26 de mayo de 2020, tuvo entrada en el Registro de esta
Comisión un escrito de alegaciones de Telefónica Móviles al Informe de
conclusiones de Axon citado anteriormente.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC)
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Tal como se establece en el artículo 70.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones (en adelante, LGTel), en las materias reguladas
por esa Ley, la CNMC ejercerá, entre otras, las siguientes funciones
1
:
“a) Definir y analizar los mercados de referencia relativos a redes y
servicios de comunicaciones electrónicas, entre los que se incluirán los
correspondientes mercados de referencia al por mayor y al por menor, y
el ámbito geográfico de los mismos, cuyas características pueden
justificar la imposición de obligaciones específicas, en los términos
establecidos en el artículo 13 de la presente Ley y su normativa de
desarrollo.
b) Identificar el operador u operadores que poseen un poder significativo
en el mercado cuando del análisis de los mercados de referencia se
constate que no se desarrollan en un entorno de competencia efectiva.
c) Establecer, cuando proceda, las obligaciones específicas que
correspondan a los operadores con poder significativo en mercados de
referencia, en los términos establecidos en el artículo 14 de la presente
Ley y su normativa de desarrollo.”
En concreto, el mencionado artículo 14 de la LGTel señala que esta Comisión
podrá imponer a los operadores que hayan sido declarados con poder
significativo en el mercado obligaciones en materia de control de precios, tales
como la orientación de los precios en función de los costes y la contabilidad de
costes, para evitar precios excesivos o la compresión de los precios en
detrimento de los usuarios finales.
En las cuatro rondas de definición y análisis de los mercados de terminación de
llamadas en redes móviles individuales habidas hasta la fecha, la CNMC ha
mantenido las obligaciones establecidas para los operadores designados con
poder significativo de mercado.
Así, en la resolución de 18 de enero de 2018 (BOE 30 de enero de 2018), tras
definir y analizar el mercado, se concluyó que dicho mercado no era realmente
competitivo y se identificó a Telefónica Móviles como uno de los operadores con
poder significativo en el mismo. Como consecuencia, en el Anexo 2 de la misma,
se impuso a Telefónica Móviles, entre otras, la obligación de ofrecer los servicios
de terminación a precios orientados en función de los costes, así como la de
separar sus cuentas en relación con las actividades de acceso e interconexión.
Concretamente, en el apartado 2 del Anexo 2, se estableció que:
Telefónica, Vodafone y Orange deberán ofrecer los servicios de
terminación a precios orientados en función de los costes de producción
1
También recogidas en el artículo 6, apartados 1, 2 y 3 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
Creación de la CNMC.
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y adoptar un sistema de contabilidad de costes (artículo 14.1 e) de la
LGTel y artículo 11 del Reglamento de Mercados; artículo 13 de la
Directiva de Acceso). [...]
Asimismo, los sistemas de contabilidad de costes de Telefónica,
Vodafone y Orange deberán respetar lo dispuesto en la Resolución de 13
de diciembre de 2007 sobre la adaptación de los sistemas de contabilidad
de los operadores móviles de red al nuevo marco regulatorio (AEM
2007/1035), y en cualquier otra que desarrolle, complemente o modifique
las Resoluciones mencionadas.
Por último:
- Telefónica deberá respetar lo dispuesto en la Resolución de 19 de
junio de 2008 sobre la adaptación al nuevo marco regulatorio y
homogeneización del sistema de contabilidad de costes de
Telefónica Móviles de España, S.A.U. (AEM 2008/262).
A su vez, en el apartado 3 del mismo Anexo 2 se estableció que:
Telefónica, Vodafone y Orange deberán separar sus cuentas en relación
con las actividades de acceso e interconexión que prestan (artículo 14.1
c) de la LGTel y 9 del Reglamento de Mercados; artículo 11 de la Directiva
de Acceso).
Telefónica, Vodafone y Orange deberán utilizar el formato y metodología
establecidos en las Resoluciones citadas en el apartado 2 anterior. “
En definitiva, se le han impuesto a Telefónica Móviles, como operador con poder
significativo en los mercados de terminación de llamadas vocales en redes
móviles individuales, entre otras, las obligaciones de separación contable y de
ofrecer los servicios de terminación a precios orientados en función de los costes
de producción. Además, se ha establecido que, para la aplicación efectiva de
dichas obligaciones, esta Comisión determinará el sistema de contabilidad de
costes con el que calibrará el modelo de costes ascendentes, precisando el
formato y el método contable que se habrá de utilizar.
Por otro lado, de acuerdo con el apartado 7 del anexo de la resolución del 10 de
junio de 2010, corresponde a esta Comisión realizar una declaración anual sobre
el cumplimiento de los criterios de costes que lleva a cabo la operadora,
proponiendo las modificaciones de obligado cumplimiento al sistema de costes
que considere oportunas.
La presente resolución se completa con el Anexo siguiente:
Sistema de Contabilidad de Costes de Telefónica Móviles de España, S.A.U.,
del ejercicio 2018 bajo los estándares de históricos y corrientes. Informe de
revisión detallado”, encargado por la Comisión y realizado por Axon.
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Por todo ello, de conformidad con los preceptos anteriores y atendiendo a lo
previsto en los artículos 20.1 y 21.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, y en los
artículos 8.2.j) y 14.1.b) del Estatuto Orgánico de la CNMC aprobado por Real
Decreto 657/2013, de 30 de agosto, el órgano competente para resolver el
presente procedimiento es la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC.
RESULTADOS DE COSTES Y MÁRGENES APORTADOS POR
TELEFÓNICA MÓVILES Y SEPARACIÓN DE CUENTAS
III.1 CARÁCTER MULTIESTÁNDAR DEL SISTEMA DE COSTES
La CMT, en la Resolución de 10 de junio de 2010 de actualización de los
principios, criterios y condiciones para el desarrollo del sistema de contabilidad
de costes, establece en el apartado de “Naturaleza del sistema de costes” que:
“El sistema de costes que habrá de proponer la operadora será de
naturaleza “multiestándar”, de forma que permita obtener para cada
período de contabilización los costes de los servicios de acuerdo con los
estándares de costes siguientes:
1. Costes históricos totalmente distribuidos: Este estándar de costes se
basa en la asignación de la totalidad de los costes de la contabilidad
financiera para la producción de los servicios, incorporando además
el “coste de retribución al capital propio”.
2. Costes corrientes totalmente distribuidos: Este estándar surge como
una transición desde el estándar de costes históricos totalmente
distribuidos hacia el de costes incrementales a largo plazo. Su
aplicación práctica consistirá en:
2.1. Sustituir el coste de la inversión en los activos existentes por el coste
revalorizado, recalculando sobre el nuevo valor de los activos los costes
de amortización y retribución al capital invertido.
2.2. Eliminar los costes no relacionados con la prestación de los servicios
de comunicaciones electrónicas.
Y en la resolución de 29 de enero de 2009 sobre las vidas útiles a aplicar en la
contabilidad de costes se indica:
“La aprobación de unas vidas útiles distintas a las aplicadas en la
contabilidad externa conduce a una problemática para su aplicación en el
sistema de costes que se explica a continuación.
La revisión de vidas útiles para el estándar de costes corrientes implica
la necesidad de elaborar nuevos cálculos para hallar los
correspondientes costes derivados de la inversión, esto es:
- el coste de amortización (recuperación anualizada de la inversión).
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- el coste de capital (recuperación del rendimiento del capital invertido).
Por otro lado, en algunas ocasiones también se generan diferencias en
estos costes como consecuencia de modificar el valor de los activos al
sustituir el coste de la inversión con el valor de reposición, según indican
los Principios de Contabilidad de Costes aprobados por esta Comisión.
De acuerdo con los mencionados Principios, estas dos diferencias de
costes entre estándares deben ser recogidas en las correspondientes
cuentas de diferencias.”
En consonancia con lo anterior, Telefónica Móviles ha presentado los estándares
de costes históricos y corrientes.
En el sistema de contabilidad presentado por Telefónica Móviles en el ejercicio
2018, en costes históricos se aplican a los elementos de inmovilizado las vidas
útiles de la contabilidad financiera y en costes corrientes se aplican las vidas
útiles aprobadas por la CMT en las resoluciones de 29 de enero de 2009 y de 4
de junio de 2009
2
. Otra fuente de diferencias entre estándares es la
revalorización de activos realizada en el estándar de corrientes según lo
requerido en la resolución de 4 de noviembre de 2010.
La siguiente tabla ilustra las diferencias presentadas en el Sistema de
Contabilidad de Costes entre los estándares de costes históricos y corrientes, en
relación a los costes de los activos. El coste de los activos se recoge en las
cuentas de Coste de Capital que agrupan la suma de los valores de amortización
y coste de capital.
Tabla 1 Diferencias en los costes calculados para el ejercicio 2018 entre
los estándares de costes históricos y corrientes
[INICIO CONFIDENCIAL]
2
Recurso de reposición sobre la resolución de 29 de enero de 2009.
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[FIN CONFIDENCIAL]
El total de las diferencias obtenidas en los costes calculados de amortización y
de capital entre ambos estándares se distribuye en el estándar de corrientes a
cuentas específicas de costes e ingresos No Imputables al Estándar.
