Resolución VECO/DTSA/006/20 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 28-07-2020

Fecha28 Julio 2020
Número de expedienteVECO/DTSA/006/20
Actividad EconómicaTelecomunicaciones
VECO/DTSA/006/20/SCC
2018 ORANGE
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA VERIFICACIÓN DE LOS
RESULTADOS DE LA CONTABILIDAD DE COSTES DE ORANGE ESPAGNE,
S.A.U. DEL EJERCICIO 2018
VECO/DTSA/006/20/SCC 2018 ORANGE
SALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA
Presidente
D. Ángel Torres Torres
Consejeros
D. Mariano Bacigalupo Saggese
D. Bernardo Lorenzo Almendros
D. Xabier Ormaetxea Garai
Dª. Pilar Sánchez Núñez
Secretario de la Sala
D. Joaquim Hortalà i Vallvé, Secretario del Consejo
En Madrid, a 29 de julio de 2020
Visto el expediente relativo a la verificación de los resultados de la contabilidad
de costes de Orange Espagne, S.A.U. referidos al ejercicio 2018 para los
estándares de costes históricos y corrientes, la SALA DE SUPERVISIÓN
REGULATORIA de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC) acuerda lo siguiente:
I ANTECEDENTES
PRIMERO.- Con fecha 13 de diciembre de 2007 la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones
1
(en adelante, CMT) aprobó la resolución sobre la
adaptación de los sistemas de contabilidad de costes de los operadores móviles
de red al nuevo marco regulatorio.
SEGUNDO.- Con fecha 19 de junio de 2008 la CMT aprobó la resolución sobre
la adaptación al nuevo marco regulatorio y homogeneización del sistema de
1
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 3/2013, de 4
de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en consonancia
con la Orden ECC/1796/2013, la constitución de la CNMC el pasado día 7 de octubre de 2013
ha implicado la extinción, entre otras, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
Como consecuencia de ello, las referencias que se hagan a lo largo del presente escrito a la
Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, deberán entenderse realizadas a la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia.
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contabilidad de costes de France Telecom España, S.A.U. (en adelante Orange
o la operadora)
2
.
TERCERO.- Con fecha 10 de junio de 2010 la CMT aprobó la resolución sobre
la actualización de los principios, criterios y condiciones para el desarrollo del
sistema de contabilidad de costes aprobados por esta Comisión en su resolución
de 15 de julio de 1999.
CUARTO.- Con fecha 18 de enero de 2018 la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, (en adelante, CNMC) acordó la resolución por la
que se aprueba en cuarta ronda la definición y el análisis de los mercados de
terminación de llamadas vocales en redes móviles individuales, la designación
de operadores con poder significativo de mercado y la imposición de
obligaciones específicas, y se acuerda su notificación a la Comisión Europea y
al Organismo de Reguladores Europeos de Comunicaciones Electrónicas.
QUINTO.- Con fecha 18 de diciembre de 2018 la CNMC aprobó la resolución
relativa a la tasa anual de coste de capital a aplicar en la contabilidad de costes
de Telefónica de España, S.A.U., Telefónica Móviles España, S.A.U., Vodafone
España, S.A.U. y Orange del ejercicio 2018.
SEXTO.- Con fecha de 26 de junio de 2019 la CNMC aprobó la resolución sobre
la verificación de los resultados de la contabilidad de costes de Orange del
ejercicio 2017, mediante la cual solicitó a Orange la realización de unas
modificaciones recogidas en dicha resolución.
SÉPTIMO.- Con fecha 31 de julio de 2019 tuvieron entrada en el Registro de esta
Comisión los resultados de la contabilidad de costes del ejercicio 2018 de
Orange y los resultados de la contabilidad de costes del ejercicio 2017 con las
modificaciones requeridas.
OCTAVO.- Con fecha 15 de octubre de 2019, la CNMC adjudicó a la empresa
Axon Partners Group Consulting, S.L.U. (en adelante, Axon) el concurso
convocado para realizar la revisión externa de aspectos específicos de la
Contabilidad de Costes de Orange correspondiente al ejercicio 2018.
NOVENO.- Mediante escrito de la Directora de Telecomunicaciones y del Sector
Audiovisual de la CNMC de 11 de mayo de 2020, se comunicó a Orange el inicio
del presente procedimiento para la verificación de los resultados de la
contabilidad de costes del ejercicio 2018. Adjunto al citado escrito, se dio traslado
a Orange del informe de revisión elaborado por Axon para que aquélla efectuase
las alegaciones que estimara oportunas, de conformidad con el artículo 82.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).
2
Con fecha 24 de abril de 2014 France Telecom España, S.A.U. cambió su denominación social
a Orange Espagne, S.A.U.
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DÉCIMO.- Con fecha 5 de junio de 2020 tuvo entrada en el Registro de esta
Comisión un escrito de alegaciones de Orange al informe realizado por Axon.
II FUNDAMENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC)
Tal como se establece en el artículo 70.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones (en adelante, LGTel), en las materias reguladas
por esta Ley, la CNMC ejercerá, entre otras, las siguientes funciones
3
:
“a) Definir y analizar los mercados de referencia relativos a redes y
servicios de comunicaciones electrónicas, entre los que se incluirán los
correspondientes mercados de referencia al por mayor y al por menor, y
el ámbito geográfico de los mismos, cuyas características pueden
justificar la imposición de obligaciones específicas, en los términos
establecidos en el artículo 13 de la presente Ley y su normativa de
desarrollo.
b) Identificar el operador u operadores que poseen un poder significativo
en el mercado cuando del análisis de los mercados de referencia se
constate que no se desarrollan en un entorno de competencia efectiva.
c) Establecer, cuando proceda, las obligaciones específicas que
correspondan a los operadores con poder significativo en mercados de
referencia, en los términos establecidos en el artículo 14 de la presente
Ley y su normativa de desarrollo.”
En concreto, el mencionado artículo 14 de la LGTel señala que esta Comisión
podrá imponer a los operadores que hayan sido declarados con poder
significativo en el mercado obligaciones en materia de control de precios, tales
como la orientación de los precios en función de los costes y la contabilidad de
costes, para evitar precios excesivos o la compresión de los precios en
detrimento de los usuarios finales.
En las cuatro rondas de definición y análisis de los mercados de terminación de
llamadas en redes móviles individuales habidas hasta la fecha, la CNMC ha
mantenido las obligaciones establecidas a los operadores designados con poder
significativo de mercado.
Así, en la resolución de 18 de enero de 2018 (BOE 30 de enero de 2018), tras
definir y analizar el mercado, se concluyó que dicho mercado no era realmente
competitivo y se identificó a Orange como uno de los operadores con poder
significativo en el mismo. Como consecuencia, en el Anexo 2 de la misma, se
impuso a Orange, entre otras, la obligación de ofrecer los servicios de
3
También recogidas en el artículo 6, apartados 1,2 y 3 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
Creación de la CNMC.
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terminación a precios orientados en función de los costes, así como la de separar
sus cuentas en relación con las actividades de acceso e interconexión.
Concretamente, en el apartado 2 del Anexo 2, se estableció que:
Telefónica, Vodafone y Orange deberán ofrecer los servicios de
terminación a precios orientados en función de los costes de producción
y adoptar un sistema de contabilidad de costes (artículo 14.1 e) de la
LGTel y artículo 11 del Reglamento de Mercados; artículo 13 de la
Directiva de Acceso). [...]
Asimismo, los sistemas de contabilidad de costes de Telefónica,
Vodafone y Orange deberán respetar lo dispuesto en la Resolución de 13
de diciembre de 2007 sobre la adaptación de los sistemas de contabilidad
de los operadores móviles de red al nuevo marco regulatorio (AEM
2007/1035), y en cualquier otra que desarrolle, complemente o modifique
las Resoluciones mencionadas.
Por último: [...]
- Orange deberá respetar lo dispuesto en la Resolución de 19 de junio de
2008 sobre la adaptación al nuevo marco regulatorio y homogeneización
del sistema de contabilidad de costes de France Telecom España, S.A.
(AEM 2008/261).”
A su vez, en el apartado 3 del mismo Anexo 2 se estableció que:
Telefónica, Vodafone y Orange deberán separar sus cuentas en relación
con las actividades de acceso e interconexión que prestan (artículo 14.1
c) de la LGTel y 9 del Reglamento de Mercados; artículo 11 de la Directiva
de Acceso).
Telefónica, Vodafone y Orange deberán utilizar el formato y metodología
establecidos en las Resoluciones citadas en el apartado 2 anterior.”
Es decir, como operador con poder significativo en los mercados de terminación
de llamadas vocales en redes móviles individuales, a Orange se le han impuesto,
entre otras, las obligaciones de separación contable y de ofrecer los servicios de
terminación a precios orientados en función de los costes de producción.
Además, se ha establecido que, para la aplicación efectiva de dichas
obligaciones, la Comisión, entre otras cuestiones, determinará el sistema de
contabilidad de costes que deberá aplicarse precisando el formato y el método
contable que se habrá de utilizar.
Por otro lado, de acuerdo con el apartado 7 del anexo de la resolución del 10 de
junio de 2010, corresponde a la Comisión realizar una declaración anual sobre
el cumplimiento de los criterios de costes que lleva a cabo la operadora,
proponiendo las modificaciones de obligado cumplimiento al sistema de costes
que considere oportunas.
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La presente resolución se completa con el Anexo siguiente:
“Informe de Revisión del Sistema de Contabilidad de Costes de Orange
Espagne, S.A.U. del ejercicio 2018 bajo los estándares de históricos y
corrientes, encargado por la Comisión y realizado por Axon.
Por todo ello, de conformidad con los preceptos anteriores y atendiendo a lo
previsto en los artículos 20.1 y 21.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, y en los
artículos 8.2.j) y 14.1.b) del Estatuto Orgánico de la CNMC aprobado por Real
Decreto 657/2013, de 30 de agosto, el órgano competente para resolver el
presente procedimiento es la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC.
