Resolución VECO/DTSA/007/20 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 28-07-2020

Número de expedienteVECO/DTSA/007/20
Fecha28 Julio 2020
Actividad EconómicaTelecomunicaciones
VECO/DTSA/007/20/SCC 2018
CELLNEX
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA VERIFICACIÓN DE LOS
RESULTADOS DE LA CONTABILIDAD DE COSTES DE CELLNEX
TELECOM, S.A. REFERIDOS AL EJERCICIO 2018
VECO/DTSA/007/20/SCC 2018 CELLNEX
SALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA
Presidente
D. Ángel Torres Torres
Consejeros
D. Mariano Bacigalupo Saggese
D. Bernardo Lorenzo Almendros
D. Xabier Ormaetxea Garai
. Pilar Sánchez Núñez
Secretario de la Sala
D. Joaquim Hortalà i Vallvé, Secretario del Consejo
En Madrid, a 29 de julio de 2020
Visto el expediente relativo a la verificación (Cellnex) de los resultados de la
contabilidad de costes de Cellnex Telecom, S.A. referidos al ejercicio 2018 para
los estándares de costes históricos y corrientes, la SALA DE SUPERVISIÓN
REGULATORIA de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC) acuerda lo siguiente:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- Con fecha 1 de junio de 2006, el Consejo de la CMT aprobó la
Resolución sobre el formato y método contable a utilizar por Cellnex en el
sistema de contabilidad de costes.
SEGUNDO.- Con fecha 10 de junio de 2010, la CMT aprobó la resolución
sobre la actualización de los principios, criterios y condiciones para el
desarrollo del sistema de contabilidad de costes aprobados en la Resolución de
15 de julio de 1999.
TERCERO.- Con fecha 18 de diciembre de 2018, la Sala de Supervisión
Regulatoria de la CNMC aprobó la tasa de coste de capital a aplicar en la
contabilidad de costes de Cellnex del ejercicio 2018.
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CUARTO.- Con fecha de 26 de junio de 2019, la Sala de Supervisión
Regulatoria de la CNMC adoptó acuerdo sobre la verificación de los resultados
de la contabilidad de costes presentados por Cellnex Telecom referidos al
ejercicio 2017.
QUINTO.- Con fecha de 17 de julio de 2019 se concluyó el vigente análisis del
mercado de transmisión de señales de Televisión, identificando de nuevo a
Cellnex Telecom como operador con poder significativo e imponiéndole la
obligación de presentar el sistema de contabilidad de costes.
SEXTO.- El 30 de julio de 2019 tuvo entrada en el Registro de esta Comisión
oficio de Cellnex por el que presenta los resultados de la contabilidad de costes
del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018. Concretamente, se
presentaron los resultados de la contabilidad de costes del ejercicio 2018, junto
con el MICC, anexos y estudios técnicos contemplados por el SCC, el ejercicio
de categorización de centros emisores, así como unas notas para facilitar la
comprensión de las cuentas entregadas en ambos estándares.
SÉPTIMO.- Con fecha 15 de octubre de 2019, la CNMC adjudicó a la empresa
Axon Partners Group Consulting, S.L.U. (en adelante, Axon) el concurso
convocado para realizar la revisión externa de aspectos específicos de la
Contabilidad de Costes de Cellnex al ejercicio 2018.
OCTAVO.- Mediante escrito de la Directora de Telecomunicaciones y del
Sector Audiovisual de la CNMC de 14 de mayo de 2020, se comunicó a Cellnex
el inicio del presente procedimiento para la verificación de los resultados de la
contabilidad de costes del ejercicio 2018. Adjunto al citado escrito, se dio
traslado a Cellnex del informe de conclusiones sobre el sistema de contabilidad
de costes del ejercicio 2018 de Cellnex elaborado por Axon para que aquélla
efectuase las alegaciones que estimara oportunas, de conformidad con el
artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante,
LPACAP).
NOVENO.- Con fecha 19 de junio de 2020, tuvo entrada en el Registro de esta
Comisión un escrito de alegaciones de Cellnex al Informe de conclusiones de
Axon citado anteriormente.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC)
Tal como se establece en el artículo 70.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones (en adelante, LGTel), en las materias
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reguladas por esa Ley, la CNMC ejercerá, entre otras, las siguientes
funciones
1
:
“a) Definir y analizar los mercados de referencia relativos a redes y
servicios de comunicaciones electrónicas, entre los que se incluirán los
correspondientes mercados de referencia al por mayor y al por menor, y
el ámbito geográfico de los mismos, cuyas características pueden
justificar la imposición de obligaciones específicas, en los términos
establecidos en el artículo 13 de la presente Ley y su normativa de
desarrollo.
b) Identificar el operador u operadores que poseen un poder significativo
en el mercado cuando del análisis de los mercados de referencia se
constate que no se desarrollan en un entorno de competencia efectiva.
c) Establecer, cuando proceda, las obligaciones específicas que
correspondan a los operadores con poder significativo en mercados de
referencia, en los términos establecidos en el artículo 14 de la presente
Ley y su normativa de desarrollo.”
En concreto, el mencionado artículo 14 de la LGTel señala que esta Comisión
podrá imponer a los operadores que hayan sido declarados con poder
significativo en el mercado obligaciones en materia de control de precios, tales
como la orientación de los precios en función de los costes y la contabilidad de
costes, para evitar precios excesivos o la compresión de los precios en
detrimento de los usuarios finales.
Como se ha señalado en los Antecedentes de Hecho, en uso de la habilitación
competencial citada, la CNMC ha aprobado la definición del mercado mayorista
del servicio portador de difusión de la señal de televisión, el análisis de dicho
mercado, la designación de operadores con poder significativo en el mismo y la
imposición de obligaciones específicas, y acordó su notificación al ORECE.
Este mercado se ha concluido que no era realmente competitivo y se ha
identificado a Cellnex como operador con poder significativo en el mismo,
imponiéndose, entre otras, la obligación de ofrecer servicios de acceso a la red
nacional de Cellnex a precios razonables y la obligación de separación
contable. Para hacer efectivas estas obligaciones, en la Resolución de 17 de
julio de 2019 sobre el análisis del mencionado mercado, en la letra 1.b) del
Anexo 1 de la Resolución se estableció que:
A la hora de valorar la razonabilidad de los precios, la CNMC
determinará el sistema de contabilidad de costes que deberá aplicarse
precisando el formato y el método contable que se habrá de utilizar.
Asimismo, garantizará que Cellnex ponga a disposición del público la
1
También recogidas en el artículo 6, apartados 1, 2 y 3 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
Creación de la CNMC.
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descripción del sistema de contabilidad de costes empleado,
determinando a tal efecto la forma, fuentes y medios conforme al artículo
11 del Reglamento de Mercados.
En cuanto al modelo de costes, y en relación con los estándares de
costes históricos y corrientes, Cellnex estará obligada a lo establecido en
la Resolución de 1 de junio de 2006 sobre el formato y método contable
a utilizar por Cellnex en el sistema de contabilidad de costes y a la
Resolución de 14 de junio de 2007 sobre el sistema de contabilidad de
costes nacional de Cellnex
Y en la letra c) se estableció que:
Cellnex deberá separar sus cuentas en relación con las actividades de
acceso a los recursos específicos de su red. En particular, Cellnex
deberá cumplir con lo establecido en la última resolución de la CNMC
sobre verificación de los resultados de la contabilidad de costes y
sucesivas revisiones. El cumplimiento de esta obligación permitirá a esta
Comisión el control del cumplimiento de la obligación b) del presente
Anexo.
En tanto que operador integrado verticalmente, Cellnex deberá poner de
manifiesto:
- Los costes y márgenes de las diferentes actividades que realiza y, en
particular, asegurar que los relativos al acceso mayorista están
claramente identificados y separados de los costes de otros servicios.
- La información necesaria para que esta Comisión pueda verificar que
Cellnex no realiza prácticas prohibidas como las subvenciones cruzadas
entre los servicios de referencia y otros segmentos de la actividad de
Cellnex.
La CNMC determinará el formato y metodología en que Cellnex deberá
dar cumplimiento a estas obligaciones. En tanto la CNMC no determine
dichos aspectos, se deberán utilizar los establecidos en las
Resoluciones citadas en el apartado anterior.”
Por otro lado, de acuerdo con el apartado 7 del anexo de la resolución del 10
de junio de 2010, corresponde a esta Comisión realizar una declaración anual
sobre el cumplimiento de los criterios de costes que lleva a cabo la operadora,
proponiendo las modificaciones de obligado cumplimiento al sistema de costes
que considere oportunas.
La presente resolución se completa con los Anexos siguientes:
- Anexo 1: Impacto de las incidencias en servicios
- Anexo 2: Listado de términos específicos
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- Anexo 3: “Informe de revisión detallado del Sistema de Contabilidad de
Costes de Cellnex Telecom del ejercicio 2018 bajo los estándares de
históricos y corrientes
2
”.
Esta resolución es dictada por la Sala de Supervisión regulatoria, órgano
decisorio competente para ello dentro de la CNMC, de acuerdo con lo previsto
en los artículos 20.1 y 21.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio y los artículos 8.2.j)
RESULTADOS DE COSTES Y MÁRGENES APORTADOS POR
CELLNEX Y SEPARACIÓN DE CUENTAS
III.1 CARÁCTER MULTIESTÁNDAR DEL SISTEMA DE COSTES
La CMT, en la Resolución de 10 de junio de 2010 de actualización de los
principios, criterios y condiciones para el desarrollo del sistema de contabilidad
de costes, establece en el apartado de “Naturaleza del sistema de costes” que:
“El sistema de costes que habrá de proponer la operadora será de
naturaleza “multiestándar”, de forma que permita obtener para cada
período de contabilización los costes de los servicios de acuerdo con los
estándares de costes siguientes:
1. Costes históricos totalmente distribuidos: Este estándar de costes se
basa en la asignación de la totalidad de los costes de la contabilidad
financiera para la producción de los servicios, incorporando además
el “coste de retribución al capital propio”.