Los gastos de naturaleza extraordinaria se siguen imputando en ambos
estándares a la cuenta de servicios No Asignables a la Actividad Principal
(NAAP).
Para el estándar de corrientes, Telefónica Móviles debe tomar como referencia
la resolución de 29 de enero de 2009, sobre las vidas útiles a aplicar en el
ejercicio 2008, en la que la CMT definió las vidas útiles a aplicar en el año 2008
y siguientes. Axon no ha detectado ninguna incidencia ni aspecto reseñable
durante la revisión de la aplicación de las vidas útiles en el estándar de costes
corrientes.
Respecto del cálculo del coste del capital en el estándar de corrientes, Axon ha
verificado que Telefónica Móviles ha utilizado el valor correcto de la Tasa Anual
de Retorno (WACC) aprobada por esta Comisión en su Resolución de 18 de
diciembre de 2018 para aplicar en el Sistema de Contabilidad de Costes de
Telefónica Móviles para el ejercicio de 2018, del 6,82% (WACC antes de
impuestos).
En la siguiente tabla se ilustra la diferencia entre los costes calculados del
ejercicio 2018 y 2017 bajo el estándar de corrientes por categoría de activo.
Tabla 2 Diferencia entre los costes calculados del ejercicio 2018 y 2017
bajo el estándar de costes corrientes
[INICIO CONFIDENCIAL]
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[FIN CONFIDENCIAL]
III.2 DESGLOSE DE LOS SERVICIOS
Mediante la resolución de 13 de diciembre de 2007 sobre la adaptación de los
sistemas de contabilidad de costes de los operadores móviles de red al nuevo
marco regulatorio, la CMT aprobó un determinado desglose de servicios.
A continuación, se recoge el listado de los servicios que ha presentado
Telefónica Móviles, concretando de este modo los servicios objeto de
desagregación:
Tabla 3 Desglose de los servicios
SERVICIOS MAYORISTAS SERVICIOS MINORISTAS
Interconexión Tráfico
Terminación voz origen fijos grupo Voz fijo nacional
Terminación voz origen fijos no grupo Voz on net
Terminación voz origen móvil Voz off net
Terminación videotel efonía Videotel efonía on net
Terminación sms Videotel efonía off net
Terminación mms Voz y videotele fonía internacional
Terminación internacional voz y videote lefonía Serv. Propios y de Atención al clie nte
Terminación internacional sms Red intelige nte (no gratuita)
Terminación internacional mms Servicios de guías de abonado y directorios
Originación voz y videotel efonía Servicios de emergenci as y atención ciudadana
Originación sms Datos medidos por tiempo
Originación mms Mensajería
Originación datos SMS on net
Reventa voz y videotele fonía SMS off net
Reventa sms SMS internacional
Reventa mms SMS premium
Reventa datos Resto SMS SVA
Acceso a números gratuitos MMS on net
Roaming in- Itinerancia de cliente s extranjeros en red propia MMS off net
Roam in voz videotlf-Sal- Client oper UE destino UE MMS internacional
Roam in voz videotlf-Sal- Resto MMS Premium
Raom in voz videotlf-Cl ient operadores UE origen UE Resto MMS SVA
Roam in voz videotlf-Ent-Res to Datos
Roam in sms-Sal-Oper UE destino UE Banda ancha móvil
Roam in sms-Sal-Resto
Roam in sms- Ent- Client oper UE Roaming Out- Itinerancia de clientes propios en redes extranjeras
Roam in sms- Ent-Ent- Resto Roam out voz videotlf- Sal- En redes operadores Ue destino UE
Roam in datos y mms- Client oper UE Roam out voz videotlf-Sal- Resto
Roam in datos y mms- Client oper no UE Roam out voz videotlf-Ent- En redes operadores UE origen UE
Infraestructuras Roam out voz videotlf-Ent-Resto
Alquiler de i nfraestructuras con empresas del grupo TRAC voz Roam out SMS-Sal-En red operadores UE destino UE
Alquiler de i nfraestructuras con empresas del grupo TRAC datos Roam out SMS-Saliente-Resto
Alquiler y compartición de inf raestructuras resto Roam out Datos MMS- En redes de operadores UE
Roam out Datos MMS- Resto
Servicios TREI
Servicios NAAP
No imputables al estándar
OTROS
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III.3 RESULTADOS DE LA VALORACIÓN DE LA PLANTA A COSTES
CORRIENTES
El 4 de noviembre de 2010 la CMT aprobó la resolución sobre la revalorización
de los activos de los operadores de telefonía móvil, para determinar los
procedimientos de revalorización de los activos de los operadores móviles para
su valoración a costes corrientes en los resultados de la contabilidad de costes.
Axon ha revisado la revalorización realizada por Telefónica Móviles y ha
analizado cada una de las valoraciones a corrientes durante las reuniones de
trabajo, revisando la metodología aplica y los valores de entrada.
En el informe de conclusiones sobre el SCC del ejercicio 2018 de Telefónica
Móviles elaborado por Axon pueden consultarse los métodos de revalorización
empleados por Telefónica Móviles, la trazabilidad de los cálculos realizados y los
valores resultantes de la revalorización.
En la tabla siguiente se refleja el porcentaje de activos que han sido
revalorizados por cada uno de los métodos de revalorización:
Tabla 4 Porcentajes de revalorización por método
[INICIO CONFIDENCIAL]
Método de Revalorización
Históricos
NAAP e Inmovilizado en curso
Resto
Valoración Absoluta
Indexación
Activo Moderno equivalente (MEA)
Total
[FIN CONFIDENCIAL]
La siguiente tabla muestra el impacto de la revalorización en el valor bruto de los
activos para cada uno de los métodos de revalorización empleados:
Tabla 5 Valores brutos revalorizados totales por método (millones de
euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
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[FIN CONFIDENCIAL]
Durante la revisión no se han encontrado incidencias relevantes respecto del
proceso de revalorización.
III.4 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS PRESENTADOS POR TELEFÓNICA
MÓVILES PARA EL EJERCICIO 2018 RESPECTO DE LOS
RESULTADOS DEL EJERCICIO ANTERIOR.
En las tablas siguientes se muestran los ingresos, costes y márgenes obtenidos
por Telefónica Móviles para los servicios indicados en el ejercicio 2018 respecto
a los obtenidos en el ejercicio 2017
3
.
Tabla 6 Cuentas de márgenes en costes históricos
3
De acuerdo con los márgenes corregidos en la resolución de verificación del ejercicio 2017.
Ingreso Coste Margen Ingreso Coste Margen
Interconexión 264,1 429,0 -164,9 395,0 424,2 -29,2
Roaming in 151,6 177,1 -25,5 111,5 153,5 -42,0
Infraestructuras 186,4 331,1 -144,8 138,9 239,9 -101,0
Total Se rvicios Mayoristas 602,1 937,3 -335,2 645,3 817,6 -172,2
Tráfico 1.141,0 844,3 296,7 1.243,1 989,6 253,4
Mensajería 63,6 72,4 -8,9 72,2 83,1 -10,8
Datos 2.189,0 1.385,7 803,2 1.785,0 1.402,2 382,8
Roaming Out 179,3 118,0 61,3 183,6 118,2 65,4
Total Se rvicios Minoristas 3.572,9 2.420,4 1.152,4 3.283,9 2. 593,1 690,8
NAAP 200,8 412,1 -211,3 218,9 342,5 -123,6
No imputables al estándar 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 -
Total Otros 200,8 412,1 -211,3 218,9 342,5 -123,6
TOTAL 4.375,7 3.769,8 606,0 4.148,2 3.753,2 394,9
Servicios
Históricos 2018
Históricos 2017
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
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Tabla 7 Cuentas de márgenes en costes corrientes
III.4.1 SERVICIOS MAYORISTAS
A continuación, presentamos la visión general de los resultados para cada una
de las tres categorías de “Servicios mayoristas”. Para mayor nivel de detalle
puede consultarse el capítulo 3 del informe de conclusiones de Axon sobre el
SCC de Telefónica Móviles que se aporta como anexo a esta resolución. Los
valores comparados, a no ser que se especifique lo contrario, se corresponden
con los recogidos en el estándar de costes corrientes.
La categoría de servicios de interconexión incluye originación, terminación,
reventa, acceso a números gratuitos y otros servicios de interconexión. Los
servicios de interconexión tuvieron unos ingresos de 264,1 millones de euros y
un margen negativo de 152,3 millones de euros en 2018. Este margen aumenta
su tendencia negativa, desde los 18,5 millones de margen negativo del ejercicio
previo.
La categoría de servicios de Roaming-in se corresponde con los servicios de
itinerancia de clientes extranjeros en la red propia por servicios de Voz y
Videotelefonía, SMS, Datos y MMS. Los ingresos de Roaming-in alcanzaron en
2018 la cifra de 151,6 millones de euros frente a los 111,5 millones de euros de
2017. Se observa un incremento del consumo de [INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL] en el número de minutos y [INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL] en el número de MegaBytes cursados.