III RESULTADOS DE COSTES Y MÁRGENES APORTADOS POR ORANGE
Y SEPARACIÓN DE CUENTAS
III.1 CARÁCTER MULTIESTÁNDAR DEL SISTEMA DE COSTES
En la resolución de 10 de junio de 2010 de actualización de los principios,
criterios y condiciones para el desarrollo del sistema de contabilidad de costes,
en el apartado de “Naturaleza del sistema de costes”, la CMT estableció que:
“El sistema de costes que habrá de proponer la operadora será de
naturaleza “multiestándar”, de forma que permita obtener para cada
período de contabilización los costes de los servicios de acuerdo con los
estándares de costes siguientes:
1. Costes históricos totalmente distribuidos: Este estándar de costes se
basa en la asignación de la totalidad de los costes de la contabilidad
financiera para la producción de los servicios, incorporando además el
“coste de retribución al capital propio”.
2. Costes corrientes totalmente distribuidos: Este estándar surge como
una transición desde el estándar de costes históricos totalmente
distribuidos hacia el de costes incrementales a largo plazo. Su aplicación
práctica consistirá en:
2.1. Sustituir el coste de la inversión en los activos existentes por el coste
revalorizado, recalculando sobre el nuevo valor de los activos los costes
de amortización y retribución al capital invertido.
2.2. Eliminar los costes no relacionados con la prestación de los servicios
de comunicaciones electrónicas.
Y en la resolución de 29 de enero de 2009 sobre las vidas útiles a aplicar en la
contabilidad de costes indica:
“La aprobación de unas vidas útiles distintas a las aplicadas en la
contabilidad externa conduce a una problemática para su aplicación en el
sistema de costes que se explica a continuación.
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La revisión de vidas útiles para el estándar de costes corrientes implica
la necesidad de elaborar nuevos cálculos para hallar los
correspondientes costes derivados de la inversión, esto es:
- el coste de amortización (recuperación anualizada de la inversión).
- el coste de capital (recuperación del rendimiento del capital invertido).
Por otro lado, en algunas ocasiones también se generan diferencias en
estos costes como consecuencia de modificar el valor de los activos al
sustituir el coste de la inversión con el valor de reposición, según indican
los Principios de Contabilidad de Costes aprobados por esta Comisión.
De acuerdo con los mencionados Principios, estas dos diferencias de
costes entre estándares deben ser recogidas en las correspondientes
cuentas de diferencias.”
En consonancia con lo anterior, Orange ha presentado los estándares de costes
históricos y corrientes.
Respetando los principios establecidos por la Comisión, en el estándar de costes
corrientes el coste de los activos se sustituye por su valor revalorizado en base
a la resolución de 4 de noviembre de 2010, los costes no relacionados con la
prestación de los servicios se imputan a la cuenta de servicios no asignables a
la actividad principal. Las vidas útiles aplicadas en el cálculo del coste de los
activos son las aprobadas por la CMT en la resolución de 29 de enero de 2009,
salvo por la incidencia indicada en el apartado 8.3.3 de su informe.
La siguiente tabla ilustra las diferencias en el SCC entre los estándares de costes
históricos y corrientes en relación al coste de activos. El coste de los activos se
recoge en las cuentas de CC que agrupan la suma de los valores de amortización
y coste de capital.
Tabla 1 Diferencias en los CC en el ejercicio 2018 entre los estándares
de costes históricos y corrientes (millones de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Las diferencias obtenidas en los costes calculados de amortización y de capital
entre ambos estándares se distribuye en el estándar de corrientes a la cuentas
específicas de No Imputables al Estándar.
La empresa encargada de la revisión externa contratada por la CNMC ha
verificado que Orange ha aplicado la metodología de revalorización de activos y
las vidas útiles requeridas por esta Comisión en los cálculos relativos a los costes
de amortización. Respecto del coste del capital, Axon ha verificado que Orange
ha utilizado la tasa anual de retorno (WACC antes de impuestos) del 6,67%
aprobada por esta Comisión en la resolución de 18 de diciembre de 2018.
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En la siguiente tabla se ilustra la diferencia entre los costes calculados del
ejercicio 2018 y 2017 bajo el estándar de corrientes por grupo de inmovilizado.
Tabla 2 Diferencias en los costes calculados de los ejercicios 2018 y
2017 bajo el estándar de costes corrientes (millones de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
III.2 DESGLOSE DE LOS SERVICIOS
Mediante la resolución de 13 de diciembre de 2007 sobre la adaptación de los
sistemas de contabilidad de costes de los operadores móviles de red al nuevo
marco regulatorio, la CMT aprobó un determinado desglose de servicios.
A continuación, se recoge el listado de los servicios presentados por Orange,
concretando de este modo los servicios objeto de desagregación:
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Tabla 3 Desglose de los servicios
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
Interconexión
Tráfico
Terminación Voz origen fijo grupo
Voz Fijo nacional
Terminación Voz origen fijo no grupo
Voz On net
Terminación Voz origen móvil
Voz Off net
Terminación Videotelefonía
Videotelefonía On net
Terminación SMS
Videotelefonía Off net
Terminación MMS
Voz y Videotelefonía internacional
Terminación internacional Voz y Videotelefonía
Serv propios y de Atención al cliente
Terminación internacional SMS
Red inteligente (no gratuita)
Terminación internacional MMS
Serv guías de abonado y directorios (118AB)
Originación Voz y Videotelefonía
Serv emergencias y Atención ciudadana (no gratuita)
Originación SMS
Mensajería
Originación MMS
SMS on net
Originación Datos
SMS off net
Reventa Voz y Videotelefonía
SMS internacional
Reventa SMS
SMS Premium
Reventa MMS
Resto SMS SVA
Reventa Datos
MMS on net
Acceso a números gratuitos
MMS off net
Tránsito
MMS internacional
Otros servicios de interconexión
Roaming in
Datos
R-in Voz Videotlf-Sal-Client oper UE dest UE
Banda Ancha móvil
R-in Voz Videotlf-Sal-Resto
Roaming out
R-in Voz Videotlf-Ent-Client oper UE orig UE
R-out Voz Videotlf-Sal-En redes oper UE dest UE
R-in Voz y Videotelefonía-Ent-Resto
R-out VozVideotlf-Sal-Resto
R-in SMS-Sal-Client oper UE dest UE
R-out Voz Videotlf-Ent-En redes oper UE orig UE
R-in SMS - Saliente - Resto
R-out Voz Videotlf-Ent-Resto
R-in SMS-Ent-Client oper UE orig UE
R-out SMS-Sal-En red oper UE dest UE
R-in SMS - Entrante - Resto
R-out SMS - Saliente - Resto
R-in Datos MMSClient oper UE
R-out Datos MMSEn redes de oper UE
R-in Datos MMSClient oper no UE
R-out Datos MMS-Resto
Alquiler y compartición de infraestructuras
Alquiler y compartición de infraestructuras
Orange ha presentado las cuentas de ingresos, costes y márgenes de estos
servicios.
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III.3 RESULTADOS DE LA VALORACIÓN DE LA PLANTA A COSTES
CORRIENTES
El 4 de noviembre de 2010 la CMT aprobó la resolución sobre la revalorización
de los activos de los operadores de telefonía móvil con el objetivo de determinar
los procedimientos de revalorización de los activos para su valoración a costes
corrientes en los resultados del SCC.
Axon ha revisado la revalorización realizada por Orange y concluye que cumple
en líneas generales lo requerido por la CMT en la citada resolución, salvo por la
incidencia indicada en el apartado 8.1.5 de su informe. En el mencionado informe
de revisión elaborado por Axon puede consultarse el detalle de los métodos de
revalorización empleados por Orange, la trazabilidad de los cálculos realizados,
los valores resultantes de la revalorización, así como las incidencias detectadas.
En la tabla siguiente se refleja el porcentaje de activos que han sido
revalorizados por cada uno de los métodos de revalorización:
Tabla 4 Porcentaje de revalorización por método (millones de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
En la siguiente tabla se resume el resultado de la revalorización de activos,
partiendo de los diferentes valores brutos totales para cada uno de los métodos
de revalorización empleados:
Tabla 5 Valores brutos revalorizados totales por metodología (millones
de euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Las incidencias y propuestas de mejora resultantes de la revisión del proceso de
revalorización se explican en el apartado IV.
III.4 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS PRESENTADOS POR ORANGE PARA
EL EJERCICIO 2018 RESPECTO DE LOS RESULTADOS
PRESENTADOS EL EJERCICIO ANTERIOR
En las tablas siguientes se reproducen los ingresos, costes y márgenes
obtenidos por Orange para los servicios indicados en el ejercicio 2018 respecto
a los obtenidos en el ejercicio 2017
4
.
4
Resultados presentados por Orange correspondientes a la contabilidad de costes del ejercicio
2017 corregidos, presentada junto con el SCC del ejercicio 2018.
