Resolución nº S/0329/11, de March 8, 2013, de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2013
Número de ExpedienteS/0329/11
TipoExpediente de oficio
ÁmbitoConductas

RESOLUCIÓN

(Expte. S/0329/11, Asfaltos de Cantabria)

Consejo:

  1. Joaquín García Bernaldo de Quirós, Presidente

    Dª. Pilar Sánchez Núñez, Vicepresidenta

  2. Julio Costas Comesaña, Consejero

    Dª. María Jesús González López, Consejera

    Dª. Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera

  3. Luis Díez Martín, Consejero

    En Madrid, a 8 de marzo de 2013.

    El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), con la composición expresada, y siendo Ponente la Consejera Dª María Jesús González López, ha dictado esta Resolución en el expediente sancionador S/0329/11, Asfaltos de Cantabria, instruido por la Dirección de Investigación, por supuestas prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.

    ANTECEDENTES DE HECHO

    1. El 29 de noviembre de 2010 tuvo entrada en la CNC una denuncia anónima en la que se señalaba la existencia de un cártel en la Comunidad Autónoma de Cantabria organizado a través de la creación de una mesa de reparto de asfaltos por las siguientes empresas dedicadas a la fabricación y venta de asfalto, además de a su extendido en obra: ARRUTI SANTANDER, S.A. (en adelante, ARRUTI), ASCAN Empresa Constructora y de Gestión, S.A. (en adelante, ASCAN), EMILIO BOLADO, S.L. (en adelante, EMILIO BOLADO), Servicios y Obras del Norte, S.A. (en adelante, SENOR) y Asfin Cantabria,

    S.L. (en adelante, ASFIN). En la citada denuncia anónima se señalaba además a una sexta empresa, Fernández Rosillo y Cía., S.L. (en adelante, FDEZ. ROSILLO), respecto a la cual se indicaba que había manifestado su intención de no participar en los acuerdos denunciados (folios 1 a 239).

    2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 49.2 de la LDC, la Dirección de Investigación (en adelante DI) realizó una información reservada con el fin de determinar, con carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de un expediente sancionador.

    3. De acuerdo con el artículo 40 de la LDC, el 6 de abril de 2011 la CNC llevó a cabo inspecciones simultáneas en las sedes de las empresas ARRUTI, EMILIO BOLADO y SENOR. El 13 de mayo, se recibió escrito de EMILIO

    BOLADO respondiendo a la solicitud que se le había hecho de que remitiera información relacionada con una cuenta webmail que, durante la inspección, el Director General de la empresa se había comprometido a enviar a la CNC

    (folios 1196 a 1202).

    4. En la misma fecha, 6 de abril de 2011, la DI notificó un requerimiento de información sobre el mercado español de contratación, suministro y ejecución de obras para clientes públicos y/o particulares, así como sobre su estructura de propiedad y control, a FDEZ. ROSILLO, ASCÁN y ASFIN (folios 250 a 264). Las respuestas se recibieron en la CNC los días 18 de abril de 2011, ASCAN, y 26 de abril de 2011, FDEZ. ROSILLO y ASFIN (folios 1067 a 1083; 1084 a 1129 y 1130 a 1190, respectivamente). Con fecha 28 de noviembre de 2011 la DI notificó a los representantes legales de FDEZ. ROSILLO el acuerdo por el que se declaraba la confidencialidad de parte de la información aportada por la empresa (folios 2745 a 2750). El 21 de diciembre de 2011 la DI notificó a los representantes legales de ASFIN acuerdo por el que se declaraba la confidencialidad de parte de la información aportada (folios 2823 a 2832)

    5. Con fecha 24 de mayo de 2011 la DI notificó un requerimiento de información sobre el mercado español de contratación, suministro y ejecución de obras para clientes públicos y/o particulares, así como sobre su estructura de propiedad y control, a las empresas a una serie de empresas del sector (folios 1203 a 1242). Las respuestas se recibieron en la CNC y constan en los folios que se indican: Empresa Constructora de Infraestructuras del Norte, S.L. (en adelante, INOR) el 31 de mayo de 2011 (folios 1256 a 1352); CONSTRUBOC

    2002, S.L. ( CONSTRUBOC) el 1 de junio, (folios 1355 a 1372); SIEC

    Construcción y Servicios, S.A. (en adelante, SIEC), el 6 de junio (folios 1396 a 1463); las empresas ARRUTI, EMILIO BOLADO y Hormigones Asfálticos Andaluces, S.A. (HORMACESA), el 10 de junio (folios 1756 a 1915) y (folios 1465 a 1755) ; y HNOS. TORRE ROIZ, S.L. (HTR) y SENOR, el 13 de junio

    (folios 1962 a 2021) y (folios 2022 a 2093). La empresa HTR completo su contestación por escrito de fecha 27 de junio de 2011 (folios 2134 y 2135).

    Todas las empresas solicitan la confidencialidad de determinada información aportada. La DI notificó los acuerdos de declaración de confidencialidad de parte de la información aportada en las siguientes fechas: ARRUTI, el 21 de diciembre de 2011 (folios 2833 a 2843); EMILIO BOLADO y SENOR el 13 de enero de 2012 (folios 2845 a 2866) y (folio 2844) respectivamente.

    6. El 22 de junio de 2011 sobre la base de la información reservada realizada, la DI observó indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la LDC, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la LDC, acordó la incoación del expediente sancionador S/0329/11 por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 16/1989 y en el artículo 1 de la LDC

    contra ARRUTI, ASCAN, ASFIN, EMILIO BOLADO, SENOR y AGLOMERADOS CANTABRIA, S.A. (en adelante, ACANSA), siendo notificado a las empresas incoadas ese mismo día (folios 2094 a 2116).

    7. Con esa misma fecha y una vez analizada la documentación en formato papel recabada en las inspecciones, la DI notificó a los representantes legales de EMILIO BOLADO, SENOR y ARRUTI el acuerdo por el que se disponía la incorporación al expediente de la documentación en formato papel seleccionada, dando un plazo de diez días para que las citadas empresas solicitaran, en su caso, el carácter confidencial de aquellos documentos que consideraran oportunos y aportaran la correspondiente versión censurada de los mismos en formato papel para su incorporación al expediente (folios 2117 a 2133). ARRUTI comunicó el 5 de julio de 2011 el carácter no confidencial de la documentación en formato papel incorporada al expediente (folios 2143 y 2144).

    8. El 20 de julio de 2011 y una vez analizada la documentación electrónica recabada en la inspección efectuada en su sede, la DI notificó a ARRUTI el acuerdo por el que se disponía la incorporación al expediente de la documentación electrónica seleccionada, dando un plazo de diez días para la solicitud, en su caso, del carácter confidencial de aquellos documentos que considerara oportunos, y aportara la correspondiente versión censurada de los mismos para su incorporación al expediente (folios 2176 a 2178.1). El 26 de julio de 2011 los representantes de ARRUTI recogieron el DVD obtenido durante la inspección efectuada en su sede y que obraba en poder de la DI

    (folio 2187). Y por escrito de 1 de agosto de 2011 ARRUTI solicitó la confidencialidad de parte de la documentación electrónica incorporada al expediente, aportando la correspondiente versión censurada (folios 2189 a 2191). El 26 de agosto de 2011 la DI notificó a ARRUTI el acuerdo por el que se denegaba la confidencialidad de la documentación electrónica solicitada

    (folios 2192 a 2196).

    9. SENOR solicitó el 4 de julio de 2011 la devolución del DVD obtenido durante la inspección (folios 2141 y 2142). El 29 de agosto de 2011 y una vez analizada la documentación electrónica recabada en la inspección efectuada en su sede, la DI notificó a SENOR el acuerdo por el que se disponía la incorporación al expediente de la documentación electrónica seleccionada, dando un plazo de diez días para la solicitud, en su caso, del carácter confidencial de aquellos documentos que consideraran oportunos, y aportara la correspondiente versión censurada de los mismos para su incorporación al expediente (folios 2197 a 2207). El 2 de septiembre de 2011 los representantes de SENOR recogieron en la CNC el DVD obtenido durante la inspección efectuada en su sede y que obraba en poder de la DI y el DVD en el que la DI había grabado las evidencias electrónicas incorporadas al expediente.

    10. El 12 de septiembre de 2011 y una vez analizada la documentación electrónica recabada en la inspección efectuada en su sede, la DI notificó a los representantes de EMILIO BOLADO el acuerdo por el que se disponía la incorporación al expediente de la documentación electrónica seleccionada, dando un plazo de diez días para la solicitud, en su caso, del carácter confidencial de aquellos documentos que consideraran oportunos, y aportara la correspondiente versión censurada de los mismos para su incorporación al expediente (folios 2604 a 2614). El 16 de septiembre de 2011 los representantes de EMILIO BOLADO recogieron en la CNC el DVD obtenido durante la inspección efectuada en su sede y que obraba en poder de la DI y el DVD en el que la DI había grabado las evidencias electrónicas incorporadas al expediente.

    11. Con fecha 23 de noviembre de 2011 la DI notificó un requerimiento de información sobre el mercado de contratación, suministro y ejecución de obras para clientes públicos y/o particulares, así como sobre su estructura de propiedad y control, a ACANSA (folios 2738 a 2744). La respuesta se recibió el 13 de diciembre de 2011, solicitando la confidencialidad de la totalidad de la información aportada (folios 2774 a 2793). El 15 de diciembre de 2011 la DI

    reiteró parte del requerimiento de información al no haber sido contestado en su totalidad por ACANSA (folios 2794 a 2799). Con fecha 30 de enero de 2012 la DI notificó a ACANSA el acuerdo por el que se declaraba la confidencialidad de parte de la información aportada (folios 3013 a 3024).

    12. Con fecha 24 de enero de 2012 la DI notificó a los representantes legales de ARRUTI, EMILIO BOLADO y SENOR, el acuerdo por el que se les requería información relacionada con una serie de obras del mercado español de contratación, suministro y ejecución de obras para clientes públicos y/o particulares (folios 2867 a 2962). Con fecha 10 de febrero de 2012 los representantes de EMILIO BOLADO y ARRUTI presentaron escrito en contestación al requerimiento de información y con fecha 15 de febrero los de SENOR (folios 3054 a 3058, 3086 a 3099 y 3105 a 3123 respectivamente).

    Con fecha 13 de febrero de 2012 la DI notificó a ARRUTI el acuerdo por el que se declaraba la no confidencialidad de la información aportada (folios 3100 a 3104).

    13. El 20 de febrero de 2012, de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 del RDC, la DI acordó la ampliación del acuerdo de incoación del expediente de referencia a SIECSA, Construcción y Servicios, S.A. (SIEC); INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE, S.L. (INOR); HNOS. TORRES ROIZ,

    S.L. (HTR); CONSTRUBOC 2002, S.L. (CONSTRUBOC) y CUEVAS Gestión de Obras, S.L., al haber tenido conocimiento por información obrante en el expediente de la posible participación de dichas empresas en las prácticas investigadas, acuerdo que fue notificado ese mismo día a todas las entidades incoadas en este expediente sancionador (folios 3125 a 3165).

    14. Con fecha 21 de febrero de 2012 la DI notificó a los representantes legales de CUEVAS Gestión de Obras, S.L. (en adelante, CUEVAS) el acuerdo por el que se les requería información relacionada con el mercado de contratación, suministro y ejecución de obras para clientes públicos y/o particulares, así como sobre su estructura de propiedad y control e información relacionada con una serie de obras del mercado español de contratación, suministro y ejecución de obras para clientes públicos y/o particulares (folios 3166 a 3177).

    Tras una ampliación de plazo, con fecha 9 de marzo de 2012 se recibió en la CNC la respuesta de CUEVAS (folios 3357 a 3547). El 12 de abril de 2012 la DI se pronunció sobre la confidencialidad de determinados documentos de los aportados.

    15. El 22 de febrero de 2012 la DI notificó a los representantes legales de SIEC, INOR, HTR y CONSTRUBOC, el acuerdo por el que se les requería información relacionada con una serie de obras del mercado español de contratación, suministro y ejecución de obras para clientes públicos y/o particulares (folios 3179 a 3241). Tras ampliación del plazo para responder las contestaciones se recibieron en la CNC en las siguientes fechas: 1 de marzo de 2012, CONSTRUBLOC (folios 3328 a 3330); 5 de marzo, INOR (folios 3336 a 3339); 9 de marzo, SIEC (folios 3558 a 3582); 12 de marzo HTR

    (folios 3583 a 3602).

    16. Con fecha 27 de abril de 2012 la DI notificó el PCH a las empresas incoadas

    (folios 3649 a 3769), y de acuerdo con lo previsto el artículo 50.1 de la LDC, se requirió a las empresas que aportaran el volumen total de negocios del año 2011 y el correspondiente al mercado de contratación, suministro y ejecución de obras para clientes públicos y/o particulares entre los años 2007 a 2011, así como de años anteriores que estuvieran disponibles, así como en su caso el de sus matrices.

    17. Las empresas respondieron a la solicitud de información sobre volumen de negocios en escritos de fechas: 16 de mayo de 2012 CONSTRUBOC (folios 4069 a 4071); 21 de mayo CUEVAS (folios 4286 a 4288); 21 de mayo SENOR

    (folios 4306 a 4309) y HTR (folios 4321 a 4366); 22 de mayo ARRUTI (folios 4373 a 4378) y SIEC (folios 4440 a 4445); 23 de mayo ASCAN (folios 4532 a 4535); 25 de mayo EMILIO BOLADO (folios 4552, 4553 y 4555) y ASFIN

    (folios 4556 a 4559).

    18. Y remitieron alegaciones al PCH en las siguientes fechas: 18 de mayo de 2012, INOR, aportando prueba documental (folios 4110 a 4116); 21 de mayo CONSTRUBOC, (folios 4117 a 4138) y CUEVAS (folios 4286 a 4288) aportando ambas prueba documental; 21 de mayo SENOR (folios 4290 y 4291) y HTR; (folios 4310 a 4314) aportando ambas prueba documental; 22 de mayo ARRUTI (folios 4411 a 4434) y SIEC (folios 4480 a 4513) ; 23 de mayo ASCAN (folios 4517 a 4528) y solicitaba la práctica de prueba; 25 de mayo EMILIO BOLADO (folios 4536 a 4549); fecha 25 de mayo de 2012 ASFIN (folios 4560 a 4614). Las pruebas documentales aportadas fueron incorporadas al expediente.

    19. El 28 de mayo de 2012 EMILIO BOLADO y ACANSA enviaron escrito revocando los poderes de los representantes legales que hasta ese momento habían ejercido la representación de la misma, remitieron alegaciones al PCH

    y aportaban la contestación a los requerimientos de información sobre volumen de negocios (folios 4615 a 4619).

    20. Con fecha 1 de junio de 2012 se recibió en la CNC escrito de EMILIO

    BOLADO y ACANSA solicitando que las alegaciones presentadas por IBERFORO MADRID ABOGADOS en nombre de EMILIO BOLADO con fecha 25 de mayo de 2012 no deben ser tenidas en cuenta (folios 4646 a 4648).

    21. El 5 de junio de 2012, de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 del RDC, la DI acordó la ampliación del acuerdo de incoación del expediente de referencia a GRUPO SIECSA, S.L., GRUPO JESPAB, S.A., EMILIO BOLADO e HIJOS,

    S.L. y GRUPO EMPRESARIAL SADISA, S.L., al haber tenido conocimiento por información obrante en el expediente de la posible participación de dichas empresas en las prácticas investigadas, acuerdo que fue notificado ese mismo día a todas las entidades incoadas en este expediente sancionador

    (folios 4650 a 4698).

    22. Tras la incoación a las matrices, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50.3 de la LDC, con fecha 7 de junio de 2012 la DI formuló nuevo PCH, que remitió a todas las partes.

    23. Las alegaciones al PCH de 7 de junio de 2012 tuvieron entrada en la CNC en las siguientes fechas:

    − El 19 de junio de 2012 el representante de ACANSA, EMILIO BOLADO

    y EMILIO BOLADO e HIJOS (folios 5092 a 5101).

    − El 27 de junio de 2012 CUEVAS (folios 5187 a 5221).

    − El 28 de junio de 2012 GRUPO SIECSA (folios 5223 a 5225), SIEC

    (folios 5226 y 5227) y ARRUTI (folios 5228 y 5229) remitiéndose íntegramente SIEC y ARRUTI a las alegaciones presentadas en sus contestaciones al PCH anterior.

    − El 29 de junio de 2012 el GRUPO JESPAB (folios 5242 a 5244).

    − El 2 de julio de 2012 SENOR, remitiéndose a las alegaciones ya realizadas con anterioridad (folio 5230).

    − El 6 de julio de 2012 GRUPO SADISA (folios 5359 a 5365), solicitando la práctica de prueba.

    24. El 11 de junio de 2012 la DI remitió a GRUPO SADISA, GRUPO JESPAB, ASCAN, GRUPO SIECSA, ACANSA, BOLADO e HIJOS, EMILIO BOLADO y SENOR, un requerimiento de información en relación a la estructura de propiedad y control de las mencionadas matrices y filiales. Las respuestas se recibieron los días 22 de junio, SENOR, GRUPO SIECSA y GRUPO JESPAB

    (folios 5107 a 5110, 5124 a 5137 y 5138 a 5186, respectivamente) y 4 de julio, GRUPO SADISA y ASCAN (folios 5287 y 5288 y 5324 y 5325, respectivamente).

    25. Conforme a lo previsto en el artículo 33.1 del RDC, el 9 de julio de 2012 la DI

    acordó el cierre de la fase de instrucción del expediente, siendo notificado a los interesados en esa misma fecha (folios 5366 a 5382).

    26. Tras acceder al expediente las que lo solicitaron, las alegaciones a la propuesta de resolución tuvieron entrada en la CNC en las siguientes fechas:

    − El 26 de julio de 2012, de INOR (folios 5972 a 5974), no solicita la práctica de pruebas ante el Consejo de la CNC, ni vista.

    − El 30 de julio de 2012, de ASFIN (folios 5977 a 6019), solicita la práctica de pruebas ante el Consejo de la CNC.

    − El 2 de agosto de 2012; de HTR (folios 6025 a 6033), no solicita la práctica de pruebas y solicita la celebración de vista; de ARRUTI (folios 6034 a 6076), GRUPO SIECSA (folios 6077 a 6085) y SIEC (folios 6086 a 6113), no solicitan la práctica de pruebas ante el Consejo de la CNC ni la celebración de vista; de CONSTRUBOC, no solicita la práctica de pruebas ni vista (folios 6114 a 6185); de CUEVAS, conteniendo solicitud de práctica de pruebas y celebración de vista (folios 6186 a 6245).

    − El 6 de agosto de 2012, de SENOR (folios 6246 a 6260) y de GRUPO

    SADISA (folios 6261 a 6270), conteniendo ambas solicitud de práctica de pruebas ante el Consejo de la CNC, pero no celebración de vista.

    − EL 7 de agosto de 2012, de ASCAN (folios 6276 a 6323), solicitando la práctica de prueba, pero no la celebración de vista.

    − El 9 de agosto de 2012, de JESPAB (folios 6331 a 6345), no solicitando práctica de prueba, ni celebración de vista, así como los de EMILIO

    BOLADO E HIJOS (folios 6346 a 6362), EMILIO BOLADO (folios 6363 a 6377) y AGLOMERADOS DE CANTABRIA (folios 6378 a 6399), que solicitan la practica de pruebas y celebración de vista.

    27. El 10 de agosto de 2012 la DI elevó al Consejo el expediente acompañado del Informe y Propuesta de Resolución a que se refiere el artículo 50.4. de la LDC.

    28. Por Resolución de fecha 16 de agosto de 2012, el Consejo de la CNC

    inadmitió el recurso interpuesto por JESPAB el 7 de agosto de 2012 contra el acuerdo de la DI de 31 de julio de 2012 denegando ampliar el plazo para formular alegaciones a la Propuesta de Resolución (Expte. R/0113/12, GRUPO JESPAB).

    29. Por acuerdo de 20 de noviembre de 2012 el Consejo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 51.2 de la LDC, aceptó determinadas pruebas propuestas por las partes y ordenó actuaciones complementarias, fijando plazo para su realización, y denegó el resto de pruebas propuestas así como la celebración de vista. Asimismo acordó la suspensión del plazo máximo para resolver el expediente durante el tiempo en que se sustancian la práctica de las pruebas y actuaciones complementarias acordadas.

    30. Con fecha 3 de diciembre de 2012 SENOR presentó alegaciones al acuerdo del Consejo, en base a lo previsto en el artículo 51.1 de la LDC.

    31. Finalizada la práctica de pruebas e incorporada al expediente la información correspondiente, con fecha 4 de enero de 2013 se concede a los interesados plazo para valorar el resultado de las mismas, continuando suspendido el plazo para resolver.

    32. Tras conceder las ampliaciones de plazo solicitadas por las partes, los escritos de valoración de prueba de Cuevas, ARRUTI, HTR, SIEC, ASFIN, ASCAN y su Grupo SADISA y SENOR (folios 7964 a 8032) se reciben en la CNC dentro del plazo reglamentario, levantándose la suspensión del plazo para resolver una vez finalizado el mismo, con efectos de fecha de 26 de enero de 2013 (folio 8033).

    33. Con fecha 7 de febrero de 2013 el Consejo solicitó a las partes la información necesaria para la resolución del expediente, suspendiendo el plazo máximo para resolver que fue reiniciado con fecha 21 de febrero de 2013. Todas las partes respondieron al requerimiento a excepción de INOR y CONCSTRUBOC (folios 8173 a 8227 y 8280 a 8292).

    34. El Consejo terminó de deliberar y resolvió sobre este expediente en su sesión de 27 de febrero de 2013.

    35. Son partes interesadas en este expediente, •

    Arruti Santander, S.A. (ARRUTI) •

    Ascan Empresa Constructora y de Gestión, S.A.(ASCAN) •

    Emilio Bolado, S.L. (BOLADO) •

    Aglomerados de Cantabria, S.L. (ACANSA) •

    Servicios y Obras del Norte, S.A. (SENOR) •

    Asfin Cantabria, S.L. (ASFIN) •

    SIECSA Construcción y Servicios, S.A. (SIEC) •

    Infraestructuras del Norte, S.A. (INOR) •

    Hnos. Torres Roiz, S.L. (HTR) •

    Construboc 2002, S.L. (CONSTRUBOC) •

    Cuevas Gestión de Obras, S.L. (CUEVAS) •

    Grupo Siecsa, S.L. (SIECSA) •

    Grupo Jespab, S.A. (JESPAB) •

    Emilio Bolado e Hijos, S.L. (BOLADO E HIJOS) •

    Grupo Empresarial Sadisa, S.L. (SADIS

  4. HECHOS PROBADOS

    El presente expediente se inicia por una denuncia anónima que aporta determinada información y documentación, realizando a continuación la DI, inspecciones en tres de las empresas y requerimientos de información a todas las partes implicadas. La información aquí recogida como Hechos Probados es aquélla que ha sido fehacientemente acreditada y por tanto en el caso de la información aportada por la denunciante, aquélla que ha podido ser contrastada con la información incautada en las inspecciones o en la aportada en los requerimientos de información.

    LAS PARTES

    1. EMPRESAS GRUPO EMILIO BOLADO: AGLOMERADOS DE CANTABRIA,

    S.A., EMILIO BOLADO, S.L. y EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L.

    1. Aglomerados de Cantabria, S.A. (ACANSA), según la información aportada por la empresa a la DI, tiene su domicilio social en Barrio Las Tejeras, s/n-Peñacastillo (Cantabria). Es una empresa dedicada a la construcción de obras en general y a servicios de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      El propietario de ACANSA, con una participación del 99%, es Emilio Bolado e Hijos, S.L., que es también accionista mayoritario de la empresa EMILIO

      BOLADO, S.L. (EMILIO BOLADO), incoada igualmente en este expediente

      (contestación de ACANSA al requerimiento de información folios 3015 a 3019).

    2. El propietario de EMILIO BOLADO, con más del 99% de sus acciones, es EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L. Por su parte, EMILIO BOLADO es propietaria del 60% de la empresa Parque Verde Cantabria, S.L., empresa dedicada a la gestión y tratamiento de residuos procedentes de la construcción (contestación de EMILIO BOLADO al requerimiento de información, folio 2847). Con sede social en C/ San José, s/n, en Cacicedo de Camargo, (Cantabria). EMILIO

      BOLADO se dedica a la fabricación de materiales de construcción (hormigones, áridos y mezclas bituminosas), la obra pública (carreteras, grandes infraestructuras y urbanización), ingeniería (polígonos industriales e instalaciones deportivas) y servicios (conservación de carreteras, limpieza viaria, parques y jardines, etc.).

      Respecto a EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L., la matriz, su sede social se encuentra en C/San José, s/n en Cacicedo de Camargo (Cantabria), y entre sus actividades se encuentra la contrata y ejecución de obras tanto públicas como privadas.

      2. ARRUTI SANTANDER, S.A.

      Según la información aportada por la empresa, ARRUTI SANTANDER, S.A.

      (ARRUTI) fue constituida en el año 1984 en Santander, desarrollando sus actividades fundamentalmente en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Sus accionistas son personas físicas. El objeto social de la empresa incluye la promoción y construcción de toda clase de obras, tanto propias como para terceros, ya sean éstas públicas o privadas, la adquisición de terrenos y fincas, su parcelación y urbanización, explotación, arrendamiento y venta de las mismas, elaboración, venta y transporte de hormigones, incluso su aplicación en obra, así como la fabricación, venta, transporte y extendido de aglomerados asfálticos. Según la información aportada por la empresa, no posee filiales, llevando a cabo sus actividades de manera directa o a través de Uniones Temporales de Empresas (UTEs). Atendiendo a su volumen de negocio durante el periodo 2003-2010, algo más de la mitad correspondió a Obra Pública y el restante a Obra Privada, (contestación de ARRUTI al requerimiento de información, folios 2834 a 2838)

      .

      3. EMPRESAS GRUPO SADISA: ASCAN Empresa Constructora y de Gestión,

      S.A. y GRUPO EMPRESARIAL SADISA, S.L.

      ASCAN, Empresa Constructora y de Gestión, S.A. (ASCAN), tiene su sede social en Barrio La Venta (Igollo), s/n, 39608-Camargo (Cantabria). Según la información aportada por la empresa, ASCAN desarrolla actividades en el sector de la edificación residencial y no residencial, ingeniería civil y medio ambiente.

      Desde el año 2007 la empresa ha experimentado varias ampliaciones de su objeto social, que van desde la construcción, explotación y gestión de establecimientos y actividades relacionadas con el ocio, el deporte y la recreación, hasta la gestión integral de toda clase de energía y productos energéticos y la prestación de servicios integrales de asistencia sanitaria y social. Desde 2007 la empresa no ha visto modificada su estructura de control.

      Su principal accionista es el Grupo Empresarial SADISA, S.L., con el 100% de su capital y participa en el capital social de varias empresas dedicadas al suministro de material para la construcción y energías renovables,

      (contestación de ASCAN al requerimiento de información, folios 1067 a 1083).

      Por su parte, Grupo Empresarial SADISA, S.L. tiene su sede social en Barrio La Venta (Igollo), s/n. 39608-Camargo (Cantabria). Desarrolla actividades relacionadas con la inversión en todo tipo de valores inmobiliarios y explotación de plantas hormigoneras, entre otras.

      Según la información disponible en la página Web de la empresa

      (www.sadisa.es), Grupo Empresarial SADISA, S.L. surge en 1996 de mano de la familia Díaz Díaz. Se estructura organizativa y mercantilmente bajo distintas marcas societarias, como son: ASCAN, Canteras y Derivados, S.A., General de Asfaltos y Servicios, S.L., Hormigones Cántabros, S.A., Hormigones Santander,

      S.L. y Hormigones y Áridos del Principado, S.A.

      4. ASFIN CANTABRIA, S.L.

      El objeto social de Asfin Cantabria, S.L. (ASFIN), según la información incorporada al expediente procedente de su página Web, consiste en la operación de plantas de asfalto para la fabricación, elaboración, distribución y venta de sus productos, así como la construcción y ejecución de toda clase de obras civiles y públicas, tales como carreteras, puentes diques, desmontes y excavaciones y la construcción de toda clase de edificaciones e instalaciones

      (www.asfincantabria.es) (folio 2801).

      ASFIN es propiedad al 50% de dos accionistas. No obstante esta empresa ha declarado a la DI que actúa en el mercado de manera independiente de sus empresas accionistas.

      En relación a las actividades de fabricación, venta en planta y ejecución de obras de aglomerado, ASFIN ha declarado que las lleva a cabo fundamentalmente en Cantabria. El volumen de ventas afecto a la actividad de aglomerado supone algo más de la mitad del total facturado por la empresa en 2010, mientras que el restante de la facturación lo constituirían los trabajos de obra civil prestados a las Administraciones Públicas y proyectos privados para obras particulares (actividad que ASFIN inició en el año 2008).

      5. CUEVAS, GESTIÓN DE OBRAS, S.L.

      La empresa CUEVAS GESTIÓN DE OBRAS, S.L. (CUEVAS), está situada en Polanco (Cantabria). Según se deduce de la información de su página web

      (www.cuevasobras.es), la empresa se dedica entre otras actividades a la prestación de servicios, contratación y ejecución de obras, tanto públicas como privadas, entre las que se encuentran las carreteras. La empresa no pertenece a ningún grupo empresarial.

      6. CONSTRUBOC 2002, S.L.

      La empresa CONSTRUBOC 2002, S.L. (CONSTRUBOC), está situada en Sancibrian (Cantabria). El objeto social de la empresa, según la información aportada por la misma, es la construcción y ejecución de obras de carácter público y privado, las obras de viales y pistas, tales como autopistas, autovías, pistas de aterrizaje, con firmes de hormigón hidráulico o mezclas bituminosas, señalizaciones y balizamientos viales y las actividades de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles tales como edificios, carreteras, pistas, autopistas, autovías, calzadas y vías férreas, redes de agua y alcantarillado, estaciones depuradoras, mobiliario urbano, montes y jardines, monumentos y edificios singulares, fundamentalmente en la Comunidad Autónoma de Cantabria (contestación de CONSTRUBOC al requerimiento de información, folios 1355 a 1372).

      En la actualidad CONSTRUBOC está en manos de dos accionistas de la misma familia, que son al mismo tiempo administradores solidarios de la empresa. CONSTRUBOC tiene participaciones en PROMOTORA ESPALLIN,

      S.L., dedicada entre otros, a la urbanización de terrenos y compra venta de material de construcción. También tiene participaciones en una serie de UTEs creadas para la ejecución de obras de acondicionamiento de carreteras en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      7. EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE, S.L.

      La EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE,

      S.L. (INOR), está situada en Revilla de Camargo (Cantabria). Inició sus actividades en 1996 y está dedicada a la ejecución de proyectos de obra civil, abastecimiento y saneamiento, movimiento de tierras y demoliciones, rehabilitación de edificaciones de obra pública y privada y obra marítima fundamentalmente en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      Según la información aportada por la empresa, INOR no pertenece a ningún grupo empresarial y sus participaciones se reparten entre dos personas físicas.

      (Contestación de INOR al requerimiento de información, folios 1260 a 1264).

      8. HERMANOS TORRES ROIZ, S.L.

      El objeto social de HERMANOS TORRES ROIZ, S.L. (HTR), constituida en 1994 y con domicilio social en Avda. de Bilbao, 4. 39600-Camargo (Cantabria), según información aportada por la propia empresa, consiste en la realización de trabajos de excavación y movimientos de tierra, el alquiler de maquinaria y equipo para la construcción y obra civil, así como la prestación de servicios de transporte de todo tipo de mercancías por carretera. También realiza obras de pavimentación aunque no están expresamente incluidas en su objeto social

      (contestación de HTR al requerimiento de información, folios 1962 a 2021).

      Según información facilitada por la empresa, HTR dentro del mercado español de contratación, suministro y ejecución de obras, interviene en cuanto a su actividad, no como un agente ejecutor del conjunto de la obra, sino de parte de la misma; en concreto, interviene en los procesos de excavación y movimientos de tierra previos a la ejecución de la obra y en las actividades de transporte de materiales de construcción vinculadas a la obra.

      En cuanto al marco territorial de su actividad, ésta se realiza casi en su totalidad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, aunque en ocasiones también en sus proximidades y puntualmente en otras partes de España.

      HTR no ejerce control sobre ninguna empresa, ni pertenece tampoco a ningún grupo empresarial. Sus acciones están repartidas entre tres personas físicas, dos de las cuales ejercen como Administradores Solidarios de la empresa.

      9. EMPRESAS GRUPO JESPAB: SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE, S.A.

      (SENOR) y GRUPO JESPAB, S.A.

      Según la información aportada por la empresa SERVICIOS Y OBRAS DEL

      NORTE, S.A. (SENOR) (contestación la requerimiento de información, folio 2022), con domicilio social en Avda. Castañeda 7, 39005-Santander, su actividad se centra en la fabricación de aglomerados y la ejecución de obra pública de todo tipo, especializándose en la construcción y conservación de infraestructuras viarias, fundamentalmente en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Su único accionista en la actualidad es GRUPO JESPAB, S.A., aunque con anterioridad a 2007 el accionista principal de SENOR era JESPAB,

      S.A., que se escindió en septiembre de 2007 en dos sociedades, el GRUPO

      JESPAB, S.A. y NUEVA JESPAB, S.A., resultando adjudicataria GRUPO

      JESPAB, S.A. de la totalidad de las acciones en SENOR.

      Por otro lado, SENOR posee desde junio de 2008 el 100% del capital de la empresa Gaos Contratas y Construcciones, S.L., dedicada a la construcción de autopistas, carreteras, campos de aterrizaje, vías férreas y centros deportivos.

      Respecto al accionista mayoritario de SENOR, GRUPO JESPAB, S.A., su sede social se encuentra en la calle Alberto Alcocer, 46, oficina cuarto B, 28016-(Madrid). Su objeto social consiste en la adquisición, explotación y enajenación de bienes muebles e inmuebles.

      Con capital 100% familiar y según información pública disponible en internet

      (

      www.composan.es

      ), además de SENOR forman parte del Grupo las siguientes empresas: Composan Construcción, S.A., Hormigones Asfálticos Andaluces,

      S.A. (HORMACESA), Forum Business Center, S.A., Arian Construcción y Gestión de Infraestructuras, S.A. y Pavimentos de Vizcaya, S.A. (PAVISA).

      10. EMPRESAS GRUPO SIECSA: SIEC CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A. y GRUPO SIECSA, S.L.

      El objeto social de SIEC, Construcción y Servicios, S.A. (SIEC), con domicilio social en el Paseo Julio Hauzeur, 45-B de Torrelavega-(Cantabria), es la ejecución de obra civil y construcción de todo tipo de edificaciones, así como la ejecución de obras de urbanización, saneamientos, abastecimiento de aguas, excavaciones, movimiento de tierras y explotación de canteras, tanto para entidades públicas como privadas en la Comunidad Autónoma Cántabra.

      Según lo indicado por la empresa, el 99,99% de las acciones de SIEC

      pertenecen a GRUPO SIECSA, S.L., constituida en octubre de 2005. Además SIEC tiene participación directa en las siguientes empresas: Hotel Torresport,

      S.L., Prime Cantabria, S.L., Turismo del Nansa, S.L., Aparcamiento Mendicouague, S.L. y SODEPISA Cantabria, S.L. (contestación de SIEC al requerimiento de información folios 1397 a 1411).

      Con domicilio social en el Paseo Julio Hauzeur, 45-B de Torrelavega-(Cantabria), el Grupo Siecsa, S.L. participa de forma directa en las siguientes empresas:

      -SIEC

      -TRACMAN, S.L.

      -Fitness y Spa Torrelavega, S.L.

      CARACTERIZACIÓN DEL MERCADO

      El mercado de producto que se reparten los imputados y a que se refiere este expediente sancionador, tal como consta en la imputación final de la DI es el de licitaciones públicas y privadas para asfaltado de obras de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas

      (carreteras, autovías, etc.), todo ello sin perjuicio de que la investigación inicial incidiera en el reparto del mercado de asfalto para la realización de dichas obras. En el reparto realizado por el G5 se asignaban tanto licitaciones de obra completa como de los asfaltos o Mezclas Bituminosas en Caliente (MBC), empleados fundamentalmente en la pavimentación de los firmes de carreteras, calzadas de vías urbanas.

      A.

      Marco Normativo.- De acuerdo con la descripción de la DI en el IPR

      las normas aplicables en dicho mercado serían las siguientes, tanto respecto a las licitaciones como a las MBC.

      En relación a los procesos de licitación, la principal norma jurídica de aplicación en España en el ámbito de la contratación pública es el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), derogando la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) y con entrada en vigor el 16 de diciembre de 2011.

      No obstante lo anterior y teniendo en cuenta el periodo de duración de las prácticas anticompetitivas objeto del expediente, las licitaciones de los Órganos de Contratación de carácter público fueron regulados por las siguientes normativas actualmente derogadas:

      - Ley 13/1995, de 18 de Mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas

      (vigente hasta el 22 de junio de 2000).

      - Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

      (TRLCAP) (vigente hasta el 30 abril de 2008).

      - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (vigente hasta el 16 de diciembre de 2011).

      El ámbito de aplicación de la Ley en vigor son los contratos del sector público

      (artículo 2 del TRLCSP), que son los contratos onerosos que se celebren, principalmente, entre la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y otros sujetos que no son Administraciones Públicas, como las sociedades mercantiles y fundaciones públicas y los consorcios

      (artículo 3.1 del TRLCSP).

      En el artículo 138 del TRLCSP, similar al artículo 122, contenido en la derogada Ley 30/2007, se establecen cinco procedimientos de adjudicación de las licitaciones en las Administraciones Públicas:

    3. Procedimiento abierto (Arts. 157 a 161). Se caracteriza por permitir que cualquier empresario pueda presentar una proposición y convertirse en licitador del contrato, no permitiéndose la negociación de los términos contractuales.

    4. Procedimiento restringido (Arts. 162 a 168). En este procedimiento se exige que, antes del anuncio de licitación, el órgano contratante establezca unos criterios objetivos de solvencia, en base a los cuales, seleccionará a un mínimo de cinco candidatos que podrán presentar ofertas. Al igual que en el procedimiento abierto, no se permite la negociación entre licitadores y órgano de contratación de los términos contractuales.

    5. Procedimiento negociado (Arts. 169 a 178). Se trata de una figura aplicable en supuestos expresamente tasados, donde el órgano de contratación efectúa consultas con diversos contratos, negociando sus condiciones con los licitadores. Dado que se trata de un procedimiento en el que existe cierto riesgo para los principios de contratación (arbitrariedad, ineficiencia del gasto público), no sólo se exige el cumplimiento de alguno de los supuestos de hecho previsto en la Ley, sino que también requiere solicitar ofertas a un mínimo de tres empresas capacitadas. De igual manera, se prohíbe cualquier trato discriminatorio o que pueda dar ventajas a alguno de los licitadores.

      Este tipo de adjudicación de contratos podrá darse entre otros en los siguientes supuestos, en caso de contratos de obras tal como se especifica en el art. 170 y en el 171 del TRLCSP:

      “(…)

    6. Cuando se trate de obras complementarias que no figuren en el proyecto ni en el contrato, o en el proyecto de concesión y su contrato inicial, pero que debido a una circunstancia (…) pasen a ser necesarias para ejecutar la obra (…)

    7. Cuando las obras consistan en la repetición de otras similares adjudicadas por procedimiento abierto o restringido al mismo contratista por el órgano de contratación (…)

    8. En todo caso, cuando su valor estimado sea inferior a un millón de euros. (…)

    9. Cuando una imperiosa urgencia, resultante de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación y no imputables al mismo, demande una pronta ejecución del contrato que no pueda lograse mediante la aplicación de la tramitación de urgencia prevista en el artículo 112 (…)”.

      El procedimiento negociado puede realizarse sin publicación en los Boletines correspondientes, si su valor estimado es inferior a 200.000€ según la actual normativa.

    10. Diálogo competitivo (Arts. 179 a 183). Es un procedimiento pensado para la celebración de contratos de una complejidad tal, que el órgano de contratación no puede definir con claridad los medios requeridos para satisfacer sus necesidades. En tales casos, el órgano de contratación selecciona a un grupo de candidatos de entre las solicitudes recibidas, para dirigir un diálogo entre ellos conducente a discernir una o varias opciones posibles, y a establecer las bases para que dichos candidatos presenten sus ofertas.

    11. Concurso de proyectos (Art 184 a 188). Se trata de un procedimiento encaminado a la obtención de planos o proyectos, principalmente en los campos de la arquitectura, el urbanismo, la ingeniería y el procesamiento de datos, a través de una selección que, tras la correspondiente licitación, se encomienda a un jurado.

      Las distintas normas indicadas, en vigor a lo largo del tiempo en que se han producido las prácticas analizadas en el expediente, han incorporado la adjudicación de los contratos mediante los procedimientos abiertos, restringidos o negociados en términos similares a los de la norma en vigor, tanto por concurso como por subasta.

      Asimismo ha de tenerse en cuenta la posibilidad de la Administración de realizar los denominados contratos “menores”, que en la vigente Ley viene incorporada en su art. 138.3 la posibilidad de adjudicar directamente a cualquier empresario los contratos denominados “menores”, que en el caso de contratos de obra serían los inferiores a 50.000€ (sin IVA) y en el caso de otros contratos, los inferiores a 18.000€.

      Este último caso no requiere la solicitud por parte de la Administración de un número determinado de licitadores, al ser adjudicado directamente. No obstante la Administración, como cualquier otra empresa privada, suele solicitar una diversidad de ofertas.

      Por lo que se refiere a la normativa europea relativa a asfaltos o MBC se engloba en el llamado Nuevo Enfoque, técnica legislativa de la Unión Europea que consiste en establecer, mediante una Directiva, los requisitos esenciales y especificaciones técnicas que deben cumplir los productos industriales comercializados en el mercado comunitario.

      Así, las MBC están reguladas a nivel europeo por la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción. Fue modificada por la Directiva 93/68/CEE de Marcado CE, que incide en los requisitos que deben cumplir los productos de la construcción para que las obras reúnan, durante un periodo de vida económicamente razonable, los requisitos esenciales en materia de resistencia mecánica y estabilidad, seguridad en caso de incendio, seguridad de utilización, etc. Este Marcado CE simboliza la conformidad del producto con todos los requisitos comunitarios impuestos al fabricante y que dicha conformidad se ha evaluado apropiadamente.

      Las especificaciones técnicas de las MBC empleadas se regulan en normas armonizadas del Comité Europeo de Normalización (CEN), en concreto en las de la serie EN-13108.

      La transposición nacional de la Directiva 89/106/CEE se encuentra en el Real Decreto 1630/1992, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción.

      B.

      Funcionamiento del mercado Como ya se ha indicado, el mercado de producto a que se refiere el expediente es el de las licitaciones, tanto públicas como privadas, así como el de los asfaltos o Mezclas Bituminosas en Caliente (MBC), empleados fundamentalmente en la pavimentación de los firmes de carreteras, calzadas de vías urbanas, viales, accesos, etc.