2. Costes corrientes totalmente distribuidos: Este estándar surge como
una transición desde el estándar de costes históricos totalmente
distribuidos hacia el de costes incrementales a largo plazo. Su
aplicación práctica consistirá en:
2.1. Sustituir el coste de la inversión en los activos existentes por el
coste revalorizado, recalculando sobre el nuevo valor de los activos los
costes de amortización y retribución al capital invertido.
2.2. Eliminar los costes no relacionados con la prestación de los
servicios de comunicaciones electrónicas.”
En consonancia con lo anterior, Cellnex ha presentado los estándares de
costes históricos y corrientes.
2
- Este informe incluye las modificaciones que se derivan del expediente de la CNMC R-
AJ/068/20 por el que se resuelve el recurso de alzada interpuesto por Cellnex contra la
declaración de confidencialidad de ciertos datos contenidos en el procedimiento de verificación
del sistema de contabilidad de costes del 2018.
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En la resolución de 29 de enero de 2009 sobre las vidas útiles a aplicar en la
contabilidad de costes se indica:
“La aprobación de unas vidas útiles distintas a las aplicadas en la
contabilidad externa conduce a una problemática para su aplicación en
el sistema de costes que se explica a continuación.
La revisión de vidas útiles para el estándar de costes corrientes implica
la necesidad de elaborar nuevos cálculos para hallar los
correspondientes costes derivados de la inversión, esto es:
- el coste de amortización (recuperación anualizada de la inversión).
- el coste de capital (recuperación del rendimiento del capital invertido).
Por otro lado, en algunas ocasiones también se generan diferencias en
estos costes como consecuencia de modificar el valor de los activos al
sustituir el coste de la inversión con el valor de reposición, según
indican los Principios de Contabilidad de Costes aprobados por esta
Comisión.
De acuerdo con los mencionados Principios, estas dos diferencias de
costes entre estándares deben ser recogidas en las correspondientes
cuentas de diferencias.”
En el sistema de contabilidad presentado por Cellnex en el ejercicio 2018, en
costes históricos se aplican a los elementos de inmovilizado las vidas útiles de
la contabilidad financiera y en costes corrientes se aplican las vidas útiles
aprobadas por la CNMC en la resolución de 6 de junio de 2019. Otra fuente de
diferencias entre estándares es la revalorización de activos realizada en el
estándar de corrientes según lo requerido en la resolución de 4 de noviembre
de 2010.
La siguiente tabla ilustra las diferencias presentadas en el Sistema de
Contabilidad de Costes entre los estándares de costes históricos y corrientes,
en relación a los costes de los activos, valores de la amortización y costes de
capital.
Tabla 1 Diferencias en los costes calculados para el ejercicio 2018
entre los estándares de costes históricos y corrientes
[INICIO CONFIDENCIAL]
Grupos de Inmovilizado3
Costes de capital
3
El grupo Edificación incluye elementos de caseta, cerramiento, acceso y parcela. El grupo
Infraestructura Eléctrica incluye equipos de acometida, cuadro, transformador, grupo y SAI. El
grupo Difusión TDT incluye equipos de la cadena multiplexora, del sistema radiante y del
sistema de gestión digital.
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(millones de euros)
Costes
corrientes
Diferencia
estándares
Costes
corrientes
Costes
históricos
Diferencia
estándares
Edificación
Torre
Climatización y seguridad
Infraestructura eléctrica
Difusión TDT
Edf. Corp. Infraestr. y energía
Corporativos de Red
Corporativos de Estructura
Elementos no regulados
TOTAL
[FIN CONFIDENCIAL]
Los gastos de naturaleza extraordinaria se siguen imputando en ambos
estándares a la cuenta de servicios agregada denominada 9504000000 /
9950000000 NAAPS (No Asignables a la Actividad Principal) / CNIE /
Extraordinario.
Para el estándar de corrientes, Cellnex debe tomar como referencia la
resolución de 6 de junio de 2019, sobre las vidas útiles a aplicar en el ejercicio
2018. Axon no ha detectado ninguna incidencia ni aspecto reseñable durante la
revisión de la aplicación de las vidas útiles en el estándar de costes corrientes.
Respecto del cálculo del coste del capital en el estándar de corrientes, Axon ha
verificado que Cellnex ha utilizado el valor correcto de la Tasa Anual de
Retorno (WACC) aprobada por esta Comisión en su Resolución de 18 de
diciembre de 2018 para aplicar en el Sistema de Contabilidad de Costes de
Cellnex para el ejercicio de 2018, del 7,02% (WACC antes de impuestos).
En la siguiente tabla se ilustra la diferencia entre los costes calculados del
ejercicio 2018 y 2017 bajo el estándar de corrientes por categoría de activo.
Tabla 2 Diferencia entre los costes calculados del ejercicio 2018 y 2017
bajo el estándar de costes corrientes
[INICIO CONFIDENCIAL]
Costes calculados
(millones de euros)
Corrientes 2018
Corrientes 2017
Diferencia costes
corrientes
Edificación
Torre
Climatización y seguridad
Infraestructura eléctrica
Difusión TDT
Edificio corporativo -
Infraestructura y energía
Corporativos de Red
Corporativos de Estructura
Elementos no regulados
TOTAL
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[FIN CONFIDENCIAL]
III.2 DESGLOSE DE LOS SERVICIOS
El desglose de los servicios del modelo de costes de Cellnex fue definido, en
primer lugar, en la resolución de 1 de junio de 2006 que tenía por objeto
“determinar el formato y método contable a utilizar por Abertis en el sistema de
contabilidad de costes que deberá aplicar”, y, posteriormente, en la resolución
de 14 de junio de 2007, que aprobó el sistema contable presentado por Abertis.
Sin embargo, como permitió la resolución de verificación del SCC de 2010 de
31 de marzo de 2011, la interconexión analógica desaparece del SCC en 2011
debido a que desde entonces únicamente se presta TDT como tecnología de
difusión terrestre.
A continuación, se recoge el listado de los servicios mayoristas que ha
presentado Cellnex, concretando de este modo los servicios objeto de
desagregación. Cabe destacar que para cada servicio se calcula un coste e
ingreso diferente según el tipo de centro en el que se preste el servicio. Los
servicios no minoristas no están desglosados y se incluyen dentro del epígrafe
de servicios no regulados.
Tabla 3 Desglose de los servicios
Servicios
Descripción
Número de
categorías de
centros
definidos
SERVICIOS DE COUBICACIÓN
Coubicación en
caseta
Uso de espacio físico en el interior de alguno de los
distintos emplazamientos de la red de Cellnex.
14
Coubicación en
torre
Uso del espacio en torres de los centros de Cellnex de un
equipo emisor. La ubicación puede ser en el tercio alto,
medio o bajo de la torre.
14
Acceso al
punto de
energía (APE)
básico
Es la parte bàsica del servicio de APE formada por
Acometida, Cuadro y Transformador y que proporciona
energía no asegurada.
13
Grupo Fijo
Parte tarificada de forma fija del servicio de APE con
Grupo, presente tan sólo en los emplazamientos más
importantes de la red y que proporciona energía
asegurada. Se acompaña del servicio SAI.
13
Grupo
Variable
Parte tarificada de forma variable del servicio de APE con
Grupo sólo en los emplazamientos más importantes de la
red y que proporciona energía asegurada. Se acompaña
del servicio de uso de SAI.
13
SAI Fijo
Parte tarificada de forma fija del servicio de APE con SAI,
presente tan sólo en los emplazamientos más importantes
de la red y que proporciona energía asegurada. Siempre va
acompañado del servicio de uso de Grupo.
13
SAI Variable
Parte tarificada de forma variable del servicio de APE con
SAI, presente tan sólo en los emplazamientos más
importantes de la red y que proporciona energía
13
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Servicios
Descripción
Número de
categorías de
centros
definidos
asegurada. Siempre va acompañado del servicio de uso de
Grupo.
SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN DIGITAL
Compartición
Sistema
Radiante
Servicio del sistema radiante para la ICX Digital en un
centro.
12
Compartición
Cadena
Multiplexora
Servicio de la cadena multiplexora para la ICX Digital en un
centro.
12
OTROS SERVICIOS SERVICIOS NO REGULADOS
Costes de
servicios no
asignables a la
actividad
principal
Agrupa los costes por servicios no asignables a la actividad
principal (NAAP).
En el estándar a corrientes los costes se reflejan a la
cuenta CNIE Costes no imputables al estándar.
-
III.3 RESULTADOS DE LA VALORACIÓN DE LA PLANTA A COSTES
CORRIENTES
Desde la resolución de 26 de junio de 2013 de revisión de costes del ejercicio
2011, los elementos de infraestructura se revalorizan a corrientes en su
mayoría mediante la aplicación de números índice, con la excepción de la
Caseta-Torre del centro de Torrespaña.
Axon ha revisado la revalorización realizada por Cellnex y ha analizado cada
una de las valoraciones a corrientes durante las reuniones de trabajo,
revisando la metodología aplica y los valores de entrada.
En el informe de conclusiones sobre el SCC del ejercicio 2018 de Cellnex
elaborado por Axon pueden consultarse los métodos de revalorización
empleados por Cellnex, la trazabilidad de los cálculos realizados y los valores
resultantes de la revalorización.