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Tabla 6 Cuenta de márgenes en costes corrientes (Mill.euros)
Tabla 7 Cuenta de márgenes en costes históricos (Mill.euros)
Ingresos Costes Margen Ingresos Costes Margen
Interconexión 419,7 377,1 42,6 426,9 304,3 122,6
Roaming in 95,9 66,0 29,9 89,4 58,5 30,8
Infraestructuras 159,3 159,3 0,0 147,9 147,9 0,0
Total Ma yorista 674,9 602,4 72,5 664,2 510,8 153,4
Tráfico 1.090,3 783,2 307,1 1.209,9 922,5 287,4
Mensajería 84,9 69,9 15,0 100,9 75,9 25,0
Datos 1.734,7 1.745,8 -11,1 1.640,9 1.552,5 88,5
Roaming out 69,1 92,2 -23,1 56,6 74,4 -17,7
Total Minori sta 2.979,0 2.691,1 287,9 3.008,3 2.625,2 383,1
Servicios móvile s 3.653,9 3.293,5 360,4 3.672,5 3.136,0 536,6
NAAP 1.931,9 2.277,7 -345,7 1.863,2 2.205,9 -342,8
No imputables al estándar 0,0 5,6 -5,6 0,9 -0,9
Total Otros 1.931,9 2.283,3 -351,4 1.863,2 2.206,8 -343,7
TOTAL SERVICIOS 5.585,9 5.576,8 9,1 5.535,7 5. 342,8 192,9
Servicios
Corrientes 2018
Corrientes 2017
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
OTROS
Ingresos Costes Margen Ingresos Costes Margen
Interconexión 419,7 375,9 43,8 426,9 303,9 123,0
Roaming in 95,9 66,3 29,6 89,4 58,7 30,7
Infraestructuras 159,3 159,3 0,0 147,9 147,9 0,0
Total Ma yorista 674,9 601,5 73,4 664,2 510,5 153,7
Tráfico 1.090,3 779,9 310,4 1.209,9 920,4 289,5
Mensajería 84,9 69,9 15,0 100,9 75,9 25,0
Datos 1.734,7 1.750,9 -16,2 1.640,9 1.556,4 84,5
Roaming out 69,1 92,2 -23,1 56,6 74,4 -17,8
Total Minori sta 2.979,0 2.692,9 286,2 3.008,3 2.627,0 381,3
Servicios móvile s 3.653,9 3.294,4 359,6 3.672,5 3.137,5 535,0
NAAP 1.931,9 2.277,7 -345,7 1.863,2 2.205,9 -342,7
No imputables al estándar 4,8 -4,8 -0,6 0,6
Total Otros 1.931,9 2.282,4 -350,5 1.863,2 2.205,3 -342,1
TOTAL SERVICIOS 5.585,9 5.576,8 9,1 5.535,7 5.342,8 192,9
OTROS
Servicios
Históricos 2018
Históricos 2017
SERVICIOS MAYORISTAS
SERVICIOS MINORISTAS
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III.4.1 SERVICIOS MAYORISTAS
A continuación, presentamos la visión general de los resultados para cada una
de las tres categorías de “Servicios mayoristas”. Para mayor nivel de detalle
puede consultarse el apartado 3 del informe de revisión de Axon sobre el SCC
de Orange que se aporta como anexo a esta resolución. Los valores
comparados, a no ser que se especifique lo contrario, se corresponden con los
recogidos en el estándar de costes corrientes.
La categoría de servicios de interconexión incluye originación, terminación,
reventa, acceso a números gratuitos, tránsito y otros servicios de interconexión.
Los servicios de interconexión tuvieron unos ingresos de 419,7 millones de euros
y un margen positivo de 42,6 millones de euros en 2018. Este margen se reduce
respecto al 2017, debido a la reducción de ingresos y al aumento de costes. La
reducción de ingresos proviene de la reducción del precio regulado de
terminación móvil
5
y el aumento de costes se debe al incremento de volumen en
originación y reventa.
La categoría de servicios de Roaming-in se corresponde con los servicios de
itinerancia de clientes extranjeros en la red propia por servicios de voz y
videotelefonía, SMS, datos y MMS. Los ingresos de Roaming-in alcanzaron en
2018 la cifra de 95,9 millones de euros frente a los 89,4 millones de euros de
2017. Se observa un incremento del consumo de [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] en el número de minutos y [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] en el número de MegaBytes cursados.
Finalmente, el servicio de alquiler y compartición de infraestructuras incluye los
servicios prestados a operadores a través de la infraestructura de Orange, y
alcanza los 159,3 millones de euros en el ejercicio 2018. Mantiene su margen
nulo debido a que incluye el acuerdo de RAN Sharing con Vodafone, donde los
ingresos son iguales a los costes.
III.4.2 SERVICIOS MINORISTAS
Se presenta la visión general de los resultados para cada una de las cuatro
categorías de “Servicios minoristas”. Al igual que en el caso de los servicios
mayoristas, para una información más detallada, puede consultarse el apartado
3 del informe de revisión de Axon sobre el SCC de Orange que se aporta como
anexo a esta resolución. Asimismo, los valores comparados se refieren al
estándar de costes corrientes.
La categoría de servicios de Tráfico recoge los servicios por voz y videotelefonía,
servicios de valor añadido y otros tráficos. Los ingresos por tráfico telefónico se
reducen en un 10% respecto del ejercicio 2017. Los ingresos totales por tráfico
5
Pasó de 1,09c€ a 0,70c€ el 01/02/2018, como consecuencia de la aprobación de la cuarta
revisión del mercado de terminación móvil por Resolución de la CNMC de 18 de enero de 2018.
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en el ejercicio 2017 fueron de 1.090,3 millones de euros frente a los 1.209,9
millones del ejercicio anterior.
La categoría de servicios de Mensajería incluye los servicios de SMS y MMS
presenta una tendencia decreciente. Así en el ejercicio 2018 la reducción de los
ingresos es de un 16% respecto al año anterior, al pasar 100,9 millones en el
ejercicio 2017 a 84,9 millones en el ejercicio actual.
La categoría de servicios de Datos reduce su margen, y pasa de un margen
positivo en 2017 de 88,5 millones de euros a margen negativo en 2018 de 11,1
millones de euros. No obstante, sigue siendo el segmento con mayor volumen
de ingresos, con 1.734,7 millones de euros.
La categoría de servicios de Roaming-out comprende los servicios de Itinerancia
de clientes propios en redes extranjeras por servicios de voz y videotelefonía,
SMS, datos y MMS. Roaming-out alcanzó unos ingresos de 69,1 millones de
euros en 2018, registrando un incremento del 22% respecto del ejercicio anterior.
El coste también crece y el margen negativo empeora ligeramente, pasando de
-17,7 millones en 2017 a -23,1 millones en 2018.
III.4.3 OTROS SERVICIOS
La categoría de “Otros” recoge los servicios no incluidos ni en minorista ni en
mayoristas (servicios fijos, TREI, no asignables a la actividad principal, no
imputables al estándar). El margen de la agrupación “Otros servicios” presenta
un margen negativo de 345,7 millones de euros, en línea con el del año anterior.
IV INFORME DE REVISIÓN
IV.1 OBSERVACIONES DE LA REVISIÓN ENCARGADA POR LA CNMC
Axon ha realizado por encargo de la CNMC la verificación de la correcta
adaptación del SCC de Orange correspondiente al ejercicio 2018 a los Principios
y Criterios aprobados en la resolución de 10 de junio de 2010 (actualización de
los aprobados mediante resolución de 15 de julio de 1999) y a otras resoluciones
relevantes al SCC de Orange.
En el informe emitido por la consultora sobre los resultados del Sistema de
Contabilidad de Costes de Orange para el ejercicio 2018, Axon concluye que el
sistema de contabilidad de costes desarrollado por Orange cumple a nivel
general salvando las incidencias descritas más adelante con los principios y
criterios aprobados por la Comisión. Esta conclusión se hace extensiva tanto al
SCC en sí mismo como al Manual Interno de Contabilidad de Costes (en
adelante, “el MICC”), a los diferentes estudios técnicos y al resto de
documentación de soporte que lo completan.”
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El criterio de la CNMC ha sido el habitual en estos procedimientos. Para aquellas
incidencias que o bien suponen un impacto inmaterial o bien no se han podido
cuantificar y que se presumen con un impacto no relevante, requerir su aplicación
en ejercicios posteriores. En cambio, para las que se pueden cuantificar siendo
relevantes, se requiere la aplicación en el propio ejercicio sometido a revisión,
salvo indicación en sentido contrario
6
.
IV.2 REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES
SOLICITADAS EN LA VERIFICACIÓN DEL SCC DEL EJERCICIO
ANTERIOR
Se enumeran a continuación los cambios introducidos en el SCC de Orange en
cumplimiento de los requerimientos realizados por esta Comisión en la
resolución del 26 de junio de 2019, sobre la verificación de los resultados de la
contabilidad de costes de Orange Espagne, S.A.U. del ejercicio 2017
(VECO/DTSA/010/18/SCC 2017 ORANGE).
Tabla 8 Revisión del cumplimiento de las modificaciones del SCC de
2017 requeridas por la CNMC en opinión de Axon
Ref
Título
Implementado
adecuadamente
1
Modificaciones en la matriz de enrutamiento y en los ET
2
Errores en la conciliación entre el SCC y la cuenta de pérdidas y
ganancias
3
Error en el reparto de la cuenta de ingreso “9010205000 Ingresos
Roaming Mayorista”
4
Error en el reparto de la cuenta de ingreso minorista “9010112000
SMS”
5
Error en el reparto de la cuenta de ingreso “9010114000 Ingresos
Roaming Minorista”
6
Error en la imputación del CBA “9100502000 Proveedores SVA” a
MMS y SMS Premium
7
Error en la imputación del CC “9110101005 Nodos multitecnología”
8
Mejora en la imputación de la cuenta de CC “9110206000 GIS”
9
Error en el tráfico de los servicios Roaming in voz saliente y
Roaming in SMS saliente
10
Error en la revalorización de los radioenlaces
11
Error en el cálculo de la indexación con el índice ICSC
6
Las incidencias con impacto en servicios de relevancia, se consideran materiales aquellas que
puedan producir una variación (en coste o ingreso) en alguno de estos servicios que supere el
0,25%. Para aquellas incidencias que afectan exclusivamente al resto de servicios, se consideran
materiales aquellas que puedan producir una variación (en coste o ingreso) en alguno de estos
servicios que supere el 0,5%.