      Las licitaciones objeto del expediente se circunscriben básicamente al ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma, puesto que son obras de ámbito local convocadas bien por el Gobierno de Cantabria, bien por los Ayuntamientos de la Comunidad, y cuando se trata de obras a realizar por otros operadores privados a quien los miembros del cártel suministran MBC, se ciñen también a dicho ámbito.

      Como recoge la DI, este Consejo de la CNC en Resoluciones anteriores ya manifestó, (Resolución del Consejo de la CNC de 26 de octubre de 2011, Expte. S/0192/09 Asfaltos), que las mezclas bituminosas empleadas en la pavimentación de terrenos, que están compuestas por una combinación de áridos y ligantes hidrocarbonados (betún) que, mezclados a altas temperaturas, forman una película continua que envuelve a los áridos. La combinación de los áridos y el ligante hidrocarbonado debe hacerse en caliente y además se maneja, extiende y compacta a temperatura superior a la del ambiente, por lo que el radio de acción es de como máximo entre 80 y 100 Km. desde la planta asfáltica. Pero como también se recoge en el citado expediente, las denominadas plantas asfálticas que fabrican el MBC pueden ser fijas, y posteriormente se transportan a obra para su extendido y compactación, o móviles, situadas próximas a la obra.

      Por lo que se refiere a la demanda en este mercado de licitación para la pavimentación de los firmes de carreteras, calzadas de vías urbanas, puertos, etc., la demanda fundamental son las licitaciones del Sector Público, (Ministerio de Fomento, Administraciones Autonómicas, a través de sus Consejerías de Fomento y Obras Públicas, o sus Organismos Públicos Autónomos creados para la gestión y mantenimiento de sus infraestructuras, y las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos), mediante los procedimientos de convocatoria más arriba explicados, abiertos o restringidos.

      En relación con el mercado definido y en particular con la obra pública de Cantabria licitada, según se recoge en el IPR de datos de SEOPAN,

      (Asociación de Empresas Constructoras de Ámbito Nacional), aportados por ASFIN, de enero a diciembre de 2010 las Administraciones Públicas licitaron un total de 15.294,41 millones de euros en Obra Civil de los que 227,14 millones, se licitaron en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      Asimismo constan en el expediente, aportadas por la misma empresa (folio 2826), las cuotas de los principales operadores en los años 2007 a 2010, en dicho mercado:

      Tabla 1. Cuotas de mercado de principales operadores.

      Mercado de obra pública en Cantabria. En %. Años 2007-2010.

      2007 2008 2009 2010 UTE

      DRAGADOS/ASCÁN

      12%

      ROVER

      ALCISA

      12%

      COPSESA

      5%

      ARRUTI

      8%

      ASCAN

      4%

      BOLADO

      7%

      UTE FCC-BOLADO

      5%

      UTE FCC-BOLADO

      5,5

      %

      SENOR

      3,5%

      UTE

      COPSESA-SANECAN

      6%

      ARRUTI

      4%

      BOLADO

      5%

      BOLADO

      2%

      ASCAN

      5%

      SIEC

      4%

      FDEZ-ROSILLO

      5%

      UTE SEOP-ACCIONA

      1,5%

      ARRUTI

      4%

      FDEZ-ROSILLO

      4%

      UTE GOES-PRIETO

      5%

      Fuente: cuadro elaborado por la DI según datos aportados por ASFIN.

      HECHOS ACREDITADOS

      De la información que obra en el expediente y tal como se verá a continuación en los Hechos Acreditados que se exponen, se ha constatado la existencia de un grupo de empresas que se denomina a sí mismas G5, porque tienen un número de identificación del 1 al 5, y que está formado por ARRUTI, ASCAN, ASFIN, EMILIO

      BOLADO y ACANSA, y SENOR que se ponen de acuerdo para acudir a las ofertas para ejecutar una serie de obras en Cantabria, tanto obras públicas como privadas.

      Estas empresas, junto con otras de la zona acuden además a los concursos públicos para la realización de obra pública, acompañándose mutuamente en la presentación de ofertas para los contratos públicos de los denominados negociados o menores en la Comunidad Autónoma de Cantabria, (ver mapa en ANEXO I al Informe y Propuesta de Resolución).

      A continuación se recogen los hechos acreditados en el expediente, presentándose por una cuestión de sistematización, en primer lugar las evidencias sobre los acuerdos entre los miembros del G5 y posteriormente las relacionadas con los acuerdos para acompañamiento en las licitaciones de los contratos públicos negociados o menores.

      Reuniones del G5 11. De acuerdo con la información aportada por el denunciante que, como se irá señalando, es coincidente con la documentación incautada en las inspecciones, los números por los que se conocía a cada una de las empresas del G5 eran los siguientes:

      ARRUTI (1) ASCAN (2) ASFIN (3) EMILIO BOLADO y ACANSA (4), y SENOR (5) 12. También según la información aportada junto con la denuncia, en una fecha indeterminada del año 2006, las empresas del G5 establecieron una clave de reparto entre ellas de las obras, cuota que utilizaban en los ajustes posteriores sobre obra o proyecto asignado. Según la información aportada al menos durante el año 2009, se aplicaron las siguientes cuotas tal como consta en los cuadros resumen (folios 42, 63, 85, 109, 131, 154 y 175):

      ARRUTI → 18,80%

      ASCAN → 22,80%

      ASFIN → 16,80%

      EMILIO BOLADO +

      ACANSA → 22,80%

      SENOR → 18,80%

      13. A continuación se recoge una relación de las reuniones del G5 a las que se remiten los documentos que constan en el expediente y los hechos más relevantes de las mismas, en relación con los repartos de obras referidas a licitaciones públicas, así como a clientes privados y a las ventas de asfalto en planta. También se recogen los documentos que con carácter previo a la celebración de las reuniones preparaban cada una de las empresas. Como se aprecia en los folios referenciados, cada uno de estos documentos era identificado por las empresas con el código numérico correspondiente (del 1 al

      5, identificativo del número asignado a la empresa), y la fecha de celebración de la reunión.

      A las reuniones acudía personal directivo (ver Anexo I al PCH) de las empresas, normalmente relacionado con las licitaciones públicas. El denunciante ha aportado documentación de la que se deduce que hubo una primera reunión a alto nivel que no puede fechar, en la que se gestó el reparto de mercado (folio 202).

      14. La DI recoge en los HP la celebración de las siguientes 30 reuniones del cártel del G5 desde 2006 hasta 2010, que constan acreditadas en la documentación recabada en las inspecciones realizadas el 6 de abril de 2011 y ratificadas en los documentos electrónicos formato EXCEL obtenidos en la inspección de EMILIO BOLADO (folios 2659. 1 a 10). En esta relación de reuniones de cada año aparece explícitamente identificado el origen de la información y el número de folio, lo que permitirá posteriormente cuando se describa la documentación de cada reunión referirnos al folio:

      - Año 2006: reuniones de 10 de mayo y 27 de julio (documentación recabada durante la inspección efectuada en el despacho del responsable del área de licitaciones de EMILIO BOLADO, folios 908 y 1006 respectivamente).

      - Año 2007: reuniones de 9 de enero; 28 de marzo; 11 de abril; 25 de abril; 13 de junio; 2 de agosto; 19 de octubre; 4 de diciembre, y 20 de diciembre,

      (documentación recabada durante la inspección efectuada en el despacho del responsable del área de licitaciones de EMILIO BOLADO, folios 930; 943 y 944; 1008 y 1014; 1015; 994 y 995; 919, 974 y 975; 939 a 941; 922, 925, 952, 953,1026 a 1029; y 950, 951, 1024 y 1025) y sobre la reunión de 19 de octubre, documentación aportada junto a la denuncia (folio 238).

      - Año 2008: reuniones de 16 de enero, 12 de marzo, 30 de septiembre, 5 de noviembre, 2 de diciembre, 10 de diciembre y 22 de diciembre (documento electrónico denominado “Relación de obras a ofertar.xls” recabado en la inspección en la sede de ARRUTI (folio 2172); documentación recabada durante la inspección efectuada en el despacho del responsable del área de licitaciones de EMILIO BOLADO (folios 987; 957 a 959, 962 a 964, 969 a 971 y 981 a 983, y 1001) y citas de la agenda electrónica del correo electrónico del Director General Técnico de la empresa, folio 2653 y 2654).

      - Año 2009: reuniones de 12 de enero; 28 de enero; 2 de febrero; 10 de febrero; 18 de febrero; 25 de febrero; 4 de marzo;10 de marzo; 11 de marzo; 18 de marzo; 14 de diciembre, (Documentación aportada junto a la denuncia

      (folios 12 a 177); documentación recabada en la inspección de la empresa EMILIO BOLADO, incluidas citas de la agenda electrónica del correo electrónico del Director General Técnico de la empresa (folios 2655 a 2659), y Documento electrónico denominado “Relación de obras a ofertar.xls”

      recabado en la inspección en la sede de ARRUTI, folio 2174).

      - Año 2010: reunión de 25 de febrero (Documento electrónico denominado “Relación de obras a ofertar.xls” recabado en la sede de ARRUTI, folio 2175).

      15. A continuación se incluye un resumen de cada una de las reuniones del G5 documentadas en el expediente, indicando las pruebas que las acreditan y las que demuestran los repartos de las obras que las empresas llevaban a las reuniones. En cada caso se hace referencia al número de folio concreto en que se recoge la información de las reuniones, con los folios llevados por las empresas con la fecha de la reunión y anotados a mano, así como a los documentos Excel, más arriba citados recabados en la inspección a BOLADO, con información coincidente. Asimismo y como anexo III de la Propuesta de la DI consta una relación de todas las obras que estaban relacionadas en los documentos preparados por cada una de las 5 empresas para las reuniones y que por tanto eran objeto de reparto, al margen de que fueran realmente repartidas o a quien fueran finalmente asignadas, pues en algunos casos se dejaban libres (no se repartían), y en otros la presencia de licitadores ajenos al G5 con mejores ofertas se quedaban con la obra. En dicha relación de obras que se une a esta Resolución como anexo I, y para cada una de las obras, se recogen los folios que hacen referencia a las mismas.

      En todo caso, como se aprecia en los ejemplos que se recogen a continuación, en aquellas obras asignadas en las reuniones a uno de los miembros del G5, y siempre que no hubiera terceros participantes, la coincidencia entre la asignación en el reparto y la obtención de la obra era practicante del total.

      -Año 2006 16. La primera reunión acreditada del G5 se celebró el 10 de mayo de 2006 (folio 908). La documentación referida a dicha reunión contiene el listado de obras a ofertar a varios clientes privados y las obras “de boletín” o invitación presentadas por ASCAN (identificada como nº 2), así como anotaciones manuscritas del representante de EMILIO BOLADO en la reunión, relativas a la empresa a la que la correspondía la obra o si determinada obra no entraba en el acuerdo, tal como se reproduce a continuación:

      “Nº2 REUNIÓN DEL 10 DE MAYO DE 2.006

      ● OBRAS A OFERTAR

      ► Asfaltado parking Lidl en Castro Urdiales (Coninca Norte, S.L.) 307 TE (2)

      ► Pav. viales en urb. Las Ventas en Villanueva (CROER Proy. y Obras) 16 TE (2)

      ● OBRAS DE BOLETÍN O INVITACIONES

      (S) 29-5-06 → Min. de Fomento → Rehabilitación características superficiales y capa de rodadura de diversas carreteras de Cantabria (A-8, A-67, S-10 y N-623) 128.816 Tn (Aglomerados+Fresados →78,53%) → LIBRE

      (S) 15-5-06 → Gob. Cantabria → CA

      -453. Villanueva de Meruelo → 1.231 Tn DESIERTA

      (S) 15-5-06 → Ayto de Santander → Urb. C/ Héroes de la Armada → 264 Tn LIBRE

      (S) 15-5-06 → Ayto. San Felices → Pav. camino en Posajo → 413 Tn DESIERTA

      ● OBRAS A RETIRAR

      ● VENTA

      EN PLANTA”.

      17. La siguiente reunión del G5 se celebró el 27 de julio de 2006. Consta en el expediente un documento que incluye las obras repartidas durante la misma, en las que se incluían los acuerdos a que habían llegado las empresas sobre las bajas que debía presentar cada uno de los miembros del G5 a la licitación

      (folio 1006)

      .

      Estas obras son las siguientes:

    12. Pavimentación de caminos en Ajo y Güemes (licitado por el procedimiento de subasta por el Ayuntamiento de Bareyo, con un presupuesto de licitación de 125.000€). Las bajas acordadas durante la reunión de 27 de julio de 2006 fueron las siguientes:

      “(1): 1,50% → 123.125 €

      (2): 2,25% → 122.187,50 €

      (4): 2,10% → 122.375 €

      (5): 3,00% → 121.250 €”

      El establecimiento de estas bajas se efectuó con carácter previo a la fecha límite de presentación de las ofertas (14 de agosto de 2006) y a la fecha de apertura de las ofertas (17 de agosto de 2006) (folio 1002), y Documento electrónico denominado “Aperturas 2006.xls” recabado en la inspección de EMILIO BOLADO (folio 2659.3).

    13. Reparación del camino de acceso a Camesa, Valdeolea (licitado por el procedimiento de subasta por el Gobierno de Cantabria, con un presupuesto de 104.817,48€). Durante la reunión se acordaron las siguientes bajas:

      “nº2 -4,25%

      nº3 -1,9%

      nº4 -5,3%

      nº5 -4,15%”

      La fecha de licitación fue posterior a la de la reunión (7 de agosto de 2006) Documento electrónico “Aperturas 2006.xls” (folio 2659.3).

    14. Afirmado de la carretera de acceso al Bº de Helgueras, Noja (licitado por el procedimiento de subasta por el Gobierno de Cantabria). Respecto a esta obra, las empresas acordaron no presentar oferta, según la indicación “DEJAR DESIERTA” que consta manuscrita en el documento de la reunión.

      - Año 2007 18. El 9 de enero de 2007 se celebró una nueva reunión del G5 (folio 930). El documento fue presentado en la reunión por SENOR, tal como indica el código 5 correspondiente a esta empresa, incluía las siguientes obras a repartir entre las empresas investigadas:

    15. Suministro de aglomerado en planta a Tebycon. Respecto a esta obra no se concretó la empresa que realizaría este suministro, quedando “PENDIENTE”.

    16. Acondicionamiento y mejora de caminos del municipio (licitado por el Ayuntamiento de Marina de Cudeyo por el procedimiento de concurso y por un importe de licitación de 500.000€). La obra le correspondió a SENOR (5), tal como se deduce de las anotaciones del representante de EMILIO BOLADO. Asimismo el reparto fue previo a la fecha de presentación a la licitación de esta obra (3 de febrero de 2007) y a la de apertura el 5 de febrero de 2007, siendo efectivamente SENOR la que realizó la obra (Documento electrónico “Aperturas 2007.xls” (folio 2659.4).

    17. Pavimentación en espigón norte y accesos control oeste (licitado por la Autoridad Portuaria de Santander por el procedimiento de subasta y por un importe de licitación de 1.235.885,04€). La obra le correspondía por acuerdo a ARRUTI (1). Según documentación que consta en el expediente, la adjudicataria fue ARRUTI presentando ofertas únicamente las empresas del G5 con las siguientes bajas según consta en los Documentos “Aperturas 2007.xls” (folio 2659.4) y “General.xls” (folio 2659.6).

      “EMILIO BOLADO 18,66 % (baja temerari

    18. ARRUTI 4,69 %

      SENOR 2,19 %

      ASFIN 1,23 %

      ASCAN 1,75 %”

    19. Refuerzo de firme de la carretera CA-685 de Gibaja a Marrón (licitado por el Gobierno de Cantabria por el procedimiento de subasta y por un importe de licitación de 125.348,73€). La obra le correspondió a ASFIN, que fue el que la realizó efectivamente (folio 930) para ello se acordó que las bajas del resto de licitantes debían situarse entre el 0 y el 2% del importe de licitación.

    20. Refuerzo de firme de las carreteras CA-302, CA-304, CA-306, CA-307, CA-310 y CA-313. Tramo Bezana-Camargo (licitado por el Gobierno de Cantabria por el procedimiento de subasta y por un importe de 227.862,77€). La obra le correspondió a SENOR, como indica la anotación “5” realizada por el representante de EMILIO BOLADO en la reunión, para lo que el resto de empresas presentarían bajas situadas entre el 0 y el 2%.

      Sin embargo, aunque efectivamente la puja se realizó de esa manera, fue otra empresa ajena al G5 la adjudicataria de la obra- (“Aperturas 2007.xls”

      (folio 2659.4) y “General.xls” (folio 2659.6)).

    21. Pavimentación en Polientes, San Martín de Elines y Villanueva de la Nía, Valderredible (licitado por el Gobierno de Cantabria por el procedimiento de subasta y por un importe de 200.000€). Las anotaciones tomadas por el representante de EMILIO BOLADO durante la reunión “(4), 0-2%, 3’5%”, coinciden con las bajas que se presentaron posteriormente ante el órgano de contratación entre un 0 y un 2%, así como la adjudicación a ACANSA

      (4). (“Aperturas 2007.xls” (folio 2659.4) y “General.xls” (folio 2659.6)):

      “ACANSA → 3,49 ASCAN → 1,00 ASFIN → 0,80 SENOR 0,56 ARRUTI → 0,50”

      19. De la reunión del 28 de marzo de 2007 consta en el expediente los listados de obras, con fecha y número de identificación, presentados tanto por SENOR (5) como por ASCAN (2), para su correspondiente reparto por la mesa, (folios 942 a 947). En ambos listados está incluida la obra “Aglomerado en el TM de Bareyo”, licitada por el Ayuntamiento de Bareyo mediante el procedimiento de concurso y por un importe de 254.897,21€, que se acordó correspondía a ASFIN (folio 942). La baja a la que debía acudir EMILIO BOLADO era, según lo anotado en los documentos, “1’1523% BAJA”, siendo finalmente la baja presentada por dicha empresa (“Aperturas 2007.xls”, folio 2659.4).

      En esta misma reunión las empresas del G5, tal como consta en el documento presentado por ASCAN a la reunión (folio 944), se repartieron obras de asfaltado de carácter privado:

      “► Asfaltado 36 viviendas en Mortera (GOES) 142 TE (2)

      ► Asfaltado 2 viviendas adosadas en Santillana del Mar (COSFE, S.L.

      12 TE (2)”.

      Y acordaron no presentar ofertas a las siguientes obras, según la anotación “DESIERTA”, realizada por el representante de EMILIO BOLADO en la reunión sobre el documento presentado por SENOR (folio 943):

    22. Acondicionamiento de viales en Fernández Vallejo y acceso a Río Arriba, en Viérnoles (Torrelavega). Licitado por el Gobierno de Cantabria por un importe de 158.340,71€.

    23. Proyecto de pavimentación en Ramales de la Victoria. Licitado por el Ayuntamiento de Ramales de la Victoria por un importe de 483.711,25€.

      20. La siguiente reunión que consta acreditada en el expediente tuvo lugar el 11 de abril de 2007, tal como indica el documento de obras a repartir presentado a la misma por la empresa (1), ARRUTI (folios 1007 a 1014). Entre las obras licitadas por organismos públicos e incluidas en los acuerdos de reparto tomados en dicha reunión estaban, entre otras, las siguientes:

    24. Pavimentación de caminos en Serdio y Pesués (licitado por el Ayuntamiento de Val de San Vicente por el procedimiento de subasta y por un importe de 92.529,80€). Esta obra quedó pendiente de decidir, tal como consta anotado por el representante de EMILIO BOLADO, sobre el documento presentado por ARRUTI a la reunión de 11 de abril de 2007.

      No obstante en la siguiente reunión celebrada el 25 de abril de 2007 se adjudicó a ARRUTI,

      (folio 1015):

      “POR DEBAJO de 2 1’521521”

      Finalmente las empresas del G5 presentaron las siguientes bajas, de acuerdo a lo pactado (folio 2659.6):

      “ARRUTI 3,599997 ASFIN 1,800004 EMILIO BOLADO 1,521521 SENOR 1,200003 ASCAN 1,000002”

    25. Urbanización-reparación de camino en Bº La Richuela en Arenal (licitado por el Ayuntamiento de Penagos, por el procedimiento de subasta y por un importe de licitación de 74.755,82€). En este caso estaba previsto que el adjudicatario fuera SENOR (5), y que EMILIO BOLADO presentase una baja de 0,842824. Si bien con fecha 16 de abril de 2007 EMILIO BOLADO

      presentó la oferta acordada (folio 1007), finalmente no fue SENOR la empresa que resultó adjudicataria de la obra sino una tercera ajena a este cártel (“Aperturas 2007.xls” (folio 2659.4).

      21. El 13 de junio de 2007 se celebró una nueva reunión en la que SENOR (5) propuso a la mesa las siguientes obras para el reparto (folio 994):

      “5 OFERTAS, 13 DE JUNIO DE 2007

      1. VIAS - ADECUACIÓN DEL ENTORNO DEL PASEO FLUVIAL DEL RIO

      CARES EN PANES

      300.-Tm FUERA de MESA

      2. AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA –

      SUMINISTRO DE

      AGLOMERADO

      30.000.- €

      B.O.C. 04-06-07 ALREDEDOR de 45 €/tn S-12 calizo

      3. AYUNTAMIENTO DE ASTILLERO – ASFALTADO DE ANTIGUA

      CARRETERA DE BOO.

      2.500.-M

      2

      (5”).

      22. La siguiente reunión acreditada en el expediente se celebró el 2 de agosto de 2007, (folios 916 a 920). En ella entre las obras de organismos públicos presentadas en el documento elaborado por la empresa ARRUTI (1), se encontraban las siguientes, (folio 919):

    26. Acondicionamiento de la calle Las Pelías, en Tagle (licitado por el Ayuntamiento de Suances por el procedimiento de subasta y por un importe de 112.615,17€). A esta obra únicamente se presentaron las empresas del G5. Asimismo respecto a esta obra constan las siguientes anotaciones:

      “1’5% 112615,00 (5)”.

      Las cifras coinciden, por un lado con la oferta que fue presentada por ACANSA (112.615,00€) y por otro con la adjudicación de la obra a la empresa SENOR (5)

      (folio 2659.4). Por otro lado, la adjudicación a SENOR de esta obra, así como de la obra del punto siguiente y su correspondiente ejecución por esta empresa, quedó reflejada en las tablas correspondientes que eran elaboradas con el fin de poder implementar adecuadamente el reparto del mercado

      (folios 31 y 38 aportados por el denunciante) apareciendo contabilizadas bajo la columna correspondiente al nº 5 (SENOR).

    27. Asfaltado de calles en Cortiguera y Suances (licitado por el Ayuntamiento de Suances por el procedimiento de subasta y por un importe de 112.455,54€). Las anotaciones manuscritas que constan en el documento de la reunión son de la misma naturaleza que las de la obra anterior:

      “1’5% 110600 (5)”.

      Las notas hacen referencia a la oferta que debía presentar EMILIO

      BOLADO (finalmente fue ACANSA, empresa del grupo EMILIO BOLADO, la que presentó la oferta de 110.600€ con un 1,5% de baja), a la que únicamente se presentaron las empresas del G5 y en la que resultó adjudicataria SENOR (5) (folio 2659.4).

    28. Asfaltado de las calles Santecilla, San Ganzo, Landia, Lastra, Las Piedras y aparcamiento en Tagle (licitado por el Ayuntamiento de Suances por el procedimiento de subasta y por un importe de e 110.205,00€).

      Coincidiendo con las anotaciones tomadas sobre el documento de la reunión, la obra fue adjudicada a ARRUTI (folio 2659.4). En este caso, la contabilización de las toneladas correspondientes a esta obra se anotaron bajo la columna de ARRUTI (Nº1) en las tablas del acuerdo

      (folios 31 y 38).

    29. Pavimentación en Avenida San Miguel (licitado por el Ayuntamiento de Meruelo por el procedimiento de subasta y por un importe de 68.974,79€).

      Las anotaciones realizadas sobre el documento indican que la intención de las empresas del G5 era que resultase adjudicataria EMILIO BOLADO (4)

      (en realidad ACANSA fue la empresa del grupo que presentó la oferta), para lo que debía presentar una baja sobre el presupuesto de licitación del

      5%. Finalmente la obra fue adjudicada a otra empresa ajena al G5

      (“Aperturas 2007.xls”, folio 2659.4).

    30. Obras de mejora y pavimentación del Camino de Uncares de Helgueras

      (licitado por el Ayuntamiento de Val de San Vicente por el procedimiento de subasta y por un importe de licitación de 61.801,06€), que si bien según las anotaciones del representante de EMILIO BOLADO, se acordó que correspondía a ASFÍN, finalmente se adjudicó a ARRUTI, (documento electrónico recabado en la sede de EMILIO BOLADO (folio 2659.4).

      23. Consta en el expediente que en la reunión del G5 de fecha 19 de octubre de 2007 las empresas del G5 trataron, al menos, la adjudicación por el procedimiento de concurso de la obra “Mejora de la plataforma de la carretera CA-662, Regules (cruce con CA-256)-Los Tornos (cruce con N-629)”, licitada por el Gobierno de Cantabria por un importe de 3.256.716,30€ y de la que resultó adjudicataria la empresa SENOR, según consta en el documento “Aperturas 2007.xls” (folio 2659.4). La obra fue adjudicada a SENOR (5), si bien la oferta de ARRUTI (1) era más ventajosa, lo que es coincidente con las cantidades incluidas en las tablas de reparto aportadas con la denuncia (folios 34 y 35), en las que se indica lo siguiente:

      “CARTERA> 12000 T.E.

      Nº1 Gob. Cantabria Regules-Los Tornos Pasa a 5”.

      “CARTERA DEFINITIVA> 12000 T.E.

      Nº5 Gob. Cantabria Regules-Los Tornos 11.473 T.E.”

      24. En la reunión del G5 de 4 de diciembre de 2007, y tal como se indica en el documento presentado a la reunión por ASCAN se acordó el reparto de varias obras cuya fecha de licitación era el 10 de diciembre de 2007 y la de apertura de ofertas el 13 y 19, además de ponerse en común entre las empresas las ventas de asfalto en planta realizadas por cada una de ellas, (folios 922 a 925, 952, 953 y 1026 a 1029) coincidente con el Documento “Aperturas 2007.xls”, folio 2659.4).

    31. Refuerzo CA-330. Tramo Posadillo-Sierrapando (licitado por el Gobierno de Cantabria por el procedimiento de concurso y por un importe de licitación de 1.735.516,06€). A dicha licitación se presentaron únicamente las empresas del G5, resultando adjudicataria la empresa (3) ASFIN (folio 2659.4). La baja sobre el presupuesto de licitación presentada por EMILIO

      BOLADO (0,873215), coincide con las anotaciones que se hicieron durante la reunión (folios 953 y 1029). Las tablas de reparto elaboradas por el G5 (en concreto las tablas CARTERA>1500) incluyen esta obra en la columna correspondiente a la empresa ASCAN (Nº2), con la siguiente anotación: “Pasa a 3”, es decir ASFIN,

      (folio 33).

    32. Asfaltado de viales en Villanueva de la Peña, Mazcuerras y Cos (licitado por el Ayuntamiento de Mazcuerras por el procedimiento de subasta y por un importe de licitación de 99.876,00€. El documento de reparto presentado por ASCAN a la reunión, incluía las ofertas que debían presentar el resto de empresas para que resultase ASCAN la adjudicataria

      (folios 952 y 1028):

      “(1) B = 7,79% (92.100,33 €)

      (3) B = 6,08% (93.805,90 €)

      (4) B = 9,07% (90.821,16 €)

      (5) B = 4,37% (95.511,46 €)”.

      Efectivamente, tal como consta en documento “Aperturas 2007.xls”, las bajas acordadas en la reunión fueron las presentadas por las empresas a la licitación, resultando ASCAN adjudicataria de la obra (folio 2659.4).

    33. Pavimentación de barrios en Mata y Tarriba en San Felices (licitado por el Gobierno de Cantabria por el procedimiento de subasta y por un importe de licitación de 450.000,00€. El documento de reparto presentado por ASCAN a la reunión incluía las ofertas que debían presentar el resto de empresas para que resultase ASCAN la adjudicataria (folios 952 y 1028):

      “(1) B = 3,23% (440.292,98 €)

      (3) B = 4,55% (434.288,99 €)

      (4) B = 2,35% (444.295,65 €)

      (5) B = 6,09% (427.284,33 €)”.

      Según la información que obra en el expediente, documento “Aperturas 2007.xls” (folio 2659.4), las ofertas presentadas por ARRUTI (1), ASFIN

      (3) y ACANSA (4) fueron las pactadas durante la reunión. Sin embargo la oferta de SENOR (5) fue finalmente presentada por ASCAN (2), mientras que la primera presentó una baja sobre el importe de licitación mayor, con el objetivo de resultar adjudicataria, hecho que sin embargo no se produjo.

      Este hecho es confirmado también por las tablas de reparto incorporadas al expediente,

      (folio 33), en las que en la tabla “CARTERA>1500 TE” y en la columna correspondiente a SENOR (Nº5) se incluyó esta obra del Gobierno de Cantabria, pero contabilizando las toneladas a 0 lo que, según la leyenda que consta en las propias tablas indica que, si bien la obra había sido adjudicada por la mesa a esta empresa, se ha retirado y debe repartirse en ofertas futuras.

    34. Conservación del firme de la S-20 y la CN-623 (licitada por el Ministerio de Fomento por el procedimiento de subasta). Según las anotaciones realizadas durante la propia reunión las empresas del G5 acordaron dejar desierta esta obra (folio 925).

      25. La siguiente reunión acreditada fue el 20 de diciembre de 2007, para la que constan listados presentados para la reunión por ARRUTI (1) y ASCAN (2), con las obras de carácter público y privado a repartir, así como la regularización de las obras ya repartidas en anteriores reuniones,

      (folios 950, 951, 1024 y 1025).

    35. Las obras de carácter privado adjudicadas durante la reunión a ASCAN

      fueron las siguientes (folios 951 y 1025):

      “OBRAS A OFERTAR:

      - Asfaltado naves conservación de carreteras en Renedo (INGECO) 403TE

      - Asfaltado en Villaverde de Pontones (EXCAV.JOSMAN, S.L.) 300TE

      - Asfaltado 33+8 viviendas en Pomaluengo (TRIGUERO) 118TE

      - Asfaltado aparcamiento y garaje en El Llano PTE VISITA

      (PROY. Y CNES. OCARIZ)”.

    36. En cuanto a las obras licitadas por organismos públicos, ASCAN presentó en la reunión la obra: Mejora plataforma tramo Renedo-Zurita-Sierrapando-Las Presillas, (licitado por el Gobierno de Cantabria por el procedimiento de concurso y por un importe de licitación de 5.773.097,93

      €). Las bajas que acordaron presentar para que resultara ASCAN la adjudicataria de la obra fueron las siguientes (folio 951):

      “(1) B= 2,12% (5.650.797,97€)

      (3) B = 1,76% (5.671.261,28 €)

      (4) B = 0,95% (5.718.034,57 €)

      (5) B = 6,02% (5.425.701,52 €)”

      El acuerdo se llevó a la práctica siendo éstas las ofertas presentadas por ARRUTI (1), ASFIN (3), EMILIO BOLADO (4) y SENOR (5) a la referida licitación, resultando adjudicataria de la misma ASCAN, que presentó una baja de 8,85

      %, (ver documentos “Aperturas 2007.xls”, folio 2659.4, y “General.xls”, folio 2659.6).

    37. A esa reunión de 20 de diciembre de 2007 ASCAN presentó también una serie de obras que debían ser modificadas en las respectivas tablas al objeto de ir actualizando las mismas (folio 951):

      “OBRAS A RETIRAR:

      o Tabla > 150 TE

      Nº101 (Inv. Agrarias. Murieras) → Ejecutada por ????

      Nº131 (Maderas Gª Varona. Parbayón) → Ejecutada por (3)

      o Tabla > 12000 TE

      Nº3 (Gob.Cantabria. Barreda-Santillana) → Pasa a (3)”.

    38. Por último ASCAN facilitó al resto de empresas del G5 las ventas en planta realizadas durante el mes de noviembre de 2007, para la correspondiente actualización del reparto de mercado.

      En cuanto al documento presentado a la reunión por ARRUTI, éste incluía 10 obras de carácter privado cuyo suministro de asfalto sería adjudicado a esta empresa, así como una obra licitada por el Ayuntamiento de Piélagos para la cual acordaron no ofertar, tal como se indica en la anotación realizada sobre el documento (folio 950): “DESIERTA. NO OFERTAR”.

      - Año 2008 26. La primera reunión de la que se tiene constancia en el año 2008 es la de 16 de enero de 2008, (folio 2172). En concreto, consta el documento que ARRUTI (1) presentó en la mencionada reunión con el listado de obras a ofertar, públicas y privadas, así como las ventas en planta realizadas durante el mes de noviembre y diciembre de 2007. Entre las obras de carácter público que se repartieron durante la reunión constan:

    39. Pavimentación y mejora de vías públicas (licitado por el Ayuntamiento de Villaescusa por el procedimiento de concurso y por un importe de licitación de 163.047,02€. La fecha de licitación fue de 21 de enero de 2008 y la de apertura de las ofertas es el 28 de enero de 2008). Según la información que consta en el expediente, resultó adjudicataria la empresa ASCAN, habiéndose presentado a la licitación, además de esta empresa, ASFIN, SENOR, EMILIO BOLADO, ARRUTI y FDEZ. ROSILLO,

      (documento “Aperturas 2008.xls”, folio 2659.5). Las toneladas adjudicadas a ASCAN

      fueron incluidas en la tabla de reparto y contabilizadas por tanto para el cálculo de la cuota de reparto correspondiente a esta empresa,

      (folio 39).

    40. Asfaltado en el Bº de la Inmobiliaria, Torres, Tanos y Viérnoles (licitado por el Ayuntamiento de Torrelavega por el procedimiento de concurso y por un importe de licitación de 101.274, 42€. La fecha de licitación es de 21 de enero de 2008 y la de apertura de las ofertas es el 28 de enero de 2008).

      Según la información que consta en el expediente, resultó adjudicataria la empresa ASFIN, habiéndose presentado a la licitación, además de esta empresa, ASCAN, SENOR, EMILIO BOLADO, ARRUTI y FDEZ.

      ROSILLO, (documento “Aperturas 2008.xls”, folio 2659.5) coincidente con la Documentación aportada junto a la denuncia (folio 38).

      27. El 12 de marzo de 2008, según documentación recabada durante la inspección a EMILIO BOLADO (folio 987), se celebró una nueva reunión del G5, durante la cual, se presentaron los documentos para el reparto de obras de cada entidad.

      La celebración de la reunión queda acreditada entre otras por el documento de reparto correspondiente a ASCAN (2) en el que se encontraba la obra de Pavimentación de núcleos en Valdeprado del Río (licitada por el Gobierno de Cantabria por el procedimiento de subasta y por un importe de licitación de 133.205,41€. La fecha de licitación es de 18 de marzo de 2008 y la de apertura de las ofertas es el 28 de marzo de 2008) y con el objetivo de que ASCAN

      resultase adjudicataria, se acordaron las siguientes bajas sobre el presupuesto de licitación que efectivamente se presentaron en la licitación

      , tal como consta en los documentos “Aperturas 2008.xls”, (folio 2659.5) y “General 2008.xls”,

      (folio 2659. 7).

      “(1) → 133.200,00 €

      (3) → 132.755,26 €

      (4) → 131.956,78 €

      (5) → 132.100,50 €”.

      28. La siguiente reunión del G5 que ha quedado acreditada es la celebrada con fecha 30 de septiembre de 2008 (folios 957 a 959, 962 a 964, 969 a 971 y 981 a 983). La celebración se acredita entre otros por el documento presentado por ASCAN (2) en la reunión que incluía las siguientes obras de reparto, con anotaciones manuscritas realizadas por el representante de EMILIO BOLADO

      sobre el mismo:

      “OBRAS A OFERTAR:

      -Asfaltado Plan Parcial Coterios II, Torrelavega (UTE Quintana-Olibarri)

      1.080 TE (2) OBRAS DE BOLETÍN: Concursos Gob. de Cantabria (Licitación→7

      -Oct-2008):

      -CA-141. Puente de la Venera-Argoños→2.019.443,90€ (…)1 (3)

      -CA-141. Galizano-Puente de la Venera→1.866.912,82€ (…) 2

      (2)

      -CA-141. Pte de Pontejos-Pte de Somos→2.561.150,98€

      (…) 3

      (1)

      -CA-673. Quintana-Travesía Solorzano→2.289.762,83€ (…) NO.

      LIBRE

      OBRAS DE BOLETÍN: Concursos Gob. de Cantabria (Pendientes de Licitación):

      -Variante de Santullán→7.812.500€ 4 LIBRE

      -Santillana-C

      obreces→1.875.000€ (Refuerzo de aglomerado) 4

      (4)

      -Playa de Oyambre-Puente La Maza→2.659.230,04€ (…) 5

      (5)

      -Cuchia →2.339.871,46€ LIBRE

      -Glorieta de Mogro→1.339.417,01€ (…) NO LIBRE

      OBRAS A RETIRAR:

      -Tabla > 150TE

      o

      Nº17 (Ingeco.Renedo) →No se hace

      o

      Nº33 (Forexpi.Lierganes) →Estudio

      o

      (…)

      o

      Nº65 (Orden Cisterciense. Cobreces) →No se hace VENTAS EN PLANTA (AGOSTO-2.008) →79,15TE”

      29. El 5 de noviembre y el 2 de diciembre de 2008 se celebraron reuniones del G5, tal como consta en las citas de calendario electrónico recabadas en la inspección de EMILIO BOLADO, en las que se indica lo siguiente (folios 2652 y 2653):

      “Asunto: Hotel de Gornazo G5 Comienzo: miércoles 05/11/2008 18:00 Fin: miércoles 05/11/2008 19:30”.

      “Asunto: Reunión G5 en Gornazo Comienzo: martes 02/12/2008 18:30 Fin: martes 02/12/2008 20:30”

      30. La siguiente reunión del G5 de la que existen evidencias de reparto de obras en el expediente se celebró el 10 de diciembre de 2008 (folio 1001). Entre las obras de carácter público licitadas, se encontraban las siguientes:

    41. Mejora de caminos en el Bº Maza, Navajeda (licitada por el Ayuntamiento de Entrambasaguas por el procedimiento negociado y un importe de 82.280,65€. La fecha de licitación es de 15 de diciembre de 2008). El reparto de esta obra queda acreditado por las anotaciones realizadas en el documento llevado a la reunión, en el que se observa la adjudicación de la obra a ASFIN (3) y en el documento electrónico “General2008.xls” (folio 2659.7). Las toneladas de asfalto correspondientes a esta obra se contabilizaron en la columna correspondiente a ASFIN (Nº3) en la tabla CARTERA>150 ., (folio 32).

    42. Acceso a Cires, Lamasón (licitada por el Gobierno de Cantabria, por el procedimiento abierto y un importe de 419.766,80€. La fecha de licitación es de 15 de diciembre de 2008). Según el documento de la reunión, esta obra correspondía a ASCAN que facilitó las bajas que tendrían que presentar el resto de empresas del G5, (folios 999 a 1001) y Documentos “Aperturas 2008.xls” y “General 2008.xls”, (folios 2659.5 y 2659.7).

      Aunque la empresa no consiguió llevarse la adjudicación porque se la llevo una tercera, las ofertas acordadas eran:

      “(1) → 407.809,09 € (B=3,02%)

      (3) → 410.893,66 € (B=2,11%)

      (4) → 414.698,2 3 € (B=1,21%)

      (5) → 405.186,80 € (B=3,47)”

      Tal como ha quedado acreditado en el expediente, en la reunión que celebró el G5 el 18 de marzo de 2009, ASCAN presentó en su listado de reparto una serie de obras a retirar del acuerdo, entre las que se encontraba esta obra de Acceso a Cires

      ,

      (folio 156) y que hasta ese momento contabilizaba a ASCAN

      en la tabla correspondiente CARTERA >1.500 TE:

      “OBRAS A RETIRAR:

      (…)

      - Tabla >1.500 TE

      o

      Nº15 (Gob.Cantabria. Cires-Lamasón)→Ejecuta Copsesa”

      31. La última reunión de 2008 de la que hay acreditación se celebró el día 22 de diciembre, tal como consta en la cita electrónica recabada en la inspección llevada a cabo en la sede de EMILIO BOLADO (folio 2654):

      “Asunto: Comida en el Astuy G5 Comienzo: lunes 22/12/2008 14:30 Fin: lunes 22/12/2008 17:00”.

      - Año 2009 32. El 28 de enero de 2009 se celebró una reunión del G5 en el hotel Dunas de Liencres, en la localidad de Boo de Piélagos, cita de calendario electrónico recabada en la inspección de EMILIO BOLADO (folio 2655)

      , tal como ha quedado acreditado por el listado correspondiente a las obras a ofertar, las obras de invitación, las obras de boletín y la venta de asfalto en planta correspondiente al mes de diciembre, elaborado por cada una de las empresas,

      (folios 12 a 27).

      Tal como se ha observado a lo largo de la instrucción del expediente las obras repartidas en esta reunión fueron incorporadas a las tablas generales que se llevaron a la reunión de 10 de febrero de 2009,

      (folios 48 a 63).

      33. La siguiente reunión acreditada del G5 tuvo lugar el 2 de febrero de 2009 en el hotel Palacio del Mar, en la ciudad de Santander, tal como consta en una cita electrónica que obra en el expediente,

      (folio 2656):

      “Asunto: G5 en el palacio del mar Comienzo: lunes 02/02/2009 18:00 Fin: lunes 02/02/2009 19:30”.

      34. El 10 de febrero de 2009 se reunieron de nuevo las empresas del G5, en esta ocasión en la localidad de Gornazo, según consta en cita de calendario electrónico recabada en la inspección de EMILIO BOLADO (folios 2657 y 2658) y en la documentación aportada junto a la denuncia (folios 43 a 63). Como en el resto de reuniones cada una de las empresas presentó el listado de obras a ofertar, a regularizar y las ventas en planta, en su caso, para llevar a cabo el acuerdo de reparto del mercado del asfalto y actualizar las correspondientes tablas de cartera y de obras ejecutadas.

      En esta ocasión el listado de obras presentado por EMILIO BOLADO (4) fue remitido por fax al resto de las empresas Documentación aportada junto a la denuncia (folio 46).

      Un ejemplo de las obras repartidas se encuentra en el listado preparado por ASFIN (3) para la reunión de 10 de febrero de 2009, que incluía las siguientes obras y anotaciones, (folio 45):

      OBRAS A OFERTAR

      cm m2 T.E.