En la tabla siguiente se refleja el porcentaje de activos que han sido
revalorizados por cada uno de los métodos de revalorización:
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Tabla 4 Porcentajes de revalorización por método
[INICIO CONFIDENCIAL]
Método de Revalorización
% del Total de Activos
Históricos
NAAP e Inmovilizado en curso
Resto
Valoración Absoluta
Indexación
Activo Moderno equivalente (MEA)
Total
[FIN CONFIDENCIAL]
La siguiente tabla muestra el impacto de la revalorización en el valor bruto de
los activos para cada uno de los métodos de revalorización empleados:
Tabla 5 Valores brutos revalorizados totales por método (MM euros)
[INICIO CONFIDENCIAL]
Método de
Revalorización
Elemento de
inmovilizado
Valor bruto
Valor bruto
revalorizado
% Variación
bruto
Diferencia
Valorización
absoluta
Energía
Difusión TDT
Indexación
IPRI + IPC
Infraestructura
IPRI + IPC
ç no regulados
Índice de
construcción
Parcela
Históricos
Total
[FIN CONFIDENCIAL]
Durante la revisión no se han encontrado incidencias relevantes respecto del
proceso de revalorización.
III.4 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS PRESENTADOS POR CELLNEX
PARA EL EJERCICIO 2018 RESPECTO DE LOS RESULTADOS DEL
EJERCICIO ANTERIOR.
En las tablas siguientes se muestran los ingresos, costes y rgenes
obtenidos por Cellnex para los servicios indicados en el ejercicio 2018 respecto
a los obtenidos en el ejercicio 2017
4
.
4
De acuerdo con los márgenes corregidos en la resolución de verificación del ejercicio 2017.
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Tabla 6 Cuentas de márgenes en costes históricos
Servicios
Históricos 2018
Históricos 2017
Millones de euros
Ingreso
Coste
Margen
Ingreso
Coste
Margen
SERVICIOS DE COUBICACIÓN
Caseta
0,01
16,15
-16,15
0,01
16,24
-16,23
Torre
0,01
10,67
-10,66
0,02
10,57
-10,54
APEF
0,00
3,40
-3,40
0,00
3,37
-3,37
APEV
0,01
18,94
-18,93
0,02
18,59
-18,57
Total Servicios Coubicación
0,03
49,17
-49,14
0,06
48,77
-48,71
SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN
Compartición SR
0,00
9,13
-9,12
0,00
9,20
-9,20
Compartición CMUX
0,00
4,87
-4,87
0,00
5,20
-5,20
Total Servicios Interconexión
0,00
14,00
-13,99
0,00
14,40
-14,40
OTROS
Servicios no regulados
278,19
129,14
72,17
272,00
137,20
134,80
Otros Servicios
9,74
76,88
9,74
10,26
36,82
-26,56
Total Servicios no Regulados
287,93
206,02
81,91
282,26
174,02
108,24
TOTAL
287,96
269,18
18,78
282,32
237,19
45,14
Tabla 7 Cuentas de márgenes en costes corrientes
Servicios
Corrientes 2018
Corrientes 2017
Millones de euros
Ingreso
Coste
Margen
Ingreso
Coste
Margen
SERVICIOS DE COUBICACIÓN
Caseta
0,01
19,34
-19,34
0,01
14,97
-14,95
Torre
0,01
13,52
-13,51
0,02
13,21
-13,19
APEF
0,00
3,22
-3,21
0,00
3,11
-3,11
APEV
0,01
21,37
-21,36
0,02
19,18
-19,16
Total Servicios Coubicación
0,03
57,45
-57,42
0,06
50,47
-50,41
SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN
Compartición SR
0,00
11,32
-11,31
0,00
11,40
-11,40
Compartición CMUX
0,00
3,27
-3,27
0,00
3,25
-3,25
Total Servicios Interconexión
0,00
14,59
-14,59
0,00
14,66
-14,65
OTROS
Servicios no regulados
278,19
128,36
72,86
272,00
136,75
135,25
Otros Servicios
9,74
76,97
9,74
10,26
43,30
-33,04
Total Servicios no Regulados
287,93
205,33
82,60
282,26
180,05
102,21
TOTAL
287,96
277,37
10,59
282,32
245,18
37,15
Según se observa en la tabla anterior, los ingresos presentan una tendencia
creciente a lo largo del período analizado. Para el ejercicio 2018, Cellnex
contabilizó unos ingresos totales, sin considerar “Otros Servicios”, por 278,2
millones de euros frente a los 272,0 en el ejercicio 2017, lo que supone un
aumento del 2,3%. El aumento de los ingresos totales viene motivado por el
aumento de los ingresos procedentes de los servicios no regulados, los cuales
representan casi la totalidad de los ingresos tanto en el ejercicio 2017 como en
el 2018.
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Los costes totales tanto en históricos como en corrientes, sin considerar el
Otros Servicios”, sin embargo, presentan una senda descendente alimentada
por la evolución de los servicios no regulados.
Antes de pasar al siguiente apartado cabe aclarar que los costes presentados
del 2018 en las tablas anteriores incluyen los costes por sobrecapacidad. Los
costes de sobrecapacidad son considerados exclusivamente dentro de los
costes corrientes y únicamente son relativos a los servicios de coubicación. Los
costes de sobrecapacidad son extraídos de los costes de los servicios técnicos
(servicios calculados en el SCC) en el cálculo de los servicios ofertados
(servicios que se incluyen en la oferta mayorista regulada de Cellnex).
La siguiente tabla muestra la desagregación de los servicios técnicos en
servicios ofertados y sobrecapacidad en los estándares de costes corrientes e
históricos.
Tabla 8 Relación de costes Servicios Técnicos Servicios Ofertados
en el estándar de costes corrientes e históricos
[INICIO CONFIDENCIAL]
Servicios Técnicos
MM de EUR
Servicios Ofertados
MM de EUR
Costes
corrientes
Costes
históricos
Costes
corrientes
Costes
históricos
Servicios de coubicación
Caseta
Caseta
Sobrecapacidad en caseta
Torre
Torre tercio superior
Torre tercio medio
Torre tercio inferior
Sobrecapacidad en torre
APEB
APEV
Grupo Variable
Sobrecapacidad en APEV
SAI - Variable
Grupo Fijo
APEF
SAI - Fijo
Sobrecapacidad en APEF
Compartición SR
Compartición SR
Compartición CMUX
Compartición CMUX
TOTAL
[FIN CONFIDENCIAL]
III.4.1 SERVICIOS DE COUBICACIÓN
A continuación, presentamos la visión general de los resultados para cada una
de las cuatro categorías de “Servicios de Coubicación”. Para mayor nivel de
detalle y desglose numérico puede consultarse el capítulo 3 del informe de
conclusiones de Axon sobre el SCC de Cellnex que se aporta como anexo a
esta resolución. Los valores comparados, a no ser que se especifique lo
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contrario, se corresponden con los recogidos en el estándar de costes
corrientes y excluyen la sobrecapacidad.
El segmento de actividad caseta en relación con los servicios mayoristas
regulados representa un [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]
de los costes totales.
Los costes corrientes muestran una tendencia creciente. Esto se debe a una
disminución de los costes asociados a la sobrecapacidad en caseta, los cuales
pasan a ser contabilizados dentro del servicio de caseta. A este respecto, el
ajuste realizado en el cálculo de la sobrecapacidad al considerar únicamente
los activos anteriores a 2010 (ver sección 3.3) y un incremento del espacio
empleado en caseta han supuesto una reducción de los costes de
sobrecapacidad y, por lo tanto, un aumento de los costes del segmento de
caseta.
[CONFIDENCIAL]
Ilustración 1 Evolución costes Caseta
El segmento torre, en relación con los servicios mayoristas regulados
representa un [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] de los
costes totales bajo el estándar de corrientes.
Como se puede observar en la siguiente ilustración, los costes de los servicios
de este segmento muestran una ligera tendencia creciente a lo largo del
período 2017-2018. Esta subida se debe principalmente a menores costes
asociados a la sobrecapacidad debido tanto al ajuste realizado en el cálculo de
la sobrecapacidad al considerar únicamente los activos anteriores a 2010 como
a un mayor grado de ocupación en las torres.
[CONFIDENCIAL]
Ilustración 2 Evolución costes Torres
En relación con los servicios mayoristas regulados, el servicio de Acceso al
Punto de Energía Fijo (APEF) representa un [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] de los costes en corrientes.
Los costes de este segmento han experimentado una ligera subida en el
ejercicio 2018. Esta subida se debe a la sobrecapacidad, que ha visto
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reducidos sus costes como resultado del ajuste aplicado en el cálculo de la
sobrecapacidad al considerar únicamente los activos anteriores a 2010 y al
plan de eficiencia en el dimensionamiento energético implementado por
Cellnex. Según ha manifestado Cellnex, este plan de eficiencia energética tiene
como objetivo reducir la brecha existente entre potencia consumida y
contratada en sus centros.
[CONFIDENCIAL]
Ilustración 3 Evolución costes APEF
.
El segmento de actividad APEV, en relación con los servicios mayoristas
regulados, representa un [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL]
de los costes.
Este segmento registra un aumento destacable en el estándar de corrientes
con respecto al ejercicio anterior. Esta subida se debe principalmente a la
sobrecapacidad, que ha visto reducidos sus costes como resultado de
considerar únicamente en su cálculo los activos anteriores a 2010, y al plan de
eficiencia en el dimensionamiento energético llevado a cabo por Cellnex.
[CONFIDENCIAL]
Ilustración 4 Evolución costes APEV
III.4.2 SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN
Los servicios de interconexión se dividen en dos segmentos, el de compartición
del sistema radiante y el de compartición de la cadena multiplexora (CMUX).
En relación con los servicios mayoristas regulados, el segmento de
compartición del sistema radiante supone un [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] de los costes totales en corrientes.
Este segmento presenta una ligera disminución de costes en el ejercicio 2018
respecto del anterior. La reducción se debe principalmente a la amortización
completa de las antenas para una serie de centros en el ejercicio 2018
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[CONFIDENCIAL]
Ilustración 5 Evolución costes SR
En relación con los servicios mayoristas regulados, el segmento de
compartición de la cadena multiplexora representa un [INICIO
CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] de los costes en el estándar de
corrientes.
Mientras que los costes en históricos registran una notable disminución del en
el período 2017-2018, debido a un mayor grado de amortización de ciertos
equipos (multiplexores, transmisores y filtros, principalmente), los costes
corrientes no se han visto tan afectados por esta reducción debido a que la
revalorización de estos equipos ha permanecido relativamente estable entre
ejercicios.