La categoría de Infraestructuras incluye dos servicios diferenciados por tráfico
de voz y datos por la provisión del servicio de Telefonía Rural de Acceso Celular
(TRAC) a Telefónica de España y un servicio de alquiler de infraestructuras como
Ingreso Coste Margen Ingreso Coste Margen
Interconexión 264,1 416,4 -152,3 395,0 413,5 -18,5
Roaming in 151,6 176,4 -24,7 111,5 155,3 -43,8
Infraestructuras 186,4 327,4 -141,1 138,9 237,4 -98,5
Total Se rvicios Mayoristas 602,1 920,2 -318,1 645,3 806,2 -160,8
Tráfico 1.141,0 839,3 301,8 1.243,1 979,1 264,0
Mensajería 63,6 73,7 -10,1 72,2 81,5 -9,2
Datos 2.189,0 1.381,9 807,1 1.785,0 1.401,5 383,5
Roaming Out 179,3 118,4 60,9 183,6 124,1 59,5
Total Se rvicios Minoristas 3.572,9 2.413,3 1.159,6 3.283,9 2. 586,1 697,8
NAAP 200,8 412,4 -211,6 218,9 342,5 -123,6
No imputables al estándar 0,0 23,9 -23,9 0,0 18,4 -18,4
Total Otros 200,8 436,3 -235,5 218,9 361,0 -142,1
TOTAL 4.375,7 3.769,8 606,0 4.148,2 3.753,2 394,9
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
Servicios
Corrientes 2018
Corrientes 2017
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el que presentan los otros operadores móviles por la compartición de sus
infraestructuras. El margen conjunto de este segmento se corresponde con un
valor negativo de -141,1 millones de euros, derivado principalmente del servicio
de [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL].
III.4.2 SERVICIOS MINORISTAS
Se presenta la visión general de los resultados para cada una de las tres
categorías de “Servicios minoristas”. Al igual que en el caso de los servicios
mayoristas, para una información más detallada, puede consultarse el capítulo 3
del informe de conclusiones de Axon sobre el SCC de Telefónica Móviles que se
aporta como anexo a esta resolución. Asimismo, los valores comparados se
refieren al estándar de costes corrientes.
La categoría de servicios de Tráfico recoge los servicios por voz y videotelefonía,
servicios de valor añadido y otros tráficos. Los ingresos por tráfico telefónico
presentaron de nuevo en 2018 una disminución, reduciéndose en un 8,2%
respecto del ejercicio 2017. Los ingresos totales por tráfico en el ejercicio 2017
fueron de 1.141 millones de euros frente a los 1.243,1 millones del ejercicio
anterior.
La categoría de servicios de Mensajería incluye los servicios de SMS y MMS que
continúan su tendencia decreciente. Así en el ejercicio 2018 la reducción de los
ingresos es de un 12,0% respecto al año anterior, al pasar 72,2 millones en el
ejercicio 2017 a 63,6 millones en el ejercicio actual.
La categoría de servicios de Datos aumenta su margen en un 110,4% desde los
383,5 millones en 2018 a los 807,1 millones en el ejercicio actual, siendo el
segmento con mayor número de ingresos, 2.189 millones de euros.
La categoría de servicios de Roaming-out comprende los servicios de Itinerancia
de clientes propios en redes extranjeras por servicios de Voz y Videotelefonía,
SMS, Datos y MMS. Roaming-out alcanzó unos ingresos de 179,3 millones de
euros en 2018, registrando una disminución del 2,3% respecto del ejercicio
anterior. El coste también se reduce y el margen se incrementa pasando de 59,5
millones en 2017 a 60,9 millones en 2018.
III.4.3 OTROS SERVICIOS
A continuación, se considera oportuno presentar la visión general de los servicios
que no están incluidos ni en el segmento mayorista ni en el minorista y que
recogen los ingresos y gastos no relacionados con la actividad principal de la
operadora (NAAP).
El margen de la agrupación “Otros servicios” tiene un margen negativo de -235,5
millones de euros frente al margen negativo de -142,1 millones en el ejercicio
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anterior. El empeoramiento del margen de este segmento tiene que ver con la
reducción de los ingresos y el aumento de los costes respecto al ejercicio 2017.
El aumento de los costes es debido a un aumento del coste del impuesto de
sociedades, así como a un incremento del coste de equipos no aplicables a
servicios.
INFORMES DE REVISIÓN
IV.1 OBSERVACIONES DE LA REVISIÓN ENCARGADA POR LA CNMC
Axon ha realizado por encargo de la CNMC la verificación de la correcta
adaptación del SCC de Telefónica Móviles correspondiente al ejercicio 2018 a
los Principios y Criterios aprobados en la resolución de 10 de junio de 2010
(actualización de los aprobados mediante Resolución de 15 de julio de 1999) y
a otras resoluciones relevantes al SCC de Telefónica Móviles.
En el informe emitido por la consultora sobre los resultados del Sistema de
Contabilidad de Costes de Telefónica Móviles para el ejercicio 2018, Axon
concluye que el sistema de contabilidad de costes desarrollado por Telefónica
Móviles cumple “a nivel general salvando las incidencias descritas más
adelante con los principios y criterios aprobados por la Comisión. Esta
conclusión se hace extensiva tanto al SCC en sí mismo como al Manual Interno
de Contabilidad de Costes (en adelante, “el MICC”), a los diferentes estudios
técnicos y al resto de documentación de soporte que lo completan.”
El criterio de la CNMC ha sido el habitual en estos procedimientos. Para aquellas
incidencias que o bien suponen un impacto inmaterial o bien no se han podido
cuantificar y que se presumen con un impacto no relevante, requerir su aplicación
en ejercicios posteriores. En cambio, para las incidencias relevantes que se
pueden cuantificar, salvo indicación en contrario, se requiere la aplicación en el
propio ejercicio sometido a revisión
4
.
4
Las incidencias con impacto en servicios de relevancia, se consideran materiales aquellas que
puedan producir una variación (en coste o ingreso) en alguno de estos servicios que supere el
0,25%. Para aquellas incidencias que afectan exclusivamente al resto de servicios, se consideran
materiales aquellas que puedan producir una variación (en coste o ingreso) en alguno de estos
servicios que supere el 0,5%.
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IV.2 REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES
SOLICITADAS EN LA VERIFICACIÓN DEL SCC DEL EJERCICIO
ANTERIOR.
Se enumeran a continuación los cambios introducidos en el SCC de Telefónica
Móviles en cumplimiento de los requerimientos realizados por esta Comisión en
la Resolución del 26 de junio de 2019, sobre la verificación de los resultados de
la contabilidad de costes de Telefónica Móviles España, S.A.U. del ejercicio 2017
(VECO/DTSA/015/18/SCC 2017 TELEFÓNICA MÓVILES).
Tabla 8 Revisión del cumplimiento de las modificaciones del SCC de 2017
requeridas por la CNMC en opinión de Axon
Ref.
TÍTULO
Implementado
adecuadamente
1
Solicitud de tres presupuestos para el cálculo de las
revalorizaciones
No
2
Imputación de los ingresos a los servicios SMS
No
3
Factor de enrutamiento para interconexión al servicio TRAC de voz
4
Imputación del coste de las licencias de espectro a grupos de activos
de red
Parcialmente
5
Apertura del centro de actividad de FEE-ROMCO
6
Unidades TRAC
7
Volúmenes asociados a servicios de Tuenti
8
Uso de la red de acceso de servicios de roaming out
9
Imputación del ingreso de roaming out en tarifas minoristas
10
Ingresos y volúmenes de roaming in entrantes
11
Apertura de un servicio de Internet of Things
No aplica5
12
Otros servicios de datos
13
Reparto de ingresos de operadores móviles virtuales a servicios
IV.3 MODIFICACIONES REQUERIDAS POR LA CNMC EN EL EJERCICIO
2017 NO IMPLEMENTADAS POR TELEFÓNICA MÓVILES O CUYA
IMPLEMENTACIÓN ES CUESTIONADA POR EL CONSULTOR DE LA
CNMC
A continuación, se expresan los motivos por los cuales Axon considera que
Telefónica Móviles no ha cumplido o ha realizado un cumplimiento parcial de los
requerimientos 1, 2, 4 de la resolución de 26 de junio de 2019, de verificación de
los resultados del SCC del ejercicio 2017.
1. Solicitud de tres presupuestos para el cálculo de las revalorizaciones
5
La apertura de este servicio de Internet of Things (IOT) debe ser efectiva en la entrega del
ejercicio 2019.
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En la Resolución del 3 de julio de 2014 al respecto de la revalorización de activos,
la Comisión solicitó a Telefónica Móviles que, “…al calcular el valor revalorizado
de los activos cuando deba emplearse el método de Valoración Absoluta,
Telefónica Móviles debe calcular el valor revalorizado siguiendo la regla general,
aportando las referencias de presupuesto de tres proveedores”
6
.
Posteriormente, y dada la dificultad que encontraba la operadora en cumplir con
este requerimiento, en las resoluciones del 9 de junio de 2016 y 21 de junio de
2017, la Comisión solicitó a Telefónica Móviles, en relación con la valoración a
corrientes de los activos, “…limitar en lo posible la aplicación de excepciones,
centrando el esfuerzo de cumplimiento en aquellos activos de mayor
materialidad relativa, en particular, en los activos de la red de acceso radio como
las RNC o MGW.”
7
Asimismo, la CNMC ha dado la posibilidad de facilitar diferentes configuraciones
cuando no sea posible conseguir tres proveedores, como se menciona en la
Resolución del 9 de junio 2016: “…cuando no sea posible cumplir con el
requerimiento de la CNMC, se requiere que se aporten varios presupuestos o
facturas con distintas configuraciones del elemento de red de los proveedores
que suministran a Telefónica Móviles”.