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Ref
Título
Implementado
adecuadamente
12
Errores en las matrices de enrutamiento
Parcialmente
13
Orange no entrega el informe extracontable de roaming e
itinerancia nacional
No requiere
ninguna acción
14
Presentación de un ET sobre los operadores OMV
15
Mejora del ET sobre servicios convergentes y empaquetados
reponiendo la información eliminada
Por tanto, Axon concluye, que, de los 15 requerimientos realizados por la
Comisión, Orange ha implementado adecuadamente todos ellos, a excepción de
uno de ellos, relativo a errores en las matrices de enrutamiento, que lo considera
implementado parcialmente.
IV.3 MODIFICACIONES REQUERIDAS POR LA CNMC EN EL EJERCICIO
2017 NO IMPLEMENTADAS POR ORANGE O CUYA IMPLEMENTACIÓN
ES CUESTIONADA POR EL CONSULTOR DE LA CNMC
Se analizan a continuación las modificaciones requeridas por la CNMC que no
han sido correctamente implementadas por Orange o cuya implementación es
cuestionada por Axon, relativas a la verificación del SCC de 2017.
1. Errores en las matrices de enrutamiento
La Comisión requirió a Orange, entre otros aspectos relativos a las matrices de
enrutamiento, “calcular los factores de enrutamiento a partir de muestras que
cumplan el criterio de representatividad establecido por la CNMC”.
Si bien algunos aspectos relativos a las matrices de enrutamiento han sido
implementados adecuadamente por Orange, se ha observado que la operadora
sigue sin cumplir con el criterio de representatividad de muestras establecido por
la CNMC, de acuerdo al cual se debería tomar al menos una muestra cada dos
meses. Sin embargo, se ha constatado que en ocasiones el tiempo que
transcurre entre la toma de muestras es superior a los dos meses.
Alegaciones de Orange
Orange destaca la dificultad de recolección de múltiples muestras estadísticas
de distintos sistemas de red, y manifiesta que la dispersión entre las muestras
tomadas en distintos momentos temporales a lo largo del ejercicio es muy
reducida, por lo que el impacto en el SCC de un número menor de muestras es
reducido. Orange afirma que seguirá realizando un esfuerzo por cumplir el actual
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criterio de alineamiento, pero propondrá una reducción en el número de muestras
en el procedimiento de simplificación del SCC
7
.
Respuesta de esta Sala
Se reconoce el esfuerzo por parte de Orange para dar cumplimiento al criterio
de muestras establecido por la CNMC, sin embargo, se trata de un criterio
establecido para todos los operadores móviles, que, debe cumplirse como en
años anteriores.
Respuesta 1: Orange deberá alinear la toma de muestras con el criterio de
representatividad establecido por la Comisión, para el ejercicio 2018 y
siguientes.
IV.4 OTROS ASPECTOS DETECTADOS EN LA REVISIÓN DEL SCC DEL
EJERCICIO 2018
En el presente apartado se detallan otros aspectos detectados en el transcurso
del trabajo de revisión del SCC realizado por Axon.
2. Reparto de los costes de interconexión
Orange ha introducido en el ejercicio 2018 una serie de modificaciones relativas
al reparto a servicios de los costes de interconexión, recogidos en la cuenta
“9100503000 - Interconexión” del SCC. Durante la revisión de las modificaciones
introducidas por Orange, Axon ha detectado que se había producido un error en
la identificación de los costes asociados a los dos servicios de Roaming Out de
SMS saliente, dando lugar a una sobre estimación de los costes de estos
servicios. Se hace notar que el error ha sido reconocido y subsanado por la
operadora en la revisión del SCC 2018.
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares, y
afecta principalmente a los dos servicios citados de Roaming Out de SMS
saliente. Los impactos en los servicios se muestran detalladamente en el
apartado 8 del informe de revisión elaborado por Axon, así como en la 0 de la
presente resolución.
Respuesta 2: Orange debe corregir el reparto de la cuenta “9100503000 -
Interconexión” subsanando la incidencia identificada, para el ejercicio
2018 y siguientes.
7
La CNMC ha iniciado los trabajos para homogeneizar y simplificar los sistemas de contabilidad
de costes de los operadores de telefonía móvil Telefónica Móviles, Orange y Vodafone para su
adaptación a la situación actual de los mercados de comunicaciones electrónicas y a la evolución
tecnológica de las redes y servicios. Para ello, se tramitará un expediente que será objeto de
aprobación por parte de la SSR.
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3. Reparto de los costes de los nodos multitecnología
Los costes de los nodos multitecnología se contabilizan en la cuenta
“9110101005-Nodos multitecnología” del SCC. Dicha cuenta se reparte a los
nodos de las tres tecnologías (2G, 3G y 4G) y al centro de actividad “Alquiler y
compartición de infraestructuras”.
Para reflejar los costes que corresponden al centro de actividad “Alquiler y
compartición de infraestructuras”, Orange detrae los costes de las tecnologías
2G y 3G, porque asume que el acuerdo de compartición con Vodafone refiere
fundamentalmente a la tecnología 3G, mientras que el resto de los acuerdos de
arrendamiento refieren a las tecnologías 2G/3G. Sin embargo, la tecnología 4G
no se ve sometida a ningún ajuste.
En opinión de Axon, sería más razonable modificar el reparto de coste de los
nodos multitecnología en línea con la nueva realidad del negocio, es decir,
asumiendo que el acuerdo de compartición de Vodafone abarca las tres
tecnologías por igual. De manera equivalente, esta misma aproximación debería
seguirse para el resto de acuerdos de arrendamientos de nodos.
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares, y
afecta principalmente a los servicios minoristas de voz y datos. Los impactos en
los servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del informe de revisión
elaborado por Axon, así como en la 0 y la 0 de la presente resolución.
Alegaciones de Orange
Orange comparte la conclusión de Axon sobre la conveniencia de modificar el
criterio de reparto de la cuenta “9110101005-Nodos multitecnología”, sin
embargo añade dos apreciaciones. Por una parte, añade una mejora y propone
que dicho reparto tenga en cuenta el número de nodos totales que Orange posee
para cada una de las tecnologías, en lugar de realizar el reparto a terceras partes
iguales entre las tres tecnologías (2G, 3G y 4G). Por otra parte solicita que dicha
modificación sea aplicada a partir del SCC de 2019.
Respuesta de esta Sala
Se considera adecuada la propuesta de Orange de tener en cuenta el número
de nodos de cada tecnología para el reparto. En este sentido, y dado que no
todos los nodos de acceso cuentan con las tres tecnologías, la propuesta de
Orange resultaría en una mejora de la causalidad del criterio de reparto.
Respuesta 3: Orange debe modificar el reparto de la cuenta “9110101005-
Nodos multitecnología” para reflejar la realidad tecnológica actual de los
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acuerdos de compartición y de alquiler de nodos con otros operadores,
para el ejercicio 2018
8
y siguientes.
4. Reparto del coste de las licencias del espectro
Durante el proceso de verificación se ha identificado que Orange realiza la
asignación de los costes de amortización y de coste de capital de las licencias
asociadas al espectro, conforme al uso de las bandas espectrales que las
diferentes tecnologías habían hecho históricamente de las mismas. La siguiente
tabla muestra la asignación de bandas espectrales empleada en el SCC y la
asignación real en la red de Orange en la actualidad:
Tabla 9 Asignación de las licencias del espectro
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Asimismo, Orange está atribuyendo coste de las licencias de espectro a
elementos de red tales como los controladores o enlaces de transmisión. No
obstante, dado que el uso del espectro es realizado únicamente por los
elementos radio de la red de acceso, es decir, los nodos multitecnología, Orange
debería atribuir únicamente el coste de las licencias a los nodos multitecnología
que correspondan en cada caso.
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares, y
afecta principalmente a los servicios minoristas de voz y datos, y a los servicios
mayoristas de terminación voz y originación voz y datos. Los impactos en los
servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del informe de revisión
elaborado por Axon y en la Tabla 14 y siguientes de la presente resolución.
Alegaciones de Orange
Orange comparte el criterio de Axon de realizar el reparto de los costes de
licencias de espectro a cada tecnología según estén asignadas las bandas, lo
que mejora la causalidad del sistema. Asimismo, entiende que dicha
modificación no supone añadir complejidad al SCC, por lo que resultaría
asumible su implementación.
En cuanto a la asignación de tales costes únicamente a los elementos radio de
la red de acceso, Orange alega incoherencia con lo establecido en la resolución
de 14 de diciembre de 2004
9
, que establecía que los costes de este tipo de
activos debía repartirse entre múltiples Centros de Actividad y no solo a los
8
Cabe señalar que los aspectos que se requiere modificar para el ejercicio 2018 están
suficientemente cuantificados con las estimaciones realizadas por el consultor y se admiten como
corrección válida, por lo que no se precisa la presentación de un nuevo cálculo por parte de
Orange del SCC 2018, según lo indicado en el apartado IV.6.
9
Resolución sobre la propuesta de sistema de contabilidad de costes de Retevisión Móvil, S.A.
(MTZ 2004/1082)
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nodos de acceso. Por otra parte, Orange solicita no modificar dicho reparto hasta
que estén disponibles las conclusiones del procedimiento de simplificación del
SCC.
Respuesta de esta Sala
En opinión de la CNMC, el reparto de los costes de las licencias del espectro
únicamente a los elementos radio de la red de acceso resultaría en una mejora
de la causalidad en el reparto y se ajusta más a la reciente evolución tecnológica
del sector.
Respuesta 4: Orange debe corregir el reparto de los costes asociados a las
licencias del espectro a cada tecnología actualizando el uso de las bandas
y atribuyendo su coste únicamente a los elementos radio de la red de
acceso, para el ejercicio 2018
10
y siguientes.