[CONFIDENCIAL]
Ilustración 6 Evolución costes CMUX
III.4.3 OTROS SERVICIOS
A continuación, se considera oportuno presentar la visión general de los
servicios no regulados.
Los servicios no regulados representan el [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] de los ingresos totales, habiendo registrado una subida del
[INICIO CONFIDENCIAL] [FIN CONFIDENCIAL] respecto el año anterior. La
subida de los ingresos asociados a los servicios no regulados viene generada
principalmente por los servicios intergrupo.
Los servicios no regulados representan el [INICIO CONFIDENCIAL] [FIN
CONFIDENCIAL] de los costes totales en corrientes. Estos costes han
registrado en el ejercicio 2018 una disminución del [INICIO CONFIDENCIAL]
[FIN CONFIDENCIAL] con respecto el ejercicio 2017. Esta reducción viene
motivada por un descenso en los costes de amortización, específicamente de
aquellos equipos técnicos de radiodifusión TDT (como transmisores,
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reemisores, multiplexores) que fueron adquiridos en el período 2007-2008 (con
motivo del fuerte despliegue de equipos TDT previo al ‘apagón analógico’) y
que, al tener una vida útil de 10 años, ya no generan coste al encontrarse
completamente amortizados.
INFORMES DE REVISIÓN
IV.1 OBSERVACIONES DE LA REVISIÓN ENCARGADA POR LA CNMC
Axon ha realizado por encargo de la CNMC la verificación de la correcta
adaptación del SCC de Cellnex correspondiente al ejercicio 2018 a los
Principios y Criterios aprobados en la resolución de 10 de junio de 2010
(actualización de los aprobados mediante Resolución de 15 de julio de 1999) y
a otras resoluciones relevantes al SCC de Cellnex.
En el informe emitido por la consultora sobre los resultados del Sistema de
Contabilidad de Costes de Cellnex para el ejercicio 2018, Axon concluye que el
sistema de contabilidad de costes desarrollado por Cellnex cumple “a nivel
general salvando las incidencias descritas más adelante con los principios y
criterios aprobados por la Comisión. Esta conclusión se hace extensiva tanto al
SCC en sí mismo como al Manual Interno de Contabilidad de Costes (en
adelante, “el MICC”), a los diferentes estudios técnicos y al resto de
documentación de soporte que lo completan.”
El criterio de la CNMC ha sido el habitual en estos procedimientos. Para
aquellas incidencias que o bien suponen un impacto inmaterial o bien no se
han podido cuantificar y que se presumen con un impacto no relevante, requerir
su aplicación en ejercicios posteriores. En cambio, para las que se pueden
cuantificar se requiere la aplicación en el propio ejercicio sometido a revisión.
IV.2 REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES
SOLICITADAS EN LA VERIFICACIÓN DEL SCC DEL EJERCICIO
ANTERIOR.
Se enumeran a continuación los cambios introducidos en el SCC de Cellnex en
cumplimiento de los requerimientos realizados por esta Comisión en la
Resolución del 26 de junio de 2019, sobre la verificación de los resultados de la
contabilidad de costes de Cellnex Telecom S.A. del ejercicio 2017
(VECO/DTSA/011/18/SCC 2017 CELLNEX).
Tabla 9 Revisión del cumplimiento de las modificaciones del SCC de
2017 requeridas por la CNMC en opinión de Axon
Ref.
TÍTULO
Conclusión de
Axon
1
Mejora de la metodología de cálculo de la sobrecapacidad en energía
2
Mejora de la metodología de cálculo de la sobrecapacidad en torre
Parcialmente
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Ref.
TÍTULO
Conclusión de
Axon
3
Error en la revalorización del activo parcela-obra civil
4
Error e n el traslado de algunos valores del índice de la Encuesta Anual
del Coste Laboral (EACL)
IV.2.1 MODIFICACIONES REQUERIDAS POR LA CNMC EN EL EJERCICIO
2017 NO IMPLEMENTADAS POR CELLNEX O CUYA
IMPLEMENTACIÓN ES CUESTIONADA POR EL CONSULTOR DE LA
CNMC
A continuación, se expresan los motivos por los cuales Axon considera que
Cellnex ha realizado un cumplimiento parcial del requerimiento 2 de la
resolución de 26 de junio de 2019, de verificación de los resultados del SCC del
ejercicio 2017.
1. Mejora de la metodología de cálculo de la sobrecapacidad en torre
Cellnex ha estimado la sobrecapacidad en torre de la siguiente manera:
- Cuando la cota máxima del sistema radiante
5
está situada en el tercio
superior de la torre: Mínimo entre la disponibilidad inicial (espacio libre
de la torre en tercio superior, ver imagen inferior) y la diferencia entre la
altura de la torre y la cota máxima del sistema radiante.
Ilustración 7 Sobrecapacidad en torre considerada por Cellnex (cota
xima por encima del tercio superior)
5
Parámetro que indica la altura mínima indispensable a la que tiene que situarse el sistema
radiante para poder ofrecer servicios de difusión TDT a una población particular bajo las
condiciones de cobertura y calidad requeridas.
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- Cuando la cota máxima del sistema radiante está situada por debajo del
tercio superior de la torre: Altura del tercio alto, independientemente de
la existencia de disponibilidad o no (ver imagen inferior).
Ilustración 8 Sobrecapacidad en torre considerada por Cellnex (cota
máxima por debajo del tercio superior)
Axon considera que para el caso 2 (Cota máxima por debajo del tercio
superior), Cellnex no ha aplicado la descripción definida por la CNMC en su
Resolución al no considerar la disponibilidad inicial del tercio superior. Según
Axon, el cálculo la sobrecapacidad en estos casos debería ser igual a la
disponibilidad inicial.
El consultor alerta que este ajuste debería de realizarse conjuntamente con
otra recomendación relevante relativa a considerar la existencia de
sobrecapacidad en los tercios medio e inferior.
Respuesta 1: Para 2018 y siguientes, Cellnex debe ajustar el cálculo de la
sobrecapacidad en torre, limitándolo siempre a la disponibilidad inicial de la
misma.
IV.2.2 OTROS ASPECTOS DETECTADOS EN LA REVISIÓN DEL SCC DEL
EJERCICIO 2018
2. Cálculo de costes unitarios de los servicios “APEF” y “APEV”
El SCR de Cellnex distingue entre Servicios Técnicos (servicios prestados
desde un punto de vista de red) y Servicios Ofertados (servicios finales
ofertados al cliente), atribuyendo costes en la última etapa del SCR desde los
primeros a estos últimos.
Para el cálculo de los costes unitarios (CU) de los Servicios Ofertados de
energía ‘APEF’ y ‘APEV’, Cellnex suma los CU de los Servicios Técnicos
equivalentes, como se puede observar en las siguientes fórmulas:
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De esta manera, Cellnex está sumando costes unitarios que pueden tener
diferente base, es decir, el número de equipos o KW conectados puede ser
distinto entre Grupo Electrógeno (GE), Sistema de Alimentación Ininterrumpida
(SAI) y Acceso al Punto de Energía Básico (APEB).
En este sentido, se ha observado que existen ciertos centros donde el nº de
equipos o KW de potencia conectados es diferente entre APEB, Grupo y SAI.
Es decir, los volúmenes no son uniformes.
Esto provocaría una inconsistencia en el cálculo de los costes unitarios, ya que
no sería correcto sumar costes unitarios que presentan diferentes bases.
Axon consideraría razonable que Cellnex distinguiese los costes unitarios de
estos servicios ofertados entre los servicios técnicos que lo componen. Es
decir, dividir el servicio “APEF” en “APEF – Grupo” y “APEF SAI”, y el servicio
“APEV” en “APEV – APEB”, “APEV – Grupo” y “APEV – SAI”.
Sin embargo, Cellnex ha manifestado que la apertura de servicios supondría un
gran esfuerzo y carga de trabajo. Por lo anterior y con el fin de reducir la
cantidad de trabajo necesaria por parte del operador, se podría considerar que
Cellnex proporcionase esta estimación a partir de un análisis adicional como un
estudio técnico específico.
Alegaciones de Cellnex
Para evitar complejidad innecesaria, Cellnex propone en el cálculo del “APEF”
tener en cuenta la misma base de cálculo, tal y como se indica a continuación:
donde,
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De forma análoga, para el cálculo del “APEV” propone obtener por un lado el
coste (€/Kwh) de conexión al punto de energía básico o no asegurado (APEB)
y, por otro lado, el coste (€/Kwh) de acceso al punto de energía asegurado,
pero considerando para este componente la misma base de cálculo. Es decir:
donde,
Respuesta de esta Sala
La propuesta de Cellnex no es aceptable ni para APEF ni APEV ya que su
nueva aproximación, al igual que la que venía aplicando, al considerar una
única referencia para GE y SAI significaría sobreestimar o infravalorar los
costes unitarios en función de número real de equipos y/o kW conectados en
cada tipo de centro.
Respuesta 2: Para el ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe estimar en un
estudio técnico específico los costes unitarios de los servicios “APEF” y
“APEV” distinguiendo entre los diferentes subservicios que lo componen.
3. Clasificación general de centros por coubicación
Cellnex evalúa cinco características de cada centro para determinar su
tipología. Si las características principales de un centro son de una tipología
distinta a la del ejercicio anterior (caso 1), entonces Cellnex realiza un cálculo
adicional denominado ‘Teoría de Colas’. Si un centro presenta características
destacadas propias de más de una tipología (caso 2), Cellnex lo clasifica según
la tipología definida en el ejercicio anterior.
Con respecto al caso 1, Axon considera que los centros afectados deberían ser
clasificados conforme la tipología resultante en cada ejercicio. Con respecto al
caso 2, Axon recomienda que, en caso de duda de tipología de un centro,
Cellnex aplique una metodología objetiva y metódica para clasificar estos
casos, como por ejemplo la “Teoría de Colas”.