      JUAN JOSÉ LÓPEZ CASTAÑEDA

      IES, PEÑACASTILLO ……………………………6 2.000,00 288 3 •

      FOREXPI, SUBESTACIÓN PCTC ……………15…1.200,00 ….432 ESTUDIO

      GIOC, SANEAMIENTO EN TORRELAVEGA 10 ... 2.351,00 564 ESTUDIO

      GIOC, URBANIZACIÓN EN

      AJO ………...13 …2.500,00…780 Nº118 ANTIGUA 5 •

      TECONSA, TRAVESÍA DE SOLÓRZANO 4.966. 1 •

      HERNES, SAN ROMÁN 5 500,00 60…3 •

      PEDRO DIEGO GÓMEZ, QUEVEDA 5 500,00 60 4 •

      ÁNGEL, SAN FELICES DE BUELNA 5 250,00 30 3 •

      ÁNGEL GUTIÉRREZ COBO, PIÉLAGOS 5 200,00 24 3 •

      COPSESA, HINCA EN AGUSTINA 10 250,00 60 3 •

      BOC, AYTO LAREDO, PAVIMENTACIÓN DE CALLES 2 •

      INVITACIÓN, AYTO HERRERÍAS, CAMINO EN CAMIJANES 5 7.142,00 857 Pte OBRAS EJECUTADAS

      TE

      150 OBRAS A REGULARIZAR

      OBRAS A RETIRAR

      TE

      150 VENTAS EN PLANTA”.

      La actualización de las obras adjudicadas a ASFIN (3) se efectuó tras la reunión, como queda acreditado al comparar el correspondiente cuadro resumen de 10 de febrero de 2009 (folio 85) con el anterior, de fecha 28 de enero de 2009 (folio 63).

      35. La siguiente reunión del G5 se celebró 8 días más tarde el 18 de febrero de 2009, como ha quedado acreditado por una nota contenida en el listado de obras de la empresa ARRUTI (1

      .

      ),

      (folio 43) y en la hojas de dicha fecha de cada uno de los cinco del grupo (folios 64, 65, 67 y 69):

      “Próxima reunión miércoles 18 a 6:30h Boo de Piélagos. Hotel Las Dunas”.

      Consta acreditado en el expediente que algunas de las obras que se presentaron no fueron adjudicadas a ninguna de las 5 empresas, sino que se decidió que quedaban fuera de la mesa, (folios 64, 65, 67 y 69). Estas obras fueron las siguientes:

    43. “Grupo Triguero. Aeropuerto de Santander (folio 64)

    44. Ayuntamiento de Astillero. Mejoras de pavimentación del Polígono de Guarnizo (folios 65, 67 y 69).

    45. Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana. Pavimentación en Bezanía” (folio 67).

      Una de las obras repartidas en la citada reunión fue la de asfaltado para la obra de Ferrovial, 64 viviendas en San Felices de Buelna (folios 67 y 68 de 3, ASFIN

      y 4 BOLADO). Se decidió durante la reunión que sería para SENOR (5).

      Efectivamente, en fechas posteriores a la reunión de 18 de febrero, un antiguo empleado de SENOR envió un correo a un empleado de EMILIO BOLADO con fecha 2 de marzo de 2009, adjuntándole la oferta que debía presentar a la mencionada obra, indicando lo siguiente, (folio 178):

      “También te adjunto tu oferta de Ferrovial en San Felices”.

      36. Consta acreditado en el expediente que durante la siguiente reunión del G5, celebrada el 25 de febrero de 2009,(folios 87 a 109). se acordó el reparto de obras tanto de carácter público, como privado. Por ejemplo, se acordaron los precios del asfalto que presentaría ASCAN a Rover Alcisa para una obra, con el fin de resultar adjudicataria de la misma, tal como se había acordado en la reunión anterior de 18 de febrero de 2009. El acuerdo se llevó a la práctica, tal como consta en la tabla correspondiente, en la que se contabilizan las toneladas de asfalto adjudicadas a la empresa ASCAN, según documentación aportada en la denuncia.

      También en la reunión de 25 de febrero de 2009 se acordó, entre otras el reparto de la obra: “Ampliación de plataforma y calles de rodaje en Aeropuerto de Santander”. Consta en el expediente el presupuesto elaborado por EMILIO

      BOLADO para la empresa ACCIONA INFRAESTRUCTURAS, S.A. relacionado con esta obra y remitido por fax con fecha 9 de marzo de 2009 a las empresas ASCAN, ARRUTI y ASFIN, con la siguiente indicación a fin de que la oferta elegida fuera la de EMILIO BOLADO,

      (folios 188 a 195).

      “OBRA: “Presupuesto en común”

      Te adjunto presupuesto con los precios que tenéis que pasar, o por encima de ellos Un saludo.”

      En los listados de obras a repartir presentados por las empresas EMILIO

      BOLADO (4) y SENOR (5) en la mencionada reunión de 25 de febrero de 2009, ambas incluyeron la obra: “Acondicionamiento de asfaltado y rotonda en el Polígono Industrial de Barros”, licitada por el Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna, por el procedimiento negociado, sin publicidad y tramitación urgente y un importe de licitación de 227.776,00€ (folios 92 y 93).

      Se acordó que la empresa adjudicataria de la obra de asfaltado sería o EMILIO BOLADO o SENOR, tal como indican las anotaciones manuscritas realizadas sobre los documentos de reparto (“(4) o (5)”), aunque finalmente se decidió que fuera SENOR, documento “Relac licitación 2009” recabado en la inspección de SENOR (folio 2580.21).

      Los contactos entre las empresas del G5 para el reparto de esta obra han quedado acreditados por diversa documentación incorporada al expediente.

      Así, sobre la invitación a participar que el Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna remitió a SENOR, constan las siguientes anotaciones manuscritas que evidencian los contactos entre las empresas, (folio 583):

      “SIEC

      ASCAN

      ARRUTI HABLADO

      BOLADO

      SENOR”.

      De hecho, el responsable del área de licitaciones de SENOR remitió con fecha 4 de marzo de 2009 un correo electrónico al responsable de licitaciones de EMILIO BOLADO, Asunto: “oferta los corrales”, con la oferta que debían presentar al Ayuntamiento, de la siguiente manera

      (folio 2635).

      “HOLA [responsable de licitaciones de EMILIO BOLADO], TE MANDO LO DE

      LOS CORRALES DEL DÍA 6.

      EMPRESA 1.ECONÓMICA 2.PLAZO

      % IMPORTE (€) DÍAS REDUCCIÓN PUNTOS

      E.BOLADO 0,5000% 226.637,12 5,00 5,00 (…)”.

      37. Tal como consta en el expediente, el 4 de marzo de 2009, se celebró una nueva reunión a la que de nuevo, tanto ARRUTI (1), como ASCAN (2), ASFIN

      (3), EMILIO BOLADO (4) y SENOR (5), presentaron la correspondiente lista de obras a repartir y a regularizar,

      (folios 110 a 131).

      Entre las mencionadas obras se encontraba la del acondicionamiento de camino en la localidad de Comillas, realizada por la UTE SEMINARIO DE

      COMILLAS. Consta en el expediente el presupuesto para el suministro y extendido de asfalto elaborado por EMILIO BOLADO para la mencionada UTE, remitido por fax a ASCAN, ARRUTI y ASFIN, con las siguientes indicaciones,

      (folios 181 a187).

      “OBRA: “Presupuesto en común”

      Te adjunto presupuesto cruzado en común tal y como le hemos enviado.

      Un saludo”.

      El objetivo de este intercambio de información no era otro que el que EMILIO

      BOLADO suministrase el material para la citada obra, según las anotaciones realizadas en los documentos de reparto de la reunión (“ANTIGUA (4)”), (folio 110) para lo que el resto de empresas debía conocer el precio ofrecido por ella.

      Por otro lado, en las lista de reparto de dicha reunión las empresas aportaron los datos de nuevas empresas consideradas morosas (folios 110 y 112), con los que actualizaron la “Relación de empresas o clientes de dudoso cobre”, añadiendo a ésta las nuevas empresas, tal como consta en el expediente con la fecha de la reunión (folio 115).

      38. La siguiente reunión del G5 iba a celebrarse el 10 de marzo de 2009, en Solares, como se desprende de la cita electrónica recabada en la inspección en la sede de EMILIO BOLADO,

      (folio 2659).

      “Asunto: Reunion g5 en Solares Comienzo: martes 10/03/2009 19:00 Fin: martes 10/03/2009 20:30”.

      39. O bien la reunión del día 10 de marzo no tuvo lugar, o bien el G5 celebró otra reunión al día siguiente, el 11 de marzo de 2009, tal como evidencia la documentación incorporada al expediente, (folios 132 a 154), a la que las empresas del G5 acudieron con las listas de obras para repartir y regularizar.

      Cabe destacar, en el documento presentado por SENOR (5) a la reunión, los siguientes puntos (folio 136):

      “(…)7. AYTO. DE NOJA-CARRETERA DE SIERRA ANTIGUA (5) Antigua nº65, pasa de 192 Tm a 239 Tm. (…)

      9. PREGUNTA A LA MESA: ¿Quién ejecutó Fdez. Vallejo para OGENSA?

      (…)”.

      40. Una semana después, el 18 de marzo de 2009, se reunieron de nuevo las empresas del G5, presentando cada una de ellas el listado correspondiente de obras del acuerdo, (folios 155 a 177). Para alguna de las obras acordaron la presentación libre, como en la de Acondicionamiento y mejora de la carretera de acceso a Totero, que ARRUTI incluyó en su lista y que finalmente se adjudicó a SENOR, según consta en documento “Relac licitación 2009” (folio 2580.21), mientras que en el caso de otras obras sí pactaron a qué empresa del G5 le correspondía su adjudicación, como es el caso de las siguientes:

    46. Urbanización de la calle Santa Ana y viales interiores en Maliaño y Muriedas (licitada por el Ayuntamiento de Camargo por el procedimiento negociado y un importe de licitación de 170.000,32€). Durante la reunión se acordó que correspondía a SENOR (5) (folio 155), siendo finalmente esta empresa la adjudicataria de la obra

      .

      con una baja sobre el importe de licitación de 4,98%.

      (Documento “Relac licitación 2009”, folio 2580.21).

    47. Asfaltado y señalización de travesía de Viares al faro de Suances (licitada por el Ayuntamiento de Suances por el procedimiento abierto y un importe de licitación de 291.402,44€). El adjudicatario de la obra fue EMILIO

      BOLADO, coincidiendo con lo pactado durante la reunión (folio 155) y con una baja sobre el importe de licitación de 9,50

      %. (Documento “Relac licitación 2009”, folio 2580.21).

    48. Asfaltado y señalización de carretera desde calle Madrid hasta barrio La Sota en Tagle (licitado por el Ayuntamiento de Suances por el procedimiento negociado sin publicidad y por un importe de licitación de 217.606,26€). Se acordó durante la reunión (folio 157) que esta obra correspondía a SENOR (5). Entre la documentación recabada en la inspección efectuada en la sede de SENOR, consta la invitación del Ayuntamiento de Suances a esta empresa para su participación en el procedimiento de licitación de la mencionada obra, sobre la que figura la siguiente anotación manuscrita,

      (folio 581) y Documento “Relac licitación 2009” (folio 2580.21):

      “CON ACP

      SIEC

      HNOS. TORRE”.

      Efectivamente SENOR elaboró un documento para ser remitido a la empresa SIEC a fin de que se presentase a la misma con la oferta acordada, y que consta en documento “SIEC ACOMPAÑAMIENTOS .doc”

      recabado en la sede de SENOR (folios 2438 y 2439).

    49. Pavimentación en Orzales, Quintanamanil, La Población y Corconte, Campoo de Yuso (licitada por el Gobierno de Cantabria por el procedimiento de subasta y un importe de licitación de 134.769,73€). Las anotaciones realizadas por el representante de EMILIO BOLADO junto a los datos de esta obra (folio 159) indican que se acordó que presentarían oferta a la misma SENOR, ASCAN, ASFIN y EMILIO BOLADO, correspondiendo por reparto su adjudicación a ASFIN (3). Tal como consta en el expediente en “Relac licitación 2009” recabada en SENOR, la obra fue adjudicada a ASFIN (folio 2580.21). Dicha información coincide con la portada por ASCAN (folio 1077), ASFIN (folio 1188), EMILIO BOLADO

      (folio 1944) y SENOR (folio 2085) en contestación al requerimiento de información realizado por la DI.

      41. La siguiente reunión del G5 de la que existe constancia se celebró el 14 de diciembre de 2009, y en ella al menos ARRUTI aportó el correspondiente listado de obras para el reparto

      (folio 2174), recabado en la sede de ARRUTI.

      - Año 2010 42. La última reunión del G-5 de la que se tiene constancia es la de 25 de febrero de 2010 para la que ARRUTI preparó el cuadro de obras a ofertar, ventas en planta y obras a regularizar. Se reproduce a continuación parte de este cuadro para el reparto, (folio 2175) recabado durante la inspección llevada a cabo en la sede de ARRUTI:

      CLIENTE

      SITUACIÓN

      M2 CM

      T.E.

      Nº GOES

      SANTANDER

      350

      5 42

      KAMOME CONSULTING

      LOS TANAGOS

      2.500 10

      600 KAMOME CONSULTING

      REINOSA

      1.920 10

      461 KAMOME CONSULTING

      POLANCO

      1.920 10

      461 KAMOME CONSULTING

      CASTRO URDIALES

      1.920 10

      461 Por tanto, como s e ha visto en la exposición de los hechos anteriores, existe en el expediente documentación procedente de distintas fuentes (aportada por el denunciante, documentos incautados en las inspecciones realizadas en BOLADO, SENOR y ARRUTI como agendas, documentos internos de las empresas, correos, cartas etc.) que o bien son totalmente coincidentes entre sí por tratarse del mismo documento, o bien siendo de distintas fechas u origen tienen el mismo formato, letra etc., lo que ratifica la homogeneidad de la prueba; o finalmente existe una coincidencia tal en el contenido de documentos distintos entre sí que corroboran mutuamente la información, por ejemplo respecto a las ofertas realizadas y a las adjudicaciones, que corroboran las cifras de reparto de los documentos de las reuniones.

      43. El control del cumplimiento de los acuerdos del G5 y el seguimiento del mismo se establecía mediante el intercambio de información, realizado tanto en las reuniones como en los contactos posteriores a las mismas, en el que las empresas ponían sobre la mesa la totalidad de obras a las que podrían ofertar y que permitía la elaboración de tablas muy sofisticadas. Estas tablas han sido aportadas por el denunciante (Documentación aportada junto a la denuncia

      (folios 28 a 42, 48 a 63, 70 a 85, 94 a 109, 116 a 131, 139 a 154 y 160 a 175) coherente con la incautada en las inspecciones realizadas.

      44. Para llevar a cabo el control se elaboraban distintos tipos de tablas. Por un lado, las tablas que reflejaban las obras que todavía no habían sido ejecutadas por los miembros del cártel, denominadas “obras en cartera” y que daban lugar a cuatro tipos distintos de tablas en función de las toneladas de asfalto asignadas a cada obra (“cartera150 “cartera>1500 y “cartera definitiva>12000 T.E.”) y por otro las obras ya ejecutadas, que pasaban a formar parte igualmente de las tablas correspondientes (“obras ejecutadas150

      T.E.”, “obras ejecutadas >150012000 T.E.”).

      Por razones de espacio, se reproduce a continuación parte de una de estas tablas:

      CARTERA >1500 45. Como se observa en la tabla que se ha reproducido parcialmente, la información intercambiada tanto en las reuniones del G5 como en el resto de comunicaciones entre las empresas, se recopilaba para la elaboración de un listado de obras, todas ellas numeradas y colocadas bajo el código que correspondía a cada empresa (del Nº1 al Nº5), indicando las toneladas correspondientes a cada una o cualquier otra observación que se considerarse oportuna. Al final de cada una de estas tablas, se totalizaban las toneladas adjudicadas a cada empresa, así como las toneladas correspondientes a las obras que, a pesar de haber sido adjudicadas, no habían sido todavía ejecutadas.

      46. Estas tablas tenían como objetivo poder elaborar un cuadro resumen en el que, al sumar las toneladas adjudicadas a cada empresa en las obras de reparto y las toneladas vendidas a clientes directamente en planta, se calculaban las toneladas de asfalto suministradas por cada empresa respecto al total fabricado por las empresas partícipes del acuerdo. Este cuadro se elaboraba para cada reunión, pudiendo así calcular el desfase respecto al porcentaje que, por el acuerdo, tenían adjudicado cada una. Estas tablas resumen fueron aportadas por el denunciante anónimo y tenían la siguiente estructura:

      OBRA

      OBRA

      >150 OBRA

      >1500 PLANTAS

      SUMA PARA

      REPARTO

      OBRAS >1500 OBRA

      >12000 TE

      Nº1

      Nº ord

      (…)

      Nº4 Obra

      T.E.

      Obra

      T.E.

      FCC-Aguayo y Aldueso

      1 Gob Cantabria, Villacantid, Izara

      5.241 Autoridad Portuaria-Espigón Norte

      2 Siec, acceso autovía Meseta

      4.320 SYH Reinosa-Matamorosa

      0

      3 Exc. Bedia, est serv Matamorosa

      4.320 SYH-Vial acceso A-67

      4 Acciona, hospital Laredo

      2.260 Copsesa. Urb. SUP 4 en Castro

      0

      5 Acciona, hospital Laredo Pasa a 4

      6 Paruvi, Villaverde

      1.976

      (…) ADJUD.PTE.EJECUC.: 10.586 ADJUD.PTE.EJECUC.: 32.861 OBRAS EJECUTADAS: 42.397 OBRAS EJECUTADAS: 61.814 TOTAL ADJUDIC. Nº1: 52.983 TOTAL ADJUDIC. Nº4: 94.675

      T.E.%

      T.E. %

      TE

      T.E. %

      100% %

      TE

      T.E. desfase

      T.E. %

      Nº 1

      Nº 2

      Nº 3

      Nº 4

      Nº 5 TOTAL

      100 100 100 100

      0 100 TOTAL

      T.E. %

      % acuerdo desfase total OBRA

      PTE >12000 TE

      T.E. %

      Nº 1 18,80%

      Nº 2 22,80%

      Nº 3 16,80%

      Nº 4 22,80%

      Nº 5 18,80%

      TOTAL

      100 100 100 47. Las tablas incluían además una serie de leyendas con distintos colores que facilitaban el seguimiento de los posibles cambios que en ocasiones se producían en algunas obras del acuerdo, de la siguiente manera (folio 30):

      “NOTAS:

      1.- La contabilización como “0” significa “OBRA ADJUDICADA QUE SE

      RETIRA Y QUEDA PARA REPARTIR EN FUTURAS OFERTAS”.

      2.- Las obras con fondo malva son de cuantía desconocida (contabilización en blanco) o pendiente de ajustar. Deben regularizarse lo antes posible.

      3.- Las obras que aparecen tachadas son obras que han sido ejecutadas fuera de la mesa o desestimada su ejecución y, por tanto, quedan totalmente anuladas.

      4.- Las obras con fondo azul son obras ejecutadas y que han pasado, por tanto, a la lista correspondiente.

      5.- Las obras con fondo canela han sido intercambiadas o cedidas a otra empresa de la mesa.

      6.- Las obras con fondo verde son obras >150 y tabla correspondiente.

      7.- Las obras con letra roja son de F.R.”

      48. Finalmente, la compensación entre unos y otros respecto a las obras a realizar para alcanzar la cuota establecida cuando una empresa había realizado más o menos obras en función de las toneladas asignadas, era sencilla una vez que se tenían los cuadros de control, y se realizaba normalmente en las siguientes reuniones, de manera que a las empresas que no habían podido realizar una determinada obra en un momento determinado, ya fuera porque la había realizado otro miembro del cártel o porque la había realizado alguien ajeno al mismo, se le adjudicaban otras obras en la siguiente reunión.

      49. El intercambio de información entre las empresas del G5 no se limitaba únicamente a los datos sobre las obras que se repartían entre ellas sino que se extendía a información relacionada con impagos a las 5 empresas así como otro tipo de valoraciones. Junto a la información del reparto de obras de la reunión de 18 febrero de 2009, consta un listado de 58 empresas con deudas frente a las empresas de la mesa, concretando con cuál de las 5 empresas había adquirido dicha deuda. Se reproduce a continuación parte de la tabla

      (Folio 86):

      Nº EMPRESA

      OBSERVACIONES

      5

      [Confidencial]

      4

      [Confidencial]

      1

      4

      [Confidencial]

      Falta de liquidez

      3

      [Confidencial]

      1

      [Confidencial]

      Concurso de Acreedores Acreditación de los acuerdos de ofertas de acompañamiento 50. Dada la numerosa documentación que consta incorporada en el expediente relacionada con las solicitudes y emisiones de acompañamientos, a continuación se hace referencia a las evidencias más significativas en relación a estas prácticas. La totalidad de las obras conocidas por la DI en la investigación y para las cuales las empresas incoadas solicitaron o emitieron ofertas de acompañamiento, constan en el Anexo II al PCH. Asimismo y como Anexo II de la PR se ha incorporado la misma lista de obras, en este caso con la información del adjudicatario final. Este último listado en el que se referencian obra a obra los folios del expediente en que consta la acreditación, se incluye como Anexo II de esta Resolución.

      51. Existen, incorporados al expediente, distintos tipos de evidencias que acreditan tanto las peticiones de ofertas de acompañamiento como la realización de las mismas entre el año 1998 y abril de 2011 que acreditan la participación en los citados acuerdos de las empresas, ARRUTI, ASCAN, ASFIN, CUEVAS, EMILIO BOLADO y ACANSA, CONSTRUBOC, INOR, HTR, SENOR y SIEC:

      i.

      Tablas resumen elaboradas por las empresas, que reúnen las licitaciones a las que se presentaron en distintos años y en las que se indica si la licitación se realizó como acompañamiento de alguna empresa o si se solicitó acompañamiento a otras empresas.

      ii.

      Plantillas o Modelos en blanco elaborados por las empresas con el fin de realizar la petición de acompañamientos y ofertas para acompañamiento de las empresas competidoras en los que la empresa acompañante únicamente rellena sus datos.

      iii.

      Comunicaciones entre las empresas, tanto por fax como por correo electrónico, adjuntando con carácter general toda la información necesaria para la elaboración de la correspondiente oferta e incluso la propia oferta elaborada en forma de plantilla, a falta de incluir el sello de la empresa acompañante y la firma de su responsable.

      52. Tal como se recoge más arriba, la totalidad de las obras de las que la DI ha tenido conocimiento y para las cuales las empresas incoadas solicitaron o emitieron ofertas de acompañamiento constan en el Anexo II al Pliego de Concreción de Hechos, donde se indica el nombre de la obra licitada, el organismo convocante y la fecha de la licitación, las empresas que realizaron la oferta a la Administración (acompañantes y acompañada) y los folios del expediente en los que constan las referencias a cada una de las obras y que prueban la participación de las empresas en el cártel. La lista de las obras, con la información del adjudicatario, consta como Anexo II de esta Resolución 53. Teniendo en cuenta lo indicado, a continuación se hará referencia únicamente a las evidencias más significativas incorporadas al expediente que prueban junto con el resto de evidencias, la existencia de los acuerdos entre las empresas investigadas. Ha de indicarse que se trata únicamente de pruebas seleccionadas que pretenden ser un ejemplo de las muchas pruebas incorporadas al expediente y, en ningún caso deben considerarse como las únicas que obran en el expediente, relacionadas con las empresas en cuestión.

      Los Anexos I y II que acompañan a esta Resolución así como el Anexo II al PCH más arriba mencionado, con los licitantes a las Obras de Acompañamiento, forman parte indisoluble de los Hechos probados y como tal deben ser tenidos en cuenta.

      a.

      Tablas en formato electrónico recabadas en las sedes de SENOR y de EMILIO BOLADO (Folio 2580 1 a 22) 54. Durante las inspecciones llevadas a cabo por la DI en las sedes de SENOR y EMILIO BOLADO el 6 de abril de 2011 se recabaron tablas en formato electrónico en las que las empresas detallaban las obras a las que habían presentado ofertas para su realización, con información relativa a los acuerdos con otras empresas competidoras.

      55. En el caso de la documentación recabada en la inspección realizada en la sede de SENOR, se han incorporado tablas que reúnen información de las licitaciones a las que acudió desde el año 2001 al año 2010.

      (folios 2580.6 a 2580.13, 2580.20 y 2580.21). En dichas tablas se indicaba la fecha de publicación de la oferta en el boletín correspondiente, en su caso, el tipo de procedimiento de licitación, el organismo convocante, la fecha límite de presentación de las ofertas, así como el presupuesto de licitación, la oferta presentada por SENOR acompañada de la baja que ésta suponía sobre el presupuesto de licitación y, en ocasiones, la empresa adjudicataria de la obra junto con la oferta presentada por ésta. Por razones de espacio, y a modo de ejemplo, se reproduce a continuación parte de la información contenida en una de estas tablas correspondiente al año 2009 (folio 2580.21):

      B.O.C

      FECHA

      OBRA

      TIPO

      PROPIEDAD

      7 INV

      23-12-09 Con 247/2009. Saneamiento separativo aguas pluviales y fecales en Islares. ACP ASCAN

      NEGO

      AYTO. CASTRO

      URDIALES

      108 INV

      16-04-10 Adecuación de la red de abastecimiento de agua potable en el núcleo de Cuchia, Ayto de Miengo. ACP ASCAN

      AYTO MIENGO

      116 INV

      04-05-10 Adecuación del entorno del Centro Cultural Ramón Pelayo. CON ACP

      NEG

      AYTO MEDIO CUDEYO

      122 INV

      05-05-10 Restauración de la galería superior del fuerte de San Martín de Santoña. CON ACP

      NEG

      AYTO SANTOÑA

      125 PROY

      20-05-10 Pavimentación de camino en la Gerra, Ayto de Polanco. CON ACP

      NEG

      AYTO POLANCO

      139 INV

      28-05-10 Adoquinado y soterramiento del tendido eléctrico en el casco urbano de Molledo. ACP

      ASCAN

      NEG

      AYTO MOLLEDO

      199 INV

      03-08-10

      7.1.64/10. Carril bici de enlace en Ganzo.

      Tramo: pasarela de Ganzo-Calle Manuel Teira Fdez, T.M. Torrelavega. ACP ASCAN

      NEG

      GOB CANTABRIA

      202 INV

      06-08-10 Urbanización de acera y parcela anexa al centro cívico en Entrambasaguas ACP SIEC

      NEG

      AYTO

      ENTRAMBASAGUAS

      207 MAIL

      30-08-10 Acondicionamiento de accesos a espacios públicos del colegio infantil y guardería en Marzan. ACP SIEC

      NEG

      AYTO MIENGO

      208 MAIL

      30-08-10 Urbanización entorno a los espacios públicos de conexión entre polideportivo y colegio público en Marzan. ACP SIEC

      NEG

      AYTO MIENGO

      235 PROY

      03-11-10 Obras complementarias del camino de Aceñaba. T.M. de Cabezón de Liébana. CON

      ACP

      D

      GOB CANTABRIA

      236 PROY

      03-11-10 Mejora del tramo inicial del camino del Bº Piasca de Arriba. T.M. de Cabezón de Liébana.

      CON ACP

      D

      GOB CANTABRIA

      Nº PRESENT.

      TIPO

      LICITACIÓN

      OFERTA

      BAJA

      %

      OBSERV.

      ADJ

      PPTO ADJ

      7 28/01/2010 213.332,58 213.000,00

      0,16 ASCAN

      205.000,00 108 03/05/2010 60.000,00 60.000,00

      0,00 116 17/05/2010 88.008,26 87.990,30

      0,02 SENOR

      122 17/05/2010 48.983,49 48.738,57

      0,50 125 26/05/2010 54.000,00 53.900,00

      0,19 139 16/06/2010 150.000,01 150.000,01

      0,00 199 13/08/2010 214.002,39 214.002,39

      0,00 202 20/08/2010 149.691,18 149.691,18

      0,00 207 30/08/2010 58.890,61 208 30/08/2010 58.159,01 235 04/11/2010 41.006,12 40.975,00 236 04/11/2010 58.761,56 58.680,00 56. La información contenida en las mencionadas tablas recabada en la sede de SENOR acredita los acuerdos para licitar a los que llegó esta empresa entre 2001 y 2011 con ARRUTI, ASCAN, ASFIN, EMILIO BOLADO y ACANSA, CONSTRUBOC, INOR, HTR y SIEC; tanto los acuerdos alcanzados para que SENOR fuera el adjudicatario de la obra, como aquellos en los que participaba SENOR a petición de otra empresa, la cual sería la adjudicataria de la obra.

      57. Así, la indicación “CON ACP” que acompañaba a algunas de las obras de las tablas hace referencia a que, en esos casos, era SENOR la empresa que solicitaba ofertas de acompañamiento y finalmente resultaba adjudicataria de las mismas. En cuanto a las obras que aparecen en los distintos cuadros acompañadas de la expresión “ACP empresa”, son aquellas para las que la empresa indicada solicitaba oferta de acompañamiento, resultando la empresa adjudicataria de la obra, participando al menos SENOR como empresa acompañante, tal como ratifica la documentación incorporada al expediente.

      58. Tablas muy similares fueron recabadas en la sede de EMILIO BOLADO, correspondientes a licitaciones a las que había acudido esta empresa entre 2007 y 2011 (folios 2659 1 a 10), en éstas no sólo se hace referencia a las empresas que licitan en cada una de las obras a las que denomina acompañantes, sino que se indica si se trata o no de obras de “acuerdos”, documentación electrónica recabada en la inspección de EMILIO BOLADO

      (folios 2659.6 a 2659.10), entendiendo como tales a las obras cuya adjudicación había sido acordada previamente en el G5.

      59. Por razones de espacio, se reproduce a continuación parte de la información contenida en una de estas tablas correspondiente al año 2007 (folio 2659.6, pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”):

      Nº Fecha Procedimiento Acuerdos Entidad obra

      3 25/01/2007 Menor si

      Ayto. Ribamontán al Mar Obra civil para pista de padel en Galizano 16

      15/03/2007 Negociado si

      Ayto. Comillas Obras de asfaltado de varias calles para el 2007 19

      09/05/2007 Negociado si

      Ayto. Campoo de Enmedio Asfaltado de la calle Real 20

      09/05/2007 Negociado si

      Ayto. Campoo de Enmedio Asfaltado calle Eras 29

      27/08/2007 Negociado si

      Ayto. Astillero Acondicionamiento de camino en el Bº Rivas de Guarnizo 36

      24/10/2007 Menor si

      Gobierno de Cantabria Asfaltado de caminos en el barrio Movellán de Roiz

      Nº Importe licitación Precio Baja Empresas acompañantes

      3 29.970,40€ 29.670,70€

      1,000 Acansa 29.670,70 € Siec 29.760,61 € Cuevas 29.970,40 € 16

      57.943,42 € 57.910,00 €

      0,058 Emilio Bolado 57.910,00 € Ascan 57.700,00 € Senor 57.800,00 €

      Nº Importe licitación Precio Baja Empresas acompañantes 19

      29.817,00 € 24.406,56 € 18,145 Emilio Bolado 24.406,56 € Senor 24.940,00 € Arruti 24.708,00 € 20

      29.817,00 € 24.406,56 € 18,145 Emilio Bolado 24.406,56 € Senor 24.941,00 € Arruti 24.709,00 € 29

      54.674,00 € 54.600,00 €

      0,135 Emilio Bolado 54.600,00 € Arruti 54.674,00 € Senor 53.963,24 € 36

      29.892,97 € 29.750,00 €

      0,478 Emilio Bolado 29.750,00 € Arruti 29.890,00 € Senor 29.800,00 €

      Nº Precio adjudicatario Adjudicatario

      3 Acansa 16

      Ascan 19

      20 29

      Senor 36

      60. Algunas de las obras a las que acudió la empresa EMILIO BOLADO entre 2007 y 2011, y que se encuentran incluidas en las tablas recabadas en la inspección realizada en la sede de la empresa, se corresponden con licitaciones que también se encuentran en las tablas recabadas en la inspección de SENOR

      con la indicación “ACP BOLADO”, dando a entender lo que supone que EMILIO

      BOLADO solicitó en estos casos la presentación de ofertas de acompañamiento.

      61. La información que obra en las tablas citadas, acredita los acuerdos a los que llegó EMILIO BOLADO y ACANSA con SENOR, ARRUTI, ASCAN, ASFIN, CUEVAS, CONSTRUBOC, INOR y SIEC entre los años 2007 y 2011, para obtener la adjudicación de la obras públicas, ya sea para la propia empresa o para los competidores.

      b.

      Modelos para la solicitud y elaboración de ofertas económicas de acompañamiento 62. Además de las tablas indicadas en el punto anterior, en la inspección realizada en la empresa SENOR se recabaron todo tipo de ofertas económicas para ofertar obras a la Administración, elaboradas tanto por SENOR como por sus competidores que evidencian los acuerdos para repartirse las obras de la Administración (tanto licitadas como adjudicadas directamente).

      63. Constan en el expediente, fundamentalmente procedentes de la inspección efectuada en la sede de SENOR, plantillas empleadas por SENOR para solicitar acompañamiento a alguna de las empresas investigadas, donde figuran los datos de la obra en cuestión, la oferta económica y el nombre del responsable de la empresa acompañante a falta de su firma y de la inclusión del sello de la empresa. En concreto, las plantillas para la elaboración de las ofertas de acompañamiento a SENOR que constan en el expediente (folios 2313 a 2443) hacen referencia a las siguientes empresas:

    50. Peticiones de acompañamiento a HTR, desde el año 2001 a 2011.

      (folios 2313 a 2367).

    51. Peticiones de acompañamiento a INOR, del año 2004. (folios 2368 a 2370).

    52. Peticiones de acompañamiento a SIEC, desde el año 1998 al año 2011.

      (folios 2371, 2374 a 2443 y 2580.22).

      64. Por otro lado constan en el expediente, en los folios recabados en la inspección de SENOR, las ofertas económicas emitidas por SENOR a petición de las siguientes empresas competidoras:

    53. Emisiones de ofertas de acompañamiento para HTR desde el año 2004 a 2006. (Documentación recabada en la inspección llevada a cabo en la sede de SENOR el 6 de abril de 2011 (folios 2305 a 2312).

    54. Emisiones de ofertas de acompañamiento para ARRUTI de los años 2004 y 2007. (Documentación recabada en la inspección llevada a cabo en la sede de SENOR el 6 de abril de 2011 (folio 2471 y 2472).

    55. Emisiones de ofertas de acompañamiento para CONSTRUBOC del año 2005. (Documentación recabada en la inspección llevada a cabo en la sede de SENOR el 6 de abril de 2011 (folio 2473).

      c.

      Comunicaciones entre los miembros del cártel 65. Al margen de las tablas y de la documentación que acompaña a las ofertas de la Administración a que se ha hecho referencia, constan incorporadas al expediente numerosas comunicaciones entre las empresas investigadas tanto por correo electrónico, como por fax o incluso anotaciones de llamadas telefónicas, con el fin de solicitar y remitir la información necesaria para el reparto de las obras, recabada en las inspecciones realizadas en SENOR

      (folios 351 a 511, 524 a 549, 552 a 742, 861 a 876 y 2210 a 2304) y en EMILIO

      BOLADO (folios 2615 a 2648). La totalidad de las obras a las que se refieren estas comunicaciones se encuentran incorporadas, como ya se ha mencionado anteriormente, al Anexo II al Pliego, por lo que se hará mención únicamente a alguna prueba de manera que ilustre parte de estos intercambios.

      66. Un ejemplo relacionado con las pruebas que se han analizado, en concreto la parte de la tabla obtenida en la inspección llevada a cabo en la sede de SENOR incorporada en este mismo epígrafe, sería las obras incorporadas a la citada tabla en las que se indica “ACP SIEC” que tal como ha indicado SENOR, son obras adjudicadas a SIEC para las que esta empresa solicitó acompañamiento a empresas competidoras y en las que finalmente resultó adjudicataria, (Ver respuesta de SENOR al requerimiento de información en folios 3105 a 3123). Se reproducen a continuación a modo de ejemplo, los correos electrónicos recabados en la sede de SENOR que constan en el expediente mediante los que un empleado del departamento técnico de SIEC

      remitía al responsable de licitaciones de SENOR la oferta de acompañamiento que ésta debía presentar para las obras que se han reproducido en la tabla:

    56. Correo electrónico enviado el 10 de agosto por un empleado de SIEC al responsable de licitaciones de SENOR con el Asunto, “ACOMPAÑAMIENTO” recabado en la inspección de SENOR el 6 de abril de 2011 (folios 500 a 502):

      “La oferta para la obra de Entrambasaguas a la cual vais a acompañarnos ha de ser de 149.691,18 €.

      Por favor, cuando te llegue y la tengas preparada, avísame para pasarnos a recogerla.”

    57. Correo electrónico enviado desde SIEC a SENOR el 30 de agosto de 2010 con Asunto: “OFERTAS ACOMPAÑAMIENTO” (folios 493 a 497).

      “Adjunto envío dos ofertas de acompañamiento para el Ayto. de Miengo.

      Necesito que completéis los datos de cada una de ellas, firmar y meter en un sobre.

      Lo necesitaría para mañana por la mañana. Por favor avísame cuando lo tengas para pasarnos a recogerlo.”

      67. Otro ejemplo sería la adjudicación acordada para EMILIO BOLADO de dos obras licitadas por el Ayto. Campoo de En medio. El responsable de licitaciones de esta empresa remitió las correspondientes ofertas que debían presentar tanto ARRUTI como SENOR, a precios superiores que los ofertados por EMILIO BOLADO, indicándoles que una vez cumplimentadas las ofertas serían recogidas por el responsable de licitaciones de la empresa para su presentación ante la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Cantabria tal como se pone de manifiesto en el correo electrónico que se reproduce a continuación con fecha anterior a la de la presentación de las ofertas (folio 2617). Los correos electrónicos, todos ellos de fecha 14 de mayo de 2007, de Emilio Bolado a ARRUTI, con el asunto “Una modificación en las ofertas del otro día” , y de Emilio BOLADO a SENOR, con el asunto “Un cambio con las ofertas de Campoo de En medio”, así como la documentación anexa a los mismos, se han obtenido tanto en la sede de ARRUTI y MILO BOLADO

      (folios 2157 a 2158; 2617 a 2619 respectivamente), como en la de SENOR, folios 2210 a 2212).

      “[…] perdona que te moleste, ya se que tienes mucho jaleo, pero el problema en cuestión es que el Ayuntamiento de Campoo de Enmedio no nos había comentado que la que gestionaba el contrato es el Gobierno de Cantabria por medio de la Dirección General de Administración Local, y nos ha llamado ésta para que le cambiemos el membrete y por tanto el formato de la plica, que es tipo Gobierno de Cantabria (La cual te adjunto).

      Hemos cambiado los importes y en la plica sólo has de ponerme los datos.

      En el sobre poner el logo del gobierno de Cantabria y que el destinatario es la Dirección General de Administración Local.

      Lo único que te pido y ya se que es un incordio es si puede estar para mañana durante la mañana, ya me pasaría yo.

      Un saludo y mil perdones.”

      68. Otro ejemplo sería la obra de asfaltado de caminos en el barrio de Movellán de Roiz, licitada por el Gobierno de Cantabria el 23 de octubre de 2007. Tal como consta en el expediente, en la información recabada en SENOR (folios 784 y 785; 2217 y 2218 y 2580.12)el responsable de licitaciones de EMILIO BOLADO

      envió un correo electrónico al responsable de licitaciones de SENOR, con el Asunto: “Oferta Gobierno de Cantabria” y archivo adjunto: “senor.doc”, solicitándole acompañamiento y adjuntándole el modelo de oferta a entregar al Gobierno de Cantabria para dicha licitación, indicando lo siguiente:

      “[..]Te adjunto el modelo con el precio, solo has de rellenar los datos.

      Entidad: Gobierno de Cantabria Título: ASFALTADO DE CAMINOS EN EL BARRIO MOVELLÁN DE ROIZ

      Importe: 29.800.-€”.

      69. En el caso de otra de las obras reproducida en la tabla de EMILIO BOLADO, “acondicionamiento de camino en el Bº Rivas de Guarnizo”, licitada por el Ayuntamiento de Astillero mediante procedimiento negociado sin publicidad, constan en el expediente varias evidencias que acreditan que con anterioridad a la presentación de las correspondientes ofertas por SENOR, EMILIO

      BOLADO y ARRUTI se sucedieron comunicaciones entre ellas con el fin de que finalmente fuese SENOR el adjudicatario de la mencionada obra (folio 2659.6) 70. En la documentación recabada durante la inspección efectuada en la sede de SENOR, consta la invitación de fecha 9 de agosto de 2007 del Ayuntamiento de Astillero a esta empresa para la presentación de la oferta económica para la obra mencionada en el punto anterior, dando como fecha límite para esta presentación el 27 de agosto de 2007 .Se reproducen a continuación las anotaciones a mano hechas sobre este documento. (folios 780 y 781):

      “ARRUTI → [Responsable de aglomerado de A

      RRUTI] (hablado el 10-8-07)

      → Tipo BOLADO → [Antiguo empleado de EMILIO BOLADO] (hablado el 13

      -8-07) → 54.600.- SENOR → 53.963,24 → 1,30%”.

      71. Tal como reflejan estas anotaciones, el 13 de agosto de 2007 el responsable de licitaciones de la empresa EMILIO BOLADO solicitó por correo electrónico al responsable de licitaciones de SENOR el envío de la oferta económica que SENOR iba a presentar para la obra del Ayuntamiento de Astillero, así como las ofertas económicas solicitadas a otras empresas para acompañamiento, tal como se indica en el texto de dicho correo electrónico.

      (folio 2214, recabado en SENOR):

      “(…) Necesito que me digas para el negociado de Astillero que me digas el precio que vais a poner vosotros y el que habéis pedido a las demás empresas para acompañamiento. Es para la base de datos nuestra. Un saludo atentamente.”

      72. En contestación al correo electrónico anterior, el 14 de agosto de 2007 el responsable de licitaciones de SENOR remitió un correo electrónico al responsable de licitaciones de EMILIO BOLADO indicándole las ofertas a presentar tanto por SENOR como por la propia EMILIO BOLADO para la mencionada obra de acondicionamiento de caminos en el Barrio Rivas de la localidad de Guarnizo, del Ayuntamiento de Astillero.

      (folio 2622 recabado en BOLADO).

      “[Responsable de licitaciones de EMILIO BOLADO], según la petición recibida por mail, te detallo las ofertas de la obra de ACONDICIONAMIENTO DE

      CAMINO EN Bº RIVAS DE GUARNIZO.

      SENOR 53.963,24 BOLADO 54.600 Saludos”.

      73. El Consejo solicitó a las partes información adicional sobre volumen de negocios que se recibió en la CNC a lo largo del mes de febrero y que consta en los folios 8173 a 8227 y 8280 a 8292.