5. Reparto del canon del espectro
Para el reparto de los costes asociados al canon del espectro a servicios, Orange
emplea como criterio de atribución la suma de los minutos de tráfico equivalente
y de los eventos de establecimiento asignados a cada servicio. A su vez, se
observa que el reparto se realiza en una única etapa, sin tener en cuenta el canon
individual que Orange paga por cada una de las bandas espectrales.
Para mejorar la causalidad en la atribución de estos costes, Axon considera que
sería necesario tener en cuenta el canon individual pagado por Orange para cada
una de las bandas espectrales, e identificar cuáles son las tecnologías que están
haciendo uso de cada banda. Debería efectuarse siguiendo exactamente los
mismos criterios (y por tanto los mismos porcentajes) que se siguen para el
reparto de los costes de amortización y de coste de capital de las licencias del
espectro, presentados en el apartado anterior. Esta modificación permitiría
alinear el reparto de las licencias y del canon del espectro, garantizando un
reparto equivalente entre dos componentes que si bien atienden a conceptos
diferentes (el primero a costes de adquisición y el segundo a pagos anuales por
el uso del espectro), refieren al mismo elemento de la red.
Tabla 10 Asignación del canon del espectro a las tecnologías de
acceso
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares, y
afecta principalmente a los servicios minoristas de voz y datos, y a los servicios
mayoristas de terminación voz y originación voz y datos. Los impactos en los
10
Ver apartado IV.6.
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servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del informe de revisión
elaborado por Axon y en la Tabla 14 y siguientes de la presente resolución.
Alegaciones de Orange
Orange pone de manifiesto que realiza el reparto de dichos costes en base a
tráfico, teniendo en cuenta tanto el volumen de tráfico cursado como el número
de comunicaciones, en función de los pesos relativos de ambas componentes
para cada servicio. Dicho reparto, que conlleva una cierta complejidad, viene
siendo realizado así por Orange desde la resolución de la CMT del 19 de junio
de 2008
11
, en que se dispuso que este coste debía imputarse a servicios en
función del consumo del espectro que cada uno realice del mismo.
Dadas las implicaciones y complejidad del cambio sugerido por Axon, Orange
solicita que, en caso de ser estimado por la CNMC, su adopción deba valorarse,
en su caso, a partir del SCC 2020.
Respuesta de esta Sala
La mejora en el criterio de reparto propuesta por Axon implica que el canon del
espectro se debería atribuir teniendo en cuenta, en primer lugar, las bandas
espectrales utilizadas por las diferentes tecnologías, y en segundo lugar, el
consumo de los servicios, tal y como establece la resolución de la CMT del 19
de junio de 2008 a la que hace referencia Orange.
Orange únicamente debería reflejar las dos etapas de asignación: una primera
etapa de asignación a tecnologías de acceso en función de las bandas
espectrales de las que hacen uso y una segunda etapa de asignación a servicios
que tenga en cuenta los usos que los servicios hacen de las diferentes
tecnologías de acceso.
Respuesta 5: Orange deberá corregir el reparto del canon del espectro, para
garantizar en una primera etapa que el mismo se realiza teniendo en
cuenta el uso de las bandas espectrales hecho por cada una de las
tecnologías de acceso (2G, 3G y 4G), de manera equivalente a la
atribución requerida para el coste de las licencias del espectro, para el
ejercicio 2018
12
y siguientes.
6. Revalorización de los activos de la red de acceso
Axon ha detectado que, para la revalorización a corrientes de los activos
asociados a los nodos de la red de acceso, en uno de los pasos de su valoración,
Orange utiliza como ponderador el número de nodos de las diferentes
11
Resolución sobre la adaptación al nuevo marco regulatorio y homogeneización del sistema de
contabilidad de costes de France Telecom España, S.A. (AEM 2008/261)
12
Ver apartado IV.6.
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configuraciones, obviando el hecho de que el precio de las configuraciones de
los nodos es diferente entre sí. Por tanto recomienda que utilizar como elemento
ponderador, las inversiones totales correspondientes a cada configuración de
nodo en lugar del número de nodos de las mismas. La aplicación de esta
corrección resultaría en los siguientes índices de valoración para los activos de
la red de acceso que se ven afectados, como sigue:
Tabla 11 Ratios de revalorización a corrientes para los activos de la red
de acceso
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
Esta incidencia tiene impacto material en los costes del estándar de corrientes,
y afecta principalmente al servicio minorista de datos, y al servicio mayorista de
originación de datos. Los impactos en los servicios se muestran detalladamente
en el apartado 8 del informe de revisión elaborado por Axon, así como en la 0 y
la 0 de la presente resolución.
Alegaciones de Orange
Orange considera que el criterio sugerido por Axon para realizar la ponderación
de las diferentes configuraciones de nodo en la revalorización de los elementos
de la red de acceso puede tener sentido, y mejorar la causalidad del sistema. No
obstante, Orange opina que el ejercicio de revalorización a corrientes debe ser
replanteado de forma global y, en particular, para la revalorización por el método
de valoración absoluta (como ocurre en el caso de los nodos de la red de
acceso), alegando que dicha metodología debería ser reemplazada por la de
indexación, en aras a su simplificación.
En este sentido, Orange propone no adoptar la modificación sugerida por Axon,
y en su lugar, reenfocar la metodología de revalorización a costes corrientes
mediante valoración absoluta, hacia la indexación.
Respuesta de esta Sala
La CNMC considera que hasta que el mencionado proceso de homogeneización
se formalice y se valoren en conjunto las distintas propuestas de los operadores
móviles, Orange debería implementar la recomendación propuesta, en aras a la
mejora de causalidad del sistema.
Respuesta 6: Orange debe corregir el elemento ponderador de la
revalorización a corrientes de los activos de la red de acceso, para el
ejercicio 2018 y siguientes.
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7. Reparto de los ingresos de servicios medidos
Durante la revisión de los ingresos de los servicios de voz minoristas “Voz fijo
nacional”, “Voz on net” y “Voz off net”, se ha observado que el ingreso unitario
del servicio de “Voz on net” presentaba un valor notablemente superior al de los
otros dos servicios, tal y como sigue:
Tabla 12 Ingreso unitario de los servicios de voz minoristas
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
El motivo de esta diferencia es la metodología que aplica Orange para el reparto
de los ingresos de voz. En primer lugar, Orange identifica los ingresos asociados
a los tráficos fuera de cuota, y finalmente, los ingresos de tráfico dentro de cuota
son repartidos a los servicios de forma proporcional a los ingresos fuera de cuota.
El desequilibrio de tráficos generados fuera de cuota habría favorecido una
mayor atribución de ingresos al servicio de “Voz on net”, lo que resulta en unos
ingresos unitarios significativamente superiores al resto de servicios.
Sin embargo, en la actualidad, una gran parte de los ingresos de voz de los
usuarios de Orange proviene de las cuotas y, al respecto de los ingresos fuera
de cuota, no existen por lo general diferencias relevantes entre los precios
ofertados a los usuarios para las llamadas nacionales (es decir, no se diferencia
entre fijo, on net y off net). Teniendo esto en cuenta, se considera más razonable,
en primer lugar, identificar la suma de los ingresos totales que estarían asociados
a estos tres servicios, y a continuación, repartir dicho importe a los tres servicios
según el número de minutos, garantizando de esta forma un ingreso unitario
equivalente para los tres servicios, lo cual se encontraría alineado con la oferta
comercial actual de Orange.
Esta misma metodología debería aplicarse, por un lado, a los servicios
nacionales de SMS (en particular a los servicios de “SMS on net”, “SMS off net”),
y por el otro a los servicios nacionales de MMS (en particular a los servicios
“MMS on net” y “MMS off net”).
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares, así
como en ingresos, y afecta principalmente a los servicios minoristas de voz. Los
impactos en los servicios se muestran detalladamente en el apartado 8 del
informe de revisión elaborado por Axon, así como en la 0 de la presente
resolución.
Alegaciones de Orange
Orange entiende razonable corregir el reparto de los ingresos de cuota de
acuerdo al criterio propuesto por Axon, es decir, garantizando un ingreso unitario
equivalente para los tres servicios existentes (on net, off net y fijo nacional), y ve
asumible su implementación para los servicios de voz nacional.
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No obstante, Orange no considera que dicho criterio de uniformización de
ingresos unitarios deba ser extendido a los servicios de SMS (on net y off net) y
MMS (on net y off net), puesto que para estos servicios no se ha realizado ningún
tipo de reparto previo que pueda haber desvirtuado los ingresos unitarios
reportados por Orange para los mismos. En tal sentido Orange considera que
los valores reportados tanto para tráfico como para ingresos asociados a estos
servicios deben ser asumidos como la mejor información disponible para los
mismos, sin aplicar ninguna corrección sobre los ingresos unitarios.
Respuesta de esta Sala
En relación a la modificación del reparto de los ingresos asociados a los servicios
de mensajería (SMS y MMS), Orange argumenta que para estos servicios no se
realizan repartos previos (en particular entre ingresos dentro y fuera de cuota)
que puedan provocar las situaciones observadas en el caso de la voz. Teniendo
cuenta los argumentos de Orange y el hecho de que, en el SCC del ejercicio
2018, no se observan distorsiones significativas para los servicios de SMS y
MMS como ocurre con el caso de la voz, la CNMC considera razonable la
propuesta de Orange de no extender el criterio de reparto a los ingresos de los
servicios de mensajería.
Respuesta 7: Orange debe adecuar el reparto de los ingresos de los
servicios de “Voz fijo nacional”, “Voz on net” y “Voz off net, para reflejar la
realidad comercial actual, para el ejercicio 2018 y siguientes.
8. Volumen del servicio de originación de datos
Se ha identificado que el servicio “9500110300 - Originación datos” del SCC no
incluía el volumen de datos correspondiente al operador [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL], que asciende a [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] Tbytes.