No es posible el cálculo del impacto de esta incidencia en este ejercicio.
Alegaciones de Cellnex
Cellnex alega que la aplicación de la propuesta de Axon terminaría con la
estabilidad del SCC de Cellnex, generando gran número de cambios en la
clasificación de los centros (superior a las estimaciones incluidas en el
informe), que implicaría relevantes variaciones en todas las fases del modelo y
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en los drivers de asignación de costes, y todo ello sin una cuantificación del
impacto en costes unitarios.
Esta modificación tendría impacto directo sobre los servicios mayoristas
regulados, sin poder argumentar una causa objetiva de cambios en las
condiciones de prestación del servicio que lo justifiquen.
Con respecto a las modificaciones propuestas:
a) Uso de la Teoría de Colas para categorizar aquellos centros con una
tipología destacada y distinta a la del ejercicio anterior
En los casos en los que el Clasificador sugiere una tipología destacada
diferente a la del ejercicio anterior, sin que a priori se hayan producido cambios
en las características físicas del centro que justifiquen dicho cambio, se lleva a
cabo un análisis pormenorizado de las características del centro mediante la
Teoría de Colas, de modo que la tipología efectivamente asignada se ajuste
más a las condiciones globales del centro. Así pues, se realiza un estudio
cuantitativo más detallado en el que se valora la dispersión de la puntuación
(análisis de las colas) de cada uno de estos centros, de modo que no sólo se
evalúa para cada uno de los emplazamientos cuál es la tipología que tiene más
puntuación, sino también cómo se puntúan el resto de tipologías.
Cellnex también argumenta que la estimación de cambios realizada por Axon
minusvalora el impacto de los cambios al tratarlos de manera global. Las
estimaciones de impacto en los cambios del clasificador de tipologías deben
realizarse de manera individualizada, reflejando cada uno de los cambios que
se van a generar. En este sentido, cabe destacar que la propuesta de Axon de
clasificar los centros, que actualmente se analizan según la teoría de colas
directamente, según el resultado del clasificador general supondría que el
98.7% de los centros especiales cambiarían su tipología asignada.
b) Aplicación de la tipología del ejercicio anterior para categorizar aquellos
centros con más de una tipología destacada
En atención al principio de consistencia, Cellnex considera que en estos casos
no está justificado modificar el criterio de clasificación objetivo definido, por otro
que, si bien también es cuantificable, altera la metodología y la clasificación sin
a priori la necesaria variación en los servicios mayoristas prestados.
En este sentido, según Cellnex, la propuesta de Axon de clasificar los centros
con más de una tipología destacada mediante la teoría de colas supondría que
el 64,8% de los centros con más de una tipología destacada cambiarían su
tipología asignada sin haberse producido ninguna variación efectiva real en los
mismos.
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Asimismo, Cellnex destaca que en el caso que haya más de una opción de
clasificación destacada la asignación de cualquiera de ellas es perfectamente
válida y, por tanto, la clasificación aplicada por según el Clasificador actual es
perfectamente válida.
Por último, Cellnex desea que se tenga en consideración el hecho de cambiar
los criterios de clasificación, y por tanto las tipologías de los centros, afecta a
buena parte de las fuentes, drivers de reparto y asignaciones en las distintas
fases del modelo por lo que su implementación requiere de un gran esfuerzo y
dedicación, lo que no se considera proporcionado atendiendo al marco actual.
Respuesta de esta Sala
Cellnex antepone la consistencia entre ejercicios a la aplicación de
modificaciones a la metodología para hacerla más robusta y causal. No
obstante, en un contexto en que los precios mayoristas son dependientes dela
clasificación de los centros por tipología, esta Sala considera adecuado que
Cellnex presente un estudio técnico en el que se muestre de forma precisa las
implicaciones de implementar la actualización del método de clasificación de
centros y, así, poder ponderar adecuadamente en próximos ejercicios la
importancia de la estabilidad y consistencia que prioriza Cellnex y el criterio de
representatividad causal que señala el consultor.
Para ello, en el resuelve de esta resolución, esta Sala instará a la DTSA que
requiera dicho estudio técnico a Cellnex.
Respuesta 3: Cellnex deberá atender al requerimiento de elaborar un estudio
técnico sobre las implicaciones del cambio de método de la clasificación de
centros.
4. Cálculo de intervalos en la teoría de colas en la clasificación de
centros por tipo de coubicación
El método de ‘Teoría de Colas’ se basa en considerar que la clasificación de
los centros podría definirse a partir de una aproximación lineal, comportándose
como una línea recta en la cual son definidos una serie de intervalos,
asociados unívocamente cada uno de ellos a una tipología de centro general.
Teniendo en cuenta lo anterior, se atribuye a cada intervalo un valor de
referencia de lo que representaría la contabilización de un centro bajo cada
tipología, el cual es utilizado posteriormente para realizar el cálculo del valor de
cola como una media ponderada entre el número de apariciones por tipología y
los siguientes valores representativos:
[CONFIDENCIAL]
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Tabla 10 Valor de referencia por tipología aplicado en la Teoría de
Colas
Tipología de
centro general
Valor
representativo
Intervalo
D
C
B
A
S
Esta media ponderada se emplea para determinar la tipología general del
centro, teniendo en cuenta el intervalo final en el que se encuentra y su
tipología asociada (ver tabla anterior).
Axon considera que el valor representativo más adecuado es el punto medio
del intervalo como valor de referencia para calcular la media ponderada, a
diferencia del criterio de Cellnex que utiliza el valor superior del intervalo.
Al igual que en la incidencia anterior, Cellnex ha manifestado que ajustar la
clasificación de los centros supondría un gran esfuerzo y carga de trabajo. Por
lo que es razonable que esta mejora se incorpore a partir del SCC de 2020.
No es posible el cálculo del impacto de esta incidencia en este ejercicio.
Alegaciones de Cellnex
Cellnex poner de manifiesto que la aplicación directa de la Teoría de Colas, con
los valores representativos recomendados en el informe de Axon, supondría
que ningún centro podría obtener la clasificación S.
Para poder realizar una aproximación lineal decreciente atendiendo a la
importancia de cada tipología, Cellnex propone mejorar el procedimiento actual
de la teoría de colas distribuyendo los intervalos asignables a cada tipología, de
manera equitativa, según el rango de puntuaciones que se puedan obtener
atendiendo a los ponderadores definidos.
Cellnex también señala que, en el caso que la CNMC decida aplicar alguno de
los cambios propuestos por AXON en relación con el Clasificador de tipologías
es importante destacar que éstas se aplican en muchos de los drivers y de las
fases del modelo y que, por tanto, su modificación requiere de un periodo
amplio para su implementación.
Respuesta de esta Sala
Esta incidencia se limita a una modificación en el cálculo que mejora el
alineamiento entre los intervalos y los valores representativos empleados para
determinar la media ponderada, que pretende evitar el actual sesgo hacia
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tipologías superiores existente en el cálculo actual. La propuesta de Cellnex es
una nueva aproximación para el cálculo de los intervalos en la Teoría de Colas,
que en vez de definir unos intervalos genéricos y fijos en base 100, lo hacen
definiendo la base en función de la distribución de todos los tipos de centros
especiales.
Para un mejor análisis de la implicación práctica de ambos enfoques, esta Sala
considera que este punto se añada al estudio técnico que se requerirá en virtud
de lo decidido en la incidencia anterior.
Respuesta 4: Cellnex deberá atender al requerimiento de estudio técnico sobre
el método de clasificación de centros, analizando el impacto de ambas
propuestas de cálculo de intervalos.
5. Datos asociados a los centros y a las características de torres no
actualizados
Durante la revisión de la de información de centros, se han identificado una
serie de centros para los que ciertos datos de entrada no se encontraban
actualizados:
- Tres centros que no son propiedad de Cellnex y se consideraron como
centros regulados para el cálculo del SCC 2018.
- Datos de altura y cota máxima de torre desactualizados.
Sobre el segundo punto, se trata de 11 centros y dado que esos parámetros se
emplean en el cálculo de los costes de sobrecapacidad en torre, tienen un
impacto en los costes de ambos estándares de costes. y su detalle se muestra
en el apartado 8 del informe de revisión de Axon y en Anexo I de esta
resolución.
Respuesta 5: Para el ejercicio 2018, Cellnex debe actualizar las alturas y cotas
máximas conforme a las tablas anteriormente presentadas. Además, para
ejercicios futuros, Cellnex debe actualizar los datos de los centros y las
características de sus torres.
6. Consideración del espacio ocupado por los racks outdoor en el
cálculo de la sobrecapacidad
En el cálculo de la sobrecapacidad en caseta, Cellnex realiza una serie de
ajustes sobre la superficie libre de la que se dispone en el interior de la caseta,
restando aquellos espacios que considera que no deberían ser aplicables para
su estimación. Entre estos ajustes, se encuentra el relativo al espacio ocupado
por los racks outdoor.
Cellnex ha explicado que estos fueron instalados en el exterior de la caseta ya
que, en el momento de su colocación, el centro no disponía de espacio libre
suficiente para ello en el interior. Sin embargo, esos racks deberían estar en el
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interior y se tiene planificada su inclusión dentro de la caseta de manera
gradual.
Axon considera que no es razonable ajustar la superficie libre con el área
ocupada por estos racks exteriores para realizar el cálculo de la
sobrecapacidad.
Alegaciones de Cellnex
Cellnex alega que en algunas ocasiones es necesario instalar racks outdoor,
aunque a priori haya espacio libre en la caseta, ya sea por temas operativos o
de falta de espacio en el interior en un momento dado, si bien la previsión es
trasladar dichos racks al interior de la caseta en cuanto sea posible. Por tanto,
es necesario considerar en estos casos una reserva de espacio en el interior de
la caseta para dicho traslado que en ningún caso puede ser considerada como
espacio libre o como una ineficiencia del centro.
