Resolución DCOOR/DE/006/18 de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, 03-04-2019

Número de expedienteDCOOR/DE/006/18
Fecha03 Abril 2019
Tipo de procesoImplementación normativa europea -DCOOR -
Actividad EconómicaEnergía
DCOOR/DE/006/18
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RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA PROPUESTA DE TODOS LOS
GESTORES DE LA RED DE TRANSPORTE DEL ÁREA SÍNCRONA
CONTINENTAL EUROPEA DE METODOLOGÍA Y SUPUESTOS PARA
REALIZAR EL ANÁLISIS DE COSTES Y BENEFICIOS DE ACUERDO CON
EL ARTÍCULO 156(11) DEL REGLAMENTO (UE) 2017/1485 DE LA
COMISIÓN EUROPEA DE 2 DE AGOSTO DE 2017 POR EL QUE SE
ESTABLECE UNA DIRECTRIZ SOBRE LA GESTIÓN DE LA RED DE
TRANSPORTE DE ELECTRICIDAD CBA ON LER
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SALA DE SUPERVISIÓN REGULATORIA
PRESIDENTA
Dª María Fernández Pérez
CONSEJEROS
D. Benigno Valdés Díaz
D. Mariano Bacigalupo Saggese
D. Bernardo Lorenzo Almendros
D. Xabier Ormaetxea Garai
SECRETARIO DE LA SALA
D. Miguel Sánchez Blanco, Vicesecretario del Consejo
En Madrid, a 3 de abril de 2019
En cumplimiento de la función de aprobación de las condiciones y metodologías
que se utilicen a efectos de preservar la seguridad de la operación, la calidad de
la frecuencia y el uso eficiente del sistema y los recursos interconectados
previstas en el artículo 6 del Reglamento(UE) 2017/1485, de la Comisión, de 2
de agosto de 2017, por el que se establece una directriz sobre la gestión de la
red de transporte de electricidad, la Sala de Supervisión Regulatoria aprueba la
siguiente resolución:
ANTECEDENTES DE HECHO
El 13 de marzo de 2018 tuvo entrada en el Registro de la CNMC escrito de Red
Eléctrica de España, S.A.U., presentando la propuesta de todos los TSOs
(Transmission System Operators) del área síncrona continental, elaborada en el
marco de ENTSO-E (European Network of Transmission System Operators-
Electricity), de metodología y supuestos para realizar el análisis de costes y
beneficios de acuerdo con el Articulo 156(11) del Reglamento (UE) 2017/1485.
(CBA on LER
1
).
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Análisis coste beneficio para los reservorios con energía limitada.
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El 17 de agosto de 2018 las autoridades reguladoras nacionales solicitaron la
introducción de mejoras relativas a la mejora de la calidad y la consistencia de la
propuesta.
La nueva propuesta, que es ahora presentada para aprobación, fue remitida a la
CNMC el 28 de noviembre de 2018. La última autoridad reguladora del área
síncrona de Europa Continental recibió dicha propuesta el 20 de febrero de 2019.
Con fecha 1 de marzo de 2019, en el ámbito del Foro de Reguladores de Energía
de la región síncrona continental, las Autoridades Reguladoras Nacionales
acordaron aprobar la metodología y supuestos para realizar el análisis de costes
y beneficios de acuerdo con el Articulo 156(11) del Reglamento (UE) 2017/1485.
En dicho acuerdo se concluyó lo siguiente:
«Sobre la base del razonamiento anterior, todas las Autoridades
Reguladoras acordaron aprobar la propuesta enmendada de metodología
y supuestos para realizar el análisis de costes y beneficios de acuerdo con
el Articulo 156(11) del Reglamento (UE) 2017/1485.
(…)
Se requiere a los TSOs, no obstante, cumplir con las siguientes tareas:
- Continuar con el proceso de definición de LER para enviar a las
Autoridades Reguladoras una propuesta junto con los resultados del
CBA o junto con la propuesta de propiedades adicionales para la
provisión de FCR, cualquiera que envíen primero.
- Proveer, junto con los resultados del CBA, aclaraciones sobre el uso
de los datos empleados para construir la curva de coste de LER,
indicando por qué el coste de las unidades con mayores reservas no
está incluido y cómo la futura LER instalada contribuye a la
construcción de curva.