      FUNDAMENTOS DE DERECHO

      PRIMERO.- Objeto y legislación aplicable. El Consejo en este expediente tiene que resolver si, como propone la DI, las empresas imputadas en el mismo, ARRUTI

      SANTANDER, S.A.; ASCAN Empresa Constructora y de Gestión, S.A.; EMILIO

      BOLADO, S.L., Aglomerados de Cantabria, S.A.; Servicios y Obras del Norte, S.A.; ASFIN Cantabria, S.L.; SIECSA, Construcción y Servicios, S.A.; INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE, S.L.; HNOS. TORRES ROIZ, S.L.; CONSTRUBOC 2002, S.L., y CUEVAS Gestión de Obras, S.L., así como los grupos a los que pertenecen algunas de ellas, GRUPO SIECSA, S.L., GRUPO JESPAB,

      S.A., GRUPO SADISA, S.L. y EMILIO BOLADO e HIJOS, S.L, deben ser declaradas responsables de una infracción muy grave del artículo 1 de la LDC, por las conductas colusorias llevadas a cabo en el periodo que va desde el año 1998 hasta abril de 2011, fecha en que se realiza la inspección.

      La primera incoación de este expediente, a seis de las empresas imputadas tuvo lugar el 22 de junio de 2011, incoándose posteriormente con fecha 20 de febrero de 2012 a las cinco restantes y el 5 de junio de 2012 a las matrices respectivas; y se ha tramitado por tanto conforme a las normas procesales de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, pues así resulta, sensu contrario, de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del citado texto legal, en el que se señala que “Los procedimientos sancionadores en materia de conductas prohibidas incoados antes de la entrada en vigor de esta Ley se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones vigentes en el momento de su inicio”.

      Por lo que al derecho sustantivo sancionador se refiere, y si bien las conductas enjuiciadas han tenido lugar, al menos, en el periodo que va desde el año 1998 hasta el año 2011, y aunque la DI se remite a las leyes vigentes en cada momento, Ley 16/1989 hasta el año 2007 en que entra en vigor la Ley actual, este Consejo considera, al igual que lo ha hecho en casos precedentes, que la norma aplicable es la vigente Ley 15/2007, por resultar más favorable teniendo en cuenta todas las condiciones concretas del caso.

      En efecto, sin perjuicio de que la conducta prohibida por el artículo 1 de ambas Leyes sea idéntica, lo cierto es que el régimen sancionador diseñado por la Ley 15/2007 es, desde un punto de vista global, más favorable a los infractores enjuiciados en este expediente que el contemplado por la ley previa. Así resulta, entre otros elementos de juicio, del sistema de graduación de las infracciones inexistente en la legislación anterior, del establecimiento de topes máximos al importe de algunas sanciones de cuantía inferior al general previsto por el artículo 10 de la Ley 16/1989, y de la reducción de los plazos de prescripción para algunas de las conductas tipificadas.

      De acuerdo con lo anterior, y conforme a lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Ley 15/2007 es la legislación que se va a aplicar a quienes, en el presente procedimiento sancionador, sean considerados responsables de una infracción del artículo 1 de la LDC.

      SEGUNDO.- Infracción imputada. La DI, en base al artículo 50.4 de la LDC propone al Consejo:

      − Primero. Que se declare la existencia de conducta colusoria del artículo 1 de la de la Ley 16/1989 y del vigente artículo 1 de la LDC, por los acuerdos adoptados e implementados por las empresas ARRUTI SANTANDER, S.A., ASCAN Empresa Constructora y de Gestión, S.A., EMILIO BOLADO, S.L., Aglomerados de Cantabria, S.A., Servicios y Obras del Norte, S.A. y ASFIN

      Cantabria, S.L. SIECSA, Construcción y Servicios, S.A. (SIEC), INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE, S.L. (INOR), HNOS. TORRES ROIZ,

      S.L. (HTR), CONSTRUBOC 2002, S.L. (CONSTRUBOC), CUEVAS Gestión de Obras, S.L., GRUPO SIECSA, S.L., GRUPO JESPAB, S.A., GRUPO SADISA,

      S.L. y EMILIO BOLADO e HIJOS, S.L., desde 1998 hasta abril de 2011, que entran en la definición de cártel, en cuanto que el objeto de los acuerdos alcanzados por dichas empresas consistieron en el reparto de mercado y fijación de precios a través del reparto de las licitaciones públicas y privadas para asfaltado de obras de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.).

      − Segundo. Que esta conducta colusoria se tipifique, a los efectos de determinación de la sanción a imponer, como infracción muy grave del artículo 62.4.a) de la LDC.

      − Tercero. Que se declaren responsables de dicha infracción, de acuerdo con el artículo 61 de la LDC, a:

      1. ACANSA y solidariamente su matriz EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L., por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través del reparto de las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.) en el G5 y los denominados de acompañamiento, desde septiembre de 2001 y hasta abril de 2011.

      2. ARRUTI SANTANDER, S.A. por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través del reparto de las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.) en el G5 y los denominados de acompañamiento, desde julio de 2002 y hasta abril de 2011.

      3. ASCAN EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIÓN, S.A. y su matriz GRUPO EMPRESARIAL SADISA, S.L por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través del reparto de las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.) en el G5 y los denominados de acompañamiento, desde marzo de 2001 y hasta abril de 2011.

      4. ASFIN CANTABRIA, S.L. por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través del reparto de las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas

      (carreteras, autovías, etc.) en el G5 y los denominados de acompañamiento, desde mayo de 2006 y hasta abril de 2011.

      5. CUEVAS GESTIÓN DE OBRAS, S.L. por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través de las ofertas de acompañamiento en las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.), desde diciembre de 2006 y hasta abril de 2011.

      6. EMILIO BOLADO, S.L. y solidariamente su matriz EMILIO BOLADO E

      HIJOS, S.L. por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través del reparto de las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.) en el G5 y los denominados de acompañamiento, desde septiembre de 2001 y hasta abril de 2011.

      7. CONSTRUBOC 2002, S.L. por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través de las ofertas de acompañamiento en las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.), desde julio de 2005 y hasta abril de 2011.

      8. EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE,

      S.L. por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través de las ofertas de acompañamiento en las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas

      (carreteras, autovías, etc.), desde julio de 1999 y hasta abril de 2011.

      9. HERMANOS TORRES ROIZ, S.L. por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través de las ofertas de acompañamiento en las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.), desde diciembre de 2001 y hasta abril de 2011.

      10. SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE, S.A. y su matriz GRUPO JESPAB,

      S.A., por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través del reparto de las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.) en el G5 y los denominados de acompañamiento, desde marzo de 1998 y hasta abril de 2011.

      11. SIEC CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A. por su participación en los acuerdos de reparto de mercado y fijación de precios a través de las ofertas de acompañamiento en las licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.), desde marzo de 1998 y hasta abril de 2011, y solidariamente a su matriz GRUPO

      SIECSA, S.L. por el periodo comprendido desde el octubre de 2005 hasta abril de 2011.

      Cuarto. Que se imponga la sanción prevista en el artículo 63.1.c) de la LDC

      para las infracciones muy graves, con multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa, teniendo en cuenta los criterios para la determinación de la sanción previstos en el artículo 64 de la LDC.

      La DI basa su imputación de una infracción continuada, que se mantiene desde 1998 hasta, al menos, abril de 2011, en los hechos que han quedado acreditados por la información recogida en las inspecciones realizadas el 6 de abril de 2011 en las sedes de tres de las empresas, EMILIO BOLADO, ARRUTI y SENOR; en las contestaciones de las imputadas a los requerimientos de información, todo ello congruente con la información aportada por el denunciante y la explicación dada por el mismo. Sobre la base de dicha información, que consta en el expediente, la DI

      hace la siguiente descripción en el PCH de las conductas llevadas a cabo por las imputadas y de la Organización y funcionamiento del cártel:

      “(116) En el presente expediente se han investigado una serie de acuerdos dilatados en el tiempo, que comenzaron en 1998 y continuaron, al menos, hasta abril de 2011, relacionados con el reparto del mercado del asfalto en la Comunidad Autónoma Cántabra, fundamentalmente para la realización de obras de conservación, mejora, renovación y rehabilitación de firmes y plataformas, tanto públicas como privadas.

      (117) Los hechos acreditados en este expediente se fundamentan en la información aportada en la denuncia anónima presentada ante la DI el 29 de noviembre de 2010, la documentación recabada en las inspecciones llevadas a cabo el 6 de abril de 2011 en las sedes de EMILIO BOLADO, ARRUTI y SENOR, así como en las contestaciones a los requerimientos de información de la DI a las empresas incoadas.

      (118) Del análisis de la citada documentación, la DI ha podido constatar por un lado la existencia de un cártel de reparto de mercado muy elaborado, entre un grupo de empresas denominadas colectivamente G5 (SENOR, ARRUTI, EMILIO BOLADO y ACANSA, ASFIN y ASCAN), en el que, al menos desde el año 2006 al año 2010, se acordaba el reparto del mercado del asfalto en Cantabria, mediante el reparto tanto de las obras licitadas por organismos públicos, fundamentalmente el Gobierno de Cantabria y el Ministerio de Fomento, como de las ofertas realizadas por clientes de carácter privado y las ventas del asfalto directamente en planta. Estos acuerdos se han denominado acuerdos del G5.

      (119) Asimismo se ha podido acreditar paralelamente a los acuerdos indicados, la existencia de una serie de acuerdos complementarios de los del G5, y necesarios para implementar los mismos, u otros que pudieran existir entre las empresas, relacionados con licitaciones a organismos públicos llevados a cabo entre SENOR, ARRUTI, EMILIO BOLADO y ACANSA, ASFIN, ASCAN, CONSTRUBOC, INOR, HTR, CUEVAS y SIEC desde el año 1998 y hasta, al menos, 2011 consistentes en la colusión para la presentación de ofertas a licitaciones públicas relacionadas con la construcción y mejora de vías públicas en la Comunidad Autónoma Cántabra y proximidades. Estos acuerdos para su mejor comprensión se han denominado acuerdos de acompañamiento, tal como han sido denominados por las propias empresas.

      (120) Tal como se ha mencionado en el apartado del Pliego referente a la normativa, la contratación de este tipo de obras por parte de las Administraciones Públicas, puede llevarse a cabo mediante licitación realizada habitualmente por tres procedimientos distintos: abierto, restringido y negociado, además la Administración puede adjudicar directamente los contratos de obras denominados menores que no superen los 50.000€ (sin IVA).

      (121) Los acuerdos llevados a cabo en el seno del G5 se refieren a todo tipo de procedimientos de adjudicación de obras que se llevaban a cabo en la Administración, y fuera de ella, mientras que los acuerdos de acompañamiento normalmente eran necesarios para el reparto de las obras correspondientes a procedimientos negociados normalmente sin publicidad y contratos menores, tal como se deduce de la documentación incorporada al expediente.

      Y tras el análisis de las alegaciones que a su juicio no desvirtúan la imputación, en el Informe y Propuesta de Resolución, la DI concluye que estamos ante un cártel complejo, en el que se adoptaron distintos tipos de acuerdos anticompetitivos en el ámbito de las licitaciones para la pavimentación de firmes, que constituye una infracción por objeto única y continuada.

      Respecto a los efectos de la conducta sobre el mercado, dice la DI que, aunque en una infracción por objeto no es necesario demostrar efectos, este cártel, por su propia naturaleza y por la duración, produce automáticamente un falseamiento significativo de la competencia, que beneficia exclusivamente a las empresas del cártel al darles una ventaja competitiva respecto al resto de competidores en el mercado o a potenciales competidores que pudieran querer entrar en el mercado, siendo sumamente perjudicial para los clientes, en su mayor parte Administraciones Públicas nacionales, autonómicas y locales, licitadoras de las obras, que repercutió en los consumidores y que por tanto afectó al interés general. No obstante, con la información aportada al expediente sobre las obras repartidas, no es posible cuantificar el importe monetario de los efectos.

      TERCERO.- Alegaciones de las partes. Todas las imputadas han alegado lo que en derecho les convino, tanto en la fase de instrucción como una vez cerrada ésta, a la Propuesta de Resolución (PR) de la DI y han solicitado la práctica de pruebas y la celebración de Vista. El Consejo, de forma motivada según lo previsto en el artículo 51.1 de la LDC, por Acuerdo de 20 de noviembre de 2012, instó la práctica de las pruebas y de las actuaciones complementarias que consideró necesarias y denegó el resto de las pruebas y la celebración de Vista por no considerarlas justificadas ni necesarias para la resolución del expediente, ni afectar al derecho de defensa de los imputados.

      A continuación se hace un resumen de las alegaciones de las partes a la Propuesta de Resolución de la DI, que reiteran las realizadas al PCH, así como de las recibidas en el trámite de valoración de prueba. Dado que la mayor parte de las imputadas coinciden en sus alegaciones y argumentos de defensa, a continuación se recogen agrupadas por temas, sin que se considere necesario la especificación en todos los casos de la concreta autoría de las mismas.

      En este Fundamento el Consejo procederá a dar respuesta a algunas de las alegaciones en tanto que, cuando sea pertinente, la respuesta se recogerá en los fundamentos correspondientes relativos a la calificación de la conducta por el Consejo, a la responsabilidad subjetiva o cálculo de la sanción.

      1. Vulneración de la presunción de inocencia y ausencia de prueba de cargo:

      Sobre el valor probatorio de la denuncia y del resto de documentación obrante en el expediente.

      Todas las empresas imputadas, en particular las que participaron en el G5, alegan sobre la validez como prueba de la información aportada por el denunciante anónimo.

      Así, EMILIO BOLADO S.L., ACANSA y la matriz EMILIO BOLADO E HIJOS S.L.

      alegan sobre la ilicitud de las pruebas de cargo que acompañan a la denuncia anónima y de las pruebas recabadas en la inspección en su sede por vulnerar los derechos fundamentales, (inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones) y por haber sido obtenidas sin contar con la autorización prestada por persona con facultades suficientes para ello. Señalan que debe declararse la nulidad de la prueba documental aportada por el denunciante anónimo al tener su origen en la comisión de actos presuntamente ilícitos, (actos delictivos sufridos en la empresa y posibilidad de haber sido redactadas ad hoc para la denuncia) y que va a proceder a denunciar, reprochando a su vez que la DI se haya negado a identificar al denunciante anónimo. Estiman que podría violarse su derecho a la presunción de inocencia si el Consejo apoya la sanción en una prueba inicial ilícitamente obtenida.

      ASFIN alega que la DI basa su acusación en las supuestas pruebas de cargo aportadas e interpretadas por el denunciante anónimo, documentos de los que no se conoce el origen ni la autoría, ni la fecha de redacción de los mismos, pudiendo aquél haber estado involucrado en la comisión de actos delictivos destinados a perjudicar a la empresa EMILIO BOLADO, por lo que entiende que se le deberían restar credibilidad a lo aportado ya que la información de tales documentos no se ajusta a la realidad.

      ASCAN alude a que la denuncia no ha sido corroborada y que no existe prueba de cargo válida en lo que se refiere a la documentación aportada por el denunciante, entendiendo que le corresponde a la DI probar la autenticidad de dicha información y no cargar a las empresas imputadas con esa labor. Argumenta que las tablas de formato electrónico y demás documentación que califica de origen desconocido, no sirven de prueba para imputarle un acuerdo colusorio, sino que se trata de una mera lista de obras de elaboración propia, que bien pudieran estar realizadas con información pública.

      ARRUTI alega ausencia de prueba directa en los hechos que se le imputan respecto de los acuerdos del G5 y que la DI no ha respetado su derecho a la presunción de inocencia y el deber de probar cualquier imputación que el art. 24.2 de la CE le impone exclusivamente a ella y entiende que la prueba indiciaria llevada a cabo por la DI para concluir su participación en las conductas “es tan abierta que en su seno cabe la pluralidad de conclusiones alternativas que ninguna de ellas puede darse por probada”, (en palabras del TC, Sentencia de 18 de julio de 2011).

      El Consejo no puede admitir estas alegaciones de ausencia de prueba de cargo y vulneración de la presunción de inocencia por el solo hecho de que la primera información recibida en la DI procediera de una denuncia anónima.

      En primer lugar, como se recoge en los HP, los elementos probatorios de este expediente los constituyen la ingente información recabada en las inspecciones realizadas en ARRUTI, EMILIO BOLADO y SENOR, en las que se incautó abundante documentación, tanto de las propias empresas inspeccionadas, como de otras imputadas. Entre dicha información se encuentran 1) Las tablas resumen de las ofertas, asignaciones de los repartos, adjudicaciones y resultados de las licitaciones, tanto de las públicas como de las privadas y tanto de acompañamiento como de licitaciones abiertas, etc., que guardan total coherencia entre sí y con los aportados en su momento por el denunciante; 2) los documentos que las distintas empresas llevaban a las reuniones del G5, fechados y con la obras a repartir en cada reunión, idénticos en formato (los que no son coincidentes) con los aportados por el denunciante; 3) ofertas preparadas de los competidores; 4) correspondencia

      (correos electrónicos) de unos con los otros, que se encuentran en los archivos de los competidores. Y por lo que se refiere a las tablas de ajuste a posteriori del G5, para cumplir el reparto, la información de las mismas es congruente con las variaciones y modificaciones que quedan recogidas en la información recabada en las inspecciones. Por tanto, como bien dice la DI, (párrafos 102 a 110 y 111 a 169 de la PR), apoyándose en precedentes similares de este Consejo (Resolución del Consejo de la CNC de 19 de octubre de 2011, Expte. S/0226/10, LICITACIONES DE

      CARRETERAS), los elementos de prueba de la conducta no se corresponden exclusivamente con las informaciones y documentos aportados por el denunciante, que puso en conocimiento de la CNC las acciones infractoras inicialmente, sino que en las inspecciones realizadas ha sido incautada documentación idéntica a la aportada por el denunciante, junto con otra información relevante que ha permitido ampliar la imputación, de forma que la base de la imputación la conforman documentación obtenida de distintas fuentes, incluida la aportada por el denunciante, que ha sido fehacientemente ratificada y corroborada con información idéntica obtenida en las sedes de las tres empresas inspeccionadas, siendo el conjunto de la información consistente entre sí. Por tanto la alegación de pruebas preparadas al efecto no puede prosperar.

      En segundo lugar, la información aportada por el denunciante, cuyo anonimato en nada afecta al derecho de defensa, puesto que la imputación se realiza en base a los documentos acreditativos que obran en el expediente, se centra en los acuerdos del G5, en tanto que las pruebas propuestas por las partes y que quieren desacreditar la información que consta en el expediente, se refieren esencialmente a los acuerdos en las medidas de acompañamiento, es decir, a los proyectos realizados por las Administraciones públicas exclusivamente. En todo caso, como se verá posteriormente, el Consejo ha realizado aquellas pruebas que pudieran afectar al derecho de defensa de la partes, sin que de las mismas pueda deducirse lo que pretenden los imputados respecto al carácter público de la información ni a la confianza legítima. Porque además, las partes sin perjuicio de que aleguen que no constituyen una infracción, no niegan las conductas de acompañamiento, sino que las admiten e insisten en que dicho comportamiento es y ha sido el habitual en los concursos públicos.

      Por lo que se refiere a la alegación sobre la legalidad de la inspección aludida por BOLADO, el Consejo tiene que remitirse al Acta de la misma (folio 887) firmada por el responsable presente en el momento de la inspección, con todas las garantías y en la que constan todas las cautelas en relación con los documentos protegidos por la confidencialidad de las relaciones abogado-cliente (punto 37 del Acta).

      En cuanto a que se trata de prueba indiciaria en la que son posibles otras explicaciones alternativas, este Consejo tiene que refutar dicha alegación por cuanto existen múltiples pruebas directas del reparto, tanto del realizado entre las empresas del G5 como en las obras de acompañamiento, como veremos en el FD

      correspondiente a la infracción. No obstante, incluso en el supuesto de considerar que pruebas tan irrefutables de los acuerdos de acompañamiento como el que los competidores se remitan entre si los proyectos para presentarlos ante el licitante o que se le diga al competidor el precio que debe poner, (HP XXX) son meros indicios probados, lo cierto es que el único razonamiento racional, lógico y coherente que explica dicho comportamiento, es decir el presentar un oferta sin tener interés en ella como admiten los imputados, es la existencia de un acuerdo previo entre las partes.

      Porque insistimos, las partes no niegan dicho comportamiento sino que pretenden que está amparado por la Ley o en su defecto pretende eximir su responsabilidad alegando confianza legítima.

      2. Otras Cuestiones procedimentales.

      Indefensión.- La representación de ARRUTI invoca en su escrito de alegaciones que la DI ha efectuado una labor de instrucción “manifiestamente insuficiente”, redactando un IPR sin tener en cuenta las alegaciones de las partes al PCH.

      CUEVAS invoca indefensión porque en el segundo PCH, (en el que se amplía la imputación a las matrices), la DI suprime algunas palabras o expresiones que, dice, no afectan a las matrices sino a los hechos acreditados. Finalmente el GRUPO

      JESPAB, matriz de SENOR, alega indefensión por no haber sido parte del procedimiento desde el principio, puesto que recibió el acuerdo de ampliación de la incoación el 5 de junio de 2012, mientras que la incoación del procedimiento inicial es de fecha de 22 de junio de 2011. Considera que la DI desde el momento de la incoación conocía la vinculación entre GRUPO JESPAB y SENOR, y señala que SENOR ya fue sancionada en el marco del expediente S/0226/10 y que ni la DI, ni el Consejo aplicaron la doctrina de la corresponsabilidad a ninguna de las matrices de las más de cincuenta empresas implicadas.

      A juicio del Consejo, la DI ha dado debida respuesta a las múltiples alegaciones procedimentales presentadas por las partes al PCH, coincidentes con las ahora presentadas por ARRUTI y que este Consejo comparte (párrafos 170 a 177 de la PR). Y por lo que se refiere a la instrucción realizada, reiterar que se ha llevado a cabo con todas las garantías procesales, y si bien la DI procedió a incoar a las matrices el 5 de junio de 2012, cuando ya se había elaborado un primer PCH, hay que subrayar que de forma inmediata se les remitió a todas las incoadas el nuevo PCH, y que por tanto la incoación tenía como único objetivo que las matrices puedan ejercer en plenitud su derecho de defensa respecto de su responsabilidad solidaria con sus filiales, y que los hechos acreditados en los que se basa la imputación de las empresas no han variado ni existe imputación adicional alguna. Finalmente, el hecho de que la matriz de SENOR no fuera declarada corresponsable en el expediente S/266/10, no impide que en este expediente así se haga, una vez que se han seguido todas las garantías procedimentales, previa incoación, imputación y procedimiento contradictorio.

      Nulidad en el procedimiento.- EMILIO BOLADO S.L., alega la nulidad de las actuaciones por no ser competencia de la CNC la tramitación de este expediente al considerar que las conductas no superan el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por lo que entiende que de acuerdo con la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas, la competencia sería de los órganos correspondientes de la Comunidad Autónoma de Cantabria. También considera la nulidad de pleno derecho de las actuaciones por haber aplicado de forma retroactiva los artículos 65 y 66 de la Ley 15/2007, en contra del principio de irretroactividad de las disposiciones penales y sancionadoras, porque entiende que la Ley 16/1989 es más favorable. Y alega además caducidad del expediente ya que dicha Ley establece en su artículo 56 el plazo máximo del procedimiento sancionador ante el Servicio de Defensa de la Competencia en 12 meses.

      No entiende el Consejo la alegación de BOLADO respecto a la competencia para resolver de acuerdo con la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas, puesto que la Comunidad Autónoma de Cantabria no ha constituido autoridad de competencia, por lo que de acuerdo con la Disposición Transitoria Única de dicha Ley, el Estado, es decir la CNC, ejerce las competencias que le corresponderían a la Comunidad Autónoma.

      Por tanto en este caso, no existe duda sobre el órgano competente porque en todo caso la competencia es de la CNC, independientemente de que la conducta quede o no restringida al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      Y respecto a la norma aplicada nos remitimos a los argumentos expuestos en el FD

      primero sobre la norma más favorable en su conjunto.

      3. Infracción única y continuada. Falta de vinculación entre ofertas de acompañamiento y el acuerdo de reparto entre empresas del G5.

      Todas las empresas investigadas manifiestan su desacuerdo con la PR en cuanto a la vinculación entre las prácticas de acompañamiento y el supuesto acuerdo del G5 -más allá de que la documentación relativa a unas y otras que fue encontrada en la misma inspección- y consideran que no pueden ser tratadas como una misma infracción. Aluden a los distintos participantes y a los distintos ámbitos de aplicación material y temporal e invocan insistentemente que las prácticas de acompañamiento, individualmente consideradas, no pueden considerarse como una infracción de la normativa de competencia ni por su objeto ni por sus efectos, ni tampoco pueden ser consideraras como una infracción única y continuada junto con el acuerdo de reparto del mercado del asfalto. Niegan que se les pueda calificar de cártel. En este sentido SIEC alega resoluciones de otras jurisdicciones (Sentencia, del Competition Appeal Tribunal, de 30 de junio de 2010). En resumen, la mayoría de las imputadas califican las prácticas de acompañamiento como contratos bilaterales adoptados ad hoc entre acompañado y acompañante que no restringen la competencia, ni por su objeto ni por sus efectos, lo que no puede compararse con un cártel y niegan que tengan el carácter de complementariedad con el G5 que les asigna la PR, y que por tanto constituyan junto con los acuerdos del G5 una infracción única y continuada.

      El Consejo no puede aceptar estas alegaciones, y como se verá en los fundamentos siguientes sobre la descripción de la conducta y la calificación de la misma, en un análisis sobre la competencia en el mercado analizado de las licitaciones de obras de conservación, mejora, rehabilitación de firmes de calles, carreteras, vías, etc., no pueden tratarse de forma independiente las distintas actuaciones de los agentes porque, frente a lo alegado por las partes del distinto alcance de las conductas del G5 y de los acompañamientos, lo cierto es que ambas tienen la misma finalidad, que es distorsionar la competencia en dicho mercado, consiguiendo mantener unos precios más elevados que los competitivos, en particular en el ámbito del sector público, con menor capacidad de ajustar precios.

      Y las alegaciones de las partes y más concretamente de SENOR, ASFIN y ARRUTI

      de que las obras de acompañamiento se producen antes y continúan con posterioridad a la acreditación de las reuniones del G5, no desacreditan la vinculación entre ambas, bien al contrario muestran que dicha conducta, que no olvidemos que por sí misma distorsiona el mercado de la licitación pública, propicia la existencia entre parte de sus miembros de otros tipos de acuerdos como el G5 que, al menos algunas de la imputadas, reconocen como núcleo duro del cártel .

      En resumen y frente a las alegaciones de la partes que solo participan en las medidas de acompañamiento, este Consejo no puede aceptar que el análisis deba hacerse obra a obra, puesto que la conducta imputada no es de acuerdos puntuales, sino de un acuerdo subyacente para el reparto de las licitaciones que se concretaba, cuando era necesario, en acompañamientos concretos. En este sentido acaba de pronunciarse la Audiencia Nacional en relación con la imputación de infracción única respecto a los acuerdos sobre licitaciones sancionados en el expediente S/0226/10, Licitaciones de carreteras (por todas Sentencia de 28 de noviembre de 2012, desestimatoria del recurso de PADECASA)

      4. Amparo legal y aplicación del principio de confianza legítima Todas las imputadas con mayor o menor insistencia alegan que las ofertas de acompañamiento son una práctica habitual en las licitaciones de procedimiento negociado y que la práctica está amparada por la Ley de Contratos del Sector Público, y se remiten al Art. 178 TRLCSP, que establece la necesidad de solicitar al menos tres ofertas siempre que ello sea posible. Y en caso de que no se admita dicha cobertura legal, alegan que la Administración participa en las conductas enjuiciadas con especial incidencia en las obras que se licitan por el procedimiento negociado, tratando con el adjudicatario el precio de la obra y solicitándole al mismo la presentación de otros dos presupuestos de otras dos empresas para dar cumplimiento a las exigencias de la normativa de contratación pública, y que por tanto les ampara la confianza legítima que excluye responsabilidad de sus actuaciones. Y, finalmente solicitan que si el Consejo no admite dicha alegación como una eximente total de responsabilidad, que lo tenga en cuenta para reducir la sanción remitiéndose a Sentencias de la Audiencia Nacional, o como atenuante de acuerdo con las Directrices Comunitaria para el cálculo de la sanción.

      Esta alegación que se reitera desde el PCH y que se refiere exclusivamente a los Acuerdos de Acompañamiento, no puede ser acogida por el Consejo en ninguno de sus puntos.

      No hay amparo legal en la normativa de contratación pública, porque como bien dicen los imputados, en los contratos por procedimiento negociado la norma prevé que, siempre que sea posible, la Administración disponga de tres ofertas y para ello puede invitar a tres operadores a presentarle ofertas. No es obligatorio en todos los casos, pero la norma lo considera deseable. Por tanto una vez fijado el presupuesto para la obra y el precio máximo, e invitados los posibles ofertantes, ninguna interpretación de los preceptos referidos permite ni avala el que los invitados se pongan de acuerdo en el precio a ofertar. Y la invitación no supone la obligación de presentar una oferta si el proyecto no es de interés.

      La DI ya dio cumplida respuesta a esta alegación en los párrafos 178 a 196, en los que de forma amplia recoge los distintos tipos de licitación de las AA.PP. y la normativa en que se apoyan sin que ninguna norma ampare los comportamientos analizados en el expediente, ni como dice la DI, “exista la más mínima confusión normativa o incertidumbre jurídica al respecto” Y para que no quede ninguna duda se remite al artículo primero de la Ley de Contratos, que transcribe, en los siguientes términos:

      “Además, al margen de los distintos procedimientos que regula el TRLCSP, en su artículo 1 indica que:

      “La presente Ley tiene por objeto regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto,

      (…) la salvaguardia de la libre competencia (…)”.

      Y por lo que se refiere a la alegación de confianza legítima, respecto a la actuación de la respectiva Administración convocante, en el sentido de que cualquiera de ellas eran conocedoras e incluso incentivadoras de las actuaciones de acompañamiento, nada hay en el expediente que permita aceptar dicha aseveración. Como reiteradamente ha sentenciado el tribunal Supremo (por todas, Sentencias de la Sala de lo Contencioso–Administrativo del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 2009

      (RC 1820/2007), de 12 de mayo de 2010 (RC 3545/2007) y de 1 de julio de 2010

      (RC 5248/2007), el principio de confianza legítima debe aplicarse “…cuando se basa en signos externos producidos por la Administración lo suficientemente concluyentes para que le …(al particular beneficiado)… induzcan razonablemente a confiar en la legalidad de la actuación administrativa.”

      Es más, tal como habían solicitado las imputadas en el trámite de prueba y vista, este Consejo realizó una serie de pruebas, solicitando a las Administraciones Públicas información sobre determinadas licitaciones y en concreto en el caso de CUEVAS sobre todas las obras que en este expediente se considera le fueron adjudicadas. Pues bien, de las respuestas recibidas y tal como reconocen las partes en su valoración de prueba, no se aprecia ninguna confusión al respecto. En efecto, en determinados supuestos de procedimientos negociados o menores, el convocante realiza la invitación, (y hace la invitación a tres operadores, no encarga a uno de los operadores que traigan a los otros como parecen dar a entender) y pone el precio máximo de salida, que no final. Pero la invitación directa realizada a tres operadores de la zona por la Administración respectiva, como reconoce explícitamente SIEC, al valorar la prueba realizada (ver folio 8000), para que presenten ofertas en los procedimientos negociados, no habilita a los invitados a llegar a acuerdos para presentar ofertas concertadas, para de ese modo asegurarse la adjudicación con la menor reducción sobre el precio de salida, en perjuicio de la administración licitante, que previsiblemente deberá pagar más por el proyecto del precio que hubiera resultado de unas ofertas competitivas, y de los contribuyentes en general, puesto que estamos ante obras financiadas con cargo a los presupuestos públicos.

      Finalmente, si como parecen sugerir las partes, y por lo que se refiere exclusivamente a las denominadas ofertas de acompañamiento, ésta es una práctica endémica o generalizada en los contratos negociados o menores, el Consejo debe subrayar que ello no reduce en nada la ilegalidad objetiva de la conducta llevada a cabo por los imputados, que debe ser erradicada de los hábitos de la contratación pública. Y en cuanto a la responsabilidad subjetiva, que se analizará en el Fundamento correspondiente, es evidente que las partes sabían que su actuación estaba distorsionando el mercado y afectando a los precios de la obra pública y al coste para la Administración.

      En todo caso, para la aplicación del principio de confianza legítima regulado por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (reforma introducida por Ley

      4/1999, de 13 de enero), y al margen de que tal como indica la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de febrero de 2006, “dicho principio debe ser interpretado restrictivamente y siempre en el ámbito de la legalidad”, se necesitaría una actuación de la autoridad competente y nada hay en el expediente que avale que el comportamiento de las Administraciones pudiera ni siquiera confundir a la imputadas en cuanto a la legalidad de su comportamiento manifiestamente contrario a Ley.

      El Consejo no aprecia por tanto en este caso las condiciones necesarias y suficientes de la confianza legítima, pero más aún, ni siquiera considera el Consejo que se den las circunstancias de que la normativa o el comportamiento de las autoridades pudieran inducir a confusión alguna, y como alegan los imputados remitiéndose a sentencias recientes de la Audiencia Nacional, minorar en alguna medida la responsabilidad con el correspondiente efecto en el importe de la sanción, puesto que como se recoge más arriba, la normativa de contratación pública aplicable y que conocen bien las partes, busca precisamente la competencia en las ofertas, y la Administración o Administraciones han invitado a más de un operador, cuando podían no haberlo hecho.

      5. Sobre el Mercado afectado La mayoría de las imputadas (ASFIN, CUEVAS, ASCAN, SIEC, ARRUTI) consideran que hay confusión en la definición de mercado entre PCH e IPR y pretenden diferenciar entre el mercado afectado por el G5 y el de los acompañamientos. Así muchas de ellas, particularmente las que no forman parte del G5, alegan que no participan en el mercado de las Mezclas Bituminosas en Caliente,

      (MBC), e incluso que son clientes y por tanto afectadas por posibles acuerdos en dicho mercado (alegaciones de SIEC y CUEVAS). Por el contrario las del G5 pretenden limitar las prácticas del grupo al mercado de los asfaltos o Mezclas Bituminosas en Caliente, a todos los efectos, incluida la base para el cálculo de la sanción.

      En cuanto al ámbito geográfico, ASCAN, SIEC y ARRUTI han alegado que no puede extenderse más allá de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que en ningún caso supone una parte sustancial del mercado nacional.

      El Consejo no aprecia la confusión que alegan las partes, puesto que la Propuesta de Resolución (apartado. 286) dice explícitamente que “los acuerdos adoptados por las empresas imputadas eran susceptibles de producir efectos en un mercado más amplio, el correspondiente a la conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación de firmes de carreteras y plataformas, tanto para clientes privados como para las Administraciones Públicas, ofertado a través de procesos de licitaciones”, y en cuanto al ámbito geográfico, si bien el apartado 290 de la PR lo califica de suprautonómico, por su desbordamiento de la Comunidad Autónoma de Cantabria, puede considerarse limitado al ámbito geográfico de ésta.

      Además estas alegaciones sobre el mercado, que ya fueron hechas al PCH

      (párrafos 65 a 70 de la PR), han sido respondidas por la DI (párrafos 197 a 209). En todo caso, como se aprecia en la imputación final del IPR, la conducta juzgada se refiere al reparto y fijación de precios a través del reparto de las licitaciones públicas y privadas para asfaltado de obras de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.).

      A juicio del Consejo no existe inconsistencia en la imputación y no es relevante a los efectos del reparto el que unas empresas tengan actividad en el mercado de MBC y otras sean clientes de dicho mercado, puesto que lo que hacen las empresas y la infracción que se les imputa es acordar las ofertas a presentar en las licitaciones públicas, y privadas en algunos casos de obras de asfaltado, de forma que dado que un criterio fundamental en la adjudicación final es el precio, se reparten entre sí, de antemano, las obras a realizar por cada una de ellas, fijando y acordando los precios a ofertar.

      Todo ello sin perjuicio de que como dice la DI, en la aplicación de una infracción por objeto de artículo 1 de la LDC no es un requisito la delimitación del mercado para la declaración de la infracción. Cuestión distinta es la delimitación del mercado afectado por la infracción como base para el cálculo de la multa que trataremos en el FD correspondiente.

      6. Sobre los efectos.

      En general todos los imputados de una u otra forma presentan alegaciones sobre la ausencia de efectos sobre el mercado, bien para negar la existencia de infracción, bien atenuar la gravedad de la misma y la sanción. Entre las argumentaciones expuestas para justificar la falta de efectos de las conductas alegan: (i) en un mercado autonómico pequeño ; (ii) afectando “obra a obra” y no para todo el mercado; (ii) se han circunscrito a obras de menor entidad (particularmente en los casos de ofertas de acompañamiento; (iv) no pueden cerrar el mercado porque en ningún momento se impidió a otras empresas que presentaran a las licitaciones con ofertas más competitivas; (v) la propia DI reconoce que en muchos casos los supuestos acuerdos no habrían desplegado efectos; (vi) cuando la empresa designada resultaba adjudicataria era porque otras empresas ajenas no eran capaces de mejorar las ofertas presentadas; vii) mercado sin barreras de entrada significativas y con gran número de oferentes y demandantes: viii) sin acreditación de medidas de retorsión contra las empresas que no aplicaban lo pactado. Y en particular en relación a las prácticas de acompañamiento, algunas de las empresas aportan el importe de las obras que les han sido adjudicadas a las que han ido con acompañamiento para justificar la ausencia de efectos significativos en el mercado afectado.

      Este Consejo no va a repetir las respuestas que se recogen en el Informe y Propuesta de Resolución a alegaciones similares realizadas al PCH (párrafos 240 a 248 y 270 a 282, del IPR) respecto a las más de 900 obras que consta acreditado, fueron objeto de reparto por los imputados. Pero tiene que reiterar que tratándose de genuinas infracciones por objeto como las que nos ocupan, el efecto de las conductas es inherente a las mismas, y en todo caso y a mayor abundamiento los acuerdos del G5 propician que los precios ofertados se mantengan en niveles más elevados de lo que estarían en ofertas competitivas, y esta situación solo puede romperse en caso de que existan terceros oferentes ajenos al cártel, lo que no es frecuente como se aprecia en la información acreditativa. Y por lo que se refiere a las obras de acompañamiento, queda patente en los precios ofertados que una competencia entre los invitados con toda seguridad permitiría reducir precios.

      Alegan las partes que es un mercado abierto en el que pueden entrar terceros ajenos a la colusión y que si les asignan las obras, es porque son la oferta más ventajosa. Efectivamente se asigna a la oferta más ventajosa de las presentadas, pero una vez realizado el acuerdo de reparto y de precios entre ellos, con lo que por lo pronto la competencia ya se encuentra distorsionada. Porque no olvidemos que para cada tipo de actividad, tanto las obras repartidas en el G5 como en las de acompañamiento, estamos hablando de que están concertadas la mayor parte de empresas que trabajan en la zona en esos nichos de mercado, tal como se puede apreciar en los documentos Excel por la escasez de empresas distintas de las imputadas que acuden a los concursos.

      7. Sobre la duración de la conducta Alegan las imputadas respecto a la duración de la conducta y al periodo que se le imputa a cada una. Sin perjuicio de la fundamentación individual en el FD de responsabilidad de las partes, este Consejo quiere manifestar que al margen de los concretos hitos de fechas, la conducta imputada de reparto de las licitaciones ha estado distorsionando el mercado de asfaltado de las obras de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas al menos, desde esa primera acreditación de acuerdo entre dos de los operadores para acudir a licitaciones en el año 1998 hasta la inspección e incoación del expediente, puesto que de los acompañamientos existe acreditación hasta vísperas de la inspección, y esa y no otra debe ser la duración de la infracción. Y dentro de dicha infracción continuada ninguna actuación puede ser analizada ni sancionada aisladamente, como ya se ha razonado, y por tanto ninguna conducta puede estar prescrita.

      8. Sobre la situación económica Muchas de las imputadas, CONSTRUBOC, ARRUTI, ASFIN, SENOR, ASCAN

      aluden a su situación financiera y ponen de manifiesto el contexto de crisis generalizada del sector de la construcción, mercado en el que desarrollan sus actividades principales. Adjuntan estadísticas publicadas por el Ministerio de Fomento y por SEOPAN, (Asociación de constructoras de ámbito nacional de España), que revelan una caída en las licitaciones públicas de obra civil, así como otros documentos elaborados por la empresa. Remitiéndose a resoluciones de la Comisión Europea, alegan que la grave situación del sector debe tenerse en cuenta para el cálculo de una eventual sanción, al mismo tiempo que solicitan al Consejo que aprecie el riesgo de daños y perjuicios irreparables o de muy difícil reparación para estas empresas.

      El artículo 1 LDC no hace referencia alguna a la situación financiera, buena o mala, de las empresas que suscriben los acuerdos prohibidos, ni entre los criterios para determinar el importe de las sanciones, recogidos en el artículo 64.1 LDC, se menciona la situación económica de los imputados o general, como tampoco esta circunstancia se encuentra entre las atenuantes / agravantes a tener en cuenta para fijar dicho importe (art. 64.2 y 3 LDC), tal como se recoge en recientes Sentencias de la Audiencia Nacional (por todas SAN de 22 de enero de 2013, en el expediente

      S/0226/10, Licitaciones de carreteras, recurso GEVORA).

      Y el TJCE (Sala Segunda), en su Sentencia de 29 de junio de 2006 -entre otras-(párrafos 105-110), recuerda que “conforme a reiterada jurisprudencia, la Comisión no está obligada a tomar en consideración la situación financiera deficitaria de una empresa infractora al determinar el importe de la multa, ya que el reconocimiento de tal obligación equivaldría a procurar una ventaja competitiva injustificada a las empresas menos adaptadas a las condiciones del mercado (véanse las sentencias de 8 de noviembre de 1983, IAZ y otros/Comisión, 96/82 a 102/82, 104/82, 105/82, 108/82 y 110/82, Rec. pág. 3369, apartados 54 y 55, y Dansk Rørindustri y otros/Comisión, antes citada, apartado 327)”.

      Por otra parte como responde la DI en el IPR (párrafos 217 a 220) la consideración de la crisis general y en el sector y la situación financiera de las empresas, está implícita en los criterios que se aplican para el cálculo de la sanción puesto que por una parte la propia Ley pone como límite máximo de la multa el 10% del volumen de negocios en el año precedente al de la imposición de la misma y por otra parte la base del cálculo de la sanción siguiendo la Comunicación sobre cuantificación de las sanciones adoptada por este Consejo, se hace con el volumen de negocios en el mercado afectado durante los años de la infracción, de forma que la propia formula tiene en cuenta la caída de ingresos objeto de la crisis.

      Ahora bien, ni la posible situación crítica del sector en el momento de imponer la sanción, ni la situación financiera de la empresa reduce en nada la responsabilidad por la infracción cometida, como ya ha reiterado este Consejo en múltiples ocasiones, y por tanto no puede condicionar el cálculo del importe de la sanción más allá de lo anteriormente expuesto de utilizar el volumen de negocios afectado y de tener el tope máximo en función de los ingresos totales de la empresa o del grupo a que pertenece (ver entre otras RCNC de 2 de marzo de 2011 S/0086/08 Peluquería Profesional). Porque no olvidemos que la multa tiene además del efecto punitivo un objetivo disuasorio que se perdería, puesto que en momentos de crisis la sanción se calcula de forma que tiene mayor peso los ingresos más recientes que dan lugar a dichas alegaciones, pero la infracción se ha extendido en periodos en los que la situación era distinta, con ingresos elevados que en cambio podrían no ser tenidos en cuenta en su plenitud en el cálculo de la multa si aplica el tope del 10% del volumen de negocios del año anterior previsto por la LDC.