El citado error ha sido reconocido y subsanado por la operadora en la revisión
del SCC 2018.
Esta incidencia tiene impacto material en los costes de ambos estándares, y
afecta principalmente al servicio mayorista de originación de datos y al servicio
minorista de datos. Los impactos en los servicios se muestran detalladamente
en el apartado 8 del informe de revisión elaborado por Axon, así como en la 0 y
la 0 de la presente resolución.
Respuesta 8: Orange debe corregir el volumen del servicio de originación
de datos, para el ejercicio 2018 y siguientes.
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9. Conciliación entre el SCC y la contabilidad financiera
Durante el ejercicio de conciliación realizado entre la contabilidad financiera y el
SCC de Orange, se identificó que Orange no había contabilizado en el SCC la
cuenta contable [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL], cuyo importe
en el ejercicio 2018 es de [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]
millones de euros.
Orange ha manifestado que esta incidencia se trataba de un error involuntario,
de forma que incluirá dicha cuenta para el ejercicio 2019 y siguientes.
Esta incidencia no tiene impacto material relevante a nivel de servicio.
Respuesta 9: Orange deberá incluir la referida cuenta en el SCC, para el
ejercicio 2019 y siguientes.
10. Amortización acumulada de las licencias 5G
Durante la revisión de los costes de amortización, se identificó que la cuenta que
recoge el coste asociado a las licencias 5G había empezado a depreciarse,
generando por lo tanto una dotación a la amortización a final del ejercicio 2018.
Sin embargo, de acuerdo con el listado de activos fijos, la amortización
acumulada a final del ejercicio de este activo se mantenía a cero. Al ser el primer
año que dicho activo se deprecia, su amortización acumulada debería coincidir
con la dotación a la amortización al final del ejercicio.
A este respecto, Orange confirmó que se trataba de un error de formulación, y
corregirá en el ejercicio 2019 la amortización acumulada del activo referido.
Se hace notar que la amortización acumulada no es un dato de entrada directo
del SCC por lo que esta incidencia no tiene impacto en resultados.
Respuesta 10: Orange debe corregir el valor de la amortización acumulada
correspondiente al activo de licencias 5G, para el ejercicio 2019 y
siguientes.
IV.5 MEJORAS PROPUESTAS EN EL INFORME DE AUDIENCIA AL SCC DE
ORANGE
A continuación, se presentan una serie de potenciales mejoras propuestas por
Axon que podrían ser incorporadas en el SCC a partir del próximo ejercicio.
11. Reparto de los ingresos asociados a la conexión, el abono y las
promociones y descuentos de abono
En el SCC de Orange, las siguientes cuentas de ingresos se reparten a servicios
empleando como criterio de reparto el número de minutos equivalentes:
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[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
El uso de los minutos equivalentes como criterio de reparto para estas cuentas
de ingresos da lugar a un porcentaje de atribución muy elevado para el servicio
de datos en el SCC.
El resto de ingresos relevantes asociados al negocio móvil minorista de Orange,
se reparten en base a los criterios descritos en el Estudio Técnico de ‘Reparto
paquetes’, que hacen uso de referencias tarifarias para los grupos de ‘Voz y
mensajería’ y ‘Datos’.
El reparto de ingresos bajo ambos enfoques resulta en variaciones significativas,
por lo que Axon considera más razonable atribuir las tres cuentas de ingresos
citadas en base a los mismos criterios tarifarios que para las tarifas
empaquetadas, en lugar de hacer uso de minutos equivalentes.
No obstante, en caso de que no se contara con información que permitiera la
atribución de estas tres cuentas con base a criterios tarifarios, Axon propone
como alternativa efectuar este reparto de manera proporcional al resto de
ingresos de los servicios.
Alegaciones de Orange
Orange plantea dificultades en la implementación de la citada modificación,
refiriéndose al reparto de costes y alega incoherencia con lo establecido en la
resolución de 14 de diciembre de 2004
13
, en cuanto al reparto de estas cuentas.
Respuesta de esta Sala
Por una parte, conviene señalar que la propuesta planteada es relativa al reparto
de cuentas de ingresos, y no de costes. Por otra parte, cabe recordar que con la
generalización de la oferta comercial de los paquetes de servicios, los ingresos
imputados a los diferentes servicios se realiza mayormente en la contabilidad
financiera, conforme a lo establecido por Orange en su “ET-Reparto de ingresos
de paquetes”. Por tanto, las cuentas de ingreso relativas a conexión, abono y
promociones y descuentos de abono, referidas a dichos paquetes, deben
imputarse a servicios con los mismos criterios que las tarifas empaquetadas, y
si no fuera posible, en función del resto de ingresos de los servicios.
Respuesta 11: Orange debe repartir las tres cuentas de ingresos citadas
en base a criterios tarifarios comerciales, en lugar de minutos
equivalentes. En caso de que no se contara con la información suficiente
13
Resolución sobre la propuesta de sistema de contabilidad de costes de Retevisión Móvil, S.A.
(MTZ 2004/1082)
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para efectuar este reparto, se deberá efectuar en función del resto de
ingresos de los servicios, para el ejercicio 2019 y siguientes.
12. Costes recogidos en las clases de activos de nodos multitecnología
Las principales inversiones realizadas para nodos multitecnología se recogen en
el SCC de Orange en dos clases de activos: “32201NBK/42201NBK” y
“32201NBI/42201NBI”. Los costes del primero son repartidos entre los nodos
multitecnología de las tres tecnologías de acceso (2G, 3G y 4G) en función del
número de nodos de cada tecnología, mientras que los del segundo se reparten
por completo a la tecnología 4G.
Sin embargo, la segunda clase de activo, que debe recoger únicamente costes
exclusivos de la tecnología 4G (LTE), representa la mayor parte del coste de los
nodos multitecnología de Orange. Orange ha confirmado que ha existido un
cambio en los criterios de imputación para estas dos clases de activo en los
últimos años, de forma que recoge inversiones de nodos multitecnología
asociadas a todas las tecnologías de acceso (2G, 3G y 4G), así como grandes
inversiones asociadas a la red troncal y a la red de control de acceso.
Por tanto, Axon recomienda que Orange lleve a cabo un análisis detallado de la
naturaleza de los activos que actualmente se incluyen en la clase de activo
“32201NBI/42201NBI”, de manera que sus costes no sean asignados en su
totalidad a los nodos multitecnología 4G, sino también a los distintos
componentes de red del SCC.
Alegaciones de Orange
Orange reconoce que en las clases de activos que inicialmente fueron
concebidas para recoger las inversiones en nodos multitecnología y en nodos
LTE respectivamente, no se están imputando las correspondientes inversiones
de forma correcta. En consecuencia, Orange considera que la propuesta de Axon
para subsanar esta deficiencia es adecuada, y añade una mejora proponiendo
aplicar el mismo criterio de reparto para todas las clases de activo de nodos de
acceso (también para las clases de 2G y 3G, a pesar de que tengan muy poco
importe), basado en el número de nodos existentes en red para cada tecnología.
Orange propone aplicar esta modificación para el ejercicio 2020, no realizando
ningún ajuste para los ejercicios 2018 y 2019.
Respuesta de esta Sala
Se acepta la propuesta de Orange de que todas las clases de activo de nodos
de acceso se repartan a las tres tecnologías de acceso en función del número
de nodos de cada tecnología. Sin embargo, Orange debería implementar esta
modificación en el ejercicio 2019 y siguientes.
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Respuesta 12: Orange debe realizar una revisión de las clases de activo
que recogen las inversiones en nodos de acceso, aplicando como criterio
de reparto el número de nodos existentes en red para cada tecnología,
para el ejercicio 2019 y siguientes.
13. Vida útil empleada para ciertos activos
Durante la revisión del cálculo de los costes de amortización, Axon ha
identificado una lista de activos para los que se propone una mejora en la
aplicación de su vida útil.
Orange ha aplicado, en una serie de activos, una vida útil diferente a la
establecida en la resolución de 29 de enero de 2009
14
, a partir del cambio
producido en la vida útil de su contabilidad financiera. Dado que existía una vida
útil en la contabilidad financiera que difería de la aprobada por la Comisión, Axon
considera que Orange debería haber calculado los costes de amortización del
SCC teniendo en cuenta la vida útil aprobada por la Comisión, en lugar de haber
empleado la de la contabilidad financiera.
Se hace notar que, una proporción significativa de estos activos se encuentran
totalmente amortizados, por lo que, el impacto en los resultados del SCC sería
limitado.
Alegaciones de Orange
Orange manifiesta que viene realizando la corrección de las vidas útiles de
determinadas clases de activos fijos desde el ejercicio de la contabilidad
regulatoria de 2008, de acuerdo a lo aprobado por la CMT en su resolución de
29 de enero de 2009. Sin embargo, existen determinadas clases de activo
nuevas, de aparición posterior a la citada resolución, para las que Orange no ha
corregido su vida útil, por lo que, una misma clase puede mezclar activos con
dos vidas útiles distintas, una que se ajusta a lo previsto por la CMT y otra
diferente.
Orange valora como marginal el efecto en los resultados de las correcciones de
vidas útiles, en una red en continua evolución con nuevas clases de
equipamiento que hacen obsolescentes las clases prexistentes antes del fin de
su vida útil prevista, por lo que ha propuesto en varias ocasiones a la CNMC la
eliminación de la corrección de vidas útiles regulatorias, y la aplicación de vidas
útiles de la contabilidad financiera.
14
Resolución sobre la modificación de las vidas útiles de los elementos de red de France
Telecom España s.a. para el ejercicio 2008 (DT 2008/128).
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Respuesta de esta Sala
En la resolución de 29 de enero de 2009 se definió unas vidas útiles regulatorias
para lograr una homogeneización y comparabilidad entre las distintas
contabilidades, sin desviaciones por criterios contables que pueden tener
motivaciones financieras y no técnicas, y su aplicación está en vigor.