En la Resolución del 26 de junio de 2019, la Comisión concluyó que Telefónica
Móviles debía solicitar los tres presupuestos o configuraciones requeridas para
los elementos de mayor materialidad.
A fin de evaluar el análisis del grado de cumplimiento de este punto por parte de
la operadora en el SCC del ejercicio 2018 se ha identificado, para cada uno de
los elementos revalorizados a través del método de valoración absoluta, el
número de proveedores/configuraciones solicitados, así como su materialidad
relativa.
Tabla 9 Elementos de red revalorizados con valoración absoluta
[INICIO CONFIDENCIAL]
Cuenta del
SCC
Elemento de red
Número de configuraciones
empleadas
Materialidad8
Cumplimiento
6
Resolución VECO/DTSA/545/14/SCC 2012 Telefónica Móviles.
7
Resolución VECO/DTSA/007/16/SCC 2014 Telefónica Móviles.
8
Materialidad medida como el porcentaje que supone el valor bruto revalorizado a costes
corrientes (VBC) del elemento sobre el total del VBC revalorizado a través del método de
valoración absoluta.
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Cuenta del
SCC
Elemento de red
Número de configuraciones
empleadas
Materialidad8
Cumplimiento
[FIN CONFIDENCIAL]
De la tabla anterior se desprende que el 37,4% del valor bruto corriente (VBC)
valorado a través del método de valoración absoluta no considera al menos tres
presupuestos o, en su defecto, varias configuraciones. Se observa que
elementos de materialidad relevante como las BTS, los repetidores 2G y 3G, las
bases de datos de cliente o los MGW no cumplirían con el requerimiento de la
Comisión.
Por ello, Axon considera que Telefónica Móviles no ha implementado ninguna
mejora a este respecto y, por tanto, no ha cumplido con el requerimiento marcado
por la Comisión.
Respuesta 1: Para 2019 y siguientes, Telefónica Móviles deberá cumplir con el
requerimiento de la Comisión y solicitar al menos tres presupuestos o
configuraciones para los activos de mayor materialidad.
2. Imputación de los ingresos a los servicios SMS
En línea con resoluciones anteriores, en la Resolución de 26 de junio de 2019,
la Comisión solicitó a Telefónica Móviles incluir en el año 2018 y siguientes, el
reparto correspondiente a los servicios SMS para aquellas tarifas s
representativas.
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Durante los trabajos de revisión de este punto, se ha observado que parte de las
tarifas no incluyen el cambio solicitado por la Comisión.
En la siguiente tabla se presentan las tarifas multiservicio de mayor materialidad
([INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]% del ingreso por cuotas
mixtas) ordenadas por volumen de ingresos, indicando si incluyen o no SMS
dentro de su oferta comercial y si reparten o no ingresos a los servicios SMS del
SCC
Tabla 10 Resumen de tarifas más representativas de acuerdo a ingresos
detallando la prestación de servicio SMS
[INICIO CONFIDENCIAL]
Nombre tarifa
Ingresos totales de la
tarifa
(MM €)
% sobre el total
de ingresos
SMS en la oferta
comercial
Reparte a
servicios
[FIN CONFIDENCIAL]
Se puede observar que Telefónica Móviles no ha repercutido ingresos a servicios
de SMS para las tarifas “CM Empresas” y “Con Tu Negocio, pese a incluir SMS
en la oferta comercial. Estas tarifas constituyen aproximadamente un [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]% de los ingresos totales de las
tarifas multiservicio.
Por ello, Axon constata que la operadora no ha cumplido con el requerimiento de
la Comisión de incluir, en el año 2018 y siguientes, el reparto correspondiente a
los servicios SMS para aquellas tarifas que comercialmente ofrecen dichos
servicios, de acuerdo con lo dispuesto en las resoluciones de los ejercicios 2014,
2015, 2016 y 2017.
Asimismo, el consultor pone de manifiesto que Telefónica Móviles ha señalado
durante las sesiones de revisión que este requerimiento no ha sido
implementado debido a la casuística de las tarifas específicas para empresas.
Según alega la operadora, los servicios a empresas implican un portafolio amplio
de tarifas que dificultan la identificación de los ingresos provenientes de SMS.
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Además, la operadora manifestó, que, bajo su punto de vista, las empresas no
valoran los servicios de SMS (aunque se incluyan dentro de las tarifas
mencionadas), y por tanto no se debería repercutir ingresos de SMS
provenientes de estas tarifas y que, debido a estos aspectos, no espera
implementar en el SCC este requerimiento en el corto plazo.
Con el fin de validar la representatividad de los potenciales ingresos de SMS que
deberían considerarse de las tarifas “CM Empresas” y “Con Tu Negocio”, Axon
ha procedido a la estimación del impacto asociado. Para ello, ha estimado, en
base al resto de tarifas mixtas, el porcentaje de ingresos que se asocian a
servicios de SMS. Dicho análisis se presenta en la siguiente tabla:
Tabla 11 Cálculo del porcentaje de los ingresos totales que se imputan a
los SMS en las tarifas de empresas
[INICIO CONFIDENCIAL]
Nombre tarifa
Ingresos totales de la
tarifa (MM €)
Ingresos SMS de la tarifa
(MM €)
% Ingresos por SMS sobre
sobre el total de ingresos
[FIN CONFIDENCIAL]
Según la tabla anterior, los ingresos repercutidos a servicios de SMS en las
tarifas mixtas anteriores representan, en promedio, el [INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL] %. Si se asume que este promedio se aplicara también
sobre las tarifas de CM Empresas” y “Con Tu Negocio”, los ingresos de SMS
para estas tarifas ascenderían a [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] miles de euros. Esto implicaría un aumento del [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]% sobre el total de [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] millones de euros de ingresos
calculados para SMS on net y off net (únicos servicios de SMS a los cuales
reparten los ingresos de tarifas mixtas).
De acuerdo con los criterios de materialidad aplicados en este procedimiento,
esta incidencia tendría un impacto material.
El consultor considera que la operadora debe incluir en ejercicio futuros, el
reparto correspondiente a los servicios SMS para aquellas tarifas que ofrecen
comercialmente dichos servicios y dar cumplimiento a los requerimientos de la
Comisión en las resoluciones de los ejercicios 2014, 2015 y 2016.
No obstante, Axon considera razonable que la operadora emplee como
aproximación un reparto de los ingresos a SMS de las tarifas “CM Empresas” y
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“Con Tu Negocio” basado en el porcentaje de ingresos de SMS registrados para
el resto de las tarifas mixtas, dada la complejidad de estimar el reparto exacto de
SMS asociados a dichas tarifas.
Alegaciones de Telefónica Móviles
Telefónica Móviles alega que las garifas señaladas por Axon, CM Empresas” y
“Con Tu Negocio”, constituyen un porcentaje de los ingresos totales de las tarifas
multiservicio muy cerca del umbral del 2% que se suele utilizar para considerar
la materialidad en los servicios.
En base al principio de proporcionalidad, dado que esta petición, según el
operador, implica un uso de recursos y tiempo por encima de lo razonable,
Telefónica Móviles solicita acometer la modificación solicitada desde el momento
en que ha sido recibido el mencionado informe de revisión, es decir, el mes de
mayo de 2020, dado que los datos anteriores, correspondientes a 2019 y hasta
el mes de abril de 2020 ya han sido procesados y tratados en los sistemas
contables de mi representada y no le es posible realizar la modificación solicitada
de manera retroactiva.
Respuesta de esta Sala:
Tras revisar la materialidad de la incidencia en cuestión, y reconociendo la
imposibilidad del reprocesamiento de estos datos, se considera justificada la
alegación de la Telefónica Móviles.
Por tanto, la operadora puede emplear, en el SCC de los ejercicios 2019 y 2020,
una estimación de los ingresos de SMS asociados a las tarifas “CM Empresas”
y “Con Tu Negocio” basado en el porcentaje de ingresos de SMS registrados
para el resto de las tarifas mixtas.
Respuesta 2: Telefónica Móviles deberá incluir en el ejercicio 2019 y siguientes,
el reparto correspondiente a los servicios SMS para aquellas tarifas que
ofrecen comercialmente dichos servicios. En el caso de las tarifas “CM
Empresas” y “Con Tu Negocio”, en los ejercicios 2019 y 2020, podrá
aproximar un reparto a servicios, de acuerdo con lo señalado en este
apartado.
3. Imputación del coste de las licencias de espectro a grupos de activos
de red
En la resolución de 12 de julio de 2018 se requirió a Telefónica Móviles modificar
la imputación del coste de las licencias de espectro. Esta nueva imputación debía
repartir costes solamente a las tecnologías de acceso y no a componentes de
red de transmisión o núcleo como se estaba considerando en el ejercicio 2016.
Además, se requería a la operadora realizar la imputación a las distintas
tecnologías de acceso en base al ancho de banda de cada banda asociado a
cada una de las tecnologías de acceso.
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En la Resolución de 26 de junio de 2019 se requirió a Telefónica Móviles ajustar
el criterio de imputación de los costes asociados a las licencias de espectro.