      9. Sobre la responsabilidad matriz-filial Los cuatro Grupos presentan alegaciones respecto a la forma de imputación y a la responsabilidad que les corresponde.

      El GRUPO SIECSA, S.L., alega respecto a la imputación tardía, una vez remitido el PCH, y argumenta que no determina el comportamiento de SIEC en el mercado, porque dice que se trata una empresa holding sin actividad comercial, limitándose al control de los resultados y desarrollo de la compañía y no a la administración diaria de sus filiales.

      En los mismos términos se pronuncia la representación legal de EMILIO BOLADO

      S.L. y el GRUPO SADISA, S.L., que dice que ASCAN, su filial, actúa en el plano comercial con autonomía e independencia en su actividad comercial siendo la única empresa del grupo que se dedica a obras de construcción y mantenimiento de firmes asfalticos.

      El GRUPO JESAB alega que su filial, SENOR, es una sociedad económicamente independiente de su matriz que es una holding sin actividad en el mercado definido en este expediente, incluso es la única empresa de control de las imputadas que se encuentra fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria y considera que no son aplicables precedentes anteriores.

      Apoyándose en la jurisprudencia comunitaria sobre la unidad económica que permite imputar la responsabilidad a la sociedad matriz aunque no haya participado directamente en el acuerdo, la DI ha dado cumplida respuesta a esta alegación en el IPR (párrafos 225 a 239), pero ante la reiteración de las partes, añadir que en los cuatros supuestos de matrices, GRUPO SIECSA, S.L., GRUPO JESPAB, S.A., GRUPO SADISA, S.L. y EMILIO BOLADO e HIJOS, se ha acreditado que las mismas tienen el control legal de las filiales que realizaron la infracción, y como argumenta la DI es aplicable la presunción iuris tantum del ejercicio del control o de influencia decisiva sobre la política comercial y sobre la actividad de la filial, presunción que no ha sido desvirtuada documentalmente por ninguna de las matrices imputadas, más allá de asegurar que existe separación económica. Ante la petición por parte de BOLADO de la realización de prueba pericial sobre este extremo, el Consejo acordó en el trámite de prueba la admisión de los informes o pruebas periciales elaborados a su costa que quisiera presentar, lo que asimismo podrían haber hecho el resto de las imputadas, pero ninguna ha aportado prueba alguna de que no existía tal unidad económica ni tal influencia decisiva de la matriz en la actividad económica de la filial.

      Y en este sentido acaba de pronunciarse la Audiencia Nacional en su (Sentencia de 11 de febrero de 2013, VERIPACK EMBALAJES, S.L.) cuando aludiendo a la constante línea jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, recoge un pronunciamiento reciente en los siguientes términos:

      “Como recuerda la resolución impugnada, este precepto recoge la doctrina comunitaria, que permite imputar la responsabilidad a la sociedad matriz aunque no haya participado directamente en el acuerdo.

      El fundamento de la previsión legal, que refleja la normativa comunitaria, no es otro que la doctrina de la unidad económica. En la sentencia dictada el 19 de julio de 2012

      (Asuntos acumulados C-628/10P y C-14/11P Alliance One International) el Tribunal recuerda que según su jurisprudencia: "el concepto de empresa abarca cualquier entidad que ejerza una actividad económica, con independencia del estatuto jurídico de dicha entidad y de su modo de financiación. Debe entenderse ese concepto en el sentido de que designa una unidad económica aunque, desde el punto de vista jurídico, esta unidad económica esté constituida por varias personas físicas o jurídicas. Cuando una entidad económica de este tipo infringe las normas sobre la competencia, le incumbe, conforme al principio de responsabilidad personal, responder por esa infracción (sentencias de 20 de enero de 2011, General Química y otros/Comisión, C-90/09 P, Rec. p. I-0000, apartados 34 a 36 y la jurisprudencia citada, y de 29 de septiembre de 2011, Elf Aquitaine/Comisión, C-521/09 P, Rec. p. I-0000, apartado 53)."

      10. Sobre la sanción La mayoría de las empresas investigadas dedican parte de sus escritos a determinar los factores a tener en cuenta para el cálculo de la eventual sanción, insistiendo especialmente en el volumen de negocios de base.

      Sobre este punto y como respuesta general, este Consejo ha solicitado a las partes la información necesaria que le permita calcular la sanción sobre la base de los ingresos obtenidos en el territorio de Cantabria y, en función de la responsabilidad subjetiva, sobre los ingresos en el mercado de contratación, suministro y ejecución de obras, bien de licitaciones públicas y privadas o exclusivamente sobre las públicas.

      Respecto a las alegaciones sobre posibles circunstancias atenuantes o agravantes, se analizarán en el FD correspondiente.

      Pero sí debe contestar este Consejo a la alegación de ASCAN respecto a una posible vulneración al principio non bis in ídem por haber sido sancionada mediante la Resolución del Consejo de la CNC de 19 de octubre de 2011, Expte. S/0226/10, Licitaciones de Carreteras, y lo único que coincide es el sujeto puesto que no existe identidad de objeto, ya que se trata de licitaciones distintas convocadas por administraciones diferentes. La teoría de ASCAN que considera identidad de objeto y de fundamento por tratarse de acuerdos para licitaciones y aplicarse el mismo precepto, el artículo 1 de la LDC, llevaría al absurdo de que la sanción a una empresa por un acuerdo concreto que afecta a una parte del mercado impediría sancionarle por otras conductas que haya cometido en relación al resto prohibidas por el mismo precepto.

      CUARTO.- Descripción de las conductas investigadas. De acuerdo con el IPR

      elevado al Consejo y sobre la base de los hechos que constan acreditados, las empresas imputadas en este expediente se han estado repartiendo durante un largo periodo de tiempo, desde 1998 hasta 2011, la realización de obras de asfaltado de obras de conservación, mejora, renovación y rehabilitación de firmes y plataformas, tanto públicas como privadas, en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

      De la información recabada a lo largo del expediente se deduce que al menos durante los citados años, las empresas incoadas utilizaron distintos métodos para distribuirse entre ellas las obras de asfaltado realizadas en Cantabria. En los Hechos Acreditados se aprecian dos sistemas de reparto complementarios entre sí, uno más generalizado, los acompañamientos en licitaciones públicas de procedimientos negociados y el reparto de todo tipo de licitaciones de obra, pública o privada de asfaltado de obras, en el ámbito de Cantabria, que refuerzan mutuamente el efecto anticompetitivo.

      En primer lugar para las obras públicas por procedimiento negociado o para obras menores de las Administraciones públicas, tanto de la Comunidad Autónoma de Cantabria como de distintos ayuntamientos de la zona, y para los que no existe procedimiento abierto sino que es la Administración la que de forma restringida invita a un número limitado de operadores de la zona, generalmente tres (ver en HP, Marco Normativo, los tipos de procedimientos previstos en el TRLCSP, artículos 169 a 178), a que presenten sus ofertas en relación con la obra que quieren realizar y para la que establecen un precio máximo, consta acreditado que las imputadas, de forma bilateral acordaban la oferta a presentar o “acompañaban “ a la interesada en la obra, presentando una oferta con un tipo de baja inferior, definiendo de ese modo la adjudicataria y el precio a pagar por la Administración, eludiendo cualquier tipo de competencia entre ellas.

      Sin perjuicio de que esta práctica viniera realizándose anteriormente, tenemos en el expediente acreditación desde el año 1998, (ver punto 50 y ss. de los HP) en los que se recogen una selección de hechos probados relacionados con la documentación que obra en el expediente y que de forma sistematizada se recoge en el listado de obras objeto de acompañamientos que como Anexo II a esta Resolución se acompaña.

      La primera obra acreditada es del mes de marzo de 1998, para el proyecto San Bartolomé de los Montes (obra 540 del Anexo) que fue adjudicada a SENOR, y le había acompañado SIEC como se aprecia en la documentación recabada en SENOR donde consta la oferta de SIEC, que está en poder de SENOR (folio 2580

      .17).

      En la documentación recabada en SENOR (folios 2374 y ss.) constan múltiples documentos de ofertas de SIEC a lo largo de los años, de las que a título de ejemplo se transcribe una oferta de 2010 (obra 322 del anexo), que fue adjudicada a SENOR:

  5. XXX, vecino de Torrelavega, con domicilio en XXX, con D.N.I. n° XXX, en nombre y representación de SIECSA CONSTRUCCION Y SERVICIOS, S.A., con C.I.F. A-39015169, domiciliado en Pº Julio Hauzeur, no 45 B, Bajo, enterado del procedimiento para adjudicar las obras de: "AGLOMERADO DE CAMINOS EN B0 EL CALLEJO DE LA CUEVA, AYTO. DE CASTAÑEDA", se compromete a ejecutarlas en la cantidad de: TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA

    EUROS (38.250.- EUROS), IVA incluido.

    Torrelavega a 6 de abril de 2010 En esta práctica de acompañamiento han participado todas las empresas imputadas en este expediente, existiendo acreditación de la participación de cada una de ellas desde distintas fechas. La participación no es homogénea en la asiduidad en el acompañamiento o en el número de obras que finalmente les son adjudicadas, como alegan algunos, así mientras SENOR Y SIEC presentan oferta en un número elevado de licitaciones, 387 y 282 respectivamente, el resultado final es que SENOR

    obtiene más del 50% y SIEC un 27%. Por el contario ASCAN que solo acude a 42 de las censadas en el Anexo II, obtiene 36 es decir un 85%. Ahora bien, ni la participación de cada una de ellas en los acompañamientos ni los resultados obtenidos, modifican en nada la responsabilidad de cada uno de ellos en la conducta infractora, puesto que el objetivo es el mismo, eludir la competencia entre sí en los trabajos a realizar para la administración, repartiéndose las obras sin competir en precios y por tanto trasladando a la administración unos costes no competitivos. De las 597 obras listadas en el Anexo II las imputadas se han adjudicado 482, más del 80%.

    Y la prueba de esta connivencia frente a la administración no solo se deduce de la información e incluso de las ofertas como las mencionados más arriba, que están en los archivos de los competidores, tal como se ha encontrado en las inspecciones realizadas en BOLADO, SENOR y ARRUTI, ( HP 55 a 61), sino de las peticiones explícitas de acompañamiento que se encontraron en la inspección a SENOR y que se resumen en los Hechos Acreditados ( HP 63 y 64); de anotaciones y de correos electrónicos intercambiados (HP 65 a 72). A título de ejemplo se recoge a continuación la mecánica seguida en alguna de las obras del Anexo II:

    Obra 133, “Reparación de muro y pavimento en Borleña. Ayuntamiento Corvera de Toranzo”, a la que habían presentado oferta SENOR, SIEC e INOR y que fue adjudicada a SENOR. En folio 589 incautado en SENOR y encabezado por el nombre del responsable de licitaciones de la empresa hay anotaciones a mano respecto a este proyecto: fecha de la oferta (noviembre de 2008) y las cantidades a ofertar (SIEC 57.430, INOR 56.850 y SENOR 55.900). El 27 de noviembre de 2008 SENOR hizo la oferta que consta manuscrita (folios 590 y 2580.21) y obtuvo la adjudicación.

    Obra 149, ACONDICIONAMIENTO DE PARCELA EN EL PUERTO DE

    COLINDRES. Tal como recoge CUEVAS en su escrito de valoración de prueba, el 23 de septiembre de 2008 el Gobierno de Cantabria invita a ARRUTI, BOLADO y CUEVAS a presentar ofertas por el proyecto con un presupuesto máximo de 57.938,14 € (con IVA). Acuden los tres, pero como se verá a continuación en la documentación encontrada en BOLADO, (folios 2625, 2626 y 2659.7) las ofertas estaban previamente pactadas. Al día siguiente a recibir la invitación del Gobierno de Cantabria, el 24 de septiembre, CUEVAS remite a BOLADO el correo que se reproduce en el que como se aprecia las ofertas están pegadas al precio de salida, siendo la más baja la de CUEVAS por 57.150 euros, es decir, con una bajada que no llega al 1,5%.

    [XXX]@cuevasobras.es]

    Enviado el: miércoles, 24 de septiembre de 2008 17:00 Para: licitaciones@emiliobolado.es Asunto: ACOMPAÑAMIENTO

    Datos adjuntos: GOB.CANTABRIA.doc BUENAS TARDES XXX.

    ME HACE FALTA QUE PREPARES UNA OFERTA PARA PUERTOS DE CANTABRIA Y ME

    LA METAS EN UN SOBRE. CUANDO LA TENGAS ME LA DEJAS ABAJO Y ME LLAMAS

    POR FAVOR.

    TE ADJUNTO MODELO Y EL IMPORTE.

    HABLARON AYER CON XXX Y LE DIERON UNA CIFRA, PERO LA BUENA ES LA MIA.

    ACONDICIONAMIENTO DE PARCELA EN EL PUERTO DE COLINDRES.

    CUEVAS-57.150 BOLADO-57.525 ARRUTI-57.900 SALUDOS

    XXXXXX.

    CUEVAS GESTION DE OBRAS, S.L.

    Obra 617, “Refuerzo de pavimento en muelle de Maliaño”. Según consta en la prueba realizada (folio 7381), el 5 de diciembre de 2006 la Autoridad del Puerto de Santander invita a BOLADO, CUEVAS y ROSILLO a presentar ofertas para esta obra por un precio máximo de 26.580,53 €. El 15 de diciembre BOLADO pide acompañamiento a CUEVAS (me la preparas) para quedarse con la obra (Folio 6580).

    Original Message From: licitacionesaemiliobolado.es To: XXXXcuevasobras.es Sent: Friday, December 15, 2006 3:39 PM

    Subject: XXXX Otra oferta para el Puerto Refuerzo de pavimento en muelle de Maliaño XXX te adjunto oferta para la Autoridad Portuaria. Hay que presentarla el Martes de 19 así que cuando tengas un rato me la preparas.

    Muchas gracias.

    Las ofertas entran en el último día, el 19 de diciembre, con números de registro consecutivos (folios 7341). CUEVAS hace una oferta de 26.102,50 y se la adjudican a BOLADO que ofertó 23.114,66 € (folio 7387).

    Los anteriores ejemplos no son más que una muestra del funcionamiento del consenso estructural existente entre las empresas imputadas para repartirse las actuaciones con la Administración, de forma que sin necesidad de reunirse, en cada caso se iban apoyando unas a otras para responder a la invitación de la Administración, acordando la oferta previamente, tal como se expresa en los correos que se intercambiaban las imputadas que se recogen en los Hechos Probados y que se ve ratificado con la información remitida por los licitadores en la prueba realizada a solicitud de las partes. En efecto como se aprecia en las dos obras anteriores y de acuerdo con la información recibida en la prueba realizada por este Consejo y en la valoración que de la misma hace CUEVAS, el Gobierno de Cantabria o la Junta del Puerto, enviaron invitaciones a 3 operadores para que les presentaran ofertas competitivas, y previamente a remitir la oferta las imputadas se coordinaban, haciendo la oferta en los formularios correspondientes con su membrete, llegando el caso de que fuera la propia candidata a la adjudicación la que recogiera la documentación del resto para presentarla conjuntamente, como se aprecia por el orden de entrada en registro.

    Como se constata en los HP y en la anterior explicación, esta conducta se remonta, al menos, a finales de los años noventa y llega, al menos, hasta 2011 y muestra una práctica habitual en el conjunto de empresas que actúan en el sector de las licitaciones para asfaltado de obras varias en Cantabria, y que si bien está constatado para los procedimientos negociados de la Administración, muestra unas relaciones entre competidores tan estrechas y tal ausencia de competencia, que abre vías a todo tipo de acuerdos en otros tipos de contratos o procedimientos de licitación o contratación, como así consta acreditado a partir de 2006 para un reparto generalizado de las licitaciones en Cantabria, tanto privadas como públicas, y en este último caso para todo tipo de procedimientos.

    De hecho la frontera del tipo obras objeto de reparto se expande y en el G5 se reparten todo tipo de obras, tanto públicas como privadas, así como todo tipo de licitación, tanto las que se licitan por procedimientos negociados o menores como por procedimiento abierto, manteniéndose a partir de ese momento el reparto sistemático y periódico de las obras entre los cinco del grupo (seis empresas), así como los acompañamientos entre ellos y con las cinco empresas restantes. De hecho en los años de 2006 a 2010 de funcionamiento del G5, se han llevado a cabo más del 50% de los acompañamientos acreditados en todo el periodo, mayoritariamente entre imputados miembros del G5 y no miembros, lo que indica que dichos acuerdos, más restringidos, no afectaron, o en todo caso potenciaron, los intercambios habituales.

    Del análisis de la documentación que obra en el expediente, aportada por el denunciante, obtenida en las inspecciones y de la posteriormente recabada, consistente entre sí, se puede constatar la existencia de un sistema de reparto del mercado referido, tanto a través de licitaciones públicas como privadas, es decir de un cártel más amplio y estructurado que el de los procedimientos negociados. Así consta acreditado que SENOR, ARRUTI, EMILIO BOLADO y ACANSA, ASFIN y ASCAN, forman lo que ellos mismos denominan G5 (BOLADO y ACANSA computan como uno) que se reúne y acuerdan obra a obra el reparto entre ellos de las obras licitadas en Cantabria por organismos públicos, fundamentalmente el Gobierno de Cantabria y el Ministerio de Fomento, y por clientes de carácter privado. Y este comportamiento se ha mantenido al menos desde 2006 a 2010.Los números asignados son: 1-ARRUTI; 2-ASCAN; 3-ASFIN; 4-EMILIO BOLADO (y ACANSA) y

    5-SENOR.

    En anexo III al IPR, que se adjunta a esta Resolución como Anexo I (HP 15), se relacionan 298 obras que durante dicho periodo fueron objeto de reparto o consideradas por el G5 en las reuniones que, con carácter quincenal o mensual, tenían los miembros del Grupo a las que asistían llevando cada uno su relación de temas o de obras a repartir, que eran revisados y actualizados en reuniones posteriores.

    En la información disponible, tanto la aportada por el denunciante, como la recabada en las inspecciones, existen documentos fechados correspondientes a la celebración de, al menos, 30 reuniones (HP 14). En dicha documentación se aprecia lo que podríamos llamar orden del día con el que acude a la reunión cada uno de los miembros de grupo, lleva en la esquina superior izquierda el número identificativo y no el nombre de la empresa, lo que indica voluntad de ocultamiento por tener conocimiento de estar realizando una actuación ilícita.

    Según la información del denunciante las cuotas de reparto entre los cinco del grupo, medidas en tonelada de asfalto de cada obra y no en coste monetario de la obra, serían:

    ARRUTI → 18,80%

    ASCAN → 22,80%

    ASFIN → 16,80%

    EMILIO BOLADO + ACANSA → 22,80%

    SENOR → 18,80%

    Esta distribución viene corroborada por los cuadros aportados por el denunciante sobre ajustes periódicos del equilibrio de los repartos (HP 43 a 48) realizados en las mismas reuniones. En dichos cuadros resumen, correspondientes los disponibles al año 2009, se contabilizan las obras adjudicadas a cada uno de los cinco miembros del Grupo, clasificadas en función de las toneladas de asfalto necesarias en cada obra, obteniendo el desfase de cada miembro del grupo, para posteriormente compensar con nuevas obras o hacer modificaciones en las asignaciones previstas.

    Los desfases entre el reparto previo son debidos a desajustes en las propias adjudicaciones y también a que el G5 no es el universo completo de los posibles licitantes, razón por la que no todas las obras que se repartían les eran asignadas a los miembros de grupo. Y si bien los cuadros de ajuste son los aportados por el denunciante, acredita su veracidad el hecho de que la información que contienen es idéntica a la incautada en las investigaciones, incluidas modificación y resignaciones posteriores que constan en dicha información.

    Así la obra “Mejora de la plataforma de la carretera CA-662, Regules (cruce con CA-256)-Los Tornos (cruce con N-629)”, previamente asignada a (1) ARRUTI, finalmente es adjudicada a (5) como consta en el folio 2659.4, incautado en la inspección a BOLADO. Y ese cambio consta en los cuadros de ajuste en la columna de (1) como Pasa a 5 (folio 34) y posteriormente (folio 35) en la columna correspondiente a (5) de SENOR (HP 23). Igual ocurre con otras obras que o bien se retiran o bien cambian el adjudicatario y dan lugar a los reajustes (HP 24, 28, 30).

    Según se aprecia en las listas de obras con las que acudían a cada reunión, (HP 21 y ss.) los acuerdos se tomaban obra a obra. En los repartos que se hacían en las reuniones del G5 se trataban tanto obras denominadas “de boletín”, licitaciones de Administraciones Públicas, por procedimientos abiertos o negociados, así como obras privadas y ventas de asfalto (MBC) en planta para obras realizadas por otros constructores.

    Una vez realizado el reparto en función de los parámetros y cuotas anteriores se acordaba el precio a ofertar por cada miembro del cártel de forma que el adjudicatario fuera el designado por el grupo.

    En la documentación recabada en SENOR (folios 2444 a 2470), existen evidencias claras de dicho funcionamiento pues constan documentos que recogen las ofertas que deben hacer el resto de los miembros del grupo:

    En unos casos la empresa aparece con el número que tiene asignado:

    “N° 1 SARO

    OFERTA: 112.902,00 BAJA: 0,10%

    N° 2 OFERTA: 110.750,00 BAJA: 2,00%

    N° 3 OFERTA: 112.211,00 BAJA: 0,71%

    N° 4 OFERTA: 109.172,86 BAJA: 3,40%”

    En otras aparece el nombre de la empresa:

    “ARRUTI

    OFERTA: 284.000.- BAJA: 0,10%

    BOLADO

    OFERTA: 280.301,23.- BAJA: 1,40%

    ASFIN

    OFERTA: 278.872.- BAJA: 1,90%

    ASCAN

    OFERTA: 275.700.- BAJA: 3,02%”

    Otro ejemplo, para la obra "MEJORA Y AFIRMADO DE CAMINOS EN EL

    AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DE CAYON", aparecen los siguientes documentos en SENOR en los que se dice OFERTA A REALIZAR, lo que excluye que sean datos históricos:

    “COMPAÑÍA: ARRUTI

    OBRA: "MEJORA Y AFIRMADO DE CAMINOS EN EL AYUNTAMIENTO

    DE SANTA MARIA DE CAYON."

    Con motivo de la licitación (presentación 3/4/06) para la contratación por parte del GOBIERNO DE CANTABRIA de la obra arriba mencionada, les indicamos los detalles de la oferta:

    OFERTA A REALIZAR: 129.800.- EUROS. (Baja: 0,06%) COMPAÑÍA: ASCAN

    OBRA: "MEJORA Y AFIRMADO DE CAMINOS EN EL AYUNTAMIENTO

    DE SANTA MARIA DE CAYON."

    Con motivo de la licitación (presentación 3/4/06) para la contratación por parte del GOBIERNO DE CANTABRIA de la obra arriba mencionada, les indicamos los detalles de la oferta:

    OFERTA A REALIZAR: 125.853,89.- EUROS. (Baja: 3,10%) COMPAÑÍA: ASFIN

    OBRA: "MEJORA Y AFIRMADO DE CAMINOS EN EL AYUNTAMIENTO

    DE SANTA MARIA DE CAYON."

    Con motivo de la licitación (presentación 3/4/06) para la contratación por parte del GOBIERNO DE CANTABRIA de la obra arriba mencionada, les indicamos los detalles de la oferta:

    OFERTA A REALIZAR: 128.821.- EUROS. (Baja: 0,82%) COMPAÑÍA: BOLADO

    OBRA: "MEJORA Y AFIRMADO DE CAMINOS EN EL AYUNTAMIENTO

    DE SANTA MARIA DE CAYON."

    Con motivo de la licitación (presentación 3/4/06) para la contratación por parte del GOBIERNO DE CANTABRIA de la obra arriba mencionada, les indicamos los detalles de la oferta:

    OFERTA A REALIZAR: 127.542,34.- EUROS. (Baja: 1,80%)”.

    Como se puede apreciar en todos los casos aparecen las ofertas que deben hacer las demás, no SENOR, sede en donde se encontraron los documentos, que designada con número, sería el 5, lo que permite deducir, sin que haya sido desmentido por las partes, que en el reparto, dichas obras habían sido atribuidas a SENOR. Y dicho funcionamiento confirma asimismo la documentación aportada por el denunciante (folios 181 y ss.), en la que BOLADO, remite por fax a los demás miembros del Grupo las ofertas que ha presentado con textos tan expresivos como:

    “Te adjunto presupuesto cruzado en común tal como lo hemos enviado nosotros”, o, “Te adjunto presupuesto con los precios que tenéis que pasa o por encima de ellos”.

    En conclusión y tal como se recoge en los HP 14 y siguientes, las empresas que formaban el G5 mantuvieron reuniones periódicas desde mayo de 2006 hasta al menos el 25 de febrero de 2010, en las que se repartieron las obras de asfaltado que se licitaban, tanto públicas como privadas, incluyendo también las ventas de asfalto en planta de acuerdo a unas cuotas preestablecidas que controlaban periódicamente.

    Existe constancia en el expediente de que el control del cumplimiento de los acuerdos del cártel relativo al G5 y el seguimiento del mismo se establecían mediante el intercambio de información, realizado tanto en las reuniones como en los contactos posteriores a las mismas, en el que las empresas ponían sobre la mesa la totalidad de obras a las que podrían ofertar y que permitía la elaboración de tablas más complejas en las que realizaban los ajustes que se recogen en la documentación aportada por el denunciante (HP 44 a 48).

    Por último existe acreditación más allá del reparto de las licitaciones, del intercambio de información sobre las propias empresas con las que contrataban, recogiendo en un cuadro la opinión de las 5 sobre las mismas, en relación con la situación financiera y otros juicios valorativos (HP49).

    QUINTO.- Calificación de las conductas: infracción por objeto única y continuada. El Fundamento anterior recoge el relato de la conducta imputada tal como se deduce de los Hechos Acreditados que constan en el expediente, que ha consistido en que durante un largo periodo de tiempo, desde 1998 hasta 2011, las imputadas se han estado repartiendo y fijando los precios de las licitaciones públicas y privadas para asfaltado de obras de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas, (carreteras, autovías, etc.), en la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante acuerdos bilaterales del conjunto de empresas imputadas para acudir a las convocatorias de contratos menores o negociados de las distintas Administraciones Publicas cántabras, así como a través de la distribución de las obras licitadas, publicas y privadas y la provisión de MBC entre cinco de ellos, (seis empresas) que forman el grupo que se denomina G5.

    La comisión de dichas conductas, que no han sido desacreditadas por las alegaciones de las partes ni por las pruebas realizadas al efecto, a juicio de este Consejo constituye una infracción única y continuada que estuvo distorsionando el mercado de las licitaciones de obras de asfaltado más arriba citadas, al menos, desde 1998 hasta 2011 con distinta participación de los imputados a los largo de dicho periodo.

    Como se aprecia en la descripción de la conducta, nos encontramos ante una infracción compleja, con acuerdos diferenciados entre los actores y distinta participación en los mismos, pero todos ellos con una única finalidad: distorsionar el mercado de contratación de obras de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas, en carreteras, autovías, etc., mediante el reparto y por tanto la distorsión en las licitaciones de las mismas y particularmente en las licitaciones públicas, ya fueran por procedimiento abierto, pero sobre todo en el caso de los procedimientos negociados, de forma que anulaban toda posible competencia entre ellos a la hora de ofertar a las obras públicas de pavimentación, viales, etc., licitadas por las distintas Administraciones Públicas en Cantabria.

    El artículo 1 de la LDC prohíbe todo acuerdo o práctica concertada que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del mercado nacional. Los acuerdos aquí descritos deben incardinarse sin duda en aquéllos que tiene por objeto restringir la competencia, mediante el reparto y la fijación de precios de las obras licitadas en el mercado geográfico de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de los que sin necesidad de demostración de efectos puede predicarse que constituyen una infracción de las normas de competencia, dañina para el interés general.

    Y en el caso que nos ocupa estamos además ante una infracción única y continuada que cumple todos los requisitos acuñados por la jurisprudencia para dicha caracterización. Se trata de una conducta continuada, que tiene unidad jurídica conformada por distintos actos, que se suceden y repiten en el tiempo, como son las reuniones quincenales del G5 con reparto de contratos, la fijación de los precios a ofertar tanto en las licitaciones abiertas como entre los de acompañamiento en los procedimientos negociados, el intercambio de información de todo tipo, incluidas las experiencias con los clientes y proveedores. Pero es además una conducta única, porque las acciones que la conforman constituyen un entramado con un único objetivo. Cada una de las practicas más arriba descritas es contraria a las normas de competencia que exigen que los agentes tomen sus decisiones y lleven su política comercial de forma autónoma y no coordinada, pero es que además conjuntamente conforman una conducta premeditada de distorsionar la competencia en el ámbito en que inciden, y de hacerlo de forma continuada durante periodos de tiempo indefinidos, de forma que en dicho mercado de las licitaciones se pierde cualquier referencia de mercado competitivo, lo que en el caso de las licitaciones públicas, mayoritarias en este expediente, supone que los poderes públicos pierdan las referencias de mercado a la hora de fijar los precios de salida, que de ese modo se situarán ya desde la convocatoria, por encima del precio competitivo, con el consiguiente mayor coste para el erario público, que repercute negativamente en todos los contribuyentes.

    Además se constata que es un cártel estable, porque los hechos acreditan que durante un periodo de más de 10 años las empresas han mantenido las relaciones sin que de las comunicaciones entre ellas se aprecie problema alguno, lo que indica que ninguna tenía incentivos para apartarse del cártel, prueba del funcionamiento del mismo y de la obtención de beneficios por encima de los que obtendrían en competencia.

    Y esta infracción, cártel estable, por su propia naturaleza, supone automáticamente un falseamiento significativo de la competencia, que beneficia exclusivamente a las empresas del cártel al darles una ventaja competitiva respecto al resto de competidores en el mercado o a potenciales competidores que pudieran querer entrar en el mercado, siendo sumamente perjudicial para los clientes, en su mayor parte Administraciones Públicas nacionales, autonómicas y locales, licitadoras de las obras y, por tanto, para el interés general.

    Por tanto, calificadas las conductas como una infracción única y continuada, contraria al artículo 1 de la LDC que podemos calificar como un cártel, el Consejo coincide con la DI en que dichas prácticas constituyen una de las restricciones de competencia más perjudiciales, de las que el artículo 62.4.a) de la LDC califica como infracciones muy graves.

    Y una vez acreditado que estamos ante una infracción que tiene por objeto restringir la competencia, huelga atender a los efectos, porque en sí misma la conducta lleva implícitos los efectos restrictivos y en tales circunstancia, como ha dicho reiteradamente la jurisprudencia, tanto nacional como comunitaria, “no es necesario examinar los efectos de una práctica concertada cuando quede acreditado su objeto contrario a la competencia” [Párrafo 30, SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

    de 4 de junio de 2009 (Sala Tercera). Cuestión prejudicial, Asunto C-8/08].

    No obstante lo anterior y a título aproximativo del daño causado, decir que, en este caso los efectos de una conducta que duró más de diez años encareciendo el precio final de las adjudicaciones y más concretamente de las adjudicaciones de obra pública, puede asegurarse que ha tenido un efecto sobre el mercado encareciendo los precios y sobre los consumidores, bien como adquirentes de los servicios en obra privada, pero sobre todo como contribuyentes.

    Dado el origen de la distorsión y la información aportada por las partes, la DI no ha podido hacer un cálculo del efecto monetario de la infracción, a través de los incrementos de precios de las obras, pero aunque algunas fueran de menor cuantía, en ese periodo está acreditado que trataron y acordaron más de 900 obras a lo largo de todo el territorio de Cantabria, por lo que la incidencia sobre la competencia en dicho mercado es innegable.

    Por las mismas razones es difícil estimar el beneficio ilícito obtenido por las infractoras, pero es claro que dicho beneficio no está vinculado a las obras que les han sido adjudicadas entre las constatadas como repartidas, sino que excede ese ámbito. De hecho el cártel al distorsionar los precios de mercado mediante la fijación de precios en las obras repartidas, está elevando los precios por encima de los competitivos, de forma que los operadores en dicho mercado obtienen ingresos superiores de los que corresponderían en competencia, incluso en obras que no constan como repartidas. Y por la misma razón, el efecto negativo sobre los consumidores y contribuyentes también excede del que se pudiera calcular sobre las obras relacionadas.

    SEXTO.- Responsabilidad de las empresas. El artículo 61 de la vigente LDC

    establece que son sujetos infractores las personas físicas o jurídicas que realicen las acciones u omisiones tipificadas como infracciones en la LDC, siendo la actuación de una empresa también imputable a las empresas o personas que la controlan, excepto cuando su comportamiento económico no venga determinado por alguna de ellas. Y en similares términos se pronuncia el artículo 8 de la Ley 16/1989, vigente hasta la entrada en vigor de la Ley 15/2007, en el que se indicaba que, “se entiende que las conductas de una empresa previstas en la misma, son también imputables a la empresa que la controla, cuando el comportamiento de aquélla es determinado por ésta”.

    A estos efectos, una vez acreditada una infracción es preciso determinar las concretas responsabilidades. En la sentencia ANIC de 8 de julio de 1999 dictada en el asunto C-49/92 P, el Tribunal de Justicia recuerda lo que a su vez estableció el Tribunal de Primera Instancia:

    “El apartado 1 del art. 85 del Tratado se dirige a unas entidades económicas constituidas por un conjunto de elementos materiales y humanos. Cuando la existencia de una infracción ha quedado probada se debe determinar la persona física o jurídica que era responsable de la explotación de la empresa en el momento en que se cometió la infracción”.

    Las empresas imputadas en este expediente han cometido una infracción muy grave de las normas de competencia (artículo 1 de la LDC) al haber participado en el cártel más arriba descrito de reparto del mercado de licitaciones públicas y/o privadas en el territorio de Cantabria.

    En la media que se trata de una infracción compleja y continuada no todas las partes han realizado las mismas actuaciones, ni todas han participado durante el completo periodo de la infracción por lo que es necesario delimitar el perímetro de la responsabilidad de cada una de las infractoras en relación con el periodo en que ha participado en la infracción así como respecto al ámbito de actuación, bien sea el total del mercado de licitaciones o el de las administraciones públicas, lo que a su vez tiene incidencia en la cuantía de la sanción a imponer.

    A continuación se recoge de forma individualizada los términos de la implicación de cada una de las empresas participantes en el cártel, describiendo, cuando es necesario, las licitaciones concretas en las que participan sin que, en el caso de los acompañamientos en las licitaciones públicas, el mayor o menor número de ofertas presentadas o de adjudicaciones obtenidas modifique el reproche jurídico por la conducta puesto que la conducta infractora es el acuerdo unánime y continuado de repartirse las licitaciones convocadas con el resto de las imputadas, distorsionando así el mercado de licitaciones públicas, simulando ofertas competitivas, que en realidad estaban previamente acordadas.

    ACANSA, es una empresa perteneciente al Grupo EMILIO BOLADO E HIJOS,

    S.L, de la que consta fehacientemente acreditado en el expediente que formaba parte del grupo denominado G5, conjuntamente con EMILIO BOLADO

    S.L., siendo ambas conocidas como el número 4, de forma que los repartos del grupo, así como el control de la distribución de obras se hacía de forma conjunta para ambas, pues como consta en el HP 12, la cuota para ambas conjuntamente era del 22,80%. Las ofertas eran presentadas indistintamente por EMILIO BOLADO, S.L., o por ACANSA (ver HP22), como se ve en la documentación recabada en la inspección a BOLADO en la que en el listado de obras a repartir en la reunión de 2 de agosto de 2007, consta a mano debajo de las obras el porcentaje de rebaja (1,5%) y la cantidad a ofertar, lo que coincide con la ofertas después realizadas por ACANSA/EMILIO BOLADO. Las alegaciones de ambas empresas aunque por separado son idénticas. Además ACANSA tomó parte en la medidas de acompañamiento durante todo el periodo existiendo constancia en el expediente (anexo II) de que durante los años 2004, 2007, 2008 y 2009, acompañó a/fue acompañada por otras empresas, siendo las primeras obras de las que existe acreditación (obras 163 a 166 del anexo II) de abril de 2004. Por tanto ACANSA es responsable de la infracción tanto por formar parte del G5 como por las medidas de acompañamiento, desde abril de 2004 hasta abril de 2011, siendo responsable solidaria su matriz EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L.

    EMILIO BOLADO, S.L. filial de EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L., forma parte del G5 junto con ACANSA como se ha explicado en el punto anterior. Fue una de las empresas inspeccionadas, recabándose en su sede, documentación coincidente con la presentada por el denunciante en relación con el funcionamiento del G5, así como evidencias de los acompañamientos en los que participó muy activamente. Para fijar la fecha de inicio de la infracción en el caso de EMILIO BOLADO debemos ir a la primera evidencia en acompañamientos que es la obra 444 del Anexo II, Asfaltado en el barrio de Sierra, Ayto de Ruiloba, de septiembre de 2001. Presenta ofertas a lo largo de todos los años desde esa fecha, siendo la última que consta en el expediente la oferta a la obra 69, “Construcción de cubierta para tres pistas de padel en Solares, a la que acudió con SENOR y SIEC”, en Febrero de 2011. Por tanto EMILIO BOLADO, S.L. es responsable de la infracción, tanto por formar parte del G5, como por las medidas de acompañamiento, desde septiembre de 2001 hasta abril de 2011, siendo responsable solidaria su matriz EMILIO BOLADO E

    HIJOS, S.L.

    ARRUTI SANTANDER, S.A. fue una de las inspeccionadas, y está fehacientemente acreditada su participación tanto en el G5, en el que tenía igual tasa que SENOR (18,80%), como en los acompañamientos. Por lo que se refiere a estos consta en el expediente acreditación de la presentación de ofertas en el año 2002 y cada año hasta 2010. La primera en que aparece como oferente y/ o adjudicatario es en julio de 2002, la obra número 13 del Anexo II, “Nuevo pavimento en carretera de acceso y explanada del faro de Cabo Mayor,” a la que acude con SENOR; y la ultima en noviembre de 2010, la obra 145, “Modificación de la red de saneamiento en el Barrio el Puente de Guriezo”, a la que se presentó con BOLADO. En consecuencia este Consejo considera que ARRUTI es responsable de la infracción tanto por formar parte del G5 como por las medidas de acompañamiento, desde julio de 2002 y hasta abril de 2011.

    ASCAN, EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIÓN, S.A., pertenece al GRUPO EMPRESARIAL SADISA, S.L, formó parte del G5, con una participación igual a la de BOLADO, 22,80%, y es responsable por tanto de las actuaciones de reparto de licitaciones para asfaltado de obras públicas y privadas de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas así como de los acompañamientos en los que participó a lo largo de todos los años desde 2001 a 2011. El inicio de la infracción se sitúa por tanto en marzo de 2001 con la obra 432 “Acondicionamiento de la rotonda en la carretera CA-160, de Pamanes a Lierganes. Clave: 13/01-6/86. Tramo: Alto de las Animas”; y la última en enero de 2011, la obra 275, “Asfaltado en el Barrio La Molina, a la que acudió con SENOR

    .

    ASCAN es responsable de las actuaciones del cártel desde marzo de 2001, hasta el final del mismo en abril de 2011, siendo responsable solidaria su matriz GRUPO EMPRESARIAL SADISA, S.L.

    Tanto ASCAN como su matriz SADISA en el trámite de valoración de prueba han alegado indefensión por no haber admitido su solicitud de pruebas de individualizar las obras en que había participado en el reparto. Aunque ya se ha respondido anteriormente, reiterar que el Consejo no ha considerada necesaria dicha prueba, puesto que lo que se ha acreditado en este expediente es que a partir de 2006 las empresas del G5 se repartían el mercado, a través del reparto de licitaciones, tanto públicas como privadas, y para ello se reunían con mucha frecuencia (HP 14) y consensuaban las ofertas a realizar para obtener el resultado deseado. Por tanto a efectos de la infracción aquí acreditada no es relevante el número de obras a que se presentaron los miembros del grupo, ya que había obras que podían no interesarles a ninguno de los miembros, ni tampoco a las que presentaba una determinada empresa, puesto que el acuerdo de reparto no se enerva ni pierde efectividad por la no presentación de ofertas a una determinada obra. Como tampoco puede aceptarse la alegación de que la existencia de otras empresas que podían licitar, y que de hecho en algunos casos así lo hacían, y ganaban el concurso, imposibilita la existencia del cártel. En ningún momento se ha imputado cierre total del mercado, pero si la existencia de un cártel con gran capacidad de distorsión de la competencia porque aglutinaba a la práctica totalidad de las empresas que trabajan en la zona.

    ASFIN, CANTABRIA, S.L., es miembro del cártel en todas sus variantes, G5, con el número 3 y con una asignación en la participación del 16,80%, y en las medidas de acompañamiento. Dado que la primera acreditación de participación en el reparto vía acompañamientos es de febrero de 2007, la obra 23 del Anexo II, “Pavimentación en el pueblo de Nestares”, la que acude con ARRUTI, BOLADO, ASCAN, SENOR, el inicio de la infracción de ASFIN se sitúa en la primera reunión acreditada del G5, en mayo del año 2006. En acompañamiento además de en las obras de 2007 ha participado en ofertas en los años 2008 y 2010. Por tanto ASFIN es responsable de las actuaciones del cártel desde mayo de 2006 y hasta abril de 2011.

    SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE, S.A. (SENOR) perteneciente al GRUPO

    JESPAB, S.A., es el quinto componente del G5 con el número 5 y una participación adjudicada del 18,80 %. Además participa junto con SIEC en la primera acreditación de acompañamientos en marzo de 1998, ofertas que marca el inicio de la infracción objeto de este expediente y de la de ambos, siendo el que ha participado en más licitaciones de las realizadas mediante los acompañamientos. La primera licitación en que aparece como oferente o adjudicatario es la obra 540 del Anexo II, “Pavimentación caminos en San Bartolomé de los Montes”, de marzo de 1998, así como en las obras 328 y 329 en diciembre del mismo año, a las que acude con SIEC. Hay acreditas ofertas todos los años desde entonces y la última es la obra 118, con el Ayuntamiento de Ribamontan al Mar, en marzo de 2011, a la que se presenta con BOLADO.

    En conclusión, su participación en el cártel alcanza a todo el periodo del mismo, desde marzo de 1998 hasta abril de 2011, siendo responsable solidaria su matriz GRUPO JESPAB, S.A.