Así mismo, este hecho fue reconocido y estimado por esta Comisión en la
resolución del expediente AEM 2013/694 del 26 de junio de 2013, donde
consideraba “razonable realizar dicha corrección ya que desde un enfoque
causal y objetivo de un operador eficiente el espacio disponible en caseta no es
estrictamente espacio libre ya que debería estar ocupado por los racks
outodoor que en su momento y por razones de falta de espacio se instalaron en
el exterior”.
Respuesta de esta Sala
Tal y como reflejó Axon en su Informe, el espacio reservado para rack outdoor
dentro de la caseta no será considerado como sobrecapacidad tan pronto como
los racks se instalen dentro de la caseta. Por tanto, a medida que Cellnex los
vaya incluyendo dejarían de representar espacios libres en el cálculo de la
sobrecapacidad.
Incluso, atendiendo a la potencial aplicación de la aproximación propuesta por
Cellnex, parecería que el potencial espacio disponible en el exterior de la
caseta debiera ser considerado como espacio utilizable para todas las casetas
en el cálculo de sobrecapacidad.
Adicionalmente, se ha constatado que la instalación de los racks outdoors en el
interior de la caseta se realizará únicamente en el caso de que haya que
realizar cualquier otra tarea de instalación o actualización de los equipos y el
espacio reservado para racks outdoors entre 2017 y 2018 continúa siendo el
mismo para la mayoría de los centros
Por estos motivos, esta Sala considera que el espacio reservado para el rack
outdoor sea considerado como sobrecapacidad, en caseta.
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Esta incidencia tiene impacto en el estándar de corrientes y su detalle se
muestra en el apartado 8 del informe de revisión de Axon y en Anexo I de esta
resolución.
Respuesta 6: Para el ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe estimar la
sobrecapacidad en caseta sin eliminar de la superficie libre el espacio de los
racks outdoor.
7. Consideración de sobrecapacidad en los tercios medio e inferior de
torre
Cellnex solo considera la existencia de sobrecapacidad en el tercio alto de
torre.
Según Axon, al introducir como parte del cálculo de la sobrecapacidad en torre
el concepto de cota máxima, se considera que la sobrecapacidad debería
contemplar todo aquello que estuviera por encima de esta referencia,
independientemente del tercio en que se encuentre. Por lo tanto, en el caso de
que la cota máxima se sitúe en los tercios medio e inferior de la torre, estos (y
no solo el tercio alto) deberían ser considerados para determinar la existencia o
no de sobrecapacidad.
Por tanto, el cálculo de la sobrecapacidad en tercios medio e inferior debería
tener un criterio análogo al del tercio superior tal y como se detalla en el
apartado 8.6.2 del informe de revisión de Axon (en anexo).
La aplicación de lo anterior implicaría crear dos nuevos servicios para cada tipo
de centro presentado (es decir, 28 servicios en total) que recojan los costes de
sobrecapacidad en tercio medio e inferior. Dado que la apertura de servicios
supone un gran esfuerzo y carga de trabajo, Axon sugiere que Cellnex
proporcione esta estimación en un estudio técnico específico.
Alegaciones de Cellnex
Cellnex argumenta que aplicó la resolución VECO/DTSA/011/18 SCC 2017
CELLNEX de 26 de junio de 2019, la cual resolvió que:
“Por una parte, en los centros en los cuales la altura de la torre es superior a la cota
máxima del sistema radiante, Isdefe propone considerar como sobrecapacidad toda
la parte del tercio superior que sobrepasa la cota máxima del sistema radiante, sin
ninguna otra salvedad o corrección posterior (salvo la disponibilidad inicial en el
tercio superior). En este caso el porcentaje de disponibilidad se ha de calcular como
la diferencia entre la altura de la torre y la cota máxima del SR, con respecto a la
longitud del tercio superior. Si esa diferencia es mayor o igual a la longitud del tercio
superior, la disponibilidad se considera del 100%.”
VECO/DTSA/007/20/SCC 2018
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Por tanto, Cellnex ha considerado un 100% de sobrecapacidad en las torres en
las que la cota máxima del sistema radiante estaba por debajo del tercio
superior.
Por otro lado, Cellnex considera razonable la interpretación de Axon. Y,
adicionalmente, Cellnex propone introducir dos aspectos técnicos que dotarán
de mayor precisión al proceso, siendo éstos de fácil implementación:
- La existencia de pequeños espacios (generalmente inferiores a 1m), en
la parte superior de la torre, por encima de la cota máxima del sistema
radiante, atienden a consideraciones técnicas
6
.
- La existencia de espacios libres no supone que éstos sean aptos para la
prestación de servicios, por ejemplo, puede haber limitaciones derivadas
de la capacidad de carga de la estructura de la torre.
Por contra, Cellnex considera que la propuesta de Axon de realizar el cálculo
adhoc de sobrecapacidad en tercio medio y/o bajo, según aplique, introduce
complejidad a un modelo en el que ha quedado acreditado que, de manera
general los sistemas radiantes para la prestación del sistema radiante de TDT
se ubican en el tercio superior de las torres salvo pocas excepciones. Por ello,
Cellnex propone que se mantengan como excepciones.
Por último, Cellnex recuerda que la CNMC en su resolución
VECO/DTSA/005/18 SCC 2016 CELLNEX de 12 de julio de 2018 aprobó que
en los tercios medio y bajo no existe sobrecapacidad.
Respuesta de esta Sala
Sobre los dos ajustes sobrecapacidad (o “aspectos técnicos”) que propone
Cellnex, este operador no ha presentado ningún estudio técnico en este
ejercicio que demuestre que estos espacios no pueden ser empleados por los
sistemas radiantes y, por ende, se tienen que descontar del espacio libre en el
cálculo de la sobrecapacidad. Por tanto, en próximos ejercicios, se decidirá
sobre ambos ajustes en función de la justificación aportada por Cellnex.
Con respecto a la sobrecapacidad en los tercios medios e inferiores, en base a
lo decidido en la resolución de 12 de julio de 2018, se estima la alegación de
Cellnex de no apertura de la sobrecapacidad en tercio medio e inferior de torre.
6
Según declara Cellnex, los diferentes perfiles de las torres, combinados con los tipos de
herrajes para la sujeción de los paneles en la torre, desembocan en estos casos en la
ubicación final del sistema radiante unos centímetros por debajo de la cima de la torre,
generando un pequeño espacio sobrante, que no puede ser utilizado para la prestación de
ningún servicio por imposibilidad técnica.
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Esta incidencia tiene impacto en el estándar de corrientes y su detalle se
muestra en el apartado 8 del informe de revisión de Axon y en Anexo I de esta
resolución.
Respuesta 7: A partir del ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe estimar la
sobrecapacidad considerando para ello la disponibilidad inicial en cada
tercio y la posición/altura de la cota máxima del sistema.
8. Justificación de un 5% como margen adicional en el margen
eléctrico de seguridad
En el cálculo de la sobrecapacidad de los servicios “APEF” y “APEV”, Cellnex
considera un margen eléctrico de seguridad mediante dos componentes:
- Un margen de seguridad calculado como la relación entre el consumo
máximo y el consumo medio de una muestra de centros.
- La aplicación de un 5% adicional para asegurar que no existan cortes de
electricidad una vez se supere el consumo máximo utilizado en el punto
anterior.
La primera componente se encuentra fundamentada en un análisis técnico,
pero en cuanto a la segunda, Cellnex ha declarado que el monto proviene de
una estimación cualitativa realizada por el equipo de trabajo de la contabilidad
analítica para reflejar ese margen de salvaguarda, necesario para el
funcionamiento sin cortes.
Si bien el uso de un porcentaje adicional parece razonable para evitar la
existencia de cortes en el suministro eléctrico, se considera que Cellnex
debería presentar una justificación técnica que asegure la razonabilidad y
representatividad del monto.
Esta incidencia no tiene impacto sobre los servicios.
Respuesta 8: Para ejercicios futuros, Cellnex debe presentar una justificación
técnica que asegure la razonabilidad y representatividad del margen de
seguridad adicional empleado.
9. Aplicación de base incorrecta en el cálculo de los índices derivados
de Precios industriales en la revalorización de activos
En relación con la revalorización de activos de infraestructura y energía
mediante indexación, se ha detectado que Cellnex no ha actualizado el año de
referencia de una serie de índices empleados, manteniendo el valor de 2017
como base.
Esta incidencia tiene impacto en el estándar de corrientes y su detalle se
muestra en el apartado 8 del informe de revisión de Axon y en Anexo I de esta
resolución.
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Alegaciones de Cellnex
Dado que el impacto de la actualización de los índices derivados de los precios
industriales es poco relevante y que la complejidad en la actualización en los
Costes Calculados es elevada, Cellnex propone aplicar correctamente los
índices para el Modelo SCC19 y siguientes.
Respuesta de la Sala
Se estima la alegación de Cellnex. Para el ejercicio 2018, se asume
directamente la estimación del impacto de Axon.
Respuesta 9: Para el ejercicio 2019 y siguientes, Cellnex debe revalorizar los
activos de infraestructura y energía empleando el índice de Precios
Industriales por Grupo correspondiente.
10. Cálculo de los costes calculados en corrientes para activos con
distintas vidas útiles entre estándares
Por un lado, con relación al cálculo de la anualidad financiera constante,
existen dos casos, que a criterio de Axon, en los que Cellnex no está
calculando correctamente:
- Activos con vida útil históricos inferior a la de corrientes y activo
totalmente depreciado en históricos.
En este caso, aunque el activo se encuentra totalmente depreciado a costes
históricos, no habría finalizado su vida útil en corrientes, por lo que debería
reflejar un coste en este estándar. Sin embargo, Cellnex no calcula costes bajo
este estándar.
- Activos con vida útil históricos superior a útil corrientes y activo
totalmente depreciado en corrientes.