Como parte del requerimiento, Telefónica Móviles debería, para cada una de las
bandas de espectro, realizar la imputación a las tecnologías de acceso (2G, 3G
y 4G) en base al ancho de banda asociado a cada una de ellas.
En el archivo “04) E.T. de reparto del Centro de Actividad Canon del espectro y
coste de licencias a Costes por Servicio”, la operadora ha detallado los nuevos
repartos realizados en el SCC correspondiente al ejercicio 2018. Su enfoque se
describe a continuación:
- En primer lugar, ha identificado los activos de las licencias
correspondientes a cada frecuencia, identificando el coste total
atribuible a cada una de ellas.
Tabla 12 Activos de las licencias correspondientes a cada frecuencia
[INICIO CONFIDENCIAL]
91x16 Licencias y concesiones administrativas
Banda
Coste (MM EUR)
800 MHz
900 MHz
1800 MHz
2100 MHz
2600 MHz9
[FIN CONFIDENCIAL]
- A continuación, reparte el coste de cada frecuencia a las
tecnologías que la usan en función del número de estaciones base
de cada tecnología que hacen uso de cada frecuencia.
Tabla 13 Número de estaciones base por tecnología y frecuencia
[INICIO CONFIDENCIAL]
Banda
Número de estaciones base por
tecnología
% Reparto
2G
3G
4G
2G
3G
4G
800 MHz
900 MHz
1800 MHz
2100 MHz
2600 MHz
[FIN CONFIDENCIAL]
9
Incluye licencias estatales y regionales
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No obstante, Axon señala que Telefónica Móviles no considera en el cálculo el
ancho de banda (MHz) empleado por cada una de las tecnologías en cada
banda, de acuerdo con lo requerido por la CNMC.
Durante las sesiones de trabajo, la operadora ha presentado una manera
alternativa de ajuste al criterio de imputación de los costes asociados a las
licencias de espectro. En esta metodología alternativa, Telefónica Móviles
reparte los costes de cada una de las licencias en función del número de
estaciones base que hace uso de cada tecnología, teniendo en cuenta el ancho
de banda empleado en cada una de las estaciones base.
Tabla 14 Diferencias del reparto del número de estaciones base por
tecnología y frecuencia entre el reparto especificado en el estudio técnico
y el reparto alternativo presentado
[INICIO CONFIDENCIAL]
Banda
% Reparto E.T.4
% Reparto nuevo
2G
3G
4G
2G
3G
4G
800 MHz
900 MHz
1800 MHz
2100 MHz
2600 MHz
[FIN CONFIDENCIAL]
Según indica Axon, esta alternativa se encuentra alineada con el requerimiento
de la CNMC que consiste en la imputación a las tecnologías de acceso en base
a los MHz de cada una de las células empleadas.
Por ello, considera adecuado el reparto alternativo propuesto por la operadora,
según el cual se reparte el coste de las distintas licencias a tecnologías en base
al número de estaciones base que las emplean y del ancho de banda dedicado
a cada una de ellas.
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares, y
afecta principalmente a los servicios mayoristas. Los impactos en los servicios
se muestran detalladamente en el apartado 8 del informe de revisión elaborado
por Axon y en la Tabla 20 y siguientes de la presente resolución.
Respuesta 3: Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste señalado en 2018 y para
los ejercicios 2019 y siguientes debe implementar el reparto de los costes
asociados a las licencias de espectro, tanto a nivel de costes reflejados
(canon del espectro) como de costes calculados (coste de la licencia) de
acuerdo con los términos expuestos en este apartado.
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IV.4 OTROS ASPECTOS DETECTADOS EN LA REVISIÓN DEL SCC DEL
EJERCICIO 2018
En el presente apartado se detallan otros aspectos detectados en el transcurso
del trabajo de revisión del SCC realizado por Axon.
4. Volumen del servicio de datos medidos por tiempo
Durante los trabajos de revisión, Axon ha detectado una evolución significativa
en el volumen del servicio 982151 Datos medidos por tiempo. Dicha evolución
se muestra en la siguiente tabla:
Tabla 15 Evolución del volumen del servicio de datos medidos por tiempo
para los años 2017 y 2018
[INICIO CONFIDENCIAL]
Volumen
2017
2018
Dif. 2018-2017 (%)
Tráfico (millones de minutos)
Comunicaciones (millones de llamadas)
[FIN CONFIDENCIAL]
La operadora ha informado que la evolución se debe a un cambio en el método
de valoración de las unidades de este servicio. Hasta el SCC correspondiente al
ejercicio 2016, el departamento responsable reportaba la información detallada
relativa al número de unidades del servicio. Sin embargo, desde el SCC del
ejercicio 2017, dejó de reportar estas unidades debido a la baja materialidad del
servicio.
De esta forma, en el ejercicio 2017, Telefónica Móviles optó por continuar
empleando la misma ratio de minutos/euros y llamadas/euros obtenidos en el
ejercicio 2016 para estimar las unidades del servicio. No obstante, en el ejercicio
2018 ha decidido descartar la ratio procedente de datos del ejercicio 2016,
optando por emplear las ratios de minutos/euros y llamadas/euros procedentes
del servicio de voz fijo nacional.
Las diferencias de las ratios empleadas en el ejercicio 2017 y 2018 se presentan
a continuación:
Tabla 16 Evolución de las ratios empleadas en los ejercicios 2017 y 2018
[INICIO CONFIDENCIAL]
Parámetro
2017
2018
Dif. 2018-2017 (%)
Ratio de minutos/EUR
Ratio de llamadas/EUR
[FIN CONFIDENCIAL]
Así, se advierte que existe una gran diferencia entre las ratios empleadas, lo que
puede suponer que el servicio de “Voz fijo nacional no sea totalmente
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comparable con ser servicio de Datos medios por tiempo”, a menos desde el
punto de vista de los ingresos unitarios.
Esta incidencia no es material en ninguno de los estándares.
Respuesta 4: En el ejercicio 2019 y siguientes, Telefónica Móviles debe habilitar
los procesos internos para extraer las unidades del servicio de “Datos
medidos por tiempo” o en su defecto, emplear un criterio por el que las
unidades del servicio se estiman a partir de la ratio entre volumen e ingreso
de la última referencia disponible para la que se cuente con volúmenes real.
5. Tratamiento de los costes financieros
Durante los trabajos de revisión, Axon ha identificado una serie de aspectos
relevantes relativos al tratamiento e imputación de ciertos costes financieros a
servicios en el SCC.
- Imputación de costes de reestructuración de personal a servicios
del SCC.
- Imputación de otros costes financieros a servicios
En este sentido, una parte de los costes financieros están asociados a la
reestructuración de personal llevada a cabo por la operadora en el Plan de
Suspensión Individual de Empleo (PSI). Estos costes son atribuidos a servicios
relevantes del SCC, tanto en el estándar de costes históricos como en el de
corrientes.
Axon considera que la naturaleza de dichos costes de reestructuración de
personal, no están relacionados con la prestación de servicios. De acuerdo con
la resolución de principios, criterios y condiciones para el desarrollo del sistema
de contabilidad de costes
10
, este tipo de costes no se pueden imputar a servicios
en el estándar de costes corrientes, sino que deben registrarse al servicio
“Servicios NAAP”.
Asimismo, Axon ha podido comprobar que el centro de actividad “9232 Costes
financieros”, que se atribuye a servicios relevantes del SCC, se nutre de ciertos
costes de naturaleza financiera:
Intereses Préstamo a Telefónica, que recoge intereses devengados por
deudas a largo plazo por préstamos con Telefónica, S.A.
Intereses de Deudas a L/P, que recoge intereses devengados por deudas
a largo plazo por préstamos y líneas de crédito con empresas del grupo.
10
Resolución de 10 de junio de 2010 sobre la actualización de los principios, criterios y
condiciones para el desarrollo del sistema de contabilidad de costes (AEM 2010/270).
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Intereses financieros R2R, que recoge intereses financieros relacionados
con equipos R2R.
Los importes de estas cuentas relacionadas con costes de financiación de
Telefónica Móviles no deberían ser imputados a servicios relevantes del SCC,
puesto que estos costes ya se ven remunerados a través del cómputo del coste
de capital (WACC). Por ello, estos costes deberían registrarse en el servicio
“Servicios NAAP”.
Los impactos en los servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del
informe de revisión elaborado por Axon y en la Tabla 20 y siguientes de la
presente resolución.
Alegaciones de Telefónica Móviles
Telefónica Móviles alega que en los casos de las tres cuentas mencionadas en
el informe de Axon son costes financieros no relacionados con la inversión, ya
que, si fuera así, se tratarían como costes calculados. En esta línea, el operador
entiende que los costes que remunera el coste de capital (WACC) son aquellos
que están relacionados con la inversión en activos de la compañía y que estos
otros costes financieros no lo son y por lo que deberían imputarse a los servicios
como se ha hecho desde que comenzó la obligación de presentación de la
contabilidad, y como también realizan el resto de los operadores con red propia
y con obligación de presentar la contabilidad de costes.
Respuesta de esta Sala:
El coste de capital (WACC) incluido en el SCC remunera de manera intrínseca
los costes de financiación asociados a las inversiones en los activos empleados
para la provisión de los servicios. En este sentido, si bien Telefónica indica en
sus alegaciones que los costes financieros de las cuentas en cuestión no están
destinados a tal fin, no justifica cómo estos se relacionan con la prestación de
los servicios.