    CUEVAS GESTIÓN DE OBRAS, S.L., no forma parte del G5 por lo que su responsabilidad en el cártel y el periodo de la infracción viene determinada por los acompañamientos. Cuevas ha participado en estos desde diciembre de 2006, en la obra 617, “Refuerzo para el pavimento para el muelle de Maliaño”.

    Por tanto CUEVAS es responsable de la infracción en el periodo que va desde diciembre de 2006 hasta abril de 2011.

    A solicitud de CUEVAS el Consejo remitió a los licitadores la relación de obras del Anexo II en las que esta empresa aparecía como adjudicataria u ofertante.

    A juicio del Consejo la prueba realizada no entra en contradicción con ninguno de los aspectos de la imputación, sino que los refuerza en la media en que se ha acreditado que las invitaciones en los procedimientos negociados se hacían caso a caso, y eran después las empresas quienes acordaban los precios a ofertar. Es decir que la invitación y el precio máximo lo fija el convocante, pero las bajas se acuerdan entre los invitados repartiéndose las obras y limitando de ese modo la posible baja sobre el precio de salida, en perjuicio del presupuesto público. Y este compartimiento de las empresas no queda invalidado por el hecho de que en algunas de las obras incluidas en el Anexo II no fuera legalmente necesario realizar tres ofertas porque el hecho es que la Administración sí las solicitó y las empresas no acudieron competitivamente sino que las acordaron.

    En la valoración de prueba, CUEVAS reconoce que las respuestas recibidas no validan sus alegaciones, aunque llama la atención sobre algunos errores como el hecho de que en la obra 183, que en el Anexo consta que ofertaron BOLADO, CUEVAS y SIEC, en la respuesta recibida (folio 7569 y ss.) aparecen ofertas de SIEC, BOLADO y SENOR. El Consejo no niega que puedan existir erratas, pero la prueba refuerza la imputación puesto que en dicha obra en las ofertas presentadas varían los precios de 5 en 5 euros

    (20.045€, 20.050€ y 20.055€) prueba evidente de la existencia de un acuerdo previo.

    Cuevas también llama la atención sobre el hecho de que una empresa no imputada, [CONFIDENCIAL], estuviera invitada, tal como consta en el Anexo II, obra 617, y como fue confirmado en la respuesta recibida en el trámite de prueba (folio 7341). Obra finalmente adjudicada a BOLADO. Pero lo que no explica CUEVAS son los intercambios de correos que muestran el reparto. Por ejemplo en esa misma obra 617, recibida la invitación el 5 de diciembre, BOLADO le remite el 15 de diciembre un correo electrónico pidiéndole que le prepare la oferta (Folio 6580), “…..te adjunto oferta para la Autoridad Portuaria.

    Hay que presentarla el Martes de 19 así que cuando tengas un rato me la preparas”.

    Y en otra de las obras objeto de la prueba, la 149 del Anexo II, “ACONDICIONAMIENTO DE PARCELA EN EL PUERTO DE COLINDRES”

    con precio de salida de 57.938,14€ (con IVA), a la que el Gobierno de Cantabria invita a ARRUTI, BOLADO y CUEVAS el 23 de septiembre, acuden los tres, pero previo correo de CUEVAS, de 24 de septiembre a los otros dos indicándoles los precios: CUEVAS-57.150, BOLADO-57.525, ARRUTI-57.900.

    Lógicamente la obra fue adjudicada a CUEVAS.

    Alega CUEVAS que existe un trato discriminatorio en el expediente, ya que la imputación se extiende hasta 2011 cuando la última obra de CUEVAS incluida en el anexo II es la obra 238, de noviembre de 2009. Como ya se ha razonado en el Fundamento de Derecho Quinto estamos ante una infracción única y continuada, con un objetivo único y común de distorsionar la competencia en las licitaciones y no existe acreditación de que CUEVAS se hubiera desentendido del acuerdo general ni la empresa lo ha justificado y el hecho de que no hubiera realizado ofertas de acompañamiento en 2010 no implica que no estuviera disponible para hacerlas, pues como ha reiterado la jurisprudencia comunitaria (por todas Sentencia del TJUE de 19 de marzo de 2009, Case C-510/06), probada la participación en el cártel, es al cartelista al que corresponde demostrar que abandonó el mismo en un momento previo, para lo cual es determinante la comprensión que del hecho tengan el resto de participantes.

    CONSTRUBOC 2002, S.L, es responsable de la infracción acreditada en este expediente por su participación en los acuerdos de los acompañamientos desde 2005. La primera obra en que consta acreditada su participación es de julio de dicho año, la 119 del Anexo II, “Pavimentación de la urbanización Rio Miera”, a la que acude con SENOR, y que se le adjudicada a CONSTRUBOC.

    Desde 2005 presenta licitaciones todos los años, la última en agosto de 2010, la 122, “Vestuarios en Casa Clara Campoamor en Requejada”, a la que acude también con SENOR. La responsabilidad de CONSTRUBOC 2002, S.L., se refiere por tanto al periodo que va desde julio de 2005 y hasta abril de 2011.

    Alega CONSTRUBOC que no se le puede imputar su participación en un cártel desde el año 1998 porque la empresa fue fundada en enero de 2002, pero no se le imputa desde el inicio del cártel, sino desde la acreditación de su participación en el mismo, es decir desde el año 2005.

    EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE, S.L.,

    (INOR) tiene acreditado en el Anexo II la partición en diversos acompañamientos desde 1999, año en el que junto con SENOR acude a la obra para la “Urbanización del cementerio Ayto de Medio Cudeyo”

    ,

    (obra 421).

    En la obra realizada en 2009, la 133 del Anexo II, “Reparación de muro y pavimento en Borleña. Ayuntamiento Corvera de Toranzo”, acude, tras acuerdo de reparto, con SENOR y SIEC. Consta en los documentos incautados en la inspección a SENOR (folios 589 y 2580.21) que el precio de salida era 56.000 Euros y SENOR, ganador, hizo la oferta que aparece en nota manuscrita y recuadrada en el folio 589, de 55.900 euros, inferior a la que constan en la misma nota para SIEC e INOR de 57.430 y 56.850 Euros respectivamente.

    Los correos intercambiados entre otros miembros del cártel e INOR que constan en el expediente son inequívocos respecto al funcionamiento del cártel en los acompañamientos. Para la obra 90 del Anexo II, “Mejora de la terraza de la Guardería de la Albericia” INOR le remite el siguiente e-mail a SENOR, con la oferta que debe hacer, para que la impriman y la introduzcan en un sobre, se entiende con el membrete de la empresa (folio 617):

    “De: "INOR s.L."

    Para: "XXXX"

    CC: "INOR s.L."

    Enviado: jueves, 24 de febrero de 2005 17:55 Adjuntar: GUARDERIA ALBERICIAacomp SENOR.xls Asunto: oferta acompañamiento

    X:

    Adjunto te envío una oferta para el Gobierno de Cantabria, lista para imprimir. Necesito sobre. Cuando lo tengas me llamas por favor.

    Un saludo: XXXX”

    O en el folio 424, fax de SENOR a INOR:

    “Ruego me prepares ésta oferta de acompañamiento para el Gobierno de Cantabria, Consejería de Cultura, Turismo y Deportes. Me llamaron con carácter de urgencia para presentar hoy.

    He hablado con XXX y me ha dicho que tú me la puedes preparar.

    Rellena los datos que faltan puesto que no sé quién va a firmar.

    Sobre las 12,00 del mediodía me pasaré a buscarla.

    Muchísimas gracias por vuestra colaboración”.

    INOR alega en su descargo que ha participado en un escaso número de obras de acompañamiento, pero como ya se ha argumentado anteriormente la responsabilidad en la infracción no deviene del concreto número de obras en al que la empresa haya intervenido, sino del acuerdo su continuado y conocido por el resto de competidores para coordinarse con ellos en aquellas licitaciones para las que se le requería el acompañamiento, distorsionando el mercado y anulando la competencia en precios.

    En conclusión, INOR se considera es responsable de la infracción que supone el cártel de reparto de licitaciones desde julio de 1999 hasta el final del mismo, en abril de 2011, por haber participado y realizando repartos de acompañamientos a lo largo de todo ese tiempo.

    HERMANOS TORRES ROIZ, S.L. (HTR), consta que ha participado en los acompañamientos desde diciembre de 2001 en que se presenta a las obras 283 y 284 del Anexo II, junto con SENOR, que es finalmente el adjudicatario

    (HP 63 y 64). Consta en los documentos incautados en SENOR (folios 2316 y 2317) el compromiso y la oferta con membrete de HTR así como en los cuadros Excel que constan en folio 2580.7, con referencia a CON ACP.

    Desde 2001 realiza ofertas todos los años, siendo la última oferta acreditada de noviembre de 2010, obras 322, 323, 324, en este caso junto con SENOR y SIEC y adjudicadas a SENOR, donde se encontraron los documentos tanto de HTR como de SIEC (folios 2316 y ss. y 2374 y ss.).

    En SENOR se ha encontrado el siguiente mensaje de HTR (folio 562) así como la confirmación de la adjudicación a HTR por 80.100 euros con IVA (folio 565).

    De: XXXX [tecnicotorreroiz@yahoo

    .

    es]

    Enviado: domingo, 05 de julio de 2009 22:19 Para: X X X senor Asunto: oferta de acompañamiento Buenos días, XXX:

    En relación a la invitación del Ayto

    .

    de Marina de Cudeyo para acudir a la licitación de la obra

    :

    "Recuperación Medioambiental y Área Recreativa del Robledal de Orejo".

    Necesito que prepares la documentación a la que hace referencia el Pliego de Cláusulas Administrativas (PERO NO LO HAGAS MUY BIEN, NO VAYA A SER

    QUE OS DEN LA OBRA A VOSOTROS) El presupuesto es según anexo del P.C.A. y quiero que la ofertéis 2,5 más barato, es decir: 80.150,00 E, EL PLAZO DE EJECUCIÓN 3 MESES

    SI NECESITAS ALGO MÁS ME LLAMAS, por favor XXX

    HNOS TORRE ROIZ, S.L.

    [XXX/XXX]

    Por tanto HTR es responsable de la infracción desde diciembre de 2001 hasta abril de 2011 SIEC CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A., pertenece al Grupo SIECSA, y es junto con SENOR quien más ofertas de acompañamiento ha realizado y cuya participación en los acuerdos de acompañamiento marca el inicio de la infracción en marzo de 1998, existiendo acreditación de la última presentación de acompañamiento en febrero de 2011, en la obra 69 del Anexo II, “Construcción de cubierta para tres pistas de pádel en Solares”, a la que acude junto con BOLADO y SENOR.

    SIEC reitera en valoración de prueba (folio 8001), la teoría del adjudicatario natural y la negociación de la Administración con dicha empresa, que dice les encarga buscar otras empresas para que hagan un oferta, aunque no estén interesadas y para ello se remite al folio 2230 en el que SIEC anuncia SENOR

    la invitación y a los folios 4315 y 4320 en los que SENOR dice a HTR que les han invitado por indicación de SENOR. Argumenta que las Administraciones no han contestado al Consejo, y no han explicado el procedimiento limitándose a exponer los pasos: proyecto, pliego de cláusulas, invitaciones a distintas empresas, ofertas recibidas y adjudicación al más barato.

    Pero toda la argumentación de SIEC respecto a la existencia de invitaciones por parte de la Administración no desacredita los acuerdos y las relaciones continuas entre las empresas para repartirse dichos contratos negociados y para realizar ofertas sin competencia como queda acreditado en los Hechos Probados en la documentación recabada en SENOR en la que consta “ACP

    SIEC” y como explica SENOR son obras para las que SIEC solicitó acompañamiento y que finalmente le adjudicaron (HP 66). Así vemos una de las solicitudes de SIEC en el folio 2230 en el que dice lo siguiente:

    “De: XXX de (SIEC) [proyectos@siecsa.com]

    Enviado el: martes, 13 de abril de 2010 9:39 Para: XXXX@senorsantander.es Asunto: RV: OFERTA ACOMPAÑAMIENTO

    Datos adjuntos: SIEC 08-04-10.rtf; BitDefender.txt; BitDefender.txt Buenos días XXX.

    EL título es REPOSICION DE ALUMBRADO EN PARQUE MPRESARIAL

    BESAYA.

    Comentarte que recibirás una invitación para presentar oferta para unas obras de la variante de Puente San Miguel-Santillana, cuando nos llegue te aviso, pues tenéis que preparar una oferta para acompañarnos.

    Un saludo”.

    Ha quedado por tanto acreditado que SIEC ha utilizado a otras empresas del cártel para que le prepararan ofertas de acompañamiento, con precios superiores a los que ella quería ofertar, para resultar adjudicataria de las licitaciones, y que a su vez ella preparaba ofertas acompañando a otros (HP

    63), y que por tanto es responsable de dichas actuaciones que realizó desde marzo de 1998 hasta abril de 2011, siendo responsable solidaria su matriz, GRUPO SIECSA, S.L., por el periodo comprendido desde el mes de octubre de 2005, fecha en que se constituyó como tal, hasta el final de la infracción en abril de 2011 (HP 10).

    SEPTIMO. - Cálculo de la multa. El artículo 63 de la Ley 15/2007, dispone que, “los órganos competentes podrán imponer a los agentes económicos, empresas, asociaciones que deliberadamente o por negligencia infrinjan lo previsto en la presente Ley, las siguientes sanciones”, que en el caso de infracciones muy graves pueden llegar hasta el 10% del volumen de negocios total de la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de la imposición de la multa. La infracción objeto de sanción en este expediente es como se recoge en el fundamento de derecho QUINTO la existencia de un cártel, infracción única y continuada, que estuvo distorsionando el mercado definido , al menos, desde 1998 y hasta 2011.

    La infracción que debemos sancionar en este expediente es el reparto y consecuente la fijación de los precios de las obras de licitaciones, públicas y privadas, que se realizan en la Comunidad Autónoma de Cantabria para el asfaltado de obras de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.), instrumentado a través de acuerdos para acudir a las convocatorias de contratos menores o negociados de las Administraciones públicas, así como mediante la distribución de las obras en general, públicas y privadas y la provisión de MBC entre cinco de ellos,

    (seis empresas) que forman el G5. Y esta conducta, distorsionadora de la competencia, prohibida por el artículo 1 de la LDC.

    De acuerdo con el artículo 62.4 de la LDC, una infracción como la descrita en los Fundamentos de Derecho CUARTO y QUINTO anteriores, debe ser calificada de muy grave y acreedora de una sanción de hasta el 10% del volumen de negocios total de la empresa infractora en el ejercicio anterior al de la imposición de la multa.

    A la hora de modular la cuantía dentro de dicho límite, el artículo 64 se remite a los criterios de dimensión y características del mercado afectado, la cuota de mercado de la empresa o empresas responsables, el alcance y duración de la infracción, los efectos sobre los derechos legítimos de competidores y consumidores y usuarios, así como los beneficios ilícitos obtenidos como consecuencia de la infracción y, en su caso, las circunstancias agravantes y atenuantes que concurran en relación con cada una de las empresas Además de los criterios de la LDC, el Consejo tiene en cuenta asimismo la doctrina del Tribunal Supremo, según la cual este Consejo a la hora de fijar la multa ha de tener, “…como criterio rector para este tipo de valoraciones sobre la adecuación de las sanciones a la gravedad de los hechos, que la comisión de las infracciones anticoncurrenciales no debe resultar para el infractor más beneficiosa que el cumplimiento de las normas infringidas”.

    Para el cálculo de la multa el Consejo aplica "Comunicación de la CNC sobre la cuantificación de las sanciones derivadas de infracciones de los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y de los artículos 81 y 82 del tratado de la Comunidad Europea", publicada en el año 2009, en la que, en aras de la transparencia y la seguridad jurídica, esta CNC dio a conocer la metodología que utiliza en el cálculo de las multas en cumplimiento de los criterios de la LDC y al objeto de potenciar el efecto disuasorio de la mismas.

    Teniendo en cuenta todo lo anterior y por lo que se refiere a la naturaleza de la infracción estamos ante una infracción única y continuada, que se prolonga en el tiempo desde 1998 y que entra dentro de la definición de cártel de la DA 4ª, tratándose pues de una de las formas más dañinas de distorsionar la competencia.

    Además en este caso la conducta afecta a las licitaciones de obra pública, encareciendo el coste de las mismas para la Administración, lo que a juicio de este Consejo supone un plus en la gravedad de la infracción.

    Por lo que se refiere a la dimensión y características del mercado afectado a tener en cuenta para el cálculo de la sanción, la mayoría de las empresas investigadas alegan sobre su limitación tanto geográfica como de producto, considerando algunas que la multa debe girar sobre las licitaciones obtenidas u ofertadas. El Consejo, disiente de esta última alegación, puesto que el mercado en el que se produce la conducta y el que distorsiona, y por tanto el mercado afectado a tener en cuenta para el cálculo de la sanción es el de las licitaciones públicas y privadas, para el asfaltado de obras de conservación, mejora, refuerzo, renovación, rehabilitación y construcción de firmes y plataformas (carreteras, autovías, etc.), limitado a las que se realizan en la Comunidad Autónoma de Cantabria. No obstante el Consejo tendrá en cuenta que los acompañamientos se realizan exclusivamente en las licitaciones convocadas por las Administraciones Públicas.

    Por ultimo respecto a la duración y a los efectos sobre consumidores, nos encontramos ante un cártel que se ha mantenido más de una década con una incidencia directa sobre los presupuestos públicos y por tanto sobre los contribuyentes.

    A la hora de aplicar la Comunicación de sanciones debemos definir en primer lugar el mercado afectado por la infracción, así como el periodo de infracción de cada una de las partes con el fin de obtener el volumen de ventas afectado por la infracción sobre el que girar el tipo a aplicar en función del conjunto de características y gravedad de la infracción.

    En efecto, el párrafo 10 de la Comunicación, dice que “El volumen de ventas afectado por la infracción será la suma ponderada de las ventas obtenidas por el infractor en los mercados de producto o servicio y geográficos donde la infracción haya producido o sea susceptible de producir efectos, durante el tiempo que la infracción haya tenido lugar y antes de la aplicación del IVA y otros impuestos relacionados. Las ventas de cada periodo se ponderarán de acuerdo con lo previsto en el punto (15)”.

    El Consejo, para calcular el volumen de ventas afectado por la infracción, ha tomado en cuenta los ingresos, antes de impuestos, obtenidos por las empresas en las licitaciones realizadas en la Comunidad de Cantabria y en atención a las circunstancias de cada caso, para los miembros del G5 se computa el volumen de ingresos de licitaciones tanto públicas como privadas y en el caso de las empresas que solo están presentes en la conductas de acompañamiento, los ingresos por licitaciones públicas exclusivamente.

    La información utilizada es la aportada por las partes en el mes de febrero de 2013 a solicitud del Consejo. En el caso de las empresas CONSTRUBOC e INOR, las partes no han aportado dicha información, por lo que el Consejo se ha visto obligado a utilizar la información disponible, que había sido aportada en fase de instrucción, y que no tiene en cuenta dichas limitaciones.

    Respecto del periodo de participación de cada una de las partes en el cártel el Consejo, siguiendo la propuesta de la DI ha considerado la fecha de la primera acreditación de la participación en un acompañamiento o en su caso de la acreditación de la participación en la primera reunión del G5 (ASFIN) como el inicio de la infracción para cada una de las partes. Por el contrario, al no existir constancia de abandono del cártel de ninguna de las partes, y no haber acreditado ninguna de ellas tal condición, el final de la infracción es común para todas ellas, en la fecha en que la DI realizo las inspecciones e incoó el expediente sancionador.

    Por lo que se refiere al tipo a aplicar y en atención a las circunstancias más arriba descritas que concurren en este expediente, es decir, la gravedad de la infracción, la duración y los efectos distorsionadores y para el interés general, el Consejo ha considerado que el tipo aplicable al cártel debe de ser del 15%. No obstante en atención a la diferente participación de las partes según sean miembros o no del G5, considera que para los no miembros, en la medida en que no han participado de una forma directa en el mercado privado de licitaciones y que la estructura de los acuerdos era menos exigente, el tipo debe reducirse al 7%.

    Aplicada la Comunicación en las condiciones descritas más arriba, las multas a las que son acreedoras por su comportamiento las infractoras serían las siguientes:

    1 A la empresa ACANSA, 1.376.010 euros, como responsable de la infracción desde abril del año 2004 a abril del año 2011, y solidariamente su matriz EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L.

    2 A la empresa EMILIO BOLADO, S.L., 11.464.530 Euros, como responsables de la infracción desde septiembre de 2001 hasta abril de 2011, y solidariamente su matriz EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L.

    3 A la empresa ARRUTI SANTANDER, S.A., 6.496.940 Euros, como responsable de la infracción desde julio de 2002 y hasta abril de 2011.

    4 A la empresa ASCAN EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIÓN, S.A.,

    2.292.240 Euros, como responsable de la infracción desde marzo de 2001 hasta abril de 2011, y solidariamente su matriz GRUPO EMPRESARIAL

    SADISA, S.L., 5 A la empresa ASFIN CANTABRIA, S.L., 3.724.990 Euros, como responsable de la infracción desde mayo de 2006 hasta abril de 2011.

    6 A la empresa SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE, S.A., 12.613.990 Euros, como responsable de la infracción desde marzo de 1998 hasta abril de 2011, y solidariamente su matriz GRUPO JESPAB, S.A.

    7 A la empresa CUEVAS GESTIÓN DE OBRAS, S.L., 407.140 Euros como responsable de la infracción desde diciembre de 2006 hasta abril de 2011.

    8 A la empresa CONSTRUBOC 2002, S.L., 289.210 Euros, como responsable de la infracción desde julio de 2005 hasta abril de 2011.

    9 A la EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE,

    S.L., 308.010 Euros, como responsable de la infracción desde julio de 1999 hasta abril de 2011.

    10 A la empresa HERMANOS TORRES ROIZ, S.L., 93.460 Euros, como responsable de la infracción desde diciembre de 2001 hasta abril de 2011.

    11 A la empresa SIEC CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A., 3.827.310 Euros, como responsable de la infracción por el periodo comprendido desde desde marzo de 1998 hasta abril de 2011, y solidariamente a su matriz GRUPO

    SIECSA, S.L. desde octubre de 2005.

    La DI en su propuesta no considera que concurran ninguna de las circunstancias atenuantes previstas en el artículo 64 de la LDC, por el contrario tiene en cuenta que las empresas ASCAN, SENOR y EMILIO BOLADO han sido multadas por Resolución de este Consejo de 19 de octubre de 2011, expediente sancionador

    S/0226/10, Licitaciones de carreteras, y propone que en aplicación de lo previsto en el artículo 64.2.a) de la LDC se tenga en cuenta dicha circunstancia en el cálculo de la multa. El Consejo coincide con la DI en la ausencia de circunstancias atenuantes, puesto que frente a lo alegado por las partes respecto a la existencia de una posible confusión en la interpretación de la normativa o del comportamiento de las autoridades que acreditara una minoración de la sanción, como ya se ha argumentado en el Fundamento de Derecho de las alegaciones, no se aprecia se produzca tal supuesto ni tampoco se da ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 64.3 de la LDC. Por el contrario, y si bien comparte con la DI que las tres empresas citadas son responsables por segunda vez de una infracción de la LDC, el hecho de que el procedimiento administrativo correspondiente a la anterior infracción no hubiera sido resuelto al tiempo de los hechos aquí sancionados impide la toma en consideración de dicha circunstancia como agravante.

    Por lo que se refiere al techo de la multa que el artículo 63.1.c) establece en el 10%

    del volumen de negocios total de la empresa infractora, en el año anterior al de la imposición de la multa, el Consejo ha tomado los datos del ejercicio 2012 para todas las empresas a excepción de CONSTRUBOC e INOR para las que se han utilizado los datos disponibles del año 2011 al no haber respondido estas empresas a la solicitud realizada por el Consejo.

    La aplicación de dicho artículo hace que a excepción de las empresas ASCAN, SIEC

    y HTR, todas las demás superen el límite que establece ese precepto. En el caso de las empresas ACANSA y Emilio BOLADO, dado que tienen la misma matriz, se ha prorrateado el límite disponible para el grupo en función de la multa inicial que correspondía a cada una de las dos empresas. Una vez tenido en cuenta dicha limitación impuesta por la Ley, la sanción a imponer queda reducida a las cantidades siguientes, de la que responderán las empresas y en su caso solidariamente las matrices:

    ACANSA, y solidariamente su matriz EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L., la cantidad de 307.728 Euros.

    EMILIO BOLADO, S.L., y solidariamente su matriz EMILIO BOLADO E

    HIJOS, S.L, la cantidad de 2.563.920 Euros.

    ARRUTI SANTANDER, S.A., la cantidad de 1.459.160 Euros.

    ASCAN EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIÓN, S.A. y solidariamente su matriz GRUPO EMPRESARIAL SADISA, S.L., la cantidad de 2.292.240 Euros.

    ASFIN CANTABRIA, S.L, la cantidad de 595.600 Euros.

    SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE, S.A. y solidariamente su matriz GRUPO

    JESPAB, S.A., la cantidad de 4.399.910 Euros.

    CUEVAS GESTIÓN DE OBRAS, S.L., la cantidad 335.030 Euros.

    CONSTRUBOC 2002, S.L., la cantidad de 129.050 Euros.

    EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE, S.L.,

    (INOR) la cantidad de 86.080 Euros.

    10 HERMANOS TORRES ROIZ, S.L., la cantidad de 93.460 Euros.

    11 SIEC CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A., la cantidad de 3.827.310 Euros y solidariamente su matriz GRUPO SIECSA, S.L, por un importe de hasta

    3.516.000 Euros.

    Finalmente, y tal como se recoge en el Fundamento de Derecho Tercero en respuesta a las alegaciones de las partes, este Consejo no considera que la situación financiera de las empresas o la situación de crisis deba ser tenida en cuenta a la hora del cálculo e imposición de la sanción.

    En base a lo anteriormente expuesto, el Consejo de la Comisión Nacional de Competencia, con la composición recogida al principio, vistos los preceptos citados y los demás de general aplicación.

    RESUELVE

    PRIMERO.- Declarar que en el presente expediente se ha acreditado una infracción del artículo 1 de la LDC, desde 1998 a 2011, en los términos expuestos en el Fundamento de Derecho QUINTO.

    SEGUNDO.- De acuerdo con la responsabilidad atribuida en el Fundamento de derecho SEXTO, declarar responsables de dicha infracción a las siguientes empresas: Aglomerados de Cantabria, S.A. (ACANSA); EMILIO BOLADO, S.L.; ARRUTI SANTANDER, S.A.; ASCAN Empresa Constructora y de Gestión, S.A.; ASFIN Cantabria, S.L.; Servicios y Obras del Norte, S.A. (SENOR); CUEVAS

    Gestión de Obras, S.L.; CONSTRUBOC 2002, S.L. (CONSTRUBOC); INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE, S.L. (INOR); HNOS. TORRES ROIZ, S.L.

    (HTR); SIECSA, Construcción y Servicios, S.A. (SIEC); y a las matrices EMILIO

    BOLADO e HIJOS, S.L; GRUPO SADISA, S.L.; GRUPO JESPAB, S.A., y GRUPO

    SIECSA, S.L.

    TERCERO.- Imponer a las autoras responsables de la conducta infractora las siguientes multas:

    ACANSA, 307.728€ (trescientos siete mil setecientos veintiocho Euros) de la que es responsable solidaria su matriz EMILIO BOLADO E HIJOS, S.L.

    EMILIO BOLADO, S.L., 2.563.920 Euros (dos millones quinientos sesenta y tres mil novecientos veinte Euros), de la que es responsable solidaria su matriz EMILIO

    BOLADO E HIJOS, S.L.

    ARRUTI SANTANDER, S.A., 1.459.160 Euros (un millón cuatrocientos cincuenta y nueve mil ciento sesenta Euros).

    ASCAN EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIÓN, S.A., 2.292.240 (dos millones doscientas noventa y dos mil doscientos cuarenta euros) de la que es responsable solidaria su matriz GRUPO EMPRESARIAL SADISA, S.L.

    ASFIN CANTABRIA, S.L., 595.600 Euros (quinientos noventa y cinco mil seiscientos Euros).

    SERVICIOS Y OBRAS DEL NORTE, S.A., 4.399.910€. (Cuatro millones trescientos noventa y nueve mil novecientos diez Euros), de la que es responsable solidaria su matriz GRUPO JESPAB, S.A.

    CUEVAS GESTIÓN DE OBRAS, S.L., 335.030 Euros (trescientos treinta y cinco mil treinta Euros).

    EMPRESA CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURAS DEL NORTE, S.L.,

    (INOR) la cantidad de 86.080 Euros (ochenta y seis mil ochenta Euros).

    CONSTRUBOC 2002, S.L., 129.050€ (ciento veintinueve mil cincuenta Euros).

    HERMANOS TORRES ROIZ, S.L., la cantidad de 93.460 Euros (noventa y tres mil cuatrocientos sesenta Euros).

    SIEC CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS, S.A., 3.827.310 Euros (tres millones ochocientos veintisiete mil trescientos diez euros) de la que es responsable solidaria su matriz GRUPO SIECSA, S.L. por un importe de hasta 3.516.000 Euros (tres millones quinientos dieciséis mil Euros).

    CUARTO- Instar a la Dirección de Investigación para que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de esta Resolución.

    Comuníquese esta Resolución a la Dirección de Investigación de la CNC y notifíquese a las interesadas haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno en Vía Administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación.

    ANEXO I

    OBRAS REPARTIDAS EN LAS REUNIONES ACREDITADAS DEL G5

    1

    Nº OBRA

    EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

    FOLIOS

    1. Asfaltado parking Lidl en Castro Urdiales CONINCA NORTE, S.L.

    908

    2. Pavimentación de viales en urbanización Las Ventas en Villanueva CROER Proyectos y Obras 908

    3. Rehabilitación características superficiales y capa de rodadura de diversas carreteras de Cantabria (A-8, A-67, S-10 y N-623) Ministerio de Fomento 908

    4. CA-453. Villanueva de Meruelo Gobierno de Cantabria 908

    5. Urbanización C/ Héroes de la Armada Ayto. Santander 908

    6. Pavimentación de camino en Posajo Ayto. San Felices 908

    7. Pavimentación de caminos en Ajo y Güemes Ayuntamiento de Bareyo 1006, 2659.3

    1. Reparación de camino de acceso a Camesa (Valdeole

      1. Gobierno de Cantabria 1006, 2659.3

    2. Afirmado carretera acceso al barrio de Helgueras Gobierno de Cantabria 1006 10. Acondicionamiento y mejora de caminos del municipio Ayto. de Marina de Cudeyo 930, 2659.4 11. Pavimentación en espigón norte y accesos control oeste Autoridad Portuaria de Santander 930, 2659.4, 2659.6 12. Refuerzo de firme de la carretera CA-685 de Gibaja a Marrón Gobierno de Cantabria 930 13. Refuerzo de firme de las carreteras CA-302, CA-304, CA-306, CA-307, CA-310 y CA-313. Tramo Bezana-Camargo Gobierno de Cantabria 930, 2659.6 14. Pavimentación en Polientes, San Martín de Elines y Villanueva de la Nía, Valderredible Gobierno de Cantabria 930, 2659.4, 2659.6 15. Acondicionamiento de viales en Fernández Vallejo y acceso a Río Arriba, en Viérnoles (Torrelaveg

      1. Gobierno de Cantabria 943 16. Proyecto de pavimentación en Ramales de la Victoria Ayto. Ramales de la Victoria 943

      1 Esta tabla ha sido elaborada por la DI a partir de la información aportada por el denunciante, así como la recabada en las inspecciones realizadas en las sedes de ARRUTI, EMILIO BOLADO y SENOR.

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      17. Aglomerado en el TM de Bareyo Ayto. Bareyo 943, 944, 2659.4 18. Asfaltado urbanización Los Juncos en Guriezo 944 19. Asfaltado 36 viviendas en Mortera GOES

      944 20. Asfaltado 2 viviendas adosadas en Santillana del Mar COSFE, S.L.

      944 21. Pavimentación de caminos en Serdio y Pesués Ayuntamiento de Val de San Vicente 1008, 1015, 2659.5 22. Pavimentación de camino en Gibaja Junta Vecinal Gibaja 1008 23. Pavimentación núcleos del municipio Ayto. Campoo de En medio 1008 24. Urbanización-reparación de camino en Bº La Richuela en Arenal Ayuntamiento de Penagos 1008, 2659.4 25. Agüera CONSTRUCCIONES IRASTORZA

      1008 26. Guriezo CONSTRUCCIONES IRASTORZA

      1008 27. Miengo OCICAN

      1008 28. Pavimentación del núcleo urbano de Cosgaya Ayto. Camaleño 1008 29. Paso a nivel en Bárcena de Cicero COMSA

      1008 30. Red de aguas en Ruiloba SYH

      1008 31. Adecuación del entorno del paseo fluvial del río Cares en Panes VIAS

      994 32. Suministro de aglomerado Ayto. Torrelavega 994 33. Asfaltado de antigua carretera de Boo Ayto. Astillero 994 34. Acondicionamiento de la calle Las Pelías, en Tagle Ayto. Suances 919, 2659.4 35. Asfaltado de calles en Cortiguera y Suances Ayto. Suances 919, 2659.4 36. Asfaltado de las calles Santecilla, San Ganzo, Landia, Lastra, Las Piedras y aparcamiento en Tagle Ayto. Suances 919, 2659.4 37. Garaje en La Veguilla EUSEBIO DIAZ

      919 38. Distribuidor de La Marga- La Albericia OHL

      919

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      39. Pavimentación en Avenida San Miguel Ayto. Meruelo 919, 2659.4 40. Obras de mejora y pavimentación del camino de Uncares de Helgueras Ayto de Val de San Vicente 919, 2659.4 41. Pámanes SAROE

      919 42. Mejora de la plataforma de la carretera CA-662, Regules (cruce con CA-256)-Los Tornos (cruce con N-629) Gobierno de Cantabria 34, 35, 2659.4 43. Asfaltado de vial en Vispieres EXCAV. PALOMERA

      922 44. Refuerzo CA-330. Tramo Posadillo-Sierrapando Gobierno de Cantabria 922, 2659.4 45. Asfaltado de viales en Villanueva de la Peña, Mazcuerras y Cos Ayto. Mazcuerras 922, 2659.4 46. Pavimentación de barrios en Mata y Tarriba en San Felices Gobierno de Cantabria 922, 2659.4 47. Conservación del firme de la S-20 y la CN-623 Ministerio de Fomento 922, 925 48. Barrio La Calle y el Jurrío de Parbayón Ayto. Piélagos 950 49. Limpias, Conde Albox,32 viviendas VICE

      950 50. Castro Cérdigo. Centro Urbano OIRTEMED 300 CONSTRUCCIONES

      950 51. Arnuero Castillo, siete villas. 5 unifamiliares.

      NEHISI CONSTRUCCIONES

      950 52. Liendo Mollanedo. 4 unifamiliares.

      ISECA VIEJA CONSTRUCCIONES

      950 53. Liendo Hazas. 5 unifamiliares.

      ISECA VIEJA CONSTRUCCIONES

      950 54. Santa María del Cayón. 17 viviendas.

      GAJANO PROMOCIONES

      950 55. Castro Vista Alegre. 5 adosados GOMANSA

      950 56. San Mamés de Meruelo, 8 pareados.

      DISCO ROJO PROMOCIONES

      950 57. Castro Islares La Llosa. 3 unifamiliares DELGADO CONSTRUCCIONES

      950 58. Castañeda 18 viviendas.

      CORSAN-CORVIAM

      950 59. Asfaltado nave conservación carreteras en Renedo INGECO

      951 60. Asfaltado en Villaverde de Pontones EXCAVACIONES JOSMAN, S.L.

      951

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      61. Asfaltado 33+8 viviendas en Pomaluengo TRIGUERO

      951 62. Asfaltado aparcamiento y garaje en El Llano PROYECTOS y CONSTRUCCIONES

      OCARIZ

      951 63. Mejora plataforma tramo: Renedo-Zurita-Sierrapando-Las Presillas Gobierno de Cantabria 951, 2659.4 64. Pavimentación y mejora de vías públicas Ayto. Villaescusa 2172, 2659.5 65. Asfaltado en el Bº de la Inmobiliaria, Torres, Tanos y Viérnoles Ayto. Torrelavega 2172, 2659.5 66. Guriezo URCAS 2000 2172 67. Residencial Monarca II. Valdenoja REAL DE PIASCA

      2172 68. Asfaltado en Barros PINTURAS HUSILLOS

      987 69. Asfaltado de calle en Comillas CONSTRUCCIONES DAVOSC, S.L.

      987 70. Asfaltado acceso a vivienda en Baltezana Particular 987 71. Asfaltado acceso a vivienda en Polanco Particular 987 72. Asfaltado en casa particular en Gama FOREXPI

      987 73. Asfaltado de calle en Colindres COPSESA

      987 74. Asfaltado urbanización en Castañeda EXCAVACIONES PALOMERA

      987 75. Pavimentación de núcleos en Valdeprado del Río Gobierno de Cantabria 987, 2659.5, 2659.7 76. Asfaltado plan parcial Coterios II, Torrelavega UTE Quintana-Olabarri 957 77. CA-141. Puente de la Venera-Argoños Gobierno de Cantabria 957 78. CA-141. Galizano-Puente de la Venera Gobierno de Cantabria 957 79. CA-141. Pte de Pontejos-Pte de Somos Gobierno de Cantabria 957 80. CA-673. Quintana Travesía Solórzano Gobierno de Cantabria 957 81. Variante de Santullán Gobierno de Cantabria 957 82. Santillana-Cobreces Gobierno de Cantabria 957 83. Playa de Oyambre-Puente La Maza Gobierno de Cantabria 957 84. Cuchia Gobierno de Cantabria 957

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      85. Glorieta de Mogro Gobierno de Cantabria 957 86. Asfaltado entrada a vivienda en Tanos Particular 1001 87. Mejora de caminos en el Bº Maza, Navajeda Ayuntamiento de Entrambasaguas 1001, 2659.7 88. Acceso a Cires, Lamasón Gobierno de Cantabria 1001, 2659.5, 2659.7 89. Asfaltado en Ramales de la Victoria EXCASOBA, S.L.

      12,14, 46 90. Distribuidor La Marga-La Albericia OHL

      12, 22 91. Supresión paso a nivel en Molledo TAPUSA

      12 92. Playa de Portio PROINCO

      12 93. Seminario de Comillas NANSUS

      12 94. Parque de juegos y aventura en Ruente BLANCO COS

      12 95. Asfaltado Bº Mata-Tarriba, San Felices de Buelna SYH

      12,14, 21, 22 96. Cartes GIOC

      12, 19, 22 97. Maliaño FERROATLÁNTICA

      12 98. 1º tramo Ronda de la Bahía CORSAN-CORVIAM

      12 99. Pavimentación Plaza de la Constitución Ayto. Laredo 12

      100. Asfaltado en los barrios de Viérnoles, Sierra y Dualez Ayto. Torrelavega 13, 14, 19, 22, 2580.21 101. Pavimentación en Ormas Gobierno de Cantabria 13, 14, 19, 22, 2580.21 102. Pavimentación de la Plaza del Ayto. de Solórzano Gobierno de Cantabria 13, 2580.21 103. Renovación capa de rodadura CA-264 tramo: Selaya-San Roque de Riomiera Gobierno de Cantabria 13, 14, 19, 22, 2580.21 104. Ajo GIOC

      13, 45 105. Asfaltado acceso sur nave MMPP

      FERROATLÁNTICA

      14 106. Asfaltado C/Torres Quevedo y Glorieta bomberos OHL

      14

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      107. Asfaltado en Villapresente Parques y jardines 14

      108. Asfaltado en Boo de Piélagos DISOLPIN, S.L.

      14 109. Asfaltado entrada a vivienda en Tanos Particular 14

      110. Asfaltado vial en Entrambasaguas Particular 14

      111. Pavimentación de camino entre Villanueva y El Cagigal Ayto. de Bareyo 14, 2580.21 112. Pavimentación de caminos en Bareyo Ayto. de Bareyo 14, 19, 2580.21 113. Mejora de la carretera de acceso a la zona de Machucón en Llanos Ayto. de Penagos 15, 2580.21 114. Mejora de las vías públicas municipales en Sobarzo y El Arenal Ayto. de Penagos 15, 2580.21 115. Bacheo acceso vertedero Meruelo MARE

      19 116. Campo de Fútbol de Torrelavega SIEC

      19 117. Naves en Viérnoles GCI

      19 118. Obra en Laredo TECONSA

      19 119. ETAP Deva OXITAL

      19 120. Parking Ayto. Santander ESPINA OH

      19 121. Camino en Veguilla Ayto. Soba 19

      122. Gasolinera Ramales COPSESA

      19 123. Asfaltado de aparcamiento en SNIACE

      CUEVAS

      19, 21 124. VPO Peñacastillo DRAGADOS

      19 125. Paso a nivel Molledo TAPUSA

      19, 22 126. Fresado y asfaltado en el Bº San Justo.

      Ayto. Enmedio ERVISA

      21 127. Asfaltado y fresado en Castro Urdiales COGESAR

      21 128. Asfaltado sub eléctrica en Parque Tecn SAN MARTÍN S.A.

      21 129. Asfaltado Planta Bioetanol en SNIACE

      CUEVAS

      21 130. Asfaltado de campa de palets ANDIA LACTEOS

      21

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      131. Asfaltado de urbanización en Trasierra BM 2005, S.L.

      21 132. CC.PP. Quinta Romana en Santander FINCAS NIÁGARA

      21 133. Asfaltado entradas a garaje en Santoña CONST. HERBELLA

      21 134. Asfaltado de aparcamiento en la recta de Heras MADERAS GIRASA, S.L.

      21 135. Reparación de firme y bacheos en GSW

      GOSAM

      21 136. Asfaltado en Corban VICE

      21 137. Asfaltado de sus instalaciones AIREVERDE

      21 138. Asfaltado en C/Los Hornos, Santillana ANIBAL

      21 139. Asfaltado en Villapresente ANTARES 21 21

      140. Asfaltado en Villaverde de Villaescusa ALEJANDRO CANO

      21 141. Asfaltado depuradora en Unquera OXITAL

      21 142. Planta Bioetanol-Solvay TECONSA

      22 143. Ruiloba BM-2005, S.L.

      22 144. Guarnizo CONSTRUCCIONES ASTILLERO

      22 145. Mirador de Polanco IGLALI, S.L.

      22 146. Adecuación de los espacios peatonales y rodados del Polígono Industrial Ayto. de Astillero 22, 65, 67, 69

      147. Castro Urdiales QUINORSA

      43 148. Montaña

      G.S.W.

      43 149. Asfaltado Carreteras en Beranga AMAYA EXCAVACIONES

      43 150. Acondicionamiento N-629 Lanestosa-L.P.

