Resolución nº 00/1534/2007 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 25 de Junio de 2008

Fecha de Resolución25 de Junio de 2008
ConceptoProcedimientos de Gestión
Unidad ResolutoriaTribunal Económico-Administrativo Central

RESOLUCIÓN:

En la Villa de Madrid, en la fecha arriba señalada y en las reclamaciones económico-administrativas que, en recursos de alzada, penden de resolución ante este Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, interpuestos por DON ... (DNI ...), en su nombre y representación, con domicilio a efectos de notificaciones en ... y por la DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DE RECAUDACIóN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIóN TRIBUTARIA, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle San Enrique, 17, de Madrid, contra el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de fecha ... de 2006 (Reclamación ...), en materia de procedimiento de apremio. Importe244.689,14€.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: En el procedimiento de apremio seguido contra el interesado D. ... (DNI-...), la Dependencia de Recaudación de la Delegación de ... de la Agencia Estatal de Administración Tributaria dicta el 28 de junio de 2004 Diligencia de embargo de bienes inmuebles (que se describen) para el cobro de una deuda por el concepto de Fondo Español de Garantía Agraria-expedientes ... y ... (liquidaciones ... y ...) por importe de 244.689,14€, según el siguiente desglose:

Importe pendiente 218.998,14€

Intereses25.687,99€

Costas presupuestadas 3,01€

Importe a embargar244.689,14€

Esta Diligencia de embargo fue notificada al interesado y a su cónyuge D.ª ... el día 9 de diciembre de 2004.

Contra esta Diligencia de embargo se interpone recurso de reposición, que es desestimado por Resolución de 9 de marzo de 2005 en la que desglosa el total de la deuda a embargar en la citada Diligencia de embargo:

Liquidaciónprincipal Pago/cuentaImporte

...

Expediente ...48.192,53€ 14.384,49€33.808,04€

Recargo apremio + 9.638,50€

Ingresos aplicados (embargo c/c) - 680,33€

Total42.766,21€

...

Expediente ...240.513,37€240.513,37€

Recargo de apremio + 48.102,67€

Ingresos aplicados (ingreso a cuenta interesado) -113.064,44€

Total175.551,60€

TOTAL218.317,81€ (42.766,21€ + 175.551,60€)

SEGUNDO: Contra la citada Resolución de 9 de marzo de 2005, el interesado interpone reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de ..., que por acuerdo de fecha ... de 2006 (Reclamación ...) declara "ESTIMAR EN PARTE la reclamación interpuesta, confirmando el acto impugnado con la salvedad indicada en el último fundamento" ("TERCERO-. ........una vez que el declarado responsable no ha satisfecho la deuda exigida, la Diligencia de embargo impugnada se considera ajustada a Derecho y debe ser confirmada, si bien la cuantía del embargo a practicar no podrá alcanzar la liquidación anulada por el T.S.J. de ..."), al remitirse a lo acordado por dicho Tribunal, al resolver la reclamación interpuesta contra la derivación de responsabilidad (Reclamación ...), origen de dicha Diligencia de embargo, que "excluía de la exigencia de la responsabilidad la Ayuda correspondiente al expediente nº ... al haber sido anulada la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la Sala de lo contencioso-administrativo del T.S.J. de ...".

TERCERO: Contra el citado acuerdo del Tribunal Regional, notificado el 9 de enero de 2007, el interesado D. ... (DNI ...) interpone recurso de alzada, para ante este Tribunal Económico-Administrativo Central, por escrito que tiene entrada en el Registro de dicho Tribunal Regional el día 8 de febrero del mismo año, con reiteración de las alegaciones formuladas tanto en recurso de reposición como en primera instancia, manifestando su disconformidad con el importe a embargar y manifestando defecto en la tramitación del acto impugnado; solicitando se anule la Diligencia de embargo embargada.

Este recurso de alzada se tramita como R.G. 1534/07.

CUARTO: Contra el mencionado acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de ... de 2006 (Reclamación ...) también interpone recurso de alzada, para ante este Tribunal Económico-Administrativo Central, la DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DE RECAUDACIóN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIóN TRIBUTARIA por escrito de 15 de enero de 2007. Este recurso de alzada se tramita como R.G. 1535/07.

En el momento procesal, solicita que se confirme la Diligencia de embargo impugnada "sin reducción alguna respecto al alcance de su cuantía al no existir causa de nulidad de la misma",sobre la base de las siguientes alegaciones:

1) - La Dirección del Fondo Español de Garantía Agraria el 17 de febrero de 1997 declaró indebidamente percibida la cantidad 5.663.489 pesetas (34.038,25€) - Expediente ... y claves de liquidaciones ... y ..., siendo las mismas anuladas por la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de ... de 13 de octubre de 1999, "por razón de caducidad".

2) - Por acuerdo de 13 de noviembre de 2000 se inicia un nuevo procedimiento, -Expediente ...- de devolución de cantidades indebidamente percibidas, dictando con fecha 13 de febrero de 2001 un nuevo acuerdo por el que se declara la referida cantidad indebidamente percibida y ordenando el reintegro de la misma con los intereses correspondientes, cantidad incluida en el acuerdo de derivación de responsabilidad y no afectada por la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de ... a que se refiere el Tribunal Regional en su acuerdo recurrido.

QUINTO: De este recurso se ha dado traslado al interesado reclamante D. ... (DNI ...), el día 13 de marzo de 2008, que hasta el día de la fecha no ha presentado alegaciones al respecto.