Asimismo, se pone de manifiesto que, de acuerdo con las consideraciones
expuestas en la Resolución AEM 2010/270, únicamente pueden ser atribuibles
a servicios (en el estándar de corrientes) los costes necesarios para la prestación
de los mismos.
Por consiguiente, se considera que Telefónica podría imputar los costes de estas
cuentas a servicios siempre y cuando se justifique mediante las evidencias
oportunas que i) estos costes no se encuentran relacionados con la inversión en
los activos de la compañía (ya que, de otra manera, se estarían computando ya
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a través del cálculo del WACC), y que ii) estos costes están relacionados con la
prestación de servicios (ya que, de otra manera, no serían susceptibles de ser
imputados de acuerdo con lo estipulado en la Resolución AEM 2010/70).
Respuesta 5: Telefónica Móviles deberá aplicar en el ejercicio 2018 el ajuste
señalado por el consultor. En ejercicios futuros, los costes financieros
asociados a los planes de reestructuración de personal y al financiamiento de
la compañía deben repartirse a los servicios en los términos señalados en
este apartado, salvo justificación de no estar relacionados con inversión y sí
con la prestación de servicios.
6. Unidades del activo “Centro de mensajes cortos”
El consultor ha identificado una incidencia en el número de unidades empleadas
para la revalorización a corrientes del activo “91x55 Centro de mensajes cortos”,
consistente en el número de unidades reportadas al activo había aumentado
significativamente, pasando de [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] a [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]
unidades del ejercicio 2017 al ejercicio 2018.
Telefónica Móviles ha señalado que se ha tratado de un error, siendo el número
correcto de unidades idéntico al reportado en el ejercicio 2017.
La incidencia no tiene impacto en el estándar de costes históricos por tratarse de
un aspecto relacionado con la revalorización de activos. Los impactos en los
servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del informe de revisión
elaborado por Axon y en la Tabla 20 y siguientes de la presente resolución.
Respuesta 6: Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste en el ejercicio 2018
propuesto por el consultor y en el ejercicio 2019 y siguientes debe emplear
las unidades correctas en el proceso de revalorización a costes corrientes
del activo “91x55 Centro de mensajes cortos”.
7. Incidencias identificadas en los volúmenes de los servicios
Durante la revisión de los volúmenes asociados a los distintos servicios del
sistema, se han identificado una serie de incidencias para los servicios de
originación de voz y de roaming out de datos.
Por un lado, Telefónica ha presentado un valor equivocado del volumen
(llamadas) del servicio “Originación voz y videotelefonía” para el año 2018, como
se puede intuir de la comparación con el ejercicio anterior:
Tabla 17 Evolución del volumen de comunicaciones del servicio
“Originación de voz y videotelefonía” (millones de llamadas)
[INICIO CONFIDENCIAL]
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Volumen
2017
2018
Dif. 2018-2017 (%)
Comunicaciones (millones de llamadas)
[FIN CONFIDENCIAL]
La operadora ha reconocido el error y ha indicado que se debe a una incidencia
en el cálculo de la estimación de las unidades en el reporte de las unidades de
estos servicios para el ejercicio 2018.
Por otro lado, con respecto al servicio de roaming out de datos, las diferencias
entre los volúmenes presentados y corregidos de los servicios, se recogen en la
siguiente tabla. En este caso el error se debe a una incidencia en el reporte de
las unidades de estos servicios para el ejercicio 2018:
Tabla 18 Volúmenes de tráfico presentados y corregidos de servicios de
roaming out de datos (millones de MB)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Servicio
Volumen del servicio (MM de MB)
Dif. 2018-2017
(%)
Presentado
Corregido
982331 Roaming out datos y MMS en
redes de operadores UE
982332 Roaming out datos y MMS en
redes de operadores no UE
[FIN CONFIDENCIAL]
Esta incidencia tiene impacto en ingresos y en ambos estándares de costes dado
que las unidades de los servicios se utilizan como driver de reparto de costes en
las diferentes fases del modelo. El impacto en el servicio de originación de voz
es significativo en consonancia con el porcentaje de desvío del volumen de
llamadas presentado.
Los impactos en los servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del
informe de revisión elaborado por Axon y en la Tabla 20 y siguientes de la
presente resolución.
Respuesta 7: Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste en el ejercicio 2018.
Asimismo, en el ejercicio 2019 y siguientes debe emplear los volúmenes
correctos asociados a los servicios de originación de voz y a los servicios de
roaming out de datos y MMS según lo descrito.
8. Precio unitario del activo “SGSN”
El consultor ha identificado una incidencia en el cálculo del precio unitario para
la revalorización a costes corrientes de la cuenta “91x3B SGSN”, ya que el precio
unitario del activo había aumentado en un [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL]%, pasando de [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] miles de euros en 2017 a [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] miles de euros en el ejercicio 2018.
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Telefónica Móviles ha explicado que esta situación se debe a una incidencia en
el cálculo del precio unitario del activo, ascendiendo el valor corregido a [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] miles de euros, esto es, un [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]% menos que el presentado.
La corrección de esta incidencia no tiene un impacto material en los resultados
a nivel de servicio.
Respuesta 8: Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, deberá
calcular correctamente el precio unitario empleado para la revalorización a
corrientes del activo “SGSN”
9. Unidades del activo “Red de inteligencia corporativa”
Axon ha identificado una incidencia en el cálculo de las unidades empleadas en
la revalorización a costes corrientes de la cuenta “91x32 Red inteligente
corporativa”, al pasar de [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]
unidades en 2017 a [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]
unidades en 2018, lo que supone un aumento del [INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]%.
La operadora ha señalado que se trata de una incidencia, siendo [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] el número real de nodos
corporativos.
La corrección de esta incidencia no tiene un impacto material en los resultados
a nivel de servicios.
Respuesta 9: Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, deberá
emplear las unidades correctas de nodos corporativos para la revalorización
a costes corrientes del activo “Red de inteligencia corporativa”.
10. Nueva cuenta “Gastos Flagship”
La operadora ha revisado el plan de cuentas financieras incluidas en el SCC para
adaptarlo a la realidad de la compañía. Durante la revisión de los cambios se ha
identificado una incidencia en el mapeo de una cuenta financiera a costes
reflejados.
En concreto, la cuenta financiera “Gastos Flagship” imputa sus costes a la cuenta
de costes reflejados “9020362 Publicidad mancomunada y compartida”. Sin
embargo, tal y como clarificó la operadora, dichos costes se tratan de costes
relacionados con tiendas físicas y, por tanto, deberían asociarse a la cuenta de
costes reflejados “9020312 Otros arrendamientos”
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Esta incidencia no tiene un impacto a nivel de servicios ya que tanto los costes
de marketing como de ventas se reparte a servicios a través del mismo criterio
de reparto (ingresos por servicio).
Respuesta 10: Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, deberá
corregir el reparto de la cuenta financiera “Gastos Flagship”, de manera que
sus costes se imputen a la cuenta de costes reflejados “9020312 Otros
Arrendamientos”.
IV.5 MEJORAS PROPUESTAS POR EL CONSULTOR DE LA CNMC AL SCC
DE TELEFÓNICA MÓVILES
11. Reparto de los costes específicos de roaming entre servicios UE y
no UE
Durante los trabajos de revisión, Axon observó que los costes específicos de
roaming, recogidos en los centros de actividad “922121 Roaming voz y
videotelefonía”, “922123 Roaming SMS” y “922124 Roaming MMS y Datos” se
reparten a los diferentes servicios de roaming out dentro-UE y fuera-UE en
función de los ingresos de estos servicios.
Sin embargo, el consultor considera que este criterio de reparto no permite una
imputación completamente causal de los costes específicos de itinerancia de
estos servicios, dado que estos no “tienen por qué guardar una relación relevante
con los ingresos del servicio. Este hecho se pone de manifiesto en el contexto
de la entrada del Roam like at Home” dentro de la Unión Europea, que implica
una serie de cargos mayoristas máximos regulados dentro de esta área, mientras
que otros servicios se mantienen desregulados.
Por ello, Axon recomienda que Telefónica Móviles incluya una mejora en el SCC
por la cual se establezca un criterio de reparto causal de estos costes a servicios
roaming out. Así, el consultor entiende que la operadora debería generar un
criterio de reparto a partir de información del coste específico facturado a
terceros operadores, diferenciando entre países dentro de la UE y países fuera
de la UE.
Propone Axon que la operadora mejore el criterio de reparto empleado para los
costes específicos de roaming, recogidos en las cuentas “922121 Roaming voz
y videotelefonía”, “922123 Roaming SMS” y “922124 Roaming MMS y Datos”,
entre servicios de roaming out UE y no UE de manera que se asegure la
causalidad del reparto.
Respuesta 11: Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, deberá
mejorar el criterio de reparto empleado para los costes específicos de
roaming entre servicios de roaming out UE y no UE en línea con lo señalado
en este apartado.
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12. Imputación de costes de interconexión
En la revisión de los criterios de imputación de los costes de interconexión a
servicios, el consultor ha identificado una serie de posibles mejoras en la
causalidad del reparto.