      Burgos ROVER ALCISA

      43, 68, 69 151. Intercambiador en Unquera FOREXPI

      43 152. Parque Tecnológico de Santander FOREXPI

      43, 45, 47 153. Urbanización barrios de Santander GOES

      43 154. Travesía N-611 a su paso por Torrelavega ISOLUX CORSAN

      43 155. Boulevar Radial Oeste, fase 1 y 2 ISOLUX CORSAN

      43

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      156. Recogida neumática automatizada en Santander ISOLUX CORSAN/FCC

      43, 67 157. Pavimentación de calles en Laredo Ayto. de Laredo 44, 45 158. IES Peñacastillo Juan José López Castañeda 45

      159. Saneamiento en Torrelavega GIOC

      160. Travesía en Solórzano TECONSA

      45, 46, 47 161. Camino en Camijanes Ayto. Herrerías 45, 2659.8 162. Asfaltado en Gama MAZON CONSTRUCCIONES

      46 163. Asfaltado de accesos al vertedero del Mazo GESMATOR, S.A.

      46 164. Asfaltado de urbanización en Cabezón de la Sal TORCASA, S.L.

      46 165. Reparación en Corbán VICE

      46 166. Asfaltado de urbanización en Santillana GRUPO GARCÍA RIVERO

      46 167. Asfaltado en La Helguera ESTRUCTURAS ROTEDAMA

      46 168. Pavimentación de caminos en Arnuero Ayto. Arnuero 46

      169. Asfaltado en fábrica GSW

      46 170. Asfaltado en Camplengo PROMOCIONES BARCASA

      46 171. Mejora de viales en Bolmir, Celada, Marlantes y Matamorosa Ayto. de Campoo de En medio 47, 155 172. Pavimentación de calles en Liaño de Villaescusa Ayto. de Villaescusa 47

      173. Candina JUNCALMAR

      47 174. Renedo ANDIA LACTEOS

      47 175. Entrada Iglesia Evangelista Ayto. Colindres 47

      176. Urbanización en La Pereda SACYR

      64 177. Draka Maliaño JARDINORTE

      64 178. Camino subestación de Bárcena y bombeos FCC

      64 179. Colegio Madernia en Molledo y La ESTRUCTURAS ROTEDAMA

      64

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      Helguera 180. Cabezón de la Sal ROFIMAR

      64 181. Guarnizo, Sainz y Trevilla TRENTIS DE CANTABRIA

      64 182. Arnuero-Isla RUIGOMEZ

      64 183. Renedo de Piélagos. Resid.

      Vistahermosa II

      FERROVIAL-AGROMAN

      64 184. Ampuero HOZ DE MARRON PROM.

      64 185. Hazas de Cesto. Bº El Rincón LEZCANO

      64 186. Aeropuerto de Santander GRUPO TRIGUERO

      64 187. Sobarzo CONSTRUCCIONES MAZCUERRAS

      65 188. Refuerzo de firme N-634 y otros tramos MATINSA

      65 189. Asfaltado reparación CA-455: Güemes-Meruelo, P.K. 1+700 ANIBAL

      66 190. Asfaltado entrada vivienda en Puente San Miguel RICARDO SALAS

      66 191. Asfaltado gasolinera en San Felices de Buelna UNIÓN BESAYA

      66 192. Asfaltado centro geriátrico en La Helguera, Molledo ESTRUCTURAS ROTEDAMA

      66, 69 193. 18 chalets en Guriezo CNES. CANESVA

      67, 69 194. Soto de la Marina COPSESA

      67 195. La Albericia COPSESA

      67 196. 64 viviendas en San Felices FERROVIAL

      67, 68, 178 197. 38 viviendas en Rinconeda CAGIGAS SOLAR

      67 198. 71 viviendas en Peñacastillo VICE

      67 199. C/Muela, Pomaluengo PROCANT

      67 200. Bº el Mesón en Bernaga Ayto. Hazas de Cesto 67, 68 201. Entorno Iglesia de la Concha Ayto. Villaescusa 67

      202. Asfaltado y mejora de acceso peatonales en el entorno de las casas de Campiza en Sierrapando y asfaltado en la C/

      Ayto. Torrelavega 67, 69, 2580.21

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      Andalucía 203. Pavimentación en Bezanía Ayto. Santa Cruz de Bezana 67

      204. Asfaltado de urbanización en Bellavista SACYR

      68, 112 205. Div. asfaltados en el alto de la Montaña CUEVAS

      68 206. Asfaltado de urbanización en Ajo SATI CANTABRIA

      68 207. Asfaltado de urbanización en Somo Boo URMAN

      68 208. Asfaltado de urbanización en Castillo CONS. MERITO

      68 209. Asfaltado detrás Ayto. Beranga AMAYA OBRAS

      68 210. Aeropuerto de Santander Acciona Julián Murillo 87, 91 211. Asfaltado urbanización en Sobarzo CONST. MAZCUERRAS

      88, 113 212. Pavimentación de caminos en pedanías, fase II

      Ayto. Castro Urdiales 88, 91, 93, 2580.21 213. Urbanización en Noja GIOC

      91 214. CA-283 GIOC

      215. Argoños EXC. ZAMORA

      216. Asfaltado urbanización en Langre PROMOCIONES EDARZA

      217. Asfaltado en Colindres ANRUBI

      218. Asfaltado en Boo de Piélagos GARCIPREA, S.L.

      219. Acondicionamiento de asfaltado y rotonda en el Pol. de Barros Atyo. Corrales 92, 93, 583, 2581.21, 2635 220. Astillero GIOC

      93 221. Monasterio Cisterciense de Cobreces 93

      222. Carrejo CONSTRUCTORA MONTEALEGRE

      93 223. Beranga CONSTRUCCIONES VENANCIO

      REVUELTA

      93 224. Riocorvo GIOC

      93 225. Miengo ELSAN

      93 226. 41 viviendas en Elechas ISOLUX-CORSAN

      93, 157

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      227. Mijarojos

      E.C.C. VIVIENDAS

      93 228. Barcenilla de Piélagos CONSVICAN-CABRERO

      93 229. Cacicedo de Camargo CONSTRUCCIONES RUYPEL

      110 230. Requejada PROBIONGA

      110 231. Asfaltado zanjas Arenas de Iguña GOES

      110, 111 232. Guarnizo GESCOCAN

      110 233. Mogro GESCOCAN

      110 234. Rehabilitación Seminario UTE SEMINARIO DE COMILLAS

      110, 114 235. Asfaltado de camino en Mioño ENOCASER

      111 236. Asfaltado aparcamiento en San Mamés de Meruelo HNOS. BORBOLLA

      111 237. Asfaltado vial en La Albericia EXC. PALOMERA

      111 238. Asfaltado de calles en T.M. Santander Ayto. Santander 111, 112 239. Ribamontán al Monte GARCÍA RIVERO

      112 240. Urbanización en Ajo DRAGADOS

      112 241. Muriedas SANTIAGO CAGIGAS

      112, 135 242. Gasolinera G2 SANTIAGO CAGIGAS

      112, 135 243. Recta de Heras TECNIOBRAS

      112 244. Ramales GESTIDESA

      112 245. Autovía del agua, Arnuero, Castillo y Argoños ODEMAN

      112 246. Arenas de Iguña ANIBAL

      112 247. Asfaltado C/ Jose Palazuelos “Muriedas”

      Ayto. Camargo 113 248. Asfaltado en Virgen de la Peña DELICATESSEN “LA ERMITA DE

      S.PEDRO”

      113 249. Asfaltado de vial en Guriezo PERSIANAS ALKAR

      113 250. Aglomerado en Islares COGESAR, INM. IZARRA y PROM.

      BARRERA

      113 251. Asfaltado en Orejo FCC

      113, 136

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      252. Plataforma de pruebas contra incendios Aeropuerto Santander CONSTRUCTORA HISPÁNICA

      113 253. Escuela de Heras EXC. DOMINGO REVUELTA

      114 254. Valdenoja SACYR

      114 255. Pasos de carretera en Islares, Cérdigo y Allendelagua UTE CASTRO III FASE

      132 256. Parador de Fuente Dé CONSTRUCTORA ELIO

      132 257. Asfaltado en La Canaluca, Morero PALOMERA

      133, 135 258. Asfaltado urbanización en Reinosa PALOMERA

      133 259. Asfaltado urbanización en Villanueva de la Peña CNES. PODONOR

      133 260. Castañeda VICE

      134 261. San Roque de Miera EXCAVACIONES ABASCAL

      134 262. Fco. Iturrino y R. Alsúa Ayto. Santander 134, 2580.21 263. Plaza Viares-Faro de Suances Ayto. Suances 134, 155, 2580.21 264. Asfaltados Ayto. Arnuero 134, 135, 2580.21 265. Saneamiento y vialidad en Isla Ayto. Arnuero 135,2580.21 266. Saneamiento de Castro Urdiales, Fase III

      DRAGADOS

      135 267. Asfaltado en la recta de Heras CENTRO CANINO PARAYAS

      135 268. Asfaltado en La Penilla CONSTRUCCIONES RIVAGO

      135 269. Asfaltado en el sector 3 SIEC

      135 270. Asfaltado en Udias GENICAR

      135 271. Asfaltado en Colindres HONTALVILLA, S.L.

      135 272. Asfaltado en Colindres Ayto. Colindres 135 273. Pavimentación C/ del Carmen Ayuntamiento Camargo 136 274. Bacheo en CA-308 Revilla-Igollo Gobierno de Cantabria 136

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      275. Bacheo en CA-240 Maliaño-Puente Arce Gobierno de Cantabria 136 276. 158 viviendas V.P.O. en La Penilla CONSTRUCCIONES RIVAGO

      136 277. Alto de Seña ELSAN

      136 278. Carretera de Sierra Ayto. Noja 136 279. Paso carretera en Heras

      J.L. San Emeterio 136 280. Acceso a Totero Ayto. Santa María de Cayón 155 281. C/Santa Ana y viales interiores de Maliaño y Muriedas Ayto. Camargo 155, 158 282. Pavimentación en el municipio de Arnuero Ayto. Arnuero 155 283. Gasolinera de Fombellida.

      Estación de Heras 155 284. Villanueva de Villaescusa GEVI

      155, 159 285. 22 chalets en Boo de Piélagos ISOLUX CORSAN

      155, 156, 159 286. Nave en Piélagos LOA ARCES ARROYO DEL SANTO

      CONSTRUCCIONES

      155 287. Oreña GOES

      155 288. Asfaltado camino acceso depósito agua Ayto. Miengo 156, 157, 158 289. Garajes en Suances

      J.L. Gutiérrez, S.L.

      157 290. Centro cívico en Tagle CENAVI

      157 291. Asfaltado Calle Madrid hasta barrio La Sota en Tagle Ayto. Suances 157, 581, 2580.21, 2438 y 2439 292. Pavimentación en Orzales, Quintanamanil, La Población y Corconte, Campoo de Yuso Gobierno de Cantabria 157, 159, 2580.21 293. Asfaltado camino y zanjas CUEVAS

      158 294. Urbanización en Solares INOR

      159 295. Los Tanagos KAMOME CONSULTING

      2175 296. Reinosa KAMOME CONSULTING

      2175 297. Polanco KAMOME CONSULTING

      2175

      Nº OBRA

      EMPRESA/ORGANISMO LICITADOR

      FOLIOS

      298. Castro Urdiales KAMOME CONSULTING

      2175 ANEXO II

      ADJUDICATARIOS DE LAS OBRAS DE ACOMPAÑAMIENTO

      2 OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      1 Asfaltado Calle Real de Matamorosa 2157 a 2159; 2210 a 2212; 2617 a 2619; 2659.6 Pestaña “Negociados y Menores” y 2580.12 Pestaña “Total 2007”

      EMILIO

      BOLADO

      2 Asfaltado Calle Eras, Nestares

      5 Modificación de intersección N-611 en Puente Arce 591 y 592 ARRUTI

      6 Construcción colector aguas pluviales carretera N-611 en Puente Arce 689 y 690 ARRUTI

      7 Corrección de badenes Ctra. N-629 Pk. 50 al 68 684 y 685 ARRUTI

      8 Mejora características superficiales Ctra.

      N-629 Pk. 63,050 a Pk. 65,700 776 y 777; 2472 y 2659.6 Pestaña “Negociados y Menores”

      ARRUTI

      9 Refuerzo de firme en vía de servicio.

      Polígono del Carmen 808 y 809 ARRUTI

      10 Acondicionamiento de camino en el Barrio Rivas de Guarnizo 780 y 781; 2659.6 Pestaña “negociados y menores”; 2622 y 2214 SENOR

      11 Asfaltado de travesía N-611 Pk. 146,30 a 147,00 en Lantueno 2471 y 2580.9 ARRUTI

      12 Contención de corrimiento N-629.

      Construcción de zanja, cuneta de hormigón y mejora de firme N-629 Pk. 82 2580.1 ARRUTI

      13 Nuevo pavimento en carretera de acceso y explanada del faro de Cabo Mayor 2580.7 Pestaña “Total 2002”

      ARRUTI

      14 Extensión de mezcla asfáltica en la N-611 Pk.139,6 a 140,2. Reinosa 2580.8 Pestaña “Total 2003” y 357 a 359 ARRUTI

      15 Reparación pavimentación ctra. AS-251 Laviana-Nava ARRUTI

      16 Pavimentación con 545 Tm de MBC en rodadura en N-611 Pk.180 en Riocorvo ARRUTI

      21 Transporte y aplicación de emulsión asfáltica. Mejora de caminos en varios

      T.M. de Cantabria 2659.6 Pestaña “Negociados y menores”

      SENOR

      22 Afirmado y mejora de caminos en San Andrés de los Carabeos, 1ª Fase 2659.6 Pestaña “Negociados y menores”

      EMILIO

      BOLADO

      23 Pavimentación en el pueblo de Nestares 2580.2; 2580.12 Pestaña “TOTAL

      2007 y 2659.6 Pestaña “Negociados y menores”

      EMILIO

      BOLADO

      27 Asfaltado de caminos en el barrio Movellán de Roiz 2217 y 2218, 2580.12 Pestaña “TOTAL 2007”, 2659.6 Pestaña “Negociados y menores” y 784 y 785 EMILIO

      BOLADO

      2 Esta tabla ha sido elaborada por la DI a partir de la información recabada en las inspecciones realizadas en las sedes de ARRUTI, EMILIO BOLADO y SENOR, así como de la información aportada por las empresas incoadas en contestación a los requerimientos de información realizados. En relación a las obras con *, las empresas han manifestado no disponer de la información solicitada por la DI.

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      28 Obras de asfaltado de la plaza del muergo y de la calle tío mechelin 2659.6 Pestaña “Negociados y menores” y 801 y 802 EMILIO

      BOLADO

      29 Mejora y pavimentación del camino municipal en el Barrio del Mazo 2580.13 Pestaña “JAVIER DIC 2008”

      2659.7 Pestaña “Negociados y menores”

      SENOR

      31 Pavimentación de varios caminos en el TM de Villaescusa II

      ASFIN

      32 Restauración ambiental del arroyo Mardancho en Villanueva de la Nía 351 a 353 2580.8 Pestaña “TOTAL 2003”

      SIEC

      33 Asfaltado de rotonda N-623, P.K. 128,7.

      Vargas.

      354 y 355 y 2580.8 Pestaña “TOTAL

      2003”

      SIEC

      34 Urbanización en el Complejo Deportivo de los Corrales de Buelna 356 2580.8 SIEC

      35 Urbanización de la zona de La Concha 447 a 450 y 2580.9 SIEC

      36 Formación de sobreancho en carretera de Polientes a su paso por Bascones 427 y 428 2580.9 SIEC

      37 Mejora del bombeo de Fuenvía 411 a 418 y 2580.9 SIEC

      38 Instalación caudalímetro abastecimiento Villaescusa y Astillero 419 y 420 2580.9 SIEC

      39 Construcción de Nave en Renedo 619 a 621 SIEC

      40 Obra de emergencia para prevención de inundaciones en Montealegre 693 a 695; 2215 y 2216 y 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SIEC

      41 Urbanización exterior del Polideportivo del

      C.P. Manuel Cacicedo en S. Román de la Llanilla 674 y 682 y 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

      SIEC

      42 Conexión alcantarillado grupo bombeo La Concha-Calle Palencia 664 y 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

      SIEC

      43 Corrección de asentamientos en losas de transición carretera A-67 P.K. 117 al 136 655 a 657 y 2580.11 Pestaña “TOTAL

      2006”

      SIEC

      44 Reparación de firme carretera A-67 P.K.

      134,60 655 a 657 y 2580.11 Pestaña “TOTAL

      2006”

      SIEC

      45 Renovación red de abastecimiento agua barrios Cotuerca y la Rasa 646 a 650 SIEC

      46 Renovación red de abastecimiento agua barrios Barruda y la Pedreguera 646 a 650 SIEC

      47 Renovación red distribución a la Cocina 646 a 650 SIEC

      48 Renovación tramo de red pública de abastecimiento de agua del núcleo de la Vegilla de Reocin 646 a 650 SIEC

      49 Urbanización de espacios exteriores en el centro colegio público Eloy Villanueva de Monte (Santander) 769 y 770, 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”, 2580.9 y 2580.12 Pestaña “TOTAL

      2007”

      SIEC

      50 Mejora de los sistemas de bombeo de la ETAP de Astillero-Villaescusa 786 a 790 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SIEC

      51 Nuevo sistema de radiocontrol depósito SIEC

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      de Fuevia y cerramiento de las instalaciones 2580.12 Pestaña “TOTAL 2007”

      2580.9 52

      Obras y mejoras de los tramos urbanos de la Red de Carreteras de Estado Antigua

      N-611 a su paso por Lantueno (Fase 1) 798 a 800 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SIEC

      53 Actuaciones de mejora en las condiciones de impermeabilización y durabilidad de la ETAP Astillero 810 a 812; 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”; 2580.9 y 2580.12 Pestaña “TOTAL

      2007”

      SIEC

      54 Conexión del saneamiento de Torrelavega

      (Zona Covadonga) y los Corrales de Buelna con E.D.A.R de vuelta Ostrera 813 a 815; 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”; 2580.12 Pestaña “TOTAL 2007” y 2623 y 2624 SIEC

      55 Mejoras de los equipos en la E.T.A.P.

      Astillero 836 y 837 y 2580.13 Pestaña “TOTAL

      2008”

      SIEC

      56 Construcción de nave industrial en base al proyecto realizado por Mercedes Belmonte Santibáñez de la Ingeniería Improtec 838 a 840 SIEC

      57 Construcción de nave en parcela B1 del

      P.I. Tanos-Viérnoles 841 y 842 SIEC

      58 Mejora del sistema de impulsión de agua potable, al depósito de Seña, desde el Plan Ason 853 y 854; 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES” y 2580.13 Pestaña “TOTAL 2008”

      SIEC

      59 Conexión de la autovía del agua con red de abastecimiento de S. Salvador 858 a 860; 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES” y 2580.13 Pestaña “TOTAL 2008”

      SIEC

      60 Control de calidad de las aguas y niveles en Liaño SIEC

      61 Restauración biológica de la marisma del PI de Requejada Polanco 588 y 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      62 Urbanización y acondicionamiento IES

      Valle de Piélagos de Renedo 577 a 580 y 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

      SIEC

      63 Conexiones de la Autovía del agua a los depósitos de Suesa y Bareyo 570 a 572 y 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

      SIEC

      64 Pintado de marcas viales en Haulotte 542 y 543; 863 y 864 y 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SIEC

      65 Construcción de nave 498 y 499 y 2234 a 2260 SIEC

      66 Acondicionamiento de accesos a espacios públicos del colegio infantil y guardería en Marzán 493 a 497 2580.20 Pestaña “LICITACIÓN

      TOTAL”

      2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SIEC

      67 Urbanización entorno a los espacios públicos de conexión entre polideportivo y colegio público en Marzán SIEC

      68 Urbanización de acera y parcela anexa al centro cívico en Entrambasaguas 500 a 502 y 2580.20 Pestaña “LICITACIÓN TOTAL”

      SIEC

      69 Construcción de cubierta para tres pistas de padel en Solares 535 a 537 y 2659.10 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

      SIEC

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      70 Construcción matadero 544 a 549 y 2580.20 Pestaña “LICITACION TOTAL”

      SENOR

      71 Protecciones en el saneamiento del núcleo de la Vega 540 y 541 y 2580.20 Pestaña “LICITACION TOTAL”; 2363 y 2441 SENOR

      72 Pavimentación de camino en la Gerra 538 y 539, 2580.20 Pestaña “LICITACION TOTAL”; 2364 y 2442 SENOR

      73 Camino de las Hayas en Puente Pumar 2309, 421 a 423 y 2580.9 HTR

      74 Caminos El Callejo en Uznayo y Las Erias en Lombraña 421 a 423 y 2580.9 HTR

      75 Mantenimiento de la red de pistas forestales en montes de utilidad pública de Polaciones, Tudanca, Rionansa y Lamasón 615 y 616 2311 HTR

      76 Mejora de los caminos en la zona de C.P.

      de Herada de Soba 613 y 614 HTR

      77 Urbanización entorno del humilladero de Pejanda, Ayuntamiento de Polaciones 597 y 598, 696 y 698 HTR

      78 Camino de Landias en la zona de concentración parcelaria de Hera de Soba 701 y 704 HTR

      79 Caminos Bárcena Mayor y Cortiguera en la zona de concentración parcelaria de Polaciones 702 HTR

      80 Mejora de los caminos A-B-C-D-E en Obeso (T.M. Rionansa) 678 y 679 HTR

      81 Mejora de los caminos F-G-……-K en la zona de concentración parcelaria de Obeso (T.M. Rionansa) 677 y 680 HTR

      82 Mejora caminos de Porciles y Cortiguera en Polaciones 672 y 673 HTR

      83 Camino en Bárcena, Mayor y Patrieme 670 y 671 HTR

      84 Camino de Sopeña en Calseca, T.M. de Soba 658 y 659 HTR

      85 Camino del Chuzo, T.M. de Soba 660 y 661 HTR

      86 Mejora acceso de la captación del Juncal,

      T.M. de Guriezo 653 y 654, 2312 HTR

      87 Recuperación Medioambiental y Área Recreativa del Robledal de Orejo 562 y 563 HTR

      88 Reforma de guardería en La Albericia 441 a 443 y 2580.9 HTR

      89 Construcción de nueva bolera Pasiega en Resconorio 424 a 426 y 2580.9 INOR

      90 Mejora de la terraza de la Guardería de la Albericia 617 y 618 INOR

      91 Rehabilitación Tinglado 1-C para talleres de mantenimiento 666 a 668 INOR

      92 Rehabilitación Tinglado V para uso como garaje de la A.P.S.

      INOR

      93 Elementos de seguridad y señalización en 831 a 833 INOR

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      el muelle Don Luis Ocharán en el Puerto de Castro Urdiales 2580.13 Pestaña “TOTAL 2008”

      94 Realización de cierres en los márgenes de la CA-633 de S. Pedro del Romeral al Puerto de la Magdalena 844 a 845 INOR

      95 Obras de derribo de construcción existente en la Calle Las Quebrantas en Santander 609 a 612 ASCAN

      96 Remodelación de la captación río Agüera, Ayuntamiento de Guriezo 595 y 596 ASCAN

      97 Reparación puente de La Herrería 662 y 663 ASCAN

      98 Interconexión de los planes Valdaliga, Alfoz y Ruiloba 651 y 652 ASCAN

      99 Reparación naves pesqueras dañadas por temporal 641 a 643 ASCAN

      100 Mejoras en la ETAP de Ruilobuca 761 y 762, 2580.9 y 2580.12 Pestaña “TOTAL 2007”

      ASCAN

      101 Integración paisajística del entorno de la captación del río Agüera 767 y 768, 2213 y 2580.12 Pestaña “TOTAL 2007”

      ASCAN

      102 Nuevo colector de pluviales en la calle La Sierra 550 y 551 ASCAN

      103 Conexión acceso nuevo puente sobre el río Pas-núcleo urbano de Puente Viesgo 846 y 2580.13 Pestaña “TOTAL 2008” ASCAN

      104 Asfaltado de accesos a La Soloba 847 y 848 ASCAN

      105 Mejora de los accesos a los bombeos de Casamaría y Edar de Camijanes, T.M. de Herrerías 855 a 857 2580.13 Pestaña “TOTAL 2008”

      ASCAN

      106 Control de la calidad del agua y medición de niveles en Guriezo ASCAN

      107 Reparación Camino vecinal en Barros 584 a 586 ASCAN

      108 Saneamiento de la travesía de Sobarzo en Penagos 575 y 576 y 2580.21 Pestaña “ADJUD

      2009 IMPRIMIR”

      ASCAN

      109 Asfaltado calles (pasadizo entre la calle Amistad y Cisneros) 555 a 558 ASCAN

      110 Asfaltado calles (escaleras entre la calle Macías Picavea y Grupo Miralmar) ASCAN

      111 Asfaltado de la calle Entrepatios en el barrio Pesquero.

      ASCAN

      112 Nuevas acometidas de saneamiento en Berria 573 y 574 ASCAN

      113 Adecuación de la red de abastecimiento de agua potable en el núcleo de Cuchia 507 y 2580.20 Pestaña “LICITACION

      TOTAL”

      ASCAN

      116 Control de la calidad de las aguas del sistema Saja-Besaya. Zona Barreda 816 y 817, 2580.9 EMILIO

      BOLADO

      117 Mejora y acondicionamiento Plaza del Cristo de Bielva 509 a 511 EMILIO

      BOLADO

      118 Asfaltado de caminos y viales 524 a 534 y 2300 a 2304 EMILIO

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      BOLADO

      119 Pavimentación urbanización Rio Miera 606 CONSTRUBOC

      120 Pavimentación Rio Miera. Conexión de urbanización Casino con 145 viviendas.

      607 y 608, 2473 CONSTRUBOC

      121 Acondicionamiento de vialidad de NN.SS.

      en Mompia 861 y 862 CONSTRUBOC

      122 Vestuarios en Casa Clara Campoamor en Requejada 503 y 504 y 2580.20 Pestaña “LICITACION TOTAL”

      CONSTRUBOC

      123 Mejora de caminos rurales en municipios de Cantabria 794 ASFIN

      124 Aglomerado de Calles en Ojaiz y Peñacastillo 365 a 367 y 2580.8 Pestaña “TOTAL

      2003”

      SENOR

      125 Asfaltado de aparcamiento en la Finca del Carmen 444 a 446 y 2580.9 ARRUTI

      126 Reparación en carretera CA-281: La Cohilla-Piedrasluengas 599 a 601 SENOR

      127 Construcción de 4 fosos de hormigón para 3 contenedores cada uno 686 a 688 SENOR

      128 Pavimentación en solares de antigua lonja y fábrica de hielo 722 a 726 y 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

      ARRUTI

      129 Mejora de drenaje en La Gandara de Soba, Ctra CA-256 tramo Ramales-La Gandara 778 y 779 2580.12 Pestaña “TOTAL 2007”

      SENOR

      130 Mejora drenaje Ctra CA-701, acceso a Sopenilla. Tramo Sopenilla 791 a 793, 2580.12 Pestaña “TOTAL

      2007” y 2580.9 SENOR

      131 Reparación de terraza transitable en Avda. Jose Antonio nº3 y 5 (Suances) 818 y 819, 2434 SENOR

      132 Pavimentación y mejora de drenaje en el Barrio Villanueva de Meruelo (Meruelo) 834 y 835, 2580.13 Pestañas “TOTAL2008” y “JAVIER DIC 2008”, 2357 y 2436 SENOR

      133 Reparación de muro y pavimento en Borleña. Ayuntamiento Corvera de Toranzo 589 y 590 y 2580.21 Pestaña “ADJUD

      2009 IMPRIMIR”

      SENOR

      134 Asfaltado rotonda en el PI de Barros 92, 583, 2580.21 Pestaña “ADJUD

      2009 IMPRIMIR” y 2635 SENOR

      135 Asfaltado Calle Madrid hasta barrio La Sota en Tagle 581, 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”, 2438 y 2439 SENOR

      136 Asfaltado Avda. Pedro San Martín 559 y 560, 2580.21 Pestaña “ADJUD

      2009 IMPRIMIR” y 2439 SENOR

      137 Camino de Juenga 552 a 554 SENOR

      140 Reparación de firme en estructuras. A-67 Pk. 137,5 a 151,0. Tramo Viaducto de Cañeda-Viaducto de Pujayo 2162 y 2163 ARRUTI

      141 Reparación de hundimiento del firme. A-67 Pk.134,4. Enlace de Bolmir-Enlace de Reinosa 2164 a 2169 ARRUTI

      142 Zona deportiva aire libre Reinosa 2636 ACANSA

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      143 Calle Nemesio Mercapide 2637 ARRUTI

      144 Soterramiento de líneas aéreas sobre la CA-851, de Treceño a San Vicente del Monte Pk. 0+740 a 1+000 en la Herrería.

      Valdáliga 2640 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ARRUTI

      145 Modificación de la red de saneamiento en el Barrio el Puente de Guriezo 2641 a 2646 y 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

      ARRUTI

      146 Remodelación de la intersección en Residencial Castilla 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      147 Mantenimiento de vial de acceso al Pico 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      148 Conservación del camino de Barqueiro 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      149 Acondicionamiento de parcela en el puerto de Colindres 2659.7 Pestaña “Negociados y menores”, 2625 y 2626 CUEVAS

      150 Mejora caminos rurales varios T.M. de Cantabria. Proy 2 2659.7 Pestaña “Negociados y menores”, 2627 y 2628 ASFIN

      151 Instalación de ascensor edificio del ayuntamiento 2659.8 Pestaña “Negociados y menores” y 2632 a 2634 ARRUTI

      152 Reparación de firme N-611 P.K. 187,0-187,6 y P.K. 188,0-189,3 2647 y 2648 ASCAN

      153 Mejora de la seguridad vial CA303, P.K.

      2,080 al 2,200 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      *

      154 Mejoras puntuales seguridad vial. Tramo:

      Mogro-Miengo-Cudón 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      MONOBRA,

      S.A.

      155 Construcción parada autobús. Tramo:

      Mogro-Miengo-Cudón 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      MONOBRA,

      S.A.

      156 Seguridad vial CA-183, Reinosa-Brañavieja. PP.KK. 0,660 y 1,300. Tramo:

      Nestares 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      MONOBRA,

      S.A.

      157 Reposición de firme en el Paseo Julio Hauzeur 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      *

      158 Mejora de trazado camino vecinal y urbanización del entorno del cementerio de Ganzo 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      *

      159 Pavimentación de caminos en Vega de Villafufre 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      160 Obras varias. CA183, PP.KK. 4,267 al

      4,850 y 10,720. Tramo: Fontibre-Villar 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES” y 2580.8 EMILIO

      BOLADO

      161 Estabilización de talud muro de hormigón armado CA-322, P.K. 3,080 en Mogro 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      162 Ejecución de cerramiento de pista cubierta y adecuación IES Foramontanos 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      163 Aparcamiento en la nave-almacén de Suesa (ACANSA) 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ACANSA

      164 Acera y pavimentación de la bajada a la playa en Loredo (ACANSA) 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ACANSA

      165 Pavimentación calle Loredo (ACANSA) 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      ACANSA

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      MENORES”

      166 Acondicionamiento de vial en el barrio Los Lloros de Loredo (ACANSA) 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ACANSA

      167 Demolición del tinglado II - Muelle de Maliaño 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      *

      168 Acondicionam. Zona casco urbano Puentenansa en la CA-281 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES” y 2580.9 EMILIO

      BOLADO

      169 Acondicionam. Zona aparcamiento y giro vehículos en la CA-282 en Puentenansa 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES” y 2580.9 EMILIO

      BOLADO

      170 Acondicionamiento del Centro Cultural Alisas 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      171 Pavimentación de viales en varios pueblos 2659.2 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      172 Renovación de Tajea y colector de aguas Pluviales en Travesía de Comillas.

      Carretera Ca-131, Barreda-La Revilla 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ACANSA

      174 Obra civil para pista de Pádel en Galizano 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ACANSA

      175 Obras de acometida de saneamiento de viviendas en el Bº La Maza en Navajeda 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CONTRATAS

      BERNARDO

      SÁNCHEZ, S.L.

      176 Aceras en Galizano 2007 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ACANSA

      177 Proyecto de obras de instalación de un ascensor en el centro cultural Salvador Jado 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CENAVI S.A.

      178 Obras de asfaltado de calles para el 2007 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ASCAN

      180 Pavimentación del Camino de los Atrancos 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ACANSA

      181 Pavimentación de Tres Calles del Barrio de Debajo de San Andrés 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      182 Pavimentación Calles Arriba de la Casa Concejo 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      183 Prolongación de la Red de Abastecimiento de Agua en el Barrio de la Pedreguera en Dualez 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SIEC

      185 Servicio de limpieza viaria de Unquera 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      MANUEL

      SETIÉN

      SUERO

      186 Acondicionamiento de base del Talud del Dique Norte del Puerto de Colindres 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CIOMAR, S.L.

      187 Rehabilitación del vial de acceso a la playa de Portio 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      OBRAS Y

      ASFALTOS

      MERUELO, S.L.

      188 Mejora de viales en el barrio de Cara "El Tejo"

      2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      189 Urbanización entre Terminal y carril bici 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      SIEC

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      MENORES”

      190 Reparación de cerramiento de piedras sueltas en los Llares. CA-804, Las Fraguas-Brenes 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      FDEZ.

      ROSILLO

      191 Asfaltado y reposición de la calle El Conce de Galizano 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      192 Extendido de mezcla bituminosa en caliente en la ca-183, de reinosa a brañavieja.

      2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      193 Construcción de solera en rampa de varadero del puerto de Colindres, clave:

      03.025.op.ci 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      194 Ampliación de la Red de Distribución de Agua 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      195 Mejora de redes en calle Poeta Jose Luis Hidalgo. Ayto Torrelavega 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      196 Prolongación de alcantarillado en camino de acceso al depósito regulador de Tanos.

      Ayto Torrelavega 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      197 Construcción de pasos de peatones elevados en varias calles de Reinosa 2659.6 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SENOR

      198 Alimentación del depósito de Agua de Cartes las Viñas con la red de sierra elsa, del Ayuntamiento de Cartes 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      199 Soterramiento de contenedores de residuos sólidos urbanos en el Ayuntamiento de Liérganes 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ACANSA

      200 Renovación de la red de agua en varios núcleos de Villaescusa 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      201 Demolición de almacenes en el puerto de Suances 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      202 Urbanización Plaza de Oreña.

      Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      203 Terminación de la pavimentación en Villar 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      204 Reparación de Taludes en la CA-428, Anero-Villaverde de Pontones.Clave:40/08-6/73 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      205 Acondicionamiento viario en el entorno del antiguo pabellón de almacenes del puerto de Suances 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      206 Habilitación de corredor verde en las Higueras en Soto de la Marina 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      207 Mejoras puntuales de viales en municipio de Mazcuerras 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      208 Pavimentación de Campa junto al Edificio de Sanidad Exterior 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      209 Saneamiento del Paseo Marqués de 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      EMILIO

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      Valdecilla en la Cavada MENORES”

      BOLADO

      210 Acondicionamiento y mejora de caminos en el Bº Mazas (Navajeda) 2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      211 Mejora de la capa de rodadura y seguridad vial en la carretera ca-922:

      antiguo cruce de San Pantaleón.

      2659.7 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      2580.13 SENOR

      212 Limpieza de los edificios municipales 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      213 Nuevo trazado de la tubería de 350 y el cruce de la carretera de la tubería de 200 entre los pk de 3,00 y 3,190 de la nueva carretera ca-136, puente San Miguel-Santillana-Suances p.k. 4,100. Tramo:

      Vispieres 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SIEC

      214 Nuevo trazado de la tubería de impulsión entre los p.k. 3,260 y p.k. 3,600 de la nueva carretera ca-136, puente San Miguel-Santillana-Suances.

      2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      SIEC

      215 Instalación de ascensor edificio del ayuntamiento 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ARRUTI

      216 Cambio de red de abastecimiento en Bº Romano de Galizano 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      217 Remodelación de acera en la c/Isla de Moruo.

      2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      218 Aglomerado de camino en pumalverde 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      219 Aglomerado de camino en la hayuela 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      220 Urbanización y pavimentación en Camijanes 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EXCAVACIONE

      S GONZÁLEZ

      VEGA

      221 Urbanización en Oruña 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      OBRAS Y

      ASFALTOS

      MERUELO, S.L.

      222 Reparación de la capa de rodadura. n-634, p.k. 182,1. ramal de la n-634, con el enlace de la a-8 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      223 Arreglo de caminos en Valdeprado 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      224 Urbanización de la antigua N-623 en el casco urbano de Cianca 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      OBRAS Y

      ASFALTOS

      MERUELO, S.L.

      225 Saneamiento de drenaje y urbanización del entorno de la estación de tratamiento del plan ason 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      226 Trabajos e aglomerado en Caliente. Nave de usos Forestales y CN Tama 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      *

      227 Refuerzo de firme y ejecución de área de descanso en la Antigua N-623 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      OBRAS Y

      ASFALTOS

      OBRA

      FOLIOS DEL EXPEDIENTE

      ADJUDICATARIO

      MERUELO, S.L.

      228 Construcción de drenaje en zona aledaña a la carretera. n-623 p.k. 141,1. Tramo:

      Cianca 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      229 Instalación de sistema de toma de muestras telegestionada para el control de vertidos de Ferrotlantica 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      230 Pavimentación de la carretera Municipal de Luey a Abanillas 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      ASFIN

      231 Parcheo de firme carretera: n-621. p.k.

      176 al 188. tramo: Panes-Unquera 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      232 Explanación previa del vaso de balsa en valle de Villaverde. Ayto valle de Villaverde 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      233 Hinca de carriles para sujeción de plataforma. n-623. p.k. 105,830. Luena-Entrambasmestas 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      234 Reforma de puente sobre el río Deva en Potes 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      235 Obras de rectificación-ampliación de los pasos de peatones y rectificación de las entradas a las manzanas “a” y de las plazas de aparcamiento para minusválidos según condicionantes técnicos del servicio de obras públicas y vialidad del ayuntamiento de Torrelavega 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      FCC

      236 REPARACIÓN DE CUBIERTA DEL

      LABORATORIO DEL SERVICIO DE

      CARRETERAS AUTONÓMICAS

      2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      EMILIO

      BOLADO

      237 PAVIMENTACIÓN DE VIALES EN EL

      ACCESO A LA CASTAÑEDA EN LAS

      FRAGUAS

      2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      C-E- ANIBAL,

      S.L.

      238 Colectores de saneamiento en los barrios Traslapeña, las Cavadas, Las Cabritas y La estación 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

      CUEVAS G-O,

      S.L.

      239 Construcción de cancha de baloncesto en el complejo de la Albericia 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

      MENORES”

  6. PALOMERA

    240 Obras de drenaje en al S-20 PK 0,8

    (monte) 2659.8 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    241 Aglomerado Sala de Bombas en la Ría del Carmen 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    CUEVAS G-O,

    S.L.

    242 Acondicionamiento de zona de estancia del hogar del jubilado 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    SIETE VILLAS

    243 Acondicionamiento área de juegos, escuela Pedro Santiuste 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    EMILIO

    BOLADO

    244 Acondicionamiento área de Juegos y Parque en Bº Cerecedas Argoños 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    SIETE VILLAS

    245 Mejora de dotación deportiva y rehabilitación de las escuelas de obregón 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    EMILIO

    BOLADO

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    246 Captación de agua para uso Industrial en los corrales de Buelna 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    *

    247 Enajenación de 10 contenedores den basura 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    CONSTRUCCI

    ONES P ARIAS

    E HIJOS S.A.

    248 Aparcamiento y urbanización del entorno de la ermita rupestre de arroyuelos Valderredible 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    EMILIO

    BOLADO

    249 Complementario 1 Variante Santillana 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    EMILIO

    BOLADO

    250 TRASLADO DE INDUSTRIA A UNA

    NAVE EXISTENTE

    2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    *

    251 Modificación de NAVE EN SAN VICENTE

    DE TORANZO

    2261 a 2295 y 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y MENORES”

    SIEC

    252 Red de sumideros en el Bº el puente 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    ARRUTI

    253 II Fase del centro de usos turísticos y culturales Bajo Deva 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES”

    ARRUTI

    254 Urbanización del centro de la tercera edad y servicios sociales de San Román 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    DRAGADOS

    255 Optimización de los recursos hidráulicos en Castañeda y acometida domiciliaria 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    CUEVAS G-O

    S.L.

    256 Asfaltado y sustitución de instalación de evacuación de las aguas pluviales 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    ASFIN

    257 Ejecución de muro de escollera en CA-856 de Puente el Arrudo a Sobrelapeña 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    EMILIO

    BOLADO

    258 Saneamiento y Edar en la Revilla 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    CORELIA

    259 RED DE SANEAMIENTO EN LAS

    PROXIMIDADES DE LA CARRETERA

    CA-325. BARRIO LA GÁNDARA.

    AYUNTAMIENTO DE MIENGO

    2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    *

    260 Conexión del colector de Montealegre con el Saneamiento de Castro Urdiales Fase III

    2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    SIEC

    261 LIMPIEZA DEL CAUCE DEL ARROYO Y

    RECUPERACIÓN PAISAJÍSTICA DE SU

    ENTORNO EN EL NÚCLEO DEL

    CAMINO (AMPUERO) 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    OXITAL

    ESPAÑA, S.L.

    262 Limpieza de los inmuebles municipales 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    JOSE Mª

    SAINZ-AJA

    MAZA

    263 AFIRMADO DE APARCAMIENTO Y

    PUENTE SOBRE RÍO EBRO EN EL

    PARQUE DEL CAMPO COLORADO.

    AYUNTAMIENTO DE REINOSA

    2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    EMILIO

    BOLADO

    264 Ampliación de edificio área de formación los soldados 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    265 PAVIMENTACIÓN DE VARIOS TRAMOS

    DE VIALES EN LOS BARRIO DE CARA Y

    LARTEME DE EL TEJO

    2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    EMILIO

    BOLADO

    266 Pavimentación de camino en Cubillas 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    EMILIO

    BOLADO

    267 Asfaltado calles Fernandez Madrazo, pintos Solana y Colindres de Arriba 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    ASFIN

    268 PAVIMENTACIÓN DE un vial en el barrio de Lamadrid 2659.9 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    EMILIO

    BOLADO

    269 Urbanización barrio el Mazo 2659.10 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    EMILIO

    BOLADO

    270 Saneamiento en el Bº Andino 2659.10 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    OXITAL

    ESPAÑA, S.L.