Respuesta 13: Orange debe corregir el cálculo de los costes de
amortización en el estándar de corrientes para garantizar que las vidas
útiles aplicadas en el SCC se corresponden a las aprobadas por la
Comisión en la resolución de 29 de enero de 2009, para el ejercicio 2019
y siguientes.
14. Documentación que acompaña al SCC
Durante la revisión de la documentación que acompaña al SCC, se han
identificado ciertos aspectos de relevancia relacionados con el MICC y con
estudios técnicos.
En resumen, se trata de errores u omisiones, por lo que se propone su corrección
y/o actualización, según lo descrito en el informe de revisión.
Alegaciones de Orange
Orange manifiesta que tendrá en cuenta en la medida de lo posible en el SCC
2019 los aspectos identificados por Axon en relación al MICC y los estudios
técnicos que acompañan al SCC. No obstante, Orange solicita a la CNMC que
el procedimiento que iniciará próximamente sobre la homogeneización del SCC
contemple expresamente la simplificación de dicha documentación. En
particular, solicita eliminar la obligación de actualizar el MICC, puesto que dicho
documento acumula una gran complejidad para su mantenimiento, de índole
técnica y de edición, siendo muy escaso el valor que aporta respecto a las
propias matrices de resultados del SCC.
Respuesta de esta Sala
La CNMC recuerda a Orange que se trata de obligaciones establecidas para
todos los operadores móviles, y que debe cumplirse como en años anteriores,
pues su aplicación está en vigor.
Respuesta 14: Orange deberá corregir los aspectos identificados con
relación al MICC y los estudios técnicos que acompañan al SCC, para el
ejercicio 2019 y siguientes.
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15. Apertura de un servicio de Internet of Things
Durante los últimos años, ha tenido lugar un crecimiento significativo de servicios
de valor añadido que se pueden prestar a través de las redes móviles operadas
por los proveedores de servicios móviles como Orange, como por ejemplo el
denominado “Internet of Things” (IoT).
Orange ha puesto en marcha un despliegue de una red comercial de LTE-M
15
para la prestación de servicios de IoT, por lo que se entiende que parte de las
operaciones relacionadas con la provisión de servicios de IoT en España son
realizadas a través de la red móvil de Orange. Axon considera que se trata de
un servicio suficientemente diferenciado del resto de servicios considerados en
el SCC, y podría ser sujeto a desagregación, dentro del segmento de datos, para
recoger los ingresos y costes de los servicios provistos por Orange.
Alegaciones de Orange
Orange no considera pertinente por el momento la inclusión en el SCC de un
servicio de Internet of Things (IoT), dado que en 2019 ha representado un
ingreso marginal para la operadora.
Respuesta de esta Sala
Dada la baja materialidad del servicio, la CNMC considera razonable que no se
produzca la apertura del mismo en el SCC del 2019. No obstante, se recomienda
que la materialidad de dicho servicio sea monitorizada en los siguientes
ejercicios, a fin de poder identificar el momento en que la apertura del mismo
pueda resultar necesaria. Además, la apertura o no de este servicio será
valorada por esta Comisión, en su debido momento, dentro del marco del
expediente de homogeneización del SCC de operadores móviles.
Respuesta 15: Orange no debe abrir el servicio IoT para el ejercicio 2019,
si bien debe monitorizar su materialidad en los siguientes ejercicios a a fin
de poder identificar el momento en que la apertura del mismo pueda
resultar necesaria.
IV.6 OTROS ASPECTOS DE MEJORA
Esta Sala considera que los aspectos que se requiere modificar para el ejercicio
2018 están suficientemente cuantificados con las estimaciones realizadas por el
consultor y las admite como corrección válida. Por ello, no es precisa la
presentación de un nuevo cálculo por parte de Orange del SCC 2018.
15
Long Term Evolution for Machines.
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IV.7 RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES DEL SCC
Tabla 13 Objeciones al SCC 2018 de Orange
REF.
TÍTULO DE LA
INCIDENCIA
CONCLUSIÓN DE LA CNMC
IMPACTO
EN EL
SCC
ESTÁNDAR
AFECTADO
1
Errores en las
matrices de
enrutamiento
Orange deberá al inear la toma de
muestras con el criterio de
representatividad establecido por la
Comisión, para el ej ercicio 2018 y
siguientes.
No
calculado
Inmaterial
-
2
Reparto de los costes
de interconexión
Orange debe corregir el reparto de la
cuenta “9100503000 - Interconexión”
subsanando la incidencia identificada,
para el ejercicio 2018 y siguientes.
Costes
CC, CH
3
Reparto de los costes
de los nodos
multitecnología
Orange debe modificar e l reparto de la
cuenta “9110101005-Nodos
multitecnología” para reflejar la realidad
tecnológica actual de los acuerdos de
compartición y de alquiler de nodos con
otros operadores, para el ejercicio 2018 y
siguientes.
Costes
CC, CH
4
Reparto del coste de
las licencias del
espectro
Orange debe c orregir el reparto de los
costes asociados a las licencias del
espectro a cada tecnología actualizando
el uso de las bandas y atribuyendo su
coste únicamente a los elementos radio
de la red de acceso, para el ejercicio 2018
y siguientes.
Costes
CC, CH
5
Reparto del canon
del espectro
Orange deberá corregir el reparto del
canon del espectro, para garantizar en
una primera etapa que el mismo se
realiza teniendo en cuenta el uso de las
bandas espectrales hecho por cada una
de las tecnologías de acceso (2G, 3 G y
4G), de manera equivalente a la
atribución requerida para el coste de las
licencias del espectro, para el ejercicio
2018 y siguientes.
Costes
CC, CH
6
Revalorización de los
activos de la red de
acceso
Orange debe corregir el elemento
ponderador de la revalorización a
corrientes de los activos de la red de
acceso, para el ejercicio 2018 y
siguientes.
Costes
CC
7
Reparto de los
ingresos de servicios
medidos
Orange debe adecuar el reparto de los
ingresos de los servicios de “Voz fijo
nacional”, “Voz on net” y “Voz off net, para
Costes e
Ingresos
CC, CH
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REF.
TÍTULO DE LA
INCIDENCIA
CONCLUSIÓN DE LA CNMC
IMPACTO
EN EL
SCC
ESTÁNDAR
AFECTADO
reflejar la realidad comercial actual, para
el ejercicio 2018 y siguientes.
8
Volumen del servicio
de originación de
datos
Orange debe corregir el volumen del
servicio de originación de datos, para el
ejercicio 2018 y siguientes.
Costes
CC, CH
9
Conciliación entre el
SCC y la contabilidad
financiera
Orange deberá incluir la referida cuenta
en el SCC, para el ejercicio 2019 y
siguientes.
Inmaterial
-
10
Amortización
acumulada de las
licencias 5G
Orange debe corregir el valor de la
amortización acumulada correspondiente
al activo de licencias 5G, para el ejercicio
2019 y siguientes.
No
-
11
Reparto de los
ingresos asociados a
la conexión, el abono
y las promociones y
descuentos de abono
Orange debe repartir las tres cuentas
de ingresos citadas en base a criterios
tarifarios comerciales, en lugar de
minutos equivalentes. En caso de que no
se contara con la información suficiente
para efectuar este reparto, se deberá
efectuar en función del resto de ingresos
de los servicios, para el ejercicio 2019 y
siguientes.
No
calculado
-
12
Costes recogidos en
las clases de activos
de nodos
multitecnología
Orange debe realizar una revisión de
las clases de activo que recogen las
inversiones en nodos de acceso,
aplicando como criterio de reparto el
número de nodos existentes en red para
cada tecnología, para el ejercicio 2019 y
siguientes.
No
calculado
-
13
Vida útil empleada
para ciertos activos
Orange deberá corregir el cálculo de los
costes de amortización en el estándar de
corrientes para garantizar que las vidas
útiles aplicadas en el SCC se
corresponden a las aprobadas por la
Comisión en la resolución de 29 de enero
de 2009, para el ejercicio 2019 y
siguientes.
No
calculado
Inmaterial
-
14
Documentación que
acompaña al SCC
Orange deberá corregir los aspectos
identificados con relación al MICC y los
estudios técnicos que acompañan al
SCC, para el ejercicio 2019 y siguientes.
No
-
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REF.
TÍTULO DE LA
INCIDENCIA
CONCLUSIÓN DE LA CNMC
IMPACTO
EN EL
SCC
ESTÁNDAR
AFECTADO
15
Apertura de un
servicio de Internet of
Things
Orange no debe abrir el servicio IoT
para el ejercicio 2019, si bien debe
monitorizar su materialidad en los
siguientes ejercicios a a fin de poder
identificar el momento en que la apertura
del mismo pueda resultar necesaria.
No
-
CC: Costes corrientes. CH: Costes históricos.
V PUBLICIDAD DE LOS RESULTADOS
V.1 RESUMEN DE LAS INCIDENCIAS CUANTITATIVAMENTE
RELEVANTES
Del Informe de revisión emitido por la empresa Axon se deduce que los
resultados de la contabilidad de costes de Orange para el ejercicio 2018 cumplen
a nivel general con los principios y criterios aprobado por la Comisión, salvo las
incidencias descritas en el apartado IV. Esta conclusión se hace extensiva tanto
al SCC en sí mismo como al MICC, a los diferentes estudios técnicos y al resto
de la documentación de soporte que lo complementan.
En concreto, se han detectado y valorado las objeciones anteriormente descritas.
De seguirse las recomendaciones de Axon en cada una de las incidencias
detectadas, el margen de los servicios del SCC se vería modificado.