La cuenta de CBA que recoge los costes de interconexión móvil reparte a los
distintos grupos de servicios (voz y SMS) en base a información de devengo.
Telefónica Móviles dispone del detalle de los importes de facturación
procedentes de cada uno de los operadores nacionales, desglosado para los
distintos grupos de servicios (voz y SMS). Así, la operadora genera un criterio de
reparto en base a esta información de devengo que luego aplica para repartir los
costes de la cuenta “91002400 Interconexión” a los centros de actividad
correspondientes.
Sin embargo, la información de devengo empleada podría ser sustituida por
información extraída directamente a nivel de cuenta contable, lo que permitiría
un mayor nivel de trazabilidad en el SCC.
Relacionado con este aspecto, en la revisión del reparto de costes de
interconexión de SMS (recogidos en el centro de actividad “922113 Interconexión
SMS”) a servicios, se ha comprobado que el criterio de reparto empleado se
basa, exclusivamente, en el tráfico de los servicios involucrados.
Dado que este centro de actividad reparte tanto a servicios domésticos (por
ejemplo, “982212 SMS off-net”) como internacionales (por ejemplo, 982213
SMS internacional”), esto implica que Telefónica Móviles considera que el coste
por minuto de terminación doméstico es equivalente al internacional. Axon
entiende que esta suposición podría no ser del todo cierta, dado que el coste de
la terminación internacional debería tender a ser más alta.
Sobre este punto, Telefónica manifestó que utilizar información basada a nivel
de cuenta contable solucionaría esta casuística debido al grado de detalle
existente.
Por ello, Axon propone modificar el criterio de imputación de costes de
interconexión para utilizar información que proviene directamente de las cuentas
contables incluidas en el SCC. Asimismo, entiende que la operadora debe
asegurar que el reparto empleado para los costes de interconexión siga un
criterio causal con relación a los repartos entre SMS domésticos e
internacionales.
Respuesta 12: Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, debe
implementar los cambios relativos a los costes de interconexión sugeridos
por el consultor en este apartado.
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IV.6 COSTES COMERCIALES
De acuerdo con la resolución de sobre el test de replicabilidad económica el
operador reenvió junto con su entrega de costes su cálculo de los costes
comerciales para dicho ejercicio
La revisión sobre la conformidad de los datos presentados se hará en un estudio
específico en el marco del ERT.
IV.7 RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES AL SCC DE TELEFÓNICA
MÓVILES TRAS LA REVISIÓN DEL EJERCICIO 2018.
Tabla 19 Resumen de las modificaciones del SCC tras la revisión del
ejercicio 2018
Ref.
Aspectos identificados
Conclusión de la CNMC
Impacto en
el SCC
Estándar
afectado
1
Solicitud de tres presupuestos
para el cálculo de las
revalorizaciones
Para 2019 y siguientes, Telefónica Móviles deberá cumplir con
el requerimiento de la Comisión y solicitar al menos tres
presupuestos o configuraciones para los activos de mayor
materialidad.
no
2
Imputación de los ingresos a los
servicios SMS
Telefónica Móv iles deberá incluir en el ejercicio 2019 y
siguientes, el reparto correspondiente a los servicios SMS para
aquellas tarifas que ofrecen comercialmente dichos servicios.
En el caso de las tarifas “CM Empresas” y “Con Tu Negocio”,
en los ejercicios 2019 y 2020, podrá aproximar un reparto a
servicios, de acuerdo con lo señalado en este
apartado.
no
3
Imputación del coste de las
licencias de espectro a grupos de
activos de red
Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste señalado en 2018 y
para los ejercicios 2019 y siguientes debe implementar el
reparto de los costes asociados a las licencias de espectro,
tanto a nivel de costes reflejados (canon del espectro) como de
costes calculados (coste de la licencia) de acuerdo con los
términos expuestos
CC y CH
4
Volumen del servicio de datos
medidos por tiempo
En el ejercicio 2019 y siguientes, Telefónica Móviles debe
habilitar los procesos internos para extraer las unidades del
servicio de “Datos medidos por tiempo” o en su defecto,
emplear un criterio por el que las unidades del servicio se
estiman a partir de la ratio entre volumen e ingreso de la última
referencia disponible para la que se cuente con volúmenes real.
CC y Ch
5
Tratamiento de los costes
financieros
Telefónica Móviles deberá aplicar en el ejercicio 2018 el ajuste
señalado por el consultor. En ejercicios futuros, los costes
financieros asociados a los planes de reestructuración de
personal y al financiamiento de la compañía deben repartirse a
los servicios en los términos señalados en este apartado
CC y CH
4
Unidades del activo “Centro de
mensajes cortos”
Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste en el ejercicio 2018
propuesto por el consultor y en el ejercicio 2019 y siguientes
debe emplear las unidades correctas en el proceso de
revalorización a costes c orrientes del activo “91x55 Centro de
mensajes cortos”.
CC
7
Incidencias identificadas en los
volúmenes de los servicios
Telefónica Móviles debe aplicar el ajuste en el ejercicio 2018.
Asimismo, en el ejercicio 2019 y siguientes debe emplear los
volúmenes correctos asociados a los servicios de originación
de voz y a los servicios de roaming out de datos y MMS según
lo descrito.
Ingresos,
CC y CH
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Ref.
Aspectos identificados
Conclusión de la CNMC
Impacto en
el SCC
Estándar
afectado
8
Precio unitario del activo “SGSN”
Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y s iguientes, deberá
calcular correctamente el precio unitario empleado para la
revalorización a corrientes del activo “SGSN”
no
9
Unidades del activo “Red de
inteligencia corporativa”
Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, deberá
emplear las unidades correctas de nodos corporativos para la
revalorización a costes corrientes del activo “Red de inteligencia
corporativa”.
no
10
Nueva cuenta “Gastos Flagship”
Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, deberá
corregir el reparto de la cuenta financiera “Gastos Flagship”, de
manera que sus costes se imputen a la cuenta de costes
reflejados “9020312 Otros Arrendamientos”.
no
11
Reparto de los costes específicos
de roaming entre servicios UE y
no UE
Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, deberá
mejorar el criterio de reparto empleado para los costes
específicos de roaming entre servicios de roaming out UE y no
UE en línea con lo señalado en este apartado.
no
12
Imputación de costes de
interconexión
Telefónica Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes, debe
implementar los cambios relativos a los costes de interconexión
sugeridos por el consultor en este apartado.Telefónica
Móviles, en el ejercicio 2019 y siguientes,
debe implementar los cambios relativos a
los costes de interconexión sugeridos por
el consultor en est
no
PUBLICIDAD DE LOS RESULTADOS
V.1 RESUMEN DE LAS OBJECCIONES CUANTITATIVAMENTE
RELEVANTES
Del informe de conclusiones emitido por el consultor contratado por la CNMC se
deduce que los resultados de la contabilidad de costes de Telefónica Móviles
para el ejercicio 2018 cumplen a nivel general con los principios y criterios
aprobado por la Comisión, salvo las incidencias descritas en el apartado IV. Esta
conclusión se hace extensiva tanto al SCC en sí mismo como al MICC, a los
diferentes estudios técnicos y al resto de la documentación de soporte que lo
complementan.
En concreto, se han detectado y valorado las objeciones relacionadas con los
aspectos anteriormente descritos. De seguirse las recomendaciones de Axon en
cada una de las incidencias detectadas, el margen de los servicios del SCC se
vería modificado.
El impacto cuantitativo de las incidencias detectadas, cuando ha podido
calcularse, se presenta a continuación.
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Tabla 20 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de terminación (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 21 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, otros servicios de interconexión (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 22 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de roaming in (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 23 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de alquiler de infraestructuras (en
euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 24 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de tráfico (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
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Tabla 25 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, serv. de mensajería y datos (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 26 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de roaming out (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 27 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de otros (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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IMPACTO DE LOS AJUSTES SOBRE EL MARGEN UNITARIO DE LOS
SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN DEL SCC
A continuación, se muestran las tablas de los márgenes unitarios del servicio de
interconexión tras la aplicación de los ajustes propuestos por Axon.
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Tabla 28 Ingresos, costes y márgenes unitarios de servicios mayoristas de interconexión relevantes del SCC,
estándar de costes corrientes
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 29 Ingresos, costes y márgenes unitarios de servicios mayoristas de interconexión relevantes del SCC,
estándar de costes históricos
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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MÁRGENES REVISADOS
El importe de los ingresos, costes y márgenes después de la revisión realizada
por la CNMC queda de la siguiente forma.