En este caso, como el activo se encuentra totalmente depreciado a costes
corrientes, no debería reflejar coste en este estándar. Sin embargo, Cellnex
mediante su cálculo está considerando la existencia de costes calculados bajo
este estándar.
Por otro lado, en el estándar de corrientes, una vez calculada la anualidad
financiera constante para cada activo, Cellnex la separa entre costes de
amortización y coste de capital aplicando la misma proporción de amortización
y coste de capital con la que cuenta en el estándar de históricos, sin tener en
consideración si tienen o no vidas útiles diferentes entre estándares.
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En este sentido, la proporción de amortización/coste de capital depende del
período en el que se encuentre el activo (por ejemplo, los primeros años de
depreciación el coste de capital es más alto y va disminuyendo de manera
progresiva).
Por ello, Axon recomienda que, para aquellos activos con vidas útiles diferentes
entre estándares, se desagregue entre costes de amortización y costes de
capital teniendo en cuenta las fórmulas específicas asociadas a la metodología
de anualidad financiera constante que consideran el período en el que se
encuentra el activo.
La primera parte de esta incidencia tiene impacto en el estándar de corrientes.
La segunda parte de esta incidencia no afecta al reparto final de costes del
modelo. El impacto se muestra en el apartado 8 del informe de Axon y en
Anexo I de esta resolución
Alegaciones de Cellnex
En relación al cálculo de la anualidad financiera constante, Cellnex propone
mantener la metodología actual y manifiesta que usa el mismo sistema desde
el SCC 2006 en base a la resolución de la CNMC: “Por tanto, esta Comisión
considera adecuado no revalorizar a corrientes los activos totalmente
amortizados. [...] Abertis debe introducir en 2006 el ajuste propuesto por
ISDEFE y aplicar las modificaciones propuestas en los ejercicios siguientes.”
Por lo tanto, según Cellnex, la propuesta de Axon genera un incumplimiento del
principio de consistencia entre ejercicios. Además, la propuesta añadiría
complejidad en los cálculos a realizar y, sin embargo, generaría un impacto
poco relevante en los costes totales (estimado en un 0,2%).
En relación a la diferenciación de los costes de amortización y coste de capital,
Cellnex propone mantener la actual metodología y afirma que también es un
cálculo que se aplica tradicionalmente y fue aprobado por la CNMC. Asimismo,
el impacto de la propuesta de Axon en los costes unitarios es nulo, ya que se
trata de una información proporcionada meramente a título informativo en el
modelo y que no tiene influencia alguna en los costes.
Por último, más del 90% de los activos no se encuentran en esta casuística ya
que tienen la misma vida útil a corrientes y a históricos, por lo que los costes de
amortización y de capital obtenidos serían los mismos con la metodología de
cálculo vigente y con la nueva propuesta.
Respuesta de la Sala
En la resolución de AEM 2008-1230 de 20 de noviembre de 2008, citada por
Cellnex, donde se establece que “esta Comisión considera adecuado no
revalorizar a corrientes los activos totalmente amortizados”, no se mencionan
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aquellos casos donde los activos presentan distintas vidas útiles entre el
estándar de costes históricos y corrientes. Por tanto, esa resolución no puede
ser tomada como referencia para la revaluación de activos con diferente vida
útil entre históricos y corrientes.
Sobre la mejora del cálculo de costes de depreciación y costes de capital sobre
la amortización financiera constante que propone Axon, si bien esta mejora
supone mayor complejidad para Cellnex a la hora de calcular los costes
calculados, esta Sala hace suyos los argumentos de Axon de que el método
actual no estaría calculando correctamente los costes de amortización y de
capital para aquellos casos con vidas útiles distintas entre los estándares de
históricos y corrientes.
Respuesta 10: Para el ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe calcular los
costes de amortización y coste de capital de los activos bajo el estándar de
costes corrientes (1) teniendo en cuenta el estado efectivo del activo bajo el
estándar de corrientes y (2) desagregando los costes de amortización y de
capital en el estándar de corrientes a partir de la aplicación de las
aproximaciones de la anualidad financiera constante y no mediante el uso
del mismo porcentaje en costes.
11. Clasificación general de centros por coubicación
Cellnex evalúa cinco características de cada centro para determinar su
tipología. Si las características principales de un centro son de una tipología
distinta a la del ejercicio anterior (caso 1), entonces Cellnex realiza un cálculo
adicional denominado ‘Teoría de Colas’. Si un centro presenta características
destacadas propias de más de una tipología (caso 2), Cellnex lo clasifica según
la tipología definida en el ejercicio anterior.
Con respecto al caso 1, Axon considera que los centros afectados deberían ser
clasificados conforme la tipología resultante en cada ejercicio. Con respecto al
caso 2, Axon recomienda que, en caso de duda de tipología de un centro,
Cellnex aplique una metodología objetiva y metódica para clasificar estos
casos, como por ejemplo la “Teoría de Colas”.
No es posible el cálculo del impacto de esta incidencia en este ejercicio.
Respuesta 11: Cellnex deberá aplicar en próximos ejercicios la clasificación de
centros en los términos señalados en este apartado.
12. Nomenclatura de la cuenta “9220008000 - Gestión de clientes”
Dentro de las cuentas de Centros de Actividad Asignables Directamente a
Servicios (CAADS), Cellnex presenta la cuenta “9220008000 - Gestión de
clientes”, cuyo coste viene determinado en su mayor parte por la cuenta
“9020000402 - Call center”.
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Según ha manifestado Cellnex, esta cuenta recoge los gastos asociados al
centro de gestión de incidencias de la red de difusión, incluyendo costes
asociados al sistema de seguridad operado por la compañía, lo que no guarda
relación con un call center para gestionar los clientes de Cellnex.
Esta incidencia no tiene impacto en los servicios.
Respuesta 12: Para ejercicios futuros, Cellnex debe modificar el nombre de la
cuenta “9220008000 - Gestión de clientes” con un concepto que refleje la
naturaleza real de estos costes (centro de gestión de incidencias de la red
de difusión de Cellnex).
13. Motivo de cargo y abono de los componentes de actividad del
Grupo Electrógeno en el estándar de costes históricos
En relación con los porcentajes de asignación de costes asociados a los
componentes de actividad del Grupo Electrógeno y SAI, se ha detectado una
incidencia en el cálculo de los porcentajes empleados en el estándar de costes
históricos.
A diferencia del estándar de costes corrientes, Cellnex en históricos agrupa el
coste calculado asociado al grupo electrógeno y al SAI en una única cuenta
(específicamente, la cuenta relativa al grupo electrógeno) debido a que no es
posible en el Registro de Activos Fijos identificar los costes de cada elemento
por separado.
Estas cuentas de centros de actividad se distribuyen a servicios técnicos,
realizando la desagregación entre los servicios APEF, APEV y no regulados. A
este respecto, en el estándar de costes históricos, Cellnex está empleando
para realizar la atribución el mismo porcentaje de asignación que las cuentas
del grupo electrógeno en el estándar de costes corrientes donde realiza una
valoración de cada tipo de activo de forma individual. Como consecuencia, este
aspecto disminuye la causalidad de este reparto en el estándar de históricos.
Axon recomienda aplicar en históricos un motivo de abono relativo tanto al
grupo electrógeno como al SAI. Por ejemplo, y sin modificar excesivamente la
aproximación actual, utilizando los valores que resultarían de ponderar los
valores de reparto utilizados en el estándar de costes corrientes tanto para las
cuentas de grupo electrógeno como las cuentas de SAI.
Esta incidencia tiene impacto en el estándar de históricos y su detalle se
muestra en el apartado 8 del informe de Axon y en el Anexo I de esta
resolución.
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Alegaciones de Cellnex
Cellnex propone mantener el procedimiento de reparto aplicado hasta el
momento.
Por un lado, Cellnex argumenta que el procedimiento actual es una
aproximación razonable que fue debatida con los auditores de ISDEFE y
aprobada por la propia CNMC, dando su aprobación en los SCC de los
distintos ejercicios.
Por otro lado, la propuesta de Axon se trata de una aproximación distinta hacia
un reparto entre las cuentas de grupo electrógeno en el estándar de costes
históricos en el que se pondera los valores de reparto utilizados en el estándar
de costes a corrientes para las cuentas de Grupo y SAI.
Según Cellnex, dado que la evolución a lo largo del tiempo de los precios de
este tipo de equipamiento es distinta entre los dos estándares y no tienen por
qué mantener una correlación proporcional para aplicar a históricos los
porcentajes obtenidos a corrientes. Por ello, Cellnex cuestiona que la propuesta
de Axon suponga una mejora en la metodología vigente.
Respuesta de esta Sala
Por un lado, Cellnex está incorrectamente aplicando los motivos de cargo y
abono relativos al GE para repartir los costes históricos que incluyen tanto GE
como SAI.
Por otro lado, aunque las relaciones de costes entre GE y SAI en el estándar
de históricos y corrientes pueden ser distintas a lo largo del tiempo, Cellnex no
dispone de otra información para valorar el peso del GE y SAI y que dicha
aproximación mejora en términos de causalidad el método actual.
Respuesta 13: Para el ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe calcular los
porcentajes de asignación de las cuentas de grupo electrógeno en el
estándar de costes históricos como el ponderado de los valores de reparto
utilizados en el estándar de costes corrientes para las cuentas de grupo
electrógeno y SAI.
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IV.3 RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES AL SCC DE CELLNEX TRAS LA
REVISIÓN DEL EJERCICIO 2018.
Tabla 11 Resumen de las modificaciones del SCC tras la revisión del
ejercicio 2018
Ref.
Aspectos identificados
Conclusión de la CNMC
Impacto
en el SCC
Estándar
afectado
1
Mejora de la metodología de
cálculo de la sobrecapacidad en
torre
Para 2018 y siguientes, Cellnex debe ajustar el
cálculo de la sobrecapacidad en torre, limitándolo
siempre a la disponibilidad inicial de la misma.