    271 Conexión al saneamiento en las caldas de Besaya 2659.10 Pestaña “NEGOCIADOS Y

    MENORES

    SIEC

    272 Actuaciones en Playa de Cóbreces 2221 a 2224 ASCAN

    273 Reposición de alumbrado en Parque Empresarial Besaya 2225 a 2232 SIEC

    274 Asfaltado de travesía N-621 Pk. 147.6 al 148.2. Tramo: Travesía de Potes 2296 y 2297 SENOR

    275 Asfaltado en el Barrio La Molina 2298 y 2299 ASCAN

    276 Camino de la Varga en Salceda, Ayto. de Polaciones 2305 y 2580.9 HTR

    277 Mejora del camino de Talaña 2306 HTR

    278 Mejora del camino de Tronco a la Crespa 2307 HTR

    279 Mejora del camino de la Maza a Campo Sandaliza 2308 HTR

    280 Pavimentación de caminos en Seña, Ayto.

    de Limpias 2313 HTR

    281 Pavimentación de caminos en Argoños, Ayto. de Argoños 2314 SENOR

    282 Mejora del acceso al barrio de La Iglesia y al manantial de Rucandio, Ayto. de Riotuerto 363 y 364, 2040, 2315, 2371, 2419 y 2580.8 SENOR

    283 Acondicionamiento de fachada y reposición de cerramiento en la carretera CA-455, Meruelo-Villaverde de Pontones,

    P.k. 0+000, Margen derecha. Tramo Villaverde de Pontones Clave:59/01-6/76 2316 2580.6 2580.7 Pestaña “TOTAL 2002”

    SENOR

    284 Acondicionamiento aparcamiento y su entorno en Carriazo. Tramo: Clave:60/01-6/73 2318 2580.6 SENOR

    285 Mejora del camino municipal “El camino pieragullano”, Ayto. Ampuero 2321, 2410 y 2411 SENOR

    286 Mejora del camino municipal “El molino-Bernales”, Ayto. Ampuero 2322 SENOR

    287 Conservación y mejora del viario municipal. Año 2003. Camino de Valle a 2323 SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    Terán, Ayto. Cabuérniga 2413 288 Conservación y mejora del viario municipal. Camino de Sopeña a Terán, Ayto. Cabuérniga 2324 2414 SENOR

    289 Conservación y mejora del viario municipal. Núcleo de Fresneda en Cabuérniga, Ayto. Cabuérniga 2325 2414 SENOR

    290 Conservación y mejora del viario municipal. Camino de Selores. Fase 1 en Cabuérniga, Ayto. Cabuérniga 2326 2415 SENOR

    291 Conservación y mejora del viario municipal. Camino de Selores. Fase 2 en Cabuérniga, Ayto. Cabuérniga 2327 2415 SENOR

    292 Pavimentación de camino de Nandin en Carrejo, Junta vecinal de Carrejo 2328 y 2416 SENOR

    293 Pista Polideportiva en Treto, Ayto.

    Bárcena de Cícero 2329, 2417, 2580.8 y 2580.22 Pestaña “CERRAMIENTO B DE

    CICERO”

    SENOR

    294 Asfaltado de viales en La Penilla, Ayto.

    Sta. María de Cayón 2330, 2418 y 2580.8 SENOR

    295 Pavimentación de carretera de acceso al cementerio de La Acebosa 2332 y 2424 SENOR

    296 Asfaltado de la calle principal del Pueblo de Colio, Ayto. Cillórigo de Liébana 2333 y 2424 SENOR

    297 Mejora y conservación camino en Valle de Cabuérniga 2334 SENOR

    298 Ampliación y reforma de la red de abastecimiento de agua potable en el Barrio del Arenal. Ayto. Sta. Cruz de Bezana 2335 2426 SENOR

    299 Reparación de las instalaciones de las estaciones depuradoras en Maoños y Azoños. Ayuntamiento Sta. Cruz de Bezana 2336 2425 SENOR

    300 Reparación de pistas deportivas en el CP

    “Sta. Juliana” en Santillana del Mar 2337 SENOR

    301 Mejora y acondicionamiento de camino rural en el pueblo de Navajeda, T.M. de Entrambasaguas (Palacio de Navajeda) 2338 SENOR

    302 Mejora y acondicionamiento de caminos rurales y vías pecuarias en el T.M. de Entrambasaguas (Bº San Antonio) 2339 2426 SENOR

    303 Pavimentación de calles en Renedo y Selores 2340 y 2427 SENOR

    304 Clave 91/06-6/73. Estabilización de talud de terraplén en P.k. 10+200 de la carretera CA-256, Ramales-La Gandara 2341 2427 SENOR

    305 Asfaltado Canales-San Bartolomé 2342 y 2428 SENOR

    306 Urbanización en Canales 2343 y 2428 SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    307 Asfaltado en El Llano 2344 SENOR

    308 Asfaltado Camino Los Riveros 2345 y 2429 SENOR

    309 Aparcamiento en la calle La Paz en Hinojedo 2346 y 2430 SENOR

    310 Pavimentación y recogida de pluviales en el Bº La Riestre. Pueblo de Navajeda.

    T.M. Entrambasaguas 2347 SENOR

    311 Camino Mies en Valle de Terán-San Miguel 2348 y 2430

    *

    312 Fresneda, núcleo urbano 2349 y 2431 SENOR

    313 Mies de Fresneda, limpieza y preparación de superficie 2350 y 2431 SENOR

    314 Mejora de camino en la Mies, Bº de Terán, 2351 y 2432 SENOR

    315 Asfaltado en Calle Alvarez Miranda en Barros 2353 y 2433 SENOR

    316 Fresado y reparación de baches y saneo de blandones en zonas puntuales y deterioradas del Polígono de Barros 2354 2433 SENOR

    317 Ampliación del camino de acceso a la Edar de Iguña. Ayto. de Arenas de Iguña 2356, 2435, 2580.9 y 2580.12 Pestaña “Total 2007”

    SENOR

    318 Urbanización del entorno del nuevo cementerio y tanatorio municipal. Ayto Suances 2358 2580.13 SENOR

    319 Pavimentación de varios viales en la localidad de Trasvilla, Villafufre 2359, 2437 y 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    320 Pavimentación de camino en Bº San Miguel en Aloños de Villacarriedo 2360, 2438 y 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    321 Construcción de arqueta aliviadero dentro de la obra de conexión de saneamiento Entrambasaguas-Hoznayo 2361, 2440 y 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    322 Aglomerado de caminos en el Bº el Callejo de la Cueva 2362 y 2441 SENOR

    323 Mejora del tramo inicial del camino del Bº Piasca de Arriba, TM Cabezón de Liébana 2365, 2443 y 2580.20 Pestaña “LICITACION TOTAL”

    SENOR

    324 Obras complementarias del camino de Aceñaba TM Cabezón de Liébana 2366, 2442 y 2580.20 Pestaña “LICITACION TOTAL”

    SENOR

    325 Asfaltado de carretera hasta la portería de Quijano 2368, 2423 y 2580.9 SENOR

    326 Asfaltado de calle junto a fábrica del Medio (Quijano) 2369, 2423 y 2580.9 SENOR

    327 Colocación de barandilla en el paseo peatonal Pontejos-Rubayo, Carretera CA-141, El Astillero a Santoña, P.K. 4+700 a

    5+050 y P.K. 5+680 a 5+760.

    2370, 2422 y 2580.9 SENOR

    328 Pavimentación de calles y plazas en Hinojedo. Ayto. Suances 2374 SENOR

    329 Pavimentación de calles en Tagle. Ayto.

    2374

    *

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    Suances 330 Aglomerado en Los Remedios y La Habanera. Ayto. Suances 2375

    *

    331 Pavimentación de carreteras municipales en Pontones y Hoz de Anero. Ayto.

    Ribamontán al Monte 2375

    *

    332 Mejora y afirmado del camino de terminación del acceso a Salcedo. Ayto.

    Valderredible 2376

    *

    333 Mejora y afirmado del camino de la carretera S-620 a El Alto de la Torca.

    Ayto. Valderredible 2376

    *

    334 Mejora de viales en el Bº Llano de las Presillas 2377

    *

    335 Aglomerado Junta Vecinal de Igollo 2377

    *

    336 Pavimentación en el Bº Bolado-Herrera.

    Ayto. Camargo 2379

    *

    337 Pavimentación en Revilla-Maliaño-Escobedo. Ayto. Camargo 2379

    *

    338 Asfaltado del Camino La Calleja. Ayto.

    Riotuerto 2381

    *

    339 Pavimentación de Pista Deportiva en Hoz de Anero. Ayto. Ribamontán al Monte 2381

    *

    340 Desprendimiento de carretera en el pueblo de Ongayo. Ayto. Suances-2382 SENOR

    341 Muro de sostenimiento de taludes en la carretera de acceso a Correpoco. Ayto de los Tojos 2382

    *

    342 Pavimentación Viaria en Villanueva 1ª

    fase. Ayto de las Rozas de Valdearroyo 2383

    *

    343 Construcción de aparcamiento en S.

    Miguel de Aras. Ayto. de Voto 2383

    *

    344 Urbanización en Barrio Palacio y Cotillo.

    Ayto de Anieva 2384

    *

    345 Obras y trabajos de bacheo en diferentes calles del casco urbano de Noja-Año 2000 2384

    *

    346 Mejora y afirmado de caminos en barrio del Palacio. Ayto de Arnuero 2385

    *

    347 Mejora y afirmado de caminos en Lloreda, Ayto de Santa María de Cayón 2385

    *

    348 Mejora del acceso a Loma. Ayto de Valdeolea 2386

    *

    349 Mejora de acceso a la Iglesia en Olea.

    Ayto de Valdeolea 2386

    *

    350 Mejora carretera Casasola a Castrillo del Haya. Ayto de Valdeolea 2387

    *

    351 Pavimentación y bacheo de varias calles del Municipio 2387

    *

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    352 Urbanización de Barriopalacio y Cotillo, 2ª

    Fase, Ayto de Anievas 2388

    *

    353 Mejora del Camino y Aparcamiento, Ayto San Vicente de la Barquera 2388

    *

    354 Mejora y Afirmado de caminos en La Penilla. Ayto de Santa María de Cayon 2389

    *

    355 Pavimentación en La Torre, Ayto de San Felices de Buelna 2389

    *

    356 Pavimentación de Caminos en Cortiguera, calle El Monte, Ayto de Suances 2390

    *

    357 Pavimentación de caminos en Cortiguera, calle La Aldea, Ayto de Suances 2390

    *

    358 Mejora del Camino de Lierganes a Buspombo, Ayto de Liérganes 2931

    *

    359 Mejora de Caminos en La Carcoba, Pumares, Idias, Ayto. de Miera 2391

    *

    360 Mejora y Asfaltado de Caminos en Villegar de Toranzo, Ayto de Santiurde de Toranzo 2392

    *

    361 Ensanche y Afirmado del Camino al Cementerio de Matienzo, Ayto de Ruesga 2392

    *

    362 Mejora del Acceso a la Iglesia de COO, Ayto. de Los Corrales de Buelna 2393

    *

    363 Pavimentación en Villota y Villaescusa de Ebro, Ayto de Vaderredible 2393

    *

    364 Construcción de Aparcamiento Público junto estación de Feve en Liérganes 2394

    *

    365 Pavimentación de caminos de Cortiguera

    (Ayto de Suances) 2394

    *

    366 Obras de conservación del viario carreteras zona de Vioña ,Ayto de Bareyo 2395 SENOR

    367 Obras de conservación del viario carreteras de Ajo, Ayto. de Bareyo 2395 SENOR

    368 Obras de conservación del viario carreteras de La zona de la playa, Ayto de Bareyo 2396 SENOR

    369 Acondic. firme y asfaltado del camino de la carretera C-414 a Bareyo, Ayto. de Bareyo 2396 SENOR

    370 Conservación del viario en la Junta Vecinal de Güemes 2397 y 2580.7 SENOR

    371 Mejora del viario municipal, Ayto de Bareyo 2397 y 2580.7 SENOR

    372 Conservación del viario en La Junta Vecinal de Bareyo 2398 y 2580.7 SENOR

    373 Mejora de acceso a Santa Marina, Ayto de Estrambasaguas 2398 y 2580.7 SENOR

    374 Mejora del camino de las Escuelas de Maoño, Ayto de Santa Cruz de Bezana 2399

    *

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    375 Limpieza de bordes y pavimentación con aglomerado asfáltico en caliente de 5 cm.

    De espesor, según planos, en la calle San Vicente en Maoño y en la Depuradora de Azoños, Ayto de Santa Cruz de Bezana 2399 2400 SENOR

    376 Mejora y afirmado de vial en Agüera, Ayto.

    de Guriezo 2400

    *

    377 Acondicionam. De calzadas en el barrio Ceredas, Ayto. de Argoños 2401

    *

    378 Terminación de las obras de urbanización en la avda. Oviedo nº 23 (Urbanización Residencial Laveno) Solares, Ayto. de Medio Cudeyo 2401

    *

    379 Pavimentación de camino al caserío en Puente Avios, Ayto. de Suances 2402 SENOR

    380 Pavimentación de ramales en Ongayo, Cortiguera, Suances y Puente Avios, Ayto de Suances 2403 SENOR

    381 Pavimentación de caminos en Cortiguera y Ongayo, Ayto de Suances 2403 SENOR

    382 Urbanización de la calle Piélagos 42 y 44

    (Complementario nº1), Ayto. de Suances 2404 SENOR

    383 Pavimentación en Castrillo de Valdelomar, Ayto de Valderredible 2404, 2580.17 Pestaña “CASTRILLO

    VALDELOMAR” y 2580.22 Pestaña “PAVIMENTACIÓN VALDELOMAR

    VALDERREDIBLE”

    SENOR

    384 Reparación y Asfaltado de las calles Campoo, Dos de Mayo, 23 de Agosto, Matías Montero y diversas reparaciones en el municipio de Los Corrales de Buelna 2405 SENOR

    385 Conservación del viario, obras complementarias, Ayto de Bareyo 2405 y 2580.7 SENOR

    386 Pavimentación de caminos vecinales en el pueblo de San Bartolomé de los Montes, Voto 2406 SENOR

    387 Obras y trabajos de bacheo en diferentes calles del casco urbano de Noja-2º semestre del 2002,Ayto de Noja 2406 2580.7 SENOR

    388 Afirmado de la calle La Florida y barrio de Tragüezo, Ayto de Santa María de Cayon 2407 y 2580.7 SENOR

    389 Asfaltado de Camino del Puente, Renedo, Ayto. de Cabuérniga 2407 y 2580.7 SENOR

    390 Reposición de cierres en carretera pública, Ayto. de Bárcena de Cícero 2408 y 2580.7 SENOR

    391 Mejora del camino de acceso al barrio de Socastillo, Ayto de Castañeda 2408 y 2580.7 SENOR

    392 Mejora del Afirmado del acceso al barrio de Colsa, Ayto. de Castañeda 2409 y 2580.7 SENOR

    393 Mejora del camino de Echezarreta en 2409 y 2580.7 SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    Igollo de Camargo 394 Pavimentación de caminos en Argoños 2410 y 2580.7 SENOR

    396 Mejora y afirmado del camino del barrio de Jeido a la Cotarra en Esles, Ayto de Santa María de Cayon 2411 SENOR

    397 Urbanización del camino de la Cruz en Carrejo, Ayto de Cabezón de la Sal 2412 SENOR

    398 Asfaltado del acceso al barrio de la Mazuga, Ayto de Liérganes 2412 SENOR

    399 Mejora del camino del Bº Bucarrero al Bº de la Patana, Ayto de Liérganes 2413 SENOR

    400 Acondicionamiento y mejora de la carretera de el Pompes a las Mieres, Ayto de Voto 2416 SENOR

    401 Acondicionamiento y mejora de la carretera que va desde el puente de Rivas a Mazarredonda, en el pueblo de San Pantaleón de Aras, Ayto de Voto 2417 SENOR

    402 Pavimentación caminos en San Vicente, Ayto de San Vicente de la Barquera 2418 2580.8 SENOR

    403 Urbanización de la plaza de la estación, Ayto de Lierganes 2419 SENOR

    404 Trabajos de limpieza y reparación de la carretera del Brusco, Ayto de Noja 2420 SENOR

    405 Urbanización de Plaza en El Llano (COO) Ayto. de los Corrales de Buelna 2420 406 Reparación de carretera Travesía Juan de Herrera-calle San Antonio. Ayto de San Vicente de la Barquera 2421 2580.8 SENOR

    407 Ensanche de carretera La Ermita-Banco de Santander. Ayto de Bárcena de Cícero 2421 y 2580.9 SENOR

    408 Obras complementarias mejora camino de Rehoyos a Fresnedo, Ayto de Soba 2422 y 2580.9 SENOR

    410 Mejora y Conservación del Camino existente en el Núcleo de Valle de Cabuérniga, denominado Camino de El Rioso, Ayto de Cabuérniga 2425 SENOR

    412 Asfaltado camino en San Roque, Ayto de Udías 2429 SENOR

    413 Urbanización Núcleo de Fresneda, Ayto de Cabuérniga 2432

    *

    414 Mejora de camino, limpieza de ambas márgenes, Acondicionamiento general y acabado superficial a base de mezcla bituminosa en caliente, de la rasante del camino existente en La Mies, Bº de Fresneda, Ayto de Cabuérniga 2434

    *

    415 Reparación de terraza transitable y red horizontal de saneamiento en Avda. Jose 2434 SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    Antonio nº3 y 5, Suances 416 Obras complementarias en red de distribución de agua en Esles 2435, 2580.9 y 2580.12 Pestaña “Total 2007”

    SENOR

    417 Instalación de semáforos en paso de peatones próximo al colegio de Corban, clave: 64/07/-6/72 2436 2580.13 SENOR

    418 Construcción de Muro de contención en la calle Santa Ana nº 7, Ayuntamiento de Astillero 2437 SENOR

    419 Pavimentación acera norte en la calle Padre Rabago, Ayto de Santander 2440 SENOR

    420 Complementarias de pavimentación en el municipio de Arnuero 2443

    *

    421 Urbanización del cementerio 2580.5 INOR

    422 Lavandería en residencia Capitán Palacios 2580.5 y 2580.8 INOR

    423 Remodelación del chalet de maternidad 2580.5 y 2580.8 INOR

    424 Centro de recogida de menores en Cueto 2580.5 y 2580.9 INOR

    425 Reforma de aula en la guardería Virgen del Mar en La Albericia 2580.5 y 2580.9 INOR

    426 Ampliación y reforma de piscina cubierta, Ayto de Torrelavega 2580.6 INOR

    427 Aparcamiento La Lastra 2580.6 SIEC

    428 Mejora de accesos a Quintanilla de Polledo 2580.6 SIEC

    429 Pavimentación de viales, cementerio Jardín 2580.6 SIEC

    430 Obra pendiente de ejecución de la ampliación y reforma de la piscina cubierta, Ayto de Torrelavega 2580.6 2580.7 SIEC

    431 Tercera fase construcción de nave industrial modulada en el polígono industrial de las marismas (Santoña) 2580.6 SIEC

    432 Acondicionamiento de la rotonda en la carretera CA-160, de Pamanes a Lierganes. Clave: 13/01-6/86. Tramo: Alto de las Animas 2580.6 ASCAN

    433 Demolición y acondicionamiento del entorno del Espigón de la Canal de Boo

    (Cantabria) 2580.6 SIEC

    434 Acondicionamiento de entrada de Meruelo 2580.6 SIEC

    435 Mejora del camino de casa Santiago a Riaño, en Esles. Ayto de Santa María de Cayon 2580.6 HIGINIO

    PEREZ

    436 Señalización de carril peatonal. Carretera

    C-182, Valle de Cabuérniga a Puentenansa. P.KM.11+247 al 2580.6 FDEZ.

    ROSILLO

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    P.KM.15+047.Clave:28/01-6/86 437 Remodelación de espacio público en La Colegiata de Santa Cruz 2580.6 SIEC

    438 Urbanización del entorno de la ampliación de la piscina cubierta de la Lechera en Torrelavega 2580.6 SIEC

    439 Mejora del camino de barrio a camino, Ayto de Selaya 2580.6

    *

    440 Complejo deportivo de SNIACE.

    Vestuarios y dependencias auxiliares 1ª

    fase. Instituto Municipal de Deportes 2580.6 SIEC

    441 Ampliación del cementerio Municipal de Polanco. Ayto de Polanco 2580.6 SIEC

    442 Mejora del acceso a la iglesia de Rionansa. Clave:27/01-6/86 2580.6 FDEZ.

    ROSILLO

    443 Área de recreo en Hoznayo 2580.6 SIEC

    444 Asfaltado barrio Sierra, Ayto de Ruiloba 2580.6 EMILIO

    BOLADO

    Mejora de caminos en Resconorio, Ayto de Luena 2580.6 FDEZ.

    ROSILLO

    445 Ampliación del cementerio municipal 2580.6 SIEC

    446 Mejora y acondicionamiento de caminos rurales y vías pecuarias en el término municipal de Entrambasaguas 2580.6 SENOR

    447 Camino del Cueto en Arenas de Iguña.

    2580.6 FDEZ.

    ROSILLO

    448 Urbanización de plazas en Entrambasaguas, Ayto Entrmbasaguas 2580.6 SENOR

    449 Pavimentación en Hoyos de Valdeolea, Ayto de Valdeolea 2580.6 SENOR

    450 Urbanización en Unquera, Ayto de Val de San Vicente 2580.6 SENOR

    451 Acondicionamiento, reforma y afirmado de zona de contenedores, estación de Torrelavega 2580.6 2580.22 Pestaña “RENFE”

    SENOR

    452 Reparación de cunetas y paso de aguas en el barrio El Tolle, en Rubayo, Ayto de Marina de Cudeyo 2580.6 SENOR

    453 Pavimentación en el complejo deportivo municipal de Saron (Campo de hierba artificial) 2580.6 SENOR

    454 Tramo vial por remodelación de espacio público en la Colegiata Santa Cruz 2580.6 SIEC

    455 Mejora del camino desde el barrio de San Pedro al barrio de Ojuriego en Escobedo,

    T.M. de Villafufre 2580.6 FDEZ.

    ROSILLO

    456 Conservación y mejora en la Junta vecinal de Güemes, Ayto de Bareyo 2580.6 SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    457 Conservación y mejora en la Junta vecinal de Bareyo 2580.6 SENOR

    458 Apertura de nuevo trazado en la Junta vecinal de Ajo, Ayto de Bareyo 2580.6 SENOR

    459 Acondicionamiento de accesos y travesía en la N-623, P.K.100,3 Y 101,0. San Andrés de Luena 2580.6 SENOR

    460 Primera fase de construcción del pabellón polideportivo cubierto en Hinojedo, Ayto de Suances 2580.6 SIEC

    461 Segunda fase de construcción de pabellón polideportivo cubierto, en Hinojedo 2580.6 SIEC

    462 Pista polideportiva en Ongayo, Ayto de Suances 2580.6 SIEC

    463 Reparación del camino de acceso a zona urbana de Taylor, en Pontejos, Ayto de Marina de Cudeyo 2580.6 SENOR

    464 Urbanización y adaptación a la estimación de impacto ambiental para la pista polideportiva de Ongayo, Ayto de Suances 2580.6 SIEC

    465 Acondicionamiento del aparcamiento en Carriazo. Clave: 60/01-6/73 2580.7 SENOR

    466 Construcción de aceras en las Presillas, Ayto Puente Viesgo 2580.7 INOR

    467 Limpieza de bordes y pavimentación en la calle El Santuco en Sancibrian 2580.7 EMILIO

    BOLADO

    468 Limpieza de bordes y pavimentación en la calle La Llata en Sancibrian 2580.7 EMILIO

    BOLADO

    469 Urbanización e instalaciones deportivas en Santullán, 1ª fase, Ayto de Castro Urdiales 2580.7 INOR

    470 Pavimentación de viales en Vargas. Fase

  7. Ayto de puente Viesgo 2580.7 ASCAN

    471 Pavimentación de viales en Vargas. Fase

  8. Ayto de Pte Viesgo 2580.7 ASCAN

    472 Mejora del camino de acceso, Ayto de Comillas 2580.7 SENOR

    473 Construcción de pista polideportiva en Fresno del Rio, Ayto de En Medio 2580.7 SIEC

    474 Saneamiento y depuración en Lombraña, Ayto de Polaciones 2580.7 HTR

    475 Pavimentación en tramo de carretera en el barrio San Ramón, Ayto Torrelavega 2580.7 y 2580.22 Pestaña “PAV Bº SAN RAMON”

    SENOR

    476 Pavimentación caminos vecinales en el pueblo de San Bartolomé de los Montes,

    (carretera La Cerrada) 2580.7 SENOR

    477 Camino de la red Junta vecinal de 2580.7 HTR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    Salceda, Ayto de Polaciones 478 Acondicionamiento de solar para parque en Vispieres, Ayto Santillana del Mar 2580.7 SIEC

    479 Proyecto de construcción, seguridad vial.

    Refuerzo con mezcla asfáltica N-611, Tramo: Arenas de Iguña, P.K.162, 580 A

    163,600. Clave: CE-S-0007 2580.7 SENOR

    480 Proyecto de construcción, seguridad vial.

    Mejora superficial N-611, Tramo: Varios, PK 151,500 A 168,050. Clave: CE-S-0008 2580.7 SENOR

    481 Reparación de la cubierta de edificio público en Cotillo, T.M. de Anievas 2580.7 INOR

    482 Camino de Subida a Boria en La Lastra 2580.7 HTR

    483 Pavimentación en varios pueblos de Udias, Ayto de Udías 2580.7 SENOR

    484 Pavimentación en Seña, Ayto de Limpias 2580.7 SENOR

    485 Camino de La Sota a Paralelo en Sarceda 2580.7 HTR

    486 Reparación de Viales de Viales en el barrio de Angostina, Ayto de Guriezo 2580.7 HTR

    487 Centro de Educación medioambiental y etnográfico de La Lastra 2580.8 SIEC

    488 Mejora del camino municipal El camino Pieragullano, Ayto de Ampuero 2580.8 SENOR

    489 Mejora del camino municipal El Molino-Bernales, Ayto de Ampuero 2580.8 SENOR

    490 Pista polideportiva en Herrera de Ibio, Ayto de Mazcuerras 2580.8 INOR

    491 Mejora del camino del Ferial, Ayto de Polaciones 2580.8 HTR

    492 Mejora del camino de Tromeo, Ayto de Polaciones 2580.8 HTR

    493 Camino de Uznayo, Ayto de Polaciones 2580.8 HTR

    494 Mejora de la carretera de las escuelas a la Tejera, Ayto de Santiurde de Toranzo 2580.8 HTR

    495 Asfaltado de calles en Cotillo, Ayto de Anievas 2580.8 SENOR

    496 Urbanización de accesos al polideportivo de Reinosa 2580.8 SIEC

    497 Pavimentación de caminos en Celada, Hermandad de Campoo de Suso 2580.8 SENOR

    498 Urbanización de la Plaza de La Estación , Ayto de Liérganes 2580.8 SENOR

    499 Estabilización de un deslizamiento en la carretera entre San Martín y Sandoñana, Ayto de Villafufre 2580.8 SIEC

    500 Asfaltado del barrio El Jurrio (Parbayon), Ayto de Piélagos 2580.8 SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    501 Extensión de mezcla asfáltica en la N-611 del PK 139,6 AL PK 140,2 Reinosa 2580.8 ARRUTI

    503 Renovación de la red de abastecimiento en Polaciones 2580.8 HTR

    504 Acondicionamiento de Taludes del Río Hijar, Ayto de Reinosa 2580.8 SIEC

    505 Pavimentación de caminos en Sámano, Ayto de Castro Urdiales 2580.8 ASCAN

    506 Mejora del tramo inicial del camino de Sejos dentro de la zona de concentración parcelaria de Polaciones 2580.8 HTR

    507 Saneamiento de Lombraña, Ayto de Polaciones 2580.8 HTR

    508 Centro de investigación de medio ambiente 2580.8 SIEC

    509 Adenda al proyecto de construcción de urbanización Quintana 2580.8 EMILIO

    BOLADO

    510 Conexión del saneamiento del faro con la red general 2580.9 SENOR

    511 Aglomerado de la Avda. Virgen del Puerto y de la Calle O’Donnell 2580.9 SENOR

    512 Reposición de baliza del Bullón de Laredo en el acceso al puerto de Colindres 2580.9 INOR

    513 Mejora del camino de Carrascal a Carraspedillo. Ayto de Luena 2580.9 HTR

    514 Colocación de capa de rodadura en vía de servicio de Maliaño 2580.9 ARRUTI

    515 Camino del Moral en Tresabuela en su tramo inicial. Zona de concentración parcelaria de poblaciones. Ayto de Polaciones 2580.9 HTR

    516 Muros de contención y canalización de Regato 2580.9 HTR

    517 Mejora de caminos en Ucieda 2580.9 SENOR

    518 Urbanización de terrenos (desvío de canalización) en Puente Viesgo 2580.9 ASCAN

    519 Urbanización de terrenos (mejora de drenaje) en Vargas 2580.9 ASCAN

    520 Urbanización de terrenos en el barrio Husillo de Puente Viesgo 2580.9 ASCAN

    521 Reparación de firme. Ctras N-621. P.k.

    140-148. La Vega-Potes 2580.9 ARRUTI

    522 Saneamiento de la calle Pedrosa de Colindres. T.M. Colindres 2580.9 INOR

    523 Urbanización de un tramo de vial en la calle León Felipe 2580.9 EMILIO

    BOLADO

    524 Pavimentación de acera norte en la Avda.

    de los Castros 2580.9 ASCAN

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    525 Limpieza de bordes y capa de rodadura en calle del pueblo de Liérganes (camino barrio La Costera) 2580.9 y 2580.22 Pestaña “LIERGANES Bº COSTERA”

    SENOR

    526 Mejora de los equipos en la ETAP de Astillero 2580.13 SIEC

    527 Mejora de pavimento de la carretera CA-643, de S. Roque de Riomiera al puerto de Lunada. Pk 0 a 14.300.

    2580.13 SENOR

    528 Urbanización en Bolmir y Requejo en la carretera CA-731 2580.13 ASCAN

    529 Abastecimiento a Pesaguero en el tramo del Pk 6 a 6.175 y del Pk 6.950 al 7.500 de la CA-184. Ayto de Pesaguero 2580.13 SENOR

    530 Mejora de la carretera CA-261, de La Cavada a Ramales de la Victoria. Tramo:

    Arredondo-Ramales de la Victoria 2580.13 ASFIN

    531 Colocación de tubería de saneamiento de pvc de diámetro 315, movimiento de tierras y colocación de escollera en puntos de la CA-447. Tramo Bareyo-Güemes 2580.13 SENOR

    532 Colocación de barandilla en la CA-231. Pk

    0.090 a Pk 0.610. Tramo: Corban 2580.13 SENOR

    533 Acera en calle Concha Espina en Reinosa 2580.12 Pestaña “Total 2007”

    ASCAN

    534 Conexión del saneamiento de Suances con Edar de Vuelta Ostrera 2580.12 Pestaña “Total 2007”

    SIEC

    535 Camino de la zona de concentración parcelaria de Ongayo, T.M. de Suances 2580.12 Pestaña “Total 2007”

    HTR

    536 Colocación de pasarela en el paseo peatonal de la CA-232 de Puente Arce a Requejada. Clave:45/07-6/76 2580.12 Pestaña “Total 2007”

    FDEZ.

    ROSILLO

    537 Reposición de tubería de fundición de 300 en carretera nueva CA-170. Tramo:

    Polígono de Barros. Clave:52/07-6/73 2580.12 Pestaña “Total 2007”

    SENOR

    538 Alimentación al depósito de Mijarojos, Cartes 2580.12 Pestaña “Total 2007”

    *

    539 Paso peatonal elevado 2580.16 GIOC

    540 Pavimentación de caminos en San Bartolomé de los Montes 2580.17 Pestaña “siec”

    SIEC

    541 Pavimentación en Colegio José del Campo en Ampuero 2580.17 Pestaña “COLEGIO

    AMPUERO”

    SENOR

    542 Pavimentación de caminos en Bueras 2580.17 Pestaña “CAMINOS

    BUERAS”

    SENOR

    543 Presupuesto para la pavimentación de 3 zonas en Ramales de la Victoria 2580.17 Pestaña “PAV TRES ZONAS

    EN RAMALES”

    SENOR

    544 Pavimentación de caminos en Cudon 2580.17 Pestaña “PAV EN CUDON”

    SENOR

    545 Desprendimiento de carretera en el pueblo de Ongayo 2580.17 Pestaña “DESPRENDIMIENTO ONGAYO”

    SENOR

    546 Pavimentación en barrio El Palacio en 2580.17 Pestaña “Bº PALACIO

    SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    Navajeda ENTRAMBASAGUAS” y 2580.22 Pestaña “Bº PALACIO NAVAJEDA

    ENTRAMBASAG”

    547 Asfaltado de calles y espacios públicos en el núcleo de Cabezón de la Sal 2580.17 Pestaña “ASFALT

    CABEZON SAL” y 2580.22 Pestaña “ASFALT NUCLEOS CABEZON”

    SENOR

    548 Asfaltado de calles y espacios públicos en las juntas vecinales de Vernejo, Casar de Periedo y Carrejo 2580.17 Pestaña “ JUNTAS VECINLS

    CABEZON SAL” y 2580.22 Pestaña “ASFALT JUNTAS VECINALES

    CABEZON”

    SENOR

    549 Pavimentación Plaza San Antonio en Entrambasaguas 2580.17 Pestaña “PL SAN ANTONIO

    ENTRAMBASAGUAS” y 2580.22 Pestaña “PLZ SANANTONIO

    ENTRAMB”

    SENOR

    550 Obras de conservación y mejora de la red agropecuaria de Ajo, varios caminos 2580.17 Pestaña “BAREYO MEJORA

    DEL VIARIO”

    SENOR

    551 Pavimentación de carretera en Carasa 2580.17 Pestaña “CARASA” y 2580.22 Pestaña “CTRA CARASA”

    SENOR

    552 Reparación y pequeñas mejoras de infraestructuras municipales en el TM de Suances 2580.17 Pestaña “SUANCES 06” y 2580.22 Pestaña “MANTENIMIENTO

    SUANCES 2006”

    SENOR

    553 Pavimentación de zonas deterioradas en el núcleo de Ruente, con corrección de pendientes para evacuación de pluviales 2580.17 Pestaña “PAV RUENTE”

    2580.22 Pestaña “pav calles ruente”

    SENOR

    554 Pavimentación del Barrio Valles en La Revilla 2580.17 Pestaña “Bº VALLES SAN

    VICENTE” y 2580.22 Pestaña “Bº VALLES SAN VICENTE”

    SENOR

    555 Pavimentación de caminos en el municipio 2580.17 Pestaña “VOTO CAMINOS”

    SENOR

    556 Urbanización del entorno del Edificio Menéndez Pelayo en Solares 2580.17 Pestaña “SOLARES”

    SENOR

    557 Pavimentación en camino de acceso a Cerbiago 2580.18 Pestaña “CAMINO

    CERBIAGO AMPUERO”

    2580.22 Pestaña “CERBIAGO

    AMPUERO”

    SENOR

    558 Pavimentación en camino del cementerio 2580.18 Pestaña “CAMINO

    CEMENTERIO DE AMPUERO” y 2580.22 Pestaña “CEMENTERIO

    AMPUERO”

    SENOR

    559 Pavimentación en camino de Tabernillas 2580.18 Pestaña “CAMINO

    TABERNILLAS AMPUER” y 2580.22 Pestaña “TABERNILLAS AMPUERO”

    SENOR

    560 Pavimentación en calle de la Huerta 2580.18 Pestaña “PAV CALLE LA

    HUERTA AMPUERO” y 2580.22 Pestaña “calle huerta ampuero”

    SENOR

    561 Saneamiento separativo aguas pluviales y fecales en Islares 2580.20 Pestaña “LICITACION

    TOTAL”

    ASCAN

    562 Ampliación del puente Bucaron en carretera CA-652 Entrambasaguas 2580.20 Pestaña “LICITACION

    TOTAL”

    SENOR

    563 Restauración de la galería superior del 2580.20 Pestaña “LICITACION

    SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    Fuerte de San Martín de Santoña TOTAL”

    564 Adoquinado y soterramiento del tendido eléctrico en el casco urbano de Molledo 2580.20 Pestaña “LICITACION

    TOTAL”

    ASCAN

    565 Carril bici de enlace en Ganzo. Tramo:

    pasarela de Ganzo- calle Manuel Teira Fdez. T.M. Torrelavega 2580.20 Pestaña “LICITACION

    TOTAL”

    ASCAN

    566 Estabilización de taludes en el pk 0.400 de la carretera CA-231. Tramo: el Alisal 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    567 Urbanización Plaza de la Juventud en Suances 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    568 Construcción de acera calle La Calata de Cortiguera 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    569 Pavimentación de caminos en Bareyo 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    570 Pavimentación del camino entre Villanueva y El Cagigal, en Güemes 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    571 Mejora del entorno de la Plaza de Palazuelos, T.M. de Arenas de Iguña 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    572 Pavimentación en Palacio, T.M. Arenas de Iguña 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    573 Mejora de la carretera de acceso a la zona de Machucón en Llanos 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    574 Reposición de tuberías de abastecimiento en carretera CA-170 Polígono de Barros 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    575 Mejora, pavimentación, rebacheo general y asfaltado de viales municipales 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    576 Urbanización de la Avenida de la Ventilla de Solares (Medio Cudeyo) 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    577 Reparación de firme carreteras CA-632 y CA-633, El Burnalon-San Pedro del Romeral y de San Pedro del Romeral al Puerto de la Matanela.

    2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    578 Nueva capa de rodadura en carretera N-634 entre el Pk 211,900 y Pk 215,00 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    579 Construcción de carril-bici en la senda costera, tramo polígono Sur 2580.21 Pestaña “ADJUD 2009 IMPRIMIR”

    SENOR

    580 Asfaltado de la calle La Aldea, Cortiguera.

    Ayto de Suances 2580.22 Pestaña

    *

    581 Construcción de muro en el camino del Barrio Las Arenas 2580.22 Pestaña ”MURO EN

    RIONANSA”

    *

    582 Reparación de tramos de carretera en Riclones 2580.22 Pestaña ”REPARACIÓN

    CTRA EN RICLONES”

    *

    583 Asfaltado junto a la bolera de Hinojedo 2580.22 Pestaña ”BOLERA

    HINOJEDO”

    SENOR

    584 Asfaltado en Casa huelga y alrededor de la escuela taller 2580.22 Pestaña ”ESCUELA TALLER

    SUANCES”

    SENOR

    585 Acondicionamiento y mejora de la carretera de Rebollar a Padierniga 2580.22 Pestaña ”REBOLLAR VOTO” SENOR

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    586 Acondicionamiento y mejora de la carretera del Escobal en Secadura 2580.22 Pestaña ”ESCOBAL- VOTO”

    SENOR

    587 Acondicionamiento y mejora del camino de Vidular a Río de la Peña 2580.22 Pestaña ”VIDULARR VOTO”

    SENOR

    588 Pavimentación en Gajano 2580.22 Pestaña ”PAV GAJANO”

    SENOR

    589 Alumbrado en Sámano 2580.22 Pestaña ”ALUMBRADO EN

    SAMANO”

    *

    590 Pavimentación de caminos vecinales 2580.22 Pestaña “CAMINOS EN

    VOTO”

    SENOR

    591 Pavimentación de la carretera del Bº Carasa a las Marismas 2580.22 Pestaña “CTRA CARASA

    VOTO”

    592 Demolición y nueva construcción de muro de mampostería en San Mateo para ensanche de plataforma 2580.22 Pestaña “MURO LOS

    CORRALES”

    SENOR

    593 Pavimentación con aglomerado en diversos caminos de Limpias 2580.22 Pestaña “CAMINOSLIMPIAS”

    *

    594 Pavimentación de caminos en el municipio de Bárcena de Cícero 2580.22 Pestaña “CAMINOS B DE

    CICERO”

    *

    595 Bacheo en acceso urbanizaciones 2580.22 Pestaña “CAMINOSLIMPIAS(2)

    *

    596 Urbanización del vial, pista de la fábrica 2580.22 Pestaña “VIAL PISTA DE

    FABRICA CORRALES”

    *

    597 Pavimentación de acceso al Barrio La Encina en La Revilla (S Vicente de la Barquera) 2580.22 Pestaña “SAN VICENTE”

    *

    598 Pavimentación en obra Treto 2580.22 Pestaña “BARCENA DE

    CICERO”

    *

    599 Pavimentación de la carretera del Bº Las Canteras en Igollo 2580.22 Pestaña “IGOLLO

    PAVIMENTACIÓN”

    *

    600 Pavimentación del camino La Isequilla 2580.22 Pestaña “CAMINO LA

    ISEQUILLA”

    *

    601 Pavimentación del ramal del camino La Isequilla 2580.22 Pestaña “CAMINO LA

    ISEQUILLA”

    *

    602 Pavimentación de la carretera del Bº La Esprilla (entre fincas de Tomás Muñoz Fernández y Coterillo) 2580.22 Pestaña “IGOLLO”

    *

    603 Reparación y mejoras de infraestructuras municipales en el T.M. Suances 2580.22 Pestaña “MANTENIMIENTO

    SUANCES 2007”

    SENOR

    604 Pavimentación de caminos en Padiérniga 2580.22 Pestaña “PADIERNIGA”

    *

    605 Pavimentación de caminos en el municipio. Camino Bº Tapabian en Secadura 2580.22 Pestaña “Bº Tapabian Secadura”

    *

    606 Calles en Rebollar de Ebro 2580.22 Pestaña “REBOLLAR EBRO”

    *

    607 Reposición de plantas arbustivas en mediana. Carretera A-8 P.k. 172,0 al 196,0 2580.22 Pestaña “FOMENTO

    ARBUSTOS A-8”

    *

    608 Reparación y regeneración de la capacidad drenante carretera A-8 Pk 139 2580.22 Pestaña “FOMENTO

    BARREDORA”

    *

    OBRA

    FOLIOS DEL EXPEDIENTE

    ADJUDICATARIO

    al 169. El Haya-Alto de Laredo 609 Construcción de dos pistas de padel en Astillero 2580.22 Pestaña “DOS PADEL

    ASTILLERO”

    *

    610 Pavimentación de dos pistas de padel 2580.22 Pestaña “PAV DOS PADEL

    ASTILLERO”

    *

    611 Pavimentación en junta vecinal de Rada

    (Bº el Horno) 2580.22 Pestaña “JV RADA Bº EL

    HORNO” y 2580.22 Pestaña “ADMON LOCAL RADA VOTO”

    *

    612 Pavimentación en S. Pantaleón de Aras

    (Bº La Quintana) 2580.22 Pestaña “JV PANTALEON

    ARAS QUINTANA” y 2580.22 Pestaña “ADMON LOCAL QUINTANA

    VOTO”

    *

    613 Pavimentación en S. Pantaleón de Aras, camino colegio a la Lastra Muñegro 2580.22 Pestaña “JV PANTALEON

    ARAS COLEGIO”

    *

    614 Diversas pavimentaciones Ayto Voto 2580.22 Pestañas “VOTO OFERTA

    1” a “VOTO OFERTA 14”

    *

    615 Reparación y mejoras de infraestructuras municipales durante el ejercicio 2008 2580.22 Pestaña “MANTENIMIENTO

    SUANCES 2008”

    SENOR

    616 Pavimentación de plazas en antiguas escuelas de S. Bartolomé de los Montes 2580.22 Pestaña “ADMON LOCAL

    VOTO”

    *

    617 Refuerzo para el pavimento para el muelle de Maliaño 2615 EMILIO

    BOLADO

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