- Proveer, junto con los resultados del CBA, el impacto en la integración
de los mercados europeos de los diferentes tiempos de entrega
establecidos en las áreas síncronas europea y nórdica.
- Proveer, junto con los resultados del CBA, el detalle del criterio
empleado para evaluar el desempeño de cada combinación de LER y
tiempo de entrega en los eventos históricos de desvíos de frecuencia
más críticos.
- Elaborar los resultados del CBA para establecer el tiempo de entrega,
en línea con el reglamento de SO, en particular con el artículo 156(9)».
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 6 del Reglamento (UE) 2017/1485 regula la aprobación de las
condiciones y metodologías que se utilicen a efectos de preservar la seguridad
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de la operación, la calidad de la frecuencia y el uso eficiente del sistema y los
recursos interconectados.
En el artículo 5 del citado Reglamento se regula la fase previa de adopción de
estos documentos, en el seno de los gestores de la red de transporte. Tanto en
este artículo como en el art. 6 del mismo Reglamento se prevé que, tras esa fase
inicial, las condiciones y metodologías se han de remitir a las Autoridades
Reguladoras para su aprobación:
- “Los GRT
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definirán las condiciones o metodologías exigidas por el
presente Reglamento y las presentarán, a efectos de su aprobación, a las
autoridades reguladoras competentes (…) dentro de los respectivos
plazos previstos en el presente Reglamento…” (art. 5.1).
- Cada autoridad reguladora aprobará las condiciones o metodologías
desarrolladas por los GRT con arreglo a los apartados 2 y 3 (…). (art.
6.1.).
Según lo establecido en el art. 6.3 del citado Reglamento: “Las propuestas
relativas a las siguientes condiciones o metodologías deberán ser aprobadas por
todas las autoridades reguladoras de la región correspondiente (…): d) las
metodologías, las condiciones y los valores incluidos en los acuerdos operativos
de zona síncrona previstos en el artículo 118, respecto a:(…) vi) en las zonas
síncronas CE y Nórdica, los supuestos y la metodología para el análisis de costes
y beneficios, de conformidad con el artículo 156, apartado 11,
En este sentido, la propuesta de metodología y supuestos para realizar el análisis
de costes y beneficios aparece reflejada en el Articulo 156(11) del citado
Reglamento, en el que se establece que en un plazo de seis meses a partir de
la entrada en vigor del presente Reglamento, todos los GRT de las zonas
síncronas CE y Nórdica propondrán los supuestos y la metodología para realizar
el análisis de costes y beneficios, a fin de evaluar el período de tiempo durante
el cual las unidades o grupos proveedores de RCF con reservorios de energía
limitados deberán mantenerse disponibles durante el estado de alerta.
La falta de acuerdo, en el plazo previsto, entre las autoridades reguladoras con
respecto a la propuesta de que se trata, determinaría la necesidad de que la
Agencia para la Cooperación de Reguladores de Energía (ACER) adopte la
correspondiente decisión, en los términos establecidos en el artículo 6.8 del
Vistos los citados antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, la Sala de
Supervisión Regulatoria de la CNMC, de conformidad con lo previsto en el
artículo 21 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, y el artículo 14.1 del Estatuto Orgánico
de la CNMC
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Gestores de Redes de Transporte
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RESUELVE
PRIMERO. Aprobar la propuesta de todos los TSOs del área síncrona continental
de metodología y supuestos para realizar el análisis de costes y beneficios de
acuerdo con el Articulo 156(11) del Reglamento (UE) 2017/1485. (CBA on LER)
SEGUNDO. Instar al Operador del Sistema español a elaborar, en el marco de
colaboración de los gestores de red europeos, una propuesta de acuerdo con el
artículo 6(3) d) v) del Reglamento (UE) 2017/1485, definiendo un periodo mínimo
de entrega como resultado de aplicar el CBA dentro del año siguiente a la
aprobación de la metodología del CBA según lo establecido en el artículo
156(11), en coherencia con las previsiones del Reglamento y considerando las
conclusiones alcanzadas en el Foro de Reguladores de Energía del área
síncrona continental.
Comuníquese esta Resolución a Red Eléctrica de España, S.A.U. y publíquese
en la página web de la CNMC.

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