No
-
2
Cálculo de costes unitarios de los
servicios “APEF” y “APEV”
Para el ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe
estimar en un estudio técnico específico los
costes unitarios de los servicios “APEF” y “APEV”
distinguiendo entre los diferentes subservicios que
lo componen.
CC y CH
3
Clasificación general de centros
por coubicación
Cellnex deberá atender al requerimiento de
elaborar un estudio técnico sobre las implicaciones
del cambio de método de la clasificación de
centros.
No
-
4
Cálculo de intervalos en la teoría
de colas en la clasificación d e
centros por tipo de coubicación
Cellnex deberá atender al requerimiento de
estudio técnico sobre el método de clasificación
de centros, analizando el impacto de ambas
propuestas de cálculo de intervalos.
No
-
5
Datos asociados a los centros y a
las características de torres no
actualizados
Para el ejercicio 2018, Cellnex debe actualizar las
alturas y cotas máximas conforme a las tablas
anteriormente presentadas. Además, para
ejercicios futuros, Cellnex debe actualizar los
datos de los centros y las características de sus
torres.
CC y CH
6
Consideración del espacio
ocupado por los racks outdoor en
el cálculo de la sobrecapacidad
Para el ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe
estimar la sobrecapacidad en caseta sin eliminar
de la superficie libre el espacio de los racks
outdoor.
CC
7
Consideración de
sobrecapacidad en los tercios
medio e inferior de torre
A partir del ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex
debe estimar la sobrecapacidad considerando
para ello la disponibilidad inicial en cada tercio y la
posición/altura de la cota máxima del sistema.
CC
8
Justificación de un 5% como
margen adicional en el margen
eléctrico de seguridad
Para ejercicios fu turos, Cellnex debe presentar
una justificación técnica que asegure la
razonabilidad y representatividad del margen de
seguridad adicional empleado.
No
-
9
Aplicación de base incorrecta en
el cálculo de los ín dices
derivados de Precios industriales
en la revalorización de activos
Para el ejercicio 2019 y siguientes, Cellnex debe
revalorizar los a ctivos de infraestructura y energía
empleando el índice de Precios Industriales por
Grupo correspondiente.
CC
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Ref.
Aspectos identificados
Conclusión de la CNMC
Impacto
en el SCC
Estándar
afectado
10
Cálculo de los costes calculados
en corrientes para activos con
distintas vidas útiles entre
estándares
Para el ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe
calcular los costes de amortización y coste de
capital de los activos bajo el estándar de costes
corrientes (1) teniendo en cuenta el estado
efectivo del activo bajo el estándar de corrientes y
(2) desagregando los costes de amortización y de
capital en el estándar de corrientes a partir de la
aplicación de las aproximaciones de la anualidad
financiera constante y no mediante el uso del
mismo porcentaje en costes.
CC
11
Clasificación general de centros
por coubicación
Cellnex deberá aplicar en próximos ejercicios la
clasificación de centros en los términos señalados
en este apartado.
No
-
12
Nomenclatura de la c uenta
“9220008000 - Gestión de
clientes”
Para ejercicios futuros, Cellnex debe modificar el
nombre de la cuenta “9220008000 - Gestión de
clientes” con un concepto que refle je la naturaleza
real de estos costes (centro de gestión de
incidencias de la red de difusión de Cellnex).
No
-
13
Motivo de cargo y abono de los
componentes de actividad del
Grupo Electrógeno en el
estándar de costes históricos
Para el ejercicio 2018 y siguientes, Cellnex debe
calcular los porcentajes de asignación de las
cuentas de grupo electrógeno en el estándar de
costes históricos como el ponderado de los
valores de reparto utilizados en el estándar de
costes corrientes para las cuentas de grupo
electrógeno y SAI.
CH
PUBLICIDAD DE LOS RESULTADOS
V.1 RESUMEN DE LAS OBJECCIONES CUANTITATIVAMENTE
RELEVANTES
Del informe de conclusiones emitido por el consultor contratado por la CNMC
se deduce que los resultados de la contabilidad de costes de Cellnex para el
ejercicio 2018 cumplen a nivel general con los principios y criterios aprobado
por la Comisión, salvo las incidencias descritas en el apartado ¡Error! No se e
ncuentra el origen de la referencia.. Esta conclusión se hace extensiva tanto
al SCC, a los diferentes estudios técnicos y al resto de la documentación de
soporte que lo complementan.
En concreto, se han detectado y valorado las objeciones relacionadas con los
aspectos anteriormente descritos. De seguirse las recomendaciones de Axon
en cada una de las incidencias detectadas, el margen de los servicios del SCC
se vería modificado. El impacto cuantitativo de las incidencias detectadas y
aceptadas por esta Sala, cuando ha podido calcularse, se muestra en el Anexo
I.
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V.2 MÁRGENES REVISADOS
El importe de los ingresos, costes y márgenes después de la revisión realizada
por la CNMC queda de la siguiente forma.
Tabla 12 Ingresos, costes y márgenes corregidos por familia de
servicios, estándar de costes corrientes*
en euros
CORRIENTES
Presentados
Corregidos
Ingresos
Costes
Margen
Ingresos
Costes
Margen
Caseta
5.803
15.638.097
-15.632.294
5.803
15.155.059
-15.149.256
Torre
8.312
13.132.315
-13.124.003
8.312
13.224.808
-13.216.496
APEF
2.239
3.163.053
-3.160.814
2.239
3.165.296
-3.163.057
APEV
14.075
20.176.179
-20.162.103
14.075
20.190.109
-20.176.034
Compartición CMUX
460
3.273.075
-3.272.616
460
3.281.475
-3.281.015
Compartición SR
2.767
11.315.608
-11.312.842
2.767
11.336.390
-11.333.623
Total
33.656
66.698.327
-66.664.671
33.656
66.353.137
-66.319.481
* Nota: Se excluyen los costes de sobrecapacidad
Tabla 13 Ingresos, costes y márgenes aprobados por familia de
servicios, estándar de costes históricos
en euros
HISTÓRICOS
Presentados
Corregidos
Ingresos
Costes
Margen
Ingresos
Costes
Margen
Caseta
5.803
16.154.702
-16.148.900
5.803
16.147.600
-16.141.798
Torre
8.312
10.669.200
-10.660.889
8.312
10.668.821
-10.660.510
APEF
2.239
3.399.919
-3.397.679
2.239
3.463.091
-3.460.851
APEV
14.075
18.941.978
-18.927.903
14.075
19.369.488
-19.355.413
Compartición CMUX
460
4.869.728
-4.869.268
460
4.868.408
-4.867.948
Compartición SR
2.767
9.125.890
-9.123.124
2.767
9.124.952
-9.122.185
Total
33.656
63.161.417
-63.127.762
33.656
63.642.360
-63.608.705
Por todo cuanto antecede, la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia,
RESUELVE
PRIMERO.- Declarar que la aplicación para el ejercicio 2018 del sistema de
contabilidad de costes utilizado por Cellnex, S.A. es, en general, conforme a los
Principios, Criterios y Condiciones establecidos por la resolución de esta
Comisión de fecha 10 de junio de 2010, excepto en lo que se refiere a los
puntos reseñados en el apartado IV de la presente resolución.
SEGUNDO.- Requerir a Cellnex, S.A. para que presente los resultados del
ejercicio 2019, ajustados con las modificaciones expresamente exigidas en el
apartado IV de la presente resolución para la verificación por parte de esta Sala
de los resultados de dicho periodo.
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TERCERO.- Instar a la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector
Audiovisual a que requiera a Cellnex el estudio técnico descrito en las
incidencias 3 y 4 del apartado IV de la presente resolución.
Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Telecomunicaciones y del
Sector Audiovisual y notifíquese a los interesados, haciéndoles saber que la
misma pone fin a la vía administrativa y que pueden interponer contra ella
recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
VECO/DTSA/007/20/SCC 2018
CELLNEX
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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ANEXO I IMPACTO DE LAS INCIDENCIAS EN SERVICIOS
[COMPLETAMENTE CONFIDENCIAL]
VECO/DTSA/007/20/SCC 2018
CELLNEX
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
C/ Barquillo, 5 28004 Madrid - C/ Bolivia, 56 08018 Barcelona
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ANEXO II LISTADO DE TÉRMINOS ESPECÍFICOS
APEB
Acceso al Punto de Energía Básico
APEF
Acceso al Punto de Energía Fijo
APEV
Acceso al Punto de Energía Variable
CA
Centros de Actividad
CAADS
Centros Asignables Directamente a Servicios
CACR
Componentes de Red
CANADS
Centros No Asignables Directamente a Servicios
CBA
Costes en Base a Actividades
CC
Costes Calculados
CECO
Centro de Coste
CF
Cuentas Financieras
CMUX
Cadena Multiplexora
CR
Costes Reflejados
CU
Coste Unitario
DI
Disponibilidad Inicial
EE.FF.
Estados Financieros
FM
‘Frequency Modulation’
GE
Grupo Electrógeno
IR
Ingresos Reflejados
MICC
Manual Interno de Contabilidad de Costes
MM de EUR
Millones de Euros
ORAC
Oferta de Referencia para el Acceso a los Centros emisores de
Cellnex Telecom S.A.
OyM
Operaciones y Mantenimiento
PAYLE
Patrimonio y medioambiente
PyG
Pérdidas y Ganancias
ROA
‘Returns On Assets’ – En castellano, Rentabilidad sobre Activos
SAI
Sistema de Alimentación Ininterrumpida
SCC
Sistema de Contabilidad de Costes
SCR
Sistema de Contabilidad Regulatoria
SLA
‘Service Level Agreement’ – En castellano, Acuerdo de Nivel de
Servicio
SO
Servicios Ofertados
SR
Sistema Radiante
ST
Servicios Técnicos
TDT
Televisión Digital Terrestre
TVA
Televisión Analógica
WACC
‘Weighted Average Cost of Capital’ – En castellano, CMPC (Coste
Medio Ponderado del Capital)

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