SEXTO: En estas actuaciones se deducen los siguientes datos y documentos:

1) - La Dependencia de Recaudación de la Delegación de ... de la Agencia Estatal de Administración Tributaria dicta el acuerdo el 12 de junio de 2003 por el que declaraba a D. ... (DNI-...) responsable subsidiario, junto a otro, en calidad de administrador solidario de la Sociedad deudora a la Hacienda Pública, declarada fallida, ..., S.L. y por importe total, excluido recargo de apremio, de 274.321,41€, por el concepto de ... 2001-2002-Expedientes ... y ..., reintegro de subvenciones concedidas por el Fondo de Garantía Agraria otorgadas a la entidad deudora y de los intereses correspondientes, con fundamento en el artículo 82.8 de la Ley General Presupuestaria, aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, según el siguiente desglose:

Liquidaciónprincipal ingresadoImporte

2001-Expediente ...48.192,53€ 14.384,49€33.808,04€

2002-Expediente ...240.513,41€ 240.513,37€

Contra este acuerdo se ha interpuesto reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... que por acuerdo de fecha ... de 2006 (Reclamación ...) se declara "ESTIMAR EN PARTE la presente reclamación y confirmar el acuerdo impugnado, en cuanto se declara responsable subsidiario al reclamante, si bien excluyendo la cantidad señalada en el último fundamento" ("QUINTO-. De acuerdo con lo anteriormente expresado, el acuerdo de derivación de responsabilidad se considera ajustado a Derecho y debe ser confirmado en esta vía. No obstante, debe excluirse de la exigencia de responsabilidad la Ayuda correspondiente al expediente nº ... una vez que la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de ... ha dictado Sentencia de ... de 1999 anulando la Orden delMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se requiere a la Sociedad ..., S.L. para la devolución de la cantidad de 5.663.489 pesetas").

Interpuestos recursos de alzada por el interesado y por la Directora delDepartamento de Recaudación, este Tribunal Central por Resolución de esta misma fecha acuerda: "1º)-. Declarar el recurso interpuesto por D. ... (DNI ...) inadmisible por extemporáneo; 2).- Estimar el recurso interpuesto por la DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DE RECAUDACIóN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIóN TRIBUTARIA, declarando que el alcance de la responsabilidad comprende la cantidad correspondiente al expediente ..., y 3º).- Declarar que el importe de la responsabilidad exigible a cada administrador se limita a la mitad del total requerido en el Acuerdo de derivación de responsabilidad (1/2 de 274.321,41€ = 137.160,71€)".

2) - Con fecha 3 de septiembre de 2003 se expiden las Providencias de apremio correspondientes a las deudas de referencia. Estas Providencias de apremio se confirman en recurso de reposición.

3) - Se dictala Diligencia de embargo de bienes inmuebles, objeto de la presente reclamación.

SéPTIMO: Con fecha 17 de mayo de 2007 se decreta la acumulación de los expedientes citados R.G. 1534/07 y 1535/07 por el Secretario-Abogado del Estado de este Tribunal Central, de conformidad con el artículo 230 de la Ley General Tributaria, Ley 58/03.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: Concurren en los presentes recursos de alzada los requisitos de competencia, legitimación, cuantía y plazo, establecidos en el aplicable Reglamento de procedimiento para las actuaciones en esta vía para su toma en consideración por este Tribunal Central.

SEGUNDO: La cuestión que se plantea en estos recursos de alzada consiste en decidir si es o no ajustado a Derecho el acuerdo recurrido y, en consecuencia la Diligencia de embargo de bienes inmuebles impugnada.

TERCERO: A tales efectos, el artículo 170 de la Ley 58/2003 General Tributaria, en su apartado 3 establece que "contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a) extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago; b) falta de notificación de la Providencia de apremio; c) incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta ley y d) suspensión del procedimiento de recaudación.

Analizados los hechos del expediente administrativo recogidos en el Hecho Tercero de este acuerdo, solo cabe deducir y declarar que, en el momento de ser expedida, en la Diligencia de embargo impugnada no concurría ninguno de los motivos que de forma tasada recoge el antes citado y transcrito artículo 170.3 de la Ley 58/03 General Tributaria.

CUARTO: No obstante lo expuesto, y al haber sido reducida la deuda exigible al interesado por acuerdo de este Tribunal Central de esta misma fecha, recogido en el Hecho Sexto de este acuerdo, procede la correspondiente minoración de la deuda a embargar, de conformidad con el artículo 166 de la Ley 58/03, General Tributaria, al señalar que "1.- cuando se declare la nulidad de determinadas actuaciones del procedimiento de apremio, se dispondrá la conservación de aquellas no afectadas por la causa de la nulidad".

QUINTO: En consecuencia, procede, con la estimación parcial de los recursos de alzada, confirmar el acto impugnado, sin perjuicio de la repercusión en su cuantía antes citada.

Por lo expuesto,

EL TRIBUNAL ECONóMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL, EN SALA, en resolución a los recursos de alzada interpuestos por DON ... (DNI ...) y por la DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DE RECAUDACIóN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIóN TRIBUTARIA, contra el acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de fecha ... de 2006 (Reclamación ...), en materia de procedimiento de apremio. Importe 244.689,14€. ACUERDA: 1) Estimar en parte los recursos de alzada interpuestos y 2) Confirmar la Diligencia de embargo impugnada, reajustando su cuantía según lo expuesto en el Fundamento de Derecho Cuarto de este acuerdo.

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