El impacto cuantitativo de las incidencias detectadas, cuando ha podido
calcularse, se presenta a continuación:
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Tabla 14 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de terminación (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 15 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, otros servicios de interconexión (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 16 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de roaming in (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 17 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de tráfico (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 18 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de mensajería y datos (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 19 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de roaming out (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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Tabla 20 Estimación del impacto de las incidencias, costes corrientes, servicios de otros (en euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
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VI IMPACTO DE LOS AJUSTES SOBRE EL MARGEN UNITARIO DE LOS
SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN DEL SCC
A continuación, se muestran las tablas de los márgenes unitarios del servicio de
interconexión tras la aplicación de los ajustes propuestos por Axon:
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Tabla 21 Ingresos, costes y márgenes unitarios de servicios mayoristas de interconexión relevantes del SCC,
estándar de costes corrientes (euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
VECO/DTSA/006/20/SCC 2018 ORANGE
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Tabla 22 Ingresos, costes y márgenes unitarios de servicios mayoristas de interconexión relevantes del SCC,
estándar de costes históricos (euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL]
VECO/DTSA/006/20/SCC
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VII MÁRGENES REVISADOS
El importe de los ingresos, costes y márgenes antes y después de la revisión
realizada por la CNMC queda de la siguiente forma:
Tabla 23 Ingresos, costes y márgenes corregidos por familia de
servicios, estándar de costes corrientes (Mill.€)
Tabla 24 Ingresos, costes y márgenes corregidos por familia de
servicios, estándar de costes históricos (Mill.€)
Costes Corrientes
SCC 2018 (Mill.€) Ingresos Costes Margen
%Margen
s/ingresos
Ingresos Costes Margen
%Margen
s/ingresos
SERVICIOS MAYORISTAS
Interconexión 419,7 377,1 42,6 10% 419,7 392,5 27,2 6%
Roaming in 95,9 66,0 29,9 31% 95,9 65,1 30,8 32%
Infraestructuras 159,3 159,3 0,0 0% 159,3 159,3 0,0 0%
Total Mayorista 674,9 602,4 72,5 11% 674,9 616,9 58,0 9%
SERVICIOS MINORISTAS
Tráfico 1.090,3 783,2 307,1 28% 1.090,3 778,1 312,2 29%
Mensajería 84,9 69,9 15,0 18% 84,9 70,1 14,8 17%
Banda ancha 1.734,7 1.745,8 -11,1 -1% 1.734,7 1.731,0 3,7 0%
Roaming out 69,1 92,2 -23,1 -33% 69,1 86,9 -17,8 -26%
Total Minorista 2.979,0 2.691,1 287,9 10% 2.979,0 2.666,0 313,0 11%
Servicios móviles 3.653,9 3.293,5 360,4 10% 3.653,9 3.282,9 371,0 10%
OTROS
Otros 1.931,9 2.277,7 -345,7 -18% 1.931,9 2.277,7 -345,7 -18%
No imputables al estándar 0,0 5,6 -5,6 0% 0,0 16,2 -16,2 0%
Total Otros 1.931,9 2.283,3 -351,4 -18% 1.931,9 2.293,9 -361,9 -19%
TOTAL SERVICIOS 5.585,9 5.576,8 9,1 0% 5.585,9 5.576,8 9,1 0%
Orange 2018 Presentado
Orange 2018 corregido
Costes Históricos
SCC 2018 (Mill.€) Ingresos Costes Margen
%Margen
s/ingresos
Ingresos Costes Margen
%Margen
s/ingresos
SERVICIOS MAYORISTAS
Interconexión 419,7 375,9 43,8 10% 419,7 394,4 25,3 6%
Roaming in 95,9 66,3 29,6 31% 95,9 66,0 29,9 31%
Infraestructuras 159,3 159,3 0,0 0% 159,3 159,3 0,0 0%
Total Mayorista 674,9 601,5 73,4 11% 674,9 619,7 55,2 8%
SERVICIOS MINORISTAS
Tráfico 1.090,3 779,9 310,4 28% 1.090,3 775,6 314,8 29%
Mensajería 84,9 69,9 15,0 18% 84,9 70,1 14,8 17%
Banda ancha 1.734,7 1.750,9 -16,2 -1% 1.734,7 1.742,1 -7,4 0%
Roaming out 69,1 92,2 -23,1 -33% 69,1 86,9 -17,8 -26%
Total Minorista 2.979,0 2.692,9 286,2 10% 2.979,0 2.674,7 304,4 10%
Servicios móviles 3.653,9 3.294,4 359,6 10% 3.653,9 3.294,4 359,6 10%
OTROS
Otros 1.931,9 2.277,7 -345,7 -18% 1.931,9 2.277,7 -345,7 -18%
No imputables al estándar 0,0 4,8 -4,8 0% 4,8 -4,8 0%
Total Otros 1.931,9 2.282,4 -350,5 -18% 1.931,9 2.282,4 -350,5 -18%
TOTAL SERVICIOS 5.585,9 5.576,8 9,1 0% 5.585,9 5.576,8 9,1 0%
Orange 2018 Presentado
Orange 2018 corregido
VECO/DTSA/006/20/SCC
2018 ORANGE
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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La cuantificación de las objeciones formuladas por el consultor de la CNMC, que
hace suyas esta Comisión (con las salvedades ya indicadas) y el consiguiente
recálculo de los ingresos y costes de las partidas afectadas, producen, las
siguientes correcciones de márgenes de los servicios de terminación para el
ejercicio 2018:
Tabla 25 Márgenes aprobados de los servicios de terminación en el
estándar de costes corrientes (euros)
Tabla 26 Márgenes aprobados de los servicios de terminación en el
estándar de costes históricos (euros)
Estándar costes corrientes (euros) Ingresos Costes Margen Ingresos Costes Ma rgen
Terminación Voz origen fijo grupo 4.305.146 2.284.604 2.020.542 4.305.146 2.164.052 2.141.094
Terminación Voz origen fijo no grupo 14.404.460 8.815.206 5.589.254 14.404.460 8.356.061 6.048.399
Terminación Voz origen móvil 73.948.605 43.875.633 30.072.971 73.948.605 41.390.838 32.557.767
Terminación Videotelefonía 39.241 1.482 37.759 39.241 1.630 37.611
Terminación SMS 27.764.086 3.174.827 24.589.259 27.764.086 3.049.241 24.714.845
Terminación MMS 600.921 132.896 468.025 600.921 133.304 467.617
Terminación internacional Voz y Videotelefonía 2.224.661 227.496 1.997.164 2.224.661 217.528 2.007.133
Terminación internacional SMS 1.006.273 70.393 935.880 1.006.273 68.114 938.159
Terminación internacional MMS 47.379 8.539 38.840 47.379 8.564 38.815
SCC 2018 Presentados
SCC 2018 Ajustados
Estándar costes históricos (euros) Ingresos Costes Margen Ingresos Costes Margen
Terminación Voz origen fijo grupo 4.305.146 2.234.408 2.070.738 4.305.146 2.125.445 2.179.701
Terminación Voz origen fijo no grupo 14.404.460 8.622.851 5.781.609 14.404.460 8.208.921 6.195.539
Terminación Voz origen móvil 73.948.605 42.880.756 31.067.849 73.948.605 40.620.732 33.327.873
Terminación Videotelefonía 39.241 1.482 37.759 39.241 1.633 37.608
Terminación SMS 27.764.086 3.152.399 24.611.687 27.764.086 3.030.794 24.733.292
Terminación MMS 600.921 128.299 472.621 600.921 128.725 472.195
Terminación internacional Voz y Videotelefonía 2.224.661 223.369 2.001.292 2.224.661 214.318 2.010.343
Terminación internacional SMS 1.006.273 69.980 936.293 1.006.273 67.773 938.500
Terminación internacional MMS 47.379 8.252 39.127 47.379 8.279 39.100
SCC 2018 Presentados
SCC 2018 Ajustados
VECO/DTSA/006/20/SCC
2018 ORANGE
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C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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Por todo cuanto antecede, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia,
RESUELVE
PRIMERO.- Declarar que la aplicación para el ejercicio 2018 del sistema de
contabilidad de costes utilizado por Orange Espagne, S.A.U., en general, es
conforme a los Principios, Criterios y Condiciones establecidos por la resolución
de esta Comisión de fecha 10 de junio de 2010, excepto en lo que se refiere a
los puntos reseñados en el apartado IV de la presente resolución.
SEGUNDO.- Requerir a Orange Espagne, S.A.U. para que presente los
resultados del ejercicio 2019, ajustados con las modificaciones expresamente
exigidas en el apartado IV de la presente resolución, para la verificación por parte
de esta Sala de los resultados de dicho periodo.
Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Telecomunicaciones y del
Sector Audiovisual y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la
misma pone fin a la vía administrativa y que pueden interponer contra ella
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
VECO/DTSA/006/20/SCC
2018 ORANGE
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ANEXO I GLOSARIO
CAADS: Centro de actividad asignable directamente a servicios.
CACR: Centro de actividad de componentes de red.
CANADS: Centro de actividad no asignable directamente a servicios.
CBA: Coste en base a actividades.
CC: Coste calculado; costes corrientes.
CH: Costes históricos.
CMT: Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
CNIE: Costes no imputables al estándar.
ET: Estudio técnico.
ICSC: Índice de Costes del Sector de la Construcción.
IPRI: Índice de Precios Industriales.
LTE: Long Term Evolution (asimilable a tecnología 4G).
MEA: Modern equivalent asset.
MICC: Manual interno de contabilidad de costes.
NAAP: No asignable a la actividad principal.
OMV: Operador móvil virtual.
R-in: Roaming in o Itinerancia de clientes extranjeros en la red propia.
R-out: Roaming out o Itinerancia de clientes propios en redes extranjeras.
SCC: Sistema de contabilidad de costes.
SCF: Servicio Cliente Final
SVA: Servicios de valor añadido.
TREI: Trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado.
WACC: Weighted average cost of capital.

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