Tabla 30 Ingresos, costes y márgenes corregidos por familia de servicios,
estándar de costes corrientes (millones de euros)
Tabla 31 Ingresos, costes y márgenes aprobados por familia de servicios,
estándar de costes históricos (millones de euros)
La cuantificación de las objeciones formuladas por el consultor de la CNMC, que
hace suyas esta Comisión (con las salvedades ya indicadas) y el consiguiente
recálculo de los ingresos y costes de las partidas afectadas, producen las
Ingresos Costes Márgenes Ingresos Costes Márgenes
Servicios mayoristas
Interconexión 264.085.873 416.417.771 -152.331.899 -58% 264.085.873 369.095.803 -105.009.930 -40%
Roaming in 151.641.014 176.365.306 -24.724.292 - 16% 151.641.014 181.229.891 -29.588.877 -20%
Infraestructuras 186.351.440 327.402.472 -141.051.033 -76% 186.351.440 330.239.875 -143.888.435 -77%
602.078.327 920.185.550 -318.107.223 -53% 602.078.327 880.565.569 -278.487.242 -46%
Servicios minoristas
Tráfico 1.141.038.326 839.276.514 301.761.812 26% 1.142.654.726 842.202.767 300.451.958 26%
Mensajería 63.564.160 73.672.536 -10.108.376 -16% 63.678.250 73.910.683 -10.232.433 -16%
Datos 2.188.953.210 1.381.900.335 807.052.875 37% 2.169.768.360 1.396.375.465 773.392.895 36%
Roaming out 179.306.343 118.444.885 60.861.458 34% 196.760.683 124.122.505 72.638.178 37%
3.572.862.039 2.413.294.270 1.159.567.769 32% 3.572.862.019 2.436.611.420 1.136.250.599 32%
Total Servicios móviles imputables 4.174.940.366 3.333.479.820 841.460.546 20% 4.174.940.346 3.317.176.990 857.763.357 21%
Otros
Otros 200.781.620 412.420.228 -211.638.608 -105% 200.781.620 427.786.977 -227.005.357 -113%
Costes no imputables al estándar 0 23.860.686 -23.860.686 0% 0 24.796.768 -24.796.768 0%
200.781.620 436.280.914 -235.499.294 -117% 200.781.620 452.583.745 -251.802.125 -125%
Total 4.375.721.986 3.769.760.734 605.961.252 14% 4.375.721.966 3.769.760.734 605.961.232 14%
SCC 2018 Costes corrientes
Costes presentados
Costes corregidos
% Margen s/
Ingresos
% Margen s/
Ingresos
Ingresos Costes Márgenes Ingresos Costes Márgenes
Servicios mayoristas
Interconexión 264.085.873 428.993.675 -164.907.802 -62% 264.085.873 382.019.875 -117.934.003 -45%
Roaming in 151.641.014 177.149.441 -25.508.427 - 17% 151.641.014 182.407.447 -30.766.432 -20%
Infraestructuras 186.351.440 331.110.956 -144.759.516 -78% 186.351.440 334.223.285 -147.871.845 -79%
602.078.327 937.254.073 -335.175.746 -56% 602.078.327 898.650.607 -296.572.280 -49%
Servicios minoristas
Tráfico 1.141.038.326 844.322.116 296.716.210 26% 1.142.654.726 848.021.528 294.633.198 26%
Mensajería 63.564.160 72.431.612 -8.867.452 -14% 63.678.250 73.448.218 -9.769.968 -15%
Datos 2.188.953.210 1.385.710.404 803.242.807 37% 2.169.768.360 21.516.659 2.148.251.701 99%
Roaming out 179.306.343 117.967.037 61.339.306 34% 196.760.683 1.503.716.702 -1.306.956.018 -664%
3.572.862.039 2.420.431.169 1.152.430.871 32% 3.572.862.019 2.446.703.107 1.126.158.913 32%
Total Servicios móviles imputables 4.174.940.366 3.357.685.241 817.255.125 20% 4.174.940.346 3.345.353.713 829.586.633 20%
Otros
Otros 200.781.620 412.075.493 -211.293.873 -105% 200.781.620 424.407.021 -223.625.401 - 111%
Costes no imputables al estándar 0 0 0 0% 0 0 0 0%
200.781.620 412.075.493 -211.293.873 -105% 200.781.620 424.407.021 -223.625.401 -111%
Total 4.375.721.986 3.769.760.734 605.961.252 14% 4.375.721.966 3.769.760.735 605.961.231 14%
SCC 2018 Costes históricos
Costes presentados
Costes corregidos
% Margen s/
Ingresos
% Margen s/
Ingresos
VECO/DTSA/005/20/SCC 2018
TELEFÓNICA MÓVILES
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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siguientes correcciones de márgenes de los servicios de terminación para el
ejercicio 2018:
Tabla 32 Márgenes aprobados de los servicios de terminación en el
estándar de costes corrientes
Tabla 33 Márgenes aprobados de los servicios de terminación en el
estándar de costes históricos
Por todo cuanto antecede, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia,
RESUELVE
PRIMERO.- Declarar que la aplicación para el ejercicio 2018 del sistema de
contabilidad de costes utilizado por Telefónica Móviles España, S.A.U. es, en
general, conforme a los Principios, Criterios y Condiciones establecidos por la
resolución de esta Comisión de fecha 10 de junio de 2010, excepto en lo que se
refiere a los puntos reseñados en el apartado IV de la presente resolución.
SEGUNDO.- Requerir a Telefónica Móviles España, S.A.U. para que presente
los resultados del ejercicio 2019, ajustados con las modificaciones expresamente
exigidas en el apartado IV de la presente resolución, para la verificación por parte
de esta Sala de los resultados de dicho periodo.
Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Telecomunicaciones y del
Sector Audiovisual y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la
Estándar de Cos tes Corrientes SCC 2018 (euros)
Ingresos Costes Márgenes Ingresos Costes Márgenes
Terminación Voz origen fijo grupo 5.933.836,94 6.688.829,50 -754.992,56 5.933.836,94 7.004.595,84 -1.070.758,90
Terminación Voz origen fijo no grupo 3.544.415,71 3.760.089,36 -215.673,65 3.544.415,71 3.970.730,92 -426.315,21
Terminación Voz origen móvil 82.309.149,19 86.113.997,67 -3.804.848,48 82.309.149,19 88.123.014,44 -5.813.865,25
Terminación Videotelefonía 160.162,22 12.547,77 147.614,45 160.162,22 12.913,14 147.249,08
Terminación SMS 10.334.331,43 1.298.413,34 9.035.918,09 10.334.331,43 1.763.328,67 8.571.002,76
Terminación MMS 314.024,71 19.019,37 295.005,34 314.024,71 21.412,50 292.612,21
Terminación internacional Voz y Videotelefonía 3.562.407,18 2.223.644,78 1.338.762,40 3.562.407,18 2.235.123,83 1.327.283,35
Terminación internacional SMS 1.549.782,56 88.602,89 1.461.179,67 1.549.782,56 113.443,54 1.436.339,02
Terminación internacional MMS 83.754,90 2.834,27 80.920,63 83.754,90 3.057,63 80.697,27
Telefónica Móviles 2018 AJUSTADO
Telefónica Móviles 2018 PRESENTADO
Estándar de Cos tes Histórico s SCC 2018 (euros )
Ingresos Costes Márgenes Ingresos Costes Márgenes
Terminación Voz origen fijo grupo 5.933.836,94 6.844.374,24 -910.537,30 5.933.836,94 7.165.876,16 -1.232.039,22
Terminación Voz origen fijo no grupo 3.544.415,71 3.849.407,85 -304.992,14 3.544.415,71 4.063.266,69 -518.850,98
Terminación Voz origen móvil 82.309.149,19 87.822.674,36 -5.513.525,17 82.309.149,19 89.906.618,89 -7.597.469,70
Terminación Videotelefonía 160.162,22 12.661,61 147.500,61 160.162,22 13.038,40 147.123,82
Terminación SMS 10.334.331,43 1.373.904,07 8.960.427,36 10.334.331,43 1.839.765,35 8.494.566,08
Terminación MMS 314.024,71 19.364,94 294.659,77 314.024,71 21.774,74 292.249,97
Terminación internacional Voz y Videotelefonía 3.562.407,18 2.262.532,64 1.299.874,54 3.562.407,18 2.275.965,83 1.286.441,35
Terminación internacional SMS 1.549.782,56 92.485,81 1.457.296,75 1.549.782,56 117.395,70 1.432.386,86
Terminación internacional MMS 83.754,90 2.858,05 80.896,85 83.754,90 3.083,99 80.670,91
Telefónica Móviles 2018 PRESENTADO
Telefónica Móviles 2018 AJUSTADO
VECO/DTSA/005/20/SCC 2018
TELEFÓNICA MÓVILES
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misma pone fin a la vía administrativa y que pueden interponer contra ella
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
VECO/DTSA/005/20/SCC 2018
TELEFÓNICA MÓVILES
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ANEXO I GLOSARIO
BTS Base Transceiver Station (Estación Base).
CBA Costes en base a actividades.
CMT Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones
CNMC Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
E.T. Estudio Técnico.
GGSN Gateway GPRS Support Node (Nodo de soporte GPRS de puerta
de enlace).
IOT Internet of Things
MB MegaBytes
MGW Media Gateway (Puerta de Enlace Multimedia).
MICC Manual Interno de Contabilidad de Costes.
MMS Multimedia Message Service (Servicio de Mensajería Multimedia).
MSC Mobile Switching Center (Central de Conmutación Móvil).
NAAP Activos No Asignables a la Actividad Principal.
OMR Operador Móvil de red
RNC Radio Network Controller (Controlador de la Red Radio).
SCC Sistema de Contabilidad de Costes.
SGSN Serving GPRS Support Node (Nodo de soporte de servicio GPRS).
SMS Short Message Service (Servicio de Mensajería).
SVA Servicios de Valor Añadido.
TRAC Telefonía Rural de Acceso Celular
WACC Weighted Average Cost of Capital (Coste de Capital Promedio
Ponderado)

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