Resolución nº 00/3674/2007 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 22 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2008
ConceptoProcedimientos de Gestión
Unidad ResolutoriaTribunal Económico-Administrativo Central

RESOLUCIÓN:

En la Villa de Madrid, en la fecha arriba señalada (22/10/2008) y en el recurso de alzada que pende de resolución ante este Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, interpuesto por la DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DE RECAUDACIóN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIóN TRIBUTARIA, con domicilio a efecto de notificaciones en28071 Madrid, calle San Enrique, nº 71, contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de fecha 22 de febrero de 2007 recaída en expedientes ... y acumulados ..., en asunto relativo a medidas cautelaresy cuantía de 1.060.543,60 €.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Con fecha 18 de febrero de 2005, la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de ... de la Agencia Estatal de Administración Tributaria dictó acto administrativo en virtud del cual se acordaban al amparo del artículo 81 de la Ley General Tributaria 58/2003, medidas cautelares, consistentes en embargos preventivos de diversos bienes inmuebles, contra la JUNTA DE COMPENSACIóN URBANIZADORA DE LA UNIDAD DE EJECUCIóN ..., por un importe de 1.060.543,60 €, que tenían su origen en el procedimiento ejecutivo seguido contra la misma por deudas por los conceptos, Impuesto sobre Sociedades ejercicios 1996 y 1997, e Impuesto sobre el Valor Añadido ejercicios 1997.

SEGUNDO: Contra los acuerdos anteriores la entidad interesada interpuso las reclamaciones económico-administrativas ..., ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de ..., el cual después de acumularlas, por resolución de 22 de febrero de 2007 acordó, estimarlas, anulando los acuerdos impugnados, al haberse declarado la prescripción del derecho a liquidar de la Administración en resolución de 8 de febrero de 2007 y haberse anulado las liquidaciones origen de las medidas cautelares.

TERCERO: Notificada la resolución anterior a la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y disconforme con la misma interpuso recurso de alzada el 18 de mayo de 2007, en el que solicita su acumulación al recurso de alzada R.G. ... formulado por el Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de fecha ... de 2007 recaída en expedientes ... y ..., por la que se declaraba la prescripción del derecho a liquidar de la Administración anulando las liquidaciones origen de las medidas cautelares o subsidiariamente se supeditase su resolución a lo que se acordase en el recurso interpuesto por el citado Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria. Puesto de manifiesto el recurso de alzada a la entidad interesada en primera instancia, mediante escrito de 5 de octubre de 2007 formulo alegaciones, en las que en síntesis solicita el mantenimiento de la resolución recurrida.

CUARTO: Con fecha 10 de octubre de 2007, este Tribunal Económico Administrativo Central, en el recurso de alzada R.G. ... formulado por el Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de fecha ... de 2007 recaída en expedientes ... y ..., por la que se declaraba la prescripción del derecho a liquidar de la Administración anulando las liquidaciones origen de las medidas cautelares objeto del presente recurso de alzada, acordó desestimarlo confirmando la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Concurren los requisitos de competencia, legitimación y plazo que son presupuesto para la admisión a trámite del presente recurso de alzada.

SEGUNDO.- Como se ha señalado en el antecedente hecho cuarto, este Tribunal Económico-Administrativo Central, con fecha ... de 2007, en el recurso de alzada R.G. ... formulado por el Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de fecha ... de 2007 recaída en expedientes ... y ..., por la que se declaraba la prescripción del derecho a liquidar de la Administración anulando las liquidaciones origen de las medidas cautelares objeto del presente recurso de alzada, acordó desestimarlo, confirmando la resolución recurrida, por lo que también debe desestimarse el presente recurso de alzada, confirmando la resolución del citado Tribunal Regional de ... de 2007 que anulaba las medidas cautelares, consistentes en embargos preventivos de diversos bienes inmuebles, adoptadas contra la JUNTA DE COMPENSACIóN URBANIZADORA DE LA UNIDAD DE EJECUCIóN ..., por un importe de 1.060.543,60 €, al haberse anulado las liquidaciones origen de las mismas.

Por lo expuesto,

EL TRIBUNAL ECONóMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL, EN SALA, en el recurso de alzada interpuesto por la DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DE RECAUDACIóN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIóN TRIBUTARIA, con domicilio a efecto de notificaciones en28071 Madrid, calle San Enrique, nº 71, contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de ... de fecha 22 de febrero de 2007 recaída en expedientes ... y acumulados ..., en asunto relativo a medidas cautelares y cuantía de 1.060.543,60 €. ACUERDA: Desestimarlo, confirmando la resolución recurrida.

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